PASOS PARA CONFORMAR UNA EMPRESA ¿Cómo crear una empresa en Bolivia? Una empresa puede estar constituida por el mejor equipo de trabajadores, dirigida por un líder carismático, y tener las ideas o proyectos más innovadores pero para ser competitiva en el mercado también debe ser reconocida institucionalmente y funcionar en el marco de las normas vigentes de Bolivia. En ese marco luego de haber difundido en Bolivia Emprende las guías de trámites para crear legalmente una empresa boliviana, pasamos a hacer un resumen del procedimiento y los requisitos que tiene que seguir ante las instituciones pertinentes. Estos once pasos, en la institución específica señalada y de acuerdo a la constitución legal de su empresa podrá ser registrada. 1. FUNDEMPRESA Fundación sin fines de lucro responsable del Registro de Comercio de Bolivia, que apoya el desarrollo empresarial en Bolivia. Esta entidad le otorga la Matrícula de Comercio para contar con reconocimiento legal del Estado y desarrollar sus actividades empresariales. Las guías Consejos útiles, requisitos, plazos, arancel, modelos de documentos para inscribir una empresa unipersonal, Sociedad de Responsabilidad Limitada SRL, Sociedad Anónima SA y Sociedad Anónima Mixta SAM. Así también se presentan las guías para hacer la Transformación de empresas y la fusión de sociedades comerciales. Acceda a los requisitos y pasos de acuerdo al tipo de actividad empresarial que realiza: Guía de trámite para inscribir una Empresa Unipersonal en el Registro de Comercio Con el propósito de simplificar y facilitar la actividad a los emprendedores de Bolivia, especialmente la de los micro y pequeños empresarios (Mipymes de Bolivia), la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas – AEMP, conjuntamente con la Unidad de Registro de Comercio del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y el Concesionario del Registro de Comercio – FUNDEMPRESA, han desarrollado una guía completa e ilustrativa que muestra paso a paso el proceso para inscribir una empresa sin contratiempos en el Registro de Comercio de Bolivia en el marco de la economía y desarrollo plural de Bolivia. Es así que se han desarrollado guías prácticas para la constitución e inscripción de una empresa unipersonal, sociedad de Responsabilidad limitada y
sociedades Anónima. En esta oportunidad se presentan los pasos para inscribir una empresa unipersonal. 1. Elija el tipo societario Defina el tipo jurídico más adecuado para su emprendimiento en la legislación comercial vigente se reconocen las siguientes formas para ejercer el comercio:
Comerciante Individual o Empresa Unipersonal (no considerada sociedad).
Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Sociedad Anónima.
Sucursal de sociedad constituida en el extranjero.
Sociedad Anónima Mixta.
Sociedad Colectiva.
Sociedad en Comandita Simple.
Sociedad en Comandita por Acciones. 2. Elija correctamente la razón social o denominación de su empresa
La razón social: está formada por el nombre del propietario. Ejemplo: Gonzáles Consultores o Gonzáles & Villegas Consultores. No se debe incluir el nombre de otra persona que no sea propietario o socio y tampoco incorporar las palabras “asociados”, “corporación” o “holding”.
La denominación: nombre ficticio, incluyendo la referencia a la actividad económica principal de la empresa. Ejemplo: Los Girasoles Repostería y Panadería o Sastrería La Elegancia. Para ambos casos debe elegir nombres originales y exclusivos de preferencia clara y corta para que sea memorizable por los consumidores. 3. Realice el trámite de control de homonimia Verifique la disponibilidad de una razón social o denominación que utilizará su empresa en Bolivia, mediante el Control de Homonimia. Para ello considere:
Requisitos: Formulario N° 0010 de solicitud de Control de Homonimia debidamente llenado y firmado por el cliente.
Plazo del trámite: Un día hábil, computable a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.
Costo: 78 Bs. 4. Declare de manera correcta el objeto social de su empresa En otros términos, debe declarar la actividad que realiza una sociedad comercial o empresa. Tomando en cuenta la actividad económica concreta que realiza y los productos y/o servicios de la misma. Ejemplo: “Fabricación de productos de cuero como calzados para damas, varones y niños; maletas, bolsos, billeteras y cinturones”. 5. Inscriba su empresa unipersonal en el Registro de Comercio de Bolivia La empresa boliviana unipersonal o comerciante individual es la persona natural que ejerce el comercio en forma individual y por cuenta propia, haciendo de esta una actividad económica habitual. Requisitos
Formulario Nº 0020 de solicitud de Matrícula de Comercio con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el comerciante individual (propietario) o representante legal de la empresa.
Si el capital inicial es de Bs 27.736 o mayor, presentar el balance de apertura firmado por el comerciante individual (propietario) o el representante legal y el profesional que interviene, acompañando la respectiva solvencia profesional original otorgada por el Colegio de Contadores o Auditores. Si el capital inicial es menor a Bs. 27.736 no tiene la obligatoriedad de presentar el balance de apertura.
Cédula de identidad original del comerciante individual o propietario y fotocopia simple de la misma firmada por el titular. En caso de no presentar la cédula de identidad original, debe presentar fotocopia legalizada.
En caso de tener representante legal, se debe adjuntar el Testimonio de Poder correspondiente en original o fotocopia legalizada, debiendo obviarse el requisito exigido en el punto 3. Plazo y arancel El plazo es computable a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. Se debe pagar un arancel de 260 Bs. 6. Responsabilidades Luego de haber inscrito a la empresa unipersonal. Recuerde que el Registro de Comercio otorga la Matrícula de Comercio a su empresa y habilita el ejercicio legal de sus actividades empresariales. Estas son las responsabilidades a cumplir frente al registro de Comercio de Bolivia: a) Actualización anual de Matrícula de Comercio b) Registrar Apertura de sucursal c) Registrar Aumento de capital d)
Registrar disminución de capital e) Transferencia de empresa unipersonal a cualquier tipo societario establecidos en el Código de Comercio f) Registrar Cambios operativos (datos referenciales) g) Registro de poder y/o su revocatoria h) Registro de gravamen, modificación y/o cancelación i) Inscribir Contratos comerciales j) Registrar cancelación de Matrícula de Comercio de empresa unipersonal Guía de trámite para inscribir una Empresa S.R.L. en el Registro de Comercio (FUNDEMPRESA) Con el propósito de simplificar y facilitar la actividad a los emprendedores y empresarios de Bolivia, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas – AEMP, conjuntamente con la Unidad de Registro de Comercio del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y el Concesionario del Registro de Comercio – FUNDEMPRESA, han desarrollado una guía completa e ilustrativa que muestra paso a paso el proceso para inscribir una empresa Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L. sin contratiempos en el Registro de Comercio de Bolivia en el marco de la economía y desarrollo plural de Bolivia. Conozca el procedimiento para inscribir una empresa Sociedad de Responsabilidad Limitada SRL. 1. Elija el tipo societario Defina el tipo jurídico más adecuado para su emprendimiento. En la legislación comercial vigente se reconocen las siguientes formas para ejercer el comercio:
Comerciante Individual o Empresa Unipersonal (no considerada sociedad).
Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Sociedad Anónima.
Sucursal de sociedad constituida en el extranjero.
Sociedad Anónima Mixta.
Sociedad Colectiva.
Sociedad en Comandita Simple.
Sociedad en Comandita por Acciones. 2. Elija correctamente la razón social o denominación de su empresa
La razón social: está formada por el nombre del propietario. Ejemplo: Gonzáles Consultores o Gonzáles & Villegas Consultores. No se debe incluir el nombre de
otra persona que no sea propietario o socio y tampoco incorporar las palabras “asociados”, “corporación” o “holding”.
La denominación: nombre ficticio, incluyendo la referencia a la actividad económica principal de la empresa. Ejemplo: Los Girasoles Repostería y Panadería o Sastrería La Elegancia. Para ambos casos los socios deben elegir nombres originales y exclusivos de preferencia clara y corta para que sea memorizable por los consumidores. Puede consultar en el portal web de Fundempresa para ver si existen nombres iguales o similares al de su empresa. 3. Realice el trámite de control de homonimia Verifique la disponibilidad de una razón social o denominación que utilizará su empresa en Bolivia, mediante el Control de Homonimia. Para ello considere:
Requisitos: Formulario N° 0010 de solicitud de Control de Homonimia debidamente llenado y firmado por el cliente.
Plazo del trámite: Un día hábil, computable a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.
Costo: 136,50 Bs. 4. Declare de manera correcta el objeto social de su empresa En otros términos, debe declarar la actividad que realiza una sociedad comercial. Tomando en cuenta la actividad económica concreta que realiza y los productos y/o servicios de la misma. Ejemplo: “Fabricación de productos de cuero como calzados para damas, varones y niños; maletas, bolsos, billeteras y cinturones”. 5. Inscriba su empresa S.R.L. en el Registro de Comercio de Bolivia La empresa Sociedad de Responsabilidad Limitada es un tipo es un tipo de sociedad mercantil en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no se responde con el patrimonio personal de los socios. Requisitos
1. Formulario Nº 0020 de solicitud de Matrícula de Comercio con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal de la empresa. 2. Balance de apertura firmado por el representante legal y el profesional que interviene, acompañando la respectiva solvencia profesional original otorgada por el Colegio de Contadores o Auditores.
3. Testimonio de la escritura pública de constitución social, en original o fotocopia legalizada legible, con la inserción del acta de fundación de la sociedad que contenga la resolución de aprobación de estatutos y designación del directorio provisional, en el marco del Art. 127 del Código de Comercio. 4. Publicación del testimonio de constitución en un periódico de circulación nacional que contenga todos los datos, transcripción inextensa de las cláusulas y otros. Este requisito puede ser presentado en forma posterior, si el usuario se sujeta al trámite de revisión previa a la publicación ante el Registro de Comercio de Bolivia. 5. Testimonio de poder del representante legal original o fotocopia legalizada legible que contenga el acta de su nombramiento, para el caso en el que la escritura pública de constitución no determine el nombramiento del mismo. Si el representante legal es extranjero, debe presentar el documento original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación). Plazo y arancel El plazo es de 2 días computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. Se debe pagar un arancel de 455 Bs. 6. Responsabilidades Luego de haber inscrito a la S.R.L en el registro de comercio, se garantiza la legalidad de su emprendimiento o empresa en Bolivia. Recuerde que el Registro de Comercio otorga la Matrícula de Comercio a su empresa y habilita el ejercicio legal de sus actividades empresariales. Estas son las responsabilidades a cumplir ante el registro de Comercio de Bolivia: a) Actualización anual de Matrícula de Comercio b) Registrar modificación, aclaración y/o complementación de la escritura de constitución y/o estatutos c) Registrar Aumento de capital d) Registrar disminución de capital e) Registrar Transferencia de cuotas de capital de sociedad de responsabilidad limitada f) Registro de cambios operativos g) Registro de otorgación de poder y/o revocatorio h) Registro de gravamen, modificación y/o cancelación
i) Inscribir Contratos comerciales j) Disolución y liquidación de sociedad comercial y consiguiente cancelación de Matrícula de Comercio Guía de trámite para inscribir una Empresa S.A. en el Registro de Comercio Con el propósito de simplificar y facilitar la actividad a los emprendedores y empresarios de Bolivia, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas – AEMP, conjuntamente con la Unidad de Registro de Comercio del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y el Concesionario del Registro de Comercio – FUNDEMPRESA, han desarrollado una guía completa e ilustrativa que muestra paso a paso el proceso para inscribir una empresa sin contratiempos en el Registro de Comercio de Bolivia en el marco de la economía y desarrollo plural de Bolivia. Conozca el procedimiento para inscribir una empresa Sociedad Anónima. 1. Elija el tipo societario Defina el tipo jurídico más adecuado para su emprendimiento. En la legislación comercial vigente se reconocen las siguientes formas para ejercer el comercio:
Comerciante Individual o Empresa Unipersonal (no considerada sociedad).
Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Sociedad Anónima.
Sucursal de sociedad constituida en el extranjero.
Sociedad Anónima Mixta.
Sociedad Colectiva.
Sociedad en Comandita Simple.
Sociedad en Comandita por Acciones. 2. Elija correctamente la razón social o denominación de su empresa
La razón social: está formada por el nombre del propietario. Ejemplo: Gonzáles Consultores o Gonzáles & Villegas Consultores. No se debe incluir el nombre de otra persona que no sea propietario o socio y tampoco incorporar las palabras “asociados”, “corporación” o “holding”.
La denominación: nombre ficticio, incluyendo la referencia a la actividad económica principal de la empresa. Ejemplo: Los Girasoles Repostería y Panadería o Sastrería La Elegancia.
Para ambos casos los socios deben elegir nombres originales y exclusivos de preferencia clara y corta para que sea memorizable por los consumidores. Puede consultar en el portal web de Fundempresa para ver si existen nombres iguales o similares al de su empresa. 3. Realice el trámite de control de homonimia Verifique la disponibilidad de una razón social o denominación que utilizará su empresa en Bolivia, mediante el Control de Homonimia. Para ello considere:
Requisitos: Formulario N° 0010 de solicitud de Control de Homonimia debidamente llenado y firmado por el cliente.
Plazo del trámite: Un día hábil, computable a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.
