Contrato De Trabajo Cafe Del Centro Historico

  • July 2020
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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO.

En la ciudad, el dieciseis de junio del año dos mil tres por una parte, el señor RODOLFO ALBERTO HERNANDEZ PEÑA, de cuarenta y un años de edad, casado, Criminólogo, guatemalteco, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno y de Registro seiscientos diecisiete mil novecientos sesenta (617960), extendida por el Alcalde Municipal de esta ciudad capital; comparezco en mi calidad de PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION y REPRESENTANTE LEGAL de la Entidad CORPORACION PUNILA, SOCIEDAD ANONIMA de nombre comercial “CAFÉ DEL CENTRO HISTORICO”, extremo que acredito con el Acta Notarial de mi nombramiento de fecha doce de septiembre del año dos mil dos, faccionada por el Notario Miguel Angel Avila, la cual quedó inscrita en el Registro Mercantil General de la República con el numero ciento noventa y seis mil ochocientos setenta y seis (196876) folio setecientos noventa (790) del libro ciento veintitres (123) de Auxiliares de Comercio, con fecha dieciseis de septiembre del año dos mil dos; a quien en lo sucesivo del presente contrato se me denominara simplemente “EL PATRONO”; y por la otra parte, , de xxxxx años de edad , soltero, guatemalteco, Perito Contador, de este domicilio, con cédula de vecindad numero de orden X guión xxxxxxx y registro xxxxxxxx, extendida por el Alcalde Municipal de xxxx, departamento de xxxxx, a quien en el transcurso de este contrato se me denominará simplemente “EL TRABAJADOR”. Los comparecientes aseguramos ser de los datos de identificación personal consignados, hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y que por el presente documento celebramos: CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO, contenido en las cláusulas siguientes: PRIMERA: DE LA INICIACIÓN DE LA RELACION DE TRABAJO: El trabajador se obliga a prestar sus servicios personales en la empresa de nombre comercial CAFÉ DEL CENTRO HISTORICO, propiedad de la Entidad CORPORACION PUNILA, SOCIEDAD ANONIMA, ocupando el puesto de COCINERA, iniciando su relación laboral el día dieciseis de junio del año dos mil tres. SEGUNDA: DE LAS ATRIBUCIONES ASIGNADAS AL PUESTO: El trabajador desempeñará las atribuciones siguientes: I) XXXX ; II) XXX ; III) XXX ; IV ) XXX ; V) XXXX; TERCERA: DEL LUGAR DE EJECUCION DEL TRABAJO: Los servicios que el trabajador se obliga a prestar los hará efectivos en la Sexta Avenida Nueve guión Cincuenta de la Zona Uno, Segundo Nivel, en esta Ciudad Capital, dirección ya conocida por el trabajador. CUARTA: DE PLAZO DEL CONTRATO: El presente contrato tendrá una duración de NOVENTA (90) DIAS, contado a partir de la fecha de este contrato. QUINTA: DE LA JORNADA DE TRABAJO: La jornada de trabajo será de ocho horas diarias y cuarenta y ocho a la semana, así: En Jornada Diurna: de las diez horas a las dieciocho horas, de lunes a sabado, tiempo durante el cual se le otorgaran treinta minutos para ingerir sus alimentos. SEXTA : DEL SALARIO A DEVENGAR: El Patrono se obliga a pagar el salario de UN MIL TRESCIENTOS QUETZALES (Q.1,300.00) MENSUALES, pagaderos en dos abonos de SETECIENTOS CINCUENTA QUETZALES (Q.750.00) QUINCENALES, mediante cheque de la Entidad CORPORACION PUNILA, SOCIEDAD ANONIMA, en las instalaciones de la Empresa de nombre comercial “CAFÉ DEL CENTRO HISTORICO” OCTAVA: DE LA JORNADA EXTRAORDINARIA y LOS DIAS DE ASUETO: Si hubiese necesidad que el trabajador preste sus servicios personales fuera de la jornada ordinaria de trabajo, esto se le pagaran de conformidad con la ley, así como los días de asueto. NOVENA: DE LA ACEPTACIÓN: Ambos otorgantes aceptamos cada una de las cláusulas de este contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos, en tres ejemplares: uno para cada una de las partes y uno que el Patrón remitirá al Departamento Nacional de Relaciones de Trabajo.

f) EMPLEADO

f) EMPLEADOR

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