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ORDENAMIENTO FISCAL:

Es el conjunto de leyes que regulan el ámbito fiscal. El ordenamiento fiscal tiene la única o principal función de crear garantías a los contribuyentes, conocido esto como la protección de los ciudadanos contra los abusos o arbitratiades de la eventual Dirección Nacional de Tributación. El ordenamiento fiscal regula el establecimiento, la recaudación y control de los ingresos de Derecho Público del Estado derivados del ejercicio. Este funciona por las normas que son dictadas por los órganos a los que la constitución atribuye por medio de la potestad normativa, la cual cada tipo de norma en su función hace una producción que va ser igual a las que siguen su misma forma teniendo como diferente su contenido.

INSTITUCIONES A CARGO: Contraloría General de la República: Es una entidad fiscalizadora superior encargada de velar por cumplimiento y control de los procedimientos administrativos y presupuestarios del Estado, existente en la Ciudad de Guatemala. Sistema Nacional de Control Fiscal: Es el conjunto de órganos, estructuras, recursos y procesos que, integrados bajo la rectoría de la Contraloría General de la República, interactúan coordinadamente a fin de lograr la unidad de dirección de los sistemas y procedimientos de control de diferentes sistemas de Guatemala. Contraloría General de Cuentas (CGC) de la República de Guatemala: Es una entidad o institución técnica descentralizada, con funciones fiscalizadoras de los ingresos, egresos y en general de todo interés hacendario de los Organismos del Estado, los municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas. JURÍDICO: MARCO LEGAL Es el marco en donde las instituciones determinan el alcance de la participación políticamente hablando. En él se encuentran reglas relacionadas entre sí. Su fundamento es la constitución y en ello se incluyen leyes y códigos penales, entre otros. En otras palabras es la unidad básica de organización del estado y el espacio inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos. Son decretos y leyes que regulan un estado. El marco legal proporciona las bases sobre las cuales las instituciones construyen y determinan el alcance y naturaleza de la participación política, esté también regularmente se encuentran un buen número de provisiones regulatorias y leyes interrelacionadas entre sí. Este marco legal en materias varias ha evolucionado en una compleja combinación de estatutos y regulaciones legales, reglas judiciales y la práctica real. Ciertas legislaciones pueden ser de nueva creación o estar actualizadas, otras pueden basar su funcionamiento en estatutos obsoletos que están

desactualizados, pero que sin embargo aún están vigentes. Puede haber lagunas, conflictos e inconsistencias entre las diferentes partes que dan forma a un marco legal y en consecuencia al proceso en sí.

INSTITUCIONES A CARGO:

ü Corte suprema de justicia: La Corte Suprema de Justicia está integrada por 13 Magistrados (Art. 214 CPRG), quienes son electos por el Congreso de la República de Guatemala para un período de cinco años. En la Corte Suprema de Justicia se tramitan y resuelven los recursos de casación que se plantean contra las resoluciones de las Salas de Apelaciones, así como las acciones de amparo en Primera Instancia y exhibición personal, son los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia quienes tienen a su cargo el estudio y resolución de dichos recursos y otras funciones. ü Organismo judicial: Es el encargado de impartir justicia, con independencia y potestad de juzgar. La Ley del Organismo Judicial cita que en ejercicio de la soberanía delegada por el pueblo, imparte justicia en concordancia con el texto constitucional.

ü Corte de constitucionalidad: La Corte de Constitucionalidad es un tribunal permanente de jurisdicción privativa, cuya función esencial es la defensa del orden constitucional; actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado y ejerce funciones específicas que le asigna la Constitución y la ley de la materia.

EDUCACIÓN VIAL La educación vial pretende transmitir determinados comportamientos y reglas dirigidos a adquirir o mejorar el sentido vial, y que se comprenda que la educación vial no es sólo un mero repertorio de normas y consejos destinados a mejorar loa seguridad en el uso de las vías públicas, sino que su verdadera importancia radica en los contenidos referidos a valores y actitudes. Las bases fundamentales sobre las que debe asentarse la educación vial son; Aprender a vivir en comunidad, desarrollar hábitos de convivencia ciudadana, de autonomía y de respeto a las normas básicas de convivencia, así como el desarrollo del sentido dela responsabilidad. Cabe destacar a la familia como el primer ecosistema social y base esencial del desarrollo del niño/a.

La Educación Vial "es el aprendizaje de conocimientos, hábitos y actitudes en relación con las reglas, normas y señales que regulan la circulación de vehículos y personas por las calzadas y aceras. Que permitan a los ciudadanos/as dar una respuesta adecuada (segura y fluida), en las distintas situaciones de tráfico en las que se puedan ver inmersos, ya sea como peatón, pasajero/a o conductor/a".

