0010100002dpen1 - Derecho Penal Pg I - P09 - A13 - Prog.doc

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CARRERA: ABOGACÍA ASIGNATURA: DERECHO PENAL –PARTE GENERAL- I Nivel: primer año Año Académico: 2013 Semestre: PRIMERO Horas cátedra por semana: 5 Total de semanas: 15 Total de horas cátedra: 75 Recomendación idiomática: NO EXIGIBLE Profesor a cargo: JAVIER LÓPEZ BISCAYART Descripción de la asignatura:

El aprendizaje supone una reorganización cognitiva y actividad interna. Se aprende por descubrimiento y reestructuración, adquiriendo nuevos significados. Consecuentemente los docentes deben presentar al alumno material potencialmente significativo para aumentar su capacidad de relación de los nuevos conceptos con los anteriores. Deben orientar a los alumnos en la adquisición de nuevos significados, en la organización lógica del material y, consecuentemente, en su aplicación. Deben ser un acompañante del desarrollo espontáneo y madurativo del alumno procurando alimentar un vínculo académico fructífero: la relación maestro – discípulo. Siguiendo estas pautas, el objetivo básico del dictado de los cursos de Derecho Penal –parte general- I y II, persigue que los cursantes se familiaricen tanto con los fundamentos teóricos y las

características

específicas del Derecho Penal argentino, como con su funcionamiento en concreto en los tribunales, sin perder de vista el carácter introductorio de la materia.

En el ámbito académico de la materia, el profesor deberá ponerse a disposición de los alumnos. El estudiante es el protagonista de su propia educación. Se buscará que las clases sean atractivas e interactivas. Sin atracción no hay vocación. Las clases teórico magistrales serán excepcionales, debiendo esforzarse los docentes por desarrollar métodos didácticos en los que el alumno sea el protagonista inexcusable, de modo que se entrene en la captación del problema y en búsqueda de la mejor solución jurídica, fundada en el diálogo racional y en la argumentación. En los cursos de Derecho Penal -parte general- I y II y en el marco de los programas de las materia que se elaborarán siguiendo las pautas referenciales enunciadas por los profesores de la cátedra, se buscará proveer a los estudiantes herramientas conceptuales e información que le permitan entender mejor lo que estudiaran en otras materias de la carrera – particularmente Derecho Penal –parte especial- Derecho Penal Económico y Derecho Procesal Penal- y comprender mejor la problemática del delito. Se buscará desarrollar una capacidad independiente de razonamiento, que implique el despliegue de las ideas propias y de los valores en presencia de perspectivas distintas. Recogemos este año las opiniones de nuestros alumnos de cursos anteriores y, en ese sentido, se indicará una bibliografía básica obligatoria la cual ha sido elaborada por un profesor de la Cátedra. No obstante, se ofrecerá a los alumnos una amplia lista de lectura representativa de las distintas corrientes de pensamiento. Los profesores no ocultaremos nuestra propia orientación, pero cuidaremos que el alumno forme libremente la suya de modo que puedan decirnos –tal vez- en algún momento, como Calibán a Próspero en “La tempestad” de Shakespeare: “usted me enseñó a hablar, y mi beneficio ahora es que yo puedo hablar contra usted”.

Se iniciará al alumno en breves investigaciones sobre temas penales, se constituirán grupos de discusión, alentando el estudio de casos reales o ficticios que pongan a prueba los conocimientos adquiridos. Para poder rendir el examen final, los alumnos deberán haber aprobado los exámenes parciales correspondientes y un exigente trabajo práctico. Se usarán todos los recursos disponibles para hacer interesante el dictado de la materia, para lo cual, se recurrirá al cine y los videos aprovechando la existencia de numerosas vistas útiles para conocer la materia. Esto no implica que las películas deban exhibirse necesariamente en clase, sino que los alumnos podrán hacerlo en sus casas o cines. Tampoco podrá soslayarse el uso de Internet, en la medida de las posibilidades de los cursantes a efectos de tener acceso a la información más reciente y a sitios especializados que enfocan la temática de la materia.- En muchos casos la pantalla esta suplantando al papel y eso no puede ser soslayado y aún más, debe ser aprovechado. Los cursos combinarán

