Pornografia Infantil

  • November 2019
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  • Words: 3,312
  • Pages: 7
Issue No : 39 1/abril/2002 Pornografía infantil e incitación por Internet

Pornografía infantil e incitación por Internet En el Segundo Congreso Mundial, la pornografía infantil fue identificada por los jóvenes como un tema clave que les preocupa. La Red ECPAT también la considera un área preocupante, y nos hemos esforzado por desarrollar soluciones. Como expresaba el trabajo relativo a este tema preparado para el Congreso, “la pornografía infantil es tanto una forma de abuso infantil como una representación del mismo”, y “amplifica y difunde el acto de abuso original”. Max Taylor, del proyecto COPINE, señala que la pornografía infantil es “principalmente un delito doméstico, cuyos perpetradores tienen acceso legítimo al niño”. Eso podría explicar por qué la investigación del Centro de Estudios sobre los Niños y la Ley de la Asociación Norteamericana de Abogados indicó que los niños utilizados para la pornografía infantil suelen ser más chicos que aquellos que son explotados de otros modos. Las nuevas tecnologías han logrado que la manipulación de las imágenes sea muy sencilla de realizar, y en consecuencia se pueden producir “niños virtuales” y un género de pornografía infantil denominado “pseudo-pornografía”. En los Estados Unidos, una ley contra la pornografía infantil que prohibía este tipo de pornografía lamentablemente fue tildada de “inconstitucional” en una recusación legal reciente por parte de la Coalición para la Libertad de Expresión. La llegada de Internet y su popularidad presentan un nuevo problema: la incitación al sexo en línea. En un comercial de televisión cuyo propósito es crear conciencia, se hace referencia a que Internet se ha convertido en un “coto de caza” para los pedófilos. Una encuesta llevada a cabo en 2000 por el Centro de Investigación sobre Delitos contra los Niños reveló que uno de cada cinco jóvenes de los Estados Unidos recibieron algún tipo de incitación al sexo en línea. Las respuestas a la pornografía infantil en Internet son variadas. Incluyen leyes, servicios para denunciar estos hechos, programas que contengan calificadores de sitios y/o filtros y la participación de los proveedores del servicio de Internet (ISP), aunque éstas no son las únicas respuestas. Algunas personas y asociaciones voluntarias han recurrido a “hackear” los sitios y dar de baja servidores/páginas que contienen pornografía infantil. EHAP, de los EE.UU., y Condemned, de Australia, son dos de esas organizaciones, que están motivadas principalmente por una posición moral contraria a la pornografía infantil y cierta frustración por las demoras debidas a las instituciones legislativas y las que aplican la ley o a los ISP. Normalmente, las respuestas a la incitación al sexo de niños en línea se concentran en crear conciencia en los jóvenes, los profesores y los tutores, y en ofrecer una guía para que los jóvenes puedan navegar por Internet en forma segura. Este boletín ofrece un resumen de algunas de esas respuestas, y también algunas opiniones respecto de ciertos temas relacionados con la pornografía infantil en Internet

y la incitación al sexo en línea.

