Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE LA PRODUCCION DIRECCION PROVINCIAL DE MINERIA Declarar Area de investigación minera en los partidos de Saavedra y Tornquist, Expediente 21600 - 5013/05. Disposición 45 Cde. Expte. Nº 21600 - 5013/05 La Plata, 28 de julio de 2005. Visto: El expediente Nº 21600 - 5013/05, por el cual se solicita el dictado del acto administrativo preservando área con carácter de Reserva Minera Provincial a los efectos de realizar en ellas tareas de investigación geológico - mineras para lograr el conocimiento de los recursos minerales que alberga y en base a ello promocionar su desarrollo y aprovechamiento racional; y Considerando: Que lo solicitado responde a la imprescindible labor del Estado de propender al desarrollo equilibrado de sus recursos naturales y necesariamente para ello evaluar su potencial y determinar su factibilidad de explotación; Que el artículo 346 y cctes. del Código de Minería autorizan expresamente la protección de tales investigaciones contra actividades mineras de terceros; Que la superficie solicitada no excede el máximo permitido por la ley; Por ello: el Director Provincial de Minería en ejercicio de la Autoridad Minera de la Provincia de Buenos Aires Dispone: Art. 1º - Declarar área de investigación minera , por el término de dos (2) años en los Partidos de Saavedra y de Tornquist, en la zona que se delimita en el artículo siguiente, para que la Autoridad Minera desarrolle tareas de prospección y exploración de minerales de primera y segunda categoría (artículo 346 y cctes.). Art. 2º - El área de investigación abarca una superficie total de 41.892 hectáreas, distribuida en tres sectores delimitados por las coordenadas Gauss - Krugger, según detalle: Area Reserva 1 (Ea. La Hermita y La Mascota) Pdo. de Saavedra Sup.: 18.565 Has. (Sector 1) Punto 1: coordenada X: 5287283 coordenada Y: 5827540 Punto 2: coordenada X: 5293881 coordenada Y: 5831825 Punto 3: coordenada X: 5308002 coordenada Y: 5813218 Punto 4: coordenada X: 5300987coordenada Y: 5808993 Area Reserva 2 (Ea. Aguas Blancas - Pan de Azúcar) Pdo. de Saavedra Sup.: 16.795 Has (Sector 2) Punto 5: coordenada X: 5297323 coordenada Y: 5806636 Punto 6: coordenada X: 5305754 coordenada Y: 5811780 Punto 7: coordenada X: 5314748 coordenada Y: 5797758 Punto 8: coordenada X: 5306204 coordenada Y: 5792275 Area Reserva 3 (Piro y Ruiz - Cerro Colorado) Pdo. de Tornquist Sup.: 6.532 Has. (Sector 3). Punto 9: coordenada X: 5279442 coordenada Y: 5787910 Punto 10: coordenada X: 5286394 coordenada Y.: 5787910 Punto 11: coordenada X: 5286394 coordenada Y: 5778514 Punto 12: coordenada X: 5279442 coordenada Y: 5778514. Art. 3º - Durante el plazo establecido, la Autoridad Minera no admitirá pedimentos de terceros, referidos a los minerales objeto de la investigación, salvo los originados en permisos o concesiones anteriores o en trámite. Art. 4º - Regístrese, Publíquese en el “Boletín Oficial”, Comuníquese y tome intervención Registro Gráfico. Hay dos sellos y firmas del Dr. Marcelo Caballe Director Provincial de Mineria Ministerio de la Producción Provincia de Buenos Aires y de Hugo Juan Fabiano -
Escribano de Minas de la Provincia de Buenos Aires. C.C. 7.036 Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE LA PRODUCCION DIRECCION PROVINCIAL DE MINERIA Declarar Area de investigación minera en los partidos de Benito Juárez y Azul, Expediente 21600 - 5083/05. Disposición 46. Cde. Expte. 21600 - 5083/05 La Plata, 28 de julio de 2005 Visto: El expediente 21600 - 5083/05, por el cual se solicita el dictado del acto administrativo preservando área con carácter de Reserva Minera Provincial a los efectos de realizar en ellas tareas de investigación geológico - mineras para lograr el conocimiento de los recursos minerales que alberga y en base a ello promocionar su desarrollo y aprovechamiento racional; y Considerando: Que lo solicitado responde a la imprescindible labor del Estado de propender al desarrollo equilibrado de sus recursos naturales y necesariamente para ello evaluar su potencial y determinar su factibilidad de explotación; Que el artículo 346 y cctes. del Código de Minería autorizan expresamente la protección de tales investigaciones contra actividades mineras de terceros; Que la superficie solicitada no excede el máximo permitido por la ley; Por ello: el Director Provincial de Minería en ejercicio de la Autoridad Minera de la Provincia de Buenos Aires Dispone: Art. 1º - Declarar área de investigación minera , por el término de dos (2) años en los Partidos de Benito Juarez y Azul, en la zona que se delimita en el artículo siguiente, para que la Autoridad Minera desarrolle tareas de prospección y exploración de minerales de primera y segunda categoría (artículo 346 y cctes.). Art. 2º - El área de investigación abarca una superficie total de 8.470 hectáreas, distribuida en tres sectores delimitados por las coordenadas Gauss - Krugger, según detalle: Area Reserva 1 659 Has. (Sector 1) A: coordenada X: 5514175 coordenada Y: 5858223 B: coordenada X: 5522081 coordenada Y: 5858223 C: coordenada X: 5522081 coordenada Y: 5850508 D: coordenada X: 5514175 coordenada Y: 5850508 Area Reserva 2 Sup.: 6.097 Has (Sector 2) A: coordenada X: 5507834 coordenada Y: 5863723 B: coordenada X: 5510672 coordenada Y: 5863723 C: coordenada X: 5510672 coordenada Y: 5861387 D: coordenada X: 5507834 coordenada Y: 5861387 Area Reserva 3 Sup.: 1.714 Has. (Sector 3) A: coordenada X: 5526263 coordenada Y: 5847837 B: coordenada X: 5530208 coordenada Y.: 5847837 C: coordenada X: 5530180 coordenada Y: 5843406 D: coordenada X: 5526273: coordenada Y: 5843429 Art. 3º - Durante el plazo establecido, la Autoridad Minera no admitirá pedimentos de terceros, referidos a los minerales objeto de la investigación , salvo los originados en permisos o concesiones anteriores o en trámite. Art. 4º - Regístrese, Publíquese en el “Boletín Oficial”, Comuníquese y tome intervención Registro Gráfico.
Hay dos sellos y firmas del Dr. Marcelo Caballe Director Provincial de Minería Ministerio de la Producción Provincia de Buenos Aires y de Hugo Juan Fabiano Escribano de Minas de la Provincia de Buenos Aires. C.C. 7.037 Provincia de Buenos Aires DIRECCION PROVINICAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD