ACTIVIDAD UNIDAD 1
PRESENTADO POR: CESAR ANDRES ESCOBAR ORTIZ ID 640418 CUARTO SEMESTRE
ASIGNATURA: LEGISLACION LABORAL NRC 11983
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS PROGRAMA ACADÉMICO ADMINISTRACION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CT FLORENCIA, COLOMBIA 2019
ACTIVIDAD UNIDAD 1
PRESENTADO POR: CESAR ANDRES ESCOBAR ORTIZ ID 640418 CUARTO SEMESTRE
PRESENTADO A: JORGE ANDRES TRIANA SALAMANCA
ASIGNATURA: LEGISLACION LABORAL NRC 11983
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS PROGRAMA ACADÉMICO ADMINISTRACION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CT FLORENCIA, COLOMBIA 2019
INTRODUCCION
El trabajo es una de las principales fuentes de ingreso de las familias colombianas, aunque en muchas ocasiones este trabajo no este regulado debido al alto índice de desempleo e informalidad que se vive actualmente en el país, por lo cual es importante conocer que existen ciertos lineamientos y parámetros, encaminados en garantizar unas condiciones mínimas de protección al trabajador y sus derechos laborales. Teniendo en cuenta lo anterior abordaremos el tema del trabajo en el sector público y privado, a través de un cuadro comparativo donde identificaremos las principales diferencias.
OBJETIVOS
Identificar el concepto de empleado público y privado.
Conocer ventajas y desventajas del trabajo en el sector público y sector privado.
Abordar aspectos legales en cada uno de los sectores.
CUADRO COMPARATIVO CARACTERISTICA LEGISLACIÓN
CONTRATACIÓN
PRESTACIONES
ESTABILIDAD
DEPENDENCIA
SANCIONES
EMPLEADO PÚBLICO Decreto 1042 de 1978 Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y unidades administrativas especiales del orden nacional, se fijan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y se dictan otras disposiciones. A través de acto administrativo de nombramiento y posesión. Son cargos de carrera, libre nombramiento y remoción y elección popular.
Todas las estipuladas en la Ley 100 de 1993, además prima de servicio, primas técnicas, primas de seguridad, primas de clima entre otros beneficios económicos.
EMPLEADO PRIVADO Código Sustantivo del Trabajo
A través de contrato de servicio por término fijo, indefinido, por duración de la obra o labor contratada, contrato ocasional, accidental o transitorio. Título I Cap. IV Artículos 46 y 47 Código Sustantivo del trabajo. Todas las estipuladas en la Ley 100 de 1993, y una remuneración como pago de sus servicios según lo acordado en el contrato de trabajo.
Dependiendo del tipo de contratación puede variar la estabilidad. Por otra parte las entidades del estado no dependen de las ventas o la producción, por lo tanto no corren el riesgo de desaparecer fácilmente. El funcionario público no puede percibir más de un sueldo que provenga del estado excepto en casos como beneficiario de pensión de sobrevivientes.
En el sector privado la estabilidad hoy en día en Colombia no es muy buena ya que los contratos son a término fijo en su gran mayoría, además las empresas dependen de varios factores externos que pueden afectar su crecimiento y productividad. Una persona puede tener varios empleos con empresas privadas y percibir varios sueldos.
Dependiendo de sus funciones puede incurrir en faltas por acción u omisión las cuales pueden tener sanciones disciplinarias como penales.
Su responsabilidad es un poco más limitada y por una falta no estará sujeto a inhabilidades.
BIBLIOGRAFIA
https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1467 https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3310 4