Carta Fundacional De La Comuna Socialista Final.docx

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CARTA FUNDACIONAL DE LA COMUNA SOCIALISTA “LAS 10 RAICES DE LA REVOLUCIÓN” CONSIDERANDO Que la Comuna tiene como propósito fundamental la edificación del Estado Comunal mediante la promoción, impulso y desarrollo de la participación protagónica y corresponsable de los ciudadanos y ciudadanas en la gestión de las políticas públicas, en la conformación y ejercicio del autogobierno por parte de las comunidades organizadas. CONSIDERANDO Que de acuerdo con el artículo 5 de nuestra Carta Magna la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo y por esta razón se requiere de una forma de organización político- social, fundada en el Estado Democrático, Social de Derecho y de Justicia allí previsto, en el cual el poder es ejercido directamente por el pueblo a través de los autogobiernos comunales con un modelo económico de propiedad social, de desarrollo endógeno y sustentable que permita alcanzar la suprema felicidad social de los venezolanos y venezolanas. CONSIDERANDO Que cada día los cambios que van surgiendo en nuestra sociedad requieren de modalidades diferentes de gestión en las políticas públicas donde tengan expresión directa los actores sociales organizados y cohesionados en torno a una territorialidad reconocida por el asentamiento mismo de su población y en lugares que generen sentimientos de pertenencia e identidad geográfica; pero que además, expresen el contenido político del modelo socioeconómico legitimado por el Estado. En consecuencia, la iniciativa para la constitución de la Comuna que corresponde a los Consejos Comunales y a las organizaciones sociales que hagan vida activa en las comunidades organizadas da origen a la creación de la siguiente COMUNA, bajo los parámetros que se indican a continuación: Nosotros, los voceros y voceras de los Consejos Comunales: Consejo Comunal “A Santos Quiroz”, según Certificado de Registro Numero 0811010010012, Consejo Comunal “Manuela Josefa Joaquina Sánchez”, según Certificado Registro Numero 0811010010030, Consejo Comunal “El Fortín”, según Certificado de Registro Número 0811010010009, Consejo Comunal “El Esfuerzo”, según Certificado de Registro Número 0811010020001, Consejo Comunal “Los Cedros”, según Certificado de Registro Numero 0811010010024, Consejo Comunal “Cristóbal Mendoza”, según Certificado de Registro Numero 0811010010026, Consejo Comunal “Manuela Sáez”, según Certificado de Registro Numero 0811010010010, Consejo Comunal “Samán de Güire”, según Certificado de Registro Numero 0811010010017, Consejo Comunal “Los Jabillos”, según

Certificado de Registro Numero 0811010010006 y Consejo Comunal “Bicentenario 19 de Abril”, según Certificado de Registro Numero 0811010020007 y los miembros de las Comunidades de la Urbanización San Esteban, Barrio 24 de Junio y Barrio El Fortín, en nuestro carácter de electores y electoras conjuntamente con la Comisión Promotora integrada por los ciudadanos: José Rumbos C.I. 8.599.270, Ana Cordero C.I. 16.568.138, Leida Josefina Quevedo C.I. 11.098.453, Beatriz Álvarez Vásquez C.I. 10.250.742, Jesús Hjalmar Ruiz Pinto C.I. 11.101.043, Pablo Rafael Morón Ortega C.I. 3.138.428, Judith Coromoto Soto C.I. 7.160.332, Miguel Granadillo C.I. 7.166.830, Gladis Mercedes Sánchez Valera C.I. 10.249.180, Ysela Margarita Martínez de Marín C.I. 3.893.896, Jennyree Lisbeth Mocco Flores C.I. 19.744.843, Oswald Rafael Marchena Espinoza C.I. 11.095.511, Nencia América Jaramillo de Ibarra C.I. 6.046.173, Karely del Valle Sequera Bernabe, C.I. 19.011.478, Juan Vicente Valientilla Alcala C.I. 4.784.447, Zoila Rosa Herrera Ochoa C.I. 14.185.464, Leydis Mujica de Ovalles C.I. 21.199.041, Marlis Páez Márquez C.I. 16.568.759, Yorcelis del Valle Obduvel C.I. 15.950.896, Elvis Alucemis Álvarez C.I 8.603.133, venezolanos y venezolanas, mayores de edad y de este domicilio, de conformidad con las Actas de Votación suscritas por los integrantes de las Comisiones Electorales Permanentes, las cuales forman parte integrante del presente documento, haciendo uso de las atribuciones legales que nos asiste; en el ejercicio del derecho establecido en los artículos 5, 52, 62 y 184 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y especialmente en los artículos 10 y 12 de la Ley Orgánica de las Comunas, hemos decidido tomar la iniciativa como en efecto lo hacemos de constituir la “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”, inspirado en el legado del comándate eterno Hugo Rafael Chávez Frías y la doctrina del Libertador Simón Bolívar. Actuando bajo el poder de la soberanía y por voluntad popular de los habitantes electores y electoras de los diez (10) Consejos Comunales legítimamente constituidos mediante el voto libre, secreto, universal en referendo democrático, Aprueban la presente carta fundacional y en consecuencia la constitución de la “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”, bajo los términos y disposiciones que se indican a continuación: CAPÍTULO I RESEÑA HISTÓRICA La Urbanización San Esteban fue fundada en su primera etapa en el año de 1973, bajo el primer mandato del Dr. Rafael Caldera Rodríguez (1969-1974), cuando como solución a las necesidades de vivienda de la época, para la población del “Barrio Ciudad Tablita”, invasión ubicada en lo que corresponde a la parte baja del Sector 1, de la mencionada urbanización. Asimismo para ubicar parte de los habitantes del antiguo Barrió “La Isla”, quienes fueron desplazados de su ámbito vecinal, por la ampliación del puerto de Puerto Cabello; al igual que otras familias de la ciudad que no contaban con vivienda. La Segunda Etapa se desarrollo a partir de la calle 7 hasta la calle 34. Posteriormente se construyeron las viviendas ubicadas desde la calle 7 hacia el norte de lo que s hoy en día el

campo de futbol. Finalmente se construyen las viviendas ubicadas al suroeste del campo de futbol. El resto del crecimiento se debió a invasiones a los terrenos baldíos que existían en la urbanización. Tiempo después se desarrolla una población en las faldas del cerro El Vigía, la cual se denominó “Barrio El Fortín el cual se fundó el 15/09/79 en los terrenos de la hacienda “Avícola San Esteban”, de la familia Palermo y sucesión, este fue donado planificación urbana, su construcción se realizo mediante auto construcción a través de la Asociación Civil “Los Cocos”, por auto financiamiento de los propios habitantes; una vez construidas las viviendas, se busco la instalación de los servicios básicos, con la gobernación del Estado Carabobo, bajo el gobierno de Dr. Henrique Salas Romer. El Barrio 24 Junio, eran terrenos baldíos, lleno de escombros que utilizaban como basurero de los habitantes de la Urbanización San Esteban; nace el 24/06/82 a través de los luchadores sociales de la época Silvestra Santana y Juan Scorche, Al pasar el tiempo se fueron realizando los trabajos de infraestructura como: red de cloacas, servicio de agua potable, alumbrado electrificación y la canalización del río San Esteban. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Ubicación. La “COMUNA SOCIALISTA LAS 10 RAICES DE LA REVOLUCIÓN” se encuentra ubicada en la Urbanización San Esteban, Parroquia Bartolomé Salom, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo. Artículo 2. Ámbito geográfico. La COMUNA SOCIALISTA “LAS 10 RAICES DE LA REVOLUCIÓN” ocupa un ámbito geográfico de 14.180 hectáreas bajo los siguientes linderos: NORTE: RIO SURUGUAPO FINCA DE BERNARDO PÉREZ CASERÍO LOS TOROS, SUR: AUTOPISTA GENERAL JOSÉ ANTONIO PÁEZ, ESTE: HATO EL ZAMURO CASERIO NEGRO PRIMERO DE AVISPERO, y OESTE: RIO PORTUGUESA.

MAPA COMUNA SOCIALISTA “LAS 10 RAÍCES DE LA REVOLUCIÓN”

Artículo 3. Denominación. La Comuna se denominará “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”, según votación realizada por los Consejos Comunales que la conformaran, en fecha 14/03/19: y debe su nombre a la conformación de los diez consejos comunales de la zona, como una raíz de la revolución en cada sector, como pioneros del nacimiento de la comuna en la Urbanización San Esteban, el Barrio 24 de Junio y el Barrio El Fortín; denominación que adoptara la comuna para todos sus fines legales de funcionamiento, organización y administración como instancia del Poder Popular con personalidad jurídica plena. Artículo 4. Objeto. La “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución” tiene por objeto integrar a los consejos comunales y demás organizaciones sociales al ejercicio directo de la soberanía popular en el marco de la democracia participativa y protagónica prevista en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el ejercicio de la gestión de las políticas públicas del autogobierno a través de planes, programas y proyectos orientados al desarrollo económico comunal sustentable a fin de responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social; en consecuencias deberá: 1) Conformar el autogobierno de la comuna para el ejercicio directo de funciones en la formulación, ejecución y control de la gestión pública. 2) Promover la integración y la articulación con otras comunas como instancias del sistema de agregación comunal en el marco de ejes de desarrollo de distrito motor establecidas por el Consejo Federal de Gobierno y el ejecutivo nacional. 3) Impulsar el desarrollo y consolidación de la propiedad social como modelo socio productivo Comunitarios y redes socio productivo vinculado al plan comunitario de desarrollo integral. 4) Fomentar y articular con la Milicia Bolivariana lo referente a la defensa integral de la Nación. 5) Garantizar la existencia efectiva de formas y mecanismos de participación directa de los ciudadanos y ciudadanas en la formulación, ejecución y control de planes y proyectos vinculados a los aspectos territoriales, políticos, económicos, sociales, culturales, ecológicos y de seguridad y defensa. 6) Promover mecanismos de la defensa de los de los derechos humanos. 7) Afianzar la inversión social en los derechos fundamentales del ser humano educación, salud, vivienda, alimentación, seguridad, recreación y deporte, trabajo y servicios públicos en general. 8) Promover la formación y capacitación en los voceros y voceras de la comuna y la comunidad en general en el marco del compendio de leyes del poder popular. Artículo 5. DE LAS NORMAS. Las normas establecidas en la presente CARTA FUNDACIONAL, serán las que dicte la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, las políticas estratégicas, planes generales, programas y proyectos para la participación comunitaria en los asuntos públicos y las establecidas en la Ley Orgánica de las Comunas serán de obligatorio cumplimiento por parte de todos los Órganos del Autogobierno de la Comuna y por los habitantes de la comunidades en general

Artículo 6. Declaración de principios. La “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución” estará sustentada en los valores y enmarcados en la corresponsabilidad, cooperación, sustentabilidad, libertad, justicia social, solidaridad, equidad, transparencia, honestidad, igualdad, eficiencia y eficacia, contraloría social, rendición de cuentas, asociación abierta y voluntaria, gestión y participación democrática, formación y educación, respeto y fomento de las tradiciones, sentido de pertenencia, la diversidad cultural, articulación de trabajo en redes socio-productivas amor a Dios, unidad, humanismo, soberanía, respeto a la constitución y las leyes, ética y moral administrativa, la cultura ecológica y la preponderancia de los intereses comunes sobre los individuales, que garantice la dignidad humana como pilar esencial en la construcción del Socialismo del Siglo XXI. Inspirado en la doctrina del Libertador Simón Bolívar y del Legado del Comandante Eterno Hugo Rafael Chávez Frías, orientada por las normas es establecida en la Ley Orgánica de las Comunas y lo que establezca el Parlamento Comunal. CAPÍTULO II SITUACIÓN DE LA COMUNA Artículo 7. Censo de la Comuna. La “COMUNA SOCIALISTA LAS 10 RAICES DE LA REVOLUCIÓN” está conformada por los Consejos Comunales “A Santos Quiroz”, “Manuela Josefa Joaquina Sánchez”, “El Fortín”, “El Esfuerzo”, “Los Cedros”, “Cristóbal Mendoza”, “Manuela Sáez”, “Samán de Güire”, “Los Jabillos” y “Bicentenario 19 de Abril”; señalados en el área geográfica indicada en el artículo 2 de la presente Carta Fundacional; para formar un censo poblacional que constituyen la población de la Comuna objeto de registro mediante la presente Carta Fundacional, según indica el siguiente cuadro, que se desprende de los resultados recopilados en el censo poblacional efectuado en fecha _____________.

