Aspectos Institucionales Y Legales

  • October 2019
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Dirección General de Agua Potable y Saneamiento Básico

MODERNIZACIÓN EMPRESARIAL EN MUNICIPIOS MENORES Y ZONAS RURALES

MARCO INSTITUCIONAL Y LEGAL

Área de Municipios Menores y Zonas Rurales

SEC TO R D E A GUA PO TA BLE Y SA NEA MIEN TO BASIC O

LEY 142 DE 1994

NIVEL NACIONAL ENTIDAD MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO - DGAPSB COMISION DE REGULACION DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO - CRA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS - SSP

FUNCIONES PLANEACION, POLITICAS, ASISTENCIA TECNICA, CAPACITACION REGULACION (TARIFAS)

VIGILANCIA Y CONTROL (NUIR) -TARIFAS-CDCS

DIRECCION CALLE 28 # 13A-15 PISO 17 TELEFONO 3821318 BOGOTA

CARRERA 7 # 71-52 TORRE B OFICINAS 1401-1402 TELEFONO: 3254820 BOGOTA

CARRERA 18 # 84-35 TELEFONO 6913014 BOGOTA

SEC TO R D E A GUA PO TA BLE Y SA NEA MIEN TO BASIC O

NIVEL REGIONAL ENTIDAD

DEPARTAMENTOS

FUNCIONES ASISTENCIA TECNICA, CAPACITACION, APOYO ORGANIZACIONES REGIONALES

RESPONSABLE

GOBERNACION DEPARTAMENTAL

NIVEL LOCAL MUNICIPIOS

FINANCIACION OBRAS, OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS A ESTRATOS 1, 2 Y 3, ORGANIZACIÓN ESP.

ALCALDIA MUNICIPAL

LEY 142 DE 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios LEY 286 DE 1996 Por el cual se modifica parcialmente la Ley 142 y 143 de 1994

-Límites en materia de factores de Contribución, tarifas y subsidios (Plazos). -Ampliación plazos proceso de Transformación. -Ampliación plazos viabilidad Empresarial.

LEY 632 DE 2000 Por el cual se modifica Parcialmente la Ley 142 ,143 de 1994, 223 de 1995 y 286 de 1986

-Definición servicio público de aseo. -Subsidio y contribuciones para los servicios de A.A.A. (Límites) -Esquema de prestación del servicio público domiciliario de aseo. (Metodología).

LEY 373 DE 1997 Programa uso eficiente y ahorro del agua

LEY 689 DE 2001 Por la cual se modifica parcialmente la Ley 142 de 1994

-Régimen de actos y contratos de las empresas. -Contratos especiales para la gestión de los servicios públicos. -Del control de gestión y resultados. -Liquidación de las empresas de servicio público. -Regulación,control y vigilancia del Estado en los SPD. - De la SSPD. - SUI. -Estratificación socio-económica. -Recursos de los usuarios. -El contrato de los SPD. -Defensa de los usuarios.

LEY 142 DE 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios Decreto 1429 de 1995 C.D.C.S

Decreto 2668 de 1999 Se reglamenta los art. 11 inciso 11.1, 11.6 y 146 de la Ley 142-94

Decreto 1987 de 2000 Reglamenta el artículo 11 de la Ley 142-94

Decreto 605 de 1996 Prestación del servicio Público domiciliario de aseo Decreto 302 de 2000 Prestación de los servicios públicos domiciliarios de A.A

Decreto 421 de 2000 Reglamenta el numeral 4° del artículo 15 de la Ley 142-94 Decreto 229 de 2002 Modifica parcialmente El Decreto 302 de 2000

Decreto 565 de 1996 F.S.R.I

Decreto 556 de 2000 Toma de posesión de las ESPD

Decreto 358 de 2002 Reglamenta el inciso 3° Numeral 6. 4° de la Ley 142-94

LEY 142 DE 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios En concordancia con las Leyes: Ley 388 de 1994 Plan de Ordenamiento Territorial

Ley 505 de 1999 Se fijan términos y Competencias para la Realización, adopción y Ampliación de la estrtificación

Ley 136 de1994 Modernización, Organización Y Funcionamiento de los municipios

Ley 510 de 1999 Estatuto orgánico del sistema financiero

Ley 715 del 2001 Ley deTransferencias

Ley 489 de1998 Organización y funcionamiento de las entidades del Orden nacional

Ley 675 de 2001 Propiedad Horizontal

Ley 732 de 2002 Plazos de la Estratificación Socio-económica

LEY 142 DE 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios En concordancia con los Decretos: Decreto 1842 de 1991 Estatuto nacional de Usuarios de los SPD