La Educación Vial debe orientarse hacia los dominios siguientes: de una parte, las Materias Técnicas y las Ciencias Naturales; y por otra parte, la ética y las Ciencias Sociales, y, como no, la Educación Física. Los contenidos de esta educación deben estar integrados en los programas de estas materias, con el fin de que los niños/as adquieran la experiencia técnica apropiada, tomen conciencia de su responsabilidad en la vida social y puedan contribuir de una forma activa en la mejora de las condiciones de la circulación.

CULTURA TRIBUTARIA

Es el conjunto de valores, creencias y actitudes que comparten las personas hacia la tributación, la cual se traduce en una conducta manifestada en el cumplimiento permanente de los deberes tributarios, en base a la confianza y la afirmación de los valores de ética personal. ❖ Clases de Tributos: ➢ Impuestos: Es el deber constitucional que tenemos los guatemaltecos con el fin de que el estado los administre para beneficio de nosotros mismos. Algunos de los impuestos son: □ IVA: Impuesto al Valor Agregado: Es el impuesto que se paga siempre al efectuar cualquier compra en cualquier establecimiento. □ ISR: Impuesto Sobre la Renta. □ IETAAP: Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz. □ IUSI: Impuesto Único Sobre los Inmuebles.➢ Arbitrios:

Es el impuesto decretado por la ley a favor de una o varias municipalidades con el fin de la mejora de nuestra comunidad. ➢ Contribución Especial y Contribución por Mejoras: Es el tributo que las personas dan ala municipalidad sin conocer su fin, con la sorpresa que será para beneficio de la comunidad.

❖ Infracciones Tributarias y sus Sanciones: ¿Qué es Contribución Tributaria? Es el vínculo jurídico de carácter personal entre la administración tributaria y los contribuyentes. Tiene por objeto el pago de un tributo y surge al realizarse el hecho que genera el impuesto: El Incumplimiento de las Obligaciones Formales: Son todas las acciones u omisiones acerca del incumplimiento de algún deber formal como no llevar los libros contables al día, entre otros. La Sanción depende del tipo de Infracción. ORNATO: LIMPIEZA DE VÍAS Y ESPACIOS PÚBLICOS El 15 de marzo de 1892 durante el gobierno de José María Reyna Barrios se declaró en Guatemala el pago anual del boleto de ornato que es un impuesto con carácter de arbitrio y es una obligación legal, que se utiliza para pagar el costo de servicios públicos, lo que quiere decir que con este se cubren la necesidades como el mantenimiento y cuidado de toda su infraestructura de la ciudad, como los semáforos, parques, limpieza de calles, mercados, áreas verdes, basureros, etc.

El ornato es una forma de colaborar de los ciudadanos con su pueblo nos ayudara a mantener un ambiente natural mejor. Como ciudadanos debemos cumplir con la cuota mínima mensualmente del pago de ornato. Para que los trabajadores utilicen distintos materiales, como podremos conocer a distintos ciudadanos son los que sufren porque son los que viven a la orilla de ríos, barrancos y otros los que sufren a causa de la contaminación del ambiente de la ciudad.

Es importante que los ciudadanos cumplan con la cuota mínima mensualmente del pago del ornato, para que todas las personas que vivan en la orilla de ríos, barrancos y

otros, que sufren por la contaminación del medio ambiente puedan tener un ambiente digno de cualquier persona.

Instituciones a cargo: La Dirección de Aseo y Ornato ü Departamento de Aseo ü Departamento de Ornato ü Departamento de Gestión de parques ü Oficina de aguas Lluvias, Cauces y Canales

SUFRAGIO: PARTICIPACIÓN A TRAVÉS DEL VOTO El sufragio es la acción de los ciudadanos al participar en una democracia para elegir a un representante para poder representar a la nación a nivel nacional como internacional, este es un derecho y un deber de cada ciudadano en el cual ninguna persona tiene el derecho al sufragio de otra por esa misma razón.

También se refiere a quienes tienen derecho a elegir como a ser elegidos. Es el poder de expresar políticamente y de una forma individual. Según la constitución la existencia y vigencia del sistema electoral es una pieza fundamental ya que por medio de esa elección de los representantes se encuentra uno de los elementos principales del sistema democrático.

El voto es considerado secreto para que nadie influya en la decisión y las personas que residan en centros psiquiátricos y preventivos no pueden emitir un sufragio, y para poder emitir un sufragio la persona debe ser mayor de edad lo que quiere decir ya con los 18 años cumplidos, estar empadronado y poseer identificación que en este caso sería el DPI. Pero, ¿por qué el sufragio es un derecho y a la vez una obligación? es un derecho inherente de todo ciudadano guatemalteco, porque éste tiene la libertad de decidir si lo ejerce o no, a pesar de que está facultado para participar en la fiesta cívica y es una obligación, porque el país necesita ciudadanos que participen y validen las decisiones de interés general, haciendo un ineludible esfuerzo para optar al bien posible, es decir, al bien común para todos los connacionales; en tal sentido, el sufragio no es más que un derecho individual, de simultaneo ejercicio obligatorio.