Costo: 175 Bs. 4. Declare de manera correcta el objeto social de su empresa En otros términos, debe declarar la actividad que realiza una sociedad comercial. Tomando en cuenta la actividad económica concreta que realiza y los productos y/o servicios de la misma. Ejemplo: “Fabricación de productos de cuero como calzados para damas, varones y niños; maletas, bolsos, billeteras y cinturones”. 5. Inscriba su empresa S.A. en el Registro de Comercio de Bolivia La empresa Sociedad Anónima es un tipo societario integrado por socios que responden y están obligados hasta el monto de los aportes que hayan suscrito. El capital en estas sociedades, se encuentra representado por acciones cuyos títulos son negociables. Requisitos
1. Formulario Nº 0020 de solicitud de Matrícula de Comercio con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal de la empresa. 2. Balance de apertura firmado por el representante legal y el profesional que interviene, acompañando la respectiva solvencia profesional original otorgada por el Colegio de Contadores o Auditores. 3. Testimonio de la escritura pública de constitución social, en original o fotocopia legalizada legible, con la inserción del acta de fundación de la sociedad que contenga la resolución de aprobación de estatutos y designación del directorio provisional, en el marco del Art. 127 del Código de Comercio.
4. Estatuto de la sociedad, el mismo que puede ser insertado en la escritura constitutiva o instrumentalizado por separado en un testimonio notarial. 5. Publicación del testimonio de constitución en un periódico de circulación nacional que contenga todos los datos, transcripción inextensa de las cláusulas y otros. Este requisito puede ser presentado en forma posterior, si el usuario se sujeta al trámite de revisión previa a la publicación ante el Registro de Comercio de Bolivia. 6. Testimonio de poder del representante legal original o fotocopia legalizada legible que contenga el acta de su nombramiento, para el caso en el que la escritura pública de constitución no determine el nombramiento del mismo. Si el representante legal es extranjero, debe presentar el documento original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación). 7. Certificado de depósito bancario emitido por cualquier entidad financiera del país, que consigne el capital pagado en dinero. La cuenta corriente bancaria debe estar a nombre de la sociedad en formación. Plazo y arancel El plazo es de 5 días computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. Se debe pagar un arancel de 584,50 Bs. 6. Responsabilidades Luego de haber inscrito a la S.A. en el registro de comercio, se garantiza la legalidad de su emprendimiento o empresa en Bolivia. Recuerde que el Registro de Comercio otorga la Matrícula de Comercio a su empresa y habilita el ejercicio legal de sus actividades empresariales. Estas son las responsabilidades a cumplir ante el registro de Comercio de Bolivia: a) Actualización anual de Matrícula de Comercio b) Registrar modificación, aclaración y/o complementación de la escritura de constitución y/o estatutos c) Registrar Aumento de capital d) Registrar disminución de capital e) Registrar Cambios operativos (datos referenciales) f) Registro de poder y/o su revocatoria g) Registro de acta h) Registro de memoria anual
i) Registro de Constitución y cancelación de fianza de síndicos y directores j) Registro de gravamen, modificación y/o cancelación k) Inscribir Contratos comerciales l) Disolución y liquidación de sociedad comercial y consiguiente cancelación de Matrícula de Comercio Guía de trámite para inscribir una Empresa S.A.M. en el Registro de Comercio. - Con el propósito de simplificar y facilitar la actividad a los emprendedores y empresarios de Bolivia, a continuación se presenta la siguiente guía que muestra paso a paso el proceso para inscribir una Sociedad de Economía Mixta o Sociedad Anónima Mixta (S.A.M.) ante el Registro de Comercio – FUNDEMPRESA. ¿Qué es la Sociedad Anónima Mixta? Las SAM son sociedades que integran al tipo de las anónimas y que invisten naturaleza pública y privada, es decir mixta por el origen de los aportes que constituyen su capital. En ellas, el Estado interviene en la dirección y administración de la sociedad a la par de los particulares, suscribiendo acciones para su constitución. 1. Elija correctamente la razón social o denominación de su empresa
La razón social: está formada por el nombre del propietario. Ejemplo: Gonzáles Consultores o Gonzáles & Villegas Consultores. No se debe incluir el nombre de otra persona que no sea propietario o socio y tampoco incorporar las palabras “asociados”, “corporación” o “holding”.
La denominación: nombre ficticio, incluyendo la referencia a la actividad económica principal de la empresa. Ejemplo: Los Girasoles Repostería y Panadería o Sastrería La Elegancia. Para ambos casos los socios deben elegir nombres originales y exclusivos de preferencia clara y corta para que sea memorizable por los consumidores. Puede consultar en el portal web de Fundempresa para ver si existen nombres iguales o similares al de su empresa. 2. Realice el trámite de control de homonimia Verifique la disponibilidad de una razón social o denominación que utilizará su empresa en Bolivia, mediante el Control de Homonimia. Para ello considere:
Requisitos: Formulario N° 0010 de solicitud de Control de Homonimia debidamente llenado y firmado por el cliente.
Plazo del trámite: Un día hábil, computable a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.
Costo: 175 Bs. 3. Declare de manera correcta el objeto social de su empresa En otros términos, debe declarar la actividad que realiza una sociedad comercial. Tomando en cuenta la actividad económica concreta que realiza y los productos y/o servicios de la misma. Ejemplo: “Fabricación de productos de cuero como calzados para damas, varones y niños; maletas, bolsos, billeteras y cinturones”. 4. Requisitos
1. Formulario Nº 0020 de solicitud de Matrícula de Comercio con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal de la empresa. 2. Balance de apertura firmado por el representante legal y el profesional que interviene, acompañando la respectiva solvencia profesional original otorgada por el Colegio de Contadores o Auditores. 3. Testimonio de la escritura pública de constitución social, en original o fotocopia legalizada legible, la misma debe contener:
Propuesta de formación de la sociedad.
Nº y fecha de decreto supremo que autorice la constitución, apruebe el proyecto de contrato de constitución, estatutos y la determinación del capital y porcentajes de participación de los sectores público y privado. (Adjuntar fotocopia simple).
Nº y fecha de Ley expresa que autorice el aporte estatal. (Adjuntar fotocopia simple).
Convenio suscrito entre el sector público y el sector privado, para la formación de la sociedad, conforme lo previsto en el Art. 428 num. 2) del Código de Comercio.
Acta de fundación con la aprobación de estatutos y la designación del directorio provisional de la sociedad.
4. Estatuto de la sociedad, el mismo que puede ser insertado en la escritura constitutiva o instrumentalizado por separado en un testimonio notarial. 5. Publicación del testimonio de constitución en un periódico de circulación nacional que contenga todos los datos, transcripción inextensa de las cláusulas y otros.
Conclusión y concordancia de la intervención del Notario de Fe Pública. (Adjuntar página completa del periódico en que se efectúa la publicación) 6. Testimonio de poder del representante legal original o fotocopia legalizada legible que contenga el acta de su nombramiento, para el caso en el que la escritura pública de constitución no determine el nombramiento del mismo. Si el representante legal es extranjero, debe presentar el documento original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación). 7. Certificado de depósito bancario emitido por cualquier entidad financiera del país, que consigne el capital pagado en dinero. La cuenta corriente bancaria debe estar a nombre de la sociedad en formación. 5. Plazo y arancel El plazo es de 5 días computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. Se debe pagar un arancel de 584,50 Bs. 6. Procedimiento Presentada la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación del cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro del arancel correspondiente y la emisión del código de trámite que identifica el cargo de recepción. En caso, que el representante legal sea extranjero, Ventanilla de Atención al Cliente debe efectuar la verificación de la fotocopia simple con el documento original que acredite la radicatoria del mismo, y una vez verificado debe ser devuelto dicho original en forma inmediata al cliente. Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quien luego de efectuar el análisis jurídico y verificar el cumplimiento de las formalidades legales establecidas, puede efectuar el registro de la sociedad o en su caso observar el trámite.
En el primer caso se otorga el número de Matrícula de Comercio a la sociedad, y se procede a digitar las partes pertinentes de la documentación que corresponda al trámite. Luego se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente, pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extender la respectiva Matrícula de Comercio y los certificados pertinentes.
En el segundo caso, se emite una nota de devolución del trámite en la que se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado y como puede subsanarse; derivándose la documentación del trámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.
En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimonio de aclarativa, complementación o modificación al instrumento de constitución, el Analista Jurídico debe realizar el procedimiento indicado precedentemente y en caso de proceder al registro, debe digitar en forma vinculante también los datos de dichos documentos dentro del mismo registro de la escritura de constitución. Descargas
Descarga y llena el formulario 0020 aquí» Guía de transformación empresas Cuando empresa unipersonal, micro o pequeña empresa Boliviana por ciertos motivos deciden cambiar su reconocimiento legal, deben informarlo ante Fundempresa. Para tal efecto, a continuación, se presenta los requisitos y el procedimiento a seguir para transformar una empresa en Bolivia. Requisitos
1. Formulario Nº 0030/03 (para sociedad comercial) o Formulario Nº 0032/03 (para empresa unipersonal o comerciante individual) de solicitud de Registro de Modificaciones con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal, tratándose de sociedad comercial. 2. Testimonio de la escritura pública de transformación, en original o fotocopia legalizada legible, que contenga la transcripción del acta de asamblea de socios o junta de accionistas en la que conste la aprobación de la transformación de la sociedad, así como la transcripción del balance especial de transformación incluyendo la firma del representante legal de la sociedad y profesional que interviene. 3. Publicación in extenso en un periódico de circulación nacional, del testimonio de la escritura pública de transformación de conformidad a los Arts 401 y 132 del Código de Comercio. (Adjuntar página completa del periódico en que se efectúa la publicación) 4. Testimonio de poder del representante legal, en un ejemplar original o fotocopia legalizada legible, en la que se inserte el acta de asamblea de socios o junta de accionistas en la que conste su nombramiento. Si el representante legal es extranjero debe presentar el documento original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación), debiendo constar en el mismo alternativamente: Visa de objeto determinado, permanencia temporal de un año, permanencia temporal de dos años, visa múltiple o permanencia indefinida, acompañando una fotocopia simple de dicho documento firmada por el titular. En su caso puede también presentar certificación original o fotocopia legalizada extendida por el Servicio Nacional de Migración SENAMIG.
5. Notificaciones personales a los acreedores haciendo conocer la disponibilidad del balance especial en la sede social, en las que conste el cargo original de su recepción. Al respecto, cabe hacer notar que la constatación de veracidad y destinatario de dichas notificaciones son de íntegra responsabilidad de las sociedades o empresas unipersonales que se transforman, no así del Registro de Comercio. 6. Adicionalmente, la empresa transformada, debe cumplir con los requisitos exigidos para el tipo de sociedad comercial cuya estructura se adopte en la transformación. 7. En caso que la sociedad comercial o comerciante individual se encuentren sujetos a regulación sectorial, deben acreditar la autorización de la Superintendencia respectiva. 8. Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial o la empresa unipersonal que se pretende transformar cuente con la Matrícula de Comercio actualizada. Procedimiento Presentada la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación del cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro del arancel correspondiente y la emisión del código de trámite que identifica el cargo de recepción. En caso que el representante legal sea extranjero, Ventanilla de Atención al Cliente debe efectuar la verificación de la fotocopia simple con el documento original que acredite la radicatoria del mismo, y una vez verificado debe ser devuelto dicho original en forma inmediata al cliente. Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis jurídico y verificar el cumplimiento de las formalidades legales establecidas, puede efectuar el registro correspondiente o en su caso observar el trámite. En el primer caso, se efectúa el registro de la transformación y se procede a digitar las partes pertinentes de la documentación que corresponda al trámite. Luego se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente, pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extender los respectivos certificados. Arancel
Empresa Unipersonal: Bs. 260
S.R.L./Soc. Colectiva y en Comandita Simple: Bs. 455
S.A./S.A.M. y en Comandita por acciones: Bs. 584,50
Plazo Siete días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. Guía de fusión de sociedades comerciales Cuando una empresa unipersonal, Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L. o Sociedad Anónima S.A. decide aliarse otra empresa disolviendo su condición anterior, debe realizar los trámites de fusión de sociedades comerciales, para tal efecto, presentamos a continuación una guía para facilitar a los empresarios bolivianos el procedimiento a seguir en estos casos. ¿Qué es la fusión de sociedades? Existe fusión cuando dos o más sociedades se disuelven, sin liquidarse, para constituir una nueva (Fusión propiamente dicha); o cuando una ya existente incorpora a otra u otras que, se disuelven sin liquidarse. (Fusión por absorción) Requisitos 1. Formulario Nº 0031 de solicitud de Registro de Fusión con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal. 2. Balances especiales de corte practicados a la fecha del acuerdo, por cada uno de los participantes en la fusión, acompañando la solvencia profesional original otorgada por el Colegio de Contadores o Auditores, de acuerdo a lo dispuesto por el num. 2) del Art. 406 del Código de Comercio. 3. Compromiso de fusión suscrito por los representantes de las sociedades Intervinientes, aprobado por la asamblea de socios o junta de accionistas. 4. Testimonio de escritura pública de acuerdo definitivo de la fusión, sea ésta propiamente dicha o por absorción, en original o fotocopia legalizada legible, que debe contener los aspectos indicados en los num. 1) al 5) del Art. 407 del Código de Comercio, así como debe contener una cláusula en la que expresamente se señale haberse dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 406 inc. 2) del Código de Comercio. 5. Publicación in extenso en un periódico de circulación nacional del testimonio de la escritura pública de acuerdo definitivo de fusión. (Adjuntar página completa del periódico en que se efectúa la publicación)
6. Testimonio de poder del representante legal, en un ejemplar original o fotocopia legalizada legible, en la que se inserte el acta de asamblea de socios o junta de accionistas en la que conste su nombramiento. Si el representante legal es extranjero debe presentar el documento original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación), acompañando una fotocopia simple de dicho documento firmada por el titular. En su caso puede también presentar certificación original o fotocopia legalizada extendida por el Servicio Nacional de Migración SENAMIG. 7. Adicionalmente, en caso de tratarse de una fusión propiamente dicha, la sociedad emergente de la misma debe cumplir y adecuarse a las normas correspondientes al tipo societario respectivo, conforme a lo dispuesto por el Art. 408 del Código de Comercio. 8. En caso de ser sociedades comerciales sujetas a regulación sectorial, deben acreditar la autorización de la Superintendencia respectiva. 9. Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que las sociedades comerciales o las empresas unipersonales que se pretenden fusionar cuenten con las Matrículas de Comercio actualizadas. Arancel
S.R.L./ Soc. Colectiva y en Comandita simple: Bs. 455,00
S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones: Bs. 584,50 Plazos Siete días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. Procedimiento Presentada la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación del cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro del arancel correspondiente y la emisión del código de trámite que identifica el cargo de recepción. En caso que el representante legal sea extranjero, Ventanilla de Atención al Cliente debe efectuar la verificación de la fotocopia simple con el documento original que acredite la radicatoria del mismo, y una vez verificado debe ser devuelto dicho original en forma inmediata al cliente. Una vez recibido el trámite se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis jurídico y verificar el cumplimiento de las formalidades legales
establecidas, puede efectuar el registro correspondiente o en su caso observar el trámite.