Decreto 475 de1998 Normas técnicas de Calidad del agua Potable

Decreto 796 de 1999 Permisos o licencias de ocupación y utilización del espacio público

Decreto 958 de 2001 Comisión Intersectorial de SPD

Decreto 891 de 2002 Reglamenta Art. 9 de la Ley 632/2000

Decreto 1359 de 1998 Instituciones de Economía solidaria que prestan SPD en forma especializada

Decreto 849 de 2002 Reglamenta Art. 78 de la Ley 715/2001

LEY 142 DE 1994 “De Servicios Públicos Domiciliarios” ¿QUÉ SO N LAS E MPR ESA S DE SER VIC IOS PU BLIC OS? Artículo 17 Ley 142/94:

LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS SON SOCIEDADES POR ACCIONES CUYO OBJETO ES LA PRESTACÍON DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS. (SEGÚN SU COMPOSICION ACCIONARIA, ESTAS SOCIEDADES PUEDEN SER PUBLICAS, PRIVADAS O MIXTAS.) PROCEDIMIENTOS PARA SU CONSTITUCION:

a) Celebración contrato de constitución de la sociedad (nombre, domicilio, tipo de sociedad - ESP, objeto social, capital, forma de administrar los negocios, funcionamiento asamblea, accionistas, causales de liquidación, nombres, representantes legales, etc. ). b) Registro de escritura en la Cámara de Comercio correspondiente. c) Informar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios SSPD (debe hacerse antes que la sociedad comience a desarrollar sus actividades). d) Cuando se trate de empresas que incorporen capital público es necesario contar con la aprobación del Concejo, Asamblea o del Congreso, según se trate de ESP municipales, departamentales o nacionales.

LEY 142 DE 1994 “De Servicios Públicos Domiciliarios”

¿Q UIÉ NES PU ED EN P RES TAR LO S SER VI CIOS PU BLI COS DO MI CILI AR IOS? • Las Empresas de Servicios Públicos (Por acciones - Código de Comercio). • Las personas naturales o jurídicas que produzcan bienes o servicios propios de las Empresas de Servicios Públicos domiciliarios, como complemento de su actividad para sí mismo o para una clientela. • Las organizaciones autorizadas para la prestación de los servicios en las zonas rurales o municipios menores. • Las entidades descentralizadas que se adecuen al artículo 17 de la Ley 142 de 1994. Nota: Esta última alternativa fue modificada por la Ley 286 de 1996, en el sentido de que aquellas entidades que no se acogieron a esta posibilidad en el plazo estipulado, deben transformarse a empresas de servicios públicos. Por lo tanto no es posible transformar una Empresa de Servicios Públicos en Empresa Industrial y Comercial del Estado.

LEY 142 DE 1994 “De Servicios Públicos Domiciliarios”

¿C UÁ NDO LO S MU NICI PI OS PU ED EN AS UM IR DI REC TA MEN TE LA PRE STAC ION DE LO S SER VI CIOS PU BLI COS DO MI CILI ARI OS? Artículo 6° Ley 142/94: • Cuando habiendo hecho invitación pública a empresas prestadoras de servicios, ninguna se ofreciera a prestarlos. • Cuando no obtiene respuesta adecuada de otros municipios, del departamento al que pertenece, de la Nación o de otras entidades públicas o privadas invitadas a organizar la empresa prestadora Cuando, a pesar de que existan empresas dispuestas a prestar el servicio, estudios aprobados por la SSPD demuestren que los costos y la calidad del servicio prestado por el municipio son más convenientes para los usuarios. •

LEY 142 DE 1994 “De Servicios Públicos Domiciliarios”

¿C ÓMO LA S ORG ANIZA CI ONES COMU NITAR IAS PU ED EN ASU MI R LA PRE STA CI ON DE LO S SER VICI OS PU BLI CO S DO MI CI LI ARI OS?

• Definición tipo de organización comunitaria (Ej. Junta Administradora, Asociación de Usuarios).

• Elaboración estatutos. • Asamblea General Constitutiva: - Aprobación estatutos. - Nombramientos cargos directivos y control fiscal. • Registro ante la Cámara de Comercio (obtención certificado de Existencia y Representación Legal). • Registro ente la CRA y SSPD. • Registro ante la DIAN.

