Quien Tiene Derecho

  • Uploaded by: Pierre-Marc Cardinal
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  • June 2020
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QUIEN TIENE DERECHO A RECLAMAR UNA INDEMNIZACION •

EL CONDUCTOR NO CULPABLE (inclusive ciclistas). Además, el hecho de carecer de seguro no priva al CONDUCTOR de indemnización si éste no fue culpable del accidente.



LOS OCUPANTES DE UN VEHÍCULO. SIEMPRE tienen derecho a una indemnización, aunque el conductor del mismo sea culpable del accidente. Esto incluye: • • •

Turismos, furgones y camiones. Motocicletas Ciclomotores



PEATÓN. En caso de atropello, siempre tienen derecho a recibir una indemnización salvo que el accidente se deba a “culpa exclusiva de la víctima”.En caso de “concurrencia de culpas”, las indemnizaciones se reducen en proporción a las respectivas culpas.



EN CASO DE FALLECIMIENTO. Tendrán derecho a percibir una indemnización determinados FAMILIARES en función de la edad de la víctima, del grado de parentesco, de la existencia o ausencia de determinados parientes, de la dependencia económica con la víctima, etc.

Téngase en cuenta que, en cuanto a los “daños personales”, las víctimas de un accidente de tráfico siempre tendrán derecho a indemnización, salvo que concurra la “culpa exclusiva de la víctima”. Corresponde al causante del daño demostrar que existió esa culpa exclusiva (lo cual es muy difícil). En caso de que el accidente se haya producido por culpa de ambas partes (“concurrencia de culpas”) la indemnización se reduce en proporción a las respectivas culpas. Será necesario establecer el grado de culpa de cada uno, según las circunstancias concretas del caso. Por ejemplo, si un vehículo atropella a un peatón que cruza indebidamente, habrá que analizar la velocidad del vehículo, las características del tramo (visibilidad), los tiempos teóricos de reacción y los puntos de colisión para establecer, en su caso, las posibilidades de realización de maniobras evasivas o de fortuna y, en consecuencia, el porcentaje de culpa del conductor. RECUERDE QUE SI EL VEHICULO CONTRARIO NO TIENE SEGURO, O SE DIO A LA FUGA SIN PODER SER LOCALIZADO, la indemnización corresponderá al Consorcio de Compensación de Seguros, entidad pública adscrita al Ministerio de Economía que tiene por objeto, entre otras funciones: 

Indemnizar los accidentes por daños personales que se hayan producido en España cuando el vehículo responsable sea desconocido. También se cubrirán los daños sufridos en los bienes si la víctima hubiera fallecido o sufriera una incapacidad permanente o una incapacidad temporal que requiera una estancia hospitalaria superior a siete días.



Indemnizar los daños en las personas y en los bienes, producidos por vehículos que no están asegurados o que han sido robados.



Indemnizar los daños derivados de un accidente de circulación cuando exista controversia entre el consorcio y la compañía de seguros.

Por Abogasegur – Abogados de Las Palmas

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