DERECHOS Y DEBERES CONSTITUCIONALES

Son derechos y deberes que todos los guatemaltecos tenemos adquiridos por mandato constitucional, Los derechos y deberes constitucionales (denominados también derechos y deberes fundamentales y garantías individuales) son aquellos derechos y deberes humanos garantizados con rango constitucional que se consideran como esenciales en el sistema político que la Constitución fundamenta y que están especialmente vinculados a la dignidad de la persona humana. Los derechos y deberes constitucionales de Guatemala pueden ser: Cívicos, políticos y sociales. Es decir, son aquellos derechos que dentro del ordenamiento jurídico disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma).

Los derechos constitucionales son aquellos incluidos en la norma constitutiva y organizativa de un estado generalmente denominada constitución que se consideran como esenciales en el sistema político están especialmente vinculados a la dignidad humana. Es decir, son aquellos derechos que dentro del ordenamiento jurídico disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma). Es conocido el planteamiento filosófico-antropológico de que donde nace una necesidad surge un derecho; éste planteamiento tan lógico aparece por primera vez en "La República" de Platón. Los derechos constitucionales se clasifican en derechos fundamentales o de primera generación, Derechos económicos, sociales y culturales o de segunda generación, y derechos a un medio ambiente sano o de tercera generación. Como bien diría Antonius Francus en la V Asamblea de Derechos Fundamentales "Son un bien que debemos preservar...no podemos permitir que en algún momento se lleguen a mangonear y hacer mistos estos derechos"

Los derechos y deberes constitucionales son derechos y deberes que todos los guatemaltecos tenemos adquiridos por mandato constitucional, nadie nos puede privar de ellos y no podemos renunciar a los mismos, Los derechos y deberes constitucionales (denominados también derechos y deberes fundamentales y garantías individuales ) son aquellos derechos y deberes humanos garantizados con rango constitucional que se consideran como esenciales en el sistema político que la Constitución fundamental y que están especialmente vinculados a la dignidad de la persona humana. Es decir, son aquellos derechos y deberes que dentro del ordenamiento jurídico, los derechos y deberes constitucionales de Guatemala pueden ser: Derechos y deberes Cívicos y derechos y deberes políticos

EQUIDADES: LABORAL, ÉTNICA, DE GÉNERO Y SOCIAL Equidad Laboral: La equidad laboral es aquello que debería regir los puestos de trabajo de todos los ciudadanos del mundo. Por desgracia aún no lo hace, y es poco probable que algún día llegue a hacerlo en todo el planeta. Por tanto, es un concepto que jamás dejaremos de emplear y que es imprescindible que conozcamos.

Equidad Étnica: Todas las etnias tienen que ser respetadas y deben ser tratadas igual sin importar su grupo al que pertenezca, el estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social y está obligado a velar que esta equidad o justicia sea cumplida. El estado tiene la obligación de proteger a los grupos étnicos.

Equidad Social: Equidad social propicia la posibilidad de que tanto los hombres como las mujeres, desarrollen sus potencialidades y capacidades, habilidades y destrezas, intelectuales, físicas y emocionales para que tengan las mismas oportunidades sociales, económicas, políticas y culturales.

Equidad de Género: Dentro de una sociedad los hombres y las mujeres deben gozar los mismos derechos y no debe haber discriminación ya que como seres humanos todos debemos gozar de los mismos derechos tal como lo dice el mandato constitucional de nuestra Guatemala. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales oportunidades y responsabilidades.

RESPETO A LAS DIFERENCIAS

El respeto a las diferencias está dividido en dos áreas: las pluriculturales y multilingüísticas, ambas son referidas hacía el respeto que deben tener por la diferencia de raza, cultura, religión, costumbres, creencias, color de piel, entre otros. En Guatemala es muy claro que tenemos la pluriculturalidad y así mismo lo multilingüístico, esto ha sido muy marcado y la gente ha discriminado en su gran mayoría esto y se ha perdido el respeto sobre esto.

Esto debe protegerse y fomentarse para mantenerla y no perderla, es la representación pura del país y nuestras raíces, como ciudadanos de nuestra parte debemos mantener el respeto, la tolerancia y así apoyar los diferentes grupos étnicos que son representan.

RESPETO A DIFERENCIAS PLURICULTURALES: La equidad entre hombres y mujeres en el empleo parecen al rigor de las normas, como si la igualdad estaría a un paso de ser hecho, el punto es que la realidad es otra; estadísticas e informes que avalan esto han demostrado que queda mucho que hacer aún por la equidad de género, la equidad laborar se refiero a la igualdad de derechos en cual sea el trabajo que se ocupe.

Respeto a las diferencias multilingüísticas: La multiculturalidad es lo que nos hace únicos como personas de cualquier lugar o región, esta es parte clara de nuestra identidad y debe estar siempre en nuestras vidas.

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