Presenta Tasas Caso Roy Escrito 2.docx

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VINDEX ASOCIADOS Consultoría Jurídica Especializada.

“Quaerere lex veritatis”

Urb. San Francisco A5-2, distrito de Wanchaq, Cusco.

Expediente Especialista Cuaderno Escrito N° Sumilla

: : : : :

00683-2018-0-1023-JP-FC-01. Antonina Ponce de León Paguada. Principal. 02. Subsana Omisiones.

DRA. LYNDA VARGAS MANGA, JUEZA DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN Roy García Ventura, identificado con DNI Nro. 41900323, con domicilio real en la Av. Perú J-1 1era etapa de la Urb. Manahuañunca, distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco; con domicilio procesal para los efectos de la presente causa en la Casilla Nro. 94713 del Poder Judicial del Cusco. A Ud. respetuosa y atentamente digo. Habiendo su respetable Despacho, emitido la Resolución Nro. 03 de fecha 31 de diciembre del 2018, es que recurro a su autoridad, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto, adjuntando al presente:  

Tasa Judicial por Ofrecimiento de Pruebas– Comprobante de Pago del Banco de la Nación Nro. 12741986-6-H. Tasa Judicial por Derecho de Notificación Judicial– Comprobante de Pago del Banco de la Nación Nro. 12741985-5-H. POR TANTO: Al Juzgado, solicito proveer de acuerdo a ley.

OTROSI DIGO: Que, en relación a la omisión de la presentación de la última boleta de pago del recurrente, es preciso hacer de conocimiento de su autoridad que las boletas de pago originales de los efectivos policiales a nivel nacional, se recaban en la Dirección de Economía de la Policía Nacional del Perú, sito en la Calle Los Cibeles Nro. 150, del distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, por lo cual por encontrarme trabajando no me resulta posible poder recabarla en éste momento; en tal sentido solicito muy respetuosamente a su Digno Despacho, tenga a bien considerar la boleta virtual de ingreso de haberes presentado por la demandante, o alternativamente le solicito muy respetuosamente se recabe mediante Oficio de la Dirección de Economía de la Policía Nacional del Perú, copia fedatada de la última boleta de pago del recurrente, a fin de contar con el monto exacto de los haberes que vengo percibiendo. Cusco, 18 de enero del 2019.

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