Requerimiento Al Minambiente

  • May 2020
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Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible República de Colombia

Bogotá D.C., Señor JUAN DAVID ESCOBAR ALVAREZ E-mail:[email protected] Teléfono: 2503091 Medellín-Colombia Respetado Señor Escobar: En atención a su comunicado radicado bajo el número 4120-E1-18488, en el cual solicita información acerca de la disposición de baterías usadas, nos permitimos informarle a la luz del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo lo siguiente:

La Política Ambiental para la Gestión de Residuos o Desechos Peligrosos estableció un plan de acción para el periodo 2006 - 2010, que incluye el ajuste de la normatividad vigente y expedición de nuevos desarrollos normativos relacionados con la prevención de la generación y el manejo de los RESPEL generados en el marco de la gestión integral y los planes de devolución de residuos derivados de productos posconsumo. Con el fin de regular la generación de este tipo de residuos, el Gobierno Nacional ha venido desarrollando una serie de estrategias de carácter voluntario como los convenios de Producción más Limpia y de orden legal como el Decreto 4741 de 2005, que reglamenta la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos, en el cual se establece que los plaguicidas en desuso, sus envases o empaques y los embalajes que se hayan contaminado con plaguicidas y las baterías usadas Plomo – Ácido, estarán sujetos a un plan de devoluc ión de productos posconsumo. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial MAVDT expidió el 30 de diciembre de 2005 el Decreto 4741, con el objeto de prevenir la generación de residuos o desechos peligrosos, así como regular el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados, con el fin de proteger la salud humana y el ambiente. Adicional a esto el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial expidió la Resolución 0372 de 2009 “por el cual se establecen los elementos que deben contener los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Usadas Plomo Acido”. En este sentido, los usuarios o consumidores finales de estos productos deben seguir las instrucciones de manejo seguro suministradas por el fabricante e importador del producto hasta finalizar su vida útil y deben entregar los residuos o desechos peligrosos al mecanismo de devoluc ión o retorno que el fabricante o importador establezca Cuando se habla de pilas existe gran variedad de productos que dentro de sus componentes pueden contener sustancias peligrosas y no peligrosas; por lo tanto, después de perder su vida útil se convierte en lo que se denomina un residuo posconsumo. Entre los residuos posconsumo de mayor preocupación por la problemática de contaminación que pueden generar se encuentran las pilas y baterías usadas que contienen Níquel-Cadmio, Plomo y Mercurio en su composición. Sin embargo, para un consumidor actualmente no es fácil distinguirlas. Calle 37 No. 8 – 40. Bogota D.C. Teléfono: (1) 332 34 00 /34. Fax: (1) 3323456. www.minambiente.gov.co

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible República de Colombia

Dentro del marco normativo nacional se tiene que de acuerdo a la Ley 430 de 1998, existe responsabilidad integral de los fabricantes o importadores de productos o sustancias con propiedad peligrosa, frente al manejo de los embalajes y residuos del producto o sustancia. En este sentido, me permito informarle que es necesario comunicarse con el fabricante o importador, para que le indique si actualmente cuenta con un plan de recolección de pilas, para conocer la composición de las mismas y las orientaciones para su disposición final. De la misma forma, usted se puede comunicar con la autoridad ambiental competente de su jurisdicción, para que le suministre información sobre posibles empresas que realizan el manejo ambientalmente adecuado de este tipo de residuos. Para nosotros como Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial es muy importante conocer las iniciativas relacionadas con este tema, agradecemos su opinión y compartimos su preocupación frente a los impactos ambientales, que genera el manejo inadecuado de los residuos; es por esto que se tendrá en cuenta su iniciativa para la realización de nuevas propuestas que incentiven la minimización, mitigación y prevención de la contaminación ambiental.

Cordialmente,

JAIRO HOMEZ SANCHEZ Coordinador del Grupo de Gestión Ambiental Sectorial Elaboró: zmartinez Reviso: msanchez Fecha:22-04-09

Calle 37 No. 8 – 40. Bogota D.C. Teléfono: (1) 332 34 00 /34. Fax: (1) 3323456. www.minambiente.gov.co

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