Rafa 3 De Oct. 2008

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TEMA 2: LA NORMATIVIDAD EN LAS PRÁCTICAS EVALUATIVAS. LECTURA 4: CAPÍTULO II. SECCIÓN 4 Y CAPÍTULO IV SECCIÓN 2 DEL ART. 3º CONSTITUCIONAL Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.

TEMA 2: LA NORMATIVIDAD EN LAS PRÁCTICAS EVALUATIVAS. 



Se presenta el elemento sustantivo representando por la materia técnico pedagógico. Finalidad: de que tanto el supervisor como el director de educación primaria y preescolar destaquen como función esencial de las fases que la conforman que es la correspondiente al control.

LECTURA 4: CAPÍTULO II. SECCIÓN 4 Y CAPÍTULO IV SECCIÓN 2 DEL ART. 3º CONSTITUCIONAL Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.

Estableció que la educación impartida por el Estado tendería al desarrollo armónico de todas las facultades del ser humano, fomentando el amor a la patria, la conciencia de la solidaridad internacional, la

CAPITULO II. SECCION 4 DE LA EVALUACION DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL 





ARTICULO 29; Corresponde a la secretaria de la evolución del sistema educativo nacional. Dicha evaluación y la de las autoridades educativas locales serán sistemáticas y permanentes. ARTÍCULO 30; Las instituciones educativas establecidas por el Estado por sus organismos descentralizados y por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. ARTÍCULO 31; Las autoridades educativas darán a conocer a los, alumnos, padres familiares y la sociedad en general los resultados de evaluaciones que realicen.

CAPÍTULO IV SECCIÓN 2 DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO 









ARTICULO 47; Los contenidos de la educación serán definidos en planes y programas de estudio. I; Los propósitos de formación general y en su caso. II; Los contenidos fundamentales de estudio y la organización en asignaturas. III; Las secuencias indispensables que deben respetarse entre las asignaturas. IV; Los criterios y procedimiento de evaluación y acreditación.

ARTÍCULO 48; La secretaría determinara los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República desde la primaria hasta las escuelas superiores. ARTICULO 49; El proceso educativo se basara en los principios de libertad y responsabilidad que asegure la armonía de resoluciones entre alumno, maestro, padres de familia, instituciones particulares y publicas.

ARTÍCULO 50; La evaluación de los educados comprenderá la medición en lo individual de los conocimientos, establecidos en los planes y programas de estudio.

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