Articulos-karla (1).docx

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Art.

185

186

Título

Extorción

Estafa

Qué es

Quién compete

La persona que, con el propósito de obtener provecho personal o para un tercero, obligue a otro, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o el de un tercero La persona que, para obtener un beneficio patrimonial para sí misma o para una tercera persona, mediante la simulación de hechos falsos o la deformación u ocultamiento de hechos verdaderos, induzca a error a

Personas a sí mismo o terceros

Personas

Cuál es la pena o sanción -Será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. -La sanción será de cinco a siete años si se verifican algunas circunstancias

Será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años

Ejemplo reciente suscitado en Ecuador

En Guayaquil sucedió un nuevo caso de supuesta extorsión que involucra a cuatro policías. Los uniformados prestan sus servicios en el Distrito Modelo y fueron detenidos El hecho ocurrió el sábado anterior en el sector de Sauces, en el norte de la ciudad, cuando dos ciudadanos de nacionalidad peruana fueron interceptados por los policías en posesión de teléfonos celulares que no pudieron justificar. En ese momento, presuntamente los servidores policiales les solicitaron USD 200 para no llevarlos detenidos. Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO en la siguiente dirección:https://www.elcomercio.com/actualidad/guayaquilextorsion-policias-investigacion-ecuador.html. Si está pensando en hacer uso del mismo, por favor, cite la fuente y haga un enlace hacia la nota original de donde usted ha tomado este contenido. ElComercio.com Ilusionados en duplicar y hasta triplicar su dinero, unas 200 personas en Santa Elena y de otras provincias del país, habrían sido estafados por una mujer identificada como Rebeca quien se le entregaba cuantiosas sumas de dinero. A decir de los perjudicados, Rebeca tiene buen léxico y les persuadía aduciendo que era ejecutiva de una supuesta cooperativa de ahorro y crédito que buscaba beneficiar a emprendedores de manera especial de quienes les gustaban las inversiones.

https://www.extra.ec/actualidad/estafa-sucesos-delincuenciasantaelena-JX2275139

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Apropiación fraudulenta por medios electrónicos

otra, con el fin de que realice un acto que perjudique su patrimonio o el de una tercera La persona que utilice fraudulentamente un sistema informático o redes electrónicas y de telecomunicacion es para facilitar la apropiación de un bien ajeno o que procure la transferencia no consentida de bienes, valores o derechos en perjuicio de esta o de una tercera, en beneficio suyo o de otra persona alterando, manipulando o modificando el funcionamiento de redes electrónicas, programas,

Personas

Será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Desde enero hasta mayo de este año se presentaron en la Fiscalía General del Estado 530 denuncias. La mayoría corresponde a apropiación fraudulenta por medios electrónicos. La Fiscalía General del Estado registró 530 delitos informáticos en los primeros cinco meses de 2018, en el mismo período del año anterior se presentaron 635 denuncias. Las cifras evidencian una disminución. En Guayas hubo 18 casos; Pichincha, 145; Manabí, 24; El Oro, 22; en el resto de provincias se registró una cantidad menor. La mayoría de denuncias (368) corresponde al delito de “apropiación fraudulenta por medios electrónicos” Esta noticia ha sido publicada originalmente por Diario EL TELÉGRAFO bajo la siguiente dirección: https://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/judicial/1/en-ecuador-el85-de-los-delitos-informaticos-ocurre-por-descuido-del-usuario Si va a hacer uso de la misma, por favor, cite nuestra fuente y coloque un enlace hacia la nota original. www.eltelegrafo.com.ec

202

231

Receptación

Transferencia electrónica de activo patrimonial

sistemas informáticos, telemáticos y equipos terminales de telecomunicacion es La persona que oculte, custodie, guarde, transporte, venda o transfiera la tenencia, en todo o en parte, de bienes muebles, cosas o semovientes conociendo que son producto de hurto, robo o abigeato o sin contar con los documentos o contratos que justifiquen su titularidad o tenencia La persona que, con ánimo de lucro, altere, manipule o modifique el funcionamiento