LEY 142 DE 1994 “De Servicios Públicos Domiciliarios”

PERS ON AS P RE STADORAS DE LOS S ERVI CIOS PUBLIC OS DO MIC ILIARIO S NATURALEZA JURIDICA

CARACTER

Empresa Industrial y Comercial

Oficial

Sociedad por acciones

Oficial, privada o mixta

Municipios (Adm. Central)

Entidad territorial

Estatal

Productores marginales independientes o para uso particular

Persona natural

NOMBRE

Empresa de Servicios Públicos - ESP

Pública o privada Persona Jurídica

Organizaciones autorizadas conforme a la Ley 142/94- Decreto 421 de 2000

Personas jurídicas sin ánimo de lucro

Privadas

Entidades autorizadas durante los períodos de transición

Establecimientos públicos

Entidad estatal

ALTE RNAT IV AS DE P ARTICIP AC ION PRIVAD A E N LA GE STIÓ N Y O PERACI ÓN DE LO S S ERVIC IOS



CONCESIÓN INTEGRAL O PLENA



ESQUEMA CONSTRUCTOR - OPERADOR



CONCESIÓN A EMPRESA DE ECONOMÍA MIXTA



BOT (Build, Operate & Transfer)



ESQUEMA DE ARRIENDO



ESQUEMA DE GESTION



CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

LEY 142 DE 1994 “De Servicios Públicos Domiciliarios”

CO MPRO MISOS LE GALES DE LAS E MPRE SAS PRESTADOR AS Y DE LO S M UNIC IP IOS

• Determinación de la viabilidad empresarial. (Resolución

151/2001 – CRA). • Implementar la transformación de la naturaleza jurídica.

(Art. 6, 17 y 180 Ley 142/94), Circular 05/95 SSP. • Determinación de los costos económicos del servicio.

(Art.87.1 Ley 142/94, Resolución 151/2001 – CRA). • Separación de las contabilidades. (Arts. 6.4 y 18 Ley

142/94) • Creación de la oficina de P.Q.R. (Arts.152 a 159 Ley

142/94). Circular No. 01 y 02 de 1996 SSP.

LEY 142 DE 1994 “De Servicios Públicos Domiciliarios”

CO MPRO MISOS LE GALES DE LAS E MPRE SAS PRE STADO RAS

• Organizar el sistema de control interno. (Arts. 45 a 49),

Ley 87 de 1993 • Implantar un sistema uniforme de información y

contabilidad. (Art. 79.3), Res 1416 y 1417 de 1997 SSP. • Desarrollar el Catastro de Suscriptores. • Desarrollar

programas de macromedición y micromedición. Res. 14/97 CRA; Circular 002/2000 SSPD

• Disposición de residuos sólidos en rellenos sanitarios

(Resolución 151/2001 - CRA)

LEY 142 DE 1994 “De Servicios Públicos Domiciliarios”

CO MPRO MISOS LE GALES DE LAS E MPRE SAS PRE STADO RAS •

Implantar la Estratificación socio-económica de los usuarios. (Art. 101), Res. 1359/96 SSP, Ley 505/99 y Ley 689/2001, Art. 16, Ley 732).



Contratar Auditoría Externa para evaluar el cumplimiento de las metas del PGR. (Art. 51 y 52), Circular 005/95 SSPD; Circular 001/2000 SSPD. (Modificado por Ley 689/2001 la cual exonera a municipios menores y zonas rurales a contratar auditorias externas).



Crear los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos. ( Art. 89, Decreto 565/95. Obligación de las E.T.)



Efectuar un programa de ahorro y uso eficiente del agua. (Ley 373 de 1997 Art. 1, 2 y 3) y Decreto 3102/97.

LEY 142 DE 1994 “De Servicios Públicos Domiciliarios”

CO MPRO MISOS LE GALES DE LAS E MPRE SAS PRE STADO RAS •

Reducir el Índice de Agua No Contabilizada (IANC) al 30% Resolución 151/2001 - CRA. Revisar y adecuar la estructura tarifaria aprobada, si se están cobrando cargos por conexión. Resolución 151/2001 – CRA. Celebración del Contrato de Condiciones Uniformes de los servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo con los usuarios. (Art. 128 a 133 Ley 142/94), Resolución 151/2001 – CRA.

OTROS COMPROMISOS: Cumplimiento de las Normas Técnicas de Calidad del Agua (Minsalud - Decreto 475/98). Sujeción al Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico - RAS (MDE - Resol. 1096 de Noviembre 17/2000)

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