reuniones teóricas como de trabajo por los

alumnos, facilitando la relación fluida entre docentes y estudiantes, estimulando

la

participación,

el

intercambio

de

opiniones,

la

fundamentación de las mismas y todo aquello que fomente la cultura del debate, ayudando desde la cátedra a pensar el derecho penal, proporcionado ciertos marcos de análisis y poder así emplearlos en relación con hechos actuales y, porque no, con procesos históricos. También se incorporará la lectura obligatoria de un texto clásico de la literatura universal, relacionado con la materia. Aspiramos, teniendo en cuenta la oportunidad de desarrollar nuestra actividad académica en la Universidad de Belgrano, institución valuarte de la libertad de pensamiento en nuestro país, que nuestra contribución a la

ciencia y a la cultura jurídica de la Argentina esté galardonada con la excelencia que aquella merece. Universidad de Belgrano, febrero de 2012. Profesor Javier López Biscayart

Description: Learning supposes a cognitive reorganization and internal activity. One learns for discovery and restructuring, acquiring new significances. Teachers should logically present to the pupil material potentially significant to increase their capacity of relation of the new concepts with the previous. They should guide the pupils in the acquisition of new significances, in the logical organization of the material and, logically, in its applications. They should be a companion of the spontaneous and maturative development of the pupil trying feeding an academic fruitful link: The relation master – disciple. Obeying these guidelines, the basic objective of Criminal law, courses I and II, chase that students become familiar so much with the theoretic basics and the specific characteristics of the Argentinean criminal law, as with their functioning in short in court, without losing sight of the introductory character of the matter – general part -. In our academic work, the professor will have to put himself at the service of the pupils. The student is the main character of your own education. It will be looked for that classes be attractive and interactive. Without attraction there is no vocation. The classes theoretic masterful they will be exceptional, should have given strength the teachers to develop didactic methods that the pupil is the inexcusable main character in, so that is trained in the comprehension of the problem and in search of the best juridical solution, founded in the rational dialog and in the argumentation. For the courses, the programs will be elaborated obeying the referential guidelines enunciated by the professors of the cathedra, it will be sought to provide conceptual tools to the students and information that are enabled understanding what they study in other matters of the race better Cost-Reducing Criminal Law and Penal Procedural Law departs special - and understanding the problems of the crime better - general part.

It will be sought to develop an independent capacity of reasoning, that it implies the display of the own and the values ideas in the presence of different perspectives. Instead of memorizing a few texts or obeying an author's orientation in particular, an ample list of representative reading of the different schools of thought will be offered to the pupils. The professors will not hide our own orientation, but will take care of that the pupil form theirs so that they can tell sometime, like Calibán Próspero in The Shakespearian Tempest freely – such time -: “You showed me to talk, and my benefit now is that I can talk against you ”. He will initiate the pupil in brief investigations on criminal themes, they will constitute groups of discussion, fostering the case study real or fictitious that they put the acquired knowledge to test. They will use all the available resources to make the dictation of the matter interestingly, for which, he will turn to the movies and videos making good use of the existence of numerous useful sights to know the matter. This does not imply that they should exhibit movies necessarily in class, but pupils will be able to make it in their houses or movie theaters. The use of Internet either will not be able to be dodged, to the extent of the possibilities of the students with the object of having access to the most recent information and to specialized places that they focus the subject matter of the matter.- in many instances the screen is supplanting the paper and that cannot be dodged and still more, you should be opportunistic. The courses will combine theoretic meetings as of work for the pupils, making easy the flowing relation between teachers and students, stimulating the participation, the interchange of opinions, the same foundation of them and whatever he promotes the culture of the debate, helping from the cathedra, to thinking the penal, proportionate right certain frames of analysis and that way to be able to use them relating to presentday doings and, because no, with historic processes. The obligatory reading of a classical text of the universal literature will also be incorporated, pertaining to the matter. We had an aspiration, taking into account the opportunity to develop our academic activity at Belgrano's University, institution to take pride of the freedom of thinking at our country, that our contribution to science and to the juridical culture of the Argentina is rewarded with the excellence that that one merits.

