Reglamento del Funcionamiento del Laboratorio de Química CAPITULO I
DEFINICIÓN Y FINES Artículo 1 El Laboratorio de Prácticas de Química consta de los ambientes situados en el pabellón “F“, primer piso, destinados fundamentalmente al dictado de clases prácticas de los cursos que así lo requieren. Artículo 2 El Laboratorio de Prácticas de Química podrá ser usado también para el apoyo de asesoramiento de alumnos y para los trabajos de investigación científica. . CAPITULO II ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Artículo 3 El Laboratorio de Prácticas estará a cargo de un Jefe, Profesor a Tiempo Completo, designado por el Consejo de la Facultad. Artículo 4 El Laboratorio de Prácticas de Química tendrá como usuarios a los Profesores, Alumnos y otras personas autorizadas por el Consejo de la Facultad. Artículo 5 El Laboratorio de Prácticas de Química podrá contar con Personal asistente, Técnicos y ayudantes de Prácticas, para la preparación del material práctico correspondiente. Artículo 6 En el Laboratorio de Prácticas de Química se deberá publicar en un lugar visible: Ø Cursos dictados Ø Horarios de clases Ø Profesores responsables de los mismos Ø Reglamento de Laboratorio Artículo 7 El asesoramiento, trabajos de ensayos y de investigación que se realicen en el Laboratorio de Química, no deben interferir con el dictado de clases prácticas. Artículo 8 El Laboratorio de Química contará con la infraestructura adecuada y estará debidamente implementada. CAPITULO III DEBERES Y OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE DE LABORATORIO
Artículo 9 Elaborar las normas adecuadas que permitan compartir las responsabilidades con los Profesores usuarios del Laboratorio de química, y si lo hubiese, del Personal Administrativo. Artículo 10 Recopilar y unificar los pedidos de las necesidades semestrales de las asignaturas que se dicten en el Laboratorio de Química y remitirlas a la Coordinación de Laboratorios y/o a la Jefatura del Centro de Abastecimiento de Materiales y Reactivos. Artículo 11 Revisar periódicamente los materiales y equipos que se encuentren en Laboratorio de Química, notificando inmediatamente a las instancias respectivas, en caso de observar algún deterioro, desperfecto o falta de alguno de ellos. Artículo 1 2 Recibir los materiales, reactivos y equipos que ingresen al Laboratorio de Química, firmando el cargo correspondiente. Artículo 1 3 Dotar de la mayor seguridad al Laboratorio, equipos, materiales y reactivos. Artículo 1 4 Elaborar un inventario de equipos, materiales y reactivos existentes en el Laboratorio, cada fin de semestre académico y remitirlo a las instancias respectivas. Artículo 1 5 Establecer un horario para el uso de Laboratorio. Artículo 1 6 Verificar el mantenimiento y la limpieza del Laboratorio. Artículo 1 7 Velar por el cumplimiento de presente Reglamento y de los acuerdos que emanen del Consejo de la Facultad, respecto a los Laboratorios. DE LOS PROFESORES
Artículo 1 8 Durante la primera práctica deberá dar indicaciones a los alumnos, referentes al buen uso del material de laboratorio, equipos y reactivos, así como de sus deberes y obligaciones contenidas en el presente reglamento. Reglamento. Artículo 1 9 Durante las prácticas de laboratorio, por ningún motivo debe abandonar a los alumnos a su cargo, ni ocupar el tiempo de las prácticas en las actividades ajenas a las mismas. Artículo 20 En caso de pérdida o desperfecto por negligencia de un equipo o material, deberá anotar en el cuaderno de cargo, el nombre o los nombres y códigos de los alumnos responsables y comunicar el hecho a las instancias correspondientes. Artículo 21
Al concluir las clases prácticas, verificar que los equipos y materiales utilizados, estén limpios, así como también las mesas de trabajo. Artículo 22 Efectuar los pedidos de materiales y reactivos indispensables para el dictado de las clases prácticas, ante el responsable de Laboratorio. Artículo 23 Velar por la seguridad de los alumnos durante las prácticas, así como de las instalaciones del Laboratorio. Al concluir las clases prácticas, cerrar las ventanas, las llaves de gas y agua, apagar las luces y los ventiladores y cerrar las puertas con llave. DE LOS ALUMNOS
Artículo 24 Asistir a las clases prácticas de laboratorio en los grupos en que se haya matriculado. Artículo 25 Asistir con puntualidad al inicio de las clases prácticas, no pudiendo ingresar al Laboratorio si llegase después de 10 minutos como tolerancia máxima. Artículo 26 Asistir de modo obligatorio a las clases prácticas, portando un guardapolvo blanco puesto, una Guía de Prácticas de Laboratorio y el block de anotaciones, así como que material adicional solicitado por el Profesor. Artículo 27 Mantener el orden y la disciplina durante la práctica. Si tuviera que salir por un motivo justificado, solicitar el permiso al Profesor. Artículo 28 Hacer un buen uso de los equipos, materiales y reactivos a su cargo durante las prácticas de laboratorio. En caso contrario, deberá reparar el daño y/o la pérdida. DEL PERSONAL TÉCNICO Artículo 29 Preparar los materiales y reactivos para las prácticas correspondientes con anticipación y de acuerdo a las indicaciones especificadas en la Guía de Prácticas correspondiente. Artículo 30 Asegurarse de que los equipos y materiales que proporcione para las prácticas, estén en buen estado y funcionamiento. Artículo 31 Llevar el registro de los materiales y reactivos con los que cuenta el Laboratorio. Artículo 32 Dar mantenimiento y pintura anticorrosiva a los mecheros de gas y a los soportes universales. Artículo 33
Por ningún motivo debe reemplazar al Profesor en caso de que éste se ausente de las clases, ni participar en el cuidado de las prácticas calificadas y evaluaciones. Artículo 34 Debe siempre portar su uniforme de trabajo, otorgado por la Universidad. Artículo 35 Antes de cada práctica disponer en las mesas de trabajo los materiales, equipos y reactivos correspondientes, así como retirarlos una vez concluida la clase. Artículo 36 Antes del inicio de cada semestre, renovar las soluciones, revisar y renovar el etiquetado de los frascos con los reactivos, efectuar la limpieza de los equipos y materiales. Artículo 37 Llevar el registro de los reactivos utilizados y sus remanentes. Artículo 38 No permitir el traslado de los equipos y materiales a otros Laboratorios ni autorizar el uso de los mismos por personas ajenas al Laboratorio. Artículo 39 No ausentarse de su puesto de trabajo sin la autorización del Responsable del Laboratorio, ni emplear el tiempo de trabajo a las actividades personales ajenas al ámbito laboral. Artículo 40 Velar por el cumplimiento del presente Reglamento. CAPITULO IV
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo 41 Está prohibido el ingreso de las personas no autorizadas al Laboratorio o a las prácticas de laboratorio. Artículo 42 El Responsable de Laboratorio tendrá al menos una reunión por semestre, con los Señores Profesores y Personal Técnico, a fin de coordinar el trabajo en el Laboratorio. Artículo 43 Fuera de los horarios establecidos para las clases prácticas y la permanencia del responsable de Laboratorio, no compete la responsabilidad dada en los artículos anteriores. Artículo 44 Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento, podrán ser absueltos a criterio del Responsable de Laboratorio, en coordinación con los Profesores y Personal Técnico, adscritos. Artículo 45 El presente Reglamento podrá ser modificado sólo por el Consejo de la Facultad a propuesta de los Jefes de otros Laboratorios.