No

CONSEJO COMUNAL

NIÑOS JOVENES ADULTOS

ADULTOS HABITANTES ELECTORES MAYOR

1

A Santos Quiroz

1526

2

Manuela Sáez

1079

3

Los Cedros

2600

4

Cristóbal Mendoza

1404

5

Samán de Güire

1005

6

Manuela Josefa Joaquina Sánchez

7

El Fortín

8

El Esfuerzo

9

Bicentenario 19 de Abril

640 1250 94

70

200

289

653

365

998

10 Los Jabillos

718 TOTAL

11.873

La “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución” para el momento de su constitución y según la organización del ceso de su ámbito geográfico, tiene una población de Cuatrocientas setenta y tres (473) familias, definidos de la siguiente manera, niños de 0 a 5 años: 240. De 6 a 14 años: 227. De 15 a 21 años: 225. De 22 a 54 años: 742. De 595 y más años: 134. De todos estos y a manera general son 898 personas del sexo masculino y 670 del sexo femenino, para un total 1568 habitantes, Artículo 8. Diagnóstico de la población. La “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución” persigue como meta alcanzar la solución de diversos problemas que se presentan en la comunidad, tales como los relacionados con el diagnóstico de necesidades para el momento de la Constitución “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución” se ubica en los siguientes aspectos:

a) Políticos y organizativos: El total de las diez comunidades y los 10 Consejos Comunales tiene un 65% de compatibilidad político con la revolución bolivariana, quedando todavía deberes por hacer y por ganar para el avance de cada una de estas comunidades, ahora con la unión y organización se procurara mejorar y solventar las problemáticas organizativas de las comunidades. b) Económicos y Alimentario: se cuenta con los Comités Locales de Producción y Alimentación (CLAP), que contribuyen con el abastecimiento de alimentos a la comunidad; se debe coordinar con el ente institucional encargado para que su distribución se realice cada quince (15) días, La Construcción de Empresas de Producción Social (EPS) y Unidades Familiares de Producción (UFP) u organizaciones comunitarias que contribuyan a apalear la distribución de alimentos, de bienes y servicios a precios justos y razonables, de esta manera contribuir con el presupuesto familiar de la comunidad: por ejemplo: Farmacias Comunales, Transporte Comunal, Panaderías Comunales, Radio Comunitaria, Periódico Comunitario, Ferreterías, Empresas textiles, de herrería, bloqueras, repostería, peluquerías, centros de copiado e impresión, bodegas, etc. c) Sociales y de salud. Dotar los de dispensarios u ambulatorios tipo I con la ayuda de las misiones Barrio Adentro, José Gregorio Hernández, Negra Hipólita, Milagro, En Amor Mayor, Hijos de Venezuela, entre otras. Conformación de comités de ayuda con los adultos mayores para lograr la pensión, y con discapacitados. Falta de acceso de mas madres del barrio, Actualmente contamos con la existencia de tres (03) Módulos de Barrio Adentro tipo I, que permite la asistencia médica a sus habitantes que así lo requieran y a los que presentan enfermedades de tratamiento prolongados (diabetes, hipertensión, etc.). d) Seguridad y Defensa. Conformar una policía comunal para el resguardo de la vida y el orden público. Establecer mecanismos para la comunicación policial de las comunidades y de enlace con las autoridades. En estos momentos ha mejorado la misma, se requiere la construcción de un Módulo Policial; se cuenta con la presencia de habitantes que pertenecen a los cuerpos de seguridad del estado, lo que nos permitirá realizar programas de defensa territorial, para apoyar a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, en la defensa de nuestro territorio o en caso conflicto, calamidades y/o desastres. e) Infraestructura y Vialidad. Construcción Asfaltado calles y avenidas. Preparación de la población para la construcción y para el aprovechamiento de los recursos al máximo. Realizar pavimentación y bacheo de calles y avenidas que así lo requieran. El área Ambiental resalta la ubicación geográfica dentro de un valle protegido por una cordillera de montañas, asimismo se deben realizar una

programación de arborización y jornadas de limpieza de todas las comunas. La construcción de una pasarela y camínerias en el sector “Boca de Lobo”, para cruzar la autopista Sorpresa-Muelles, y así evitar los constantes arrollamientos en la zona. f) Transporte, Vivienda y Hábitat. Existe gran parte de la población que requiere la asignación de viviendas, a través de la Gran Misión Vivienda Venezuela. Construir o realizar mejoras a los espacios que sirvan de disfrute y recreación aprovechando los recursos que el medio nos brinda. Construcción de Casa de La Comuna y de Sala de Batalla Social, de igual forma se requiere la realización de mejoras a las viviendas, a través de la Gran Misión Barrio Nuevo Barrio Tricolor; haciendo especial énfasis en la sustitución de los techos de asbestos que poseen la mayoría de las viviendas de la localidad. Los servicios básicos del Gas: actualmente presenta deficiencia en su distribución, ya que las jornadas realizadas no abastece la totalidad de la necesidad requerida. Agua Potable: el suministro se realiza con periodicidad de una vez a la semana, lo que les impide a los habitantes que no cuentan con recipientes de almacenamiento, satisfacer sus necesidades del suministro del preciado líquido. Agua servida: se requiere ampliación de la red de cloacas; presenta con problemas con los desagües residuales, al presentar constantes reboses de estas por las vías públicas. En el Barrio el Fortín se requiere embaulamiento del canal de desagüe que permita mejorar el drenaje de las aguas pluviales y quebradas, el Servicio de Electricidad: solucionar las fallas en el alumbrado público. El Servicio de Transporte: presenta deficiencia y de mala calidad, no se cuanta con las unidades de transporte necesarias para satisfacer requeridas por la población, las vías de comunicación se cuenta con en buen estado para el tránsito vehicular. g) Ambientales. Resguardo los bosques evitando la tala y la quema discriminada. Realizar campañas de reciclaje de los residuos y desechos sólidos, Colocación de recipientes para clasificar los residuos y desechos sólidos. Creación de parques ecológicos aprovechando los recursos que nos brinda el clima y ambiente así como los que nos ofrecen sus habitantes. h) Culturales, Educativos, Tecnológicos y Deportivos. Aprovechamiento, de la existencia de los grupos de dazas: está fuertemente fortalecida con la existencia de los grupos de danzas “Centinelas de mi tierra”, “Danzas el Fortín”, “Danzas Imagen Porteña”, “Danzas Arco iris”, y “Danzas Blanco y Negro”, que permite la formación integral y humanista de los niños, niñas y adolecentes, asimismo de las actividades tradicionales y las costumbres como el popular “Baile de la Burra”, que se realiza durante en las fiestas de carnavales; de igual forma la “Quema de Judas” en época de Semana Santa. Realizar eventos que permitan el

descubrimiento y preparación de la juventud de la zona en tareas culturales (canto, uso de instrumentos musicales, poesía, dramatizaciones, teatro, entre otras actividades culturales), brindar apoyo a los conjuntos musicales y a los músicos, cantantes y demás de la zona con la Creación de una Casa de la Cultura. Creación de Radio Comunitaria, la ampliación vertical de la Escuela Nacional “Mis Vecinos”, para satisfacer las necesidades en la matricula escolar de niños y niñas, que tiene que emigrar a otras zonas en realizar sus estudios a nivel de primaria. Realizar las adaptaciones en los centros educativos para satisfacer las necesidades del nivel diversificado dentro del ámbito de la Comuna para que los niños al salir de primaria puedan dejar de peligrar al transportarse a sitios fuera de su zona para estudiar, de igual forma retomar la ubicación una Aldea de la Misión Sucre. Creación de Simoncitos Bolivarianos, Tecnológicos: Se cuenta con un Infocentro que es de mucha utilidad a la comunidad, Se debe estudiar la posibilidad de instalar otros cuatro centros en el área de la comuna. Introducción de las Nuevas Tecnologías de la Comunicación y la Información a las escuelas y a los hogares preparando a docentes, padres y representantes, comunidad en general en el uso de las Nuevas Tecnologías (Internet). Difundir y prepar a la comunidad con los beneficios que nos brindan los satélites Simón Bolívar, Francisco de Miranda y Guaicaipuro a su máxima capacidad. Mejorar y dotar de espacios deportivos (canchas techadas, estadios de futbol, futsal) tanto para niños y jóvenes como lugares de esparcimiento para adultos. Falta de especialista deportivo en las escuelas de la zona. Mejoras a las canchas y espacios para el deporte y la recreación. Existe un alto potencial de niños y jóvenes preparándose en las disciplinas de: futbol, beisbol, basquetbol, atletismo, kikimbol y otros. Se cuenta con la existencia de tres (03) canchas de basquetbol y un (01) campo de futbol, con pista de atletismo, actualmente se le realiza mejoras, para darle a los niños jóvenes y adultos un centro de entrenamiento y donde realizar actividades recreativas Artículo 9. Inventario de las potencialidades. La “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución” El inventario de las potencialidades para el momento de la Constitución de “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución” se ubica en los siguientes aspectos: a) Políticos y organizativos: Se cuenta con una Salas de Batallas y organizaciones el Poder Popular que determina la actuación de la Comuna, como las UBCH, Somos Venezuela, Frente Francisco de Miranda, Unamujer; donde radica su fortaleza. Lideres tanto jóvenes, como de tercera edad en las líneas políticas de la revolución bolivariana, participantes activos dentro de los Consejos

Comunales, docentes y estudiantes universitarios participantes dentro de la organización. Organizaciones socioproductivas, cooperativas, religiosas, entre otras. b) Económicos. Jóvenes con y en preparación de carreras de corte universitario administrativo, contable, personas con ganas de ser participantes y garantes de recursos para el beneficio comunal, por otra parte contamos con artesanos, panaderos, pescadores, peluqueras, reposteros, carpinteros, albañiles, electricistas, mecánicos, herreros, costureras, tutores de trabajos de grado, expendedores informales de distintos artículos y/o productos (comerciantes). dispone de un potencial elevado en virtud del recurso humano con el que cuenta, existe una gran cantidad de profesionales y técnicos, así como personas capacitados en los oficios calificados (albañilería, electricistas, panaderos, etc.) que fortalecen el área productiva de la localidad. dispone de un potencial elevado en virtud del recurso humano con el que cuenta, existe una gran cantidad de profesionales y técnicos, así como personas capacitados en los oficios calificados (albañilería, electricistas, panaderos, etc.), que fortalecen el área productiva de la localidad. c) Sociales y de salud. Preparación de jóvenes como enfermeros y enfermeras y carreras afines para el trabajo asistencial, así mismo nuevos líderes para colocarlos al frente del trabajo comunitario. Se observa un nivel de organización avanzado y cohesionado para asumir los retos y contingencias que se presenten a diario. Las potencialidades d) Seguridad y Defensa. Personal de los cuerpos de seguridad del estado, capacitado para la seguridad del territorio, otro remanente que está en la reserva activa y en la milicia Bolivariana que pueden ser aprovechados. e) Infraestructura y Vialidad. El mantenimiento y conservación de las vías de tránsito vehicular se encuentran en optimas condiciones. f) Vivienda y Hábitat. Se cuenta con mano de obra calificada en la construcción y oficios afines. g) Ambientales. En cuanto a lo ambiental resalta la ubicación geográfica, al encontrarse en un valle rodeado de montaña es de valor estratégico para la defesa integral del territorio, igualmente es de fácil despliegue a la hora de realizar una evacuación de urgencia por algún conflicto o desastre natural (tsunami, terremoto).

h) Culturales, Educativos, Tecnológicos y Deportivos. Personas con capacidades como poetas, cantantes, consejeros, niños con capacidades de arte dramático. Formación religiosa acorde y sin fanatismo, aceptación y respeto por toda religión, grupos musicales dentro del ámbito, grupos de teatro, danza, escuelas con docentes preparados en tecnologías de comunicación y el liderazgo político, directivo, social; niños y padres comprometidos con el avance escolar. En el aspecto deportivo: los juegos más asiduos son: beisbol, futbol, futbolito, pelota de goma, bolas criollas, voleibol. Otros en pequeña minoría practican como recreación los juegos de azar, juegos educativos (dominó, pasatiempos, sudoku, zorro, la vieja, el ahorcado). Se han identificado considerando que son un gran potencial, se lleva a cabo la participación de cuatro grupos de danzas que agrupa a niñas y niños de estos sectores en el arte de la danza sin fines de lucro. Asimismo, las opciones de desarrollo han sido especificadas conforme al estudio de las necesidades de la Comuna y para ello nos hemos planteado crear un Sistema Económico Comunal, como lo establece el artículo 1 de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, que cita lo siguiente: “La presente Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas, principios, y procedimientos para la creación, funcionamiento y desarrollo del sistema económico comunal, integrado por organizaciones socioproductivas bajo régimen de propiedad social comunal, impulsadas por las instancias del Poder Popular, del Poder Público o por acuerdo entre ambos, para la producción, distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios, así como de saberes y conocimientos, en pro de satisfacer las necesidades colectivas y reinvertir socialmente el excedente, mediante una planificación estratégica, democrática y participativa.”

