Rof 2009-10

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Reglamento de Organización y Funcionamiento.

IES “Laguna de Tollón” El Cuervo

R eglamento de O rganización y F uncionamiento Curso 2009-10

I.E.S. “Laguna de Tollón” El Cuervo de Sevilla

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Reglamento de Organización y Funcionamiento.

IES “Laguna de Tollón” El Cuervo

Contenido INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 3 Modificaciones del ROF. ............................................................................................................................................ 3

1.- GOBIERNO Y GESTIÓN DEMOCRÁTICOS DEL CENTRO ............................................................. 5 1.1. EQUIPO DIRECTIVO ............................................................................................................................................ 5 1.2. ÓRGANOS COLEGIADOS ................................................................................................................................... 10 1.3. ORGANIZACIÓN ECONÓMICA .......................................................................................................................... 14 1.4. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS ................................................................................................ 17

2.- ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE ............................................................................. 19 2.1. DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN............................................................................................ 19 2.2 DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y

EXTRAESCOLARES. ..................... 20

2.3. DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS .................................................................................................. 25 2.4. EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA (ETCP) ........................................................ 28 2.5. EQUIPO EDUCATIVO .................................................................................................................. 30 2.5.1. PROCEDIMIENTO PARA EL CAMBIO DE OPTATIVAS ...................................................................................... 30

2.6. TUTORES ................................................................................................................................... 32 2.6.1. TUTORÍAS ESPECIALES.- En caso de haberlas: ............................................................................................... 33

3.-LA COMUNICACIÓN Y LA INFORMACIÓN EN EL CENTRO EDUCATIVO .................................... 37 4.-ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS MATERIALES. ........................... 39 4.1. CONFECCIÓN DE GRUPOS: ......................................................................................................... 39 4.2. ORGANIZACIÓN DE LAS AULAS................................................................................................... 39 4.3. USO DE AULAS ESPECÍFICAS ....................................................................................................... 40 4.3.1. Aula de audiovisuales. ................................................................................................................................... 40 4.3.2. Aula de Informática: ...................................................................................................................................... 41 4.3.3.- Laboratorios de Ciencias: Física - Química y Biología-Geología ................................................................... 42 4.3.4. Aulas de Tecnología y Tecnología-informática:............................................................................................. 43 4.3.5. Aulas de plástica y visual: .............................................................................................................................. 44 4.3.6. Aula de Música: ............................................................................................................................................. 44 4.3.7. Aula de Educación Física. .............................................................................................................................. 44 4.3.8. Aula de apoyo. .............................................................................................................................................. 45 4.3.9. Aulas del C.F.G.M. ......................................................................................................................................... 45

4.4. ORGANIZACIÓN DE LA BIBLIOTECA............................................................................................. 47 4.5. SALA DE PROFESORES ................................................................................................................ 51 4.6. FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA: ...................................................................................... 51 4.7. FUNCIONAMIENTO DE LA CAFETERÍA ......................................................................................... 53 4.8. PRÉSTAMOS DE MATERIAL ........................................................................................................ 54 4.9. FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE REPROGRAFÍA: .................................................................. 55 4.11. ACCESOS AL CENTRO: .............................................................................................................. 60

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4.12. COLOCACIÓN DE CARTELES Y ANUNCIOS.- ................................................................................ 61

5. LA PARTICIPACIÓN EN LA VIDA DEL CENTRO. ........................................................................ 62 5.1. LA PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES-MADRES.............................................................................. 62 5.1.1. A nivel de centro. .......................................................................................................................................... 62 5.1.2 A nivel de aula ............................................................................................................................................... 62

5.2. LA PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO .......................................................................................... 63 5.2.1. A nivel de centro. .......................................................................................................................................... 63 5.2.2. A nivel de aula ............................................................................................................................................... 65

5.3. PARTICIPACIÓN DEL PROFESORADO .......................................................................................... 66 5.3.1. A nivel de Centro ........................................................................................................................................... 66

6.

LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO EDUCATIVO .................................................................... 68 6.1. ASPECTOS GENERALES ............................................................................................................... 68 6.2. FACTORES QUE FAVORECEN LA CONVIVENCIA ........................................................................... 68 6.3 PLAN DE LIMPIEZA ...................................................................................................................... 69

7. .NORMAS DE CONVIVENCIA ................................................................................................. 70 7.1. RELATIVAS AL PROFESORADO .................................................................................................... 70 7.2. RELATIVAS A LOS PADRES/MADRES. .......................................................................................... 77 7.3. RELATIVAS AL ALUMNADO ........................................................................................................ 78

8. RELACIONES CON EL ENTORNO ............................................................................................ 91 8.1. RELACIONES CON OTROS CENTROS ............................................................................................ 91 8.2. RELACIONES CON EL AYUNTAMIENTO ........................................................................................ 91 8.3. RELACIONES CON LAS ENTIDADES CULTURALES.......................................................................... 91 8.4. RELACIONES CON LA POLICÍA LOCAL Y LA GUARDIA CIVIL ........................................................... 92 8.5. RELACIONES CON LA ADMINISTACION DE EDUCATIVA ................................................................ 92 8.6. RELACIONES CON EL CENTRO DE PROFESORADO ........................................................................ 92 8.7. RELACIONES CON EL CENTRO DE SALUD ..................................................................................... 93

9. REFERENCIAS NORMATIVAS ................................................................................................. 94 ANEXOS................................................................................................................................... 96

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INTRODUCCIÓN La finalidad del presente Reglamento de Organización y Funcionamiento es regular aquellos aspectos de la gestión ordinaria de un Centro educativo que no están previstos en otra normativa. Ello es siempre necesario por cuanto las normas generales no pueden prever todas las situaciones de la realidad multiforme y útil por cuanto la regulación produce seguridad, evitando conflictos y arbitrariedades. Esta norma surge del conocimiento de la realidad educativa del I.E.S. y de la reflexión de los distintos sectores de la comunidad educativa, quienes han participado en su elaboración, haciendo un esfuerzo por dotarse de un instrumento legal que ayude a lograr los objetivos y finalidades a los que se oriente la educación, siguiendo el principio de autonomía del Centro educativo, así con este Reglamento se le intenta dotar de los medios organizativos y mecanismos de funcionamiento que lo permitan. El Reglamento ha buscado el equilibrio entre la regulación excesivamente meticulosa, que obligaría a frecuentes revisiones, no muy aconsejables porque las normas tienen un tiempo de aplicación para producir sus efectos, y la regulación poco detallada que no cumple la finalidad de dar respuesta a las cuestiones organizativas y de funcionamiento que se plantean a diario.

Modificaciones del ROF. Cuando se considere necesario introducir modificaciones se seguirá el procedimiento para modificación del Proyecto de Centro (Decreto 200 de 3/9/97, art.5): “las propuestas de modificación podrán hacerse por el Equipo directivo, por el Claustro o por un tercio de los miembros del Consejo Escolar. En los casos del Equipo directivo o del Claustro, la propuesta se acordará por mayoría simple de los miembros que componen estos órganos. Una vez presentada la propuesta, el Director del Centro fijará el plazo de al menos un mes para su estudio por todos los miembros del Consejo Escolar. Dicha propuesta de 3

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modificación será sometida a votación por el Consejo Escolar en el tercer trimestre del año académico y entrará en vigor al comienzo del curso siguiente, en caso de ser aprobada”. De forma excepcional, el Equipo Directivo, por propia iniciativa o a propuesta de cualquier estamento y siempre tratado a través del E.T.C.P., podrá proponer la modificación/ampliación de cualquier apartado del presente Reglamento a la vista de situaciones que se pongan de manifiesto a lo largo del curso y que tengan carácter de urgencia. Dichas propuestas, caso de ser aprobadas siguiendo el procedimiento habitual, entrarían en vigor de forma inmediata.

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1.- GOBIERNO Y GESTIÓN DEMOCRÁTICOS DEL CENTRO 1.1. EQUIPO DIRECTIVO El Equipo Directivo está integrado por todos los órganos unipersonales de gobierno (Director, Jefe de Estudios, Secretario y cuantos otros cargos marque la Ley). Se reunirá una vez por semana de forma ordinaria y cuando algunos asuntos lo requieran de forma extraordinaria Las reuniones las convocará el Director a iniciativa propia o a petición al menos de dos miembros. Los asuntos que se tratarán en estas reuniones serán la organización del trabajo cotidiano de la dirección, la coordinación entre los distintos órganos unipersonales de gobierno y el consenso en la toma de decisiones que le competen a la dirección. No se levantará acta de estas reuniones y los asistentes están obligados a guardar sigilo acerca de las deliberaciones, especialmente en lo que concierne a las manifestaciones efectuadas por terceros. El equipo directivo actuará de forma colegiada y tendrá las siguientes funciones: a) Velar por el buen funcionamiento del Centro. b) Estudiar y presentar al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación de toda la comunidad educativa en la vida del Centro. c) Promover procedimientos de evaluación de las distintas actividades y colaborar en las evaluaciones externas del Centro. d) Proponer a la comunidad educativa actuaciones de carácter preventivo que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran y que mejoren la convivencia en el Instituto. e) Adoptar las medidas necesarias para le ejecución coordinada de las decisiones del Consejo Escolar y del Claustro de Profesores en el ámbito de sus respectivas competencias. f) Establecer los criterios para la elaboración del proyecto de presupuesto. g) Coordinar la elaboración del Proyecto de Centro, del Plan Anual de Centro, del Plan de Convivencia del centro y de la Memoria Final de Curso. h) Elaborar la propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento. 5

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i) Colaborar con la Administración Educativa en aquellos órganos de participación que, a tales efectos, se establezcan.

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1.1.1. Competencias del Director (art. 20 Dec 200 de 6/9/97): a)

Dirigir y coordinar todas las actividades del Instituto, de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias de los restantes órganos de gobierno del mismo.

b)

Representar oficialmente a la Administración Educativa en el Centro y ostentar la representación oficial del mismo, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.

c)

Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.

d)

Colaborar con los órganos de la Administración Educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos del Instituto, así como formar parte de los órganos consultivos de la Delegación Provincial que se establezcan.

e)

Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al Instituto.

f)

Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del Instituto y ordenar los pagos.

g)

Visar las certificaciones y documentos oficiales del Instituto, así como de los Centros privados que, en su caso, se adscriban a él.

h)

Designar y proponer el nombramiento y cese de los restantes miembros del Equipo directivo.

i)

Proponer el nombramiento y cese de los Jefes de Departamento y de los tutores, de acuerdo con el procedimiento establecido en este Reglamento.

j)

Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa y proporcionar los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas competencias, garantizando el derecho de reunión del profesorado, de los padres y madres, del alumnado y del personal de administración y servicios.

k)

Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones del Consejo Escolar, del Claustro y del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica del Instituto y de los demás órganos colegiados.

l)

Firmar convenios de colaboración con centros de trabajo, una vez informados por el Consejo Escolar.

m)

Favorecer la convivencia en el instituto y garantizar que el procedimiento seguido para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, se ajuste a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funcionamiento y a los criterios fijados por el Consejo Escolar del Instituto.

n)

Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con lo que, en aplicación del artículo 13 del presente Reglamento, se determine a tales efectos. 7

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o)

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Favorecer la evaluación de todos los proyectos y actividades del Instituto y colaborar con la Administración Educativa en las evaluaciones externas que periódicamente se llevan a cabo.

p)

Resolver los conflictos e imponer las correcciones con finalidad pedagógica que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el Centro de acuerdo con la normativa vigente.

q)

Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente.

1.1.2. Competencias del Vicedirector (art. 23 Dec 200 de 6/9/97): a)

Colaborar con el Director del Centro en el desarrollo de sus funciones.

b)

Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.

c)

Mantener, por delegación del Director, las relaciones administrativas con la Delegación Provincial y proporcionar la información que sea requerida por las autoridades educativas competentes.

d)

Promover e impulsar las relaciones del Instituto con las instituciones de su entorno y facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.

e)

Promover las relaciones con los Centros de trabajo que afecten a la formación del alumnado y su inserción profesional.

f)

Promover la realización de actividades extraescolares en colaboración con el Ayuntamiento y otras Instituciones del entorno, dentro del marco del Proyecto de Centro y en coherencia con las Finalidades Educativas.

g)

Facilitar la información sobre la vida del Instituto a los distintos sectores de la comunidad educativa.

h)

Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización.

i)

Cualquiera otra que le sean atribuida por la normativa vigente y por el ROF

1.1.3. Competencias del Jefe de Estudios (art. 24 Dec 200 de 6/9/97): a)

Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

b)

Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad (caso de no existir 8

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Vicedirector). c)

Coordinar las actividades de carácter académico y de orientación, incluidas las derivadas de la coordinación con los Centros de Educación Primaria que tenga adscritos el Instituto.

d)

Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el horario general del Instituto, así como los horarios académicos del alumnado y del profesorado, de acuerdo con los criterios incluidos en el Plan Anual de Centro, así como velar por su estricto cumplimiento.

e)

Coordinar las actividades de los Jefes de Departamento.

f)

Coordinar y dirigir la acción de los tutores con la colaboración del Departamento de orientación, de acuerdo con el plan de orientación y de acción tutorial.

g)

Coordinar la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado que, de acuerdo con el plan de formación, organice el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

h)

Organizar los actos académicos.

i)

Organizar la atención y el cuidado de los alumnos y alumnas en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

j)

Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente y por el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro

1.1.4. Competencias del Jefe de Estudios Adjunto (art.30 Dec 200 de 6/8/97). a)

Las funciones del jefe de Estudios Adjunto serán las que, supervisadas por el Director, en él delegue el Jefe de Estudios.

1.1.3. Competencias del Secretario (art. 25 Dec 200 de 6/9/97): a)

Ordenar el régimen administrativo del Instituto, de conformidad con las directrices del Director.

b)

Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del Instituto, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.

c)

Custodiar los libros oficiales y archivos del Instituto. 9

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d)

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Expedir, con el visto bueno del Director, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.

e)

Realizar el inventario general del Instituto y mantenerlo actualizado.

f)

Adquirir el material y el equipamiento del Instituto, custodiar. coordinar

y

gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones del Director. g)

Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al Instituto y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

h)

Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el horario del personal de administración y servicios, así como velar por su estricto cumplimiento.

i)

Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del Instituto.

j)

Ordenar el régimen económico del Instituto, de conformidad con las Instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

k)

Recibir el correo destinado al Centro y ordenar su distribución o

tramitación,

seleccionando las disposiciones de interés publicadas en el BOJA y ordenando su divulgación. l)

Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente y por

el

Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro.

1.2. ÓRGANOS COLEGIADOS Son órganos colegiados de gobierno el Claustro de Profesores y el Consejo Escolar. El día de las reuniones de Claustros y Consejos Escolares se determinará cada curso en el PAC.

FUNCIONAMIENTO -

Los órganos colegiados del Centro se regirán por el Decreto 486/1996 de 5 de noviembre BOJA de 9 de noviembre) completado con las siguientes normas:

*

Todos los miembros están obligados a asistir desde el principio hasta el final de las 10

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reuniones. La validez de las reuniones de los órganos colegiados se ajustará a la Ley de Procedimiento Administrativo. *

El Secretario o en su ausencia el miembro que designe el Director levantará acta de las reuniones, la cual será leída para su aprobación al inicio de la siguiente reunión, salvo en las reuniones de final de curso donde se hará un descanso para preparar el acta, después se leerá y aprobará al término de esa reunión.

*

Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple en los casos en que la normativa de rango superior a este Reglamento no exige mayoría absoluta. En caso de empate puede dirimir el Director con su voto de calidad. Quienes han votado en contra de un acuerdo adoptado pueden hacerlo constar en acta para eludir hipotéticas responsabilidades que en futuro se deriven del mismo.

*

Las votaciones se efectuarán a mano alzada, salvo que alguno de los presentes solicite que se realice en secreto. En ningún caso es posible delegar el voto.

*

Se podrá alterar el orden de los asuntos a tratar cuando haya razones que lo justifiquen y no se plantee ninguna objeción por parte de los presentes.

*

Todas las convocatorias incluirán ruegos y preguntas, pero no pueden adoptarse acuerdos en este punto y se permite aplazar la respuesta a las cuestiones planteadas para la siguiente reunión.

*

Para introducir algún punto en el orden del día

deben apoyar la propuesta la

mayoría de los asistentes y para tomar algún acuerdo sobre tal punto deben votar a favor del mismo la mayoría absoluta de los miembros del órgano. *

El Director modera las reuniones y da los turnos de palabra, de los cuales puede hacer uso cada miembro dos veces como máximo por tema. Tras las intervenciones hará la síntesis y formulará la propuesta para la votación, si es el caso.

*

En caso de ausencia del Director preside las reuniones el Vicedirector, en su caso, o Jefe de Estudios y si éste no pudiera hacerlo por circunstancias justificadas se encargará de ello el Jefe de Estudios Adjunto. Con la ausencia de estos órganos unipersonales mencionados no puede celebrarse ninguna reunión.

1.2.1. Competencias del Claustro de Profesores: a)

Formular propuestas dirigidas al equipo directivo para la elaboración del Proyecto Educativo del Centro y del plan anual del mismo.

b)

Establecer los criterios para la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos, 11

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conforme al Proyecto Educativo del Centro. c)

Aprobar los aspectos docentes del Plan Anual del Centro, conforme al Proyecto Educativo del Centro e informar antes de su presentación al Consejo Escolar, así como de la Memoria Final de Curso.

d)

Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación educativas.

e)

Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar del Centro.

f)

Conocer las candidaturas a la dirección y los programas presentados por los candidatos.

g)

Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos y alumnas.

h)

Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del Centro realice la Administración Educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo.

i)

Analizar y evaluar los aspectos docentes del Proyecto Educativo del Centro y del plan anual del mismo.

j)

Promover iniciativas en la formación del profesorado del Centro y elegir a su representante en el Centro de Profesores.

k)

Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración del horario general del Centro, de los horarios de los alumnos y de las alumnas y de los horarios del profesorado.

l)

Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.

m)

Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del Centro a través de los resultados de las evaluaciones y de cuantos otros medios se consideren.

n)

Conocer las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno.

o)

Cualesquiera otras que les sean atribuidas en la normativa vigente.

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Reglamento de Organización y Funcionamiento.

