Reglamento de Régimen Interno
CONDUCTA
AGRAVANTES
Manifestaciones expresas contrarias a los valores y derechos democráticos legalmente establecidos.
Premeditación
Las acciones de desconsideración, imposición de criterio, amenaza, insulto y falta de respeto, en general, a los miembros de la comunidad educativa, siempre que no sean calificadas como faltas.
Reiteración
La falta de puntualidad o de asistencia a clase, cuando no esté debidamente justificada. La incorrección en la presencia, motivada por la falta de aseo personal o en la indumentaria, que pudiera provocar una alteración en la actividad del centro, tomando en consideración, en todo caso, factores culturales o familiares. El incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase, dificultando la actuación del profesorado y del resto de alumnos. El deterioro leve de las dependencias del centro, de su material o de pertenencias de otros alumnos, realizado de forma negligente o intencionada. La utilización inadecuada de aparatos electrónicos. Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad escolar y no constituya falta según el artículo 48 de este Decreto.
C.P.C. Maximino San Miguel de la Cámara CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO ÓRGANOS COMPETENTES MEDIDAS POSTERIORES ACCIONES RESPONSABILIDAD RESPONSABLE ATENUANTES MEDIACIÓN/ POR DAÑOS ACUERDO DE CORRECCIÓN INMEDIATAS REEDUCATIVO Reconocimiento espontáneo y petición de excusas
Exigencia de petición pública o privada de disculpas. Falta de intencionalidad
Incitación
Alarma social
Gravedad
Publicidad o jactancia
Amonestación pública o privada.
Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a cabo la actividad durante el tiempo que estime el profesor.
Carácter ocasional
Fracaso de la mediación*
Circunstancias personales
Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario no lectivo, en este caso con permanencia o no en el centro.
Amonestación escrita.
Consejo escolar
Modificación temporal del horario lectivo (máx. 15 días)
Comisión de convivencia
Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de actividades de centro, o a reparar el daño causado (máx. 5 días )
SI
SI
Claustro de profesores
Director
Jefe de estudios Realización de tareas de apoyo a otros alumnos y profesores (máx. 15 días)
Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares (máx. 15 días)
NO
NO
Coordinador de convivencia
Tutores docentes
Profesorado
Cambio de grupo del alumno (máx. 15 días)
Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases , permaneciendo en el centro (máx. 5 días)
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Reglamento de Régimen Interno
C.P.C. Maximino San Miguel de la Cámara CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO-ÓRGANOS COMPETENTES
FALTAS
La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física, directa o indirecta, al profesorado, a cualquier miembro de la comunidad educativa y, en general, a todas aquellas personas que desarrollan su prestación de servicios en el centro educativo.
AGRAVANTES ATENUANTES
Premeditación Reconocimiento espontáneo y petición de excusas Reiteración
Incitación Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente aquéllas que tengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas.
Amonestación pública o privada.
Exigencia de petición pública o privada de disculpas. Falta de intencionalidad
Alarma social
Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a cabo la actividad durante el tiempo que estime el profesor.
Carácter ocasional
Gravedad La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos y material académico.
ACCIONES INMEDIATAS
Publicidad o jactancia
Fracaso de la mediación*
Circunstancias personales
Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario no lectivo, en este caso con permanencia o no en el centro.
MEDIDAS POSTERIORES SANCIONES
MEDIACIÓN/ ACUERDO REEDUCATIVO
INCOACIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR
RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de actividades de centro, o a reparar el daño causado.
Consejo escolar
Comisión de convivencia SI
SI
SI Claustro de profesores
(6- 15 días) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares (15- 30 días)
Director NO
Cambio de grupo del alumno (16 días lectivosfinalización del curso escolar)
ÓRGANO COMPETENTE
NO
NO
Jefe de estudios
Coordinador de convivencia
Tutores docentes El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.
Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro.
Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas ellas (5- 30 días)
Profesorado
Cambio de centro.
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Reglamento de Régimen Interno
C.P.C. Maximino San Miguel de la Cámara
La mediación y procesos de acuerdo reeducativo La mediación
LA MEDIACIÓN
¿QUÉ ENTENDEMOS POR MEDIACIÓN?
Forma de abordar conflictos entre dos o más persona, con ayuda de una tercera: MEDIADOR
CARACTERÍSTICAS
¿CÓMO PROMOCIONARLA?
¿QUIÉN LA LLEVARÁ A CABO?
Voluntaria Confidencial Secuenciada
A LA COMUNIDAD EDUCATIVA se la debe de:
COORDINADOR DE CONVIVENCIA
Informar: Normativa vigente y Plan de convivencia Formar: Tareas de mediación en conflictos
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