Artículo 10. Programa Nacional Estratégico. El proyecto nacional Simón Bolívar vino a ser el punto de partida en aras de permitir la mayor suma de felicidad posible a nuestras comunidades, ahora con el Plan de la Patria que es el programa del gobierno bolivariano (2008-2013) como el testamento político de nuestro Comandante Eterno Hugo Chávez y así hacer cumplir ese legado hacia la construcción del verdadero socialismo enfocado a la independencia, la estabilidad política para nuestro pueblo, convertir nuestro país en una gran potencia , garantizar la paz mundial y preservar la vida en nuestro planeta, cuestión que permitirá a mediano y largo plazo obtener buenos resultados que mejoren la calidad de vida de todos, este programa político estratégico comunal. Se establece como un plano a desarrollar dentro de las líneas y objetivos estratégicos, entre ellas:

GRAN OBJETIVO HISTÓRICO N° 1 I. Defender, expandir y consolidar el bien más preciado que hemos reconquistado después de 200 año: la Independencia Nacional. Objetivo Nacional 1. Garantizar la continuidad y consolidación de la Revolución Bolivariana, Objetivos Estratégicos y Generales 1.1.1. Fortalecer a través de los procesos electorales la Revolución Bolivariana, elevando la moral y la conciencia del pueblo venezolano y de los pueblos del mundo en su lucha por la emancipación. 1.1.1.2. Desplegar todas las acciones políticas necesarias para garantizar los procesos electorales en un clima de estabilidad y lograr que se reconozcan de manera pacífica la voluntad soberana de nuestro pueblo, 1.1.3. Fortalecer y expandir el Poder Popular. 1.1.3.1. Formar a las organizaciones del Poder Popular en procesos de planificación, coordinación, control y administración de servicios que eleven el vivir bien. 1.1.3.2. Fortalecer el Poder Popular en el ejercicio compartido de funciones de planificación, elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas públicas. 1.1.3.3. Transferir al Poder Popular, en corresponsabilidad, competencias, servicios y otras atribuciones del Poder Público nacional, regional y municipal. 1.1.4. Preservar y recuperar los espacios de gobierno regional y local, para profundizar la restitución del poder al pueblo. 1.1.4.1. Garantizar la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento participativo de las políticas regionales y locales, en consonancia con los objetivos del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación. 1.1.5. Seguir construyendo la soberanía y democratización comunicacional. 1.1.5.1. Garantizar el derecho del pueblo a estar informado veraz y oportunamente, así como al libre ejercicio de la información y comunicación. 1.1.5.2. Fortalecer el uso responsable y crítico de los medios de comunicación públicos, privados y comunitarios como instrumentos de formación de valores bolivarianos. 1.1.5.4. Promover e impulsar un sistema nacional de comunicación popular. 1.1.5.5. Fomentar la investigación y formación sobre la comunicación como proceso humano y herramienta de transformación y construcción social. 1.1.5.6. Desarrollar redes de comunicación y medios de expresión de la palabra, la imagen y las voces de nuestros pueblos, con miras al fortalecimiento de los procesos de integración y unidad latinoamericana y caribeña. 1.1.5.7. Actualizar y desarrollar de forma permanente las plataformas tecnológicas de comunicación e información, garantizando el acceso a la comunicación oportuna y ética a fin de contribuir a la satisfacción de las necesidades para el vivir bien de nuestro pueblo, entre otras.

Objetivos Estratégicos y Generales 1.4.6.2. Crear centros de acopio y redes de distribución comunal, y fortalecer los mercados comunales para garantizar la venta a precio justo de alimentos sin intermediarios. 1.4.6.3. Fortalecer y modernizar el sistema de regulación social y estatal para combatir la usura y la especulación en la compra y distribución de los alimentos, dado su carácter de bienes esenciales para la vida humana. GRAN OBJETIVO HISTÓRICO N° 2 II. Continuar construyendo el socialismo bolivariano del siglo XXI, en Venezuela, como alternativa al sistema destructivo y salvaje del capitalismo y con ello asegurar “la mayor suma de felicidad posible, la mayor suma de seguridad social y la mayor suma de estabilidad política” para nuestro pueblo. Objetivo Nacional 2.1. Propulsar la transformación del sistema económico, en función de la transición al socialismo bolivariano, trascendiendo el modelo rentista petrolero capitalista hacia el modelo económico productivo socialista, basado en el desarrollo de las fuerzas productivas. Objetivos Estratégicos y Generales 2.1.1. Impulsar nuevas formas de organización que pongan al servicio de la sociedad los medios de producción, y estimulen la generación de un tejido productivo sustentable enmarcado en el nuevo metabolismo para la transición al socialismo. 2.1.1.1. Diseñar estrategias que permitan garantizar la participación del pueblo, aumentando su nivel de conciencia para afrontar cualquier escenario que se origine como consecuencia de la guerra económica. 2.1.1.2. Insertar nuevos esquemas productivos que irradien en su entorno relaciones de producción e intercambio complementario y solidario, al tiempo que constituyan tejidos productivos de sostén de un nuevo metabolismo socialista. Estos injertos productivos tendrán políticas de asociación entre sí bajo formas de conglomerados para multiplicar su escala. 2.1.1.3. Democratizar los medios de producción, impulsando nuevas formas de propiedad, colocándolas al servicio de la sociedad. 2.1.1.4. Fortalecer la planificación centralizada y el sistema presupuestario para el desarrollo y direccionamiento de las cadenas estratégicas de la nación. 2.2.3. Potenciar las expresiones culturales liberadoras del pueblo. 2.2.3.1. Incrementar sostenidamente la producción y distribución de bienes culturales a nivel nacional. 2.2.3.1. Incrementar sostenidamente la producción y distribución de bienes culturales a nivel nacional. 2.2.3.3. Aumentar los espacios y la infraestructura cultural a disposición del pueblo, que permitan el desarrollo local de las artes.

2.2.3.4. Impulsar y ampliar la red de intelectuales, artistas, cultores y cultoras, y la organización de redes comunitarias culturales. 2.2.3.5. Desarrollar investigaciones sobre las tradiciones culturales que impulsen el conocimiento y práctica cultural. 2.2.3.6. Visibilizar la identidad histórico-comunitaria en conexión con la Misión Cultura Corazón Adentro. 2.2.3.7 Consolidar el protagonismo popular en las manifestaciones culturales y deportivas, centrado en la creación de una conciencia generadora de transformaciones para la construcción del socialismo. 2.2.4. Consolidar la equidad de género con valores socialistas, garantizando y respetando los derechos de todos y todas, y la diversidad social. 2.2.4.1. Profundizar la participación política y protagónica de las mujeres. 2.2.4.2. Incorporar la perspectiva de la igualdad de género en las políticas públicas promoviendo la no discriminación y la protección de los grupos socialmente vulnerables. 2.2.4.3. Generar políticas formativas sobre la perspectiva de igualdad de género y de diversidad sexual. 2.2.4.4. Promover el debate y reflexión de los derechos de la comunidad sexodiversa. 2.2.10.1. Asegurar la salud de la población, a través del fortalecimiento continuo y la consolidación de todos los niveles de atención y servicios del Sistema Público Nacional de Salud, priorizando el nivel de atención primaria para la promoción de estilos y condiciones de vida saludables en toda la población. 2.2.10.2. Fomentar la creación de centros y servicios especializados en el Sistema Público Nacional de Salud. 2.2.10.3. Articular bajo la rectoría única del Sistema Público Nacional de Salud a todos los órganos y entes prestadores de servicios de salud públicos y privados. 2.2.10.4. Disminuir el sobrepeso y el sedentarismo como factores de riesgos de enfermedades prevenibles, a través de mecanismos que fomenten la actividad física, mejoren los hábitos alimenticios y patrones de consumo. Promover la disminución a un 12% del porcentaje de la población de 7-14 años con sobrepeso (peso-talla). 2.3.1.1 Promover, consolidar y expandir la organización del poder popular en el ámbito territorial y sectorial, en la figura de las distintas instancias de participación. 2.3.1.2. Promover la organización del poder popular en el sistema de agregación comunal para la construcción del Estado Social de Derecho y de Justicia a través de instancias como consejos comunales, salas de batalla social, comunas socialistas, ciudades comunales, federaciones y confederaciones comunales, entre otros. Objetivo Nacional 2.3. Consolidar y expandir el poder popular y la democracia socialista.

Alcanzar la soberanía plena, como garantía de irreversibilidad del proyecto bolivariano, es el propósito central del ejercicio del poder por parte del pueblo consciente y organizado. La gestación y desarrollo de nuevas instancias de participación popular dan cuenta de cómo la Revolución Bolivariana avanza, consolidando la hegemonía y el control de la orientación política, social, económica y cultural de la nación. El poder que había sido secuestrado por la oligarquía va siendo restituido al pueblo, quien, de batalla en batalla y de victoria en victoria, ha aumentado su nivel de complejidad organizativa. Objetivos Estratégicos y Generales 2.3.1 Promover la construcción del Estado Social de Derecho y de Justicia a través de la consolidación y expansión del poder popular organizado. 2.3.1.1 Promover, consolidar y expandir la organización del poder popular en el ámbito territorial y sectorial, en la figura de las distintas instancias de participación. 2.3.1.2. Promover la organización del poder popular en el sistema de agregación comunal para la construcción del Estado Social de Derecho y de Justicia a través de instancias como consejos comunales, salas de batalla social, comunas socialistas, ciudades comunales, federaciones y confederaciones comunales, entre otros. 2.3.1.5. Afianzar la conformación de las Comunas Socialistas, para la consolidación del Poder Popular, de acuerdo a las características demográficas de los ejes de desarrollo territorial, para alcanzar 3.000 Comunas el año 2019. 2.3.1.6. Conformar las Federaciones y Confederaciones Comunales para el fortalecimiento de las capacidades creadoras del Poder Popular, en los ámbitos territoriales, socio productivos, políticos, económicos, sociales, culturales, ecológicos y de seguridad y defensa de la soberanía nacional. 2.3.2. Impulsar la transformación del modelo económico rentístico hacia el nuevo modelo productivo diversificado y socialista, con participación protagónica de las instancias del Poder Popular. 2.3.2.1. Desarrollar el Sistema Económico Comunal con las distintas formas de organización socio productivas: empresas de propiedad social directa, unidades familiares, grupos de intercambio solidario y demás formas asociativas para el trabajo. 2.3.2.2. Promover la creación y fortalecimiento de empresas de propiedad social directa, para contribuir a la generación de un nuevo tejido productivo diversificado y sustentable para la construcción del socialismo bolivariano. 2.3.2.3. Desarrollar una nueva arquitectura financiera, configurando redes de organizaciones económico-financieras, que gestionen los recursos financieros y no financieros, retornables y no retornables, administrados por las comunidades y diferentes organizaciones del Poder Popular. 2.3.2.4. Fortalecer el Sistema Económico Comunal, mediante procesos de transferencia de empresas de propiedad social indirecta a instancias del Poder Popular, así como el fortalecimiento de las instancias de financiamiento y la integración de cadenas productivas y de valor.

2.3.2.6. Promover la conformación de los consejos de economía comunal en las comunas y los comités de economía comunal en los consejos comunales. 2.3.2.7. Registro y conformación de todas las Empresas de Propiedad Social Directa Comunal, Empresas de Propiedad Social Indirecta Comunal, Unidades Productivas Familiares y Grupos de Intercambio Solidarios existentes en el país. 2.3.3. Garantizar la transferencia de competencias en torno a la gestión y administración de lo público desde las distintas instancias del Estado hacia las comunidades organizadas. 2.3.3.1. Lograr la consolidación de un sistema de articulación entre las diferentes instancias del poder popular, con el fin de trascender de la acción local al ámbito de lo regional y nacional, rumbo a la construcción de un subsistema de Comunas, Distritos Motores de Desarrollo y Ejes de Desarrollo Territorial. 2.3.3.2. Instaurar la noción de corresponsabilidad en torno al proceso de planificación comunal, regional y territorial para impulsar la participación corresponsable de la organización popular en el estudio y establecimiento de los lineamientos y acciones estratégicas para el desarrollo de planes, obras y servicios en las comunidades y regiones. 2.3.3.3. Impulsar la creación de Unidades de acompañamiento técnico integral estadales, dotando al Poder Popular organizado de herramientas técnicas útiles para una gestión comunal eficiente, eficaz, efectiva y de calidad. 2.3.3.4. Promover la organización de las unidades de contraloría social de los consejos comunales, para garantizar la máxima eficiencia de las políticas públicas. 2.3.3.5. Desarrollar lineamientos y acciones estratégicas para la transferencia de competencias en la gestión de planes, obras y servicios en las comunidades y regiones. 2.3.4. Impulsar la corresponsabilidad del Poder Popular en la lucha por la inclusión social y erradicación de la pobreza. 2.3.4.1. Promover instancias organizativas del Poder Popular, tales como los comités de prevención, protección social, deporte y recreación de los consejos comunales, para atender a la población en situación de vulnerabilidad. 2.3.4.2. Desarrollar planes integrales comunitarios y políticas orientadas a incluir a las personas en situación de vulnerabilidad. 2.3.4.3. Fomentar el ejercicio de la contraloría social en el ámbito comunitario como garantía del cumplimiento de políticas de inclusión social. 2.3.4.5. Aplicar programas de formación y debate permanente en materia de prevención social con la participación de los voceros y voceras del Poder Popular. 2.3.4.6. Incorporar al Poder Popular en la recuperación y creación de espacios públicos para el desarrollo de actividades culturales, recreativas y preventivas, tales como las canchas de paz y otras de prevención y recreación en las comunidades. 2.3.4.7. Impulsar la creación y desarrollo de las Mesas Comunales del Sistema Nacional de Misiones y Grandes Misiones Socialistas, garantizando la participación de organizaciones del Poder Popular en la gestión de los programas sociales. 2.3.5. Consolidar la formación integral socialista, permanente y continua, en los diferentes procesos de socialización e intercambio de saberes del Poder Popular,