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1.2.2. Competencias del Consejo Escolar: a)

Establecer las directrices para la elaboración del Proyecto Educativo del Centro, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el Claustro de Profesores tienen atribuidas en relación con la planificación y organización docente. Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje.

b)

Elegir al Director o Directora del Centro.

c)

Informar a la Administración Educativa acerca de la designación del Director o Directora del Centro en el supuesto de que éste deba ser designado por la misma.

d)

Proponer la revocación del nombramiento del Director o Directora.

e)

Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción estricta a lo establecido en la normativa vigente.

f)

Aprobar el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro.

g)

Aprobar el proyecto de presupuesto del Centro y la ejecución del mismo.

h)

Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento escolar, así como vigilar su conservación.

i)

Aprobar y evaluar la programación general del Centro, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al Claustro de Profesores.

j)

Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias y extraescolares.

k)

Fijar las directrices para la colaboración del Centro con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros Centros, entidades y organismos.

l)

Analizar y evaluar el funcionamiento general del Centro especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe de dicha aplicación que se incluirá en la Memoria Final de Curso.

m)

Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del Centro.

n)

Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del Centro realice la Administración Educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.

o)

Informar y aprobar la memoria anual sobre las actividades y actuación general del Centro.

p)

Conocer e impulsar las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno.

q)

Cualesquiera otras que les sean atribuidas por la normativa vigente.

r)

Aprobar el Plan Anual de Centro y sus posibles modificaciones así como el Plan de convivencia del centro. 13

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s)

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Crear las diversas comisiones en el seno del Consejo Escolar (actualmente están creadas las comisiones económica, de convivencia, para la gratuidad de libros de texto, de autoprotección y de planes y proyectos). La comisión de convivencia será informada al menos dos veces al año de actuaciones, medidas y correcciones adoptadas. Las funciones de la comisión económica se detallan en el punto siguiente. Las funciones de la comisión para la gratuidad de libros de texto se detallan en el punto en que se trata la gratuidad de libros de texto. Las funciones de la comisión de autoprotección se detallarán en el Plan de autoprotección y la de Planes y Proyectos supervisará los distintos Planes y Proyectos que tengamos en el centro. La duración del Consejo Escolar no podrá superar las 20:30h de la tarde (si su

comienzo es a las 18:00h y nunca más de dos horas y media desde su comienzo, si éste es a una hora diferente). En el caso en el que los temas abordados por dicho órgano colegiado no puedan abordarse en una sesión, se continuará al día siguiente. Si se estima oportuno un retraso de 10-15 minutos podrá tenerse en cuenta a fin de evitar la segunda sesión.

1.3. ORGANIZACIÓN ECONÓMICA La organización económica del Centro se atendrá a lo previsto en la legislación vigente sobre esta materia, añadiendo las siguientes especificaciones para completar la citada normativa: La Comisión Económica creada en el seno del Consejo Escolar se reunirá de forma ordinaria con una periodicidad trimestral para ir conociendo la evolución de los ingresos y los gastos del Centro, prestar asesoramiento al Director y Secretario en cuestiones económicas y controlar el presupuesto. También puede reunirse de forma extraordinaria cuando sea necesario tratar algún asunto con urgencia. Las reuniones serán convocadas por el Director por iniciativa propia o a petición de cualquiera de los miembros. El Secretario levantará acta de las reuniones. Se controlará el gasto de teléfonos y fotocopias, de esta forma: -

El

teléfono de Secretaría sólo será usado por el profesorado para

llamadas oficiales, anotando en el documento de control los datos de la llamada. 14

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-

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Nunca se permitirá al alumno/a efectuar la llamada, ni comunicarse con

el padre/madre. El ordenanza que realice fotocopias las anotará en el documento que existe en conserjería para tal fin. (ver ANEXOS) Del presupuesto general del centro habrá una parte destinada al funcionamiento de los diferentes departamentos (que se decidirá en función de las posibilidades cada año) que se distribuirá de la siguiente forma: -

FIJO: 25% de esa cantidad para cada departamento.

-

VARIABLE: 50 % de esa cantidad distribuido en: 25% según nº de profesores del departamento. 50 % según nº de alumnos. 25 % según nº de horas.

El 25 % restante se dedicará al funcionamiento de la AULAS ESPECÍFICAS: Informática, tecnología, laboratorio de Física Química, laboratorio de Biología Geología, música, plástica, ed. Física, orientación (en caso de no tener asignación directa). La cantidad asignada será gestionada por el correspondiente departamento y destinada exclusivamente al funcionamiento del aula. Las normas para efectuar compras por parte de los departamentos con cargo a la asignación económica que tengan en cada momento son: - El Jefe de departamento es el responsable de las compras que efectúen todos los miembros de su departamento. También debe limitar los gastos a la dotación económica que posea, sin crear déficit. - Para que el Centro pague cualquier compra debe obrar en poder del Secretario la factura que reúna todos los requisitos legales y a nombre del Centro con el C.I.F: de Educación y Ciencia (S-411 1001-F). Esta factura puede haber sido pagada por un profesor en cuyo caso se le entregará un cheque a su nombre, o puede deberse al proveedor, en este supuesto se enviará un cheque por la cantidad adeudada o se abonará en cuenta el impone. - Excepcionalmente, se entregarán cheques presentando una factura pro forma cuando algún departamento necesite adquirir material a un proveedor que exija pago al contado y el profesor que realiza la compra no desea abonar el impone para que posteriormente el Centro le pague el gasto realizado. en este caso el profesor firmará un recibo y se encargará de entregarle al 15

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Secretario la factura lo antes posible. - Todos los libros son inventariables. Los adquiridos deben entregarse junto con la factura o albarán para sellarlos y el Jefe de departamento debe ocuparse de incluirlos en el inventario (haciéndolo él mismo o indicándoselo a quién se encargue de la biblioteca) incluyendo los libros donados. - Si algún departamento necesita más dinero del asignado puede pedir a otros departamentos que le cedan parte del suyo si previsiblemente no van a necesitarlo Esta es la única forma de efectuar compras cuando la cantidad asignada se ha agotado, debiendo los dos jefes de departamento afectados comunicárselo al Secretario para que contabilice la cesión. Por tanto, el Centro no pagará ninguna factura cuando un departamento no tenga asignación (propio o cedida) A partir del mes de junio no será necesario la cesión del dinero por parte de otros departamentos al departamento interesado en incrementar sus gastos ya que el secretario lo efectuará de oficio. - Para comprar material inventariable hay que comunicarlo previamente al Secretario, con objeto de que éste compruebe si es posible realizar la adquisición sin superar el 10% del presupuesto de gastos de Funcionamiento del Centro. Una vez autorizada la compra debe solicitar 3 presupuestos para optar por el más económico (excepto libros), estando obligado a argumentar la decisión en caso de que elija otro. - Cuando se efectúe alguna compra contra reembolso se le comunicará al Secretario para que sepa de qué se trata cuando se reciba el aviso de llegada. También se le informará si lo trae el servicio oficial de Correos o alguna mensajería, prefiriéndose siempre el primero ya que las empresas privadas exigen que se tenga preparado el importe cuando vienen a realizar la entrega. En las reuniones de Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica, se dará cuenta mensualmente del estado de gastos de cada uno de los departamentos, según informe del Secretario.

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1.4. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS El Centro cuenta con el siguiente personal de administración y servicios: limpiadores/as, ordenanzas y auxiliares administrativos/as. El personal de administración y servicios tiene los derechos y obligaciones establecidos en la normativa vigente. El horario individual de trabajo se establecerá al inicio de cada curso, respetando la normativa que a cada empleado le es de aplicación Funciones de los auxiliares administrativos Las tareas de las que se ocuparán los/as auxiliares administrativos/as son: - Tramitar todo tipo de documentos que lleguen al Centro o partan de! mismo, encargándose de llevar puntualmente los registro de entrada, salida y otros específicos. - Atender al público en horario de 10 a 12 horas. - Contestar consultas por teléfono durante su jornada de trabajo. - Mecanografiar cuanto escritos se les entreguen por parte del Equipo Directivo. - Rellenar la documentación administrativa de los alumnos que no corresponda a los tutores. - Prestar Boletines Oficiales a personal del Centro, previa anotación, cuando lo solicite. - Archivar ordenadamente todos los documentos, siguiendo las directrices organizativas del Director y Secretario. - Confeccionar certificados de calificaciones, rellenar libros de escolaridad. - Realizar todas las tareas administrativas en el proceso de matriculación. - Colaborar en todas las tareas administrativas que se realicen en el Centro cuando les hayan sido encomendadas formalmente. Funciones de los ordenanzas Las tareas de las que se ocuparan los ordenanzas son - Abrir y cerrar todas las puertas y ventanas del Centro y custodiar las llaves, debiendo mantener abiertas durante toda la jornada escolar las salidas de emergencia. - Recoger y entregar diariamente el correo en la oficina de la localidad, obligándose a 17

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dejar cuantas misivas lleguen al centro inmediatamente en el despacho del Secretario. - Atender el teléfono, recoger avisos y pasar las llamadas. - Custodiar la entrada al Centro, atendiendo el portero electrónico. - Efectuar los encargos que se les encomienden fuera del Centro. - Transportar los muebles y enseres cuando sea necesario en el recinto escolar. - Recoger y entregar la documentación cuando se les encomiende. - Encender y apagar luces cuando sea necesario y la calefacción cuando se les encargue. - Actuar en caso de emergencia siguiendo las indicaciones del plan de autoprotección. - Solamente entregarán las llaves de las aulas especificas a los profesores que las utilicen, las de los departamentos a los miembros del mismo y las de los despachos a los cargos directivos. - Cerrar las aulas que estén abiertas y apagar las luces en los recreos para lo cual al iniciarse el mismo deben recorrerlas todas supervisando su situación. También deben hacerse estas tareas al final de la jornada escolar. - Enviar a los alumnos al patio durante los recreos. - Anotar los desperfectos que observen en el cuaderno que existe para tal fin. - Atender a todas las personas que se dirijan a ellos/as sean del Centro o no. - Informar al público por teléfono y personalmente de las cuestiones que se le planteen y ellos/as conozcan. - Impedir que cualquier persona ajena al Centro acceda a la sala de profesores, despachos, departamentos o aulas sin permiso. - Reproducir documentos en la fotocopiadora o multicopista y exigir la firma posterior de quien los haya encargado, anotándolos donde proceda. - Cuantas tareas de análoga naturaleza se les encomienden, permitidas por la normativa. Funciones de los/as limpiadores/as Las tareas de las que se ocupan los/as limpiadores/as son las siguientes: - Limpieza general de todo el recinto escolar, incluyendo patios, instalaciones, mobiliario, aparcamiento, máquinas, herramientas, útiles, jardines, pista deportiva, etc. 18

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- Anotar los desperfectos que observen en el impreso destino a ese fin en conserjería.

2.- ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Son órganos de coordinación docente el departamento de orientación, el departamento de actividades complementarias y extraescolares, los departamentos didácticos, el equipo técnico de coordinación pedagógica, los equipos educativos y los tutores. (Decrt. 200 de 6/9/97)

2.1. DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN Asumirá las siguientes funciones: a)

Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica y en colaboración con los tutores, la propuesta de plan de orientación y de acción tutorial, y elevarla a dicho Equipo para su discusión y posterior inclusión en el Proyecto Curricular de Centro.

b)

Elaborar las actividades correspondientes al Departamento para su inclusión en el Plan Anual de Centro.

c)

Contribuir al desarrollo del plan de orientación y de acción tutorial, así como llevar a cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborar las correspondientes propuestas de mejora, como parte integrante de la Memoria Final de Curso, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Consejo Escolar en esta materia.

d)

Colaborar con los Departamentos didácticos, bajo la coordinación del Jefe de Estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y elaborar la programación y la realización de adaptaciones curriculares dirigidas al alumnado que lo precise.

e)

Realizar la evaluación psicológica y pedagógica previa, prevista en la normativa vigente.

f)

Participar en la elaboración del consejo orientador que sobre el futuro académico y profesional del alumno o alumna ha de formularse según lo establecido en el artículo 21 del Decreto lO6/1.992, de 9 de Junio (BOJA del 20), por el que se establecen las enseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía.

g)

Formular propuestas al Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica sobre los aspectos psicopedagógicos del Proyecto Curricular de Centro. 19

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h)

Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento.

i)

Colaborar con el Equipo Directivo en la coordinación de la elaboración del Plan de Convivencia, así como asesorar a la comisión de convivencia.

2.2 DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES. a)

Elaborar la programación anual de las actividades complementarias y extraescolares para su inclusión en el Plan Anual de Centro, contando

para

ello

con

las

propuestas que realicen los Departamentos didácticos, la Junta de Delegados de Alumnos, las Asociaciones de padres de alumnos y alumnas. b)

Organizar la realización de las actividades complementarias y extraescolares programadas.

c)

Distribuir los recursos económicos asignados por el Consejo Escolar para la realización de actividades complementarias.

d)

Organizar la utilización de la biblioteca del Instituto y, en su caso, de las instalaciones y demás recursos que se vayan a emplear en la realización de las actividades complementarias y extraescolares, así como velar por el uso correcto de los mismos.

e)

Llevar a cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborara las correspondientes propuestas de mejora, como parte integrante de la Memoria Final de Curso, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Consejo Escolar en esta materia.

f)

Coordinar la organización de los viajes de estudios, los intercambios escolares y cualquier tipo de viajes que se realicen por el alumnado.

g)

Representar al Departamento en el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

Normas para la realización de actividades extraescolares y complementarias. Las actividades extraescolares y complementarias que se realicen en el Centro deberán figurar en el Plan Anual de Centro o haber sido aprobadas de forma independiente por el Consejo Escolar. Sólo se incluirán nuevas actividades en las revisiones trimestrales del P.A.C. Excepcionalmente se presentará una actividad al C.E. para su aprobación cuando ésta sea imprevisible en el tiempo por no depender del IES su 20

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programación. Dichas actividades se regirán por las siguientes normas: -El Departamento/profesor que propone una actividad deberá presentar un proyecto de la misma a la Jefatura del Departamento de A.A.E.E. rellenando el documento que se le facilitará para tal fin. (ver ANEXOS). Una relación nominal definitiva de los alumnos y profesores participantes se hará llegar a la Jefatura de Estudios el mismo día de la realización de la actividad una vez comprobados los asistentes. -El Jefe del Departamento de Actividades Extraescolares y complementarias recogerá todos los proyectos y entregará copia de los mismos en la Jefatura de Estudios, con una antelación mínima de 4 días lectivos sobre la fecha prevista para la actividad con objeto de que se pueda organizar adecuadamente la atención a alumnos/as. Para ello, los profesores participantes programarán las actividades a realizar por los grupos a los que correspondería atender según su horario. - El Departamento/profesor que presenta la actividad es el responsable de que se ajuste la realización a lo proyectado, debiendo presentar un presupuesto de gastos al jefe/a del departamento de A.A.E.E. antes de la actividad y justificantes de gastos tras realizar la actividad. - El jefe del Departamento de AA.EE deberá realizar una carta informativa dirigida a los padres para cada salida que se haga fuera del IES. A dicha carta se adjuntará la autorización correspondiente que los padres deberán cumplimentar y devolver al tutor o al profesor encargado de la salida. - El Departamento/profesor responsable debe recabar la autorización de los padres de los alumnos con una antelación mínima de 48 h., conservándola durante la actividad hasta su finalización. Dicha autorización se hará completando el documento modelo existente en el Departamento de AAEE. (ver ANEXOS) - El número de profesores acompañantes en las actividades será como mínimo de 1 por cada 20 alumnos o fracción y, en todo caso, un mínimo de dos profesores, siendo deseable que al menos sean 3 profesores acompañantes. En caso de asistencia de algún alumno de n.e.e., el profesor de apoyo podrá ir como acompañante si, a juicio del departamento de orientación, la atención de dicho alumno lo requiere. Su 21

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asistencia no contará para el cálculo del número de acompañantes. Las dietas para el profesorado participante serán de 12 euros, la media dieta, si incluye almuerzo, y de 30 euros la dieta completa (día y noche). -

Se procurará que las AAEE y complementarias se realicen el ultimo día lectivo de la semana para facilitar el descanso de los participantes y no interferir en el rendimiento académico.

-

Se intentará que se condensen todas las actividades que se puedan en un día al final de cada trimestre, pero no en las dos semanas anteriores a las evaluaciones, salvo en casos puntuales y de forma excepcional. La fecha del Viaje de Fin de Curso, de haberlo, será la semana anterior a Semana Santa, a ser posible.

- Con el objeto de que se pierdan el menor número de clases posibles, cada curso podrá realizar al trimestre dos salidas fuera del centro como máximo, que impliquen una duración de una jornada escolar; una sola salida de carácter cultural al año y que implique más de un día ( se realizará preferentemente al final del trimestre una vez terminados los exámenes), al margen del viaje de fin de curso; y un máximo de tres actividades extraescolares y complementarias dentro del centro (conferencias, asistencia a obras de teatro, cuentacuentos, talleres de animación a la lectura…) que supongan la pérdida de una o dos horas de clase, al margen de las jornadas culturales. En el caso en el que se oferten más actividades para un curso, ya sean fuera o no del centro, será el Equipo Educativo quien decida si deben o no llevarse a cabo. Dado que se limitan el número de actividades extraescolares y complementarias, tendrán prioridad las que estén recogidas en programación y sean aprobadas por el Consejo Escolar con los límites establecidos en cuanto a su numero, en segundo lugar las que se aprueben en Consejo Escolar extraordinario con el requisito previo, de ser necesario por el numero, de haber sido aprobadas por el equipo educativo. Desde la Jefatura de AAEE se realizará un calendario trimestral en el que se recoja no sólo el número de actividades programadas, sino también las actividades que se ofertan para cada grupo. - Las actividades extraescolares y complementarias podrían suponer la alteración del horario de los profesores siempre que el correcto desarrollo de la actividad lo requiera 22

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y esta se desarrolle durante el horario escolar. Fuera del horario escolar la participación en actividades complementarias o extraescolares será voluntaria. - Los profesores participantes, cuando se trate de una salida del Centro, deberán acompañar al grupo desde el origen y regresar al mismo. Si participa algún personal ajeno al Centro, será con el VºBº del Director y no se tendrá en cuenta para contabilizar como acompañante. - Cuando por la realización de alguna actividad algún profesor no pueda impartir su clase por carecer de alumnos, éste se incorporará al turno de guardias, en el caso que sea necesario. - Los alumnos que no participen en las actividades mantendrán su horario de clases, desarrollando el profesor su horario lectivo, aunque el número de alumnos sea mínimo. - El Departamento de AAEE colaborará en la financiación de visitas y excursiones en la medida de sus posibilidades presupuestarias. En cualquier caso tendrán prioridad los departamentos que participen en los proyectos que se hayan solicitado y que hayan obtenido algún beneficio económico. - La participación de determinados alumnos en estas actividades puede limitarse según se recoge en las normas de convivencia de este ROF, pudiendo utilizarse su prohibición como medida correctora de determinadas conductas contrarias a las normas. Para ello el responsable de la actividad se informará por los tutores de cuáles son los alumnos que están sancionados. Los tutores comunicarán por escrito, según modelo, al Dpto de AA. EE la relación de alumnos que no puedan participar en las actividades, siempre antes de cobrar el importe de la misma, y éste la pasará a los profesores acompañantes. En caso contrario, el Equipo Directivo determinará la posibilidad de sanción. - Para los alumnos de 4º de ESO y Bachillerato no se programarán ni realizarán actividades extraescolares ni complementarias a partir de la 3ª Evaluación con el objeto de que no pierdan clases, salvo las que no se puedan realizar en otras fechas, debiendo ser aprobadas por la mayoría simple del Equipo Educativo. 23

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- Las actividades de un solo día se efectuarán siempre que sea posible en día lectivo. En caso de viaje de más de un día se podrán ocupar días no lectivos e incluso será deseable.