Personas

Será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años

Portoviejo. Personal de la Policía Nacional capturó a un sujeto, quien habría presuntamente robado el celular a una estudiante, en la capital manabita. Este miércoles 22 de julio, a las 13h30, una ciudadana se acercó hasta las oficinas de la Policía Judicial para presentar la denuncia por el robo de sus pertenencias, entre ellas su celular, suceso ocurrido el sábado 11 de este mes. Con la denuncia, los uniformados de la Brigada Anticriminal (BAC) se trasladaron hasta las calles Rocafuerte y Córdova, donde según la víctima estaría su teléfono celular. Allí se ubicó al ciudadano Joan Steven V.R., y al realizarle un registro minucioso, se encontró dos celulares IPhone y 114,81 dólares, por lo que fue trasladado hasta las oficinas de la Policía Judicial, donde la victima reconoció su celular, indicó la factura, en la cual consta el código IMEI del teléfono.

https://www.ministeriointerior.gob.ec/un-detenido-por-el-presuntodelito-de-receptacion-en-portoviejo/

Personas

Será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

265

Almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de hidrocarburos en las provincias fronterizas, puertos marítimos o fluviales o mar territorial

de programa o sistema informático o telemático o mensaje de datos, para procurarse la transferencia o apropiación no consentida de un activo patrimonial de otra persona en perjuicio de esta o de un tercero La persona que, en las provincias fronterizas, puertos marítimos, fluviales o mar territorial, almacene, transporte, envase, comercialice o distribuya sin la debida autorización, productos derivados de hidrocarburos incluido el gas licuado de

Personas

Será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

Huaquillas, 25 de febrero de 2015.- Dos personas quedaron con prisión preventiva al terminar la audiencia de formulación de cargos en su contra, por presuntamente integrar una organización dedicada al tráfico y almacenamiento ilegal de hidrocarburos desde Ecuador hacia Perú. En la diligencia efectuada la mañana del miércoles 25 de febrero de 2015 en la Unidad Judicial de Huaquillas, provincia de El Oro, la Fiscalía logró oficializar la prisión preventiva contra los dos procesados en este caso, quienes son de nacionalidad ecuatoriana y peruana. https://www.fiscalia.gob.ec/prision-preventiva-contra-dos-personas-portrafico-de-combustible/

275

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Ingreso de artículos prohibidos

Peculado

petróleo o biocombustibles La persona que ingrese, por sí misma o a través de terceros, a los centros de privación de libertad, bebidas alcohólicas, sustancias catalogadas y sujetas a fiscalización, armas, teléfonos celulares o equipos de comunicación; bienes u objetos prohibidos adheridos al cuerpo o a sus prendas de vestir

Las o los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del

Personas

Será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Una red delictiva que presuntamente ingresó objetos y artículos prohibidos al Centro de Privación de Libertad Regional Zonal 8 del Guayas, era liderada por una persona privada de la libertad, de nombre Jorge Luis Z. G. alias ‘JL’ o ‘Rasquiña’, según información de la Policía Nacional. La operación Fantasma, desarrollada la mañana de este domingo 17 de febrero del 2019, terminó con la captura de 21 efectivos policiales y 5 civiles implicados en el presunto ingreso de una ambulancia con drogas, alcohol, objetos prohibidos y trabajadoras sexuales al centro penitenciario de la vía a Daule, al noroeste de Guayaquil. Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO en la siguiente dirección:https://www.elcomercio.com/actualidad/redarticulos-carcel-privado-libertad.html. Si está pensando en hacer uso del mismo, por favor, cite la fuente y haga un enlace hacia la nota original de donde usted ha tomado este contenido. ElComercio.com

Las o los servidore s públicos y las personas

Serán sancionados con pena privativa de libertad de diez a trece años

Luego de varias postergaciones, desde la mañana de este 4 de octubre de 2018 se desarrolla la audiencia de juzgamiento por el delito de peculado contra de cuatro procesados: dos exgerentes de Petroecuador, Carlos Pareja Yannuzzelly y Álex Bravo, Diego Tapia, exfuncionario petrolero; y Jorge Vivar, empresario privado. En el esquema de corrupción se habrían realizado contratos que provocaron un perjuicio por unos $7 millones.