fortaleciendo habilidades y estrategias para el ejercicio de lo público y el desarrollo sociocultural y productivo de las comunidades. 2.3.5.1. Desarrollar programas de formación y socialización que fortalezcan la capacidad de gestión del Poder Popular en competencias que le sean transferidas en los ámbitos político, económico, social, jurídico y en áreas estratégicas para el desarrollo nacional. 2.3.5.2. Desarrollar programas permanentes de formación sociopolítica y técnicoproductiva, a través de la Escuela para el Fortalecimiento del Poder Popular, entre otros espacios. 2.3.5.3. Incorporar facilitadores provenientes de las diferentes organizaciones del Poder Popular como sujetos principales en los procesos de formación. 2.3.5.4. Establecer espacios de formación en las comunas y salas de batalla social, gestionados por las propias comunidades, para el aprendizaje y socialización de conocimiento. 2.3.5.5. Contribuir a la formación técnico-productiva para el desarrollo local y el fortalecimiento de las capacidades productivas del Poder Popular. Objetivo Nacional 2.4. Convocar y promover una nueva orientación ética, moral y espiritual de la sociedad, basada en los valores liberadores del socialismo. Objetivos Estratégicos y Generales 2.4.1. Preservar los valores bolivarianos liberadores, igualitarios, solidarios del pueblo venezolano y fomentar el desarrollo de una nueva ética socialista. 2.4.1.1. Preservar los valores tradicionales del Pueblo venezolano, de honestidad, responsabilidad, vocación de trabajo, amor al prójimo, solidaridad, voluntad de superación, y de la lucha por la emancipación; mediante su promoción permanente y a través de todos los medios disponibles, como defensa contra los anti valores del modelo capitalista, que promueve la explotación, el consumismo, el individualismo y la corrupción, y que son el origen de la violencia criminal que agobia a la sociedad venezolana. 2.4.1.2. Desarrollar una batalla frontal contra las diversas formas de corrupción, fortaleciendo las instituciones del Estado, fomentando la participación protagónica del Poder Popular, promoviendo la transparencia y la automatización de la gestión pública, así como los mecanismos legales de sanción penal, administrativa, civil y disciplinaria contra las lesiones o el manejo inadecuado de los fondos públicos. 2.4.1.3. Promover la ética y los valores socialistas, la formación y autoformación, la disciplina consciente basada en la crítica y la autocrítica, la práctica de la solidaridad y el amor, la conciencia del deber social y la lucha contra la corrupción y el burocratismo. 2.4.1.4. Adecuar los planes de estudio en todos los niveles para la inclusión de estrategias de formación de valores socialistas y patrióticos. 2.4.2. Fortalecer la contraloría social, para mejorar el desempeño de la gestión pública, de las instancias del Poder Popular y las actividades privadas que afecten el interés colectivo.

2.4.2.1. Ampliar los mecanismos de contraloría social para resguardar los intereses colectivos, fomentando la nueva ética revolucionaria en el desempeño de las funciones públicas. 2.4.2.2. Multiplicar los mecanismos que permitan al Poder Popular ejercer su capacidad y potestad en la prevención, vigilancia, supervisión y acompañamiento en la gestión de los fondos públicos, organismos de la administración pública y en las mismas instancias del Poder Popular. 2.4.2.3. Desarrollar jornadas y procedimientos de interpelación popular sobre la gestión de los servidores públicos. Objetivo Nacional 2.5. Lograr la irrupción definitiva del Nuevo Estado Democrático y Social, de Derecho y de Justicia. Objetivos Estratégicos y Generales 2.5.1. Desatar la potencia contenida en la Constitución Bolivariana para el ejercicio de la democracia participativa y protagónica. 2.5.1.1. Diseñar, junto a las diferentes organizaciones del Poder Popular, normas que desarrollen los principios constitucionales para el ejercicio de la democracia directa. 2.5.1.2. Establecer nuevos y permanentes mecanismos de integración entre Estado y Sociedad, fortaleciendo la organización y las capacidades para la Defensa Integral de la Nación. 2.5.1.3. Fortalecer los sistemas de comunicación permanente, que permitan la interacción entre las instituciones públicas y el Poder Popular para la construcción colectiva del nuevo Estado Socialista, bajo el principio de “mandar, obedeciendo”. 2.5.2. Desarrollar el Sistema Federal de Gobierno, basado en los principios de integridad territorial, económica y política de la Nación, mediante la participación protagónica del Poder Popular en las funciones de gobierno comunal y en la administración de los medios de producción de bienes y servicios de propiedad social. 2.5.2.1. Transferir competencias de los distintos niveles del Poder Público a las comunas, comunidades organizadas y demás organizaciones del Poder Popular, bajo las directrices del Consejo Federal de Gobierno, con el mayor grado de planificación para el adecuado desarrollo territorial. 2.5.2.2. Desplegar la función planificadora del Consejo Federal de Gobierno, propiciando la coordinación y control de las acciones del Poder Ejecutivo Nacional en las diferentes instancias territoriales, político-administrativas y comunales, para el adecuado desarrollo regional bajo criterios de sostenibilidad y sustentabilidad, guiado por los principios socialistas. 2.5.2.3. Promover el desarrollo de la planificación participativa territorial y económica, a través de la articulación permanente de los planes comunitarios y comunales con los planes locales, regionales y nacionales. 2.5.3. Acelerar la construcción de la nueva plataforma institucional del Estado, en el marco del nuevo modelo de Gestión Socialista Bolivariano.

2.5.3.1. Establecer políticas de estímulo y reconocimiento a los servidores públicos, así como de líderes populares y sociales, que desarrollen el ejercicio de sus funciones en el marco de los valores que comportan la ética socialista. 2.5.4.2. Promover la justicia de paz comunal como herramienta eficaz para respaldar la convivencia pacífica y favorecer la práctica de la solidaridad y el amor entre los venezolanos y las venezolanas. 2.5.5. Desplegar en sobre marcha la Gran Misión ¡A Toda Vida! Venezuela concebida como una política integral de seguridad ciudadana, con el fin de transformar los factores de carácter estructural, situacional e institucional, generadores de la violencia y el delito, para reducirlos, aumentando la convivencia solidaria y el disfrute del pueblo al libre y seguro ejercicio de sus actividades familiares, comunales, sociales, formativas, laborales, sindicales, económicas, culturales y recreacionales. 2.5.5.1. Expandir y consolidar la prevención integral y convivencia comunal, en corresponsabilidad con el Estado, a través del diseño, ejecución y monitoreo del plan de prevención integral en el ámbito nacional, con especial atención a los jóvenes desocupados de los sectores populares; de la aplicación de un plan especial de vigilancia de patrullaje; de la activación del Servicio de Policía Comunal en acción conjunta con las organizaciones comunales de base; de la ejecución del plan de trabajo para lograr el control de armas, municiones y desarme; así como la intensificación del programa de fortalecimiento de la investigación, aprehensión y procesamiento de personas responsables de delitos. 2.5.5.4. Fortalecer los órganos de seguridad pública y ciudadana en materia de control y prevención del delito, mediante la dotación de equipamiento individual e institucional a los cuerpos de policía y la tecnificación comunicacional para una respuesta rápida y efectiva. 2.5.5.5. Desplegar la Policía Nacional Bolivariana en todo el territorio nacional. 2.5.5.6. Implementar el Plan Patria Segura a nivel nacional, para fortalecer la capacidad del Estado de protección a los ciudadanos y construir la paz desde adentro, en corresponsabilidad con el poder popular y la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. 2.5.5.8. Crear y socializar el conocimiento para la convivencia y la seguridad ciudadana, constituyendo Centros Comunales Integrales de Resolución de Conflictos. 3.2.6.2. Fortalecer la promoción turística nacional, a través de políticas y programas de turismo social y comunitario, particularmente la promoción de los destinos turísticos deprimidos y los emprendimientos agro y eco turísticos. 3.4.1.3. Fortalecer y mejorar los sistemas de agua potable a lo largo del territorio nacional, manteniendo e incrementando la continuidad del servicio de agua potable a 250 litros por persona, mediante la culminación y construcción de cien acueductos a nivel nacional, para garantizar la producción de 4.000 millones de metros cúbicos de agua potable, entre otros: Acueducto Tuy 4, Luisa Cáceres de Arismendi, Ampliación del Sistema Regional del Centro y Acueducto BarcelonaGuanta-Lechería. 3.4.1.4. Consolidar el Plan Nacional de Aguas para mejorar, reforzar y establecer el suministro de agua en todo el país y especialmente en comunidades populares,

con la participación protagónica de los comités de agua y otras organizaciones del Poder Popular. 3.4.1.5. Continuar incrementando y mejorando los sistemas de recolección y tratamiento de las aguas servidas en todo el territorio nacional, garantizando el vertido adecuado a los distintos cuerpos de agua. 3.4.6.2. Continuar el desarrollo de la Gran Misión Vivienda Venezuela y desplegar la Gran Misión Barrio Nuevo Barrio Tricolor para abatir el déficit habitacional acumulado: a) construyendo 2.650.000 viviendas nuevas, distribuidas de tal manera que se consoliden los ejes de desarrollo integral, los polos de desarrollo y los distritos motores; b) promoviendo la autoconstrucción; c) mejorando y ampliando 1.000.000 de viviendas, para consolidar asentamientos existentes; y d) fortaleciendo la construcción de viviendas en el ámbito rural para mejorar las condiciones de vida de la familia campesina. 3.4.6.3. Implementar planes de mejora y dotación de servicios públicos básicos: a) construyendo nuevos sistemas de distribución de agua potable y de saneamiento de aguas servidas en los asentamientos; b) mejorando los sistemas de distribución local de electricidad; c) acelerando el plan de distribución de gas doméstico; d) incorporando los nuevos desarrollos y las zonas sin servicio a la red de telecomunicaciones; e) mejorando los sistemas locales de accesibilidad peatonal y vehicular; f) fomentando y fortaleciendo el uso del transporte colectivo; y g) habilitando nuevos terrenos con servicios básicos para la construcción de desarrollos habitacionales. 3.4.6.4. Mejorar y construir el equipamiento urbano necesario para garantizar la accesibilidad a servicios viales, educativos, de salud, deportivos, sociales, culturales, de esparcimiento y de seguridad. 3.4.6.5. Asociar actividades productivas de bajo impacto ambiental a los planes y proyectos urbanos, generando trabajo liberador para los nuevos habitantes, impulsando la diversificación productiva. GRAN OBJETIVO HISTÓRICO N° 5 V. Contribuir con la preservación de la vida en el planeta y la salvación de la especie humana. Objetivo Nacional 5.1. Construir e impulsar el modelo económico productivo eco-socialista, basado en una relación armónica entre el hombre y la naturaleza, que garantice el uso y aprovechamiento racional, óptimo y sostenible de los recursos naturales, respetando los procesos y ciclos de la naturaleza. Objetivos Estratégicos y Generales 5.1.1. Impulsar de manera colectiva la construcción y consolidación del socialismo como única opción frente al modelo depredador, discriminador e insostenible capitalista.

5.1.1.1. Garantizar la soberanía y participación protagónica del Poder Popular organizado para la toma de decisiones, desde el intercambio de conocimientos, racionalidades y formas de vida, para construir el ecosocialismo. 5.1.1.2. Desarrollar una política integral de conservación, aprovechamiento sustentable, protección y divulgación científica de la diversidad biológica y de los reservorios de agua del país. 5.1.2. Promover, a nivel nacional e internacional, una ética ecosocialista que impulse la transformación de los patrones insostenibles de producción y de consumo propios del sistema capitalista. 5.1.2.1. Impulsar y desarrollar una visión de derechos de la Madre Tierra, como representación de los derechos de las generaciones presentes y futuras, así como de respeto a las otras formas de vida. 5.1.2.2. Priorizar los intereses comunes sobre los individuales, desde una perspectiva centrada en el equilibrio con la naturaleza y el respeto de las generaciones presentes y futuras. 5.1.2.3. Promover la igualdad sustantiva entre géneros, personas, culturas y comunidades. 5.1.2.4. Fomentar un nuevo esquema de valores, orientado al respeto y preservación de la naturaleza, que transforme la conciencia colectiva, sobre los patrones capitalistas de producción y consumo. 5.1.3. Generar alternativas socio-productivas y nuevos esquemas de cooperación social, económica y financiera para el apalancamiento del ecososcialismo y el establecimiento de un comercio justo, bajo los principios de complementariedad, cooperación, soberanía y solidaridad. 5.1.3.1 Promover la investigación, la innovación y la producción de insumos tecnológicos de bajo impacto ambiental, así como el rescate de tecnologías ancestrales para la producción y procesamiento agrícola y pecuario, entre otros, aumentando los índices de eficacia y productividad. 5.1.3.2. Promover la generación y apropiación social del conocimiento, tecnología e innovación que permitan la conservación y el aprovechamiento sustentable, justo y equitativo de la diversidad biológica, garantizando la soberanía del Estado sobre sus recursos naturales. 5.1.3.3. Crear sistemas urbanos ecológicos, con diseños arquitectónicos equilibrados con los ecosistemas naturales que reduzcan los niveles de contaminación ambiental. 5.1.3.4. Promover el desarrollo de actividades de turismo sustentable y sostenible para el disfrute de la población. 5.1.3.5. Constituir un sistema nacional, regional y local para el aprovechamiento de residuos y desechos, para la creación de insumos útiles para el vivir bien, dándole prioridad a su uso como materias primas secundarias para la industria nacional. 5.1.3.6. Preservar y manejar las áreas estratégicas para la conservación, tales como las Abraes, por los beneficios vitales que se derivan de su conservación y su contribución a la suprema felicidad social.

