Taller 13

  • October 2019
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  • Words: 398
  • Pages: 2
TALLER 13-08-200 Natalia Andrea Jiménez Restrepo T.P. Asistencia Administrativa 938352 a. que es un contrato de aprendizaje R: El CONTRATO DE APRENDIZAJE es una forma especial dentro del derecho laboral, que de ninguna forma constituye contrato de trabajo, mediante la cual una persona natural (aprendiz – alumno) recibe formación en una entidad autorizada (institución educativa), con el patrocinio de una empresa (persona natural o jurídica). Se encuentran obligados a vincular aprendices todos los empleadores de carácter privado que desarrollen cualquier tipo de actividad económica diferente de la construcción y que ocupen un número de trabajadores no inferior a quince (15). Las Empresas de menos de diez (10) trabajadores podrán voluntariamente tener un aprendiz de formación del SENA

b. alternativas de las empresas para cumplir con la cuota de aprendizaje R: La empresa patrocinadora podrá cubrir su cuota de aprendices con los siguientes estudiantes: §

Alumnos SENA.

§

Alumnos de colegios articulados con el SENA

§

Alumnos de instituciones en programas reconocidos por el SENA.

§

Estudiantes Universitarios.

Empresas exoneradas de contratar aprendices § §

Las empresas que ocupen un número menor a 15 trabajadores. Las entidades públicas distintas de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta del orden nacional, departamental, distrital y municipal.

§

§

Las empresas que se encuentren en proceso concordatario o se hayan acogido a la Ley 550 de 1999 y mientras subsista esta situación, continúan exentas de contratar aprendices. Las empresas dedicadas a la industria de la construcción.

c. bases para determinar la cuota de aprendizaje R: La Regional del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), del domicilio principal de la empresa determinará la cuota mínima de aprendices teniendo en cuenta el número de trabajadores que desempeñen oficios u ocupaciones según listado publicado por el SENA el 11 de noviembre de 2003 en la pagina web del Sena (www.sena.edu.co) que tiene como base la Clasificación Nacional de Ocupaciones y a la fecha esta organizado en 453 ocupaciones y 4752 oficios. La determinación de la cuota mínima de aprendices será así: §

Un (1) aprendiz por cada veinte (20) trabajadores y Uno (1) adicional por fracción de diez (10) o superior.

§

Las empresas que tengan entre quince (15) y veinte (20) trabajadores tendrán un (1) aprendiz.

A través del contrato de aprendizaje, el empleador apoya la formación del talento humano para mejorar la productividad y competitividad de su empresa.

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