Caso fusión por absorción: En el primer caso, tratándose de fusión por absorción el Analista Jurídico procede a su registro en la Matricula de la sociedad o empresa absorbente o incorporante y cancelará las Matrículas de las sociedades o empresas incorporadas o absorbidas.
Caso fusión: Tratándose de fusión propiamente dicha para la constitución de una nueva sociedad o empresa, el Analista Jurídico procede al otorgamiento de la Matrícula de Comercio a la nueva sociedad y en consecuencia procede a la cancelación de las Matrículas de Comercio de las sociedades fusionadas. En ambos casos se procede a digitar las partes pertinentes de la documentación que corresponda al trámite. Luego, se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente incorporando las carpetas comerciales a las sociedades o empresas fusionadas a la carpeta comercial de la sociedad absorbente o en su caso de la nueva sociedad. Concluido el proceso de registro, Ventanilla de Atención al Cliente extiende los respectivos certificados. Observaciones En caso de existir observaciones al trámite, se emite una nota de devolución en la que se especifique las observaciones que determinan las razones por las que el mismo ha sido observado y cómo puede subsanarse; derivándose los documentos a Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución. En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimonio de aclarativa, complementación o modificación al instrumento, el Analista Jurídico debe realizar el procedimiento indicado precedentemente y en caso de proceder el registro debe digitar en forma vinculante también los datos de dichos documentos dentro del mismo registro de la escritura aclarada, complementada o modificada. 2. SERVICIO NACIONAL DE IMPUESTOS NACIONALES Las empresas de Bolivia deben inscribirse al Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) para la obtención del NIT que es el número de identificación tributaria. Guía de inscripción de empresas al Padrón Nacional de Contribuyentes Las personas que desarrollen emprendimientos económicos en Bolivia y haya inscrito sus empresas en el registro de Comercio de Bolivia, también deben inscribirse al Padrón Nacional de Contribuyentes para la obtención del NIT que es el número de identificación tributaria para poder funcionar legalmente. A
continuación, le presentamos las consideraciones y procedimientos a tomar en cuenta:
Requisitos Régimen General Personas naturales 1. Documento de Identidad. En original y fotocopia. 2. Original y fotocopia de Facturas o prefacturas de consumo de Energía eléctrica del domicilio donde desarrolla su actividad económica y del domicilio habitual Personas Jurídicas (Sociedades, Asociaciones Cooperativas, ONG y otros) 1. Escritura de Constitución de Sociedad, Ley, Decreto, Resolución o Contrato, según corresponda. 2. Fuente de mandato del Representante Legal (Poder, Acta de Directorio, Estatuto o Contrato) y Documento de Identidad vigente. 3. Facturas o prefacturas de consumo de energía eléctrica que acrediten el número de medidor del domicilio habitual del representante legal, domicilio fiscal y sucursales (si corresponde) donde desarrolla su actividad económica. Para Sucesión Indivisa 1. Certificado de Defunción original. 2. Poder que acredite al Representante Legal o Apoderado (original o fotocopia legalizada). 3. Documento de Identidad original del Representante Legal o Apoderado. Requisitos Régimen Tributario Simplificado En este régimen ingresan todas las personas que realizan actividades económicas en calidad de: artesanos, comerciantes minoristas y vivanderos con un capital mínimo de Bs.12.001 y máximo de Bs.37.000. 1. Documento de Identidad. En original y fotocopia. Para el caso de ciudadanos extranjeros deberán presentar carnet de extranjería vigente. 2. Original y fotocopia de Facturas o prefacturas de consumo de Energía eléctrica del domicilio donde desarrolla su actividad Económica y del domicilio habitual. Requisitos Régimen agropecuario unificado
Personas Naturales 1. Documento de Identidad. Para el caso de ciudadanos extranjeros deberán presentar carnet de extranjería vigente. 2. Título de propiedad o documento legal que certifique la propiedad o su derecho a la explotación. Cooperativas 1. Testimonio de Constitución de la cooperativa. 2. Título de propiedad o documento legal que certifique la propiedad o su derecho a la explotación. 3. Poder y Carnet de Identidad vigente que acredite al Representante Legal o Apoderado. Sucesión Indivisa 1. Certificado de Defunción original. 2. Poder que acredite al Representante Legal o Apoderado (Original o fotocopia legalizada). 3. Documento de identidad original del Representante Legal o Apoderado. Organizaciones de Pequeños Productores 1. Personería Jurídica otorgada por la Prefectura; en caso que la Organización de Pequeños Productores de Bolivia (OPP) esté conformada por pueblos indígenas y originarios comunidades indígenas y campesinas y sus organizaciones nacionales departamentales o regionales, deberán presentar la Personería Jurídica emitida por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia. 2. Testimonio del Poder Especial que acredite al Representante Legal. 3. Documento de Identidad del Representante Legal (Documentos vigentes). 4. Factura o prefectura (pre factura) cuando corresponda, de energía eléctrica del domicilio fiscal y del domicilio del Representante Legal. Procedimiento de inscripción para todos los regímenes
Los emprendedores bolivianos deben aproximarse al SIN (Servicio Nacional de Impuestos) de su jurisdicción entregando al funcionario los documentos requeridos.
El funcionario solicita información básica al emprendedor y también captura los antecedentes tributarios en el sistema.
El funcionario imprime reporte preliminar con la información proporcionada el mismo debe ser revisado (o corregido).
Firma el formulario.
Imprime el reporte definitivo como constancia de la inscripción. Guía: Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital El Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital es un registro obligatorio para todas las Personas Naturales/jurídicas, Empresas bolivianas Unipersonales y Sucesiones Indivisas, nacionales o extranjeras, domiciliadas en el país, que realicen actividades gravadas y que resulten sujetos pasivos de alguno de los impuestos establecidos en la Ley N° 843 (Texto Ordenado Vigente). Así también todas las personas que no siendo sujetos pasivos de ellos y estuviesen obligadas a actuar como agentes de retención y/o percepción de los impuestos establecidos en la mencionada Ley, tienen la obligación de registrarse en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) para obtener su Número de Identificación Tributaria. ¿En qué consiste el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11)? El Padrón Biométrico Digital es el registro de contribuyentes de la Administración Tributaria que permite incrementar la seguridad en el proceso de inscripción y facilita las operaciones de las personas y/o empresas bolivianas o extranjeras contribuyentes, mediante la captura de sus huellas dactilares, fotografía, firma, georeferenciación de su domicilio y la digitalización de sus documentos de respaldo. ¿Qué beneficios ofrece el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11)? El Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) brinda seguridad, rapidez en el servicio y permite al contribuyente realizar procesos desde la comodidad de su hogar u oficina, a través de la Oficin@ Virtual. El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) recauda los recursos generados por impuestos nacionales, contribuyendo a mejorar la calidad de vida y el Vivir Bien de las bolivianas y bolivianos y a la economía de Bolivia.
3. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Antes de poner en marcha su micro, pequeña y gran empresa en Bolivia (Mipymes y empresas), también debe contar con una autorización de funcionamiento de parte de los gobiernos autónomos municipales al que corresponden. El Gobierno Municipal autoriza la apertura de una actividad económica para: obtener la Licencia de F-401 y lograr el Funcionamiento Municipal, de conformidad a la declaración jurada. La institución determina las siguientes consideraciones, procedimientos y requisitos para la apertura y funcionamiento de todas las actividades económicas en general.
Guía para obtener licencia de funcionamiento para actividades económicas Guía para obtener licencia de funcionamiento de actividades industriales Guía para obtener licencia de funcionamiento juegos electrónicos e internet
Guía para obtener licencia de funcionamiento para actividades económicas Las micro, pequeña y gran empresas de Bolivia (Mipymes y empresas) que hayan obtenido el registro de comercio y que declaren ante impuestos nacionales, también deben contar con una autorización de funcionamiento de parte de los gobiernos autónomos municipales al que corresponden. Se determinan las siguientes consideraciones, procedimiento y requisitos para la apertura y funcionamiento de todas las actividades económicas en general en el marco de Ordenanza Municipal Nº 606/1994, Resolución Municipal Nº 119/2003, Resolución Municipal Nº 207/2004, Resolución Ejecutiva Nº 46/2012. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber 1. Todas las personales naturales y jurídicas que tengan exención de impuestos deben inscribirse, para luego realizar el trámite de exención correspondiente. 2. Los documentos originales serán devueltos inmediatamente verificada su correspondencia y fidelidad respecto a las fotocopias de los mismos. 3. En caso de renovación, presentar la licencia de funcionamiento original vencida. 4. Heladerías, carnicerías, venta de pollo crudo, panaderías, friales y toda actividad que tenga que ver con la elaboración de productos alimenticios, deben presentar el carnet de manipulación de alimentos de las personas que trabajan en la actividad. 5. Tornerías, chaperías, mantenimiento de vehículos, lavanderías, lavados de autos, deben presentar el RAI y la carta de categorización otorgada por la Dirección de Gestión Ambiental. Requisitos
En caso de persona natural
Fólder con sujetador que contenga la siguiente documentación: Formulario de solicitud de licencia de funcionamiento (recabar y llenar en plataforma de atención al contribuyente). Original y fotocopia de la cédula de identidad del titular. Fotocopia de la última factura de luz (anverso y reverso), que acredite la dirección del domicilio de la actividad económica. Fotocopia del NIT y certificado de inscripción (si tiene). Croquis de ubicación de la actividad económica y superficie de distribución de los ambientes, expresados en metros cuadrados. Para actividades que cuentan con una superficie mayor a 150 metros cuadrados, deberá presentar plano elaborado por un arquitecto.
En caso de personas jurídicas, agregar
Original y fotocopia de la cédula de identidad del apoderado o representante legal. Fotocopia de testimonio de constitución de sociedad. Original y fotocopia del poder notariado del representante legal (actualizado).
Procedimiento 1. Solicite verbalmente información y requisitos en la plataforma de atención al ciudadano. 2. Inicie el trámite con la presentación de toda la documentación validada en la plataforma de atención al ciudadano. Le otorgarán un formulario de solicitud de licencia de funcionamiento, mismo que debe presentar debidamente llenado. 3. Personal hace revisión de todos los documentos presentados y los datos del formulario. En caso de observación, devuelve todos los documentos presentados. En el caso de establecimientos donde se realizará la manipulación de alimentos, veterinarias y/o peluquerías caninas, casas funerarias y/o salones velatorios, actividades relacionadas con el mantenimiento y reparación de automóviles como: lavado de autos, cambio de aceite, chapería y pintura; se remite la solicitud a la Oficina Desconcentrada de la Intendencia Municipal (ODIM), para que ésta realice la inspección correspondiente, emitiendo un informe de rechazo, observación o aprobación, según corresponda. 4. Personal designado procede a la Inspección de forma conjunta con el personal del negocio, en el establecimiento donde funcionará la actividad económica para verificar el cumplimiento de las condiciones previstas para la actividad y los datos técnicos del establecimiento declarados en el formulario. El inspector emite el informe con el resultado de la inspección.
5. Fin del trámite. Se le hace entrega de licencia de funcionamiento a presentación de su CI. O poder notariado en la Plataforma de atención al contribuyente del Área de Tasas y Patentes. Y finalmente el responsable o representante del negocio firma un recibo de entrega. Tiempo de duración 5 días hábiles (máximo) Guía de Licencia de funcionamiento para actividades industriales Toda empresa boliviana dedicada a la actividad industrial debe contar con una licencia de funcionamiento otorgado por los gobiernos autónomos municipales al que corresponden. Se determina las siguientes consideraciones, procedimientos y requisitos para la apertura y funcionamiento de esas actividades económicas en general en función del siguiente marco legal: -
Ley Nº133 del 27 de abril de 1992. Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero (RASIM) (D.S. Nº 26736/2002). Resolución Municipal Nº 40/2003. Resolución Municipal Nº 119/2003. Ordenanza Municipal Nº 692/2008. Ordenanza Municipal Nº 159/2009. Ordenanza Municipal Nº 152/2010. Resolución Ejecutiva Nº 46/2012.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber El laboratorio Municipal realiza la inspección de establecimientos e industrias dedicadas a la transformación de productos alimenticios y otros en donde se aplica control de calidad y evaluación de puntos críticos de control como las industrias cosméticas. Se realiza la inspección a los siguientes rubros alimenticios: -
Industrias alimenticias. Hornos de panificación artesanal y productos de panadería y pastelería. Industrias de bebidas alcohólicas y analcohólicas. Embotelladoras de agua. Industrias cosméticas y de shampoo. Elaboradoras de alimento balanceado. Hipermercados. Supermercados. Plaza de comidas.