- Para la realización de una excursión al menos uno de los profesores acompañantes deberá impartir clase en alguno de los grupos que realizan la actividad.

- Con el objeto de motivar al alumnado y de conseguir una mejora de los resultados académicos y actitudinales, se planteará una excursión de final de curso de 1 día ó 2 para los alumnos de ESO. Los que participen deben hacer mérito para ello, obteniendo un máximo de 3 suspensos en la última evaluación y no acumulando más de 5 amonestaciones a lo largo del curso escolar. Será el Equipo Educativo, coordinado por el Tutor, el encargado de seleccionar al alumnado que participe en esta actividad.

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2.3. DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS a)

Elaborar los aspectos docentes del Plan Anual de Centro correspondientes al Departamento.

b)

Formular propuestas al Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica relativas a la elaboración o modificación del Proyecto Curricular de Centro.

c)

Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la programación didáctica de las enseñanzas correspondientes a las áreas o materias integradas en el Departamento, bajo la coordinación y dirección del Jefe del mismo, y de acuerdo con las directrices generales establecidas por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

d)

Promover

la

investigación

educativa

y

proponer

al

Jefe

de

Estudios

actividades de perfeccionamiento. e)

Mantener actualizada la metodología didáctica.

f)

Organizar y realizar las pruebas necesarias para el alumnado con materias pendientes de evaluación positiva, en colaboración con el Equipo Educativo. La realización, aplicación y corrección de las pruebas estará a cargo de algún miembro del Dpto. con la titulación necesaria para ello, por consenso o, en caso contrario, por designación del Jefe de Dpto. Pretendemos con esta regularización una uniformidad de criterios, una información

sistematizada sobre la evolución de las asignaturas pendientes, una concienciación del alumno de que las pendientes son asignaturas a aprobar, etc. Para ello: Deberemos organizar la recuperación de asignaturas pendientes desde principio de curso programándola por trimestres ya que la nota de éstas aparecerá en los boletines al menos en E.S.O. Debe estar programado no sólo cómo se aprueba sino en base a qué actividades, trabajos, exámenes, etc. para justificar posibles suspensos. Las asignaturas que tengan continuidad en E.S.O. las evaluará el profesor de la asignatura del año en curso. Si la asignatura no tiene continuidad asumirá su evaluación el departamento correspondiente, informando al tutor del grupo por trimestre (rellenando actilla de notas de pendientes). También sería labor del J. de

Departamento informar al resto del departamento de los alumnos pendientes, prever en colaboración con J.de Est. donde y cuando se examinarán y recordarlo en la 25

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pizarra de la sala de profesores al resto de compañeros. En Bachillerato, el departamento se encarga en todos los casos de la evaluación de pendientes. Para ello propondrán a los alumnos un plan de trabajo con expresión de los contenidos mínimos exigibles y de las actividades recomendadas, así mismo, programarán pruebas parciales para verificar la recuperación de la asignatura (decidir número de pruebas y fechas – no coincidentes con exámenes de evaluaciones del curso-). Si la asignatura se cursa en 2º con el mismo nombre no se evaluará en 2º al final si no se aprueba la de 1º, lo mismo sucede con las asignaturas cuyos contenidos son total o parcialmente progresivos. Las pendientes en Bachillerato deben estar evaluadas antes de la evaluación final, debe estar contemplado para terminar el proceso a finales de Abril-principios de Mayo. Al tutor de pendientes, si lo hubiere, debe pasársele información de los contenidos, programa de actividades, fechas de exámenes, resultados de todo lo evaluado..., para que pase la información a los alumnos, publique los resultados, elabore estadísticas.... Todo esto en asignaturas que no tengan continuidad en E.S.O. y en todas las asignaturas en Bachillerato. Caso de no existir tutor de pendientes estas tareas corresponden al jefe del departamento. g)

Resolver en primera instancia las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación que el alumnado formule al Departamento y emitir los informes pendientes.

h)

Llevar a cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborar las correspondientes propuestas de mejora, como parte integrante de la Memoria Final de Curso, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Consejo Escolar en esta materia.

i)

Proponer la oferta de materias optativas dependientes del Departamento, que serán impartidas por el profesorado del mismo, y elaborar las correspondientes programaciones didácticas.

j)

Realizar el seguimiento del grado de cumplimiento de la programación didáctica y proponer medidas de mejora que se deriven del mismo.

k)

Evaluar la práctica docente y los resultados del proceso de enseñanza-aprendizaje en las áreas o materias del Departamento.

l)

Elaborar una batería de actividades de diferentes niveles para aquellos alumnos que sean expulsados del centro o al aula de convivencia. Quedarán archivadas en 26

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Jefatura de Estudios. m)

Adaptar el nivel de adquisición de las competencias básicas por parte del alumnado a las materias impartidas por los miembros del departamento dependiendo de la afinidad con las mismas.

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2.4. EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA (ETCP) El ETCP se reunirá, de forma ordinaria, con una periodicidad mensual y, de forma extraordinaria, cuantas veces sea necesario, a propuesta del Director o a propuesta por escrito y con firma de, al menos 1/3 de sus miembros. Los acuerdos se aprobarán por mayoría simple. El horario de reunión estará recogido en el horario general del IES. Sus funciones serán las otorgadas por la normativa vigente (capítulo V del Dec. 200 de 6/9/97; art 48-49) y todas aquellas recogidas en el presente Reglamento, relacionadas a continuación: a) Establecer las directrices generales para la elaboración del Proyecto Curricular de Centro y sus modificaciones. b) Coordinar la elaboración del Proyecto Curricular de Centro y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el Proyecto de Centro y sus modificaciones. c) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas de los Departamentos, del plan de orientación y de acción tutorial y del plan de formación del profesorado. d) Organizar, bajo la coordinación del Jefe de Estudios, la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado de acuerdo con el plan de formación. e) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas al alumnado con necesidades educativas especiales, así como los programas de diversificación curricular y de garantía social, en su caso. f) Proponer al Claustro de Profesores el Proyecto Curricular de Centro para su aprobación. g) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación del Proyecto Curricular de Centro. h) Proponer al Claustro de Profesores la planificación general de las sesiones de evaluación y el calendario final de curso de acuerdo con el Jefe de Estudios. j) Proponer al Claustro de Profesores el plan para evaluar el Proyecto Curricular de Centro, los aspectos docentes del Proyecto de Centro y del Plan Anual de mismo, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza. k) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos que el instituto realice, colaborar con las evaluaciones que se llevan a cabo iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración Educativa impulsar planes de mejora en caso de que 28

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se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones. l) Discutir y decidir la presentación al Consejo Escolar, en su caso, de todas las propuestas de ampliación o modificación de este ROF, emanadas de los departamentos o de cualquier otro órgano o estamento del IES.

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2.5. EQUIPO EDUCATIVO a) Garantizar que cada profesor o profesora proporcione al alumnado información relativa a la programación, con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación. b) Llevar a cabo la evaluación y el seguimiento global del alumnado del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje en los términos establecidos por la legislación específica sobre evaluación. c) Establecer las actuaciones necesarias para mejorar el clima de convivencia del grupo, siguiendo lo establecido en el Plan de Convivencia. d) Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo, estableciendo las medidas adecuadas para resolverlos. e) Procurar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan al alumnado del grupo. g) Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se proporcione a los padres, madres o tutores de cada uno de los alumnos o alumnas del grupo. h) Proponer el cambio de optativa de los alumnos. Para ello se seguirá el siguiente

2.5.1. PROCEDIMIENTO PARA EL CAMBIO DE OPTATIVAS En la última sesión de evaluación del primer y segundo curso se podrá acordar la propuesta de cambio de optativa para los alumnos que se estime conveniente.

La

propuesta podrá hacerla cualquier profesor del equipo educativo y tras su debate el resultado se recogerá en el acta de evaluación y en el informe personal del alumno. Una vez iniciado el curso los equipos educativos podrán proponer para cambio de optativa sólo los alumnos y alumnas de 1º de ESO y los de 2º y 3º que provengan de otros centros, que se considere que no están correctamente ubicados. Para ello se seguirá el siguiente procedimiento: Los profesores de

área comunicaran al tutor de cada grupo los alumnos que

consideren que la optativa que cursan no se ajusta a sus necesidades educativas. El tutor recabará la opinión de todos los miembros del equipo educativo. 30

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Presentará la solicitud de cambio de optativa en la jefatura de estudios en la que figurará el informe positivo o negativo de los miembros del equipo educativo. La jefatura de estudios convocará a los padres y alumnos interesados para que expresen su opinión al respecto. Una comisión formada por el Director, Jefe de Estudios, Tutor y Orientador valorará toda la información e instará a los padres al cambio de optativa si lo consideran adecuado. El plazo para plantear posibles cambios concluirá el día 15 de Octubre i) Cualquier otra que establezca el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto.

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2.6. TUTORES a) Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y de acción tutorial. b) Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo y adoptar, junto con el Equipo educativo, la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos y alumnas de acuerdo con los criterios que, al respecto, se establezcan en el Proyecto Curricular. c)

Coordinar, organizar y presidir el Equipo Educativo y las sesiones de evaluación de su grupo de alumnos y alumnas.

d) Controlar la asistencia de los alumnos al Centro, solicitarles las justificaciones e informar a los padres cuando la inasistencia suponga una conducta contraria a las normas de convivencia, tal como se establece en otros apartados de este ROF. Informar mensualmente a Jefatura de Estudios de las incidencias de su tutoría. Las faltas de asistencia las deben introducir los tutores en SÉNECA siempre que no sea posible hacerlo desde jefatura de estudios, de existir esta imposibilidad se comunicará a los tutores. e) Orientar y asesorar al alumnado sobre sus posibilidades académicas y profesionales. f)

Facilitar la integración de los alumnos y alumnas en el grupo y fomentar su participación en las actividades del Instituto.

g) Ayudar a resolver las demandas e inquietudes del alumnado y mediar, en colaboración con el delegado y subdelegado del grupo ante el resto del profesorado y el Equipo educativo. h) Coordinar las actividades complementarias de los alumnos y alumnas del grupo en el marco de lo establecido por el Departamento de actividades complementarias y extraescolares. i)

Informar a los padres y madres, al profesorado y al alumnado del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes, con las complementarias y con el rendimiento académico.

j)

Facilitar la cooperación educativa entre el profesorado y los padres y madres de los alumnos y alumnas.

k) Cumplimentar la documentación académica individual del alumnado a su cargo, tal como se establezca por la Jefatura de Estudios. l)

Proponer a Jefatura de Estudios cuantas reuniones de equipo educativo consideren necesarias, recabando información del equipo educativo mensualmente y 32

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entregando en JE un análisis de conclusiones siguiendo un modelo que se establecerá en el PAC. m) Confeccionar cuando lo considere necesario unas normas de convivencia específicas para el aula. n) Completar una ficha (tamaño folio) con las fotos de los alumnos de su tutoría al comenzar el curso, para fotocopiarla y que las usen los profesores. Los originales quedarán archivados en una carpeta junto con los datos de todos los alumnos del centro en secretaría. o) En relación al programa de gratuidad de libros los tutores deberán: Contrastar la relación de materias de su grupo con la que aparece en el ChequeLibro Supervisar la correcta utilización de los libros, recabando la información del equipo educativo que realizarán las dos tareas siguientes a esta. Valoración de los libros ( cada profesor/a de su materia, pasarán la información a el/la tutor/a) Destino de los libros a la finalización del curso (cada profesor/a de su materia, pasarán la información a el/la tutor/a).

2.6.1. TUTORÍAS ESPECIALES.- En caso de haberlas: 2.6.1.1. Tutoría de pendientes.Su labor consistirá en:

Recoger de secretaría la relación de alumnos con asignaturas pendientes de todo el instituto por asignaturas y pasar a los Jefes de Departamento. Recabar información de los Jefes de departamento sobre los contenidos, programa de actividades, fechas de exámenes, resultados de todo lo evaluado...de todas las asignaturas salvo las que tienen continuidad en E.S.O., de estas últimas obtendrá información de los resultados de las actas de evaluación de pendientes. Informará a los alumnos de todo el proceso en tablones de anuncios del patio y de las clases.

En tablón de anuncios de sala de profesores pondrá las fechas de exámenes de 33

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todos los grupos que impliquen salidas de alumnos de sus clases respectivas. Publicación de resultados salvo en asignaturas de continuidad en E.S.O. en

tablón de anuncios del patio. Elaboración de una memoria final.

2.6.1.2. Tutoría de convivencia.Su labor consistirá en: Llevar un registro en Jefatura de Estudios de todas las expulsiones de clase, o del centro con una actualización como máximo semanal. Atención personalizada a alumnos con problemas de convivencia al menos en su hora de atención a alumnos, para detectar e informar de posibles problemas a tutores y a Jefatura de estudios.

2.6.1.3. Tutoría de biblioteca.Sus funciones son: Organizar su funcionamiento en coordinación con el Jefe de Departamento de AA. EE. Sellar, registrar, catalogar y clasificar todos los libros que entren, tanto si son adquiridos a través de su presupuesto o comprados por cualquier departamento. Todos los libros existentes en el Centro deben ser centralizados en el fichero de la biblioteca, aunque se encuentren físicamente en algún departamento. Mantener siempre el orden de los libros en las estanterías, así como la prensa, tirando la ya usada y consultada. Dar a conocer novedades y nuevos catálogos a profesores/as para que, dentro de lo posible, puedan renovarse las distintas materias. Canalizar las necesidades de los departamentos y alumnados. Hacer las gestiones pertinentes para que los alumnos/as devuelvan los libros trascurrido el plazo de préstamo, que se establece en quince días, y antes del final del curso procurar que, tanto profesores/as como alumnos/as entreguen los 34

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libros que obren en su poder

2.6.1.4. Tutoría de viaje de estudios.Sus funciones son: Organizar, programar y controlar, en colaboración con la jefatura del departamento de AA.EE., todas las actividades relacionadas con el viaje de estudios de los alumnos de 4º de ESO.

2.6.1.5 Tutoría de faltas: Analizará las faltas de asistencia que cada tutor introduce mensualmente en SÉNECA, asimismo se le entregarán copias de las comunicaciones de faltas de asistencia a padres así como de las amonestaciones por faltas de asistencia enviadas a los padres. 1ª Se encargará de contrastar la información de los tutores sobre faltas de asistencia y que éstos comunican esto a los padres y amonestan a los alumnos. (dos retrasos se computan como una falta NJ, dos faltas como un día completo, 3 días suponen amonestación por hechos) 2ª Informará a jefatura de estudios si algún tutor no amonesta por faltas de asistencia.

2.6.1.6 Tutoría de coeducación 1. Promover un diagnostico en el centro para conocer su realidad con respecto a la igualdad entre hombres y mujeres, identificando discriminaciones y estereotipos sexistas. 2. Proponer a Claustro y Consejo Escolar (Comisión de convivencia) medidas educativas que corrijan las situaciones de desigualdad por razón de sexo detectadas. 3. Realizar un informe sobre la evolución y grado de desarrollo global en el centro de las medidas contempladas en el I Plan de igualdad, donde aparezcan reflejadas las propuestas de mejora para el curso siguiente. Este informe se incluirá en la memoria final del centro. 35

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2.6.1.7 Tutoría de apoyo administrativo 1. Se encargará de tareas de refuerzo administrativo para el centro, que dependerán del/la Secretario/a del centro.

COORDINADORES DE PLANES Y PROYECTOS Los coordinadores previstos para el curso 2008/09, que son: de Centro TIC, Coeducación, Plan de apertura, Deporte en la Escuela, Plan de autoprotección, Proyecto lector y escritor así como otros que podamos tener para otros planes o proyectos, tendrán las funciones que determine la legislación vigente. Para este curso próximo, la orden de 21 de Julio de 2006 publicada en el BOJA de 3 de Agosto de 2006. La designación de estos coordinadores, así como de otros profesores implicados, la llevará a cabo el Equipo directivo anualmente además de adaptar la normativa a nuestro centro. Todo esto quedará debidamente desarrollado en el PAC.

