PENOLOGIA La penología es una parte del derecho penal o parte de la criminología, dependiendo del enfoque que queramos dar, bien sociológico o bien exhaustivo de las penas. En penología estudiamos la teoría del sistema de penas, es decir, el derecho de los tipos de penas y medidas de seguridad de nuestro ordenamiento jurídico. También el derecho de la aplicación y determinación de las penas, es decir, el proceso de concreción de la pena, dependiendo de las circunstancias en las que se dé el delito. También se ocupa la penología de la ejecución de las penas.
PENOLOGIA HEGELIANA
Conociendo sus ideas de Estado autoritario y de policia todopoderosa nos podemos imaginar que piensa en un Derecho penal duro. De este modo vemos como choca frontalmente con el garantismo de Beccaria.
Hegel critica la compasión y piedad de Beccaria, para Hegel estas son cualidades propias de mujeres y el Estado (= el poder) debe ser fuerte, ni débil ni compasivo.
Hegel parte de que todo hombre es libre para decidir delinquir o no, siendo plenamente responsable de sus actos. Esto supone que sea el propio hombre quien, al realizar el hecho delictivo, esté implícitamente aceptando ser castigado. Aquí podemos apreciar cierta coincidencia con Beccaria pues éste también entendía que había un consentimiento a ser castigado, pero para Beccaria se
produce en el contrato social, por contra, para Hegel es al delinquir cuando se consiente implícitamente al castigo. Hegel apunta además que con su tesis se honra al delincuente porque se le reconoce como ser libre y responsable, a diferencia de cuando se entiende que el castigo sirve para corregir al delincuente porque es degradarlo y considerarlo un ser necesitado de ayuda.
Aunque Hegel no lo dice de manera expresa, lo cierto es que opta por el criterio de la retribución, el de la venganza. Para él la pena se justifica por la propia naturaleza del delito de modo que todo delito debe llevar su castigo correspondiente que repare el daño causado. Pero Hegel no esta pensando tanto en las personas victimas del delito como en la falta de respeto al Derecho que supone la comisión del delito (rechaza el individualismo). Además el castigo debe consistir en un daño equivalente al daño producido por el delito, así la muerte solo se repara con la muerte (venganza).
Pena de muerte: coincide con Beccaria en que esta pena debe aplicarse de manera excepcional y no de la manera arbitraria y abusiva con que se hacía en el Antiguo Régimen. Hegel agradece a Beccaria que sus ideas hayan llevado a una racionalización en la aplicación de la pena capital pero no piensa en su abolición sino que considera que ésta es la pena mas alta posible y que por tanto debe aplicarse a los delitos mas graves, delitos que la merezcan. Osea, Hegel esta pensando en honrar a la pena de muerte, es algo tan importante que solo procede cuando la importancia de los hechos lo exija, e igualmente considera que la pena de muerte honra al delincuente a quien se le aplica, por lo que debería restringirse para que el reo no recibiera un honor no merecido.
Rechaza las funciones disuasoria y correctora de la pena. Como sabemos para Hegel los hombres son libres y responsables, de manera que tratar de
conducir su comportamiento mediante la amenaza de un castigo en caso de incumplir el Derecho y la reeducación a través del cumplimiento de la pena, supone minusvalorarlos.
Hegel no tiene en consideración las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal (atenuantes, agravantes,eximentes), se trata del elemento subjetivo del delito que para él no tiene importancia, solo importa el elemento objetivo, se ha producido el delito y hay que repararlo.