Pseudo-pornografía y libertad de expresión por John Carr Históricamente, en los Estados Unidos y en otras jurisdicciones la justificación para prohibir la pornografía infantil era que su producción involucraba necesariamente a un niño o niña de quien se abusaba, y eso constituía un delito. Sin embargo, las computadoras y programas modernos pueden crear en forma artificial fotos enteras que presentan la imagen pornográfica de un niño que no pueden distinguirse de una foto de un hecho real. Las computadoras también pueden tomar una foto de un evento totalmente inocente y transformarlo en algo muy diferente y obsceno, o algunas partes de una imagen inocente pueden agregarse a una imagen indecente para crear una nueva imagen. La foto nueva puede contener partes editadas del cuerpo de un niño real, o hasta una representación completa de un niño, pero de cualquier modo, el hecho descrito nunca ocurrió. Esto es lo que se llama pseudo-pornografía, y en la mayoría de los países no hay diferencia entre la pornografía infantil real y este tipo de pornografía. En 1996, Estados Unidos intentó unirse a este conjunto de naciones al aprobar la Ley de Prevención de la Pornografía Infantil. No obstante, el Congreso no tuvo en cuenta a la denominada Coalición para la Libertad de Expresión, una “asociación adulta de comercio” que recusó la constitucionalidad de la Ley. La Corte Suprema de Justicia de los EE.UU. acaba de examinar la causa. Lamentablemente, con una mayoría de 6-3, parece que la Coalición para la Libertad de Expresión ha ganado. Sin embargo, los jueces de la Corte no descartaron expresamente la posibilidad de que una ley más específica puede tener éxito en el futuro. Uno de los puntos más astutos que presentó la Coalición fue que estaban preocupados porque si el Congreso podía legislar en esta área, eso inevitablemente llevaría a la sociedad estadounidense por la “resbalosa pendiente de la represión”. Uno siempre sabe que ganó la batalla cuando la otra parte saca a relucir la resbalosa pendiente. Es otra manera de decir: “Bueno, tienen razón en esto, y lo sabemos, pero si consiguen el cambio que están buscando, eso conducirá inevitablemente a otras cosas, que probablemente también estén bien, pero que nosotros no queremos porque nos costarán dinero o dañarán nuestros intereses comerciales”. En otras palabras, es tremendamente inmoral. Aún no está disponible un informe completo sobre el caso, pero los observadores esperaban que los jueces aprovecharan la oportunidad para aclarar varias áreas grises de la ley. En primer lugar, si cualquier parte del cuerpo de un niño en particular se ha utilizado para crear una imagen de modo tal de permitir que cualquiera pueda identificar al niño en cuestión, la imagen no puede ser denominada “pseudo”. Para ese niño será muy real y, entre muchas otras cosas, casi ciertamente será una violación a su derecho a la privacidad. ¿Y qué sucede si la imagen del niño es totalmente artificial pero la foto incluye a uno o más adultos reales?

Las sociedades civilizadas han declarado (o deberían declarar) que cualquier imagen que implique o busque mostrar a niños abusados sexualmente es no deseable e inaceptable éticamente. Esto no se debe sólo al daño que les causa a los niños que pueden ser sus víctimas inmediatas o reales. La misma naturaleza de la pornografía infantil tiene además consecuencias más amplias y un impacto mayor que no pueden pasarse por alto. Mirar pornografía infantil puede desensibilizar a los adultos y conducirlos a comportamientos dañinos o abusivos, y por lo tanto pone a otros niños en peligro. En un estudio realizado por el servicio de Inspección Postal de los EE.UU., se estableció que más del 35% de las personas arrestadas inicialmente sólo por posesión de pornografía infantil también estaban involucradas en el abuso sexual de menores. Como recalcaron Sir William Utting (People Like Us, HMSO, 1996) y otros, la pornografía infantil puede tener una naturaleza muy instrumental y desensibilizar o sexualizar a los niños en formas inadecuadas. La pornografía infantil es utilizada por los “depredadores” sexuales en forma deliberada para involucrar a los niños en relaciones abusivas. Intentan probar con fotos que el sexo entre un adulto y un niño es normal y divertido. Por lo tanto, en ese contexto, la cuestión de si la imagen es real o artificial no tiene importancia. Si parece pornografía infantil, debe ser tratada como pornografía infantil. En el mundo real no es pertinente intentar hacer diferencias esencialmente teológicas entre distintos tipos de imágenes igualmente realistas. ¿Alguien puede imaginar que los productores de pseudo-pornografía van a “decorar” todo su trabajo con una advertencia que diga: “Todos los personajes de esta imagen son completamente artificiales. Cualquier parecido con personas reales es casual”. ¡Claro que no! El propósito mismo es representar hechos reales. E imaginemos lo absurdo que sería que quienes producen pornografía infantil y son arrestados arguyeran que cada imagen es artificial y que le corresponde a la fiscalía demostrar que esas imágenes son reales. ¿Acaso la fiscalía tendría que llevar a los niños involucrados a la Corte y hacerlos testificar para que aclararan si los eventos de las fotos son genuinos y cuál fue su participación en ellos? ¿Acaso deberíamos obligar a los niños a revivir el trauma del abuso original? Hoy en día, la mayor parte de la pornografía infantil está en Internet. Una enorme cantidad de niños son visitantes frecuentes del ciberespacio. Por lo tanto, tal vez por primera vez en la historia, los niños mismos corren riesgo de estar expuestos a la pornografía infantil a gran escala. ¿Y qué propone la Coalición para la Libertad de Expresión que les digamos? ¿Que ellos realmente creen que las imágenes de niños teniendo relaciones sexuales están bien si se comprueba que las personas que aparecen en dichas imágenes no son reales? ¿Y de qué manera proponen que nos aseguremos de que los niños sepan que las personas que aparecen en esas fotos no son reales? ¿Acaso es éste un caso en el que debemos juzgar el libro mirando sólo la tapa? A menudo las sociedades deben buscar un equilibrio entre las personas individuales y los intereses más amplios de la sociedad, y todos debemos –instintivamente- ser precavidos antes de darle al Estado un mayor poder respecto de lo que las personas pueden hacer o no. De modo que este caso se reduce a una cuestión de prioridades. ¿Es más importante para el Estado proteger el derecho de alguien a ver ciertas formas de pornografía infantil que proteger a los niños del daño que dichas imágenes pueden causarles? Para los miembros y colaboradores de ECPAT, la respuesta es obvia. Pero aparentemente no lo fue para los jueces de la Corte Suprema de los EE.UU.

