RETRACTACIÓN DE LA VICTIMA DE VIOLACIÓN SEXUAL R.N.N°2041-2017-Callao La primera declaración brindada por la menor cuenta con medios probatorios periféricos y elementos externos que permiten su credibilidad, cuestión que no se condice con la segunda declaración, pues esta no cuenta con medios de respaldo más que sí misma. El fin alegado por la agraviada y el ahora encausado, por el cual habría brindado la víctima su primera declaración en sentido incriminatorio hacia su padre –temor a la sanción por mantener una relación con una tercera persona no identificada–, no resulta coherente ni verificable.