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3.-LA COMUNICACIÓN Y LA INFORMACIÓN EN EL CENTRO EDUCATIVO Uno de los principios fundamentales del actual modelo de Centro es la participación y para que ésta sea real, es imprescindible que exista una información precisa y fluida entre los sectores implicados en el proceso educativo. Cuando la información no existe o es deficiente se producen efectos negativos para la vida en el Centro, por lo que se hace preciso adoptar un sistema de informaci6n que contemple el método, el contenido, los sectores a los que se dirige, el lugar y el tiempo y el seguimiento de la eficacia de la misma. Los instrumentos para el funcionamiento del Plan de Información y Comunicación son: Tablones de anuncios. Información directa individualizada. Información colectiva a través de los órganos respectivos. Archivo documental del Centro. Página WEB del centro Pasen. Diversos Blogs del centro. Los Tablones de anuncios serán varios: -

Los dedicados al Profesorado, colocados en la Sala de Profesores, estarán divididos en temas diversos: Legislación

interna

y

externa, comunicados, Jefatura de estudios,

tutorías, actividades culturales y complementarias, Formación, asuntos sindicales, etc. -

Los dedicados al Alumnado, colocados en lugares visibles (entrada, pasillos, escaleras y patio), conteniendo aspectos tales como información interna, orientación académica y laboral, planes de estudio, convocatorias y plazos, información cultural, etc. Los tablones de anuncios presentarán la información de forma clara y bien organizada, para lo que se actualizarán periódicamente por parte del Secretario, renovándose sus contenidos. La información directa se realiza, con respecto a los profesores, a través de las 37

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comunicaciones en los respectivos casilleros o comunicados presentados personalmente por un conserje. Asimismo podemos utilizar la comunicación personal de forma oral. Los Jefes de Departamentos trasmitirán a sus componentes la información emanada de las reuniones del ETCP. Los alumnos recibirán esta información directa de manera oral, por medio de profesores, tutores y representantes en el Consejo Escolar o Junta de delegados. Por su parte, los padres serán informados de manera oral o bien por comunicaciones escritas o telefónicas. Esta comunicación con los padres será continua y ágil con la AMPA, por medio de entrevistas orales de la dirección o por medios de comunicaciones escritas. En este curso además se seguirá intentando que funcionen adecuadamente: - El programa PASEN, que servirá como vehículo de comunicación profesores-padresalumnos. - El Sistema de Gestión Docente, que agilizará el trabajo de profesores y facilitará la rapidez y eficacia de las comunicaciones. La comunicación en sentido ascendente tiene como objeto hacer consultas o exponer la opinión sobre algunos asuntos y se realizará verbalmente para agilizar la transmisión de los mensajes o por escrito cuando se desee que quede constancia de lo transmitido.

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4.-ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS MATERIALES. 4.1. CONFECCIÓN DE GRUPOS: Los grupos se organizarán por orden alfabético, por optativas (francés/refuerzos, religión/alternativa…) y de manera heterogénea, a excepción de los alumnos con N.E.E. y los repetidores, que se distribuirán equitativamente entre todos los grupos. De la misma manera, los alumnos considerados como “incompatibles” por el equipo educativo en la última sesión de evaluación, serán distribuidos en distintos grupos. Cada curso escolar se decidirá si es conveniente mantener en lo posible los agrupamientos procedentes de los centros de primaria, teniendo en cuenta, en todo caso, los criterios anteriores. En 4º de E.S.O. y Bachillerato los alumnos/as se distribuirán en función del itinerario elegido. Cada curso escolar se podrá decidir si se imparten ámbitos en 1º y/o 2º de ESO en los grupos que se estime oportuno.

4.2. ORGANIZACIÓN DE LAS AULAS Normas generales en el aula: 1- Dentro del aula, las mesas se distribuirán a criterio del tutor y resto del Equipo Educativo. 2- Entre clase y clase, los alumnos/as esperarán al profesor dentro del aula. 3- Durante los recreos las clases permanecerán cerradas con llave para evitar posibles hurtos, siendo el profesor saliente el encargado de cerrarlas. 4- Está totalmente prohibido comer o beber en las aulas. 5- Las aulas específicas serán utilizadas prioritariamente para clases lectivas previstas en el horario. En el resto de horas podrán ser utilizadas por los profesores del centro, previa comunicación al Jefe del Dpto.

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4.3. USO DE AULAS ESPECÍFICAS 4.3.1. Aula de audiovisuales. Adscrita a Vicedirección y Jefatura de Estudios. 1. Esta aula será de utilización preferente para aquellas actividades que figuren en las programaciones. 2. Para el uso de esta aula se reservarán las horas necesarias en la hoja modelo existente en la sala de profesores, anotándose en la casilla correspondiente el profesor/a y la materia que hace la reserva. (ver ANEXOS). 3. La reserva se hará la semana anterior a la que se quiera utilizar, y su uso sólo se realizará con este requisito para evitar coincidencias. 4. Aunque, en principio, no se marca un número máximo de horas de utilización, se procurará tener en consideración las limitaciones de horas y días, así como el número de profesores que puedan necesitarla, esperándose a última hora del viernes para ocupar las horas libres cuando se necesiten más de las “normales”. 5. Dentro del aula, el profesor/a es el responsable de los medios existentes, siendo él el encargado de su puesta en funcionamiento y manejo. 6. El/la profesor/a será el encargado/a de recoger las llaves del aula en la conserjería y, posteriormente, cerrarla, comprobando si se ha producido algún desperfecto, el cual lo informará en la misma conserjería al devolver las llaves. 7. En todo momento, los alumnos/as deben estar acompañados por el profesor/a. 8. Está totalmente prohibido comer y beber. 9. Al finalizar la sesión, las luces deben quedar apagadas.

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4.3.2. Aula de Informática: Estará adscrita al Dpto del CFGM.  En todo momento los alumnos deben estar acompañados por el profesor  Las prácticas que se realicen en el ordenador deberán respetar rigurosamente la información que contengan, tanto si es software del aula como trabajos de otros compañeros.  Los alumnos dispondrán de un disquete complementario para hacer las prácticas.  Está prohibido tener disquetes particulares y usarlos en los equipos del aula.  Al terminar las clases las sillas deberán estar ordenadas y la corriente desconectada.  Está prohibido comer chucherías en el aula.  Si algún profesor desea acceder al aula individualmente para realizar algún trabajo, debe informar al encargado del aula y responsabilizarse del uso adecuado de los equipos.  El profesor que utilice el aula se compromete a dejar los equipos al finalizar en el mismo estado en que los encontró y si observa alguna anomalía debe comunicarlo al encargado. Así mismo deber saber el puesto que ocupa cada alumno.  Habrá un cuadrante de uso en el aula.  Aquellos alumnos que provoquen de forma deliberada algún deterioro o desperfecto en la dotación de las aulas, se considerará que han cometido una falta grave, cuya corrección consistirá en la suspensión del derecho de asistencia a clase del módulo en que se cometiese la citada infracción durante 3 días en los que deberán permanecer en biblioteca. Se considerarán deterioros o desperfectos: pintar los equipos o mobiliario, romper equipo o mobiliario, desconfigurar los equipos y cualquier otra que así sea considerado por el profesor responsable.  La limpieza de las aulas es básica para poder desarrollar adecuadamente el proceso de enseñanza-aprendizaje, de ahí que todos debemos colaborar en que se mantengan adecuadamente. Por ello aquellos alumnos que ensucien las aulas (dejando restos de chucherías, comida, bebida, papeles...) recibirán una corrección consistente en una amonestación.  En las aulas está prohibido comer y beber. Aquellos alumnos que no cumplan con esta norma recibirán una corrección consistente en una amonestación. 41

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4.3.3.- Laboratorios de Ciencias: Física - Química y Biología-Geología 1. Las aulas dispondrán de una serie de vitrinas en las que guardar el material necesario para las prácticas, de forma que los profesores serán los responsables de ordenar, cuidar e inventariar su material. 2. Los laboratorios se utilizarán para las clases prácticas de apoyo a la teoría de las diferentes áreas o materias. 3. Habrá un cuadrante horario para el uso del aula. 4. Si algún profesor no perteneciente al Departamento necesita utilizar algún material del laboratorio deberá ponerse en contacto con el Jefe de éste. 5. Cada profesor del Departamento podrá disponer de una copia de las llaves del laboratorio y de las vitrinas. 6. Al final de cada clase, los alumnos limpiarán su espacio de trabajo, los comunes y el material utilizado y guardará el material y los reactivos para no entorpecer la labor del profesor que utilice el aula a continuación. 7. El material que se rompa y el reactivo que se agote deberá ser anotado para proceder posteriormente a su reposición. 8. Las ventanas deben estar abiertas para evitar acumulaciones de gases o vapores en las prácticas en que se emitan. 9. Las puertas deben estar desbloqueadas mientras se esté en el laboratorio. 10. En el laboratorio debe haber un extintor, un botiquín y normas de seguridad expuestas. 11. En el laboratorio es necesario seguir tres reglas fundamentales, limpieza, seguridad y disciplina. 12. Se aconseja trabajar con bata o ropa protectora, nunca nylon que es muy inflamable. 13. Los trabajos de laboratorio deben ser vigilados por un profesor del Área. 14. Al abandonar el laboratorio, el agua y el gas deben estar cerrados y los aparatos desconectados. 15. En caso de evacuación, los alumnos deben apagar los mecheros Bunsen, cerrar los grifos y desconectar los equipos eléctricos, siempre y cuando no aprecien las circunstancias. Los profesores deben comprobar que todo está en orden al abandonar el laboratorio.

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4.3.4. Aulas de Tecnología y Tecnología-informática: 1. Estas aulas son específicas y sólo de uso para grupos a los que se impartan el área/materia de Tecnología. Las llaves de acceso y armarios estarán siempre en el Departamento. 2. Después de cada clase se guardará o colocará el material utilizado, y limpiando el aula y controlando el profesor los diferentes elementos que queden en orden, y en perfecto estado, para no entorpecer el funcionamiento de las clases siguientes. 3. Para evitar deterioro de teclados y ratones, hasta que se arbitre otra solución, estarán guardados en armarios bajo llave y solo se instalaran cuando sea necesario su uso 4. Del material que se rompa o estropee o pierda se dará cuenta por escrito al Jefe del Departamento, el cuál lo dará de baja en el inventario, y lo repondrá. Exigirá el pago del mismo a los causantes para su reposición, si se conocieran. 5. Si algún miembro del profesorado necesita utilizar algún material del aula deberá ponerse en contacto con el Jefe del Departamento, para arbitrar su uso. 6. El material que se preste deberá, notificarse al jefe de Departamento para que lo anotarse y exigir su devolución antes de finales de curso. 7. Existen normas de manejo y uso para cada material de las que se informará al alumnado que lo vaya a emplear, pero siempre en presencia del profesor debido a la peligrosidad de algunas máquinas-herramientas. 8. El horario de uso de las aulas se confeccionará teniendo en cuenta los siguientes criterios si es posible: De las tres horas semanales correspondientes, dos podrán ser seguidas para facilitar los trabajos. Se procurará que, al menos, esa clase de dos horas pueda desarrollarse en estas aulas, evitando que coincidan más de los grupos que puedan usarlas. 9. Se tendrá expuesto un resumen de las Normas de Seguridad y Uso para su conocimiento por parte del alumnado. 10. El aula-talleres como cualquier otra aula estará sujeta a las restricciones que tienen las aulas normales.

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4.3.5. Aulas de plástica y visual: 1. Estas aulas son específicas y sólo de uso para grupos a los que se impartan el área/materia de educación plástica y visual. Las llaves de acceso estarán siempre en el Departamento. 2. Si cualquier profesor que no perteneciera al departamento de E.P.V. quisiera usar un aula para alguna actividad, lo comunicará al Jefe del Departamento para que éste tenga constancia y así facilitar, en horas donde dicha aula se encuentre vacía, el uso de la misma, para no entorpecer el normal desarrollo de las clases de EPV. Para todos los profesores o alumnos/as que accedan a dicha aula, la norma principal de uso es que todos cuiden el material existente, para así poder disfrutar del mismo el mayor tiempo posible y evitar un gasto innecesario de dinero.

4.3.6. Aula de Música: 1. Si algún profesor quiere hacer uso del aula, lo comunicará al Jefe del Departamento. Para ello existe un juego de llaves en conserjería, el cual deberá ser devuelto al término de la clase. 2. Durante la clase en el aula, los alumnos cuidarán el material, prestarán atención a la limpieza y no podrán comer chucherías. 3. La distribución de las mesas en el aula estará acorde con el tipo de trabajo a realizar: actividades en grupos reducidos o actividades individuales.

4.3.7. Aula de Educación Física. 1. Las instalaciones que componen el departamento son las siguientes: Gimnasio, vestuarios masculino y femenino, vestuario profesores, almacén, pistas deportivas y seminario nº 5. 2. Las instalaciones serán utilizadas en exclusiva por los miembros del departamento para el desarrollo de las sesiones del área durante el horario lectivo. Fuera de este horario el encargado de la organización y funcionamiento será el consejo escolar, previa información al jefe del departamento que asesorará en el uso. 3. Cualquier otra utilización de los espacios de este departamento para uso distinto al deportivo debe comunicarse con suficiente antelación al jefe del departamento, para 44

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poder recoger materiales y acondicionar el espacio, en evitación de desperfectos y sustracciones. 4. En las pistas y en mayor medida en el gimnasio se procurará el uso de calzado deportivo para la conservación del piso, así como la colocación de objetos metálicos o de otro tipo que estropeen el piso. En el caso de montaje de escenarios u otros mecanismos se deberá hacer en las zonas adyacentes de color gris. 5. En el desarrollo ordinario de las sesiones es obligatorio el uso de ropa deportiva salvo en las sesiones de tipo teórico que serán anunciadas por los profesores. 6. Los alumnos deberán venir provistos de camiseta de recambio para su uso tras la sesión de EF. Se aconseja por motivos higiénicos. 7. En cada grupo habrá un encargado del orden de los vestuarios y del material que se utilice en la sesión.

4.3.8. Aula de apoyo. La asistencia de los/as alumnos/as con NEE al aula de apoyo a la integración tiene carácter flexible, se tenderá a que se realice en el contexto más normalizado siempre que sea posible. No obstante, los/as alumnos/as con NEE en cuyo dictamen de escolarización y/o evaluación psicopedagógica se determine que su modalidad de escolarización debe de ser combinada (aula ordinaria y aula de apoyo), asistirán al aula de apoyo conforme a su horario individualizado. El/la profesor/a de apoyo a la integración comunicará a los respectivos tutores/as los horarios de sus alumnos/as y cuantas modificaciones sean necesarias realizar. De esta forma el/la tutor/a informará a su equipo educativo de los momentos, y no otros, de la jornada escolar en que sus alumnos/as asistirán a dicha aula. Ahora bien, siempre que el profesor/a del aula ordinaria estime más beneficioso que permanezca con el grupo de referencia para alguna actividad, prevalecerá éste criterio sobre cualquier otro.

4.3.9. Aulas del C.F.G.M. 1. En todo momento los alumnos deben estar acompañados por el profesor.

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2. Las prácticas que se realicen en el ordenador deberán respetar rigurosamente la información que contenga este, tanto el software del aula como posibles trabajos de otros compañeros. 3. Los alumnos dispondrán de disquete y/o cd-rom complementario para hacer las prácticas. 4. Está prohibido utilizar disquete y/o cd-rom particulares en los equipos del aula. 5. Al terminar la clase, el aula deberá quedar ordenada. 6. Los profesores que acceden al aula se comprometen a dejar los equipos en el mismo estado en el que se los encontró y si encuentra alguna anomalía debe comunicarlo al encargado. 7. Habrá dos cuadrantes en el aula, uno de horas/módulo y otro de alumno/equipo. 8. Aquellos alumnos que provoquen de forma deliberada algún deterioro o desperfecto en la dotación de las aulas, se considerará que han cometido una falta grave, cuya corrección consistirá en la suspensión del derecho de asistencia a clase del módulo en que se cometiese la citada infracción durante 3 días en los que deberán permanecer en biblioteca. Se considerarán deterioros o desperfectos: pintar los equipos o mobiliario, romper equipo o mobiliario, desconfigurar los equipos y cualquier otra que así sea considerado por el profesor responsable. 9. La limpieza de las aulas es básica para poder desarrollar adecuadamente el proceso de enseñanza-aprendizaje, de ahí que todos debemos colaborar en que se mantengan adecuadamente. Por ello aquellos alumnos que ensucien las aulas (dejando restos de chucherías, comida, bebida, papeles ...) recibirán una corrección consistente en una amonestación. 10. En las aulas está prohibido comer y beber. Aquellos alumnos que no cumplan con esta

norma

recibirán

una

corrección

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consistente

en

una

amonestación .

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4.4. ORGANIZACIÓN DE LA BIBLIOTECA. La Biblioteca escolar consiste en la centralización de una serie de materiales bibliográficos como son libros, revistas, folletos. etc., organizado todo ello en un único sistema que permita el acceso y uso de dichos materiales, tanto por parte del alumnado como del profesorado, de forma sencilla e inmediata Esta centralización se refiere siempre a sus propios fondos y también a todos aquellos materiales que, por distintas circunstancias pueden encontrarse o permanecer en los distintos departamentos, aulas especializadas, talleres, etc. La organización de la Biblioteca dependerá del Departamento de Actividades Extraescolares y estará a cargo del TUTOR DE BIBLIOTECA nombrado al efecto, en su caso, que controlará directamente su buen funcionamiento. Sus funciones son las recogidas en el apartado de tutorías del presente ROF. El uso de la biblioteca para trabajar con grupos de clase se realizará como sigue: Se usará en actividades puntuales, en ningún caso de forma reiterada o repetitiva. No podrán coincidir varios grupos juntos a excepción de charlas, conferencias, etc. Para el uso de esta aula se reservarán las horas necesarias en la hoja modelo existente en la biblioteca, anotándose en la casilla correspondiente el profesor/a y la materia que hace la reserva. Las características de la Biblioteca del Centro deben ser: a) Todos los libros deben estar sellados, registrados catalogados y clasificados. También deben someterse a este orden el resto de los materiales que pudieran conformar el fondo de la biblioteca como son las cintas de vídeo, revistas, etc b) Los fondos deben responder siempre a las necesidades y variedad de niveles y materias que se imparten en el Centro, sin olvidar nunca, dentro de lo posible, la actualización de dichas materias.

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Normativa interna para el servicio de Biblioteca. NORMAS GENERALES DE BIBLIOTECA PARA TODOS LOS USUARIOS. 1. Es obligatorio mantener silencio en la biblioteca, como medio imprescindible para que un grupo numeroso de personas pueda rendir el máximo posible en su trabajo 2. Se debe respetar y cuidar el mobiliario de la biblioteca, así como todo el material existente. En este sentido los usuarios de la biblioteca deben mantenerla limpia. 3. Está totalmente prohibido comer en la biblioteca. 4. En todo momento los usuarios adoptarán una conducta correcta en la sala. 5. Los grupos que bajen a biblioteca a trabajar deberán comportarse correctamente, y siempre estarán bajo la supervisión de su profesor. En el caso en el que la biblioteca empiece a ser muy utilizada por distintos grupos, será conveniente establecer un cuadrante para su utilización del mismo modo que ocurre con otras aulas específicas.