Requisitos En caso de persona natural
-
Fólder con sujetador que contenga la siguiente documentación: Formulario de solicitud de licencia de funcionamiento (recabar y llenar en plataforma de atención al contribuyente). Original y fotocopia de la cédula de identidad del titular. Fotocopia de la última factura de luz (anverso y reverso), que acredite la dirección del domicilio de la actividad económica. Fotocopia del NIT y certificado de inscripción (si corresponde). Croquis de ubicación de la actividad económica y superficie de distribución de los ambientes, expresados en metros cuadrados. Para actividades que cuentan con una superficie mayor a 150 metros cuadrados, deberá presentar plano elaborado por un arquitecto. Formulario original y fotocopia del Registro Ambiental Industrial (RAI), emitido por la Dirección de Gestión Ambiental. Carta de categorización industrial, emitida por la Dirección de Gestión Ambiental. Certificado acústico emitido por la Dirección de Gestión Ambiental (para actividades que generen ruido). Carta de autorización firmada por el propietario del inmueble de conocimiento del funcionamiento de la actividad industrial, en caso de ser alquilada o anticrético.
Para Industrias de elaboración de alimentos y bebidas, adjuntar -
Certificado de SENASAG. Carnet de manipulación de alimentos emitidos por la Intendencia Municipal.
Para personas jurídicas, adjuntar -
Original y fotocopia de la cédula de identidad del apoderado o representante legal. Fotocopia de testimonio de constitución de sociedad. Original y fotocopia del poder notariado del representante legal (actualizado).
Procedimiento 1. Solicite verbalmente información y requisitos en la plataforma de atención al ciudadano. 2. Le otorgarán un formulario Nº 401 ó Nº 402 de solicitud de licencia de funcionamiento, mismo que debe presentar debidamente llenado. Si no existen observaciones ni multas por incumplimiento a deberes formales, registran el trámite en la plataforma de atención al ciudadano. Le entregarán una contraseña para que haga seguimiento en 5 días para conocer la fecha de inspección. Nota. - En caso de existir adeudos tributarios, le devuelven la documentación, entregándole proforma de pago y el trámite no es iniciado.
3. Personal designado del Laboratorio Municipal procede a la Inspección en el establecimiento donde funcionará la actividad económica para verificar el cumplimiento de las condiciones técnicas, ambientales, de higiene y salubridad de acuerdo a normativa vigente, emitiendo el resultado correspondiente. 4. Fin del trámite. Se le hace entrega de licencia de funcionamiento a presentación de su CI. o poder notariado vigente en la Plataforma de atención al contribuyente del Área de Tasas y Patentes. Y finalmente firma un recibo de entrega. Tiempo de duración 5 días hábiles (si no existiesen observaciones). Guía para obtener licencia de funcionamiento para juegos electrónicos, de azar e internet Las micro y pequeñas y grandes empresas bolivianas que ofertan servicios de juegos electrónicos, Internet y juegos de azar deben contar con una licencia de funcionamiento otorgado por los gobiernos autónomos municipales al que corresponden. Se determina las siguientes consideraciones, procedimiento y requisitos para la apertura y funcionamiento de esas actividades económicas en general en el marco de Ordenanza Municipal HCM Nº 039/1994, Ordenanza Municipal Nº 119/2003, Resolución Municipal Nº 168/2000 y la Ordenanza Municipal Nº 230/2001. Requisitos En caso de persona natural -
Folder con sujetador que contenga la siguiente documentación: Formulario de solicitud de licencia de funcionamiento (recabar y llenar en plataforma de atención al contribuyente). Original y fotocopia de la cédula de identidad del titular. Fotocopia de la última factura de luz (anverso y reverso), que acredite la dirección del domicilio de la actividad económica. Fotocopia del NIT y certificado de inscripción (si corresponde). Croquis de ubicación de la actividad económica y superficie de distribución de los ambientes, expresados en metros cuadrados. Para actividades que cuentan con una superficie mayor a 150 metros cuadrados, deberá presentar plano elaborado por un arquitecto. Certificado de antecedentes de buena conducta del titular o representante legal, emitido por la FELCC. Certificado acústico emitido por la Dirección de Gestión Ambiental (para actividades que generen ruido).
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Resolución Administrativa emitida por la “Autoridad de Juegos” (para actividades que impliquen juegos de azar). Original y fotocopia de la cédula de identidad del apoderado o representante legal. Fotocopia de testimonio de constitución de sociedad. Original y fotocopia del poder notariado del representante legal (actualizado).
En caso de personas jurídicas, agregar -
Original y fotocopia de la cédula de identidad del apoderado o representante legal o apoderado Fotocopia de testimonio de constitución de sociedad. Original y fotocopia del poder notariado del representante legal vigente.
Procedimiento 1. Solicite verbalmente información y requisitos en Plataforma de atención al ciudadano. Le otorgarán un formulario de solicitud de licencia de funcionamiento. 2. Inicie el trámite con la presentación de requisitos y el formulario debidamente llenado en la Plataforma de atención al ciudadano. Personal de la plataforma recepcionará y revisará la documentación presentada y los datos en el formulario. Si no existen observaciones ni multas por incumplimiento de deberes formales, registran el trámite en la plataforma de atención al ciudadano. Se remitirá el trámite para la inspección correspondiente. Nota. - En caso de existir adeudos tributarios, devuelven todos los documentos, entregándole proforma de pago. 3. El inspector designado de la Oficina Desconcentrada de la Intendencia Municipal (ODIM verifica que su predio y la documentación presentada cumplan con las condiciones técnicas (conexiones eléctricas, ambientales, laborales, higiene y salubridad) de acuerdo a normativa vigente. El inspector completa el formulario con los datos resultado de la inspección. 4. El inspector emite el informe con el resultado de la inspección. En tanto, el titular de la actividad económica solicita el resultado de aprobación o rechazo al inspector que atendió la solicitud y firma la declaración jurada (401 ó 402), completando la documentación requerida para la emisión de la licencia (en caso de existir observaciones). 5. Fin del trámite. Se le hace entrega de licencia de funcionamiento a presentación de su CI. O poder notariado en la Plataforma de atención al contribuyente del Área de Tasas y Patentes. Y finalmente firma un recibo de entrega. Tiempo de duración 23 días hábiles
4. PRO BOLIVIA Registrar o y acreditar a todas las unidades productivas de Bolivia. ¿Para qué sirve? El Estado Plurinacional de Bolivia ha creado la entidad Pro Bolivia que además de impulsar el desarrollo empresarial en Bolivia tiene la función de registrar o y acreditar a todas las unidades productivas de Bolivia. Las unidades productivas registradas y acreditadas pueden acceder a capacitaciones, asistencia técnica, y 20% de margen de preferencia para licitaciones públicas, entre otros. -
Guía de registro y acreditación de unidades productivas
Guía de registro y acreditación de unidades productivas de Bolivia Para tal efecto, a continuación, se presenta una orientación sobre los conceptos, requisitos y procedimientos que los representantes de las Unidades Productivas deben seguir para su adecuado registro y así poder acceder a los beneficios que brinda el Estado. ¿Qué es el registro y acreditación de unidades productivas? Es el acto administrativo por el cual PRO-BOLIVIA, mediante la emisión de un certificado establece que la unidad Productiva ha cumplido con los requisitos determinados en el reglamento de Registro y Acreditación. Unidad productiva Término que corresponde a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas de Bolivia, así como a las asociaciones de pequeños productores urbanos y rurales, organizaciones económicas campesinas – OECAS y otras de características similares, cuya actividad económica sea de carácter productivo. Clasificación de Unidades productivas
Los criterios indicados no se aplican a las Asociaciones de Pequeños Productores Urbanos y Rurales, a las Organizaciones Económicas Campesinas (OECAS) y similares. Solo en el caso de la diferenciación de las organizaciones económicas campesinas – OECAS se considerará únicamente los rangos definidos para las ventas anuales y las exportaciones anuales, para determinar el nivel al que corresponde dentro de esta categorización. En el caso de que la unidad productiva supere cualquiera de estos criterios será considerada automáticamente en el siguiente nivel. Pro Bolivia Entidad pública desconcentrada, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, destinada a impulsar el cambio de la matriz productiva nacional a través del incremento de la agregación de valor a la producción primaria, transformación tecnológica, alza de la productividad, diversificación productiva y mayor generación de excedentes e ingresos en la
producción artesanal, agroindustrial, manufacturera e industrial, participando en la creación, consolidación, modernización y tecnificación de los emprendimientos productivos bolivianos del conjunto de las unidades productivas urbanas y rurales del País. Cuenta entre sus competencias la de registrar y acreditar a las unidades productivas y evaluar las demandas y potencialidades de las unidades productivas del País. Beneficios – 20% de margen de preferencia para licitaciones públicas Una vez que las unidades productivas se hayan registrado y cuenten con la acreditación de Pro Bolivia pueden acceder a un conjunto de beneficios como: el 20% de margen de preferencia para licitaciones públicas, entre otros. Los beneficios del Registro y Acreditación se amparan en el Decreto Supremos N°181, que establece en su artículo N°31 en la contratación de bienes y servicios bajo las modalidades de Licitación Pública y ANPE que “se aplicará un margen de preferencia del veinte por ciento (20%) al precio ofertado, para las Micro y Pequeñas Empresas, Asociaciones de Pequeños Productores Urbanos y Rurales y Organizaciones Económicas Campesinas. El factor numérico de ajuste será de ochenta centésimos (0.80)”. ¿Quiénes se benefician con el certificado de Registro Nacional de Unidades Productivas? Las Unidades Productivas que: produzcan, fabriquen, agreguen valor a un bien o transformen un producto o servicio. Como también las empresas que presten servicios a las entidades Públicas. Quedan excluidas aquellas unidades cuya actividad implique la compra y/o reventa (intermediacion sin agregar valor al bien comercializado. Requisitos para el acceso al Certificado de Margen de Preferencia Las personas naturales o jurídicas, para solicitar su registro como unidades productivas ante Pro-Bolivia, deberán presentar los siguientes documentos: Personas Naturales 1. Carta de solicitud de Registro y Acreditación de la Unidad Productiva dirigida al Director General Ejecutivo PRO-BOLIVIA indicando los documentos presentados y el número de NIT o CI al que se emitirá la factura. 2. Copia de la cédula de identidad del interesado, productor o empresario. 3. Declaración Jurada para el Registro y Acreditación de Unidades Productivas, firmado por el Propietario o Representante legal. (Recabar en
Oficinas o Página Web PRO BOLIVIA. Si el Formulario de Registro se lo lleno a través de la página web, este requisito no es necesario). 4. Constancia de pago por la tarifa de Bs. 90 (Noventa 00/100 Bolivianos) para micro o pequeñas empresas en Bolivia, asociaciones de pequeños productores urbanos y rurales, organizaciones económicas campesinas – OECAS y otras de característas similares o Bs. 180 (Ciento Ochenta 00/100 Bolivianos) para mediana o gran empresa. Depósito al Banco Unión a la cuenta 10000004668254 “Entidad Pública Desconcentrada PRO BOLIVIA”. Los documentos a ser presentados, deberán ser entregados en el orden listado en un folder con fastener. Personas jurídicas 1. Carta de solicitud de Registro y Acreditación de la Unidad Productiva dirigida al Director General Ejecutivo PRO-BOLIVIA indicando los documentos presentados. 2. Fotocopia legalizada de Documento de constitución. (Si corresponde) 3. Fotocopia legalizada del Poder del representante legal. (Si corresponde) 4. Copia de la cédula de identidad del representante legal. 5. Declaración Jurada para el Registro y Acreditación de Unidades Productivas, firmado por el Propietario o Representante legal. (Recabar en Oficinas o Página Web PRO BOLIVIA. Si el Formulario de Registro se lo lleno a través de la página web, este requisito no es necesario). 6. Constancia de pago por la tarifa de Bs. 90 (Noventa 00/100 Bolivianos) para micro o pequeña empresa,asociaciones de pequeños productores urbanos y rurales,organizaciones económicas campesinas – OECAS y otras de característas similares, o Bs. 180 (Ciento Ochenta 00/100 Bolivianos) para mediana o gran empresa. Depósito al Banco Unión a la cuenta 10000004668254 “Entidad Pública Desconcentrada PRO-BOLIVIA”. Los documentos a ser presentados, deberán ser entregados en el orden listado en un folder con fastener. Procedimiento -
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Personal de ProBolivia procederá a la fase de verificación de la documentación presentada. Si en dicha fase se llegase a identificar falencias u observaciones en la documentación presentada, Pro-Bolivia comunicará al solicitante las mismas, suspendiéndose el trámite hasta que el solicitante subsane las observaciones. Todas las observaciones, complementaciones y enmiendas que se requieran deben constar por escrito en un formulario habilitado para ese efecto. De no presentarse observaciones se procederá al registro de la unidad productiva, su categorización como asociaciones de pequeños productores
urbanos y rurales, organizaciones económicas campesinas – OECAS, Micro, Pequeña, Mediana o Gran Empresa en Bolivia y archivo de la documentación presentada. Renovación Las unidades productivas, para obtener la renovación cada año de su acreditación deberán presentar los siguientes requisitos: a) Personas Naturales 1. Carta de solicitud de Renovación de la Unidad Productiva dirigida al Director General Ejecutivo de PRO-BOLIVIA indicando los documentos presentados y el número de NIT o CI al que se emitirá la factura. 2. Copia de cédula de identidad del propietario de la Unidad Productiva. 3. Declaración Jurada para Renovación de Unidades Productivas, firmado por el Propietario de la Unidad Productiva. (Recabar en Oficinas o Página Web PRO BOLIVIA. Si el Formulario de Registro se lo lleno a través de la página web, este requisito no es necesario). 4. Constancia de pago por la tarifa de Bs. 45 (Cuarenta y cinco 00/100 Bolivianos) siempre y cuando lo realice dentro de la vigencia del certificado (R.M. Nº064.2015) aplicable para Micro o Pequeña Empresa, Asociaciones de Pequeños Productores Urbanos y Rurales, Organizaciones Económicas Campesinas OECAS. Y Bs. 180 (Ciento Ochenta 00/100 Bolivianos) para Mediana o Gran Empresa. Depósito al Banco Unión a la cuenta 10000004668254 “Entidad Pública Desconcentrada PRO-BOLIVIA”. b) Personas jurídicas, Asociaciones de Pequeños Productores Urbanos y Rurales, OECAS y similares 1. Carta de solicitud de Renovación de la Unidad Productiva dirigida al Director General Ejecutivo PRO-BOLIVIA indicando los documentos presentados. 2. Copia de cédula de identidad del representante legal de la Unidad Productiva. 3. Fotocopia legalizada del documento de constitución (Si Corresponde). 4. Fotocopia legalizada del poder del representante legal (Si corresponde) 5. Declaración Jurada para Renovación de Unidades Productivas, firmado por el Representante Legal de la Unidad Productiva. (Recabar en Oficinas o Página Web PRO BOLIVIA. Si el Formulario de Registro se lo lleno a través de la página web, este requisito no es necesario). 6. Constancia de pago por la tarifa de Bs. 45 (Cuarenta y cinco 00/100 Bolivianos) siempre y cuando lo realice dentro de la vigencia del certificado (R.M. Nº064.2015) aplicable para Micro o Pequeña Empresa, Asociaciones de Pequeños Productores Urbanos y Rurales, Organizaciones Económicas Campesinas OECAS. Y Bs. 180 (Ciento Ochenta 00/100 Bolivianos) para Mediana o Gran Empresa. Depósito al Banco Unión a la cuenta 10000004668254 “Entidad Pública Desconcentrada PRO-BOLIVIA”.
