PRIMERA TAREA DE INSTITUCIONES POLITICAS Y REGIONALES ALUMNO: OSCAR MIRANDA 1. A PARTIR DE UN ESQUEMA DE LLAVES, DETERMINE LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO.
Se refiere al conjunto de personas que están ubicadas dentro del Estado, donde actúa el poder público, sean nacionales, extranjeros, residentes o transeúntes.
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO
POBLACIÓN
Los elementos del Territorio son:
TERRITORIO
PODER
El segundo elemento constitutivo del Estado es la población, es decir, la comunidad humana asentada en su territorio y que se halla subordinada a su autoridad.
Es el tercer elemento constitutivo del Estado. Se refiere a la capacidad o autoridad de dominio, freno y control a los seres humanos, con objeto de limitar su libertad y reclamar su actividad.
1. La unidad jurídica. Se refiere a la existencia de un solo Ordenamiento Jurídico en todo el territorio donde tiene soberanía el Estado 2. La unidad natural, se refiere a la geografía y comprende: el suelo, subsuelo, espacio aéreo 3. La indivisibilidad: Significa que por regla que los países son de territorio continuo, de lo que no puede ser dividido dicho territorio.
2. POR MEDIO DE UN DIAGRAMA DE PROCESOS U OTRO TIPO DE ORGANIZADOR GRÁFICO, ESTABLEZCA COMO SE ENCUENTRA ORGANIZADO EL TERRITORIO ECUATORIANO ORGANZACION TERRITORIAL DEL ESCUADOR El Ecuador es una república unitaria y centralizada según la constitución nacional de 2008. En ella queda expuesta que la división político-administrativa del país comprende de mayor a menor jerarquía, provincias (24), cantones (221) y parroquias (1.500), que conforman así los diferentes niveles de organización territorial de la república.
REGIONES
PROVINCIAS
CANTONES
PARROQUIAS RURALES
MANCOMUNIDADES
REGIONES ESPECIALES
COMUNIDADES, COMUNAS, BARRIOS, RECINTOS, PARROQUIAS URBANAS
DISTRITOS METROPOLITANOS AUTONOMOS
PROVINCIA DE GALÁPAGOS
CIRCUNSCRIPCIONES TERRITORIALES INDÍGENAS Y PLURICULTURALES
ECOSISTEMA
3. REALICE UN ENSAYO SOBRE EL REGIMEN DE COMPETENCIA INTRODUCCIÓN El análisis de las competencias atribuidas a los Gobiernos Autónomos Regionales, se refleja que han sido comprobadamente ocupadas por el gobierno central o transferidas a los gobiernos autónomos existentes, por lo que planifican, controlan y regulan el tránsito, sistema vial, y cuencas hidrográficas; el registro de organizaciones sociales; las políticas de investigación e innovación del conocimiento, desarrollo y transferencia de tecnologías; fomentar actividades productivas y seguridad alimentaria; gestionar cooperación internacional, entre otras, se espera sean correctamente asumidas por los órganos descentralizados competentes en el ámbito regional, lo cual favorece al proceso de racionalización del aparato administrativo y garantiza la eficacia de los procesos de descentralización de los gobiernos autónomos. Donde nos enfocamos
primordialmente en la determinación de los actores que
intervienen en el proceso de creación de regiones autónomas, la importancia de la interrelación de éstos y la responsabilidad de generar un papel protagónico en la generación de políticas públicas y su participación activa en el modelo de gestión, tomando en cuenta el siguiente artículo de la Constitución: Capítulo cuarto: Régimen de competencias “ Art. 260.- El ejercicio de las competencias exclusivas no excluirá el ejercicio concurrente de la gestión en la prestación de servicios públicos y actividades de colaboración y complementariedad entre los distintos niveles de gobierno”. RÉGIMEN DE COMPETENCIAS Consejo Nacional de Competencias asigna competencias por niveles de gobierno conforme el modelo de gestión de cada sector y las leyes sectoriales. No de manera individual.
El Sistema Nacional de Competencias como “el conjunto de instituciones, planes, políticas, programas y actividades relacionados con el ejercicio de las competencias que corresponden a cada nivel de gobierno guardando los principios de autonomía, coordinación, complementariedad y subsidiaridad, a fin de alcanzar los objetivos relacionados con la construcción de un país democrático, solidario e incluyente”. La Constitución establece las competencias exclusivas del Estado Central y los GADs:
TIPOS DE COMPETENCIA Competencias exclusivas
Titularidad corresponde a un solo nivel de gobierno Gestión pude realizarse de manera concurrente salvo sectores privativos(defensa nacional, relaciones internacionales, política económica, endeudamiento externo) y sectores estratégicos. Competencias concurrentes Titularidad corresponde a varios niveles de gobierno y deben gestionarse obligatoriamente de manera concurrente.
Competencias adicionales Son parte de los sectores comunes si no están asignadas a GADs expresamente por la Constitución o el COOTAD, serán transferidas por el Consejo Nacional de Competencias. Competencias residuales No están asignadas en la Constitución o en la ley a favor de GADs y no forman parte de los sectores estratégicos, competencias privativas o exclusivas del Gobierno Central. Competencias descentralizadas por el Consejo Nacional de Competencias.
CONCLUSIÓN El Régimen de la Competencia es la obra jurídica más completa en materia de Derecho de la competencia que se tiene en el Ecuador actualmente, por lo que recomiendo su lectura a los estudiosos del Derecho económico, a los abogados que quieran tener una noción interdisciplinaria de esta rama, y a las empresas para que tomen conciencia de la importancia que tiene actualmente en el mundo de los negocios la libre y leal competencia.
BIBLIOGRAFÍA
Cívica., C. L. (2006). Elementos constitucionales del Estado. Recuperado el 15 de enero de 2018, de www.enciclopediadetareas.net/2011/06/elementosconstitutivos-del-estado.html
Derecho, L. G. (2010). Elementos constitucionales del Estado. Recuperado el 15 de enero de 2018, de www.derecho.laguia2000.com/derecho-politico/elementosconstitutivos-del-estado
Régimen Competencial ECUADOR_Lily_Aguirre.pps
constitucion-republica-ecuador-2008/v-organizacion-territorial-estado/regimencompetencias
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