SERVICIOS QUE PRESTA LA BIBLIOTECA LOS DÍAS LECTIVOS DE 8:30 A 14:35 EN HORARIO DE CLASE.

SERVICIOS GENERALES QUE PRESTA LA BIBLIOTECA 1. Consulta y préstamo de libros en sala, en clase o en casa para todos los usuarios, a excepción de determinados fondos que a continuación se detallan. 2. Consulta de material de orientación universitaria. 3. Consulta de prensa y revista en sala y en clase para todos los usuarios. 4. Consulta y préstamo de DVDs o vídeos para profesores. 5. Consulta de CD-ROM. 6. Uso del ordenador y conexión a la red. 7. Utilización de la sala de biblioteca para la realización de actividades interdisciplinares.

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SERVICIO DE PRÉSTAMO: PRÉSTAMOS EN SALA. o Los alumnos podrán consultar cualquier libro, revista o periódico en la sala, siempre bajo la supervisión del profesor de guardia de biblioteca. Si se desea seguir trabajando con él, hay que solicitarlo de nuevo al profesor de la hora siguiente. o Todos los libros y revistas solicitados deben anotarse en el parte de guardia de biblioteca para llevar un control de los fondos que se consultan. PRÉSTAMOS EN CLASE o Los alumnos podrán llevarse libros de la biblioteca para usar en el aula, siempre y cuando lo solicite un profesor. o En el parte de guardia de biblioteca se anotará el / los alumno /s que se lleva /n el / los libro /s, la franja horaria, el profesor que lo solicita y si al final de la hora ha devuelto o no el libro o los libros que se ha llevado. o NO SE PUEDEN LLEVAR OBRAS DE REFERENCIA DELICADAS O MUY COSTOSAS. o Preferentemente se llevarán a clase diccionarios, lecturas, prensa o revistas siempre con la supervisión del profesor que lo solicita. PRÉSTAMOS FUERA DE LA BIBLIOTECA (PARA LLEVAR A CASA) o El préstamo para casa sólo se realizará durante los recreos y será gestionado por el profesor de guardia encargado de la gestión bibliotecaria. o Los alumnos que deseen llevarse un libro de la biblioteca tendrán que tener previamente el carné de biblioteca. o Los alumnos podrán llevarse el libro durante un plazo de quince días, renovables otros quince. o Si el alumno no devuelve el libro en el plazo conveniente o deteriora el mismo, será sancionado (con un parte de amonestación y perdiendo el

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derecho a préstamo en un trimestre a contar desde que comete la infracción). o El profesor podrá llevarse el libro que desee de la biblioteca durante el plazo de un trimestre, renovable al siguiente. o El profesor de guardia de biblioteca que realice el servicio de préstamo adjuntará a la ficha de préstamo del libro el carné de biblioteca que será guardado en el fichero correspondiente. NOTA. Queda pendiente de regulación el préstamo interbibliotecario.

USO DEL ORDENADOR Y CONSULTA DE LA RED. Entre nuestros servicios está la posibilidad de usar los ordenadores de biblioteca por parte del alumnado, y asimismo consultar internet. Con este fin estableceremos un horario para ordenar su utilización y hacer posible un servicio eficaz para todos. Las normas que regirán este servicio son: Cada usuario podrá hacer uso del ordenador y de internet previa solicitud en los cuadrantes que se pondrán a disposición de todos los usuarios en la biblioteca. Si el ordenador está libre puede usarse en ese momento. En el recreo se reserva el servicio para los alumnos. El tiempo de utilización del ordenador por parte del alumnado es el de la duración de los recreos y en horas de clase, el tiempo máximo será de 30 minutos. Se supone que el alumno que en horas de clase está en biblioteca es porque su profesor correspondiente le da permiso, o bien porque en su ausencia, le da permiso el profesor de guardia general. Sólo se permite un máximo de dos alumnos por cada ordenador que haya en la sala y que esté destinado al alumnado. No se puede enviar ni recibir correos en los ordenadores de la biblioteca. No está permitido chatear ni realizar compras a través de la red. Está totalmente prohibido acceder a páginas no educativas o de contenido adulto o violento y a juegos no educativos. El alumno podrá guardar información en disquete, pen-drive o disco, previo permiso del profesor de guardia de biblioteca. Los alumnos amonestados no pueden hacer uso del ordenador. 50

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Aquellos alumnos que hagan un mal uso del ordenador, se quedarán un mes sin poder utilizarlo y se incluirán en una lista de la biblioteca de alumnos que están sancionados por tal motivo. Si se repite la infracción, quedará anulado su acceso al ordenador hasta final de curso.

4.5. SALA DE PROFESORES La Sala de Profesores será el lugar de encuentro del profesorado en ella existirán varios paneles informativos referentes a asuntos generales del Centro, de Jefatura de Estudios, de Actividades Extraescolares, Cursos del CEP. y anuncios sindicales. Cada profesor dispondrá de un casillero particular en el que recibirá las informaciones o citaciones personales. Normas Generales: 1) La Sala de profesores es de uso exclusivo de los profesores del Centro, quedando totalmente prohibido el uso de la misma como sala de exámenes. 2) Las consultas particulares de los alumnos se resolverán fuera de la Sala. 3) El profesorado procurará mantener la Sala ordenada y limpia, guardando sus papeles personales en sus casilleros, y recogiendo al final de la jornada cuanto hayan dejado sobre las mesas o sillas para facilitar la limpieza. 4) En la Sala de profesores estarán los cuadrantes de horarios que permiten realizar las guardias y los impresos que se deben rellenar una vez efectuadas las mismas.

4.6. FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA: El horario de atención al público será de, al menos, 2 horas comprendidas entre las del horario general del centro, y figurará en lugar visible. Se llevará un libro de entrada de correspondencia en el que se anotará la fecha de recepción, la fecha del documento, el remitente, el tipo de documento y de qué tema trata. Se llevará un libro de salidas de correspondencia en el que se anotará la fecha de 51

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expedición, la fecha del documento, el destinatario, el tipo de documento y de qué tema trata. Los títulos y los libros de escolaridad y calificaciones serán pedidos, recepcionados y entregados tal y como se indica en la normativa vigente. Se llevará un control de todo el personal del instituto, tanto docente como no docente, abriendo una ficha a cada uno, que se archivará en una carpeta con una copia de toda la documentación que se reciba del mismo. De igual modo se actuará con los alumnos del Centro. En los expedientes de estos se archivará toda su documentación legal. Los sellos, libros de actas, actas de las evaluaciones, facturas, documentación contable y demás documentación de importancia serán custodiadas en un armario de seguridad guardando las debidas medidas para que no puedan ser robadas, falseadas o usadas fraudulentamente. Las llaves de la Secretaría solamente estarán a disposición del Equipo Directivo, del personal de la Secretaria y de las limpiadoras; no pudiendo acceder a la misma ninguna otra persona si no es debidamente acompañada por algún miembro del Equipo Directivo o por el personal de la Secretaría. Se llevará un control de los BOJAs mediante un cuaderno en el que se anotarán la fecha, el nombre de la persona y los Boletines que se retiran y la fecha en que se devuelven. La Secretaria publicará, de inmediato, en el tablón de anuncios que corresponda, la información que reciba. También facilitará particularmente a los interesados, de forma inmediata, la documentación recibida, bien dejándola en sus casilleros o entregándosela personalmente. El Secretario informará a requerimiento del Jefe del Departamento, lo más pronto que sea posible, de la situación económica de su Departamento. La información general se dará trimestralmente en la Comisión Económica y en el Consejo Escolar. Se llevará un control de las fotocopias y de las copias hechas en la foto impresora en la que figurará la fecha, el número de copias, la persona que las solicita y el Departamento al que deben cargarse. El Secretario aportará información detallada, trimestralmente, del gasto efectuado, por dichos conceptos, por los Departamentos. Se llevará también un control de los desperfectos surgidos en el Centro a través de un documento que existe en conserjería y del material solicitado a los Conserjes para que lo adquieran en los establecimientos en los que el Centro tiene cuenta abierta. Siguiendo los planes de austeridad y de ahorro de energía se llevarán a cabo las siguientes medidas: 52

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-

Se utilizará el papel por ambas caras.

-

Se utilizará, siempre que sea posible, la luz natural.

-

Se apagarán los ordenadores, las impresoras y todo el material que utilice electricidad para su funcionamiento siempre que no vaya a ser utilizado.

Los expedientes de los alumnos sólo podrán ser consultados por el Equipo Directivo y el personal de Administración. En caso de necesidad de consultar datos por parte de un profesor/a, se solicitará información en Secretaría. Los comunicados oficiales que requieran papel y sobre sellados y/o timbrados del Centro se solicitarán en Secretaría y siempre llevarán Registro de Salida. No llevarán Registro de Salida los comunicados a padres tales como citaciones y expulsiones.

4.7. FUNCIONAMIENTO DE LA CAFETERÍA El horario de la cafetería será el del centro, salvo situaciones excepcionales autorizadas por dirección. Durante los períodos de junio y septiembre, se mantendrá un servicio proporcionado a la demanda. No podrán ser instaladas en la cafetería máquinas recreativas de ningún tipo, ni expedirse tabaco o bebidas alcohólicas. Solo se podrá atender a los alumnos de ESO durante los recreos. La cafetería estará limpia y presentable, no permitiéndose humos ni malos olores, siendo atendida únicamente por personal con el correspondiente carné de manipulador. La lista de precios estará a la vista del público en un lugar bien visible. El adjudicatario estará obligado a tener en todo momento a disposición de los usuarios un libro de reclamaciones, foliado, sellado y autorizado previamente por la Secretaria del Centro, el cual será presentado mensualmente a la misma, salvo que se produzca cualquier reclamación de los usuarios, en cuyo caso el concesionario se obliga a presentarlo en el plazo máximo de veinticuatro horas, contadas a partir de la consignación de la reclamación en dicho libro. Los gastos y cargas sociales derivados del personal al servicio del adjudicatario correrán exclusivamente a cargo del mismo, del cual dependerán a todos los efectos, y por ende éste tendrá todos los deberes y derechos inherentes a su calidad de patrono a tenor de la vigente legislación laboral y social incluida la de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que será contratada con la mutualidad correspondiente. 53

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El adjudicatario se obliga a estar al corriente del pago de todas las cargas laborales sociales y fiscales derivadas de su condición de patrono. El adjudicatario se obliga a explotar directamente la concesión que se otorgue, no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder ni traspasar, directa o indirectamente, la explotación. El adjudicatario se obliga a abonar los gastos y cargas tributarias establecidos o que se establezcan en el futuro como consecuencia de la explotación del servicio ya lo sean del Estado, Comunidad Autónoma o Municipio. El adjudicatario responderá de los desperfectos que se ocasionen como consecuencia de la utilización de las instalaciones. El adjudicatario se obliga a abonar todos los gastos derivados del uso de la cafetería: agua, luz y cualquier otro.

4.8. PRÉSTAMOS DE MATERIAL Existirá una copia del inventario a disposición de los profesores para que éstos sepan los recursos materiales con los que cuenta el Centro y su ubicación a fin de optimizar su utilización. El material del Centro, que puede ser utilizado para la docencia por todos los profesores, estará guardado en conserjería, secretaría o dependencias autorizadas por algún miembro del equipo directivo. Cuando un profesor necesite algún material lo solicitará a un ordenanza quien se lo entregará tras la anotación en el impreso correspondiente, donde se anotará la fecha de devolución y firmará la persona que lo recibe. Este documento de control de utilización del material se custodiará y se acudirá al mismo para saber qué persona está utilizando un determinado material cuando otra lo desee utilizar. Quien retira algún material para utilizarlo es responsable del cuidado, buen uso y devolución cuando haya finalizado su utilización para que esté a disposición del resto de los compañeros. El material de un Departamento lo utilizará, en primer lugar, los profesores del mismo, pudiendo otros profesores solicitar prestado algún material, efectuando la petición al Jefe de Departamento, quien accederá si se dan las siguientes condiciones:

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- El material no se va a utilizar en el Departamento durante el tiempo del préstamo. - El peticionario se compromete a devolver el material tras la utilización en el mismo estado en que lo recibió, debiendo ocuparse de la reparación si se deteriora.

4.9. FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE REPROGRAFÍA: El Centro dispone de una multicopista y una fotocopiadora (situadas en conserjería). Uso del servicio por el Profesorado El profesorado procurará encargar las fotocopias o multicopias (si son más de 20 copias) al menos con un día de antelación al personal de conserjería. Este anotará en las fichas destinadas para ello el número de copias realizadas, el profesor/a que las encarga y Departamento al que se le hace el cargo. Las copias particulares estarán en segundo orden de preferencia y serán abonadas periódicamente. La fotocopiadora está en red, por lo que los profesores podrán realizar sus copias directamente, debiendo anotarse en las fichas destinadas al efecto.

PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LIBROS DE TEXTO (Orden de 27 de abril de 2005, por la que se regula el Programa de Gratuidad de libros de texto). 1. Calendario.

Se regulará cada año conforme a las instrucciones que se emitan desde la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, dando la correspondiente publicidad y recogiéndolo en el Plan Anual de Centro. 2. Normas de utilización y conservación de los libros de texto.

El alumnado beneficiario del programa de gratuidad de libros de texto queda sujeto a la obligación de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los mismos y de reintegrarlos al centro

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una vez finalizado el curso escolar o en el momento de su baja del centro si se produce un traslado. En fecha a determinar se hará entrega a los padres, madres o tutores legales del Chequelibro (cuando el alumno promocione en Junio o se matricule como nuevo alumno en Junio se le dará el cheque-libro tan pronto sea posible). Una vez se haga entrega del mismo éste deberá ser firmado y entregado en la librería elegida para retirar los respectivos lotes de libros. Los libros no deben ser ni forrados ni firmados, y se entregarán a cada tutor/a a principio de curso metidos en una bolsa, acompañados de una nota identificativa con el nombre del alumno/a. A principio de curso, en sesión de tutoría, se procederá al etiquetado y sellado de los libros, encargándose el alumnado posteriormente de su forrado. Los libros no deben sufrir ningún tipo de desperfecto, entendiendo como tal su subrayado, señalado, escrito, garabateado, recortado, rasgado, doblado en todo o en parte. Del mismo modo, los libros no deben ser ensuciados, arrugados, manchados ni maltratados, en general, de manera que se impida su lectura en todo o en parte. Queda bajo la responsabilidad del beneficiario del programa el cumplimiento de las normas establecidas. A final de cada curso académico, los libros serán revisados por una comisión constituida para tal fin en el seno del Consejo Escolar, y quedarán bajo custodia en el centro, para los cual se requerirá la colaboración de las familias. Se mantendrá una relación entre el estado de los libros entregados y los que se recibirán en el curso siguiente, para primar el cuidado y atención, y con este objetivo se establecerá una clasificación de lotes de libros en los siguientes términos: Bueno, Suficiente y Deficiente. Si el lote está completo y tiene una calificación de Bueno o Suficiente pasará a ser archivado en el centro a final de curso. Si está incompleto, o alguno de los libros obtiene la calificación de Deficiente el padre, madre o tutor legal del alumno/a deberá reponer el texto, o bien abonar el importe del mismo al centro.

3. Comisión de Gestión y Supervisión del Programa de Gratuidad en los Centros. La Comisión estará constituida por: Presidente, el Director/a, o persona en quien delegue. Un profesor/a. Un padre, madre o tutor legal. Un alumno/a.

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A título consultivo todos los tutores serán miembros de la Comisión a fin de estudiar el uso que hayan hecho los alumnos/as de los materiales entregados. A final de cada curso, la Comisión deberá recoger, revisar y guardar los libros de texto para su reutilización. Para esto contarán con la colaboración del profesorado del centro, que evaluará el estado del libro indicándolo en una etiqueta donde constará tanto los alumnos/as que han utilizado el texto en cursos anteriores como el estado de conservación del libro. Asimismo, la Comisión se reunirá en todas las ocasiones en que se requiera para atender circunstancias excepcionales. La Comisión tiene la potestad para imponer las sanciones que se detallan en el punto siguiente. 4. Sanciones por uso inadecuado de los libros de texto.

Exclusión del Programa de Gratuidad para el curso siguiente. 5. Tabla de estado de los libros.

ESTADO

DESCRIPCIÓN El libro presenta pequeñas alteraciones debido al uso: aumento de grosor, redondeado de los vértices, forro en mal estado…

BUENO

El libro contiene todas sus partes y no presenta signos de haber sido maltratado.

SUFICIENTE No obstante, el libro presenta por el uso problemas de encuadernación: despegado, descosido, deshojado, deslomado. Daños en la identificación y etiquetas del libro. El libro presenta pérdida de alguna de sus partes: pastas, portadas, índice, páginas…

DEFICIENTE El libro se encuentra señalado, escrito, subrayado, arañado, doblado. El libro se encuentra sucio, grasiento, arrugado, pegajoso,

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manchado, emborronado, no se puede leer algún texto. El libro presenta otros claros signos de haber sido maltratado.