Los documentos a ser presentados, deberán ser entregados en el orden establecido en un archivador debidamente asegurado. Acreditación Una vez concluido el proceso de registro, Pro-Bolivia procederá inmediatamente a la emisión de la acreditación solicitada, mediante el certificado correspondiente. Dicha acreditación tendrá una vigencia de Doce (12) meses e incluirá la categorización de la unidad productiva. Los representantes de las unidades productivas pueden solicitar más de una copia del certificado para ello deberán presentar los siguientes documentos: Requisitos de copia/duplicado de certificación a) Carta de solicitud dirigida al Director General Ejecutivo PRO-BOLIVIA indicando el número de copias requeridas del Certificado de Acreditación. b) Copia del último Certificado de Acreditación. c) Formulario de solicitud de Duplicado firmado por el Propietario o Representante Legal. d) Constancia de pago por la tarifa de Bs. 45 (Cuarenta y cinco 00/100 Bolivianos) siempre y cuando lo realice dentro de la vigencia del certificado (R.M. Nº064.2015) aplicable para Micro o Pequeña Empresa, Asociaciones de Pequeños Productores Urbanos y Rurales, Organizaciones Económicas Campesinas OECAS. Y Bs. 180 (Ciento Ochenta 00/100 Bolivianos) para Mediana o Gran Empresa. Depósito al Banco Unión a la cuenta 10000004668254 “Entidad Pública Desconcentrada PRO-BOLIVIA”. Los documentos a ser presentados, deberán ser entregados en el orden establecido en un archivador debidamente asegurado. Los documentos a ser presentados, deberán ser entregados en el orden listado en un folder con fastener. Tiempo El proceso de registro, acreditación, certificación y/o renovación no deberá demorar más de diez (10) días hábiles a partir de la presentación de la solicitud ante Pro-Bolivia. 5. CAJA NACIONAL DE SALUD Los empleadores y trabajadores de las empresas de Bolivia deben afiliarse a la Caja Nacional de Salud CNS, para acceder a los servicios de salud en caso de enfermedades y accidentes comunes que no necesariamente tienen relación con la actividad laboral ni las condiciones de trabajo. Es responsabilidad de los empleadores y trabajadores afiliarse a una Caja para acceder a los servicios de salud y proteger la vida.
Guía para la afiliación a la Caja Nacional de Salud
La Caja Nacional de Salud La Caja Nacional de Salud (CNS), es una institución descentralizada de derecho público sin fines de lucro, con personalidad jurídica, autonomía de gestión y patrimonio independiente, encargada de la gestión, aplicación y ejecución del régimen de Seguridad Social a corto plazo. Requisitos para empresas 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
Form. AVC-01 (solo firma y sello empleador) Form. AVC-02 (Vacío) Form. RCI-1A (solo firma y número cédula identidad) Solicitud dirigida al JEFE DEPTO. NAL. AFILIACIÓN Fotocopia C.I. del responsable o Representantes Legal Fotocopia NIT Fotocopia balance de Apertura aprobado y firmado por el SERVICIO NACIONAL DE IMPUESTOS INTERNOS 8. Planilla de haberes original y tres copias (sellado y firmado) 9. Nómina del personal con fecha de nacimiento 10. Croquis de ubicación de la Empresa 11. Examen Pre – Ocupacional (100.- Bs. por trabajador) se debe efectuar el depósito en la ventanilla 4 (división de tesorería) Requisitos para afiliación del trabajador Formulario Avc-04 “Sellado y firmado por la empresa” Formulario Avc-05 (no llenar) Fotocopia cédula de identidad del trabajador Certificado de nacimiento (original y computarizado) o libreta de servicio militar 5. Última Papeleta de pago o planilla de sueldos sellado por cotizaciones 1. 2. 3. 4.
Una vez presentada toda la documentación y esta se encuentra conforme a lo establecido, el funcionario procederá a sellar y archivar con el código de afiliado asignado El empleado debe presentarse con sus formularios para la asignación de policlínico de acuerdo a la zona donde reside (vivienda) 6. ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES – AFP ¿Para qué sirve? Para el bienestar de sus empleados con pensiones justas y dignas.
Actualmente existen dos AFP’s vigentes: BBVA PREVISIÓN AFP S. A. y FUTURO DE BOLIVIA S.A. AFP
Guía de registro de empresas a las AFPs
¿Qué hace? Registra en el Seguro Social Obligatorio de largo plazo – SSO. ¿Para qué sirve? Para el bienestar de sus empleados con pensiones justas y dignas administrando los recursos de los trabajadores cuando los mismos lleguen a una edad avanzada. El principal objetivo es incrementar el nivel de ahorro del país, de acuerdo a las leyes vigentes, todas las empresas están obligadas a registrarse Requisitos para registrarse en las AFPs Registro de empresas Se debe llenar el Formulario de Inscripción del Empleador, el mismo que adquiere la calidad de Declaración, quien libre y expresamente declara que son válidos los datos consignados en dicho Formulario al momento de su suscripción, para ello debe adjuntar lo siguiente: Requisitos 1. Fotocopia simple del NIT (Número de Identificación Tributaria). 2. Fotocopia simple Documento de Identidad del Representante Legal. 3. Fotocopia del Testimonio de Poder del Representante Legal (si corresponde). Sobre la Afiliación Es de carácter permanente, sea que el Afiliado se mantenga o no trabajando en relación de dependencia laboral, ejerza una o varias actividades simultáneamente y tenga varios o ningún Empleador. Registro de personas Todas las personas con relación de dependencia laboral deben registrarse de manera obligatoria a una de las AFP, subsistiendo su derecho a cambiar posteriormente de manera voluntaria de AFP, de acuerdo al reglamento. Todo Empleador tiene la obligación de registrar a sus dependientes.
Llenado del Formulario de Registro 1. Consigne Firma del Afiliado. 2. Los datos estén correctamente llenados. 3. No existan vicios de Nulidad. Ni contenga errores o tachaduras. Requisitos 1. Fotocopia del documento de identidad que acredite la identidad del Afiliado que contenga los datos y firma del representante de la AFP. 2. Al momento del Registro, es obligación de la AFP, llenar y firmar de manera conjunta con el Afiliado el Formulario de Declaración de Derechohabientes. Costo; No tiene costo alguno. Tiempo La AFP deberá notificar tanto al Empleador como al Afiliado la aceptación o rechazo del registro no podrá superar los 20 días hábiles administrativos luego de otorgado el NUA. (Número Único Asignado). Sanciones El no registro del Empleador al Sistema Integral de Pensiones (SIP) será sancionado a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social con una multa equivalente a UFV 500 (Quinientas 00/100 unidades de Fomento a la Vivienda). Beneficios
Pensión de vejez: pago de pensión mensual que recibe el asegurado y a su fallecimiento el pago de gastos funerarios y pensiones a los derechohabientes. Pensión solidaria de vejez: Pago de la pensión solidaria mensual de por vida Pensión de invalidez: pago mensual hasta los 65 años. Pensión por muerte: pago de pensión mensual de acuerdo al porcentaje que corresponda Retiros mínimos: pago mensual hasta que agote el saldo acumulado en la cuenta personal. Gastos funerarios: pago de Bs. 1.800.- (Un mil ochocientos 00/100 bolivianos) a la persona que acredite haber efectuado pago de sepelio del asegurado a su fallecimiento. Mesa hereditaria: devolución en un solo pago del saldo acumulado en la cuenta personal previsional de un asegurado fallecido sin derecho habientes con derecho a pensión o cuyos derechohabientes no hubieran
solicitado pensión dentro de los 36 meses posteriores al fallecimiento del asegurado Retiros temporales: retiros totales o parciales que puede realizar el asegurado del Saldo acumulado en su cuenta personal por las contribuciones: Cotizaciones mensuales realizadas como trabajador estacional o como asegurado independiente y Cotizaciones adicionales realizadas por el asegurado dependiente.
7. MINISTERIO DE TRABAJO Guía de inscripción al Registro Obligatorio de Empleadores (ROE) Requisitos para el uso del sistema
Contar con conexión a Internet. Tener una cuenta de correo electrónico. Contar con NIT, para ingresar a la plataforma debe emplear los datos de NIT, usuario y contraseña otorgados por el Servicio de Impuestos Nacionales. Para el caso de las empresas bolivianas deben contar con Matrícula de Comercio (inscripción en Fundempresa).
¿Quiénes deben inscribirse en el ROE? El Decreto Supremo Nº 288, establece la obligatoriedad que tienen TODOS LOS EMPLEADORES de REGISTRARSE en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social. ¿Quiénes son empleadores? Están comprendidos dentro de la categoría de empleadores cualquier persona individual o jurídica que tenga un trabajador dependiente o más, es decir que tenga una persona o varias que desempeñen funciones bajo condiciones de SUBORDINACIÓN: en relación a un superior jerárquico (jefe), DEPENDENCIA: que depende económicamente de alguien que cancele sus sueldos o salarios y que trabaje por CUENTA AJENA: prestando servicios para alguien distinto a su persona. Este Registro Obligatorio de Empleadores ROE se constituye en el único Registro Público de información socio-laboral de carácter oficial. ¿Quiénes deben estar registrados en el ROE?
Todas las empresas bolivianas que estén registradas en FUNDEMPRESA. Todas las Sociedades Comerciales, Empresas Unipersonales, Sociedades Cooperativas, Sociedades Civiles, Asociaciones Civiles y Empresas Públicas, independientemente de su giro o naturaleza, deben estar
registradas en el ROE, los empleadores que incumplan esta determinación serán pasibles a la aplicación de sanciones por infracción a leyes sociales. ¿El certificado del ROE será requerido en otras instituciones? Para renovar la matricula en el Registro de Comercio de Bolivia, se debe presentar el registro en el ROE, el cual se constituye en un requisito obligatorio. Las empresas bolivianas que requieran tramitar créditos en el sistema financiero también deben presentar de manera obligatoria el certificado de registro en el ROE. ¿Las empresas ya registradas en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, también deben inscribirse en el ROE? Las empresas que ya se encontraban registradas en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, también deben actualizar sus datos en ROE. ¿Cómo debe proceder una empresa que cuenta con sucursales en varios departamentos del País? Si un empleador cuenta con sucursales en el interior del país, al momento de inscribirse deberá indicar los lugares donde operan, dirección exacta y el nombre del representante legal, no siendo necesario que dichas sucursales se inscriban por separado en el ROE. ¿Cuál será la sanción/multa a los empleadores que no se inscribieron en el ROE? Los empleadores que no se inscribieron en el ROE, hasta el 22 de mayo de 2018, tendrán por infracción a leyes sociales una multa que oscila entre Bs. 1.000.- a Bs. 10.000.Paralelamente se aplicará una sanción por mora que se calcula multiplicando el factor correspondiente a la cantidad de días de retraso por el monto del total ganado reflejado en la planilla de sueldos y salarios. Fecha Límite de Registro al ROE Las empresas o instituciones que cuenten con 49 dependientes o inferior a este número, tienen hasta el 22 de mayo de la presente gestión para realizar su registro. Para las personas naturales que perciban o generen y/o administren recursos públicos, el nuevo plazo se cumple el 17 de agosto de la presente gestión.
