Se da comienzo a la reunión.
La parte empresarial agradece a los presentes su asistencia y pasa a exponer cuál es la práctica habitual y el procedimiento común en los procesos de regulación de empleo, de forma que primero se analizan las causas, después los criterios de afectación y por último el plan social. El objetivo es que el proceso sea ágil y que esté cerrado cuanto antes, dada la situación del Grupo. A continuación, la parte empresarial procede a exponer las conclusiones alcanzadas acerca del diagnóstico de situación realizado y que constan en el Informe Técnico entregado a la representación social. Una vez finalizada la exposición, se procede a exponer los puntos más relevantes de la documentación entregada. La parte social manifiesta la necesidad de revisar la documentación durante los próximos días debido a la extensión de la misma. Se abre un amplio proceso de debate que se inicia con el planteamiento de la parte empresarial en lo referente a las condiciones de aplicación de la medida tanto el los aspectos sociales como de contenido. En concreto los puntos más relevantes y que fueron objeto de debate de la propuesta de la parte empresarial ha sido la siguiente: Contenido: 1 año de duración Reducción de jornada durante todos los días del año (5 horas y 20 minutos de trabajo de lunes a viernes) Plan social El Comité de Dirección no estará afectado por la reducción de jornada dadas las especiales características de su relación laboral. No obstante se aplicará la misma reducción salarial que al resto del personal de oficinas. Se ofrece un complemento de la prestación de desempleo del 80% sobre la retribución bruta, fija, en metálico en computo anual. La retribución variable se abonará sobre una oportunidad máxima del 80%. Las pagas extraordinarias se abonarán según el salario resultante sin complemento alguno. Por la parte social se presentan las siguientes propuestas alternativas: Complemento de la prestación de desempleo del 100% sobre la retribución bruta, en computo anual.
No superar el límite; de 120 días en desempleo
-3Complementar a todos los trabajadores que no hayan generado o extingan durante la aplicación de la medida, hasta el 100% del salario Se debe buscar una alternativa horaria que facilite al máximo la conciliación de la vida laboral y familiar. Necesidad de dar a conocer a los trabajadores con la suficiente antelación el nuevo calendario de trabajo. Solucionar el retraso de 10 días que supone el pago por parte del Servicio Público del Empleo. A las 13:45 se suspende la reunión para almorzar, indicando el representante del Comité de Málaga del sindicato CGT, Sr. Rivas, que abandonará la reunión ya que "también tiene vida privada". A las 15 horas se reanuda la sesión con la confirmación de la ausencia del Sr. Rivas junto al asesor de CGT. Comienza hablando el Director de RRHH planteando alternativas en atención a la propuesta de la parte social que son debatidas en profundidad. La parte social hace nuevas propuestas hasta que se finaliza la reunión con las siguientes propuestas por ambas partes: Jornada La Empresa plantea una fórmula por la que se afectarían 137 días a lo largo del año que se concretan de la siguiente forma: 54 días de suspensión 61 días de reducción de 3 horas diarias (5 horas de trabajo) El cálculo para los días de desempleo es 54 x 1,4 = 75,6 + 61 = 136,6. La parte social indica que debe asegurarse la prestación del desempleo por los días que exceden de 120 La Empresa ofrece extender el complemento por desempleo a las pagas extraordinarias. La Parte social mantiene la necesidad de complementar el 100% el salario en cómputo anual. Las partes dan por finalizado el presente acto a las 18:00 horas, acordando celebrar la siguiente sesión el próximo lunes día 22 de junio a las 11:00 horas tal como se había comunicado a todas las partes durante el pasado día 17 y confirmado en la apertura de la reunión de hoy. Todas las reuniones se celebrarán en el mismo lugar que la presente. En prueba de conformidad con todo lo anteriormente expuesto, todos los asistentes firman la presente acta en eHugar y fecha arriba indicados.