5.1.3.7. Promover la conformación de redes locales, nacionales e internacionales para el impulso del modelo ecosocialista. 5.1.3.8. Promover prácticas de conservación del ambiente en la actividad socioproductiva, superando el criterio de “eficiencia económica” por ser una práctica desvinculada de la racionalidad en el uso de los recursos naturales. 5.1.3.9. Implementar políticas de financiamiento para el desarrollo de unidades productivas, promoviendo el uso de tecnologías amigables con el ambiente. 5.1.3.10. Rescatar los saberes ancestrales de los pueblos originarios sobre los procesos productivos, para el desarrollo de tecnologías sustentables que incidan en los nuevos esquemas de relacionamiento internacional. 5.1.3.12. Facilitar el acceso a los pequeños y medianos productores y a las formas asociativas de propiedad y de producción, para su inserción efectiva en las cadenas de valor intrarregionales, con sostenibilidad ambiental 5.1.4.1. Promover el uso sustentable y sostenible de los recursos naturales en los procesos de producción, circulación y consumo de los bienes, productos y servicios, así como la disminución de desechos, fomentando campañas permanentes de concienciación. 5.1.5.2. Desarrollar sistemas de transporte público eficientes en el uso de recursos y de bajo impacto ambiental. 5.1.5.3. Aumentar la densidad de áreas verdes por habitante, mediante la construcción de parques y espacios de socialización naturales. 5.1.5.4. Promover sistemas constructivos no contaminantes y sistemas de viviendas ecoeficientes. Objetivo Nacional 5.2. Proteger y defender la soberanía permanente del Estado sobre los recursos naturales para el beneficio supremo de nuestro Pueblo, que será su principal garante. Objetivos Estratégicos y Generales 5.2.1. Promover acciones en el ámbito nacional e internacional para la protección, conservación y gestión sustentable de áreas estratégicas, tales como fuentes y reservorios de agua dulce (superficial y subterránea), cuencas hidrográficas, diversidad biológica, mares, océanos y bosques. 5.2.1.3. Profundizar, articuladamente entre instancias del Poder Público y el Poder Popular, la protección integral del agua como un deber, haciendo uso responsable de la misma e impulsando espacios nacionales e internacionales de discusión sobre su uso y democratización. 5.2.1.4. Mantener la independencia en el manejo del sistema de obtención, purificación, administración y suministro de agua potable. 5.2.1.5. Proteger las cuencas hidrográficas del país y todos los recursos naturales presentes en ellas, promoviendo su gestión integral, haciendo especial énfasis en las situadas al sur del Orinoco.

5.2.1.6. Continuar impulsando el reconocimiento del acceso al agua potable como un derecho humano en todos los ámbitos nacionales e internacionales. Objetivos Estratégicos y Generales 5.3.1. Contrarrestar la producción y valorización de elementos culturales y relatos históricos generados desde la óptica neocolonial dominante, que circulan a través de los medios de comunicación e instituciones educativas y culturales, entre otras. 5.3.1.1. Involucrar a las instituciones públicas y al Poder Popular en la producción de críticas contundentes a las formas culturales y a las reconstrucciones históricas dominantes. 5.3.1.2. Promover la producción de contenido educativo, tales como textos escolares, para generar consciencia histórica y formar críticamente las nuevas generaciones. 5.3.2. Fortalecer y visibilizar los espacios de expresión y fomentar mecanismos de registro e interpretación de las culturas populares y de la memoria histórica venezolana y nuestra americana. 5.3.2.1. Fortalecer los procesos que visibilicen la identidad histórico-comunitaria, identificando los espacios de expresión y formas populares de reproducción de la memoria histórica, y fomentando la expresión de las diversas manifestaciones culturales tradicionales. 5.3.2.2. Promover la organización del Poder Popular para el registro e interpretación de la memoria histórica y la difusión y expresión de las culturas populares. 5.3.2.3. Garantizar la protección del patrimonio cultural popular y de la memoria histórica, a través de la formación integral permanente y continua de los promotores culturales del Poder Popular. 5.3.2.4. Involucrar a los museos y otras instituciones de interés histórico y cultural, en el plan de conservación y valorización del Patrimonio cultural e histórico popular. 5.3.2.5. Impulsar la creación de espacios históricos culturales comunitarios en toda la geografía nacional. 5.3.3. Promover una cultura ecosocialista, que revalorice el patrimonio histórico cultural venezolano y nuestro americano. 5.3.3.1. Impulsar debates dentro de las organizaciones del Poder Popular sobre la vivencia cultural y las identidades, para el análisis de la situación actual y los cambios que se necesitan en la construcción del ecosocialismo. 5.3.3.2. Incorporar a las organizaciones populares en el diseño de las políticas culturales, impulsando iniciativas como los comités de cultura de los consejos comunales entre otras. 5.3.3.3. Desarrollar estrategias de liberación y emancipación cultural, poniendo especial énfasis en grupos sociales especialmente vulnerables, tales como los grupos sexo diversos, mujeres, estudiantes, niños y niñas, afro descendientes, entre otros, con la finalidad de garantizar el respeto de sus derechos e identidades. 5.3.4. Elaborar estrategias de mantenimiento y difusión de las características culturales y de la memoria histórica del pueblo venezolano.

5.3.4.2. Ejecutar un plan nacional e internacional de difusión de la cultura tradicional y de la memoria histórica y contemporánea. 5.3.4.3. Fomentar y garantizar la producción independiente y comunitaria de las artes. Políticas y programas del Sector Formación (Cultura, educación y deportes) Políticas: 1. Promocionar las artes, saberes y manifestaciones tradicionales y populares orientadas a la consolidación de la identidad nacional. Programas: Consolidación de nuestra identidad y soberanía cultural. Infraestructura cultural: Política: 5. Defender el patrimonio histórico y cultural venezolano y nuestro americano. Programa: Aumentar la infraestructura cultural a disposición del pueblo. Políticas y programas del Sector Salud Políticas: 8. Unificar la rectoría y los subsistemas de salud en el marco de las Áreas de Salud Integral Comunitarias. Políticas y programas del Sector Protección Social y Seguridad Social Políticas: 12. Asegurar servicios y transferencias sociales a lo largo de todo el ciclo vital de las personas, con particular atención hacia los grupos más pobres. Programas: Consolidación de la Misión José Gregorio Hernández. Fortalecimiento de la Misión Negra Hipólita. Consolidación de la Gran Misión Hijos de Venezuela. Atención Integral y Participación de los Adultos Mayores (Gran Misión en Amor Mayor). Universalización del derecho a la seguridad social. Políticas y programas del Sector Poder Popular y Organización Social Política: 15. Avanzar en el desarrollo Poder Popular, consejos comunales y comunas. Programas: Fortalecimiento del Sistema Económico Comunal. Consolidación de las organizaciones del Poder Popular Políticas y programas del Sector Seguridad: Políticas:

16. Incluir en la cultura de paz a los grupos violentos y profundizar una cultura de convivencia en las comunidades. Programas Fomentar una cultura preventiva ante emergencias y desastres en las comunidades. Prevención Integral y Convivencia Solidaria por Amor a Mi Patria. Fortalecimiento del Sistema de Protección Civil. Políticas y programas del Sector Ambiente Conservación y ordenación territorial: Política: Asegurar una gestión del agua partiendo de las cuencas hidrográficas como unidades de gestión, con el objetivo de satisfacer las necesidades humanas, ecológicas y la demanda generada por los procesos productivos del país. Programas: Promover la recuperación de los cuerpos de agua y suelos en las cuencas de nueve regiones hidrográficas. Mantener actualizado el inventario de disponibilidad y demanda de agua superficial y subterránea en las cuencas hidrográficas, tanto en calidad como en cantidad. Generar la información básica ambiental la cartografía y el catastro, para la gestión integral de las cuencas. Caracterización de acuíferos a nivel nacional. Conformar los Consejos de Regiones y Cuencas Hidrográficas. Promover el desarrollo social integral y su interrelación con el cambio climático en diferentes cuencas a nivel nacional. Diagnóstico del estado actual de las cuencas hidrográficas. Elaboración de planes de gestión integral de las aguas en las regiones y cuencas hidrográficas, con la participación de las comunidades. Programas de recuperación de cuencas y cuerpos de agua degradados. Caracterización de acuíferos a nivel nacional. Política: 41. Desarrollar la institucionalidad prevista por la Ley de Aguas y dotarla de los medios necesarios. Programas: Conformar los Consejos de Regiones y Cuencas Hidrográficas. Fortalecer las capacidades de gestión de las aguas en las DEPPA. Política: 42. Garantizar una ordenación y gestión soberana del territorio que oriente una organización socio-territorial ecológica y socialmente sustentable. Programas: Ordenación del territorio sobre la base de sustentabilidad ecológica y la equidad socio territorial, mediante la participación del poder popular. Generación de cartografía urbana y el catastro de los inmuebles del país. Sistema de observación territorial para la evaluación y seguimiento de las condiciones ambientales y la dinámica de la ocupación del territorio. Política:

43. Garantizar la conservación y aprovechamiento de las cuencas hidrográficas, sus especies, ecosistemas y su red hidrológica. Programas: Manejo sustentable de la diversidad biológica y la conservación estratégica de los ecosistemas. Generación de información básica ambiental, cartografía y catastro para la gestión de las cuencas. Política: 44. Promoviendo una relación diferente entre los seres humanos y la Madre Tierra, e impulsando un modelo de desarrollo alternativo fundamentado en la sustentabilidad ecológica, cultural, social y política. Programa: Garantizar la defensa, conservación y aprovechamiento sustentable de la diversidad biológica nacional, desde la implementación de la Estrategia Nacional de Conservación de la Diversidad Biológica 2010-2020 y su Plan de Acción. Política: 45. Profundizar la acción educativa y comunicacional en todos los ámbitos de la vida nacional, en función del enriquecimiento y fortalecimiento de una conciencia crítica y acción transformadora que contribuyan a la preservación de la vida en el planeta. Política: 46. Asegurar un ambiente sano mediante el manejo adecuado de los residuos, desechos sólidos, materiales y desechos peligrosos. Programas: Asistencia técnica a la formulación y aplicación de planes para el manejo de los residuos, desechos sólidos, materiales y desechos peligrosos. Participación de la comunidad organizada para el manejo de los residuos y desechos sólidos. Participación y articulación de los diferentes niveles de gobierno, en la gestión integral de los residuos, desechos sólidos, materiales y desechos peligrosos. Acueductos y Saneamiento (infraestructura): Política: 47. Universalizar el servicio de agua potable y la disponibilidad oportuna para toda la población, garantizando la equidad. Programa: Fortalecimiento, ampliación, operación y mantenimiento de la infraestructura de almacenamiento y distribución de agua potable. Política: 48. Asegurar un ambiente sano mediante el manejo adecuado de las aguas servidas. Programa: Ampliación, operación y mantenimiento de la infraestructura de redes de recolección y plantas de tratamiento de aguas servidas. Política: 49. Mantener actualizada la información hidrometeorológica. Programa:

Optimización de la red hidrometeorológica. Políticas y programas del Sector Vivienda y Hábitat Política: 50. Construcción masiva de nuevas viviendas de carácter social a través de la ejecución directa por parte de los diferentes entes del Estado Nacional, Regional y Municipal. Programas: Construcción de nuevos desarrollos habitacionales a nivel nacional. Gran Misión Vivienda Obrera. Política: 51. Participación protagónica del Poder Popular en la ejecución directa de los diferentes programas de vivienda, garantizando el acceso al financiamiento, a la asistencia técnica, y a los materiales e insumos requeridos. Programas: Transformación integral del hábitat. Vivienda para el medio rural. Ampliación y mejora de vivienda. Política: 52. Incorporación del sector privado al financiamiento y ejecución de viviendas bajo los parámetros establecidos por el Estado. Programa: 0800-MIHOGAR Política: 53. Industrialización de la producción de componentes, materiales e insumos para la construcción, y reforzamiento de la participación directa del Estado en la producción, distribución y comercialización de materiales e insumos estratégicos. Programa: Industrialización del sector construcción. Política: 54. Desarrollo del hábitat integral con accesibilidad plena a equipamientos urbanos, áreas libres y fuentes de trabajo. Programa: Construcción de equipamientos urbanos. Políticas y programas del Sector Industrias Política: 55. Desarrollar y Organizar las redes, así como las relaciones productivas del sector industrial. Programas: Sistema de Punto y Círculo, con el objeto de atender las necesidades de las comunidades aledañas a las unidades productivas. Cadenas y encadenamientos productivos de los sectores estratégicos. Política:

56. Implementar una nueva dinámica productiva, así como desarrollar un sistema de comercialización, distribución y logística de bienes intermedios para el sector industrial nacional. Política y programas del Sector Agricultura, Tierras y Alimentación Política: 58. Garantizar la soberanía y la seguridad alimentaria sobre la base del bienestar social de la población rural y el desarrollo y ocupación armónica del territorio, en el marco del modelo agrario socialista. Programas: Producción agrícola. Organización del Poder Popular (productores), para fortalecer y fomentar diversas formas de organización. Investigación e innovación. Sistematización agrícola para la planificación, organización, ejecución, seguimiento, control y evaluación de las actividades del sector agroalimentario nacional. Política y programas del Sector Turismo (infraestructura) Política: 59. Promoción para el desarrollo turístico ecológico y social. Programas: Creación de Empresas Turísticas Comunales. Política y programas del Sector Ciencia y Tecnología (telecomunicaciones) Política: 60. Garantizar el acceso oportuno y uso adecuado de las telecomunicaciones y tecnologías de información, así como la creación de una nueva cultura CientíficaTecnológica orientada para alcanzar la Soberanía Plena. Programas: Garantizar las condiciones que permitan a las comunidades, instituciones y organizaciones en el territorio nacional el acceso oportuno, uso adecuado y creación de infraestructura en telecomunicaciones y tecnologías de información, que permita la comunicación oportuna y ética a fin de contribuir con la satisfacción de las necesidades sociales, mediante la generación y difusión de los contenidos basados en valores nacionales multiétnicos y pluriculturales. Desarrollar una actividad científica, tecnológica, y de innovación asociada directamente al tejido socioproductivo nacional, que permita la construcción de las condiciones necesarias para la consecución de la soberanía económica e independencia tecnológica, como requisito indispensable para la satisfacción de las necesidades sociales. Fortalecer y orientar la actividad científica, tecnológica, de innovación y sus aplicaciones hacia las áreas estratégicas definidas como prioritarias para el Estado, que permita el aprovechamiento de las potencialidades y capacidades nacionales para el desarrollo sustentable y la satisfacción de las necesidades sociales.