6. Renuncia al Programa de Gratuidad de libros de texto. El Centro tendrá a disposición de las familias que lo soliciten un impreso de renuncia voluntaria al programa. 7. Instrucciones para la recogida/entrega de libros de texto

La recogida y catalogación de libros de texto se realizará junto con la entrega de calificaciones de la evaluación ordinaria. Sólo se recogerá el lote completo de libros de aquellos alumnos que hayan superado todas las materias, en ningún caso entregarán libros sueltos. Los que tengan alguna/s asignatura/s pendiente/s para septiembre entregarán su lote tras la convocatoria extraordinaria. Los alumnos con alguna materia pendiente para septiembre entregará su lote completo de libros el día de la recogida de notas en septiembre. Para la catalogación se elaborará un cuadrante de profesores que acompañarán al tutor/a durante la entrega de notas y que se encargarán de recoger y catalogar los libros según su estado. En un cuadrante se anotará la entrega y el estado del libro según el siguiente modelo: Alumno/ Lengua Matem Música a

áticas

Sociales

Naturale ... s

Pepito Pérez del Castillo

B = Bueno S = Suficiente

EN BLANCO: No lo entrega o su estado es deficiente

En la portada de cada libro entregado se una pegatina: VERDE (libro Bueno); 58

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AMARILLO (libro Suficiente). Además, se anotará en la etiqueta de cada libro su estado: BUENO o SUFICIENTE. Los libros se amontonarán por asignaturas en las clases. NO SE RECOGERÁN LIBROS EN ESTADO DEFICIENTE. En caso de surgir algún libro deficiente, se devolverá al padre y se le advertirá del deber de reponerlo. Se actuará del mismo modo con libros no entregados, ya sea por extravío o por convocatoria Extraordinaria de Septiembre. En todo caso, la fecha límite de entrega o reposición de estos libros será la de los exámenes de Septiembre. En caso de que un alumno/a decida NO entregar un libro por presentarse a Convocatoria Extraordinaria de Septiembre, se le comunicará el deber de reintegrarlo el día de realización del examen al profesor que lo realiza. Una vez rellenos los listados se entregarán en Jefatura de Estudios. Durante los exámenes de Septiembre, cada profesor/a recogerá y catalogará según su estado los libros de su materia y lo anotará en un listado, según el modelo más arriba indicado. Les colocará una pegatina en la portada según lo comentado anteriormente, y anotará en la etiqueta su estado. De no entregarse un libro o entregarse en mal estado se advertirá al alumno/a sobre la obligación de reposición y su posible exclusión del Programa de Gratuidad. Se dejará la casilla en blanco en el listado. Para la entrega de libros se actuará de la siguiente forma: En fecha que se fijará en el mes de Septiembre, se informará a los padres de la entrega de libros. En ese/esos día/s, los padres deberán acudir al centro y retirar un vale nominal, previa presentación del DNI, para poder retirar los libros. Una vez el padre tenga el vale se dirigirá al Pabellón. Allí habrá dispuestas mesas con los libros de cada Asignatura, clasificados por curso y pegatina (VERDE O AMARILLO), y en cada mesa un profesor/a de esa asignatura con un listado tal que el rellenado en la recogida, de forma que al presentar el padre el vale se buscará en el listado al alumno, se anotará la recogida y se le entregará un libro conforme al estado en el que entregó el del curso anterior. 59

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Listado (PEPITO PÉREZ - - MATEMÁTICAS = S → LE ENTREGO UN LIBRO CON PEGATINA AMARILLA) S = PEGATINA AMARILLO B= PEGATINA VERDE

NOTA: En el listado de entrega de libros sólo figurarán aquellos alumnos/as que tengan derecho a gratuidad. En caso de alumnos provenientes de colegios (1º ESO), nos atendremos a la información que hayamos recibido de los centros de primaria. Si ésta es global, o sea, no pormenoriza por asignatura, actuaremos de la siguiente forma: LOTE BUENO: Se le entregarán todos los libros con pegatina Verde. LOTE SUFICIENTE: Se le entregarán todos los libros con pegatina amarilla. Si se nos acaban los libros de uno de los lotes (Verde o Amarillo), pasaremos a entregar los del otro, sin mirar si la referencia es Buena o Suficiente.

4.11. ACCESOS AL CENTRO: Al Centro se puede acceder desde una puerta de entrada peatonal del alumnado o bien por el acceso a los aparcamientos. En ellos existirán dos zonas: una destinada a profesores y otra a los alumnos y, dado el limitado espacio, no se permitirá a los alumnos el acceso con coche. Los alumnos que hagan uso de esta puerta volverán a salir, una vez dejado su vehículo, y entrarán por la puerta general del alumnado. Las puertas de acceso del alumnado se abrirán cinco minutos antes (8:10 h.) y se 60

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cerrarán pasados cinco minutos de la hora del inicio de la jornada escolar (8:20 h.); se abrirán al finalizar la jornada a las 14:45h. Si un alumno entra o sale a lo largo de la mañana del centro debe hacerlo por la puerta de entrada de profesores (que siempre debe estar cerrada) como sigue: -

Si es menor de edad, acompañado de un padre, tutor legal o persona autorizada, rellenando en conserjería un documento donde se indica la causa.

-

Si es mayor de edad, deben mostrar su DNI.

4.12. COLOCACIÓN DE CARTELES Y ANUNCIOS.- Para colocar carteles y/o anuncios en cualquiera de las dependencias del Centro se necesitará la autorización del Director. - Los lugares para colocar anuncios y carteles autorizados son tablones de anuncios y zócalos del recibidor. - La exposición de murales (trabajos de los alumnos, fotografías, etc.) se ubicarán en lugar autorizado por el Director. - La colocación de trabajos en el aula requerirá de la autorización del tutor/a que velará porque el contenido, la forma y ubicación de los mismos sea adecuada.

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-

5. LA PARTICIPACIÓN EN LA VIDA DEL CENTRO. 5.1. LA PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES-MADRES. 5.1.1. A nivel de centro. El centro procurará favorecer la participación de los padres-madres en el Consejo Escolar con las siguientes estrategias: *

Reuniones informativas para hacerles comprender su importancia.

*

Información detallada sobre normativa, calendario y funciones.

*

Facilitación de las sesiones del Consejo escolar, en horario y tiempo de preparación.

Asociaciones de Padres-Madres de alumnos/as. El centro procurará favorecer la creación de Asociaciones de Padres-madres y la participación en ellas, adoptando algunas estrategias como: *

Animar a los padres-madres a crear AMPAS.

*

Facilitar un local para reuniones.

*

Promover reuniones periódicas.

*

Asesorar a sus representantes cuando así se requiera.

Las AMPAS podrán colaborar en las actuaciones que vayan dirigidas al mantenimiento del Centro, siempre con el visto bueno del Director/a del mismo. Las AMPAS

podrán disponer de un despacho y tablón de anuncios, donde exponer

información, propuestas, etc.

5.1.2 A nivel de aula a. Los padres-madres de alumnos/as menores de edad están obligados a: Asistir a la reunión informativa de principio de curso. Recoger los boletines informativos de evaluación trimestrales. Firmar el informe individualizado sobre los objetivos, contenidos y actividades a 62

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realizar para septiembre por aquellos alumnos con la materia no superada. Asistir a otras reuniones preceptivas convocados sobre asuntos de su interés b. Los padres-madres de alumnos/as podrán solicitar entrevistas con el tutor/a de sus hijos/as, siempre que lo consideren oportuno y atendiendo al horario previsto para ello. Esa entrevista se hará con cita previa para facilitar el que el tutor/a recabe la máxima información sobre la marcha del alumno/a al Equipo Educativo correspondiente. c. Los padres-madres tienen derecho a: Recibir información periódica acerca de la marcha escolar del alumno/a. Solicitar entrevistas con el tutor/a o algún otro profesor/a del alumno/a siempre que lo consideren oportuno y respetando el horario de atención establecido, con el sistema establecido en el punto b. Conocer el horario del tutor/a del alumno en lo que se refiere a la atención a las familias, así como el horario general del Centro y cuantas otras cuestiones organizativas y pedagógicas sean de su interés.

5.2. LA PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO 5.2.1. A nivel de centro. a.- Participación del alumnado en el Consejo escolar. *

El Centro informará al alumnado sobre la normativa, calendario, horario, etc., de elecciones al Consejo Escolar, así como sobre el funcionamiento de este órgano colegiado.

*

Los representantes del alumnado en el Consejo Escolar recibirán las convocatorias de reuniones por escrito, en las que se hará constar el orden del día y con tiempo suficiente para poder preparar las sesiones con antelación.

*

Los representantes del alumnado en el Consejo Escolar deberán reunir a la Junta de delegados antes y después de cada convocatoria de ese órgano colegiado, con el fin de recabar su opinión primero y de informar del desarrollo de las sesiones después. 63

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*

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A su vez, los delegados de grupo informarán a los alumnos/as de cada grupo de las informaciones recibidas en el punto anterior.

*

El Centro intentará favorecer la participación de los alumnos/as con las siguientes estrategias:

- Les transmitirá información a través de reuniones informativas con los delegados de grupo. - Informará

detalladamente

sobre

normativa,

objetivos

y calendario de

actuaciones. - Se animará a los representantes en el Consejo Escolar a que informen y transmitan a sus compañeros/as las decisiones y acuerdos adoptados.

b.-

Junta de Delegados

Existirá en el centro una Junta de Delegados formada por los representantes del alumnado en el Consejo Escolar y los delegados de cada grupo. Las reuniones de la Junta de Delegados serán convocadas y presididas por algún miembro del equipo directivo, por decisión propia o a petición de un tercio de sus miembros. Las reuniones ordinarias se convocarán por escrito, con 48 horas de antelación, constando en la convocatoria el orden del día, la hora, el lugar y la fecha. Las reuniones extraordinarias se convocarán con 24 horas de antelación, de forma oral, o en el momento en que un asunto urgente lo haga preciso. El directivo que convoca y preside la reunión actuará como moderador de la misma. A las reuniones se invitará, cuando el caso lo requiera, al Orientador/a del Centro. Existirán dos delegados de Centro que se elegirán en el seno de la Junta de Delegados, entre los delegados electos de cada grupo, en la primera reunión de este órgano, al principio de cada curso. Los delegado/a de Centro tomaran nota de los asuntos tratados y los acuerdos adoptados, en el cuaderno de existirá al efecto y se custodiará en la Jefatura de Estudios del Centro. 64

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En caso de ausencias justificadas del delegado de grupo, podrá asistir a las reuniones de Junta de delegados, el subdelegado/a de ese grupo En todo caso, el funcionamiento de la Junta de Delegados se realizará conforme a lo dispuesto en el Decreto 200 de 1997, de la CEJA. Las funciones de estos delegado/as de Centro serán: --Coordinar la actuación de la Junta de Delegados. --Actuar de portavoces de los alumnos/as en las cuestiones de su interés. --Colaborar en las tareas que se les hayan asignado por los órganos competentes.

5.2.2. A nivel de aula a) A principios de curso se elegirán los delegados/as de grupo y los subdelegados/as. b) Las funciones de los delegados/as de grupo, son las recogidas en la normativa vigente, además de las que se señalan aquí: Hasta que empiece a funcionar el SGD, semanalmente recogerá en Secretaría los partes diarios de faltas, encargándose de recordar al profesorado que firme en su hora; los custodiará durante toda la semana y al final de la misma lo entregará en Secretaría. Cuando se produzca un cambio de aula, hasta que empiece a funcionar el SGD, será el delegado/a del grupo el encargado de trasladar el parte diario de faltas y devolverlo al aula de origen, para que todos los profesores/as puedan cumplimentarlo. Será el responsable de comunicar a la Conserjería los desperfectos ocurridos en el aula, para que se lleve el control de los mismos y se proceda a su reparación. Una vez efectuada ésta, velará porque no vuelvan a deteriorarse las instalaciones. Asimismo, si observa que no se ha efectuado correctamente la reparación, lo comunicará en Conserjería. Será el responsable de que no falten en el aula los materiales necesarios para que el profesor/a pueda impartir su clase (tizas, borradores…) En caso de ausencia o retraso de un profesor/a será el responsable de que el 65

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grupo se mantenga en el aula, en silencio y en orden, a la espera de que acuda el profesor de guardia. Servirá de enlace entre sus compañeros/as y los profesores/as para la exposición

de problemas y búsqueda de soluciones, pudiendo participar en

las sesiones de evaluación durante los primeros diez minutos. Se responsabilizará de que las aulas queden cerradas al salir el grupo (recordando al profesor correspondiente que cierre la clase ya que es quien tiene la llave) y que las mesas y las sillas estén en orden, y, al final de la jornada, que estas queden encima de las mesas para facilitar la limpieza. c) Los subdelegados de grupo tendrán las siguientes funciones: *

Sustituir al delegado/a de grupo en caso de ausencia.

*

Colaborar con el delegado/a de grupo en las tareas que se le asignen.

5.3. PARTICIPACIÓN DEL PROFESORADO 5.3.1. A nivel de Centro Los representantes del Profesorado en el Consejo Escolar pueden convocar asambleas de sus compañeros/as en el período de recreo, sin interferir en el turno de guardias, para recabar su opinión sobre los asuntos que se van a tratar en el Consejo Escolar, o bien para informarles de los acuerdos adoptados en este órgano colegiado. El Equipo Directivo fomentará la participación del profesorado en el Consejo Escolar, informándoles de todo lo referente a elecciones, reuniones, funciones, etc. Cualquier profesor/a puede presentar sugerencias verbalmente o por escrito al Equipo Directivo, para que se tengan en cuenta si ello es posible, o se trasladen donde proceda. Cualquier profesor/a puede comunicar en el apartado de Ruegos y Preguntas de las sesiones de Claustro aquello que considere de interés para el resto de los compañeros/as. Cualquier profesor/a puede aportar informaciones de tipo cultural, sindical, laboral, profesional, etc., al resto de los compañeros, usando para ello los 66

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tablones informativos de la sala de profesores. La participación de los profesores/as en los órganos colegiados, se atendrá a lo dispuesto en el presente ROF en el apartado 2. La participación de los profesores/as en los órganos de coordinación docente se atendrá a lo dispuesto en el Decreto 200/1997, que establece el Reglamento Orgánico de los Centro de Enseñanza Secundaria, completado con las disposiciones de la presente norma.

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6. LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO EDUCATIVO 6.1. ASPECTOS GENERALES Dentro del ROF este apartado dedicado a la Convivencia en el Centro tiene un objetivo global: Asegurar la calidad de las relaciones humanas que se establecen en el Centro para que se haga posible el desarrollo de los procesos pedagógicos en un marco adecuado. Estas normas pretenden propiciar, por un lado, el correcto desarrollo de la actividad académica; procurar el respeto entre los miembros de la comunidad educativa y, por otro, hacer un buen uso de las dependencias, instalaciones y medios materiales con que se cuenta. En resumen diremos que las Normas de convivencia sirven para facilitar las relaciones individuales y grupales, fomentando la realización de tareas comunes. Los dos pilares básicos para la promoción de la cultura de la paz y la mejora de la convivencia en el centro son: -

El Plan de Convivencia.

-

La Comisión de Convivencia.

6.2. FACTORES QUE FAVORECEN LA CONVIVENCIA Entre ellos señalaremos como más importantes: *

El clima relacional entre profesores y alumnos, así como entre los alumnos mismos.

*

La organización y gestión democrática del centro, que propicie la participación de profesores, padres y alumnos, de la forma establecida en cada caso.

*

El trabajo en equipo y la coordinación ente los profesores.

*

La organización adecuada de espacios y tiempos para realizar las tareas de manera óptima.

*

La planificación adecuada del trabajo a desarrollar a los largo del curso por las diversas estructuras del Centro.

*

El agrupamiento de alumnos siguiendo criterios pedagógicos, así como los horarios adecuados a las diversas materias y perfil del alumnado.

*

La delimitación clara de las competencias entre los distintos órganos de 68

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gobierno, colegiados y de coordinación docente del Centro. *

La existencia de canales de comunicación e información fluidos y eficaces, entre los distintos órganos del Centro, llegando a toda la Comunidad Educativa.

*

Un adecuado estado de higiene y limpieza en el centro.

6.3 PLAN DE LIMPIEZA Teniendo en cuenta la importancia de mantener el centro en un estado razonable de limpieza y orden durante la jornada escolar, se podrá establecer cada curso un Plan de Limpieza, que se regulara en el PAC, en el que participen los alumnos de forma activa, que por una parte contribuya a su educación cívica y por otra sirva para mantener el centro en condiciones adecuadas. Este Plan de limpieza será coordinado por el equipo directivo y en el estará implicado todo el Claustro de profesores.

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7. .NORMAS DE CONVIVENCIA 7.1. RELATIVAS AL PROFESORADO Derechos y deberes El profesorado tiene los derechos que le otorga la legislación vigente. El Profesorado tiene derecho a participar en la gestión y organización del Centro, tanto en los órganos unipersonales, colegiados o de coordinaci6n docente, de la forma en que se establece por la normativa vigente. El Profesorado tiene derecho a ser informado de todas la cuestiones relativas a su trabajo a través de los órganos pertinentes del Centro. En cuanto a los Deberes, se estará asimismo a lo dispuesto en la normativa vigente, teniendo en cuenta estas especificaciones: Actualizarse y perfeccionarse en su profesión e investigar los recursos didácticos más apropiados para el trabajo de cada día. Asistir con puntualidad y regularidad a las clases y reuniones para las que sea convenientemente convocado. (Se consideran reuniones de obligado cumplimiento las correspondientes a Claustros, Consejos Escolares, Equipos Educativos, ETCP, Departamentos, así como aquellas otras convocadas reglamentariamente por la dirección del Centro en el ámbito de sus competencias). Cumplir el horario que tiene asignado y que ha firmado a principios del Curso. Cualquier modificación del horario, si se refiere a un sólo día, deberá hacerse constar en el parte diario que se encuentra en la Sala de Profesores y comunicar al profesor de Guardia. 70

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Cualquier otro tipo de cambio horario debe hacerse por parte del Jefe de Estudios a petición de los profesores afectados. Respetar la personalidad de cada alumnos/a sin hacer distinciones entre ellos por motivo alguno. Escuchar, comprender, ayudar al alumno/a, interesándose por sus condiciones ambientales. Individualizar la enseñanza, acomodándose a los conocimientos y características de cada alumno. Conocer y cumplir la normativa vigente, tanto interna como externa. Cumplimentar un parte de incidencias para casos de expulsión-amonestación que enviará directamente a los padres remitiendo copia a Jefatura de Estudios y tutor. (ver ANEXOS) Participar en la gestión y organización del Centro, de la forma establecida en la normativa vigente, colaborando con el Equipo directivo. Cooperar en el mantenimiento y buen uso del material e instalaciones del Centro. Colaborar en el mantenimiento del orden y la disciplina dentro del recinto escolar. Pasar lista al principio de cada clase y anotar las ausencias en el parte diario hasta que funcione el SGD. Cumplimentar la documentación que se le requiera, tanto académica como pedagógica, en el marco de sus funciones. Exigir a los alumnos que mantengan las sillas y mesas en orden. Informar a los padres/madres cuando lo soliciten, preferentemente en el horario de 71

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atención del tutor del alumno, y en su presencia, a ser posible. En todo caso, el tutor será informado. Informar de las faltas de asistencia a los tutores y, en su caso, a los padres así como de la marcha académica de los alumnos. Cerrar las puertas y controlar que se apaguen las luces de las aulas una vez concluida su función docente en los siguientes casos: Cuando los alumnos abandonan el aula para ir a otra dependencia. Antes de la hora del recreo. Antes de la hora de salida al final de la jornada escolar. Cuando los alumnos se van del Centro por alguna causa aunque no haya terminado la jornada escolar. Los profesores que sean tutores de grupo tendrán, además, de las funciones que se les asigna como a tales en la normativa vigente, las siguientes: *

Controlar las faltas de asistencia de los alumnos semanalmente y guardar hasta final de curso los documentos que justifican las faltas de sus tutelados. (ver ANEXOS)

* Notificar las faltas a los padres y a Jefatura de Estudios, con periodicidad mensual. No obstante lo anterior, los tutores informarán de forma inmediata a los padres de las faltas de asistencias que supongan una conducta contraria a las normas de convivencia del Centro, tal y como se establecen en otros apartado de este ROF. y, en todo caso, a las TRES faltas sin justificar. (ver ANEXOS) A principios de curso, para facilitar el trabajo anterior de los tutores, la Jefatura de Estudios informará adecuadamente del proceso de control de las faltas de asistencia de alumnos. El tutor revisará semanalmente los partes de incidencia e informará a los padres de las actuaciones contrarias a las normas de convivencia realizadas por sus hijos cuando, por su gravedad o reiteración, lo consideren necesario o conveniente. -Los tutores de grupo cumplimentarán la documentación académica de los 72

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alumnos de su grupo tal y como se establezca por la Jefatura de Estudios. El tutor de grupo será el responsable de la correcta cumplimentación de las Actas de

Evaluación, encargándose él mismo de recabar la firma de todos los

componentes del Equipo Educativo de que se trate. Una vez efectuada esta tarea se entregará el Acta a la Secretaría del Centro. Los profesores que sean Jefes de Departamento tendrán, además de las funciones que se les asigna en la normativa vigente, la de mantener actualizado el inventario de su departamento y las aulas específicas asignada al mismo, firmándolo cuando asuman el cargo y dándolo actualizado cuando cesen en el mismo. Como mínimo una vez cada curso escolar se entregará en la Secretaria del Centro el inventario actualizado, en el periodo que establezca la Dirección.

