Reglamento Para Aprendices Del Sena

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DIRECCIÓN GENERAL

REGLAMENTO PARA APRENDICES DEL SENA

( Adoptado por Resolución 0218 de Noviembre 1 de 1996) Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

SENA:

CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS

Principios Generales DIRECCIÓN GENERAL

ARTICULO 1 ARTICULO 2 ARTICULO 3 ARTICULO 4 ARTICULO 5 ARTICULO 7 ARTICULO 8

Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

La Formación Profesional Integral que orienta el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA busca potenciar las capacidades técnicas, intelectuales, físicas y humanas del alumno para que a través de la En la Formación Profesional Integral participa la Comunidad construcción y apropiación de conocimientos, la creatividad la Educativa constituida por aprendices, instructores, padres dey familia participación genere y asuma valores para su realización personal y o acudientes, egresados, personal y de Es aprendiz del SENA toda personaadministrativo que se vincula a laapoyo, Institución eficaz desempeño productivo. para desarrollar total parcialmente procesos y contenidos directivos, gremios deola producción ylos representantes de los de Los aprendices del SENA son los principales protagonistas de su una acción dede formación en ambientes propios de la yentidad trabajadores, los sectores económicos y sociales de la o fuera formación; su comportamiento debe fundamentarse en el ejercicio de ella. comunidad científica. de la libertad, tolerancia, el respeto y la del responsabilidad El Subdirectorladel Centro, por delegación Director, tieneque la a cada uno compete persona, como miembro de una a los función deleaplicar las como normas y las disposiciones referentes Las actividades de los Centros de Formación Profesional, comunidad productivo. El aprendiz debe serreferidas aprendices yencomo todassujeto las acciones de formación programadas y a los procesos de ingreso, registro, certificación, validación, consciente y vivenciar quedederechos y deberes son correlativos e desarrolladas, en el área su Jurisdicción. homologación, evaluación del aprendizaje, condicionamiento y inseparables en su proceso formativo. Todos los actores de la Comunidad Educativa coadyuvarán cancelación de matricula, están excluidos del control de lo para la efectiva participación de lospor aprendices su proceso de formación. contencioso administrativo ser actosen netamente académicos.

SENA:

CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS

Principios Generales DIRECCIÓN GENERAL

ARTICULO 10

ARTICULO 13

ARTICULO 14

ARTICULO 15

Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

Del proceso de Ingreso El ingreso de aspirantes es el proceso de entrada a las diferentes acciones de formación que ofrece el SENA. (Manual de Procedimientos) De la Evaluación del Aprendizaje La evaluación es un proceso permanente mediante el cual se verifica en forma objetiva y continua, la evolución, características y rendimiento académico del aprendiz teniendo en cuenta los Del Registro aspectos cognoscitivos, sicomotrices, aptitudinales y actitudinales. Es el proceso mediante el cual se consigna y conserva la información referente al desempeño del aprendiz, de acuerdo con las normas establecidas en el respectivo Manual. De la Certificación Al finalizar el aprendiz su proceso de formación y haber aprobado satisfactoriamente el programa en el cual esta matriculado, el SENA le expide el reconocimiento a sus competencias, en el correspondiente nivel de formación, de conformidad con las normas vigentes en el Manual de Registro y Certificación. SENA:

CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS

DIRECCIÓN GENERAL

Derechos y Deberes del Aprendiz SENA fundamentados en valores

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SENA:

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DIRECCIÓN GENERAL

Derechos del Aprendiz SENA El DERECHO se entiende como la potestad que tiene el aprendiz de hacer o exigir lo establecido en la ley y en la normativa SENA vigente, sin exclusión alguna por razones de género, raza, origen familiar o nacional, política, credo o lenguaje.