Impulsar espacios de integración regional en América Latina y el Caribe, el cambio en la medición internacional de ciencia, tecnología e innovación. En sintonía con los enunciados del PLAN DE LA PATRIA 2013/2019, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, se propone este PLAN COMUNAL DE DESARROLLO, teniendo a corto, mediano y largo plazo la construcción de una nueva sociedad, como también la puesta en marcha de un nuevo sistema de economía socialista destinado a transformar la Comuna en un espacio territorial auto sustentable, basado en el plan de desarrollo de Empresas de Propiedad Social Directa Comunal, que generan recursos que serán destinados al desarrollo económico y social. En lo político como una nueva geopolítica territorial. Desarrollaremos un plan de acción a corto plazo enmarcada en la consolidación de una nueva estructura de auto gobierno socialista comunal, e Igualmente el impulso de proyectos que fortalezcan la distribución de los alimentos, a través de convenios con las Comunas Agrícolas-industriales y Empresas de propiedad social directa Comunal que generen productos que serán destinados a garantizar una mejor vida y Soberanía Alimentaria, fortalecer el desarrollo Turístico y Cultural. A Largo Plazo: La consolidación de un centro de distribución de productos de usos en general. La consolidación de una red de empresas de propiedad social directa comunal, todos enmarcados con el plan de la patria 2013-2019 CAPÍTULO III

DEL FUNCIONAMIENTO COMO AUTO GOBIERNO DE LA COMUNA Del Parlamento Comunal Articulo 10.- Se establece que una vez electos los voceros y voceras integrante del parlamento comunal se reunirán dentro los quince (15) días subsiguiente a su elección para elaborar y discutir el reglamento Interno de debate, igualmente designaran en asamblea y por decisión mayoritaria, a los voceros o voceras que integraran el Consejo Ejecutivo, los voceros o voceras que integraran el Consejo Planificación Comunal y la estructura del Banco de la Comuna y la designación de la Secretaria o Secretario del Parlamento con su respectivo suplente.

De la conformación de la estructura de Auto Gobierno de la Comuna. Articulo 11.- Se establece que una vez que el parlamento haya designado los diferentes voceros o voceras que integraran la estructura de autogobierno de la “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”. El mismo parlamento redactara una Carta Comunal constitutiva del Autogobierno de la Comuna, miembros que deberán ser juramentados por el ente rector.

De la Activación de los Comités de gestión Artículo 12.- Se establece que una vez conformada la estructura del auto gobierno de la Comuna se procederá activar a los Comité de gestión de acuerdo a las necesidades de las comunidades que integran la Comuna. De los Libros de Actas Artículo 13.- Se establece que todos los órganos que integran el autogobierno de la La “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”, deben tener su libro de actas de asambleas ordinarias y extraordinarias, igualmente deberá existir un libro de Actas donde estarán asentada las siguientes cartas. La Carta fundacional. Carta constitutiva del autogobierno de la Comuna, Carta constitutiva del Plan de Desarrollo Integral de la Comuna, Carta del reglamento de Convivencia Ciudadana de la Comuna y otras. De los Sellos de la Comuna. Artículo 14.- Se establece que cada organismo debe tener su sello que lo identifique y deberá contener por escrito los siguientes: República Bolivariana de Venezuela, Estado Carabobo, Municipio Puerto Cabello. Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución y el nombre del organismo. De las Asambleas del Colectivo Artículo 15.- Se establece que cada treinta (30) días deberá efectuarse una asamblea general con la asistencia de todos los integrantes del autogobierno de la Comuna, El Consejo Ejecutivo de la Comuna convocara por escrito estableciendo la fecha, lugar y hora de dicha asamblea. De las Atribuciones de los diferentes Organismos Artículo 16.- Se establece que La “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”, en su función de autogobierno se regirá de acuerdo a las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de las Comunas y demás leyes del poder popular y demas atribuciones que se establezcan como normativas en dicha carta fundacional siempre y cuando no se viole el ordenamiento jurídico vigente. Del Parlamento Comunal Artículo 17.- Se establecen como atribuciones del Parlamento Comunal las siguientes. 1) El de elegir una Secretaria o Secretario 2) El de establecer las atribuciones de la Secretaria o secretario en el reglamento interno de debate.

3) Fijar el lugar día y hora de reunión. 4) Emitir la autorización. Para la elaboración de los diferentes Sellos. 5) El de otorgar derechos de palabras a los habitantes de la Comuna. 6) Crear Comisiones de Trabajo legislativo, incluyendo a los voceros o voceras principales y suplentes del mencionado Parlamento, 7) Promover la conformación de los Consejos Populares Del funcionamiento del Parlamento Comunal Articulo 18.- En el ejercicio del autogobierno, corresponde al Parlamento Comunal: 1. Sancionar materias de sus competencias, de acuerdo a lo establecido en esta Ley, su Reglamento y demás normativas aplicables. 2. Aprobar el Plan de Desarrollo Comunal. 3. Sancionar las Cartas Comunales, previo debate y aprobación por las asambleas de Ciudadanos y ciudadanas de las comunidades integrantes de la Comuna. 4. Aprobar los proyectos que sean sometidos a su consideración por el Consejo Ejecutivo. 5. Debatir y aprobar los proyectos de solicitudes, a los entes políticos territoriales del Poder Público, de transferencias de competencias y servicios a la Comuna. 6. Aprobar los informes que le deben presentar el Consejo Ejecutivo, Consejo de Planificación Comunal, Consejo de Economía Comunal, el Banco de la Comuna y el Consejo de Contraloría Comunal. 7. Designar a los y las integrantes de los Comités de Gestión. 8. Considerar los asuntos de interés general para la Comuna, propuestos por al menos el equivalente al sesenta por ciento (60%) de los consejos comunales de la Comuna. 9. Ordenar la publicación en Gaceta Comunal del Plan de Desarrollo Comunal, las Cartas Comunales y demás decisiones y asuntos que considere de interés general para los habitantes de la Comuna. 10. Rendir cuenta pública anual de su gestión ante los y las habitantes de la Comuna. 11. Las demás que determine la presente Ley y su Reglamento. Decisiones del Parlamento Comunal Artículo 19.- Las decisiones del Parlamento Comunal se tomarán por mayoría simple de sus integrantes, cuyos votos deben expresar el mandato de las instancias de las que son Voceros o Voceras.

Del Consejo Ejecutivo. Artículo 20.- Se establecen como atribuciones del Consejo Ejecutivo las siguientes. 1) Designar una Secretaria o Secretario de Acta y Correspondencia. 2) Establecerle sus funciones y atribuciones. 2) fijar el lugar, día y hora de las reuniones ordinarias. 3) Firmar en conjunto los tres miembros del ejecutivo, para refrendar las Cartas y Documentos 4) El de otorgar derechos de palabras a los habitantes de la Comuna.. Funciones del Consejo Ejecutivo Artículo 21.- El Consejo Ejecutivo es la instancia de ejecución de las decisiones del Parlamento Comunal, con las siguientes funciones: 1. Ejercer de manera conjunta la representación legal de la Comuna. 2. Refrendar y ejecutar los lineamientos estratégicos y económicos establecidos en el Plan de Desarrollo Comunal, elaborado de conformidad con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, el Plan Regional de Desarrollo y los emanados del Consejo Federal de Gobierno. 3. Refrendar y publicar en la Gaceta Comunal las Cartas Comunales, así como las decisiones del Parlamento Comunal que sean de carácter vinculante para los habitantes de la Comuna. 4. Publicar en la Gaceta Comunal las informaciones del Banco de la Comuna que sean de interés para los habitantes de la Comuna. 5. Formular el presupuesto de la Comuna y someterlo a la consideración del Parlamento Comunal. 6. Convocar al Parlamento Comunal a sesiones extraordinarias. 7. Coordinar con los Comités Permanentes de Gestión la formulación de proyectos a ser sometidos a la consideración del Parlamento Comunal. 8. Promover formas autogestionarias que provengan de la iniciativa de las organizaciones del poder popular. 9. Gestionar ante las instancias del Poder Público las transferencias de las atribuciones y servicios que hayan sido aprobados por el Parlamento Comunal. 10. Suscribir los convenios de transferencia de atribuciones y servicios que hayan sido acordados a la Comuna. 11. Someter a la consideración del Parlamento Comunal proyectos y propuestas derivados del estudio de los Consejos Comunales y sus Comités de Trabajo. 12. Preparar la agenda de las sesiones ordinarias del Parlamento Comunal. 13. Articular sus actividades con los Consejos Comunales y sus Comités de Trabajo. 14. Resguardar el archivo de los documentos fundacionales de la Comuna. 15. Las demás que determine la presente Ley y su Reglamento.

Reuniones del Consejo Ejecutivo Artículo 22. El Consejo Ejecutivo se reunirá ordinariamente una vez a la semana; y extraordinariamente, cuando así lo decida la mayoría de sus integrantes o sea convocado de acuerdo a lo contemplado en el Reglamento de la presente Ley. Del Consejo de Planificación Comunal Artículo 23.- El Consejo de Planificación Comunal es el órgano encargado de coordinar las actividades para la formulación del Plan de Desarrollo Comunal, en concordancia con los planes de desarrollo comunitario propuestos por los consejos comunales y los demás planes de interés colectivo, articulados con el Sistema Nacional de Planificación, de conformidad con lo establecido en la Ley. Finalidad Artículo 24.- El Consejo de Planificación Comunal tiene como finalidad: 1. Servir de instancia de deliberación, discusión y coordinación entre las instancias de participación popular y las comunidades organizadas, con miras a armonizar la formulación, aprobación, ejecución y control de los diversos planes y proyectos. 2. Adecuar el Plan de Desarrollo Comunal al Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación y demás planes estratégicos nacionales; al Plan de Desarrollo Regional y a los lineamientos establecidos en el decreto de creación del Distrito Motor de Desarrollo al que pertenezca la Comuna. 3. Incentivar a los consejos comunales existentes en el ámbito geográfico de la Comuna, al ejercicio del ciclo comunal en todas sus fases. Miembros Artículo 25.- El Consejo de Planificación Comunal para el cumplimiento de sus funciones, estará conformado por: 1. Tres (3) voceros o voceras electos por los consejos comunales de la comuna. 2. Dos (2) voceros o voceras en representación del Parlamento Comunal. 3. Un (1) vocero o vocera designado por las organizaciones socio productivas comunitarias. 4. Un vocero o vocera de cada consejo comunal, integrante del comité de trabajo en materia de ordenación y gestión del territorio. 5 El Consejo de Planificación Comunal, al momento de su instalación designará de su seno y por votación de mayoría simple al coordinador del mismo. Competencias Artículo 26.- El Consejo de Planificación Comunal, tendrá las siguientes competencias: 1. Impulsar la coordinación y participación ciudadana y protagónica en la formulación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo

Comunal, así como de otros planes, programas y acciones que se ejecuten o se proyecte su ejecución en la comuna. 2. Garantizar que el Plan de Desarrollo Comunal esté debidamente articulado con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, el Plan de Desarrollo Regional 3. Formular y promover los proyectos de inversión para la comuna ante el Parlamento Comunal. 4. Realizar seguimiento, evaluación y control a la ejecución del Plan de Desarrollo Comunal. 5. Impulsar la coordinación con otros consejos de planificación comunal para coadyuvar en la definición, instrumentación y evaluación de planes para el desarrollo de mancomunidades, formulando propuestas al respecto ante el Parlamento Comunal. 6. Atender cualquier información atinente a sus competencias que le solicite el Parlamento Comunal y sus instancias de ejecución, los consejos comunales y los entes del Poder Público, sobre la situación socioeconómica de la comuna. 7. Elaborar un banco de proyectos que contenga información acerca de los proyectos, recursos reales y potenciales existentes en la comuna. 8. Estudiar y proponer al Parlamento Comunal la aprobación de los proyectos presentados por las comunidades y organizaciones sociales a ser financiados con recursos provenientes del Fondo de Compensación interterritorial y otros que se les haya acordado. 9. Promover en el desarrollo endógeno y sustentable de la comuna el sistema de propiedad social. 10. Otras que le correspondan de acuerdo a la presente Ley, su Reglamento y demás normativas aplicables CAPITULO IV DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DE VOCEROS O VOCERAS COMUNITARIOS Artículo 27.- Se establece que a nivel de la Comuna, la participación Ciudadana se ejercerá individual y en colectivo. La participación individual se ejercerá de la siguiente manera. 1) En la utilización de un derecho de palabra. 2) En el sufragio a través del voto libre. 3) En la postulación personal para cargos públicos. 4) En el ejercicio de la Contraloría Social 5) Y en las demás que le designen las leyes

De la participación en colectivo. Artículo 28.- La participación en colectivo se efectuara de la siguiente manera. 1) En las Asambleas Ciudadanas. 2) En los Órganos del Poder Popular que integran la estructura de auto gobierno. 3) En las Comisiones. 4) En los Comités de Trabajo. 5) En los Consejos Populares 6) Y las demás que le designen las leyes. De la Participación de los Voceros o Voceras Comunitarios. Artículo 29.- Se establece que los voceros o voceras que elijan los Consejos Comunales que integran La “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”, para integrar el autogobierno de la comuna y el Consejo Local de Planificación Publica. Serán catalogados como voceros de la Comunidades a las que deberán rendir sus informes, Sin menoscabo a que sean miembros o consejero local. Del Vocero o Vocera que integrara el Consejo Local de Planificación Pública Artículo 30.- El Consejo de Planificación Comunal en asamblea elegirá a uno de sus miembros para integrar el Consejo Local de Planificación Publica, con su suplente. Este vocero estará supeditado a lo establecido en el artículo anterior. De la elección de los voceros o voceras. Articulo 31.- De la elección del Vocero o Vocera que integrara el Parlamento Comunal. Se establece lo siguiente: 1) la Comisión Electoral Permanente de cada Consejo Comunal de los que integran La “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”, en un lapso no mayor de 30 días, después de la aprobación de la Carta Fundacional, convocaran a las elecciones. 2) Las Comisiones electorales Permanentes deben fijar carteles de notificación sobre las elecciones en lugares públicos. 3) Se establece que los carteles deben contener toda la información sobre el requisito de la postulación para ser miembros del autogobierno de la Comuna, según lo establecido en la ley de la Comuna. 4) Y las demás informaciones que la Comisión electoral Permanente crea pertinente informar.

CAPITULO V DEL DIAGNOSTICO Y LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA COMUNA. Y DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS CONSEJOS POPULARES Del diagnóstico de necesidades. Artículo 32.- Se establece como normas para la elaboración del plan de desarrollo integral de La “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución” los siguientes: 1) Cada Consejo Comunal como estructura de autogobierno comunitario, deberá presentar Las estadísticas del censo poblacional que a continuación se describen., 2) Cuantos niños y niñas están estudiando desde preescolar hasta sexto grado. Definida de la siguiente manera, cuantos en preescolar, cuantos en primer grado, cuantos en segundo, cuantos en tercer, cuantos en cuarto, cuantos en quinto y cuantos en sexto grado. 3) Cuantas Madres están solas manteniendo a la familia, cuántos hijos tienen, cuantos estudian. 4) Cuantas familias no tienen casa, cuantas tienen el terreno para construirle la vivienda. 5) Cuantos miembros de la familia trabajan, cuantas está sin trabajo, cual es su especialidad, cuantos necesitan que se le otorgue el certificado de saberes. 6) Cuantos adultos mayores tiene la familia, cuántos son hipertensos, sufren de diabetes u otra enfermedad, Plan de Desarrollo Comunal Artículo 33. La “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”, elaborará un Plan de Desarrollo Comunal, bajo la Coordinación del Consejo de Planificación Comunal, en el cual se establecerán los proyectos, objetivos, metas, acciones y recursos dirigidos a darle concreción a los lineamientos plasmados en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, el Plan Regional de Desarrollo y los lineamientos del Consejo Federal de Gobierno, tomando en cuenta los patrones de ocupación del territorio, su cultura, historia, economía y ámbito geográfico. Dicho plan se formulará y ejecutará, a partir de los resultados de la aplicación del diagnóstico participativo, y de lo acordado en el mecanismo del presupuesto participativo, contando para ello con la intervención planificada y coordinada de las comunidades que conforman la comuna.

De la participación de los Consejos Populares Articulo 34.- El Plan de Desarrollo Integral de La “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”, será elaborado con la participación de los Consejos Populares, que hagan vida en la misma y que serán constituido por la integración de los voceros o voceras por áreas específicas de trabajo que desarrollan los comités, que integran los Consejos Comunales, tales como comité de Economía o Producción, Educación, Salud, Vivienda, Seguridad Integral y los demás que la Comuna desee crear. Artículo 35. El Consejo de Economía Comunal. Es la instancia encargada de la promoción del desarrollo económico de la Comuna, conformada por cinco voceros o voceras y sus respectivos suplentes, electos o electas entre los integrantes de los Comités de Economía Comunal de los Consejos Comunales de la Comuna. El período de los voceros y voceras del Consejo de Economía Comunal será de dos (2) años, pudiendo ser reelectos o reelectas. Requisitos Artículo 36. Para ser vocero o vocera del Consejo de Economía Comunal se requiere: 1. Nacionalidad venezolana. 2. Mayor de quince años. 3. No poseer parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con quienes representen los entes político-territoriales establecidos en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno. 4. Ser vocero o vocera de un Comité de Economía Comunal. 5. Hacer vida activa en el ámbito territorial de la Comuna. 6. No desempeñar cargos públicos de elección popular. 7. No estar sujeto o sujeta a interdicción civil o inhabilitación política. Atribuciones del Consejo Popular de Economía Artículo 37.- Se establece que el Consejo Popular de Economía o Producción deberá llevar una estadística a nivel de la Comuna, que contendrá las siguientes informaciones, 1) Cuantos personas hombres y mujeres desempleadas existen en la Comuna. 2) Estadística de la mano de obra especializada, 3) Cuantas hectáreas de tierras, para el desarrollo agrícola o desarrollo industrial dispone la comuna. 4) Cuantas hectáreas de tierras o estructuras existen, que pueden ser expropiadas para el desarrollo industrial. 5) Estadísticas sobre el nivel de consumo de alimentos a nivel de la Comuna 6) Estadísticas sobre la fortaleza de las infraestructuras industriales que existen en la Comuna.

7) Estudios de mercadeos, niveles de producción y niveles de plusvalía. 8) Estudio sobre las empresas que son factibles para su creación por la demanda de su producción y el abastecimiento de la materia prima. Para su funcionamiento. 9) Estudios sobre la generación de puesto de trabajos. Funciones del Consejo de Economía Comunal Artículo 38. El Consejo de Economía Comunal tiene las siguientes funciones: 1. Promover la conformación de organizaciones socio-productivas para el desarrollo y fortalecimiento del Sistema Económico Comunal 2. Articular la relación de los Comités de Economía Comunal con el Parlamento Comunal y el Consejo de Planificación Comunal. 3. Seguimiento y acompañamiento a las organizaciones socio-productivas en el cumplimiento del ciclo productivo comunal. 4. Velar para que los planes y proyectos de las organizaciones socio-productivas se formulen en correspondencia con el Plan de Desarrollo Comunal. 5. Gestionar la implementación de programas para la formación, asistencia técnica y actualización tecnológica de las organizaciones socio productivas. 6. Articular con el órgano coordinador la certificación de saberes y conocimientos de los ciudadanos y ciudadanas integrantes o aspirantes de las organizaciones socio productivo. 7. Presentar semestralmente, ante el Parlamento Comunal informes sobre los niveles de cumplimiento de los planes de gestión de las organizaciones socioproductivas. 8. Presentar ante el Parlamento Comunal el informe anual sobre la gestión de las organizaciones socio-productivas y los correspondientes planes para el año siguiente. 9. Proponer formas alternativas de intercambio de bienes y servicios, orientadas al desarrollo socio productivo de la comunidad y la satisfacción de las necesidades colectivas. 10. Las demás que se les establezcan el reglamento de la presente ley, las derivadas del contenido de la Carta Fundacional y las establecidas en las Cartas Comunales. Del Consejo Popular de Educación. Artículo 39,- Se establece que el Consejo Popular de Educación, deberá llevar una estadística a nivel de la Comuna, que contendrá la información siguiente: 1) cuántos niños y niñas van a ingresar dentro de un año al preescolar, cuanto dentro de dos Años y cuantos dentro de tres años. 2) Cuantos salen de sexto grado, cuantos dejaron de estudiar y no terminaron la primaria, Cuantos ingresaron a estudiar en el liceo.

3) La estructura física actual de las escuelas y liceos cubren el crecimiento de la matrícula, para Siguiente año, si no la cubren cuantos salones hay que construir y donde. 4) Cuantos niños y niñas necesitan estudiar en una Escuela Bolivariana, porque la familia es de escasos recursos económicos. 5) Cuantas niñas y niños estudian en escuelas y liceos privados. Del Consejo Popular de Salud Artículo 40.- Se establece que el Consejo Popular de Salud deberá llevar una estadística a nivel de la Comuna, que contendrá las siguientes informaciones, 1) Cuantos adultos mayores viven en la Comuna. 2) Cuantos son hipertensos, discapacitados, diabetes y otras enfermedades. 3) Estadísticas del consumo de medicinas para el control de las enfermedades 4) Cuantos niños y niñas nacen al año sano cuantos enfermos. 5) Cuantas familias están en pobreza crítica. 6) Cuantos adultos reciben la pensión de gracias y cuantos la necesitan. 7) Cuantos adultos mayores necesitan ser ingresados a una casa de alimentación. 8) Y otras ayudas. Del Consejo Popular de Vivienda Artículo 41.- Se establece que el Consejo Popular de Vivienda deberá llevar una estadística a nivel de la Comuna, que contendrá las siguientes informaciones. 1) Cuantas familias existen a nivel de la Comuna que no tienen viviendas. 2) Cuantas familias viven en ranchos o viviendas que deben ser demolidas. 3) Cuantas familias viven en zonas de alto riego. 4) Cuantas familias tienen el terreno para Construirle la vivienda. 5) Cuantas familias pagan ley de política habitacional y cuantas no pagan. 6) Cuantas familias necesitan ser exoneradas del pago de una vivienda. 7) Cuantas familias ya están incluidas en un proyecto de vivienda. Del Consejo Popular de Seguridad Integral. Artículo 42.- Se establece que el Consejo Popular de Seguridad Integral deberá llevar una estadística a nivel de la Comuna, que contendrá las siguientes informaciones. 1) Cuantas personas viven en estado de casa por cárcel. 2) Cuantas personas son asesinadas al año. 3) Cuantas personas fallecen por accidentes de tránsito durante el año 4) Cuantos atracos a mano armada se ejecutaron durante el año. Artículo 43.- Se establece que cada uno de los Consejo Populares existente en la Comuna deberá elaborar los proyectos basados en las estadísticas a fin de dar

solución a las necesidades de los habitantes, Una vez elaborado el proyecto el Consejo Popular debe presentarlo al Consejo de Planificación Comunal para la elaboración del Plan de Desarrollo Integral.

Articulo 44.- Se establece que una vez elaborado y aprobado el Plan de Desarrollo Integral, cada proyecto debe ir al ente que le compete asignar los recursos, los que son de competencia del Municipio se enviaran al Consejo Local de Planificación Publica, los que son de compendia del Estado, se enviaran al Consejo Estadal de Planificación Publica, los que son competencia del Ejecutivo Nacional se enviaran al Consejo Federal de Gobierno y a los Ministerios que le competan.