El Profesor de Guardia Independientemente de las actividades docentes propiamente dichas, la totalidad del profesorado debe colaborar con el equipo directivo en todas aquellas actividades que se realicen en el Centro. Las funciones del profesor de guardia serán las siguientes: Personarse, lo más rápidamente posible, en la sala de profesores al comienzo de la guardia para comprobar la situación con el resto de los profesores de guardia. Recorrer todas las aulas al inicio de la hora de guardia para comprobar si hay ausencias o incidencias. Cuando varios profesores coincidan de guardia pueden distribuirse esta tarea siempre que todas las aulas sean revisadas. Velar por el cumplimiento del normal desarrollo de las actividades. Mantener el orden en el Centro evitando que los alumnos estén en los pasillos y vestíbulo. Atender a los alumnos que están sin profesor, teniendo en cuenta que debe 73

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atenderse con prioridad a los de menor edad. Si existe la imposibilidad de atender a los alumnos en su aula se procurará enviarlos al patio (porche), acompañados por algún profesor de guardia, que debe permanecer con ellos. En el patio, los alumnos deberán estar en las zonas donde no perturben las clases de E.F. (fundamentalmente en los porches). Todos estos cambios deben reflejarse en el parte diario de guardia. (ver ANEXOS) Para facilitar la atención a los alumnos cuando se prevea la falta de algún profesor, éste deberá dejar programadas las actividades de cada sesión de clase. En todo caso, los departamentos podrían tener elaboradas “fichas” con actividades de repaso para los casos imprevistos. En bachillerato y ciclo, podrán adelantarse clases, contando con el acuerdo de profesores y alumnos, previa comunicación al jefe de estudios. Anotar en el parte de guardia las ausencias del profesorado, incluyendo los compañeros de guardia y todos los que tengan horas de obligada permanencia. Auxiliar en lo posible a los alumnos que sufran algún tipo de accidente, gestionando en colaboración con el Equipo Directivo del centro la atención más pertinente. A tal efecto se pondrán en conocimiento de la familia. En todo caso, el profesor de guardia, siempre deberá estar localizado durante el periodo de guardia. Los horarios de los profesores se realizarán teniendo en cuenta la necesidad de que todas las horas de guardia estén cubiertas en la proporción de, al menos, un profesor por cada ocho grupos o fracción de presencia simultánea.

Guardia de biblioteca.El profesor de guardia de biblioteca debe realizar las siguientes funciones durante el tiempo de permanencia en la sala: Vigilar que en todo momento se cumplan las normas de biblioteca. Supervisar que los alumnos que estén en biblioteca dejen ordenadas las mesas y sillas cuando salgan de la sala. 74

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Rellenar los partes o plantillas de funcionamiento interno de la biblioteca. Colocar los libros que se utilicen en sala o en clase en su sitio. En caso de duda a la hora de la colocación, dejar apartado/s el / los libros/s para que los coloque alguno de los profesores implicados en la gestión y funcionamiento de biblioteca. Si se coloca de forma incorrecta el /los libros, puede haber problemas para localizarlo en una próxima utilización. Comprobar que los muebles queden cerrados después de su uso para evitar el robo de los fondos. El profesor de guardia de 6ª hora debe apagar los ordenadores, las luces y el aparato de aire acondicionado. Es conveniente revisar esto último para evitar derroche de energía y un posible incendio. En cuanto al préstamo, el profesor de guardia de biblioteca podrá prestar fondos para su uso en sala y en clase, según se detalla en el punto 3.2. de la normativa de biblioteca. El préstamo para casa sólo lo podrá realizar el profesor de guardia de biblioteca que esté en los recreos, según se detalla también en el citado apartado. Los profesores de GB atenderán a los alumnos que bajen con diferentes problemáticas (llamar a casa, estar en biblioteca atendidos mientras esperan…) Los profesores de GB realizarán labores de gestión de la Biblioteca (salvo profesores que indique JE –tutor convivencia, coordinadores sin reducción horaria-). Si algún profesor no quiere realizar estas labores pasará a ser un profesor de guardia ordinaria y Jefatura de estudios organizará la correspondiente guardia de biblioteca. De contar con los recursos necesarios existirá un aula de convivencia, de no ser posible, se utilizará la Biblioteca para esta función, los cambios que esto conlleve se regularán en PAC y PCC. Las funciones que se realizarán en este caso serán: Requerir del alumno expulsado de clase un parte debidamente cumplimentado por el profesor de clase. Anotar los datos del alumno/a y el

motivo de la expulsión en el parte de

convivencia. (ver ANEXOS). Firmar dicho parte y encargar fotocopiarlo. La fotocopia se hará llegar al tutor en su taquilla y el original se entregará al alumno para que lo devuelva a su tutor firmado por su padre/madre. En el aula de convivencia existirá una hoja donde se anotarán los alumnos que estén expulsados de alguna asignatura por más de un día, con anotación de la asignatura, 75

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fecha de comienzo, duración y fecha de finalización. (ver ANEXOS).

Guardia de recreo.Además de estas guardias, existirán turnos de guardias de recreo, distribuidas entre el profesorado de la forma que se establezca en cada P.A.C. Sus funciones serán: Controlar el cumplimiento de las normas de convivencia. Asistir a los alumnos/as que se pongan enfermos o sufran algún accidente. Abrir y cerrar los aseos de alumnos de la planta baja a la vez que vigilan las escaleras de subida a la 1ª planta y el patio. En el caso de que el profesor no llegue por cualquier razón, los conserjes deberán abrir y cerrar estos aseos. Guardia de recreo en el aula de convivencia: el profesor que ocupe este lugar será el encargado de vigilar a aquellos alumnos que hayan sido expulsados y castigados durante los recreos. Éstos deberán realizar las tareas que sus profesores hayan creído convenientes.

Ausencias del Profesorado Se estará a lo dispuesto en la normativa vigente. En cualquier caso se notificarán con antelación a la Jefatura de estudios las ausencias previstas. En ausencias no previstas se realizará una comunicación telefónica para avisar y más tarde se entregarán los documentos justificativos pertinentes- en el caso de partes de baja deberán hacerse llegar al centro lo antes posible para su tramitación. En la justificación de faltas que no supongan parte de baja oficial, se estará a lo dispuesto en la normativa vigente usándose siempre los impresos al efecto que se encuentran en la Conserjería del Centro. Dicha justificación se hará en las cuarenta y ocho horas siguientes a la incorporación del profesor al Centro. Para facilitar la atención a los alumnos cuando se conozca de antemano la ausencia de un profesor, éste deberá dejar trabajo preparado para las sesiones. En otro caso, los departamentos podrían elaborar fichas de repaso para ello.

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7.2. RELATIVAS A LOS PADRES/MADRES. En relación al Centro. a) Conocer el ROF y observar las normas contenidas en el mismo. b) Atender a las citaciones que desde el Centro se le hagan. c) Justificar, ante la Dirección del Centro, a quien corresponde la guardia y custodia de los hijos en el caso de que se produzca la separación judicial de los padres. d) Abstenerse de visitar a su hijo durante el horario escolar sin causa justificada.

En relación con el personal docente. a) No desautorizar la acción de los profesores en presencia de sus hijos/as. b) Facilitar todo tipo de información y datos valorativos de sus hijos/as en los distintos aspectos de su personalidad, a los profesores que lo precisen. c) Facilitar a sus hijos/as cuantos medios sean precisos para llevar a cabo las actividades y tareas escolares que les indique el profesorado. d) Participar voluntariamente con los profesores en la programación de aquellas actividades para las que le sea solicitada su colaboración.

En relación con sus hijos/as. a) Colaborar en la labor educativa ejercida sobre los alumnos por el personal docente. b) Vigilar y controlar sus actividades. c) Facilitar el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos/as con respecto al Centro. d) Distribuir y coordinar su tiempo libre y de ocio, especialmente en lo relativo a lecturas, juegos, televisión... 77

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e) Justificar las ausencias y retrasos de sus hijos/as al Centro. f) Recoger personalmente o mediante persona autorizada o bien autorizar por escrito (mediante modelo oficial) a los alumnos/as que, por causa justificada, tengan que ausentarse del Centro en horario escolar. g) Estimular a sus hijos/as para el conocimiento, respeto y cumplimiento de las Normas de Convivencia del Centro, como un elemento de gran valor que contribuye a su formación.

7.3. RELATIVAS AL ALUMNADO Normas de funcionamiento.a) El horario general se establecerá, para cada curso escolar, en el P.A.C. b) Los alumnos que lleguen tarde deberán venir acompañados de su padre para poder acceder al centro. Un miembro del equipo directivo, o bien el profesor de Guardia de Biblioteca, rellenará el documento que autoriza la entrada y el alumno presentará este documento en las clases posteriores c) Los recreos se programarán en cada curso escolar y se recogerán en el correspondiente P.A.C.. d) Durante los cambios de sesión los alumnos deberán permanecer en sus clases sin hacer uso de los servicios, que se utilizarían durante el desarrollo de las sesiones, a criterio del profesor/a y siempre de forma excepcional, o durante los recreos. e) Los servicios de alumnos/as permanecerán cerrados durante las horas de clase, si algún alumno de forma excepcional debe utilizarlo, se anotará en el parte de clase o como incidencia en el SGD, pedirá la llave al conserje y dejará sus datos (nombre, clase, día y hora) en conserjería. f) Para que de forma excepcional, un alumno pueda salir de clase, el profesor dispondrá de 2 tarjetas que permitirán a los alumnos salir por causas justificadas (los alumnos expulsados llevarán el parte de expulsión y el delegado/a que los acompaña una tarjeta), de tal forma que pasados 10 minutos de un toque de timbre no podrá haber alumnos fuera de las aulas sin la tarjeta correspondiente. g) Por ningún motivo los alumnos de ESO, ni los menores de edad, en bachillerato 78

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o ciclo, podrán salir del centro durante este horario sin autorización o acompañados por el padre/madre o tutor, en cuyo caso deberá cumplimentar el modelo destinado a tal efecto. (VER ANEXO). De forma excepcional, la dirección o jefatura de estudios podrán autorizar a una persona distinta de las anteriormente mencionadas. h) La entrada a las clases se realizará por las puertas que se asignen en cada P.A.C. atendiendo a necesidades organizativas. i) Cuando el origen o destino sea el patio, cada grupo subirá/bajará al toque de sirena por las puertas asignadas, en orden. Los profesores velarán por el normal comportamiento de los alumnos. j) Los alumnos de bachillerato y ciclo se regirán, de forma genérica, por el presente Reglamento, con las siguientes excepciones: -En ausencia de un profesor, los alumnos podrán estar en la biblioteca, cafetería, porches del patio o en el aula (exclusivamente para actividades de estudio y siempre que no interfieran en el normal desarrollo de las actividades de otros grupos). - En caso de conocerse con antelación la ausencia de los profesores de primera/última hora de clase, podrán modificar su horario de entrada/salida. Así mismo podrán salir del centro, de forma excepcional, en momentos puntuales, durante la jornada escolar, en hora libre o recreo, dejando su carné de estudiante en conserjería. - En los casos mencionados, el alumnado mayor de edad podrá salir del centro educativo pero no quedarse en la zona de los aparcamientos. -Sólo los alumnos de bachillerato y CFGM, y a criterio del profesor, podrán salir del aula sin tarjeta de tránsito antes de la finalización de la clase por motivos de exámenes, pero nunca a las pistas polideportivas

Derechos y Deberes Los Derechos y Deberes de los alumnos, así como las normas de convivencia quedan recogidas en el Decreto 19/2007, de 23 de Enero (que deroga al Decreto 85/1999, de 6 de abril, excepto en los artículos 1,2 y 3 y el capítulo II del mismo)

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Normas de convivencia Conviene destacar algunas normas de convivencia de especial importancia, entre las que deben ser observadas por los alumnos. El alumnado del Centro debe: Asistir con puntualidad y regularidad a las actividades escolares. Participar en las actividades complementarias y extraescolares. Acudir al centro debidamente aseado y correctamente vestido. Circular por pasillos y escaleras con orden y compostura. Aportar a las clases los libros y el material escolar que sean precisos. Responsabilizarse de los encargos que se le encomienden. Entregar a los profesores los justificantes de las faltas de asistencia formulados por sus padres en el día siguiente a volver al Centro. Esta justificación se la mostrará a cada uno de los profesores con los que haya faltado y finalmente se la entregará al tutor, quién la devolverá a los padres en la entrega de notas. Entregar a los padres las comunicaciones emanadas del Centro. No agredir, insultar ni humillar a los compañeros. Respetar todas las pertenencias de los demás. No perturbar la marcha de las clases con su comportamiento. Colaborar con sus compañeros en las actividades escolares. Evitar los juegos violentos. Tener un trato respetuoso con los profesores, compañeros y personal del Centro. Hacer buen uso del edificio, instalaciones, mobiliario y material escolar. Cuidar de que las clases, patio, pasillos, servicios y otras dependencias, se mantengan limpios y ordenados, colaborando con los delegados de grupo en este mantenimiento. No utilizar tippex. Participar, de acuerdo con lo establecido, en la gestión democrática del Centro. Conocer y cumplir la normativa interna del Centro. No fumar en el Centro. Reparar los desperfectos ocasionados en objetos del Centro o de los compañeros. Pagar los gastos derivados de tales roturas. 80

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Los alumnos de cada aula se hacen responsables del mantenimiento de esta, debiendo comunicar con inmediatez cualquier daño o desperfecto y estar vigilantes de lo que en su aula ocurra. Si se producen daños y no se consigue identificar a los culpables se considerará al grupo de clase responsable, bien por acción, omisión o encubrimiento. No permanecer en las aulas en el horario de recreo, con objeto de evitar responsabilidades en desperfectos, hurtos y faltas de limpieza. Expresar sus ideas y opiniones en las sesiones de tutoría y en las reuniones de Delegados. Elegir delegado y subdelegado en la sesión de tutoría correspondiente. Esperar en el aula a que llegue el profesor de guardia, en el caso de la ausencia del profesor que deba impartir la clase. Guardar la debida compostura en la cafetería del Centro. No permanecer en la cafetería en horas de clase. Atender las normas de la biblioteca así como la del resto de las dependencias que se encontrarán expuestas convenientemente. No comer en el centro, salvo en el patio y cafetería. Asistir a los exámenes convocados. El derecho a repetición de examen se establecerá por cada profesor en concreto teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en cada caso. El alumno no tiene derecho automático a que los exámenes se le repitan, máxime cuando estas pruebas son un dato más a tener en cuenta en la evaluación continua. Los alumnos no podrán utilizar en el aula artefactos de cualquier tipo como teléfonos móviles, videojuegos, etc. Los teléfonos móviles no podrán los alumnos tenerlos en el centro, se les retirará si se ve alguno y custodiarán en Jefatura de Estudios hasta que los padres o tutores lo recojan. No se permitirá el uso de cualquier tipo de balones, pelotas, bolas o similares en todo el Centro fuera de las actividades programadas por cualquier departamento. Las normas de convivencia de nuestro centro reseñadas anteriormente son de obligado cumplimiento por parte de todos los alumnos, no obstante se podrá premiar a aquellos que destaquen por mejor expediente y conducta, en caso contrario SE INCURRIRÁ EN CONDUCTA CONTRARIA A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA O QUE PERJUDICA GRAVEMENTE LA CONVIVENCIA DEL 81

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CENTRO. Esas conductas contrarias o perjudiciales habrán de corregirse teniendo en cuenta los siguientes criterios: 1.-

Toda sanción o corrección debe tener un marcado talante educativo y recuperador. Al mismo tiempo debe garantizar el respeto a los derechos del resto de alumnos y procurar la mejor de las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.

2.-

Ningún alumno podrá ser privado del derecho a la educación, ni de su derecho a la escolaridad.

3.-

Las correcciones no podrán ser contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumno.

4~- La imposición de las correcciones previstas en este ROF respetará la proporcionalidad con la conducta del alumno y contribuirá a la mejora del proceso educativo. 5.-

Antes de resolver el procedimiento corrector se tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno, así como su edad, a efectos de graduar la aplicación de la sanción.

