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CAMBIOS LEGALES, INSTITUCIONALES Y SOCIOECONÓMICOS NECESARIOS PARA LA APLICACIÓN DEL CAFTA EN GUATEMALA

INTRODUCCIÓN

La finalización de las negociaciones del CAFTA no debe ser considerada como el fin de una agotada carrera de esfuerzos que principalmente recayeron los grupos técnicos de negociación. La firma del CAFTA debe ser considerada como el inicio de un esfuerzo de parte de nuestro país y de los demás países de la región, que en el caso de Guatemala debe involucrar no solo al Organismo Legislativo, quién será el responsable de ratificarlo y, a diversidad de instancias pertenecientes al Organismo Ejecutivo, encabezadas estas últimas por el Ministerio de Economìa, quien será el responsable de implementarlo y administrarlo adecuadamente; sino mas bien debe ser un esfuerzo que involucre a toda la sociedad guatemalteca. Una vez ratificado por el Congreso norteamericano y por más de un parlamento centroamericano, el CAFTA podrá entrar en vigencia Desde este momento comenzarán a regir las nuevas reglas de juego a las que se deberá someter la economía guatemalteca y las demás centroamericanas en sus relaciones con los Estados Unidos. Estas reglas, serán determinantes para la dinámica económica regional y nacional, pues no sólo tienen que ver con el comercio y el intercambio de bienes, sino que abarca otras esferas claves de la misma: inversiones, intercambio de servicios, rol del Estado, derechos de propiedad intelectual, aspectos ambientales y laborales, bienestar de los consumidores, etc. El presente trabajo constituye la segunda entrega del Trabajo “El impacto del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y los Estados Unidos TLCAUSA para la economía guatemalteca”, el cual se refiere a información sobre las modificaciones legales e institucionales y socioeconómicas que él país tendrá que realizar para cumplir, implementar y administrar en forma adecuada el TLCAUSA. En la tercera entrega se realizará un estudió de impacto sobre algunas de las principales variables económicas (crecimiento del producto, empleo, exportaciones, etc.). Con ambas entregas se complementará la primera parte entregada que fue de carácter informativo y divulgativo. Gran parte del mismo se debe a la colaboración de la Dirección de Administración de Tratados de este Ministerio, por lo que aprovechamos para darles las gracias...

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CAPÍTULO 1 Cambios Legales e Institucionales para La Aplicación del CAFTA CAPITULO 3 TRATO NACIONAL Y ACCESO DE BIENES AL MERCADO Sección A: Trato Nacional 1. Modificación al Decreto 65-89, Ley de Zonas Francas. Se debe de eliminar del Decreto 65-89, en el Artículo 25, el requisito de desempeño que autoriza a los usuarios de Zonas Francas exportar hasta un máximo de 20% de su producción al Territorio Aduanero Nacional. Artículo CAFTA 3.4 2. Corresponde a la Superintendencia de Administración Tributaria, SAT, y al Ministerio de Economía, las reformas y ejecución de los compromisos adquiridos en materia de Desgravación arancelaria (Artículo CAFTA 3.3), Admisión Temporal de Bienes (Artículo CAFTA 3.5), Bienes reingresados después de reparación o alteración (Artículo CAFTA 3.6), Entrada libre de aranceles para muestras comerciales de valor despreciable y material impreso de publicidad (Artículo CAFTA 3.7), Restricciones a la importación y exportación (Artículo CAFTA 3.8), Tasas administrativas y formalidades (Artículo CAFTA 3.9). Sección F: Agricultura 1. En el Artículo 4.16 sobre Certificación de Origen: se adquirió el compromiso de que el importador, con fundamento en su conocimiento que la mercancía es originaria, certifique el origen. Este compromiso entrará en vigor 3 años después de la entrada en vigencia del Tratado. 2. Se tiene que desarrollar una legislación nacional que establezca el procedimiento para llevar a cabo la verificación de origen, tomando en consideración lo establecido en el artículo 4.20 del CAFTA, donde la parte importadora podrá verificar el origen de conformidad con su legislación nacional. Compromiso para que las Directrices Comunes sean publicadas a la fecha de entrada en vigor del Tratado, Artículo CAFTA 4.21.

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CAPITULO 4 REGLAS DE ORIGEN 1.

El Ministerio de Economía debe de publicar un Acuerdo Gubernativo sobre Procedimientos para Verificar Origen.

2.

Se tiene que implementar lo referente a Procedimientos en Aduanas a. b. c. d.

Publicación de Leyes Entrega de envíos currier (no más de seis horas) Despacho de mercancías en no más de 48 horas (existen excepciones) Evaluación de riesgo fiscal

Adoptar medidas sobre imposición de sanciones cuando se viole la legislación aduanera.

CAPITULO 5 ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y FACILITACIÓN DEL COMERCIO 1.

En el Artículo CAFTA 5.1.1 sobre Legislación aduanera y regulaciones y procedimientos administrativos de carácter general, existe el compromiso de que de conformidad con las disposiciones de la legislación nacional, se publicará, incluyendo en el Internet, la legislación aduanera, regulaciones y procedimientos administrativos de carácter general. Esta disposición entrará en vigor 2 años después de la entrada en vigencia del Tratado.

2.

En el Artículo CAFTA 5.2 sobre Despacho de Mercancías, se adquirió el compromiso de la adopción de procedimientos simplificados para el despacho de las mercancías, tanto dentro del sistema operativo como en la legislación aduanera.

3.

En el Artículo CAFTA 5.3 sobre Automatización, se tiene el compromiso de adoptar, en la legislación aduanera, las normas internacionales comunes para el procesamiento electrónico de la información. Entrará en vigor, 3 años después de la entrada en vigencia del Tratado.

4.

En el Artículo CAFTA 5.4 sobre la Implementación de sistemas de administración de riesgo en actividades de verificación, se tiene el compromiso de adoptarlos en la legislación aduanera, y entrarán en vigor 2 años después de la entrada en vigencia del Tratado.

5.

Artículo 5.5.1 sobre Cooperación, (a) Notificación Previa, se tiene el compromiso de realizar una notificación previa a las otras Partes, acerca de cualquier modificación significativa de su política administrativa y sobre cualquier otro acontecimiento similar en su legislación o regulaciones que rijan las importaciones o exportaciones que pudiera afectar sustancialmente el funcionamiento del Tratado.

6.

Artículo CAFTA 5.5.2 sobre Cooperación, (b) Cumplimiento de leyes, se tiene el compromiso de cooperar en el cumplimiento de leyes o regulaciones que rijan las importaciones y exportaciones con respecto a: A) Implementación y funcionamiento de este tratado, incluyendo reglas de origen y procedimiento aduaneros de origen. B) Implementación y funcionamiento del Acuerdo de la OMC sobre la implementación del artículo VII del GATT 1994. C) Restricciones y prohibiciones de importaciones o exportaciones

3

CAPITULO 5 ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y FACILITACIÓN DEL COMERCIO 7.

Artículo CAFTA 5.5.3 acerca de Cooperación e intercambio de información sobre transacciones comerciales. Se adquirió el compromiso de intercambio de información comercial entre autoridades aduaneras para prevenir e investigar actividades ilegales y contrabando.

8.

Artículo CAFTA 5.5.8, en el Acuerdo de Asistencia Mutua entre Administradores, se tiene la obligación que dentro de los seis meses posteriores a la suscripción del Tratado, las Partes deberán concluir un Acuerdo de Asistencia Mutua entre Administraciones Aduaneras.

9.

Artículo CAFTA 5.7, Envíos de Entrega Rápida, en donde Guatemala adquirió el compromiso de adoptar procedimientos que aceleren los envíos de entrega rápida manteniendo siempre procedimientos aduaneros apropiados de control. Entrará en vigor 1 año después de la entrada en vigencia del Tratado.

10. Artículo CAFTA 5.9, Sanciones. Guatemala tendrá que adoptar medidas que permitan la imposición de sanciones civiles, administrativas y cuando se considere apropiado penales por violación de su legislación aduanera y regulaciones que rijan la clasificación arancelaria, la valoración aduanera, el país de origen y los requerimientos para asegurar el tratamiento preferencial de conformidad a éste Tratado. 11. Artículo CAFTA 5.10, Resoluciones Anticipadas. Se tiene la obligatoriedad de establecer la unidad responsable y de procedimientos específicos para la Emisión de resoluciones anticipadas, con relación a: a) Clasificación arancelaria b) Aplicación de criterios de valoración aduanera c) Aplicación de la devolución, suspensión o diferimiento de aranceles aduaneros e impuestos a la importación d) Mercancías originarias e) Mercancías re-importadas f) Marcado de país de origen g) Aplicación de cuotas Entrará en vigor, 2 años después de la entrada en vigencia del Tratado.

CAPITULO 6 MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS 1. La Ley de Sanidad Animal y Vegetal en su Artículo 7 establece que adoptará toda medida acordada en tratados con otros países, por lo tanto, lo acordado en CAFTA pasa a ser parte de la ley nacional.