IMPORTANTE Las empresas bolivianas que realmente no cuenten con trabajadores ni personal dependiente, sean estas de cualquier tipo, no tendrán la obligación de registrarse en el ROE. El Ministerio de trabajo, Empleo y Previsión Social de oficio o a denuncia de parte verificara que todas las empresas constituidas en territorio nacional se encuentren registradas en el ROE.
Ingrese a la oficina virtual para registrarse en el ROE aquí
¿Cómo Elegir El Tipo De Institución? Para realizar su registro debe escoger si desea inscribir una institución con fines de lucro o sin fines de lucro. • EMPRESAS: Cualquier forma de sociedad comercial o empresa unipersonal dedicada a realizar una o más actividades comerciales que tenga el objetivo de generar ganancias. Todos los tipos de empresas están incluidos en esta categoría, los mismos deben estar inscritos en Fundempresa antes de realizar su trámite. • OTROS RUBROS: Otro tipo de personas naturales y jurídicas que no se clasifican como empresas. Dentro de esta categoría se encuentran: Cooperativas, Empresas públicas, Entes gestores, Entidades civiles, Entidades públicas, Entidades territoriales autónomas, Fuerzas Armadas, Fundaciones, Instituciones financieras públicas, ONGs, Organizaciones religiosas, Organizaciones sociales, Personas naturales, Policía Boliviana, Régimen Agropecuario Unificado, Sindicatos, Sociedades Civiles y Universidades Públicas
8. FADES (Fundación para alternativas de desarrollo) Otorga a las empresas de Bolivia la tarjeta empresarial. ¿Para qué sirve? 1. Acceder a las compras del estado y participar en licitaciones públicas, en la provisión de bienes y servicios al Estado. 2. Es un requisito para participar en Ferias empresariales. 8.1 Guía de trámite de la tarjeta empresarial Toda micro, pequeña y gran empresa de Bolivia inscrita en el registro de comercio también debe contar con su tarjeta empresarial para acceder a actividades comerciales para su beneficio. A continuación, presentamos la guía de conceptos y procedimientos de tramitación de la tarjeta empresarial. 8.2 Tarjeta empresarial La tarjeta empresarial es un documento público de validez nacional, otorgado por los gobiernos municipales y emitida por el concesionario del servicio de registro de comercio, en este caso Fundempresa. 8.3 ¿Para qué sirve?
La tarjeta empresarial se constituye en uno de los principales instrumentos para acceder a las compras del estado.
Permite participar en licitaciones públicas, en la provisión de bienes y servicios al Estado.
Es un requisito para participar en Ferias empresariales. 8.4 Requisitos 8.4.1 Personas individuales (Presentar original y fotocopia de cualquiera de los siguientes Documentos)
Cédula de Identidad
Certificado de Nacimiento
Pasaporte, toda persona extranjera que cuente con este documento
Libreta de Servicio Militar o Cédula de Registro Único Señalar un domicilio permanente a efectos legales
Llenar el formulario de registro que acompañe a la Tarjeta Empresarial, que tiene carácter de declaración jurada 8.4.2 Personas Colectivas:
Presentar fotocopia simple de su Constitución
Acreditar al Representante Legal
Señalar domicilio permanente a efectos legales
Llenar el formulario de registro que acompañe a la Tarjeta Empresarial, que tiene carácter de declaración jurada
8.4.3 Asociaciones Accidentales Presentar el documento privado de asociación (Contrato Social)
Acreditar el Representante Legal
Señalar domicilio permanente a efectos legales
Llenar el formulario de registro que acompañe a la Tarjeta Empresarial, que tiene carácter de declaración jurada
8.5 Procedimiento 1. Los funcionarios realizan la revisión de la documentación presentada. 2. Funcionarios emitirán una copia de la Tarjeta al Municipio correspondiente, en un plazo no mayor a 2 días para ciudades capitales de Departamento, 4 días en el caso de Provincias y 7 días para los casos de cantones y secciones. 3. Una vez que el Municipio reciba la Tarjeta Empresarial, deberá otorgar y entregar la misma al solicitante sellada y firmada en un plazo no mayor a las 48 horas. 8.6 Duración.- La tarjeta empresarial tiene vigencia de un año 8.7 ¿Dónde? El trámite para la obtención o renovación de la Tarjeta Empresarial se inicia en las Oficinas de la Fundación para Alternativas del Desarrollo – FADES o IDEPRO más cercanas al Municipio del interesado 9. SENAVEX
Toda empresa, unidad productiva y/o comercializadora que tenga el propósito de exportar legalmente sus productos al exterior debe realizar los trámites de registro y certificación ante la plataforma del Servicio Nacional de Verificación de Exportaciones SENAVEX. 9.1. Guía para tramitar Registro Único de Exportaciones RUEX, Declaración Jurada y Certificado de Origen C.O. Con el propósito de contribuir al desarrollo de las exportaciones en Bolivia, a través de la administración eficiente de los registros públicos. El Servicio Nacional de Verificación de Exportaciones SENAVEX pone a disposición el procedimiento para que las empresas exportadoras de Bolivia tramiten el Registro Único de Exportadores RUEX, la declaración jurada de origen DD.JJ. y el Certificado de Origen C.O. La presente guía describe los conceptos, requisitos y provee los formularios para la tramitación del RUEX, la DDJJ de origen y el C.O. 9.2. RUEX El “Registro Único del Exportador – RUEX”, es el registro por el cual se certifica que una determinada empresa de Bolivia (Mipymes), unidad productiva y/o comercializadora cuenta con los requisitos exigidos, para ser considerado como un exportador legalmente establecido en Bolivia. Las unidades productivas y/o comercializadoras que obtienen este Registro, pueden efectuar exportaciones sin límite del valor FOB(Valor de Venta de los productos en su lugar de origen más el Costo de los fletes, seguros y otros Gastos necesarios para hacer llegar la Mercancía hasta la Aduana de salida) a ser exportado. 9.2.1. RUEX de Menor Cuantía Este tipo de RUEX, podrá ser solicitado por personas naturales o jurídicas, ciudadanos bolivianos, viajeros, turistas o pasajeros internacionales que deseen exportar mercancías cuyo valor FOB sea igual o menor a $US 2.000 (Dos Mil 00/100 dólares americanos). 9.2.2.Inscripción a RUEX Para poder tramitar el RUEX o “RUEX de menor cuantía”, es necesario se presenten una serie de documentos de respaldo, dependiendo el tipo de unidad productiva y/o comercializadora. La documentación requerida por el SENAVEX debe ser presentada en fotocopias simples. Para efectos de verificación el exportador deberá presentar los
documentos originales o fotocopias legalizadas, mismos que serán devueltos al exportador, quedando para archivo del SENAVEX las fotocopias simples. 9.2.3.INSCRIPCIÓN Para la Inscripción, debe presentar documentos originales o fotocopias legalizadas y fotocopias simples, en un folder, de acuerdo al siguiente detalle: PERSONA NATURAL ● Nacionales. Cédula de identidad otorgada a ciudadanos bolivianos por autoridad competente en Bolivia. ● Extranjeros. Cédula de Identidad otorgada a extranjeros por autoridad competente en Bolivia, o Documento de Identificación del país de Origen o Pasaporte vigente. Unidad Productiva y/o Comercializadora Unipersonal
Carta de solicitud en dos copias (según modelo). Formulario de Datos RUEX S-SNV/SERV/P 301 F03 (Datos de la empresa y de los productos a exportar)
Requisitos: Empresas Sociedad Anónima S.A. o Sociedad de Responsabilidad Limitada SRL 1. Carta de solicitud en dos copias (según modelo). 2. Formulario de Datos RUEX S-SNV/SERV/P 301 F03 (Datos de la empresa y de los productos a exportar). 3. Certificado de Inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes, el cual indique que realiza la actividad de “Exportación”. 4. Matricula de Comercio vigente. 5. Número de Identificación Minera – NIM (si el caso lo requiere). 6. Testimonio de Constitución. 7. Testimonio de Poder Notarial que acredite al Representante Legal y/o Apoderado. 8. Documento de identificación del Representante legal o Apoderado (para nacionales, Cédula de Identidad, Libreta de Servicio Militar, Registro Único Nacional o Pasaporte y para extranjeros documento que acredite la radicatoria en el país). Estos documentos deben presentarse en original, ó copias debidamente legalizadas, así como en copias fotostáticas simples en un folder, debiendo ser legibles y estar vigentes a la fecha de su presentación al SENAVEX. 9.2.4.Costo
El cobro por el servicio de emisión de RUEX, es de:
9.3. Declaraciones Juradas – DD. JJ. La Declaración Jurada de Origen es un instrumento por medio del cual el exportador declara de manera detallada todos los datos requeridos por el SENAVEX para determinar el carácter originario de las mercancías, mediante el análisis del cumplimiento de las normas de origen de los diferentes Acuerdos Comerciales y Regímenes Preferenciales de los cuales Bolivia se beneficia. 9.3.1.Plazo de Atención Es atendido por el servidor público responsable, con un tiempo máximo de 72 horas. 9.3.3.Costos La DDJJ de origen tiene un costo de Bs.80.- por tickeo, debiendo presentar el operador de comercio exterior (exportador) la siguiente documentación:
o o o
Carta de Solicitud DDJJ por mercancía dependiendo del país a exportar Documentos de respaldo (en caso de ser necesario) 9.3.4.Emisión de DDJJ’s Todo exportador que solicite la revisión de Declaraciones Juradas de Origen – DDJJ’s, deberá seguir los siguientes pasos:
1. Presentar una solicitud escrita de revisión o actualización (en dos copias, según modelo establecido) adjuntando dos ejemplares de cada DDJJ en las nuevas versiones (Declaración Tipo ALD-Ver 4, MEC-Ver 5, SGT-Ver 4, VEN-Ver 2), todo en un folder que garantice el resguardo de la documentación. 2. En caso de no identificarse ninguna observación y que el producto cumpla con las normas de origen, se procederá a su respectiva aprobación y entrega de la copia de la DDJJ al exportador, caso contrario mediante nota o en el campo de observaciones de la carta de solicitud, se explicará el motivó de rechazo.
3. En caso de tener dudas sobre el cumplimiento de origen, el SENAVEX podrá solicitar mayor información, la presentación de descargos documentales e incluso programar una visita de verificación. 4. El SENAVEX tiene un plazo de 72 horas (3 días hábiles) para aprobar o rechazar la solicitud de revisión. 5. Las DDJJ’s deben ser presentadas por cada producto a ser exportado en función al Acuerdo Comercial o Régimen Preferencial del cual desea beneficiarse y deben ser firmadas por una persona habilitada mediante el Formulario de Firmas, para rubricar documentos de exportación, por lo que no se aceptarán firmas impresas, selladas, ni emitidas por cualquier otro medio diferente al de rúbrica manual, de puño y letra. 9.3.5.Resumen de Declaraciones Juradas de Origen Cuando un exportador cuente con varias DDJJ’s aprobadas, podrá solicitar mediante “Nota de solicitud de resumen” (según modelo establecido) la emisión del Resumen de las DDJJ’s vigentes. El Resumen de DDJJ’s permitirá al exportador contar con un listado de todas las DDJJ’s vigentes, con el fin de adjuntar la misma para la tramitación de Certificados de Origen que cuenten con varias mercancías para su exportación. 9.4. Certificado de Origen C.O. El Certificado de Origen es un documento por el cual se acredita que las mercancías que se van a exportar, han cumplido con las Normas de Origen de un determinado Acuerdo Comercial o Régimen Preferencial, por lo que, pueden beneficiarse de las Preferencias Arancelarias. Para que el exportador pueda tramitar el Certificado de Origen, es necesario que se presenten una serie de documentos de respaldo, tanto para la compra como para la emisión. 9.4.1.Requisitos para la compra de C.O. Para la compra del Certificado de Origen, el exportador debe verificar lo siguiente: 1. Contar con el Registro Único de Exportadores – RUEX vigente; 2. La persona que compre el Certificado debe estar debidamente acreditada, a través del Formulario de Registro y Habilitación de Firmas Autorizadas; 3. Contar por lo menos con una Declaración Jurada de Origen aprobada, la cual debe pertenecer al país de destino de exportación.; y 4. Al momento de realizar la compra, se debe presentar el depósito bancario (original + copia). 9.4.2.Requisitos para la solicitud de emisión de C.O.
