Estudio de caso: Liquidando un contrato laboral SOLUCIÓN: La señora Angelina Pérez desempeñaba el cargo de directora administrativa y financiera en la empresa ORVIS Internacional cuya razón social era la comercialización de productos hospitalarios. Ingreso a laborar el 02 de junio de 2014 hasta el 30 de diciembre de 2015, el último sueldo devengado fue $2.500.000. Este caso presenta un reto especial en su proceso de formación, por ello se le aconseja respetuosamente realizar una comprensión total del caso y de los retos que plantea para usted en tanto que deberá realizar el proceso de liquidación del contrato correspondiente al año 2015. Datos: AÑO 2014 Periodo (DD-MM-AAAA) 02/06/2014 al 30/12/2014 Días Laborados 209 Salario 2.500.000 Transporte 0 PRESTACIONES SOCIALES EN LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Liquidación definitiva de contrato de Trabajo. Son los pagos adicionales al salario (cesantías, intereses a las cesantías, prima de servicios y vacaciones) que constituyen beneficios para el empleado cuya finalidad es atender necesidades o cubrir riesgos. Estos valores son los que efectivamente serán recibidos en la liquidación definitiva del contrato de trabajo por un periodo de tiempo determinado. Cesantías 1.451.389 Intereses sobre cesantías 101.113 Prima primer semestre 201.389 Prima segundo semestre 1.250.000 Vacaciones 725.694 TOTAL 3.729.586 APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL (Valor mensual) Pensiones (AFP) 100.000 Fondo de solidaridad pensional 25.000 Salud (EPS) 100.000 Valores en pesos colombianos Recuerde que si ya pago la prima del semestre anterior debe restarla de este resultado
Periodo (DD-MM-AAAA) 01/01/2015 al 30/12/2015 Días Laborados 360 Salario 2.500.000 Transporte 0 PRESTACIONES SOCIALES EN LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Liquidación definitiva de contrato de Trabajo. Son los pagos adicionales al salario (cesantías, intereses a las cesantías, prima de servicios y vacaciones) que constituyen beneficios para el empleado cuya finalidad es atender necesidades o cubrir riesgos. Estos valores son los que efectivamente serán recibidos en la liquidación definitiva del contrato de trabajo por un periodo de tiempo determinado. Cesantías 2.500.000 Intereses sobre cesantías 300.000 Prima primer semestre 1.250.000 Prima segundo semestre 1.250.000 Vacaciones 1.250.000 TOTAL 6.550.000 APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL (Valor mensual) Pensiones (AFP) 100.000 Fondo de solidaridad pensional 0 Salud (EPS) 100.000 Valores en pesos colombianos Recuerde que si ya pago la prima del semestre anterior debe restarla de este resultado
Por último, como no hay justa causa para el despido en la relación laboral a término indefinido, hay lugar a reconocer una indemnización a favor del empleado que se hace consistir en: Ley 789 de 2002 Artículo 28. Terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa. El artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, subrogado por el artículo 6º de la Ley 50 de 1990, quedará así: En los contratos a término indefinido la indemnización se pagará así: a) Para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez (10) salarios mínimos mensuales legales: 1. Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.