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SENA:

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EL APRENDIZ SENA TIENE DERECHO DIRECCIÓN GENERAL

1. A recibir inducción completa del SENA, del proceso formativo y del compromiso como aprendiz SENA. 2. A la Formación Profesional acorde con el programa en el cual esta matriculado, y al crecimiento y desarrollo armónico de las dimensiones humanas según lo contemplado en la misión del SENA 3. A hacer uso adecuado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos, herramientas, recursos: didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos) disponibles para la Formación Profesional.

4. A disfrutar de los programas institucionales de bienestar al Aprendiz que apoyan su desarrollo integral durante el proceso formativo, en la formación titulada: presencial o combinada

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SENA:

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EL APRENDIZ SENA TIENE DERECHO DIRECCIÓN GENERAL

5. A participar en las actividades curriculares y extracurriculares de formación programadas por el SENA. 6. A ser tratado con dignidad y respeto por todos los integrantes de la Comunidad Educativa,

7. A recibir orientación académica y de comportamiento que estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia social, sin detrimento de la divergencia política, ideológica y de credo por parte de quienes tienen la responsabilidad de dirección, de formación y de apoyo a la formación

8. A ser escuchado y atendido en las peticiones siguiendo el debido proceso y el derecho de defensa

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SENA:

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EL APRENDIZ SENA TIENE DERECHO DIRECCIÓN GENERAL

9. A contar con Planes de Mejoramiento, cuando en el seguimiento al proceso formativo no se evidencie el logro de los resultados de aprendizaje propuestos o se incumpla o infrinja los compromisos adquiridos en la matricula. 10. A estar protegido contra riesgos o accidentes durante el tiempo del programa de formación y en las actividades que sean realizadas en el Centro de Formación. 11. A disponer de los elementos de seguridad propios del programa de formación profesional con el fin de protegerse contra la fuente, el medio y su persona. 12. A ser informado de los avances en el proceso formativo o notificado a través de los conductos regulares y en forma oportuna de las medidas formativas para su mejoramiento.

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SENA:

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EL APRENDIZ SENA TIENE DERECHO DIRECCIÓN GENERAL

13. A participar en la evaluación de los instructores, como indicador para el mejoramiento de los procesos formativos 14. A recibir la certificación que le corresponda, una vez cumpla la totalidad de los requisitos establecidos en el programa de formación y la normativa SENA. 15. A expresar con libertad ideas y pensamientos, respetando el derecho a la libertad de expresión de los demás integrantes de la Comunidad Educativa, sin recurrir a situaciones violentas, causar daños o perturbar el orden y la disciplina del centro. 16. A recibir en el momento de su matrícula el carné estudiantil que lo acredite como aprendiz del SENA, a renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al culminar el programa de formación o en caso de cancelación de matrícula.

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SENA:

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DIRECCIÓN GENERAL

Deberes del Aprendiz SENA EL DEBER se entiende como el vínculo moral, social y legal que compromete a la persona a asumir con responsabilidad todos sus actos y a cumplir las normas que propician la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común y la seguridad de las personas y bienes de la institución. Por ello es deber del Aprendiz en cualquier modalidad de formación SENA.

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SENA:

CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS

DIRECCIÓN GENERAL

EL APRENDIZ SENA TIENE EL DEBER DE: 1. Conocer las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el Reglamento del Aprendiz SENA .y comprometerse a convivir en la comunidad educativa , de acuerdo con ellos 2. Informar al coordinador académico sobre el retiro del programa de formación o sobre los cambios en la información registrada en el momento de la matricula. 3. Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, tanto en la fase lectiva como productiva, y reintegrarlo al finalizar la formación o cuando se presente cancelación de la matricula. En caso de perdida colocar el denuncio respectivo y solicitar un duplicado. 4. Utilizar los elementos de seguridad dispuestos en los ambientes de aprendizaje para estar protegidos contra accidentes durante el programa de formación en el SENA.

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SENA:

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DIRECCIÓN GENERAL

EL APRENDIZ SENA TIENE EL DEBER DE: 5. Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo las instalaciones físicas, el material didáctico, equipos y herramientas; utilizar, cuidar y hacer buen uso de los materiales, los elementos de protección personal dispuestos por el SENA en el ambiente de aprendizaje donde sea necesaria su utilización, aceptando las condiciones de prevención suministradas por el Instructor- tutor y organizándolos al terminar su utilización, respondiendo por los daños ocasionados a éstos, cuando sean ocasionados intencionalmente o por descuido. 6. Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia: obrar con honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justicia, compañerismo y solidaridad con la totalidad de los integrantes de la Comunidad Educativa y utilizar el vocabulario que refleje respeto, cultura y educación en forma directa o a través de medios impresos o electrónicos (foros de discusión, Chat o correo electrónico)

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SENA:

CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS

DIRECCIÓN GENERAL

EL APRENDIZ SENA TIENE EL DEBER DE: 7. Hacer buen uso de los espacios de comunicación y respetar a los integrantes de la Comunidad Educativa, siendo solidario, tolerante y prudente en la información que se publique en los medios de comunicación y trabajo colaborativo institucional, tanto físicos como digitales. Evitar el envío de material multimedial que contenga imágenes, videos o grabaciones que no sean objeto de las actividades formativas. 8. Respetar los derechos de autor de materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo o de terceros. 9. Informar al instructor - tutor, coordinador, directivos o personal de apoyo cualquier irregularidad que comprometa el buen nombre y marcha del centro de formación, de la entidad y de la comunidad educativa o que considere sospechosa dentro de la Institución y los ambientes de aprendizaje, permitiendo la actuación oportuna preventiva o correctiva.

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SENA:

CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS

DIRECCIÓN GENERAL

EL APRENDIZ SENA TIENE EL DEBER DE: 10. Cumplir con las actividades del plan de formación acordado con el instructor – tutor o del Plan de Mejoramiento en el horario acordado. 11. Solicitar respetuosamente a los responsables de la información académica los avances en el proceso formativo y mantenerse informado del juicio de evaluación emitido por el instructor – tutor. 12. Apoyar el desempeño de los instructores - tutores en su práctica docente como elemento orientador y facilitador en la construcción del conocimiento y el mejoramiento institucional 13. Entregar oportunamente al Coordinador Académico las solicitudes o novedades que se le presenten durante el proceso formativo, entre ellas la consecución de patrocinio o vinculación laboral inmediatamente esto ocurra.

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SENA:

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DIRECCIÓN GENERAL

EL APRENDIZ SENA TIENE EL DEBER DE: 14. Participar en el desarrollo del Plan de Gestión Ambiental del Centro, colaborando y fomentando la necesidad de clasificar los desechos, conservar el medio ambiente y el equilibrio de la naturaleza, y no poner en peligro la supervivencia de especies vegetales y animales

15. Respetar la dignidad, intimidad e integridad del ser humano al igual que los elementos de su propiedad, valorando los estímulos o beneficios recibidos sin transferirlos a terceros

16. Cuidar y mantener la adecuada presentación personal según el ambiente y actividad a desarrollar.

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SENA:

CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS

DIRECCIÓN GENERAL

EL APRENDIZ SENA TIENE EL DEBER DE:

17. Apoyar, valorar y acatar las decisiones tomadas en forma grupal, siempre y cuando estas no afecten el buen desempeño formativo, así como respetar la opinión de los diferentes miembros de la Comunidad Educativa

18. Atender y cumplir las indicaciones para participar en salidas, en pasantías técnicas o intercambios de aprendices a nivel nacional o internacional.

Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

SENA:

CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS

Distinciones a los Aprendices SENA DIRECCIÓN GENERAL

1. Distinción pública por su desempeño académico sobresaliente, en forma escrita con copia a su ficha acumulativa. 2. Designación como monitor del programa, asignatura o proceso respectivo 3. Financiación, publicación y divulgación de los trabajos investigativos realizados 4. Inclusión en delegaciones para participar en eventos de carácter nacional o internacional, organizados por instituciones de Formación Profesional o por Empresas. 5. Premios, condecoraciones o trofeos honoríficos por la representación y participación destacada en eventos académicos, tecnológicos, deportivos, sociales y culturales. Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

SENA:

CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS

Prohibiciones a los Aprendices SENA Artículo: 19

DIRECCIÓN GENERAL

1. Portar o usar armas de cualquier índole 2. Comercializar, portar o ingerir dentro de la institución en los lugares donde se desarrolle la formación profesional, bebidas alcohólicas o estupefacientes. Así mismo, presentarse en estado que indique anormalidad provocada por el consumo de éstos 3. Ingresar o salir de cualquier instalación del Centro de Formación o de la entidad donde se desarrolle la formación por sitios diferentes a la portería, saltando muros, cercas o violentando puertas, ventanas y cerraduras. 4. utilizar el nombre del SENA y/o sus instalaciones para actividades particulares, sin aprobación de la Entidad, con el propósito de lucro.

Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

SENA:

CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS

Prohibiciones a los Aprendices SENA Artículo: 19

DIRECCIÓN GENERAL

5. Hurtar , estafar o abusar de la confianza, o ser cómplice de los mismos delitos contra los integrantes de la Comunidad Educativa, dentro y fuera de las instalaciones de la Institución. 6. Realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de formación o en concursos, juegos o competencias deportivas o culturales. 7. Alterar, adulterar, falsificar o sustraer documentos oficiales, calificaciones, evaluaciones o firmas correspondientes al SENA o emitidos por ella. 8. Destruir o dañar intencionalmente los elementos de propiedad del SENA, de las instalaciones donde se desarrollen los programas de formación, o de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. Sacar sin la debida autorización los bienes que no sean de su propiedad. Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

SENA:

CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS

Prohibiciones a los Aprendices SENA Artículo: 19

DIRECCIÓN GENERAL

9. Amenazar, sobornar, coaccionar, agredir verbal o físicamente a cualquiera de los miembros de la Comunidad Educativa. 10. Impedir el desarrollo de las labores del Centro de Formación o Área de Desarrollo Empresarial y de los sitios en donde se este desarrollando la formación profesional, fomentando o secundando la indisciplina y desorden en oficinas, aulas, talleres, sitios de practicas, zonas comunes, bibliotecas. 11. Fumar en aulas, talleres, áreas restringidas de tal forma que atente contra la salud de los integrantes de la comunidad Educativa y la seguridad y bienes de la Institución o de las instituciones donde se desarrollen acciones de formación profesional integral. 12. Practicar o propiciar cualquier tipo de juego de azar, realizar transacciones en dinero o en especie con miembros de la Comunidad Educativa. Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

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Prohibiciones a los Aprendices SENA Artículo: 19

DIRECCIÓN GENERAL

13. Escribir pasquines, dibujar y/o escribir sobre cualquier superficie, objeto o mueble de las instalaciones donde se desarrollan programas de formación; pegar avisos, carteles, pancartas o análogos en sitios no autorizados 14. Realizar acciones proselitistas de carácter político religioso e ideológico dentro de las instalaciones del SENA o en ambientes donde se desarrolla la Formación Profesional. 15. Propiciar conductas, propuestas o actos inmorales hacia cualquier miembro de la comunidad educativa, que atenten contra la integridad física moral y psicológica. 16. Renunciar unilateralmente al Contrato de Aprendizaje sin el visto bueno del empleador y del Jefe de Área de formación respectiva.

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DIRECCIÓN GENERAL

Normas Reguladoras del Comportamiento y la Asistencia Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

SENA:

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DIRECCIÓN GENERAL

Se considera falta, el incumplimiento de cualquiera de los deberes y la realización de cualquiera de las prohibiciones establecidas en el presente Reglamento.

Se clasifican en: Académicas y Disciplinarias.

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Falta Académica

DIRECCIÓN GENERAL

Es aquella que está directamente relacionada con su compromiso en la apropiación y creación de conocimientos, desarrollo de habilidades y competencias y que se manifiesta en el incumplimiento a los deberes académicos que le corresponden como participante de un programa de formación profesional. Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

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Falta disciplinaria

DIRECCIÓN GENERAL

Es aquella que está directamente relacionada con factores comportamentales y que por su naturaleza puede ser leve o grave.

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DIRECCIÓN GENERAL

Falta leve Es aquella que no atenta contra la integridad física, moral y buenas costumbres de las personas.

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DIRECCIÓN GENERAL

Medidas Formativas Al docente y Coordinador Académico les corresponde, en primera instancia, aplicar acciones formativas para las faltas leves que pueden ser: • Llamado de atención verbal, en privado. • Llamado de atención por escrito. • Establecimiento de un compromiso firmado por el aprendiz. Estas acciones formativas no implican que se deban realizar en estricto orden, ni agotar todas las relacionadas. Queda a criterio del instructor utilizar una de ellas, según lo amerite la falta, o darle trámite para el análisis y orientación de la Trabajadora Social o al Comité de Evaluación y Seguimiento.

Incumplir el compromiso firmado por el aprendiz, constituye falta grave Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

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DIRECCIÓN GENERAL

Falta grave Es aquella que atenta contra la integridad física, el debido respeto, la honradez, la moral y el buen nombre y costumbres de las personas que conforman la comunidad Educativa; así mismo infringir las prohibiciones contempladas en el Artículo 19 del presente Reglamento. También constituirá falta grave la omisión reiterada de las medidas formativas recomendadas para las faltas leves o la reincidencia en estas.

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DIRECCIÓN GENERAL

Medidas Formativas Al Comité de Evaluación y Seguimiento, le corresponde analizar los casos y recomendar al Subdirector de Centro la acción correspondiente, que puede ser: • Concertación e implementación de un plan específico de mejoramiento. • Condicionamiento de la matrícula, comunicada por escrito al aprendiz. • Cancelación de matrícula, mediante comunicación escrita firmada por el Subdirector de Centro.

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DIRECCIÓN GENERAL

Comité de Evaluación y Seguimiento

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DIRECCIÓN GENERAL

•El coordinador académico •Los instructores que orientan los respectivos programas de formación •El psicólogo •El capellán •La trabajadora social •El representante de los aprendices

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DIRECCIÓN GENERAL

Funciones del Comité de Evaluación y Seguimiento

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DIRECCIÓN GENERAL

Analizar el rendimiento académico y el comportamiento de los aprendices con miras a recomendar las medidas formativas a que hubiere lugar Sugerir las formas más adecuadas de estímulo y reconocimiento para aprendices con desempeño excelente Presentar propuestas conducentes al mejoramiento del bienestar de la Comunidad Educativa del Centro

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DIRECCIÓN GENERAL

Asistencia a las acciones de Formación

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DIRECCIÓN GENERAL

La inasistencia sin justificar, equivalente al 10% o más del total de la duración del módulo, conlleva a la pérdida del mismo. La inasistencia justificada, equivalente al 15% o más del total de la duración del módulo, será motivo de análisis por el Comité de Evaluación y seguimiento.

Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

SENA:

CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS

DIRECCIÓN GENERAL

La ausencia sin justificar por tres (3) días consecutivos al Centro de Formación o a la entidad patrocinadora, se considerará abandono del programa de formación y del puesto de trabajo, con la consecuente cancelación de la matrícula y pérdida de los derechos adquiridos.

Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

SENA:

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DIRECCIÓN GENERAL

GRACIAS POR SU ATENCIÓN

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SENA:

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MISIÓN DIRECCIÓN GENERAL

Ministerio de la Protección Social S ERVIC IO NACI ONAL DE APR ENDIZAJ E

El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, está encargado de cumplir la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos; ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico de la demanda de formación profesional integral. SENA:

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