279

Enriquecimient o ilícito

Estado, determinadas en la Constitución de la República, en beneficio propio o de terceros; abusen, se apropien, distraigan o dispongan arbitrariamente de bienes muebles o inmuebles, dineros públicos o privados, efectos que los representen, piezas, títulos o documentos que estén en su poder en virtud o razón de su cargo Las o los servidores públicos y las personas que actúen en virtud

Según la Fiscalía de Pichincha, existen elementos de convicción para comprobar el delito. De acuerdo a un informe de indicios de responsabilidad penal de la Contraloría General del Estado, de 2016 presentado por Fiscalía, los exfuncionarios fueron resposnables de la firma de un contrato para la recuperación de condensados de la Refinería de Esmeraldas por $27 millones. https://www.ecuavisa.com/articulo/noticias/actualidad/421691-2exgerentes-petroecuador-son-juzgados-peculado

Las o los servidore s públicos

Serán sancionados con pena privativa de libertad de

El Tribunal de la Corte Nacional de Justicia condena por el delito de enriquecimiento ilícito a diez años de cárcel al exministro de Hidrocarburos, Carlos Pareja Yannuzzelli. La pena recibida hoy se suma a dos condenas anteriores que pesaban contra el exfuncionario

280

Cohecho

de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, determinadas en la Constitución de la República, que hayan obtenido para sí o para terceros un incremento patrimonial injustificado a su nombre o mediante persona interpuesta, producto de su cargo o función, superior a cuatrocientos salarios básicos unificados del trabajador en general Las o los servidores públicos y las personas que

y las personas

siete a diez años.

público: una a cinco años por el delito de cohecho y otra de seis años por el delito de asociación ilícita. Al mediodía de hoy, el fiscal general Pérez, dentro de su teoría del caso, acusó al exministro Pareja Yannuzzelli de un incremento injustificado en su patrimonio de $1'236.849,13. Para Fiscalía este patrimonio no revelado, ni justificado es producto de las funciones que desempeñó Pareja Yannuzzelli como gerente de Refinación, gerente general de EP Petroecuador y ministro de Hidrocarburos, entre el 19 de marzo de 2012 y el 29 de abril de 2016. https://www.eluniverso.com/noticias/2018/05/09/nota/6751479/carlospareja-yannuzzelli-sera-juzgado-hoy-delito-enriquecimiento

Las o los servidore s públicos

Serán sancionados con pena privativa de

El Tribunal de la Corte Nacional de Justicia, integrado por los Richard Villagómez, Daniella Camacho y Édgar Flores, analizan los argumentos para la casación de la sentencia que recibieron diez

289

Testaferrismo

actúen en virtud y las de una potestad personas estatal en alguna de las instituciones del Estado, enumeradas en la Constitución de la República, que reciban o acepten, por sí o por interpuesta persona, beneficio económico indebido o de otra clase para sí o un tercero, sea para hacer, omitir, agilitar, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones La persona que Personas consienta en aparentar como suyos bienes muebles,

libertad de uno a tres años

sentenciados en calidad de autores y cómplices del delito de cohecho relacionado a actos de corrupción en Petroecuador. En este caso la Fiscalía investigó a un grupo de funcionarios públicos y contratistas petroleros que supuestamente entregaron y recibieron dineros, crearon empresas offshore para mover recursos que provenían de la entrega de contratos relacionados con la Rehabilitación de la Refinería de Esmeraldas. 18 fueron los procesados en esta causa. https://www.eluniverso.com/noticias/2018/07/11/nota/6853928/iniciaaudiencia-casacion-caso-petroecuador

Será sancionada con pena privativa de libertad de

Fiscalía dispuso que Iván Granda, subsecretario de Acción Política de la Presidencia de la República, rinda este jueves (15:00 locales) versión y entregue evidencias sobre acuerdos escritos que él dice haber firmado con 17 supuestos testaferros de ilícitos cometidos en el

235

Engaño al comprador respecto a la identidad o calidad de las cosas o servicios vendidos

inmuebles, títulos, acciones, participaciones, dinero, valores o efectos que lo representen, producto del enriquecimiento ilícito de la o el servidor o ex servidor público o producto del enriquecimiento privado no justificado

tres a cinco años.

Gobierno pasado. El delito que se investiga de forma previa en este caso sería el de testaferrismo. El anuncio lo hizo el jueves la fiscal general encargada Ruth Palacios ante las aseveraciones efectuadas por Granda el miércoles sobre la existencia de acuerdos del Gobierno de Lenín Moreno con 17 supuestos testaferros que habrían colaborado en hechos de corrupción. Estos funcionarios tendrían los nombres y hechos en los que estarían relacionados. https://www.eluniverso.com/noticias/2019/01/31/nota/7166339/subsec retario-ivan-granda-convocado-rendir-version-caso

La Personas persona que provoque error al comprador o al usuario acerca de la identidad o calidad de la cosa o servicio vendido, entregando fraudulentament e un distinto

