Tramite Del Proceso Contencioso Administrativo, Final.docx

  • December 2019
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Tramite del proceso contencioso administrativo Interposición de la demanda y plazo, artículo 28 Demanda: Es un acto procesal de la parte actora en el cual ejercita la acción procesal solicitando al tribunal un acto de tutela jurídica frente al demandado. el plazo para el planteamiento de la demanda es de 3 meses contados a partir de la ultima notificación de la resolución a. Cuando existe resolución al recurso en la vía administrativa. b. Cuando existe silencio administrativo. Paso 1 Relación jurídico procesal Es la que se da cuenta al juez y los sujetos procesales desde que se plantea la demanda ya existe una relación jurídica procesal entre el juez y los sujetos procesales. Los sujetos del proceso: La demanda debe ser formalizada por la persona que teniendo capacidad para ser parte procesal esta legítimamente para iniciar el proceso contra el órgano administrativo que el demandante estime legitimada pasivamente. Los sujetos procesales son: a) La parte activa o demandante b) La parte pasiva o demandada c) La PGN d) Los terceros que aparecerán como interesados dentro del proceso. e) La Contraloría General de Cuentas. La personería se puede ejercer de la siguiente manera: a. Se puede actuar como mandatario especial judicial. b. En representación de un menor de edad c. Como representante legal de una sociedad. d. Como alcaldes municipales. Mandatario especial judicial: Debe presentar el testimonio de la escritura publica debidamente registrada en la sección de mandatos del Archivo general de protocolos de la Corte Suprema de justicia y si es mandato de una empresa mercantil o sociedad anónima el mandato deberá ser registrado también en el registro mercantil de la república. Paso 2 Calificación de la demanda. El tribunal debe calificar o revisar si el memorial de la interposición de la demanda cumple con los requisitos y si el memorial presenta errores o deficiencias que a juicio del juez son subsanables deberá señalar un plazo (5 días articulo 49 de la LOJ) que a criterio del tribunal para que el demandante enmiende su demanda. Si son errores no subsanables a juicio del tribunal es rechazada la demanda, artículo 31.

Paso 3 Solicitud de antecedentes, artículo 32 Si la demanda contiene los requisitos de forma exigidos debe pedir los antecedentes directamente al órgano administrativo correspondiente dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación de la demanda con apercibimiento de que si no los envía se le procesará por desobediencia y el tribunal entra a conocer por lo dicho por el demandante o parte actora. Los antecedentes es el expediente. Paso 4 Remisión de los antecedentes, artículo 32 segundo párrafo: El órgano administrativo requerido enviará los antecedentes con informe circunstanciado dentro de los 10 días hábiles de pedido el expediente. Si la autoridad no los envía, el tribunal admitirá para su trámite la demanda, en cualquier etapa procesal y presentará el expediente respectivo. Paso 5 Calificación del expediente, artículo 33 Cuando el expediente se encuentra en el tribunal de lo contencioso administrativo o ante la negativa del órgano administrativo de enviarlo el tribunal establece si la demanda se encuentra ajustado a Derecho, dicta resolución dentro de los 3 días siguientes al que recibió los antecedentes o de vencido el plazo para su envío. Ésta segunda revisión se debe establecer: 1. Si el tribunal es competente para el caso planteado 2. Si se agotó la vía administrativa. 3. Si los recursos administrativos se plantearon dentro del plazo para que la resolución haya causado estado, se pueden dictar providencias precautorias. Paso 6 Admisión, artículo 33. Si la demanda se ajusta a la prescripciones legales se debe admitir para su tramite y se dicta una resolución de trámite, dentro los 3 días, para fijar el emplazamiento. Paso 7 Emplazamiento, artículo 35. Emplazamiento: Es la audiencia que por 15 días se le da a las partes: órgano administrativo, La parte actora, PGN, Los terceros que aparezcan dentro del expediente, La CGC Contraloría General de Cuentas. Plazo 15 días. Paso 8 Actitudes de los demandados: a. Excepciones previas, artículo 36 Es un medio legal de denuncia al juez la falta de presupuestos necesarios para la validez del juicio, dar inicio al proceso no atacan el fondo de las pretensiones (atacan la forma) y se quieren hacer valer dentro del proceso. Se interponen dentro de los 5 días del emplazamiento. Excepciones previas: A. Incompetencia B. Litispendencia C. Demanda defectuosa D. Falta de capacidad legal

E. Falta de personalidad F. Falta de personería G. Caducidad H. Prescripción I. Cosa juzgada J. Transacción. Las excepciones previas se tramitarán en incidente y se substanciará en el mismo proceso. Al declararse sin lugar las excepciones previas, el plazo para contestar la demanda es de 5 días siguientes a la notificación. b. Rebeldía: Artículo 37 Es una actitud del demandado al no contestar la demanda o no presentarse a una citación. Se tendrá por contestada en sentido negativo c. Allanamiento, artículo 38 segundo párrafo. Es aceptar las pretensiones de la parte actora, se hace en un memorial de allanamiento con firma legalizada. d. Contestación de la demanda, Artículo 38 La demanda puede contestarse negativa o positivamente. Si todos los emplazados se allanaren se procederá a dictar sentencia. Si la contestación de la demanda es negativa deberá ser razonada en cuanto a sus fundamentos de hecho o derecho. e. Excepciones perentorias Artículo 39 En ella se plantean cuestiones de fondo, razón por la que se presentarán en la contestación negativa de la demanda y deben de ser resueltas en sentencia. f. Reconvención: Artículo 40 Es llamada también contrademanda, se plantea en el memorial de contestación de la demanda. Paso 9 Período de prueba, artículo 41 Probar en un proceso es demostrar al órgano jurisdiccional sin lugar a duda que lo que se demanda en el proceso es cierto y que el derecho nos asiste en nuestras pretensiones, contestada la demanda y la reconvención en su caso se abrirá a prueba el proceso el plazo es de 30 días, artículo 41 y42. Paso 10 Vista, artículo 43 y 142 de LOJ Vista: Vencido el período de prueba se señalará día y hora para la vista, plazo 15 días. En el día para la vista es cuando se tiene la oportunidad de presentar las últimas alegaciones antes de que el tribunal dicte sentencia que en derecho corresponda. La sentencia en 15 días después de la vista. Paso 11 Auto para mejor fallar o resolver. Artículo 44

Transcurrida la vista el tribunal podrá si lo estimare necesario dictar auto para mejor fallar por un plazo que no exceda de 10 días para practicar cuanta diligencia fueren necesarias para determinar el derecho de los litigantes, indicando en dicho auto lo que habrán de practicarse y lo que se efectuaron don citación de parte. Ejemplos: a. Que se traiga a la vista cualquier documento que crean conveniente para establecer el derecho de los litigantes. b. Que se practique cualquier reconocimiento o avalúo que consideren necesario o que se amplíe la que ya se hubiere hecho. c. Traer a la vista cualquier actuación que tenga relación con el proceso. Paso 12 Sentencia. Es el procedimiento escrito en el cual se encuentra contenido la decisión que el tribunal ha tomado al final de haber analizado desde la demanda, las excepciones perentorias, la contestación de la demanda, el análisis de las pruebas que se rindieron dentro del proceso y el plazo es de 15 días.

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