EL CHEQUE Concepto y Generalidades Es un documento comercial negociable, una orden de pago puesta por escrito que permite a la persona que lo recibe cobrar una cierta cantidad de dinero que esta estipula en el documento y que debe de estar disponible en la cuenta bancaria de quien lo expide.
Principalmente debemos tener claro que un cheque es una orden de pago que debe ponerse por escrito para dejar constancia de que va a producirse una actividad de pago. Esta se realiza entre la persona que va a recibir una cantidad estipulada en el documento, y la persona que lo expide, que tendrá que estar disponible en su cuenta bancaria.
Para no confundir a nadie, aunque el cheque parezca un mero papel con una cantidad de dinero escrita, en realidad se utiliza como medio de pago que reemplaza al efectivo.
La orden la emite y firma una persona o empresa llamada librador para que una entidad financiera pague la cantidad consignada en el cheque a otra persona llamada tenedor o beneficiario, siempre y cuando se cuente con fondos en la cuenta contra la cual se libra el cheque.
El cheque sólo puede ser expedido a cargo de una institución de crédito.
El cheque sólo puede ser expedido por quien, teniendo fondos disponibles en una institución de crédito, sea autorizado por ésta para librar cheques a su cargo.
Personas que intervienen en el cheque:
1. librador: Es la persona que emite el cheque. Como tal es garante del pago del mismo. 2. Tenedor o beneficiario: persona que cobra el dinero. 3. Entidad bancaria: El Banco contra el que se gira es un mandatario, y debe pagar de acuerdo a la orden recibida. La aceptación incondicional del cheque se dará sólo en función de la previa certificación del mismo, si se hubiera realizado.
Entidad bancaria o librado
Beneficiario o tenedor
Librador
Principios. Sólo se puede librar contra una institución bancaria. Sólo se puede redactar en formularios impresos y suministrados por los bancos. Pueden crearse a la orden o al portador. Para poder librar cheques es necesario la provisión de fondos en la persona del banco librado.
El cheque a la orden es aquel que es endosable a una tercera persona que podrá cobrarlo