Si se determina responsabilid ad penal de una persona jurídica, será sancionada con multa de diez a quince salarios básicos unificados del

Patricia Morejón, fiscal provincial del Guayas, dio a conocer este martes 10 de enero del 2017, que inició de oficio un proceso investigativo contra las agencias que publicitan cirugías estéticas en programas emitidos en medios televisivos. Morejón dijo que el primero en ser investigado será el programa ‘Hola Mauricio’, que promociona cirugías estéticas en un canal de televisión de señal abierta. “Luego se indagará otras agencias que emiten publicidad engañosa”.

https://www.elcomercio.com/actualidad/fiscalia-investigacionpublicidadenganosa-programas-cirugiasesteticas.html. Si está

236

Casinos, salas de juego, casas de apuestas o negocios dedicados a la realización de juegos de azar

objeto o servicio ofertado en la publicidad, información o contrato o acerca de la naturaleza u origen de la cosa o servicio vendido, entregando una semejante en apariencia a la que se ha comprado o creído comprar, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año. La persona que Personas administre, ponga en funcionamiento o establezca casinos, salas de juego, casas de apuestas o

trabajador en general.

pensando en hacer uso del mismo, por favor, cite la fuente y haga un enlace hacia la nota original de donde usted ha tomado este contenido.

La persona que con afán de lucro lleve a cabo las actividades señaladas en el inciso anterior,

En el barrio San Pedro allanaron una casa donde funcionaba un casino clandestino. En el lugar encontraron ocho máquinas, una refrigeradora y más de 100 fichas que eran comercializadas a un dólar para jugar en los equipos, informó el fiscal Washington Yaranga. También incautaron 140 dólares en efectivo y arrestaron a tres personas, de cuales una era de nacionalidad peruana.

negocios dedicados a la realización de juegos de azar, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

297

Enriquecimien to privado no justificado

La persona que obtenga para sí o para otra, en forma directa o por interpuesta persona, incremento

Personas

simulando que las efectúa sin fines de lucro, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Serán comisados los instrumentos, productos o réditos utilizados u obtenidos por el cometimiento de la infracción. Será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

La Jueza Paola Logroño acogió el pedido de Fiscalía y dictó sentencia de 3 años de pena privativa de libertad a Marcelo E. por el delito de enriquecimiento privado no justificado. https://www.fiscalia.gob.ec/fiscalia-logra-sentencia-marcelo-eenriquecimiento-privado-no-justificado/

298 ,

Defraudación tributaria

patrimonial no justificado mayor a doscientos salarios básicos unificados del trabajador en general La persona que simule, oculte, omita, falsee o engañe en la determinación de la obligación tributaria, para dejar de pagar en todo o en parte los tributos realmente debidos, en provecho propio o de un tercero

Las o los servidore s públicos y las personas

En los casos de los numerales del 1 al 11, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. En los casos de los numerales del 12 al 14, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Cuando el monto de los

En audiencia preparatoria de juicio por el delito de defraudación tributaria en contra de Angel V., Silvia A. y Josselyn V, los procesados solicitaron someterse al procedimiento abreviado, aceptando la culpabilidad en los hechos imputados. El Juez Vinicio Suntaxi dictaminó 8 meses de pena privativa de libertad, una multa de cuatro salarios básicos unificados, la reparación integral y las disculpas públicas ante la ciudadanía de Santo Domingo de los Tsáchilas. La investigación de la Fiscalía, a través de las pericias realizadas a las cuentas bancarias de los procesados, determinó que las acreditaciones en las mismas no eran razonables, puesto que difieren con los ingresos declarados, una suma que se acerca al millón y medio de dólares. https://www.fiscalia.gob.ec/tres-procesados-aceptaron-su-culpa-en-eldelito-de-defraudacion-tributaria/

comprobantes de venta supere los cien salarios básicos unificados del trabajador en general, será sancionada con el máximo de la pena privativa de libertad prevista para estos delitos. En los casos de los numerales del 15 al 17, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Cuando los impuestos defraudados superen los cien salarios

básicos unificados del trabajador en general, será sancionada con el máximo de la pena privativa de libertad prevista para estos delitos. En el caso de los numerales 18 y 19, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Cuando los impuestos retenidos o percibidos que no hayan sido declarados o pagados, así como en los casos de