John Carr es Sub-Director de la Unidad sobre Niños y Tecnología de NCH, una de las organizaciones de caridad para niños más importantes del Reino Unido (www.nch.org.uk). También es miembro de la Fuerza Especial para la Seguridad de los Niños en Internet, que responde al Gobierno del Reino Unido, y es Asesor sobre Internet de la Coalición de Organizaciones de Caridad para Niños en Pro de la Seguridad de los Niños en Internet, también del Reino Unido.

Identificación de las víctimas por Max Taylor Pornografía infantil e Internet... ¿En qué deberíamos concentrar nuestra atención? Puede parecer una pregunta inútil, porque todos conocemos la respuesta: los niños que son víctimas, por supuesto. Pero sin una queja de estos niños, necesitamos identificar al delincuente para poder llegar hasta ellos. Sin embargo, una de las características únicas de la pornografía infantil en Internet es que puede haber evidencia disponible en una foto o en datos de Internet que ayude a identificarlos. Ha habido casos dramáticos en los que se ha podido identificar con éxito a los niños de esta manera. Pero es necesario dejar en claro dos cosas para poder poner esta situación en contexto. En primer lugar, a pesar de los enormes recursos con los que cuentan las agencias que aplican la ley para combatir la pornografía infantil en Internet, pocos niños son identificados. Es imposible conseguir datos exactos, pero basándonos en material disponible para el Proyecto COPINE, se estima que entre 40 y 50 niños fueron identificados en los últimos 4 ó 5 años, principalmente en Europa y los Estados Unidos. Durante ese mismo período, han aparecido varios cientos de niños nuevos en el material pornográfico infantil. Claramente, es preocupante que se haya podido identificar a tan pocos niños. En segundo lugar, en lo que respecta a la incidencia del abuso sexual infantil en general, la cantidad que aparece en el material pornográfico infantil en Internet es baja. Nadie puede calcular la cantidad de niños que han sido abusados sexualmente en los últimos 4 ó 5 años, pero está claro que incluye a varios miles de niños. Lo que vemos en Internet es sólo la punta de un gigantesco iceberg. Esto representa un enorme desafío para las autoridades. La pornografía infantil en Internet es una evidencia visible del abuso sexual; llama poderosamente la atención tanto del público como de los políticos, y también ofrece oportunidades para la detección de delincuentes que el abuso sexual que no se divulga por Internet no ofrece. Justamente en este aspecto residen los desafíos para los gobiernos y para las agencias protectoras de niños y las que aplican la ley. Dado que se puede identificar a relativamente pocos niños, ¿deberíamos dedicar más recursos a su identificación? Después de todo, una foto pornográfica de un niño es una foto de un abuso sexual en progreso. ¿O deberíamos concentrarnos en tratar de evitar las actividades de colección y comercio de pornografía infantil? ¿Cómo lograr un equilibrio? Mucha gente es arrestada por posesión de pornografía infantil, pero los casos muy publicitados pueden dar un falso sentido de lo que se está logrando en lo que a la protección de los niños se refiere. Los motivos son una tendencia a equiparar la posesión de pornografía infantil con la comisión de delitos de contacto, y la