Programa de la materia Derecho Penal Parte General I.

1)

Derecho Penal: 1.1 Concepto. 1.2 Caracteres. 1.3 Funciones. 1.4 Visión del

Derecho Penal como subsistema del sistema penal. 1.5 ¿Qué protege el derecho penal?. Las normas como bienes jurídico-penales. 1.6 Tercera posición como reafirmación de las pautas culturales de un sistema social determinado.

2)

Relación del Derecho Penal Con otras Ciencias: 2.1 Dogmática Penal. 2.2

Política Criminal. 2.3 Criminología. 2.3.1 Ubicación sistemática. 2.3.2 Criminología clásica. 2.3.3 El positivismo. 2.3.4 Las sociologías del delito.

3)

Desarrollo histórico del derecho penal: 3.1 Historia del derecho en las

civilizaciones. 3.2 Codificación Nacional. 3.2.1 Antecedentes históricos del derecho penal argentino. 3.2.2 Carlos Tejedor. 3.2.3 Proyectos de reforma de 1891 y 1906. 3.2.4 Proyecto de Código Penal de 1906. 3.2.5 Código Penal de 1922. 3.2.6 Proyectos y reformas posteriores.

4)

El poder punitivo y las teorías de la pena: 7.1 Beccaria y la escuela clásica del

derecho penal. 7.2 Teorías absolutas de la pena. 7.2.1 Teoría de la expiación. 7.2.1 Teoría de la retribución. 7.3 Teorías relativas de la pena. 7.3.1 Prevención especial negativa y positiva. 7.3.2 Prevención general negativa. 7.3.3 Prevención general positiva. 7.3.4 Teoría unificadora preventiva. 7.4 Teoría funcional de la pena. 7.5. La visión filosófica británica. 7.5.1 La legitimación del Estado para castigar. 7.5.2 Distinción de la pena. 7.6 La respuesta punitiva como comunicación. 7.7 Validez cultural de la pena. 7.8 Teoría agnóstica.

5)

Principios constitucionales: 4.1Principio de legalidad. 4.1.1 Prohibición de

analogía. 4.1.2 Prohibición del derecho consuetudinario. 4.1.3 Prohibición de penas y leyes indeterminadas. 4.1.4 Prohibición de retroactividad. 4.1.5 El problema de la ley

penal en blanco. 4.2 Principio de reserva. 4.2.1Protección de la autonomía moral del individuo. 4.3 Principio de culpabilidad. 4.3.1 Critica al principio de culpabilidad.

6)

Principios que rigen la vigencia de la ley penal: 5.1 Vigencia Espacial: 5.1.1

Concepto. 5.1.2 Principio de Territorialidad. 5.1.3Espacios sometidos a la jurisdicción Argentina. 5.1.4Principio real o de defensa. 5.1.5 Delitos a Distancia. Tesis de la ubicuidad. 5.1.6 Principio de personalidad o de la nacionalidad. 5.1.7 Principio universal o cosmopolita. 5.1.8 Crimen de lesa humanidad. 5.1.9 Terrorismo. 5.1.10 Estatuto de Roma. 5.2 Vigencia Temporal: 5.2.1 Concepto. 5.2.2 Base constitucional y normativa. 5.2.3 Excepciones. 5.2.4 Aplicación del principio en leyes temporarias. 5.3 Aplicación funcional: 5.3.1 Principio de igualdad. 5.3.2 Diferencia entre indemnidad e inmunidad. Desarrollo constitucional. 5.3.3 Juicio Político. 5.3.4 Proceso de Desafuero.