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CAPITULO 8 DEFENSA COMERCIAL En el texto negociado con Estados Unidos, no hay compromiso para crear, modificar o ampliar legislación alguna, ya que sigue rigiendo el Reglamento Centroamericano. CAPÍTULO 9 Contratación Pública COMPROMISO ADQUIRIDO Aviso en el caso de contratación futura que una contratación está cubierta por el Capítulo de Contratación pública Plazo de 40 días para la presentación de las ofertas

ARTICULO CAFTA Artículo 9.4. Publicación del Aviso de Contratación Futura

LEY QUE DEBE REFORMARSE Ley de Compras y Contrataciones del Estado

Artículo 9.5 Plazos para el Proceso de Presentación de Ofertas

2 años a partir de la entrada Ley de Compras y Contrataciones del Estado en vigor del Tratado

PLAZO 2 años a partir de la entrada en vigor del Tratado

Transmitir las modificaciones Artículo 9.6 Documentos de hechas a los documentos de Contratación contratación

2 años a partir de la entrada Ley de Compras y Contrataciones del Estado en vigor del Tratado

Adjudicar contratos mediante Artículo 9.9 Procedimientos de procedimientos de licitación Contratación abiertos

No hay plazo establecido Ley de Compras y Contrataciones del estado

Publicación de aviso de adjudicación de un contrato Establecer y mantener sistemas para declarar la in elegibilidad de los participantes en las contrataciones

2 años a partir de la entrada Ley de Compras y Contrataciones del estado en vigor del Tratado No hay plazo establecido Ley de Compras y Contrataciones del estado

Artículo 9.11 Información Sobre los Contratos Adjudicados Artículo 9.13 Garantía de Integridad en las Prácticas de Contratación

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CAPÍTULO 9 Contratación Pública COMPROMISO ADQUIRIDO

ARTICULO CAFTA

LEY QUE DEBE REFORMARSE

Proporcionar un tiempo Artículo 9.15 Revisión Nacional Ley de Compras y suficiente a los proveedores de Impugnaciones de Contrataciones del estado para preparar impugnaciones Proveedores (No menor a 10 días)

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PLAZO

2 años a partir de la entrada en vigor del Tratado

CAPÍTULO 10 Inversión COMPROMISO ARTICULO ADQUIRIDO CAFTA Desarrollar un órgano de apelación Anexo 10-F o mecanismo similar para revisar los laudos.

AUTORIDAD ENCARGADA Comisión de Libre Comercio

PLAZO 3 meses a partir de la entrada en vigencia del Tratado3

CAPÍTULO 11 Comercio Transfronterizo COMPROMISO ARTICULO ADQUIRIDO CAFTA a. Aplicar únicamente los contratos Lista de Guatemala de distribución y agencia, las reformas implementadas por el Decreto 8-98 del Congreso de la República al Código de Comercio. b. No aplicar el Decreto 78-71 del Congreso de la República, aún cuando los contratos hayan sido celebrados bajo la vigencia de esa ley. c. Renegociar nuevos contratos de distribución y agencia bajo el amparo de las reformas al Código de Comercio. a. Establecer la cláusula arbitral para los contratos de distribución y agencia, para el caso que las partes no

LEY QUE DEBE REFORMARSE • •

Lista de Guatemala

Ley del Organismo Judicial Código de Comercio

Código de Comercio

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PLAZO 1 año a partir de la entrada en vigencia del Tratado.

1 año a partir de la entrada en vigencia del Tratado.

CAPÍTULO 11 Comercio Transfronterizo COMPROMISO ARTICULO LEY QUE DEBE REFORMARSE ADQUIRIDO CAFTA establezcan una forma específica de resolver los conflictos. b. El arbitraje debe ser vinculatorio para las partes. Para los contratos que no tienen Lista de Guatemala Código de Comercio plazo específico de terminación (vigencia indefinida), permitir que se terminen dando un aviso de 6 meses. Compromisos Leyes Financieras Elaborar normas y criterios Anexo 12.9.2 mutuamente aceptables, para el Específicos otorgamiento de licencias y certificados de servicios profesionales.

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PLAZO

1 año a partir de la entrada en vigencia del Tratado

No hay plazo establecido ya que Guatemala debe cumplir con este compromiso cuando su legislación permita los esquemas de inversión colectiva.

CAPÍTULO 12

SERVICIOS FINANCIEROS Servicios Financieros 1. Crear Ley de Fondos de Pensiones 2. Crear Ley de Fondos Mutuos 3. Permitir a las empresas de seguros administrar los esquemas de inversión colectiva.

3.1 Modificar la Ley de Seguros, en el tema de Sucursales (Compromiso adquirido según el Anexo 12.9.2 Compromisos Específicos) 4. Creación del Comité de Servicios Financieros. En el Anexo 12.16.1 se establece su creación, el cual estará a cargo de la Superintendencia de Bancos y del Ministerio de Economía, a la entrada en vigencia del Tratado.

CAPÍTULO 13 Telecomunicaciones Entre las modificaciones que más resaltan, se encuentra la siguiente: 1. Modificar la “Ley de Telecomunicaciones” en el tema de Interconexión, la cual conforme lo negociado debe basarse en los costos.

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CAPÍTULO 13 Telecomunicaciones COMPROMISO ARTICULO ADQUIRIDO CAFTA Publicar la regulación del organismo Artículo 13.13 Transparencias regulatorio de telecomunicaciones y las tarifas para usuarios finales. •



LEY QUE DEBE REFORMARSE

Notificar públicamente a las Artículo 13.13 Transparencias personas interesadas y por adelantado, la normalización propuesta por un organismo regulatorio de telecomunicaciones Oportunidad de comentarios a dicha normalización

PLAZO

Ley de Telecomunicaciones

Entrada en vigencia del Tratado

Ley de Telecomunicaciones

Entrada en vigencia del Tratado

Poner a disposición del público las medidas relativas a servicios públicos de telecomunicaciones.

Artículo 13.13 Transparencias

Ley de Telecomunicaciones

Entrada en vigencia del Tratado

Asegurar que un proveedor dominante de servicios de telecomunicaciones proporciona interconexión a tarifas basadas en costos.

Anexo 13.4 Interconexión

Ley de Telecomunicaciones

2 años a partir de la vigencia del Tratado No más tarde del 1 de enero del 2007

10

CAPITULO 14 COMERCIO ELECTRÓNICO Crear Ley de Comercio Electrónico y Protección a la Firma Digital. Se debe de crear la legislación que regule y proteja al usuario del comercio electrónico.

CAPÍTULO 15 Propiedad Intelectual 1. Implementar, según lo negociado en CAFTA, en el Decreto 57-2000 “Ley de Propiedad Industrial” y a su Reglamento lo relacionado con: a. b. c. d. e.

Observancia de la ley Derecho de Autor y Derechos Conexos Marcas Patentes Protección de Datos de Prueba

2. Implementar, según lo negociado en CAFTA, en el Acuerdo Gubernativo 712-99 del Código de Salud, el Reglamento para el Control Sanitario de los Medicamentos y Productos Afines.

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CAPÍTULO 15 Propiedad Intelectual COMPROMISO Ratificar el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (1970)

ARTICULO Artículo 15.1 Disposiciones Generales

LEY QUE DEBE REFORMARSE

Ratificar el Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los Fines del Procedimiento en Materia de Patentes (1980)

Artículo 15.1 Disposiciones Generales

Antes del 1 de enero del 2006

Ratificar el Convenio Sobre la Artículo 15.1 Disposiciones Distribución de Señales de Satélite Generales Portadoras de Programas (1974)

Antes del 1 de enero del 2008

Ratificar el Tratado Sobre Derecho de Marcas (1994)

Antes del 1 de enero del 2008

el Artículo 15.1 Disposiciones Generales

Suscribir y ratificar Convenio Internacional par la Protección de las Obtenciones Vegetales (1991) Suscribir y ratificar el Tratado Sobre el Derecho de Patentes (2000)

PLAZO Antes del 1 de enero del 2006

Artículo 15.1 Disposiciones Generales

Antes del 1 de enero del 2010

Artículo 15.1 Disposiciones Generales

No existe porque es facultativo

Suscribir y ratificar el Arreglo de la Artículo 15.1 Disposiciones Haya Sobre el Depósito Generales Internacional de Diseños Industriales (1999)

No existe porque es facultativo

Suscribir y ratificar el Protocolo al Artículo 15.1 Disposiciones

No existe porque es facultativo

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CAPÍTULO 15 Propiedad Intelectual COMPROMISO ARTICULO Arreglo de Madrid sobre el Registro Generales Internacional de Marcas (1989)

LEY QUE DEBE REFORMARSE

• •

Publicar las leyes, reglamentos y procedimientos relativos a la protección u observancia de los derechos de propiedad intelectual.

Artículo 15.1.14 Disposiciones Generales

Proteger las marcas sonoras

Artículo 15.2 Marcas

Ley de Propiedad Industrial

Presumir la posibilidad de confusión cuando se usa un signo distintivo para bienes o servicios relacionados No exigir el registro de las licencias de marcas para afirmar cualquier derecho de una marca o para otros propósitos Establecer fundamentos para denegar protección a una indicación geográfica que puede provocar riesgo de confusión con una marca o solicitud de marca de buena fe. Establecer que los niveles de dominio superior del código de país (TLD) dispongan de procedimientos apropiados para la resolución de controversias, basado en los principios de UDRP. Proporcionar acceso público en línea para los registrantes de nombres de

Artículo 15.2 Marcas

Ley de Propiedad Industrial

Artículo 15.2 Marcas

Ley de Propiedad Industrial

Artículo 15.3.7 Geográficas

Ley de Propiedad Industrial Ley de Derechos de Autor

PLAZO

No hay plazo establecido

2 años a partir de la vigencia del Tratado • No hay plazo establecido porque no es necesaria la reforma. No hay plazo establecido.