6.-

A efectos de graduación de las correcciones, se considerarán circunstancias atenuantes las siguientes: a.- El reconocimiento espontáneo de su conducta incorrecta. b.- La falta de intencionalidad. c.- Petición de disculpa.

7,-

Por el contrario, se consideran circunstancias agravantes las siguientes: a. - La premeditación y la insistencia en la falta tras intentar corregírsela. b. – Cuando la conducta se dirija al profesorado c.- Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros de menor edad o a los recién llegados al centro. d.- Cualquier acto que atente contra el derecho a la no-discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales, religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas. e.- Cuando exista incitación o estimulación a la actuación colectiva. f.- Cuando la naturaleza o entidad de los perjuicios causados al centro o a sus integrantes sean apreciables.

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Conductas contrarias a las normas de Convivencia Se estará a lo dispuesto en el Decreto citado, Título III, capítulo II, Artículo 20. Tipificación Las que indica el decreto son: a) Los actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase. b) La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje. c) Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros. d) Las faltas injustificadas de puntualidad. e) Las faltas injustificadas de asistencia a clase. f) La incorrección y desconsideración hacia los otros miembros de la comunidad educativa. g) Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa. Ampliaciones por el centro:

No justificar las ausencias en las 48 horas siguientes a la incorporación. Impuntualidad reiterada, entendiendo por tal la que se produce dos veces sin causa justificada. No respetar los horarios. No seguir las orientaciones del profesorado con respecto a la disciplina y las normas de conducta. No respetar el derecho al estudio de los compañeros. Faltas de respeto y consideración leves hacia los profesores, alumnos y personal del Centro. No entregar a los padres las comunicaciones que parten del Centro. No respetar la propiedad ajena. 83

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No utilizar correctamente las instalaciones del Centro. La salida del Centro sin autorización. Los juegos violentos entre alumnos. Arrojar en aulas, pasillos, patios. etc. papeles, pipas, u otros objetos análogos que ensucien el Centro. El deterioro no grave, causado intencionadamente, de las dependencias del Centro, de su material o de los objetos y pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Cualquier acto injustificado que perturbe el normal desarrollo de las actividades del Centro. Las correcciones son inmediatamente ejecutivas y el plazo de prescripción de estas conductas es de 30 días naturales desde la fecha de su comisión excluyendo los periodos vacacionales. * Cuantificación de la impuntualidad del alumnado: Los profesores correspondientes dejarán entrar al alumno impuntual, hasta pasados DIEZ minutos del horario de entrada, anotando esta circunstancia en el parte diario hasta que funcione SGD y recabando los motivos por los que el alumno llega tarde. Transcurrido los cuales, se permitirá la entrada al centro, incorporándose al comienzo de la siguiente clase, debiendo justificar su falta de puntualidad según lo regulado en el presente ROF. Asimismo, en este tema, si el profesor lo cree necesario, cumplimentará un parte de incidencias si el caso lo precisa y a su criterio, que entregará al tutor. El Tutor, enterado de la impuntualidad reiterada de los alumnos, lo anotará convenientemente y notificará el asunto a los padres. Cuantitativamente se considera que cada falta de puntualidad supone una falta de asistencia y como tal debe reflejarse en el SGD. Cuantificación de las faltas de asistencia del alumnado: Se considerará que la ausencia del alumno a TRES días de clase sin justificar, constituye una falta contraria a las normas de convivencia del Centro. Dos horas de falta injustificada equivalen a un día completo de falta. 84

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En estos casos, sin perjuicio del aviso mediante carta a los padres de los alumnos, se procederá a actuar conforme la normativa establece en este tipo de faltas, informando mensualmente de estas incidencias a Jefatura de Estudios. Serán consideradas por el tutor faltas justificadas las que se acrediten con: - Justificante de entidad sanitaria (bastará cualquier documento con firma médica). - Documento justificativo de asistencia a deber inexcusable. - Documento justificativo de asistencia a una actividad que, de no realizarse, podría causar un grave perjuicio al interesado, familia o allegados. En todo caso se excluye la asistencia a actividades que puedan ser aplazadas a horas que no dificulten la asistencia a clase. En cualquier otra circunstancia no recogida en los puntos anteriores, se consultará a dirección o jefatura de estudios. Se perderá el derecho a evaluación continua en un área cuando la inasistencia suponga la pérdida de un 25% de horas lectivas de esa área en el trimestre. En caso de ser faltas justificadas, el alumno tendrá derecho a una prueba final.

Procedimientos sancionadores 1. Por la conducta contemplada en el artículo 20.a) del presente Decreto se podrá imponer la corrección de suspensión del derecho de asistencia a esa clase de un alumno o alumna. La aplicación de esta medida implicará: a) El centro preverá la atención educativa del alumno o alumna al que se imponga esta corrección en el aula de convivencia. b) Deberá informarse a quienes ejerzan la tutoría y la jefatura de estudios en el transcurso de la jornada escolar sobre la medida adoptada y los motivos de la misma. Asimismo, el tutor o tutora deberá informar de ello al padre, a la madre o a los representantes legales del alumno o de la alumna. De la adopción de esta medida quedará constancia escrita en el centro (La amonestación que el profesor pone al alumno queda registrada en el aula de convivencia, recibiendo una copia el tutor y jefatura de estudios e informando a los padres pues los alumnos han de devolver el original firmado por estos, durante la estancia en el aula de convivencia el alumno realizará tareas escolares indicadas por el profesor que lo expulsó de clase).

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Por las conductas recogidas en el artículo 20 del presente Decreto, distintas a la prevista en el apartado anterior, podrán imponerse las siguientes correcciones: a) Amonestación oral. b) Apercibimiento por escrito (amonestación por hechos) y/o con citación a los padres. c) Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro. d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. Se aconseja la asistencia al centro Gibalbín para que el alumno reciba atención y ayuda en la realización de las actividades propuestas. e) Excepcionalmente, la suspensión del derecho de asistencia al centro por un período máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. Las actividades formativas que se establecen en las letras d) y e) del apartado anterior podrán ser realizadas en el aula de convivencia. Los alumnos que, por cuya conducta grave o reincidente, sean expulsados del centro deberán asistir obligatoriamente a la Asociación Gibalbín donde realizarán las actividades recomendadas por sus profesores. Dicha asociación y el centro educativo mantendrán el contacto y llevarán el control de asistencia de los alumnos. En caso de que éstos no acudan, la policía local se encargará de ir a sus casas a recogerlos. Aquellos alumnos que, por el contrario, no sean reincidentes o tengan faltas leves, trabajarán habilidades sociales con un monitor dedicado a ellos en un aula (dentro del centro) que se dedique para tal fin. f)

Retirada temporal del teléfono móvil a aquellos alumnos/as que tengan dicho artefacto en el centro.

g) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares por un periodo máximo de un mes. Órganos competentes para imponer las correcciones de las conductas contrarias a las normas de convivencia: 1. Será competente para imponer la corrección prevista en el artículo 20.a) del presente ROF el profesor o profesora que esté impartiendo la clase. 86

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2. Serán competentes para imponer las correcciones previstas a las conductas contrarias a las normas de convivencia del artículo 20 excepto la a): a) Para la prevista en la letra a), todos los profesores y profesoras del centro. b) Para la prevista en la letra b), el tutor o tutora del alumno. c) Para las previstas en las letras c) y d), f) y g), el jefe o jefa de estudios. d) Para la prevista en la letra e), el director o directora, que dará cuenta a la Comisión de Convivencia.

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro. Se estará a lo dispuesto en el Título III, capítulo III del Decreto citado. Tipificación (según el decreto anterior en el artículo 23) Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro las siguientes: a) La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa. b) Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa. c) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas. d) Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una componente sexual, racial o xenófoba, o se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales. e) Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa. f) La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos. g) El deterioro grave de las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de las mismas. h) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro. i) Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro. 87

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j) El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la Comisión de Convivencia considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro prescribirán a los dos meses contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los períodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la provincia.

Medidas disciplinarias y Procedimientos sancionadores Medidas disciplinarias por las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia (artículo 24) a) Realización de tareas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de los centros docentes públicos. b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un período máximo de un mes. c) Cambio de grupo. d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un período superior a tres días lectivos e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo. e) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. f) Cambio de centro docente. Las actividades formativas que se establecen en las letras d) y e) podrán ser realizadas en el aula de convivencia, de acuerdo con lo que el centro disponga en su plan de convivencia. Cuando se imponga la medida disciplinaria prevista en la letra e), el director o directora podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al centro antes del agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa constatación de que se ha producido un cambio positivo en la actitud del alumno o alumna. 88

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Asimismo, cuando se imponga la medida disciplinaria a que se refiere la letra f), la Consejería competente en materia de educación garantizará un puesto escolar en otro centro docente. Será competencia del director o directora del centro la imposición de las medidas disciplinarias previstas en el artículo 24, de lo que dará traslado a la Comisión de Convivencia. Para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias previstas en este ROF será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno o alumna. Cuando la corrección o medida disciplinaria a imponer sea la suspensión del derecho de asistencia al centro o cualquiera de las contempladas en las letras a), b), c) y d), y el alumno o alumna sea menor de edad, se dará audiencia a sus padres, madres o representantes legales. Asimismo, para la imposición de las correcciones previstas en las letras c), d) y e) del apartado 2 del artículo 21 del presente Decreto, deberá oírse al profesor o profesora o tutor o tutora del alumno o alumna. Las correcciones y medidas disciplinarias que se impongan serán inmediatamente ejecutivas.

Reclamaciones 1. El alumno o alumna, sus padres, madres o representantes legales, podrán presentar en el plazo de dos días lectivos una reclamación contra las correcciones o medidas disciplinarias impuestas, ante quien las impuso. En el caso de que la reclamación fuese estimada, la corrección o medida disciplinaria no figurará en el expediente académico del alumno. 2. Asimismo, las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora en relación con las conductas del alumnado a que se refiere el artículo 23 del presente Decreto podrán ser revisadas por el Consejo Escolar a instancia de los padres, madres o representantes legales del alumnado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. A tales efectos, el director o directora convocará una sesión extraordinaria del Consejo Escolar en el plazo máximo de dos días lectivos, contados desde que se presentó la instancia, para que este órgano proceda a confirmar o revisar la decisión y proponga, si corresponde, las medidas oportunas.

La Comisión de Convivencia

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Existirá en el Centro una Comisión de Convivencia, en el seno del Consejo Escolar y formada por: el Director/a del Centro, que la presidirá, el Jefe de Estudios, dos profesores/as, dos padres-madres (uno de ellos necesariamente representante del AMPA en el Consejo, en el caso de que exista) y dos alumnos/as. Todos ellos deben formar parte del Consejo Escolar.

Funciones de la Comisión de Convivencia a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los conflictos. b) Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro. c) Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas. d) Mediar en los conflictos planteados. e) Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas. f) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro. g) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas. h) Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el centro. Actuará como secretario el profesor/a de menor edad, quien levantará acta de las reuniones y custodiará el libro de actas de esta Comisión que se depositará en la Jefatura de Estudios del Centro.

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8. RELACIONES CON EL ENTORNO El Centro no ha de funcionar aisladamente, debe relacionarse con su entorno, para enriquecerse con este contacto y poder cumplir mejor sus finalidades y objetivos.

8.1. RELACIONES CON OTROS CENTROS El Instituto debe relacionarse también con otros Centros, principalmente con Centros de nuestro municipio. La relación se hará a nivel de vicedirección, que se reunirá semanalmente con los jefes de estudio de los centros de primaria de la localidad, si bien, en ciertas ocasiones se mantendrá una relación a nivel de directores. Es de destacar la relación con aquellos colegios que estén vinculados a nuestro Centro ya que nuestros alumnos y alumnas provendrán de ellos.

8.2. RELACIONES CON EL AYUNTAMIENTO El Centro debe relacionarse también con el Ayuntamiento del municipio donde está ubicado. Para ello cuenta con un representante del mismo en el Consejo Escolar, si bien el Director/a o Vicedirector/a recabará ayuda directamente del Alcalde o del Concejal de Educación, del de Servicios Sociales o del de Cultura y Deportes cuando sea necesario. Naturalmente, invitará al Alcalde a la clausura del Curso y a aquellos actos de especial interés.

8.3. RELACIONES CON LAS ENTIDADES CULTURALES El Centro debe relacionarse también con las Entidades Culturales de nuestro entorno más pr6xirno recabando ayuda para conferencias y charlas. La relación será entablada por el Director/a, Vicedirector/a o por el Jefe del Departamento de Actividades Extraescolares.

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8.4. RELACIONES CON LA POLICÍA LOCAL Y LA GUARDIA CIVIL El directivo que se encuentre a cargo del Centro llamará a la Policía Local o a la Guardia Civil cuando surja algún problema importante. Se establecerán cauces de comunicación entre el centro y la policía local-guardia civil para atender adecuadamente todo lo relativo a seguridad del centro. De mantener esta comunicación se encargará algún miembro del Equipo directivo. Tanto la Policía Local como la Guardia Civil contarán con una copia de la llave del Centro para que puedan acceder al mismo cuando sea necesario.

8.5. RELACIONES CON LA ADMINISTACION DE EDUCATIVA La persona del Centro que deberá relacionarse con la Administración Educativa es el Director/a quien puede delegar algunas gestiones en otro miembro del Equipo Directivo. No obstante, el directivo que en cada momento esté como máximo responsable en el Centro debe atender las llamadas telefónicas de cualquier persona de la Administración Educativa para la Dirección y recibir a quienes se personan en el Centro para asuntos oficiales. Si este directivo no posee toda la información o no es competente para decidir, informará del horario en que el Director o el cargo que se ocupa del asunto está en el Centro, recogerá el aviso y le dejará al interesado una nota en su mesa de trabajo. Todo documento que llega al Centro procedente de la Administración educativa debe ser registrado, así como las respuestas o demandas que el Centro le remite. En determinadas cuestiones de trámite o consulta son aconsejables las relaciones telefónicas con la Administración Educativa, por la rapidez, e incluso el tratamiento directo de los asuntos personándose en las oficinas correspondientes aunque los temas importantes deben quedar reflejados por escrito.

8.6. RELACIONES CON EL CENTRO DE PROFESORADO El Centro de Profesorado es la institución encargada de la formación permanente del profesorado en activo. Nuestro Centro está adscrito al CEP de Lebrija. Las actuaciones del Centro en materia formativa se reflejarán en el Plan de Formación que se incluye en el Plan Anual de Centro. Este Plan de Formación contemplará todo lo referente a este tema, tanto en forma de 92

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Grupos de Trabajo de Autoformación, como en forma de Cursos, Jornadas, Encuentros, etc. La Jefatura de Estudios se encargará de las relaciones con el Centro de Profesorado y en cuanto a la Formación del Profesorado tendrá las

siguientes atribuciones:

Mantendrá informado al profesorado del Centro de las comunicaciones que les afecten recibidas del CEP. Informará asimismo sobre convocatorias, concursos, propuestas etc., relativas a la formación permanente. Elaborará, con el asesoramiento del ETCP, el Plan de formación del Centro. Mantendrá y actualizará un fichero de acciones formativas del CEP, que incluya lo referente a las actividades de formación realizadas por el profesorado del Centro, tanto a nivel de cursos, como de autoformación. Apoyará la creación de grupos de trabajo de autoformación, siempre que estén relacionados con las necesidades del Centro y que contribuyan a su mejora. Trasladará al CEP a principios de curso y cuando sea preciso, las peticiones de formación del profesorado del Centro. Procurará favorecer, dentro de las limitaciones organizativas del Centro y garantizando el derecho a la educación de los alumnos, la asistencia del profesorado a las actividades de formación relacionadas con su especialidad y con la tarea docente en general. En este sentido, los profesores pueden disponer de hasta 70 horas por curso, de las consideradas de horario irregular, para estas actividades formativas según establece la normativa vigente.

8.7. RELACIONES CON EL CENTRO DE SALUD Se establecerán cauces de comunicación con el centro de salud para informarnos mutuamente de problemas relacionados con la salud, y cuando se trate de casos concretos, siempre con la mediación de los padres, mantener también una relación de información que pueda servir para resolver o tratar diversos problemas. De estas relaciones se encargarán preferentemente Vicedirección, el departamento de Orientación y la/el representante del Consejo Escolar encargado/a del tema. 93

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9. REFERENCIAS NORMATIVAS La Legislación está estructurada de forma piramidal, situándose en la cúspide la norma de mayor rango, descendiendo paulatinamente hasta terminar en la norma de menor rango, debiendo siempre ser respetada por cada norma la regulación de las normas de rango superior. El Reglamento de Organización y Funcionamiento se sitúa en los estratos de la base de la pirámide teniendo primacía prácticamente sólo sobre las instrucciones que se dan verbalmente o por escrito en el Centro, por ello, en su elaboración se ha debido tener en consideración, para solamente completar y nunca contradecir, todo el acerbo normativo referido a la educación y de aplicación general a los Centros de la Comunidad Autónoma andaluza. Toda esta normativa no ha emanado de los órganos de nuestra Comunidad Autónoma, pues existe normativa básica del Estado cuyo ámbito de aplicación es todo el territorio nacional. No se ha reproducido la normativa de aplicación a todos los Institutos de Educación Secundaria de Andalucía, pues ésa no es la finalidad del Reglamento de Organización y Funcionamiento, sólo en algunos casos se han hecho concretas remisiones por lo que para documentarse sobre muchos aspectos hay que acudir a esa normativa general. El marco legal en el que se inserta el presente Reglamento está integrado por: Constitución Española de 1978. Ley Orgánica del Derecho a la Educación. Ley Orgánica General del Sistema Educativo. Ley Orgánica de la participación, la evaluación y el gobierno de los Centros docentes. Decreto 200/1997 de la C.E.J.A. por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria. Orden de la C.E.J.A. de 9 de septiembre de 1.997 por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria. Decreto 486/1.996 de la C.E.J.A. sobre órganos colegiados de gobierno de los centros docentes públicos. Ordenes de la C.E.J.A. que regulan la evaluación en los distintos niveles educativos. 94

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Decretos de C.E.J.A. que regulan las distintas enseñanzas que se imparten en el Centro. Decreto 19/2007 por el que se adoptan medidas para la promoción de la cultura de la paz y la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos públicos.

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ANEXOS

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