imposibilidad de distinguir entre los distintos tipos de delito relacionados con la pornografía infantil. La mayor parte de los delincuentes que bajan pornografía infantil de Internet no tienen ninguna relación con el niño retratado. Las operaciones que interrumpen y –esperemos- disminuyen la cantidad de transacciones relacionadas con pornografía infantil no sustituyen la identificación de los niños involucrados. Sin embargo, es difícil identificar a las víctimas, y es mucho más sencillo para la Policía concentrarse en los delincuentes que coleccionan pornografía infantil y no en quienes la producen. La evidencia sugiere que existen distintos tipos de delincuentes que participan en la pornografía infantil, algunos de los cuales están involucrados en delitos de contacto (mediante la producción de material), pero otros no lo están, y sólo coleccionan el material, no lo producen. Las acciones policiales muy notorias dirigidas a atrapar a coleccionistas pueden aspirar a reducir la disponibilidad de pornografía infantil, aunque dada la naturaleza de Internet, eso no es muy factible. También pueden servir para disuadir a otros coleccionistas, pero suelen contribuir muy poco a la identificación y protección de los niños que han sido fotografiados. Un enfoque lógico sugiere que las políticas relacionadas con la pornografía infantil deben tener dos objetivos. El primero debe ser tratar la protección de los niños explotados sexualmente siempre que sea posible. Las organizaciones policiales desempeñan un papel central en este aspecto, pues son el brazo ‘investigador’ de los equipos interdisciplinarios y cuentan con la capacitación forense e informática necesaria para investigar en forma efectiva. El segundo objetivo debe ser tratar la erradicación de las redes de comercialización de pornografía infantil, y convertir la colección y posesión de pornografía infantil y/o el facilitar el acceso a la misma en el objeto de acciones disuasivas efectivas a través del proceso judicial. La reducción de la demanda de pornografía infantil al convertir la posesión en una actividad cada vez más riesgosa y peligrosa es una contribución a la protección de los niños que bien vale la pena intentar. No obstante, los agentes principales en esta última actividad deben ser los proveedores del servicio de Internet (ISP). La acción policial y las actividades reglamentadas por el gobierno que sean efectivas harán de esto una realidad. Sin embargo, debemos enfatizar que no tiene mucho sentido desarrollar estrategias para la identificación de las víctimas si las estructuras de apoyo necesarias no están disponibles o no están lo suficientemente desarrolladas. En la nueva pornografía infantil existe una tendencia alarmante: cada vez hay más fotos que parecen provenir de comunidades de escasos recursos de Europa Oriental o Sudamérica. Las infraestructuras de las agencias de cumplimiento de la ley y de bienestar social de ambas regiones suelen ser muy pobres, y es muy probable que, sin importar qué procesos de identificación se pongan en práctica, las desafortunadas víctimas en estas circunstancias no puedan recibir mucho apoyo ni terapia. En los lugares en los que se puede prestar especial atención a las víctimas, dicho trabajo implicará relaciones cercanas entre las agencias (por ejemplo, entre los investigadores policiales y los equipos terapéuticos o de bienestar social que trabajan con el niño). Esto requiere contar con un enfoque que tenga más elementos en común y compartir más información que lo que suele suceder actualmente. Sin embargo, lo principal es que las necesidades de los niños involucrados sigan siendo lo más importante y que las agencias de bienestar social y las que hacen