impuestos que hayan sido devueltos dolosamente, superen los cien salarios básicos unificados del trabajador en general, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años. Constituye defraudación agravada y será sancionada con el máximo de la pena prevista para cada caso, la cometida con la participación de uno o más

funcionarios o servidores de la administració n tributaria y acarreará, además, la destitución del cargo de dichos funcionarios o servidoresEn el caso de personas jurídicas, sociedades o cualquier otra entidad que, aunque carente de personería jurídica, constituya una unidad económica o un patrimonio independiente de la de sus miembros, de conformidad

con lo dispuesto en este Código, serán sancionadas con pena de extinción de la persona jurídica y multa de cincuenta a cien salarios básicos unificados del trabajador en general. Las personas que ejercen control sobre la persona jurídica o que presten sus servicios como empleadas, trabajadoras o profesionales, serán responsables como autoras

si han participado en la defraudación tributaria en beneficio de la persona jurídica, aunque no hayan actuado con mandato alguno. En los casos en los que la o el agente de retención o agente de percepción sea una institución del Estado, la o el funcionario encargado de la recaudación, declaración y entrega de los impuestos percibidos o

retenidos al sujeto activo, además de la pena privativa de libertad por la defraudación, sin prejuicio de que se configure un delito más grave, será sancionado con la destitución y quedará inhabilitado para ocupar cargos públicos por seis meses. Cada caso será investigado, juzgado y sancionado sin perjuicio del cumplimiento

299

Defraudación aduanera

de las obligaciones tributarias, así como del pago de los impuestos debidos La persona que Las o los será perjudique a la servidore sancionada administración s con pena aduanera en las públicos privativa de recaudaciones y las libertad de de tributos, personas tres a cinco sobre años y multa mercancías de hasta diez cuya cuantía sea veces el valor superior a de los tributos ciento cincuenta que se salarios básicos pretendió unificados del evadir trabajador en general,si realiza cualesquiera de los siguientes actos: 1. Importe o exporte mercancías con documentos

Rueda de prensa el director distrital de Guayaquil del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, Antonio Avilés, dio a conocer un nuevo golpe al contrabando en el Puerto Marítimo de Guayaquil CONTECON, donde se identificó un contenedor que intentaba hacer una defraudación aduanera al Estado, valorada en más de USD 1 millón de dólare.

https://www.aduana.gob.ec/senae-frena-otro-caso-de-defraudacionaduanera-por-mas-de-usd-1-millon/

falsos o adulterados para cambiar el valor, calidad, cantidad, peso, especie, antigüedad, origen u otras características como marcas, códigos, series, modelos; en el presente caso el ejercicio de la acción penal no depende de cuestiones prejudiciales cuya decisión competa al fuero civil. 2. Simule una operación de comercio exterior con la finalidad de obtener un incentivo o beneficio

económico total o parcial o de cualquier otra índole. 3. No declare la cantidad correcta de mercancías. 4. Oculte dentro de mercancías declaradas otras mercancías sujetas a declaración. 5. Obtenga indebidamente la liberación o reducción de tributos al comercio exterior en mercancías que según la Ley no cumplan con los requisitos para gozar de tales beneficios. 6. Induzca, por cualquier

300

Receptación aduanera

medio, al error a la administración aduanera en la devolución condicionada de tributos. La adquisición a título oneroso o gratuito, recepción en prenda o consignación y tenencia o almacenamiento de mercancías extranjeras, cuya cuantía sea superior a ciento cincuenta salarios básicos unificados del trabajador en general, sin que el tenedor de las mismas acredite su legal importación o

Las o los servidore s públicos y las personas

Será sancionada con una pena privativa de libertad de uno a tres años y multa del duplo del valor en aduana de la mercancía,

De acuerdo a la información registrada en el sistema informático ECUAPASS del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, se pudo constatar que la razón social ROMERO ASTUDILLO GUADALUPE AZUCENA con RUC 1201665062001, durante el periodo analizado entre los años 2010 al 2015 NO registra importaciones a consumo de mercancías objetos de control (teléfonos móvil-celular), las cuales habría ingresado al territorio aduanero sin el control de la Administración Aduanera y sin la documentación que acredite su legal importación; causando perjuicio al fisco al evadir los tributos al comercio exterior. https://www.aduana.gob.ec/files/main/prensa/028/2016/005/SENAEDDG-2015-1063-PV.pdf

legítima adquisición en el país, dentro de las setenta y dos horas siguientes al requerimiento de la autoridad aduanera competente.

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