Actiabogados Yolmari.docx

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BARRANQUILLA, 5 DE FEBRERO DE 2018 SEÑORES: ACTIABOGADOS: ENTIDAD QUE GENERO EL REPORTE E.S.D. REFERENCIA: OBLIGACION: NUMERO, 05902027900029720. CIUDAD. BARRANQUILLA ASUNTO: Derecho de Petición artículo 23 de la C.P. y 13 y s.s. del C.P.A.C.A solicitud para retirar reporte de cartera castigada YOLMARIS PINEDO PALACIN, mujer, mayor de edad identificada con la cedula de ciudadanía número 22.467.855, expedida en la ciudad de Barranquilla, con residencia en la carrera 77 # 83 -123, Barrio tres ave maría, en ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la constitución nacional y en el artículo 13 y ss. Del código contencioso administrativo y el artículo 15 de la constitución política que anuncia el derecho al habeas data reglamentado y lo contenido en el artículo 6, literal e, 16 y 17 de la ley 1266 de 2008 y en su decreto 4886 del 2011 y las resoluciones 47785 y 53171 de 2012 me permito muy respetuosamente acudir a ustedes para solicitarles y consultarles para hacer valer mi derecho constitucional al habeas data así: HECHOS Y RAZONES 1. El 17 de diciembre radique en la central de riesgo cifín un derecho de petición solicitándole el retiro de la cartera castigada. 2. en respuesta al derecho de petición ellos dieron traslado a la entidad ABOGADOS CONSULTORES Y ASESORES (Cartera Proveniente de DAVIVIENDA) con el objeto que se sirvan aclarar la situación actual de la obligación No. 029720. 3. ellos nos dicen que las entidades fuentes de la información son las que tienen el deber legal de actualizar, rectificar o eliminar la información reportada al operador. 4. Que en cumplimiento de los principios de oportunidad, proporcionalidad y finalidad que amparan el ejercicio del derecho fundamental del Habeas Data: a. Sea informado porqué aun aparezco con un reporte negativo en mi historial crediticio de DATACREDITO y/o CIFIN. Dado que en el acuerdo de pago del 16 de abril de 2015 firmado por las partes dice: EL PAZ Y SALVO Y LA ELIMINACIÓN DE LAS CENTRALES DE RIESGO SE REALIZARAN DESPUÉS DE 15 DÍAS HÁBILES DE HABERSE GENERADO LOS PAGOS TOTALES DE LA OBLIGACIÓN FINANCIERA. Los pagos se realizaron el último el día 20 de enero de 2015. Caducidad inmediata de la información negativa. Es decir, el dato negativo debe desaparecer desde los 15 días hables a partir del día siguiente al 20 de abril de 2015.

PRETENCIONES Por lo anterior, solicito respetuosamente: Que en cumplimiento de los principios de oportunidad, proporcionalidad y finalidad que amparan el ejercicio del derecho fundamental del Habeas Data: 1. Que se dé cumplimiento a lo contemplado en la Ley 1266 de 2008 Habeas Data y sus Artículos 13 y/o 21, y siendo ajustado mi caso a lo expuesto en la Ley. A) solicito señores ACTIABOGADOS a quien corresponda actualizarme, rectificarme o eliminar la información reportada al operador. FUNDAMENTOS DE DERECHOS Constitución política de Colombia, Código contencioso administrativo, ley 1266 de 2008 Ley de Habeas Data, Sentencia C-1011 del 16 de octubre de 2008 y decreto 4886 del 2011 y las resoluciones del ministerio de industria y comercio 47785 y 52171 del 31 de agosto 2012. PRUEBAS A efectos de sustentar la solicitud efectuada me permito acompañar los siguientes documentos: ANEXOS: Copia de cedula de ciudadanía, copia de PAZ Y SALVO y copia del acuerdo de pago.

NOTIFICACION: Oiré las mismas en la carrera 77 # 83 -123 Barrio las tres aves maría de Barranquilla Espero la pronta resolución de la presente petición.

Atentamente,

_______________________________ YOLMARIS PINEDO PALACIN. CC: 22. 467.855 de Barranquilla.

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