II Jornadas sobre Derechos Humanos Facultad de Medicina Universidad de Chile Violencia Juvenil y
Derechos Humanos
Francisco Estrada Vásquez http://justiciapenaladolescente.blogspot.com/
Rhys Jones
Desde nuestra historia "!Este que aquí veis, un granuja de cinco años de edad, ha caído preso más veces que los años que carga. Se llama Juan Ramón Ovalle Caballero. ... Tiene dos hermanos mayores y ambos sufren la décima o duodécima condena por hurto, ebriedad y desorden. Fueron gúelfos, como Juan Ramón, y ahora son criminales graduados y pillos titulados. …. Juan Ramón está en la Sección de Detenidos de Valparaíso y el juez no sabe qué hacer con ese muchacho, semilla de maldad." En Revista Sucesos, abril de 1920, "Un criminal precoz".
Prisión común, Imaginario social e identidad, Ed A. Belllo, Marco Fernández Labbé
Cuenta el Padre Alberto Hurtado que “de los 140 primeros adolescentes que se recogieron en el Hogar que funcionó el primer tiempo en la calle López sólo 4 no habían sido detenidos alguna vez por la policía, algunos habían sido detenidos más de 10 veces, y otros, más de 80 veces.”
Ideas Fuerza de la Ley N° 20.084 • Sistema de Responsabilidad • Para Adolescentes, o sea, quienes tienen entre 14 y 18 años • En un entorno de derechos • Procedimiento con garantías • Separación de adultos • Amplio catálogo de sanciones • Privación de libertad como sanción excepcional • Órganos especializados • Juez de Control de la ejecución
Esto es Derecho Adolescente Derecho PenalPenal Adolescente • Derecho. Esto es, sujeto a las reglas de debido proceso, a control jurisdiccional de las actuaciones. • Penal: No al fraude de etiquetas. Se acaban los “Tiempo Joven” y los “Arco Iris”. La consecuencia de cometer un delito es una pena. No otra cosa.
Esto es Derecho Adolescente Derecho PenalPenal Adolescente • Adolescente: Esta atención a la especial etapa de desarrollo debe impregnar todas las instancias del proceso: Entrevista por el fiscal, con el defensor, audiencia judicial, etc. P. ej. La expresión usada en las audiencias de control de detención “queda apercibido bajo artículo 26” debe ser reformulada a fin de que sea efectivamente comprendida por el adolescente. P. ej. Carabineros modificó su partes policiales de manera de dejar constancia de si se dio aviso al defensor en caso de requerirse su presencia.
algunos aspectos relevantes
Fines de las Sanciones de la Ley N° 20.084: artículo 20 Las sanciones y consecuencias que esta ley establece tienen por objeto hacer efectiva la responsabilidad de los adolescentes por los hechos delictivos que cometan, de tal manera que la sanción forme parte de una intervención socioeducativa amplia y orientada a la plena integración social.
La privación de libertad como herramienta excepcional Regulación de la Detención en flagrancia
Internación provisoria sólo respecto de crímenes
Sanción de régimen cerrado para delitos con pena superior a 3 años y 1 día
Régimen de sustitución de penas
La libertad asistida como sanción eje Amplia posibilidad de aplicación Amplia experticia en equipos que la ejecutan
Requiere inserción en redes locales Funciona, bajo figura de sustitución de pena privativa, acompañada
como
salida
Régimen de Privación de libertad con derechos y deberes Ley y Reglamento contemplan derechos y obligaciones
Juez de control de la ejecución a cargo de resolver conflictos derechos que se susciten
de
Reglamento regula en extenso funcionamiento de centros y contempla la novedosa figura de una comisión supervisora
Tratamiento de Rehabilitación para el Consumo Problemático de Drogas o Alcohol
http://physiciansforhumanrights.org/
Otra mirada sobre la violencia
• De La Violencia a Las violencias;
• De La Juventud a Las juventudes; • La violencia como constructora de identidad; • La necesidad de mirada integradora, interdisciplinaria; • Diagnósticos sociales desde las competencias y no sólo desde los problemas;