SUNAT
FECHA DE CIERRE DE LA ESQUELA
F-5554
N° DE ESQUELA
15/10/2018
005413120187E1110
Miraflores, 22 de Octubre de 2018 Señor/a contribuyente:
RUC: 20549560025 DATA SURVEY SOCIEDAD ANONIMA CERRADA En la SUNAT hemos asumido el compromiso de brindarle la asistencia necesaria para que pueda cumplir, oportuna y correctamente, con sus obligaciones tributarias. En tal sentido, hacemos de su conocimiento que, según la información registrada en nuestros sistemas, hemos detectado que Usted se encuentra incurso en la infracción "NO PRESENTAR LAS DECLARACIONES QUE CONTENGAN LA DETERMINACION DE LA 1 DEUDA TRIBUTARIA DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS" , correspondiente al (a los) siguiente(s) periodo(s) tributarios(s): PERIODO 201808 201808 201808
MULTA 6441 6441 6441
TRIBUTO RELACIONADO SALUD RTA5RT PENREG
PERIODO
MULTA
TRIBUTO RELACIONADO
La(s) citada(s) infracción(es) es(son) sancionada(s) con multa, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Tributario. A efectos de subsanar la(s) citada(s) infracción(es), deberá cumplir con presentar la(s) Declaración(es) Pago, en cuyo caso la sanción 2 será rebajada en un 50%, de acuerdo con el Régimen de Gradualidad , siempre que la(s) Declaración(es) Pago sea(n) presentada(s) en el plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación de la presente. En caso usted, cancelara la sanción rebajada, dentro de los tres (3) días hábiles desde la notificación de la presente, gozará de una rebaja adicional del 10% de acuerdo con lo regulado en el Régimen de Gradualidad. 3
Tome en consideración que, en caso cumpla con lo indicado por la Resolución de Discrecionalidad , usted puede beneficiarse con una rebaja del 100% de la multa, siempre y cuando presente su declaración y cumpla con los siguientes requisitos:
La(s) declaración(es) y/o comunicación(es) por periodos observados, sean presentados dentro del plazo estipulado en la presente esquela. El importe de sus ventas así como de sus compras (PDT 621) no superen, por cada uno de ellos, la ½ Unidad Impositiva Tributaria (UIT) correspondiente al periodo tributario materia de omisión.
Mayor información puede encontrarla en SUNAT Virtual: http://emprender.sunat.gob.pe/regularizar-infracciones, en los teléfonos Nos. 0-801-12-100 / (01)315-0730 ó en los Centros de Servicios al Contribuyente, en todo el país. Atentamente,
Esta esquela quedará sin efecto si después de la fecha de cierre usted regularizó su afectación tributaria ó presento el (los) formularios(s) y pagó la(s) multa(s). Para tal efecto, sírvase leer las instrucciones indicadas en la siguiente página de este documento. _________________________________________ 1 Art. 176° numeral 1 del TUO del Código Tributario 2 R.S. 063-2007/SUNAT 3 R.S.N.A.O N° 006-2016-SUNAT/600000
Pasos para la Regularización de Infracciones Tributarias
IMPORTANTE Para NO incurrir en infracciones tributarias vinculadas a la presentación de sus declaraciones y pagos debe verificar los siguientes puntos: 1. Cronograma de vencimientos. 2. Emitir los comprobantes de pago correspondientes al momento de realizar las ventas de bienes o servicios, o sus traslados 3. Mantener actualizados los libros y registros. 4. Presentar sus declaraciones y pagos dentro de los plazos establecidos.