Indicaciones Ley de Propiedad Industrial

2 años a partir de la vigencia del Tratado.

Artículo 15.4 Nombres de Dominio Ley de Propiedad Industrial en Internet

2 años a partir de la vigencia del Tratado

Artículo 15.4 Nombres de Dominio Ley de Propiedad Industrial en Internet

2 años a partir de la vigencia del Tratado

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CAPÍTULO 15 Propiedad Intelectual COMPROMISO

ARTICULO

LEY QUE DEBE REFORMARSE

dominio Establecer plazos para protección de Artículo 15.5 Obligaciones Ninguna derechos de autor pertinentes a Derecho de Autor y Derechos Conexos Nombres de • Emitir las leyes necesarias para Artículo 15.5.9 garantizar que todos los Dominio en Internet organismos federales o centrales del gobierno utilizarán programas de computación autorizados. • Realizar inventarios de programas autorizados y licencias autorizadas.



Proporcionar protección legal Artículo 15.5.7 adecuada a los autores y derechos conexos para impedir que personas no autorizadas, fabriquen, importen, distribuyan, ofrezcan al público o de otra manera trafiquen dispositivos, productos o componentes que evadan una medida tecnológica. • Responsabilidad penal para las personas que evadan una medida tecnológica. Delimitar las excepciones a las Artículo 15.5.7, Literales e) y f) medidas que permitan la evasión de

Ley de Derechos de Autor

Ley de Derechos de Autor

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PLAZO La reforma no es necesaria porque la Ley de Derecho de Autor de Guatemala contempla 75 años. • El Tratado contempla 2 años a partir de la vigencia; sin embargo la reforma no es necesaria porque la Ley de Derecho de Autor de Guatemala contempla la prohibición de utilizar programas de ordenador no autorizados. • En todo caso, la obligación radica en realizar un inventario de los programas que utilizan las entidades estatales. 3 años a partir de la vigencia del Tratado

3 años a partir de la vigencia del Tratado

CAPÍTULO 15 Propiedad Intelectual COMPROMISO una medida tecnológica a las actividades contempladas en los literales e) y f) del Artículo 15.5.7 Proporcionar protección legal y recursos legales adecuados para proteger la información sobre gestión de derechos (distribución e importación para distribución alterada o suprimida) Tipificar como delitos algunas acciones relacionadas con las señales de satélite codificadas portadoras de programas Protección para datos de prueba

ARTICULO

LEY QUE DEBE REFORMARSE

Artículo 15.5.8, literal a) ii)

Ley de Derecho de Autor

PLAZO

2 años a partir de la vigencia del Tratado

Artículo 15.8 Protección a las Ley de Derechos de Autor Señales de Satélite Codificadas Portadoras de Programas

18 meses a partir de la vigencia del Tratado.

Artículo 15.9.5 Patentes

1 año a partir de la vigencia del Tratado 3 años a partir de la vigencia del Tratado

Ley de Propiedad Industrial

Establecer indemnización Artículo 15.11.8 predeterminada como alternativa a los daños sufridos Requisitos para aplicar las medidas Artículo 15.11.20 Requisitos en frontera Especiales Relacionados con las Medidas en Frontera Garantía o caución para otorgar las Artículo 15.11.21 Requisitos medidas en frontera especiales relacionados con las medidas en frontera Comunicar al titular del derecho la Artículo 15.11.22 información relacionada con el consignador, importador y consignatario de las mercancías falsas Establecer recursos civiles contra los Artículo 15.11.14 actos violatorios de propiedad

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• •

Ley de Derecho de Autor Ley de Propiedad Industrial

2 años a partir de la vigencia del Tratado Las leyes guatemaltecas contemplan éstas disposiciones

ya 2 años a partir de la vigencia del Tratado

Ley de Derecho de Autor y Ley de 2 años a partir de la vigencia del Propiedad Industrial Tratado

Las leyes guatemaltecas contemplan éstas disposiciones

ya 3 años a partir de la vigencia del Tratado

CAPÍTULO 15 Propiedad Intelectual COMPROMISO intelectual Medidas en frontera de oficio

ARTICULO Artículo 15.11.23

Destruir las mercancías infractoras

Artículo 15.11.24

LEY QUE DEBE REFORMARSE

PLAZO

Ley de Derecho de Autor y Ley de 4 años a partir de la vigencia del Propiedad Industrial Tratado Las leyes guatemaltecas ya 3 años a patir de la vigencia del contemplan éstas disposiciones Tratado Las leyes guatemaltecas ya 2 años a partir de la vigencia del contemplan éstas disposiciones Tratado

Cargo por solicitud o almacenaje de Artículo 15.11.25 mercadería Establecimiento de incentivos Artículo 15.11.27 legales para que los proveedores de servicios colaboren con los titulares de derechos de autor. Limitaciones al alcance de los recursos disponibles contra los proveedores de servicios

Ley de Derechos de Autor

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30 meses a partir de la vigencia del Tratado.