Para la emisión del Certificado de Origen, el exportador debe presentar en un folder (para evitar daños y/o extravíos) la siguiente documentación: 1. Nota de Solicitud de Emisión del Certificado de Origen (en dos ejemplares, según modelo establecido). 2. Certificado de Origen, debidamente llenado de acuerdo al Instructivo para el llenado del mismo. 3. Factura Comercial de Exportación (originales y debidamente firmadas). 4. Declaración Única de Exportación – DUE en caso de existir. 5. Declaración Jurada de Origen (por cada producto y por país de destino), vigente. 6. Formulario Único de Exportación de Minerales y Metales (cuando corresponda). El SENAVEX tiene un plazo de 24 horas (1 día hábil) para aprobar o rechazar la solicitud de emisión del Certificado de Origen. 10. FUNDEMPRESA La sociedad comercial y/o empresa de Bolivia unipersonal o comerciante individual, debe en forma anual actualizar la vigencia de su Matrícula ante Fundempresa por un nuevo período o gestión y modificar los datos pertinentes Guía de actualización de matrícula de comercio La sociedad comercial y/o empresa de Bolivia unipersonal o comerciante individual, debe en forma anual actualizar la vigencia de su Matrícula ante Fundempresa por un nuevo período o gestión y modificar los datos pertinentes. Para tal efecto, a continuación, se presenta una guía de trámite de los requisitos y procedimiento a seguir obtener matrícula de comercio actualizada. La actualización de la matrícula contempla la modificación de datos relativos al giro social: dirección, Nº de RUC o NIT, Nº de Licencia de Funcionamiento Municipal, teléfono, casilla, fax, correo electrónico. En cuanto a cualquier cambio relativo a la constitución de la sociedad o empresa, consiguientes modificaciones, u otra información operativa no indicada precedentemente, el cliente debe cumplir previamente con los requisitos, procedimiento, y arancel establecido para cada trámite. 10.1. Requisitos 1. Formulario 24 de solicitud de Actualización de Matrícula con carácter de declaración jurada debidamente llenado y firmado por el representante legal. 2. Balance original y estado de resultados, de la gestión vencida con la constancia de presentación al Servicio de Impuestos Nacionales o a la entidad bancaria
autorizada al efecto, en el caso de empresas unipersonales por analogía presentarán los Estados Financieros en el plazo definido para las sociedades comerciales. 3. Fotocopia del NIT actualizado y de la última factura de luz o agua, donde la dirección del domicilio real debe ser concordante a la declarada en el formulario 24. 4. Fotocopia del Certificado de Registro Obligatorio de Empleadores (ROE) emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social. 5. Boleta de constancia de entrega de la Encuesta Anual de Unidades Productivas del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural. 6. En caso de solicitar el cambio de dirección, acompañar la publicación en un periódico de circulación nacional de aviso de cambio de dirección (adjuntar página completa). 7. En caso de solicitar el cambio de N° de Licencia de Funcionamiento acompañar fotocopia simple de la misma. 10.2. Arancel
Empresa Unipersonal 260,00
S.R.L./Soc. Colectiva y en Comandita Simple Bs. 455,00
S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones Bs. 584,50 10.3. Procedimiento Presentada la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación del cumplimiento de los requisitos exigidos y la gestión de la última actualización, realizándose el cobro del arancel correspondiente y la emisión del código de trámite que identifica el cargo de recepción. Ingresado el trámite, dicha repartición verificará los datos de la sociedad en relación con los datos contenidos en el formulario de solicitud y balance, si éstos guardan relación se registrará la actualización de la Matrícula por la gestión que corresponda así también el balance presentado, consiguientemente se introducirán en el sistema los cambios básicos proporcionados. Luego se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente, pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extender la respectiva Actualización de Matrícula de Comercio y certificado pertinente. En caso que se adviertan observaciones, Ventanilla de Atención al Cliente emite una nota de devolución del trámite en la que se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado y como puede subsanarse.
11. SENAPI Todas las empresas de Bolivia (Mipymes y empresas grandes) antes de comenzar sus actividades deben también construir su imagen de marca para luego registrarla ante el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual SENAPI. 11.1. Manual para la gestión de derechos de “Propiedad Intelectual para la MIPYME” El Manual para la gestión de derechos de “Propiedad Intelectual para la MIPYME” es una importante herramienta de consulta para los empresarios bolivianos interesados en la protección de su Propiedad Intelectual, este documento fue elaborado por el Proyecto USAID/Perú “Facilitando Comercio de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional” y FUNDES Bolivia, adaptado por Alejandro Tujillo. De acuerdo al manual, muchos bolivianos que deciden emprender en un negocio propio, o empresarios que quieren desarrollar productos o servicios y desean posicionarlos en el mercado, no siempre toma en cuenta la importancia del registro de elementos como la marca, el nombre comercial, eslogan, un modelo de utilidad. 11.1.1. Contenido del manual En este Manual los empresarios bolivianos podrán encontrar, en un lenguaje sencillo, respuestas a la necesidad de información sobre:
La conveniencia e importancia del registro de los elementos de Propiedad Intelectual y sobre las instituciones que velan por su cumplimiento.
Procesos para la constitución de una empresa y el correspondiente registro.
Procesos para patentes ante el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI).
Modelos de contratos y cláusulas que podrán ser utilizados y adaptados de acuerdo a sus necesidades.
Los formatos de registro del Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI). El acercamiento del Derecho de Propiedad Intelectual a las empresas bolivianas, es un paso fundamental que hará de Bolivia un escenario transparente y de respeto a la competencia de manera inclusiva, permitiendo integrar a las empresas bolivianas de forma equitativa generando condiciones de igualdad de derechos para las MIPYMES, apostando a su crecimiento y posicionamiento en el mercado.
Anexos Anexo A: carta de solicitud Lugar:
Fecha:
Señor:
Responsable de Registro y Certificación de Origen Regional Presente.-
Ref.: EMISIÓN DE CERTIFICADO DE ORIGEN De mi consideración: Por medio de la presente tengo a bien solicitarle tenga la gentileza de proceder a la emisión del Certificado(s) de Origen; para tal efecto tengo a bien adjuntar la siguiente documentación:
No. Control
Tipo
No Form. Declaración Compra y Venta Destino Factura No DUE Jurada No. Minerales (si corresponde)
Otros
Anexo b: Formulario de Datos RUEX S-SNV/SERV/P 301 F03 Anexo c: Solicitud de revisión/actualización DD.JJ Lugar, 6
, Fecha
Señor: Franz Concha Responsable Registro y Certificación de Origen Regional Presente. -
Ref.: (A) Revisión de DD.JJ. (B) Actualización de DD.JJ. De mi consideración: Por medio de la presente me dirijo a su persona, para solicitar la revisión y/o actualización de la siguiente(s) Declaración(es) Jurada(s), de acuerdo a siguiente detalle:
Prod ucto
Tipo de Revisión
Tipo DDJJ1
Nº (A)
(B) ALD MEC VEN
SGT
(A)
(B) ALD MEC VEN
SGT
(A)
(B) ALD MEC VEN
SGT
(A)
(B) ALD MEC VEN
SGT
(A)
(B) ALD MEC VEN
SGT
(A)
(B) ALD MEC VEN
SGT
(A)
(B) ALD MEC VEN
SGT
Descripción Comercial
Clasificaci ón NANDINA
Aprobació n2
Rechazo 3
(A)
(B) ALD MEC VEN
SGT
(A)
(B) ALD MEC VEN
SGT
(A)
(B) ALD MEC VEN
SGT
Consciente que los documentos adjuntos a la presente tienen la calidad de Declaración Jurada, sujeta al ordenamiento jurídico positivo del Estado Plurinacional de Bolivia, doy fe que los datos consignados en los mismos son fidedignos.
Firma: Nombre: Cargo: C.I.: RUEX:
Observaciones SENAVEX (4)
ALD = Comprende a: CAN, ACE 22 Chile, ACE 47 Cuba, AR.PAR N° 4, AAP.AG N° 2 y AR. CEYC N° 7 MEC = Comprende a: ACE 36 Mercosur, ARAM Nº 1 Brasil y ARAM Nº 1 Argentina SGT = Comprende a: Todos los SGP y Terceros países. VEN = Corresponde a Venezuela (2), (3) y (4) Deben ser llenados exclusivamente por el SENAVEX
Anexo D: Solicitud de resumen de DD. JJ Lugar, 6
, Fecha
Señor: Franz Concha Responsable Registro y Certificación de Origen Regional Presente. -
Ref.: Solicitud de Resumen de DD.JJ.
De mi consideración: Por medio de la presente me dirijo a su persona, para solicitar un resumen de las Declaración(es) Jurada(s) vigentes, de acuerdo a siguiente detalle:
Nº
Tipo DDJJ1
1
ALD
CAN, ACE 22 Chile, ACE 47 Cuba, AR.PAR N° 4, AAP.AG N° 2 y AR.CEYC N° 7
2
MEC
ACE 36 Mercosur, ARAM Nº 1 Brasil y ARAM Nº 1 Argentina
3
SGT
Todos los SGP y Terceros países.
4
VEN
Venezuela
Descripción Comercial
Firma: Nombre: Cargo: C.I.: RUEX: Observaciones SENAVEX (4)
(1)
ALD = Comprende a: CAN, ACE 22 Chile y ACE 47 Cuba
MEC = Comprende a: ACE 36 Mercosur, ARAM Nº 1 Brasil y ARAM Nº 1 Argentina SGT = Comprende a: Todos los SGP y Terceros países. VEN = Venezuela AR.PAR N° 4
= Acuerdo Regional que Instituye la Preferencia Arancelaria Regional.
AAP.AG N° 2 = Acuerdo de Alcance Parcial para la Liberación y Expansión del Comercio Intrarregional de Semillas AR. CEYC N° 7 = Acuerdo Regional de Cooperación e Intercambio de Bienes en las Áreas Cultural, Educación y Científica. (4) Deben ser llenados exclusivamente por el SENAVEX
Anexo e: “Nota de solicitud de resumen” (según modelo establecido) Lugar, 6
, Fecha
Señor: Franz Concha Responsable Registro y Certificación de Origen Regional Presente.Ref.: Solicitud de Resumen de DD.JJ. De mi consideración: Por medio de la presente me dirijo a su persona, para solicitar un resumen de las Declaración(es) Jurada(s) vigentes, de acuerdo a siguiente detalle:
Nº
Tipo DDJJ1
1
ALD
CAN, ACE 22 Chile, ACE 47 Cuba, AR.PAR N° 4, AAP.AG N° 2 y AR.CEYC N° 7
2
MEC
ACE 36 Mercosur, ARAM Nº 1 Brasil y ARAM Nº 1 Argentina
3
SGT
Todos los SGP y Terceros países.
4
VEN
Venezuela
Descripción Comercial
Firma:
Nombre: Cargo: C.I.: RUEX:
Observaciones SENAVEX (4)
ALD = Comprende a: CAN, ACE 22 Chile y ACE 47 Cuba MEC = Comprende a: ACE 36 Mercosur, ARAM Nº 1 Brasil y ARAM Nº 1 Argentina SGT = Comprende a: Todos los SGP y Terceros países. VEN = Venezuela AR.PAR N° 4 = Acuerdo Regional que Instituye la Preferencia Arancelaria Regional. AAP.AG N° 2 = Acuerdo de Alcance Parcial para la Liberación y Expansión del Comercio Intrarregional de Semillas AR. CEYC N° 7 = Acuerdo Regional de Cooperación e Intercambio de Bienes en las Áreas Cultural, Educación y Científica. (4) Deben ser llenados exclusivamente por el SENAVEX
Anexo f : Formulario de Registro y Habilitación de Firmas Autorizadas Anexo g : Declaración Jurada de Origen Lugar:
Fecha:
Señor:
Responsable de Registro y Certificación de Origen Regional
Presente.Ref.: EMISIÓN DE CERTIFICADO DE ORIGEN De mi consideración: Por medio de la presente tengo a bien solicitarle tenga la gentileza de proceder a la emisión del Certificado(s) de Origen; para tal efecto tengo a bien adjuntar la siguiente documentación:
No. Control
Tipo
No Form. Declaración Compra y Venta Destino Factura No DUE Jurada No. Minerales (si corresponde)
Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente.
Otros
Anexo h: Nota de Solicitud de Emisión del Certificado de Origen
Santa Cruz, miércoles, 28 de marzo de 2018 Cite de la Empresa Exportadora
Señor(a) Responsable Regional Santa Cruz SENAVEX Presente.REF.: A) Solicitud de Emisión de Certificado de Origen (1) o (4)☐ (2) B) Solicitud de Emisión de C. O. por Anulación ☐ (3) C) Solicitud de Emisión de C. O. Post Exportación ☐ De mi consideración: Por medio de la presente tengo a bien solicitarte tenga la gentileza de proceder a la emisión del Certificado (s) de Origen, para lo cual adjunto la siguiente documentación: N° Control
Tipo de C.O.