CAPITULO VI DEL BANCO DE LA COMUNA SOCIALISTA LAS 10 RAÍCES DE LA REVOLUCIÓN”. Objeto Artículo 45. El Banco de la “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”, tiene como objeto garantizar la gestión y administración de los recursos financieros y no financieros que le sean asignados, así como los generados o captados mediante sus operaciones, promoviendo la participación protagónica del pueblo en la construcción del Modelo Económico Socialista, mediante la promoción y apoyo al desarrollo y consolidación de la propiedad social para el fortalecimiento de la soberanía integral del país. Como institución financiera estará supeditada al Parlamento Comunal. Principios Artículo 46.-. La constitución, conformación, organización y funcionamiento del Banco de la Comuna se rige por los principios de honestidad, democracia participativa y protagónica, celeridad, eficiencia y eficacia revolucionaria, deber social, rendición de cuentas, soberanía, igualdad, transparencia, equidad y justicia social. Propósito Artículo 47.- El Banco de la Comuna tiene como propósito: gestionar, captar, administrar, transferir, financiar y facilitar los recursos financieros y no financieros, retornables y no retornables de la Comuna, a fin de impulsar a través de la participación popular, la promoción de proyectos comunales, de acuerdo a los

lineamientos del Plan de Desarrollo Comunal, en correspondencia con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, el Plan de Desarrollo Regional y lo dispuesto en el decreto de creación de Áreas de Desarrollo Territorial. Funciones Artículo 48.- El Banco de la Comuna tendrá como funciones las siguientes: 1. Fortalecer el sistema micro financiero comunal mediante la aplicación de políticas públicas democráticas y participativas en la gestión financiera. 2. Financiar y transferir, previa aprobación por parte del Parlamento Comunal, recursos a proyectos socio-productivos y de inversión social que formen parte del Plan Comunal de Desarrollo, orientados al bienestar social mediante la consolidación del modelo productivo socialista, en aras de alcanzar la suprema felicidad social. 3. Fortalecer y ejecutar una política de ahorro e inversión en el ámbito territorial de la Comuna. 4. Promover la inclusión y activación de las fuerzas productivas de la Comuna para la ejecución de los proyectos a desarrollarse en su ámbito geográfico. 5. Promover la participación organizada del pueblo en la planificación de la producción, distribución, intercambio y consumo a través del impulso de la propiedad colectiva de los medios de producción. 6. Apoyar el intercambio solidario y la moneda comunal. 7. Realizar captación de recursos con la finalidad de otorgar créditos, financiamientos e inversiones, de carácter retornable y no retornable. 8. Las demás que se establezcan en las leyes que rijan el sistema micro-financiero y las disposiciones reglamentarias de la presente ley. Conformación Artículo 49.- A los fines de su conformación y funcionamiento, el Banco de la Comuna estará integrado por: 1. La Coordinación Administrativa, la cual será la cuentadante y responsable de la administración de los recursos del Banco de la Comuna; estará conformada por tres (03) voceros o voceras electos o electas entre los integrantes de las Unidades Administrativas Financieras Comunitarias de los Consejos Comunales de la Comuna. 2. El Comité de Aprobación, responsable de evaluar, para su aprobación o rechazo, todos los proyectos de inversión, transferencias y apoyo financiero y no financiero que sean sometidos a la consideración del Banco de la Comuna o que éste se proponga desarrollar por su propia iniciativa; estará conformado por cinco (05) voceros o voceras designados por los Consejos Comunales que formen parte de la Comuna.

3. Comité de Seguimiento y Control, tendrá la función de velar por el manejo transparente de los recursos financieros y no financieros del Banco de la Comuna, vigilar y supervisar que todas sus actividades se desarrollen con eficiencia y de acuerdo a los procedimientos establecidos, y que los resultados de su gestión se correspondan con los objetivos de la Comuna; lo integrarán tres (03) voceros o voceras, que no posean parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad entre sí ni con los demás voceros y voceras del banco de la comuna; serán designados de la siguiente manera: Un (1) vocero o vocera, por los Consejos Comunales que formen parte de la Comuna; Un (1) vocero o vocera, por las organizaciones socio-productivas de la Comuna; y Un (1) vocero o vocera, designado por el Parlamento Comunal. Las demás funciones, así como el periodo de ejercicio de los y las integrantes de cada una de las instancias establecidas en este artículo serán desarrolladas en el Reglamento de la presente Ley. CAPITULO VII DEL CONSEJO DE CONTRALORÍA COMUNAL Del Consejo de Contraloría Artículo 50.- Se establece como atribuciones del Consejo de Contraloría de la “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”. Las siguientes: 1) Establecer el lugar, día y hora de reunión y de atención al ciudadano y ciudadana. 2) El de designar a su secretaria o secretario. 3) El de establecer su reglamento de funcionamiento. 4) El de designar comisiones. 5) Y las funciones establecidas por la ley de Contraloría Social. Consejo de Contraloría Comunal Artículo 51.- Es la instancia encargada de la vigilancia, supervisión, evaluación y control social, sobre los proyectos, planes y actividades de interés colectivo que en el ámbito territorial de la comuna, ejecuten o desarrollen las instancias del poder popular o el poder público, conformada por cinco voceros o voceras y sus respectivos suplentes, electos o electas entre los integrantes de las unidades de contraloría social de los Consejos Comunales de la Comuna. El período de los voceros y voceras del Consejo de Contraloría Comunal será de dos (2) años, pudiendo ser reelectos o reelectas. Requisitos Artículo 52.- Para ser vocero o vocera del Consejo de Contraloría Comunal se requiere:

1. Nacionalidad venezolana. 2. Mayoría de edad. 3. No poseer parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con quienes representen los entes político-territoriales establecidos en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno. 4. Ser vocero o vocera de una Unidad de Contraloría Social. 5. Hacer vida activa en el ámbito territorial de la Comuna. 6. No desempeñar cargos públicos de elección popular. 7. No estar sujeto o sujeta a interdicción civil o inhabilitación política. Funciones del Consejo de Contraloría Comunal Artículo 53.- El Consejo de Contraloría Comunal tiene las siguientes funciones: 1. Ejercer el seguimiento, la vigilancia, supervisión y control social sobre la ejecución de los planes y proyectos ejecutados o desarrollados en el ámbito territorial de la Comuna por las instancias del Poder Popular o del Poder Público. 3. Garantizar que la inversión de los recursos que se ejecuten en el ámbito territorial de la Comuna para beneficio colectivo, se realice de manera eficiente y eficaz, en correspondencia con el Plan de Desarrollo Comunal. 4. Velar por el cumplimiento de las obligaciones colectivas correspondientes a las organizaciones socio-productivas y la reinversión social de los excedentes resultantes de sus actividades. 5. Emitir informes semestralmente, al Parlamento Comunal sobre el funcionamiento del Consejo Ejecutivo, el Banco de la Comuna, el Consejo de Planificación Comunal y el Consejo de Economía Comunal. Dichos informes tendrán carácter vinculante. 6. Recibir y dar curso a las denuncias que se le presente. 7. Presentar informe y solicitar al Parlamento Comunal la revocatoria del mandato o destitución de los voceros o voceras de las distintas instancias de la Comuna, con base a las investigaciones sobre denuncias que se le formulen o como resultado de sus propias actuaciones. 8. En el ejercicio de la corresponsabilidad, cooperar con los órganos y entes del Poder Público en las funciones de vigilancia, supervisión y control, de conformidad con las normativas legales aplicables. 9. Las demás que se les establezcan el reglamento de la presente ley, las derivadas del contenido de la Carta Fundacional y las establecidas en las Cartas Comunales.

Poder Ciudadano Artículo 54.- Los órganos integrantes del Poder Ciudadano apoyarán a los Consejos de Contraloría Comunal a los fines de contribuir con el cumplimiento de sus funciones CAPITULO VIII DE LAS DISPOSICIONES FUNCIONAMIENTO

GENERALES

DE

LA

ORGANIZACIÓN

Y

Rendición de Cuentas Artículo 55.- Los voceros o voceras integrantes del Consejo Ejecutivo, Consejo de Planificación, Consejo de Economía Comunal, Consejo de Contraloría Comunal y Banco de la Comuna, rendirán cuentas anualmente de las actuaciones relativas al desempeño de sus funciones ante el Parlamento Comunal, los Consejos Comunales, las organizaciones socio productivas, los ciudadanos y ciudadanas de la Comuna. Igualmente, los voceros y voceras de las instancias establecidas en el presente artículo, rendirán cuenta ante las instituciones, organizaciones y particulares que les hayan otorgado aportes financieros o no financieros, sobre el manejo de los mismos. Revocatoria del Mandato Artículo 56.- Los voceros o voceras integrantes del Consejo Ejecutivo, Consejo de Planificación, Consejo de Economía Comunal y Banco de la Comuna, podrán ser revocados por decisión de la mayoría simple del Parlamento Comunal, previo informe del Consejo de Contraloría Comunal. Los voceros o voceras del Consejo de Contraloría Comunal, podrán ser revocados por decisión de las dos terceras partes del Parlamento Comunal. Los voceros y voceras del Parlamento Comunal podrán ser revocados mediante referendo solicitado por el diez por ciento de los electores y electoras de la Comuna. Cuando la mayoría de los electores y electoras voten a favor de la revocatoria, los voceros o voceras se considerarán revocados, siempre y cuando hayan concurrido al referendo un número de electores y electoras mayor al quince por ciento del registro electoral de la Comuna. Causales de Revocatoria del Mandato Artículo 57.- Las causales de revocatoria del mandato de voceros y voceras de las instancias de la Comuna son las siguientes: 1. Actuar de forma contraria a las decisiones tomadas por el Parlamento Comunal. 2. Falta evidente de las funciones que le sean conferidas de conformidad con la

presente ley y la Carta Fundacional de la Comuna. 3. Representar y negociar individualmente asuntos propios de la Comuna que corresponda decidir al Parlamento Comunal. 4. No rendición de cuentas en el tiempo establecido para ello. 5. Incurrir en malversación, apropiación, desviación de los recursos asignados, generados o captados por la Comuna o cualquier otro delito previsto en el ordenamiento jurídico aplicable. 6. Inaprobación del Informe de Gestión. 7. Desproteger, dañar, alterar o destruir el material electoral, archivos o demás bienes de la Comuna. Registro Electoral de la Comuna Artículo 58.- El registro electoral de la Comuna está conformado por la sumatoria de los registros electorales de los Consejos Comunales que la integran. Responsabilidades Artículo 59.- Los voceros o voceras integrantes del Parlamento Comunal, Consejo Ejecutivo, Consejo de Planificación, Consejo de Economía Comunal, Consejo de Contraloría Comunal y Banco de la Comuna, son responsables civil, penal y administrativamente por sus actuaciones.

CAPITULO IX DE LA JUSTICIA COMUNAL Justicia Comunal Artículo 60.- Es un medio alternativo de justicia que promueve el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualquier otra forma de solución de conflictos, ante situaciones derivadas directamente del ejercicio del derecho a la participación y a la convivencia comunal, de acuerdo a los principios constitucionales del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, sin contravenir las competencias legales propias del sistema de justicia ordinario. Jurisdicción Especial Comunal Artículo 61.- La ley respectiva establecerá la naturaleza, los procedimientos legales, las normas y condiciones para la creación de una jurisdicción especial comunal, donde se prevea su organización y funcionamiento, así como las instancias con competencia para conocer y decidir en el ámbito comunal, donde los jueces o juezas comunales serán elegidos o elegidas por votación universal, directa y secreta de los y las habitantes del ámbito Comunal mayores de quince años.

CAPITULO X DE LA REFORMA A LA CARTA FUNDACIONAL Reforma a la Carta Fundacional Artículo 62.- La Carta Fundacional podrá ser reformada mediante referendo popular a través del voto universal, directo y secreto de los electores de la Comuna mayores de quince años. A los efectos, la iniciativa para solicitar la reforma corresponde a un número de electores no inferior al quince por ciento (15%) del total de electores y electoras o a las dos terceras partes de los integrantes de los voceros y voceras principales de los consejos comunales de la Comuna. Las reformas de la Carta Fundacional serán refrendadas por el Consejo Ejecutivo y deberán ser publicadas en la Gaceta Comunal. CAPÍTULO XI DISPOSICIONES FINALES

Artículo 63. Registro de la Carta Fundacional. De conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica de las Comunas, se elaboran tres (3) ejemplares a un solo tenor de la presente Carta Fundacional, para su correspondiente registro ante el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia participación ciudadana.

Artículo 64. Publicación. En cumplimiento de la disposición prevista en el artículo 4 numeral 11 de la Ley Orgánica para las Comunas, una vez tramitado el registro de la presente Carta Fundacional se procederá a su publicación en la Gaceta Comunal cuando así corresponda.

Dada, firmada y sellada en la casa Comunal, sede del Parlamento Comunal de la “Comuna Socialista Las 10 Raíces de la Revolución”, en Puerto Cabello, a veintiocho días del mes de marzo del dos mil diecinueve. Años: 208° de la Independencia; 160° de la Federación; y 20° de la Revolución Bolivariana.

Por la Comisión Promotora:

José Rumbos

C.I. 8.599.270

Ana Cordero

C.I. 16.568.138

Leida Josefina Quevedo

C.I. 11.098.453

Beatriz Álvarez Vásquez

C.I. 10.250.742

Jesús Hjalmar Ruiz Pinto

C.I. 11.101.043

Pablo Rafael Morón Ortega

C.I. 3.138.428

Judith Coromoto Soto

C.I. 7.160.332

Miguel Granadillo

C.I. 7.166.830

Gladis Mercedes Sánchez Valera

C.I. 10.249.180

Ysela Margarita Martínez de Marín

C.I. 3.893.896

Jennyree Lisbeth Mocco Flores

C.I. 19.744.843

Oswald Rafael Marchena Espinoza

C.I. 11.095.511

Nencia América Jaramillo de Ibarra

C.I. 6.046.173

Karely del Valle Sequera Bernabe

C.I. 19.011.478

Juan Vicente Valientilla Alcalá

C.I. 4.784.447

Zoila Rosa Herrera Ochoa

C.I. 14.185.464

Leydis Mujica de Ovalles

C.I. 21.199.041

Marlis Páez Márquez

C.I. 16.568.759

Yorcelis del Valle Obduvel

C.I. 15.950.896

Elvis Alucemis Álvarez

C.I.

8.603.133

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