7)

Teoría de la Pena: 6.1 Concepto. 6.2 Penas lícitas. 6.3 Pena natural. 6.4 Pena de

muerte. 6.5 Penas vigentes. Artículo 5 del Código Penal. 6.6 Penas privativas de libertad. Prisión y Reclusión. 6.6.1 Concepto. 6.6.2 Diferencias. 6.6.3 Sistema vigente. 6.6.4 Prisión Preventiva. 6.6.5 Concepto y cómputo. 6.6.6 Ley de ejecución de la pena privativa de libertad 24.660. 6.7 Pena de Multa. 6.7.1 Concepto. 6.7.2 Sistemas normativos vigentes: pago total y pago por cuotas. 6.7.3 Transformación en pena privativa de libertad. 6.8 Pena de inhabilitación. 6.8.1 Concepto. 6.8.2 Diferencia entre inhabilitación especial y absoluta.6.8.3 Régimen temporal o perpetuo. 6.8.4 Rehabilitación. 6.9 Penas accesorias: 6.9.1 Decomiso. 6.9.2 Diferencia con el secuestro. 6.9.3 Inhabilitación artículo 12 C.P. 6.9.4 Pena accesoria del artículo 20 bis y del 22 bis del C.P.

8)

Herramientas funcionales tendientes a morigerar los efectos nocivos de la

pena:8.1 Suspensión del juicio a prueba. 8.2 Condena de Ejecución Condicional. 8.3 Libertad condicional. 8.4 Reincidencia.8.5 Causales que extinguen la pena: Régimen vigente (Art. 64 y ss. C.P.). 8.6 El indulto y la conmutación de pena. 8.7 El perdón del ofendido.

9)

Acción Penal: 9.1 Concepto. 9.2 Titulares. 9.3 Acciones públicas, privadas y

dependientes de instancia privada. 9.4 La acción civil dentro del proceso penal. 9.5 Causales que extinguen la acción penal: 9.5.1 Régimen vigente (Art. 62 y ss. CP). 9.5.2 La prescripción. 9.5.3 La muerte del acusado. 9.5.4 La amnistía.

10)

Concepción del derecho penal como subsistema jurídico:10.1 La teoría de los

sistemas y los sistemas jurídicos. 10.2 Su aplicación en el derecho penal. 10.3 El concepto de rol. 10.4 La organización y la estructura en los sistemas sociales.

11)

Concepción dogmática del delito:11.1 Concepto sociológico, comunicativo y

jurídico. 11.2 La interpretación del ilícito.

11.3 Teoría del delito: Sus escuelas

dogmáticas. 11.4 Disvalor de acción vs disvalor de resultado. 11.5 Valor del resultado en el delito.

Bibliografia: Obligatoria: Manual de Derecho Penal –parte general- Miguel Ángel Arce Aggeo. Ed. Cátedra Jurídica, Buenos Aires, 2012. Especialmente recomendada:

1. Tratado de Derecho Penal de Jescheck §1, §2, §3, §4, §6, §8 y §9, §15, §16 y §17. 2. Constitución Nacional, artículos 18 y 19. 3. Derecho Penal, Roxin, parágrafo 2, I-XIII, págs.51/71, parágrafo 3, págs.81/110, parágrafo 5, I, V, VI y VII, págs.137/141, 147/156, 161/175.. 4. Derecho Penal, E. Bacigalupo. Ed. Hammurabi, (I) cap. I, (2) cap.1, A, 2/3 y B, 5/8; (M) cap.1,A, B 1-2 y C. (1) cap. II, (2) cap.1, A 1 y 3, (M) cap.1, B,3/4, (1) cap. IV, (2) cap.2, A 20, 23/25, (M) cap.2, A, (1) cap. VI, (2) cap.3, 26/33., (M) cap.2, C completo. 5. Derecho Penal, Mir Puig, Lección 1, I/VII. Lección 3, I/III. Lección 2 y Lección 4. 6. La Deslegitimación de la potestad penal, Yacobucci, Abaco, cap.IV. 7. El sentido de los principios penales, Yacobucci, Abaco, págs. 175/195, 251/291, págs. 325/331, y 338/355 8. Derecho Penal, Parte General, C. Creus, Capítulos II y III. 9. Historia del Derecho Penal Argentino, A. Levaggi, Ed. Perrot, (págs. 182/204). 10. Manual de Derecho Penal, E. R. Zaffaroni, cap. V, acápites V al VII .

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