CAPITULO 16 LABORAL 1. Trabajo Infantil: Debe modificarse en el Código de Trabajo la edad mínima para trabajar para que sea conforme la Organización Internacional del Trabajo, quien establece la edad mínima de 18 años. Revisar la Declaración de los principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo. 2. Trabajo Forzoso: Se debe de modificar el Código Penal, específicamente los artículos de Trabajo obligatorio o forzoso. También se debe de introducir modificaciones a las jornadas de trabajo del Organismo Judicial (actualmente son de 48 horas). 3. Código de Trabajo: Reforzar lo referente a la Salud Ocupacional para que esté de acuerdo a lo negociado en CAFTA. 4. Modificación a la Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila, Decreto 29-89, para garantizar el pago de los pasivos laborales en el momento de cierra de una empresa. 5. Está pendiente que el Ministerio de Trabajo se ponga de acuerdo con los otros Ministros de Centroamérica respecto a una carta de entendimiento relacionado con Trabajadores Migrantes y se formalice con Estados Unidos. CAPÍTULO 17 AMBIENTE Medio Ambiente 1. Impulsar y crear nueva legislación acerca de: a. b. c. d. e.

Ley de desechos tóxicos y su Reglamento Ley de Producción más Limpia y su Reglamento Ley del Agua y su Reglamento Ley de Emisión de Gases y su Reglamento Ley Audial y su Reglamento

2. Revisión y modificación de la Ley de Protección y Mejoramiento del Ambiente en lo que se refiere a multas e incentivos.

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CAPITULO 17 AMBIENTE COMPROMISO ARTÍCULO LEY QUE DEBE REFORMARSE PLAZO Mejorar los estándares de protección Artículo 17.1 Niveles de Protección Entrada en vigencia del Tratado nacional Observancia de la legislación Artículo 17.2.1 Aplicación y Entrada en vigencia del Tratado ambiental observancia de las leyes ambientales Entrada en vigencia del Tratado Garantizar el rápido y eficiente • Artículo 17.3 Reglas de acceso a tribunales para ventilar Procedimiento asuntos ambientales • Anexo 17.1 Entrada en vigencia del Tratado Implementar sistemas de • Artículo 17.4 Medidas para certificación, incentivos económicos Mejorar el Desempeño o fiscales, etc., para garantizar la Ambiental protección ambiental • Anexo 17.1 Implementar a través de legislación Artículo 17.12 Relación con Entrada en vigencia del Tratado ordinaria todos los Tratados Acuerdos Ambientales Ambientales Internacionales ratificados Designar un punto de enlace para Artículo 18.1 Puntos de enlace 60 días a la entrada en vigencia del facilitar las comunicaciones entre las Tratado. Partes Publicar las medidas vigentes o Artículo 18.3 Notificación y Entrada en vigencia del Tratado proyectos que puedan afectar el Suministro de Información funcionamiento del Tratado

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CAPÍTULO 18 TRANSPARENCIA COMPROMISO ARTÍCULO LEY QUE DEBE REFORMARSE PLAZO Designar un punto de enlace para Artículo 18.1 Puntos de enlace 60 días a la entrada en vigencia del facilitar las comunicaciones entre las Tratado Partes Publicar las medidas vigentes o Artículo 18.3 Notificación y Entrada en vigencia del Tratado proyectos que puedan afectar el Suministro de Información funcionamiento del Tratado

COMPROMISO Creación de la Comisión de Libre Comercio Designación del Coordinador del Tratado de Libre Comercio

CAPÍTULO 19 ADMINISTRACIÓN ARTÍCULO CAFTA AUTORIDAD ENCARGADA PLAZO Artículo 19.1 La Comisión de Libre Ministerio de Economía Entrada en vigencia del Tratado Comercio Artículo 19.2 coordinadores del Ministerio de Economía (Director de Entrada en vigencia del Tratado Tratado de Libre Comercio Administración de Comercio Exterior) Artículo 19.3 Administración de los Ministerio de Economía Entrada en vigencia del Tratado Procedimientos de Solución de Controversias