País de Destino
Información Complementaria (Motivo):
N° Factura
Código de DDJJ
Otros
(1) (2)
(3) (4)
Según numeral 6.3.1. del Procedimiento de Emisión de Certificados de Origen. En caso que se presente las causales del numeral 6.3.4.3 del Procedimiento de Emisión de Certificados de Origen, debiendo detallar las razones en el campo de “Información complementaria” Proceder según lo establecido en el numeral 6.5 del Procedimiento de Emisiones. Proceder según lo establecido en el Instructivo de Facturación por terceros y emisión con figura de Libre Consignación, en caso de aplicarse lo descrito en los numerales 3.1. ó 3.2.1 (debiendo detallar el puerto de destino en la columna “País de destino”) ó 3.3.2 (disponibilidad de buque)
Anexo i: INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL CERTIFICADO DE ORIGEN TIPO MERCOSUR Campo 1: Llenar con el número de serie del certificado de origen. Corresponde a un número de serie que la autoridad certificadora asigna a los certificados de origen que emite. Campo 2: Indique el nombre legal completo, el domicilio (incluyendo ciudad y país), y el número de registro fiscal del exportador. El número de registro fiscal será: en Colombia, el Registro Único Tributario (RUT), y en Panamá, el Registro Único del Contribuyente (RUC). Campo 3: Si es un único productor, indique el nombre legal completo, el domicilio (incluyendo ciudad, país, número telefónico, número de fax, y correo electrónico) y el número de registro fiscal del productor, como se define en el Campo 2. Si más de un productor está incluido en el certificado, estipule, “VARIOS” y adjunte una lista de todos los productores, indicando el nombre legal completo, el domicilio (incluyendo ciudad, país, número telefónico, número de fax, y correo electrónico) y el número de registro fiscal del productor, como se define en el Campo 2, por cada mercancía que se describe en el Campo 6. Si desea que esta información se mantenga como CONFIDENCIAL, es aceptable que se establezca “DISPONIBLE PARA ADUANAS BAJO REQUERIMIENTO”. Si el productor y el exportador son el mismo, complete el campo con “MISMO”. Campo 4: Este campo debe ser llenado por la autoridad certificadora. La vigencia será de un año a partir de la fecha de la firma de la autoridad certificadora. Campo 5: Indique el nombre legal completo, domicilio (incluyendo ciudad y país), y el número de registro fiscal, como se define en el Campo 2, del importador. Campo 6: Proporcione una descripción completa de cada mercancía. La descripción deberá ser lo suficientemente detallada para relacionarla con la descripción de las mercancías contenida en la factura y en el Sistema Armonizado (SA). Campo 7: Para cada mercancía descrita en el Campo 6, identifique los seis dígitos correspondientes a la clasificación del Sistema Armonizado (SA). Campo 8: Para cada mercancía descrita en el Campo 6, indique qué criterio de origen (A, B o C) es aplicable. Las reglas de origen se encuentran en este Capítulo y en el Anexo 3A. ANEXO 3C-2 NOTA: Con el fin de acogerse al trato arancelario preferencial, cada
mercancía debe cumplir, por lo menos, con uno de los criterios establecidos más abajo. Criterio Preferencial A la mercancía sea obtenida en su totalidad o producida enteramente en el territorio de una u otra Parte, según la definición del Artículo 3.21.; B la mercancía sea producida en el territorio de una u otra Parte, a partir de materiales no originarias que cumplen con un cambio de clasificación arancelaria, un valor de contenido regional u otros requisitos según se especifica en el Anexo 3-A y la mercancía cumpla con las demás disposiciones aplicables a este Capítulo; o C la mercancía sea producida en el territorio de una u otra Parte, a partir exclusivamente de materiales que califican como originarias conforme a las disposiciones de este Capítulo. Campo 9: Para cada mercancía descrita en el Campo 6, indique “SI”, si usted es el productor de las mercancías. Si usted no fuera el productor de las mercancías, indique “NO” seguido por (1) o (2), según el certificado se ha fundado en: (1) su conocimiento respecto de si la mercancía clasifica como una mercancía originaria; (2) un certificado de origen diligenciado y firmado por el productor de la mercancía y proporcionado voluntariamente al exportador. Campo 10: Indique el número de la factura comercial de acuerdo a cada mercancía descrita en el Campo 6. Campo 11: Indique el peso bruto en kilogramos (Kg.) u otras unidades de medida como volumen o número de productos que indiquen cantidades exactas. (Campo opcional). Campo 12: Este campo deberá ser utilizado para cualquier información referente a la comprobación de origen de la mercancía o mercancías, como por ejemplo resoluciones anticipadas indicando su número y fecha de emisión o cuando la mercancía es facturada por un operador de una país que no es Parte, en cuyo caso el exportador de la Parte originaria deberá indicar en este recuadro que las mercancías fueron facturadas desde ese país que no es Parte y señalar el nombre, razón social y domicilio del operador que facturará la operación hasta su destino. De igual forma, cuando la (s) mercancía (s) esté (n) sujeta (s) a una exigencia de valor de contenido regional, indicar el método por el cual fue calculado. Campo 13: Este campo debe ser llenado por el exportador o productor. La fecha deberá ser aquella en la cual el certificado de origen haya sido llenado y firmado. Campo 14: Este campo debe ser llenado por la autoridad certificadora. La fecha deberá ser aquella en la cual el certificado de origen fue validado por la autoridad certificadora.
12. GUÍA: ¿CÓMO REGISTRAR SU MARCA?
La marca, es la imagen o signo que permite a las empresas posicionarse en el mercado. Sin embargo, la gran mayoría de emprendedores que comienza por primera vez un negocio descuida un aspecto fundamental: la imagen de marca, que a la larga es la que va a representar a la empresa y la va a hacer crecer. En ese sentido, los empresarios bolivianos tienen la responsabilidad de además de construir su imagen de marca, también la obligación de registrarla ante el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual SENAPI. a continuación presentamos una guía sobre conceptos, beneficios, requisitos y costos para realizar un adecuado registro de marca en Bolivia. ¿Qué es una marca? Antes de construir una marca se debe tomar en cuenta que la marca es la imagen donde se acumulan todos los valores y conceptos de una empresa.
Es un signo que permite distinguir o diferenciar productos o servicios en el mercado. Presenta dos características principales: Debe ser posible representarlo gráficamente y debe poder distinguirse respecto a otros.
Una marca puede estar compuesta por palabras, dibujos, letras, números, objetos, emblemas o elementos figurativos, tridimensionales, etc.
El titular de una marca puede ser una persona, una empresa, un grupo o asociación. Las marcas colectivas Generalmente pertenecen a un grupo o asociación de empresas. Estas marcan indica que el producto o servicio ha sido fabricado o suministrados por los miembros de una asociación. El uso de la marca está reservado únicamente a los miembros del grupo o asociación, siempre que cumplan los presupuestos normativos establecidos por la asociación. Tipos de marca
Denominativa: letras y palabras
Figurativa: Imagen, símbolos
Mixtas: Palabras y símbolos gráficos
Tridimensionales: Envases, envoltorios, botellas
Auditivas: Música corporativa, jingles
Olfativas: Mediante la presentación de fórmula ¿Quiénes pueden solicitar el registro de una marca? Micro pequeñas y grandes Empresas de Bolivia, asociaciones de productores, fabricantes, prestadores de servicios legalmente establecidos. ¿Cuánto dura el registro de marca? Un registro de marca dura 10 años y puede ser renovado de manera indefinida por plazos de 10 años y se deberá solicitar la renovación 6 meses antes de de la fecha de vencimiento del registro o hasta 6 meses después de su vencimiento. Beneficios
Adquieren el derecho exclusivo de uso de marca.
Impedir a que terceros comercialicen productos idénticos con la misma marca o con una marca similar que pueda crear confusión.
Ayuda para la obtención de financiamiento ya que muestra mayor seriedad del productor o empresa.
Permite a las empresas diferenciar sus productos respecto a otras que ofrecen productos o servicios similares.
Incitan a las empresas a desarrollar sus productos o servicios con mejor calidad.
Una marca que proyecte excelente imagen y reputación, concede una gran ventaja sobre competidores al momento de la comercialización. Requisitos
1. Declaración jurada. 2. Carta o memorial (con o sin firma de abogado) dirigida al Director (a) de Propiedad Industrial, solicitando el registro de la marca de producto o servicio. 3. Formulario de Registro (PI-100) debidamente llenado y firmado. (Descargar de www.senapi.gob.bo). Llenar en línea e imprimir 3 copias de la primera hoja, de las páginas 3-6 se imprime anverso y reverso un solo ejemplar. En caso de que la marca a ser registrada tenga un signo figurativo o logotipo debe adjuntarse la imagen del logotipo bajo el siguiente formato: Imagen de tamaño 4×4 cm, tipo de archivo JPG y Formato RGB , para que se imprima conjuntamente con el formulario a colores. 4. Poderes necesarios, en caso de ser unipersonal una fotocopia de CI. 5. El comprobante de pago de las tasas establecidas a: Cuenta Fiscal del SENAPI Banco Unión N° Cta. 1 – 6. Pago a la Cuenta Fiscal de la Gaceta Oficial de Bolivia Banco Unión Nº Cta. 1-293633 por Bs. 200.-
Toda la documentación deberá ser presentada en un Folder Amarillo, con la etiqueta de la marca a registrar, clase Internacional y nombre del solicitante en el mismo orden y debidamente foliada. Costos Pago a la cuenta fiscal del SENAPI BANCO UNION CTA. 1-4668220 Pago SENAPI NACIONAL EXTRANJERO Solicitud de Marca Bs. 500 Bs. 1000 Título de concesión de Marca Bs. 250 Bs. 500 Pago a la cuenta de la Gaceta Oficial De Bolivia Banco Unión CTA. 1-293633 por Bs. 200.Promueve Bolivia apoya uso de marca Con la finalidad de incrementar las exportaciones bolivianas con valor agregado, PROMUEVE BOLIVIA incentiva a los productores y empresas a registrar su marca para dar identidad a sus productos, permitiendo al productor nacional promocionar y vender sus productos en mejores condiciones a los mercados internacionales Guía de cómo exportar para productores y Mipymes de Bolivia
¿Quieres salir de nuestras fronteras y expandir tu negocio hacia nuevos horizontes? Asume el desafío de exportar e ingresar a mercados internacionales. PROMUEVE-BOLIVIA ofrece información para que productores, micro y pequeños empresarios de Bolivia se preparen adecuadamente para participar con éxito en operaciones comerciales.
13. GUÍA DE EXPORTACIÓN Con ese objetivo, PROMUEVE-BOLIVIA presenta la guía de Cómo exportar donde el emprendedor boliviano, o empresario de una Mype o Pyme de Bolivia interesado en exportar encontrará la información básica que le permitirá conocer los principales aspectos que se requieren para realizar los negocios de exportación. ¿Por qué exportar? El primer paso para exportar es tener la decisión de hacerlo y el motivo, el cual puede ser:
Oportunidades del Mercado Externo
Rentabilidad y Crecimiento
Orientación en la Gestión hacia Mercados Internacionales
Expansión de la Capacidad de Producción
Economías de Escala (Bajar costos por unidad de producción adicional)
Clientes que Demandan el Producto o Servicio en el Exterior ¿Cuáles son los riesgos?
Riesgos comerciales: Fluctuación del Tipo de Cambio, incumplimiento en el pago, no aceptación del producto, demoras y daños en la distribución e inadecuados esquemas de transacción y financiamiento.
Riesgos Políticos: Restricciones gubernamentales al acceso a mercados (aranceles, cuotas, embargos, embalajes, etc.), regulaciones a las exportaciones e importaciones, documentación, reglas de origen, y otras limitaciones. Los pasos
1. Preparación de la empresa: que consiste en la tramitación del establecimiento legal de la empresa boliviana para la exportación, como NIT, registro de Comercio, afiliaciones y otros. Así también contemplar los recursos humanos, financieros, bienes muebles e inmuebles con los que se cuentan. 2. Preparación del producto para la exportación: Referida a la marca, la presentación, envases, precios calidad y normas internacionales, que toda Mype o Pyme boliviana debe tomar en cuenta. 3. Investigación de mercados: tener en cuenta dónde exportar a través de un análisis e interpretación de mercados existentes de acuerdo a diferentes características y factores. 4. Acercamiento al importador: para acortar distancias el empresario o emprendedor boliviano deberá valerse de estrategias de marketing, participar en escenarios como: Ferias internacionales, ruedas de negocios, misiones comerciales. Tener en cuenta las condiciones de compra venta. 5. Procedimiento para exportación
6. Logística: es decir; tomar en cuenta cotizaciones del tipo de medio de transporte, rutas, envíos de mercadería, nota de recepción. 7. Medios de pagos. Esto tiene que ver con contratos y modalidad de pago (giros, cartas).
Guía de inscripción al Registro Obligatorio de Empleadores (ROE) El Decreto Supremo N° 3433, del 13 de diciembre de 2017 regula la constitución, ámbito de aplicación y características del Registro Obligatorio de Empleadores. En ese marco, con el propósito de desburocratizar los trámites, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social incorporación de la nueva Oficina Virtual de Trámites para agilizar el Registro Obligatorio de Empleadores que se encuentra en la siguiente dirección https://ovt.mintrabajo.gob.bo. Si usted esta a la cabeza de una empresa boliviana con personal en su estructura, debe conocer e inscribirse en el ROE ingresando a la oficina virtual. Requisitos para el uso del sistema
Contar con conexión a Internet.
Tener una cuenta de correo electrónico.
Contar con NIT, para ingresar a la plataforma debe emplear los datos de NIT, usuario y contraseña otorgados por el Servicio de Impuestos Nacionales.
Para el caso de las empresas bolivianas deben contar con Matrícula de Comercio (inscripción en Fundempresa).
Nota Con los requisitos apersonarse a Ventanilla Única en cualquier oficina Departamental o Regional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social para finalizar el trámite. Las empresas bolivianas cuentan con 3 meses desde su inicio de actividades para su inscripción sin multas.
Ver también: Guía de inscripción al Registro Obligatorio de Empleadores (ROE)
Institución donde se tramita
Dirección General del Trabajo y Direcciones
Departamentales del Trabajo Unidad u otra Denominación Jefaturas Departamentales o regionales de Trabajo
Tiempo 3 días Bolivia emprende App La aplicación facilita al usuario el acceso a información acerca de emprendimiento, liderazgo e innovación en Bolivia. También cuenta con herramientas útiles para el emprendedor como: Indicadores financieros, Guías y Calculadora de Divisas Características Información noticias de mayor interés Emprendimiento apoyo para que siga creciendo el proyecto en el que esté involucrado Herramienta Para facilitar las operaciones que realizas en la fuente donde trabajes. Indicadores Económicos Datos actualizados sobre el tipo de cambio de las monedas extranjeras Offline Tener la información a la mano sin necesidad de estar conectado Guías Podrás despejar las dudas sobre algún procedimiento respecto a tu negocio