cumplir la ley tengan como objetivo principal el darle poder a las víctimas, sin importar si eso sería inconveniente a nivel administrativo o político. Max Taylor es profesor y jefe de la cátedra de Psicología Aplicada del University College de Cork, Irlanda. También es director del Proyecto COPINE, que está desarrollando un proyecto de identificación de víctimas con Radda Barnen y Childnet (http://copine.ucc.ie).

Servicios de ayuda a las víctimas y bienestar del personal por Theo Noten y Linda Venselaar Desde que en 1996 se estableció el servicio Meldpunt de ayuda a las víctimas en Holanda, la cantidad de informes recibidos por ese servicio han aumentado constantemente. En 2001, recibió casi 5.000 emails que contenían una o más denuncias de contenidos que posiblemente fueran ilegales. El personal revisa y clasifica dichas denuncias al evaluar si el material satisface los criterios que figuran en el artículo 240b Sr del Código Penal holandés. De esa manera, el personal del servicio está expuesto a cientos de imágenes y videos, que incluyen pornografía infantil muy seria en la que hay clara evidencia del uso de fuerza física. Todos los días el personal es testigo de muchos casos de abuso sexual de niños, y aunque este abuso podría terminar, la prueba de él existirá para siempre y se distribuye en todo el mundo. Una cita de un miembro del personal del servicio: “Hace cuatro años que hago este trabajo, y muchas veces me encontré llorando frente al monitor de mi computadora. A pesar de que me reconforta pensar que ayudo a combatir la distribución de pornografía infantil, me asusta que tal vez no logre olvidar algunas de esas imágenes en toda mi vida. ¿Qué pasará con esos recuerdos si abandono este trabajo? ¿Qué les sucederá a esos niños?” Existen muchas razones por las cuales el trabajo en este servicio puede afectar al personal, y al final lo único que uno puede hacer es dejar ese trabajo. Para evitar que esto ocurra y para aceptar su responsabilidad respecto del bienestar del personal, Meldpunt exploró las posibilidades de consultoría psicoterapéutica. Después de haber consultado con la policía y de haberles preguntado cómo manejan este problema, Meldpunt decidió trabajar con un psicoterapeuta especializado en tratar víctimas de abuso y explotación sexual y en programas de consultoría para evitar el síndrome de estrés postraumático. Ahora todo el personal del servicio que está expuesto a imágenes de pornografía infantil cuenta con sesiones regulares con el psicoterapeuta. El bienestar del personal se está convirtiendo en un área muy importante de estos tipos de servicios (que se denominan hotlines en inglés). Los peligros del estrés postraumático causado por exposición a ciertas imágenes han sido claramente reconocidos y han surgido como un tema preocupante en varias reuniones de INHOPE, la Asociación de Hotlines Europeas. El psicoterapeuta que trabaja para Meldpunt

también participó de una de las reuniones de INHOPE, donde dirigió un taller sobre prevención de traumas derivados. La necesidad de que exista un reconocimiento temprano de los problemas del personal y de que se pueda realizar una reunión para tratar cualquier incidente que haya causado un trauma excepcional debe estar bien estructurada y pensada. La consultoría es una herramienta necesaria para asegurar el bienestar del personal de estos servicios, y contribuye a la continuidad de la prestación de los mismos. Theo Noten es coordinador de campaña de ECPAT-Holanda. Participa en el equipo que está desarrollando un proyecto para la implementación del Plan de Acción Nacional de Holanda. Es miembro del Directorio de Meldpunt Kinderporno, una hotline holandesa. Linda Venselaar es miembro del personal de Meldpunt Kinderporno, y participa en las reuniones de INHOPE como representante de la misma.

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