Designación de oficina para proveer apoyo administrativo a los paneles contemplados en el Capítulo de Solución de Controversias Creación de un Comité para la Artículo 19.4 Comité de Creación de Capacidades Cooperación para la Creación de Relacionadas con el Comercio Capacidades Comerciales Relacionadas con el Comercio Creación de grupos de trabajo ad Artículo 19.4 Comité de hoc (Facultativo) Cooperación para la Creación de Capacidades Comerciales Relacionadas con el Comercio Creación de un grupo de trabajo ad Artículo 19.4 Comité de hoc sobre administración aduanera y Cooperación para la Creación de

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Ministerio de Economía

Entrada en vigencia del Tratado

Ministerio de Economía (Comité Entrada en vigencia del Tratado para la Creación de Capacidades Relacionadas con el Comercio) Ministerio de Economía

Entrada en vigencia del Tratado

COMPROMISO facilitación del comercio

CAPÍTULO 19 ADMINISTRACIÓN ARTÍCULO CAFTA AUTORIDAD ENCARGADA Capacidades Comerciales Relacionadas con el Comercio

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PLAZO

CAPÍTULO 2

Los cambios en el sistema socioeconómico necesarios para aprovechar adecuadamente el CAFTA: Para poder responder en forma adecuada, además de los cambios propuestos en lo institucional y legal se hace necesario hacer modificaciones integrales en aspectos que maximicen el funcionamiento del sistema socioeconómico del país, con los cuales se espera que el país alcance niveles de competitividad que le permitan aprovechar las oportunidades que el CAFTA ofrece y de acuerdo al esquema propuesto por Eduardo Doryan Vicepresidente del Banco Mundial se deben realizar cambios estructurales, sociales, físicos y humanos, además de una estrategia de desarrollo integral que considere como una de sus partes medulares el libre comercio y la apertura económica.

Aspectos estructurales: 1. Un Gobierno honesto: El país debe tener un gobierno adecuado y organizado. Para lo cual hace se hace necesario el fortalecimiento institucional, la apertura institucional y un sistema reglamentario transparente, funcionarios capacitados y bien remunerados y honestos. 2. Un sistema Legal y Jurídico eficaz: El país debe fortalecer la protección de los derechos humanos y de la propiedad. Por ello se requiere fortalecer el sistema legal y jurídico, ala par de mejorar su eficacia. El fortalecimiento institucional del Organismo Judicial es de vital importancia 3. Un sistema financiero bien organizado y supervisado: A la par de los cambios legales e institucionales señalados anteriormente, se hace necesario fortalecer el sistema financiero buscando que el mismo este bien organizado, controlado y supervisado. 4. Una red de seguridad social y programas sociales: El fortalecimiento del seguro social y de los programas sociales esta vinculado con los compromisos adquiridos en el CAFTA en materia laboral. En materia social también es necesario buscar mecanismos que fortalezcan la unidad social, el sentido de comunidad e inclusión; que permitan contrarrestar los efectos nocivos causados por el deterioro creado por entornos proclives al conflicto, la inseguridad y la violencia; los cuales han afectado grandemente el clima económico y empresarial del país. 5. El fortalecimiento institucional: es de vital importancia, sobre todo en un los entes institucionales encargados de administrar e implementar, el tratado y en los entes encargados de defender los intereses del Estado guatemalteco.*

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Aspectos sociales 1. Instituciones de educación y de conocimientos: Es de sobra conocido el retrazo de nuestro país en materia educativa, por ello se hace necesario fortalecer la educación es un elemento fundamental no solo para el desarrollo y reducir la pobreza, sino además para aumentar la competitividad. Se debería tener como meta no solo alcanzar la educación universal a nivel primario sino también a nivel secundario, fortaleciendo la educación terciaria. La educación debe buscar la incorporación al aparato productivo de los avances de la ciencia, la tecnología y la transferencia de conocimientos. Mejorar la cobertura y calidad de la educación primaria y secundaria requiere aumentar: los recursos financieros públicos destinados a la educación, recursos pedagógicos, Incentivos (mejores instituciones), transferencias condicionadas a familias pobres Facilitar el acceso a la educación terciaria requiere: • Facilitar el acceso al crédito • Información (exámenes de Estado, observatorios laborales) • Recuperación de costos en la universidad pública • Asignación de recursos públicos según resultados

2. Fortalecimiento de la salud y la población: Para fortalecer la capacidad productiva del capital humano se hace necesario una mejora en el apoyo a las madres y la debida atención de la salud de los niños antes y durante la edad escolar.

Aspectos físicos y de infraestructura: . 1. Energía: El equilibrio entre energía y ambiente, entre lo publico y lo privado; entre acceso, equidad, y el la inexistencia de sistemas que garanticen el abastecimiento de la energía para el sistema económico, constituye un reto pendiente y de urgencia nacional. No obstante dicho tema es uno de los temas más álgidos y de vital importancia en la agenda del Plan Puebla Panamá. 2. Carreteras, transporte y telecomunicaciones: Los sistemas viales, fluviales, ferroviarios y de transporte aéreo son fundamentales para el desarrollo y permitirán conectar adecuadamente al país al mercado del CAFTA y a los demás mercados internacionales. 3. Desarrollo sostenible, cuestiones ambientales y culturales: Existe cada día mayor consenso en que la protección del ambiente es un problema de todos, lo que en el presente cazo ha dado como resultado la existencia de compromisos en materia

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ambiental dentro del propio CAFTA; además este tema es un elemento fundamental dentro de cualquier evaluación del bienestar de una sociedad. La conservación de la cultura reviste de gran importancia sobre todo en lo relativo a los libros y de los lugares históricos, pero también de la cultura nacional y de las artes. Lo cual nos es de gran utilidad para el turismo y sobre todo para el fortalecimiento de la identidad nacional.

Estrategias especificas para zonas rurales, urbanas y para el sector privado: 1. Estrategia para zonas rurales: Debido a que los pobres se concentran en las zonas rurales, es importante que los gobernantes establezcan estrategias rurales coherentes que combatan eficazmente la pobreza y la marginación. 2. Estrategia para zonas urbanas: La planificación urbana y la adopción de medidas adecuadas son fundamentales para maximizar la capacidad productiva del país. 3. Estrategia para el sector privado: Colateralmente a la política comercial se hace necesario fortalecer la política reglamentaria y relativa a la competencia y la buena gestión empresarial. 4. La política tributaria: Una adecuada Política Tributaria es fundamental, ya que la misma debe tener certeza y estabilidad, sobre todo para las empresas e inversionistas; pero a la vez debe ser el principal instrumento para combatir las desigualdades socioeconómicas y dentro de la misma (para el caso de los TLCs y más específicamente en el caso del CAFTA), debe constituirse en un instrumento en el que los sectores ganadores contribuyan a compensar a los sectores perdedores, tal y como lo indican los principios de justicia y de equidad tributaria. Los impuestos no deben ser vistos como una carga social, sino que los mismos ceben ser vistos como el mecanismo más adecuado para financiar los bienes públicos; como la seguridad, la salud, la educación, la infraestructura, la estabilidad macroeconómica y el Estado de Derecho.

Aspectos colaterales de la política comercial y de la integración regional: 1. Negociación y fortalecimiento de otros frentes comerciales: La negociación y fortalecimiento de otros frentes comerciales, deben contribuir a minimizar los riesgos implícitos a la dependencia que se tiene del mercado estadounidense. Las negociaciones de nuevos tratados y la vigencia de los tratados ya negociados, deben ser mecanismos que ofrezcan soluciones a los cuellos de botella que el CAFTA pueda presentar en algunos momentos.

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2. Fortalecimiento de la Integración Centroamericana: Si bien es cierto que Centroamérica al negociar listas separadas dentro del CAFTA significó un retroceso y un debilitamiento del proceso de integración regional, sin embargo la misma no es un limitante que impida plenamente el fortalecimiento y profundización de la integración regional. Recordemos que la integración regional ha sido el segundo mercado más importante para las exportaciones nacionales y por ende también debe ser considerado como un mecanismo que permita contrarrestar los cuellos de botella del CAFTA, y a la vez propiciar la eficiencia, la competitividad y la complementariedad económica de la región. Por consiguiente, un perfeccionamiento y una profundización de la integración centroamericana es imprescindible para la región sí es que en verdad se quiere maximizar el aprovechamiento de las oportunidades que ofrece el CAFTA. Es necesario recordar que uno de los condicionantes otorgados por la Unión Europea para iniciar negociaciones comerciales entre Europa y Centroamérica, lo constituye le perfeccionamiento y profundización de la integración regional. Lo cual debemos considerar más bien como un incentivo y no como un condicionante.

Aspectos empresariales 1. Desarrollo de las capacidades empresariales: Poco le servirá al país sí los gobernantes realizan sus mejores esfuerzos fortaleciendo los puntos anteriores, sí los empresarios nacionales no son capaces de innovar y aprovechar las oportunidades que el CAFTA les ofrece. 2. El cumplimiento y de los compromisos sociales de las empresas: El punto anterior debe ir acompañado de la llamada responsabilidad social de la empresa, la cual implica el cumplimiento de las obligaciones tributarias, y los compromisos que las empresas tienen con su gente y con su comunidad, sobre todo con los aspectos vinculados a los derechos laborales y al tema ambiental; ya que la rigidez dentro del CAFTA, eliminará la posibilidad de incumplir las leyes y los compromisos internacionales en dichas materias.

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