NORMAS BOLIVIANAS DE ETIQUETADO A nivel global y durante el transcurso de los años, las exigencias del consumidor con respecto a las características de un producto, han ido aumentando progresivamente en función a la oferta y demanda de los mismos. En el caso de la industria alimentaria y los alimentos que actualmente se ofertan en el mercado global, no han sido excluidos de estas exigencias que sin lugar a dudas han conducido a la mejora de la “calidad” en la presentación e información de los alimentos ofertados al consumidor. A nivel nacional se ha hecho evidente que al consumidor, a la hora de realizar las compras, cada vez le interesa más conocer aspectos sobre la naturaleza del producto, su origen o lugar de producción, métodos de producción y transformación, sistemas especiales de producción, efectos que se hayan podido producir en el medio ambiente, etc.; en síntesis, el consumidor quiere informarse de todo esto en las etiquetas de los
productos.
Claro que además de ello, no se puede olvidar que el consumidor busca referencias sobre los datos mínimos que deben aparecer en todas las etiquetas de los alimentos que se consumen, como ser información de los ingredientes y aditivos utilizados, fechas de fabricación, tiempo para el vencimiento o tiempos de vida del alimento, condiciones mínimas para su conservación, etc.
Este incremento en el interés de obtener mayor información sobre lo que uno va o está a punto de consumir, se debe, sin dejar de lado el avance sin límite de los medios de información, al incremento en la conciencia tanto del productor y consumidor por encontrar la consistencia entre la información mínima obligatoria, la información necesaria, y la información adecuada en la etiqueta, de tal manera de hacer consistente el comercio y la seguridad alimentaria. Es en este sentido que la etiqueta se convierte en el principal instrumento de comunicación entre ambos actores fundamentales en la cadena alimentaria. Asimismo, al adquirir un alimento el consumidor toma una decisión de manera responsable y la información es de vital importancia ya que un alimento no apto puede generar problemas en la salud de este consumidor y de su familia; quien al final es el que asume ese riesgo.
El derecho a la información es uno de los derechos básicos del consumidor y para que este sea ejercido, dicha información debe ser eficaz, veraz, suficiente sobre sus características esenciales, y no inducir a error al consumidor.
Junto al derecho a la información, y vinculado en buena medida al mismo, los consumidores también tienen derecho a una alimentación sana, variada y de calidad. Por ello, cualquier información relativa a la composición, los procesos de fabricación y la manipulación de los alimentos debe ser clara y precisa.
En este contexto, en la mayoría de los países existe marcos normativos y reglamentarios (legislaciones) que establecen los requisitos que debe cumplir un correcto etiquetado de los alimentos; mismos que se encuentran orientados en normas internacionales como el caso del Codex Alimentarius y sus Comités y Comisiones, organismo internacional encargado de reglamentar aspectos de inocuidad alimentaria para la protección del consumidor y lineamientos específicos para el comercio de los mismos. Estos marcos regulatorios, en la mayoría de los casos, establecen dos enfoques de responsabilidades: 1. Por un lado se encuentra el enfoque de los derechos de los consumidores (todos nosotros) a recibir la mejor información posible sobre el alimento, y por otro lado la responsabilidad tanto de los productores y los consumidores por brindar y exigir la información correcta. 2. Por otro lado se encuentra el enfoque reglamentario y procedimental para el efectivo control del etiquetado de los alimentos. En Bolivia, se cuenta con la Norma Boliviana 314001 “Etiquetado de los alimentos preenvasados”, misma que da los lineamientos para el seguimiento mutuo de las exigencias entre productor y consumidor. Asimismo, Mediante Decreto Supremo 26510, y Resolución Administrativa Nº 72/2002 del SENASAG, se establece el enfoque reglamentario y procedimental para el control del etiquetado de alimentos preenvasados a nivel nacional, remarcando fundamentalmente:
La obligatoriedad del etiquetado de los alimentos preenvasados que se comercialicen a nivel nacional, ya sean de producción nacional o importados.
El cumplimiento obligatorio de los puntos 4, 5 y 6 de la Norma Boliviana 314001. Figurando principalmente la exigencia en el nombre correcto del alimento, los datos del productor y/o importador, registro sanitario, vida útil (tiempo comprendido entre la fecha de elaboración y fecha de vencimiento), ingredientes; entre los más importantes.
Los procedimientos de control y coordinación a nivel interinstitucional por parte del SENASAG, y el régimen sancionatorio al incumplimiento de las disposiciones
Este marco regulatorio y principalmente las Normas Bolivianas aprobadas en materia de etiquetado, han permitido implementar un Sistema de Control de Etiquetas que tiene los siguientes pasos principales:
Establecimiento de los procedimientos operativos de evaluación y fiscalización y control.
Capacitación a los funcionarios del SENASAG en la evaluación de los modelos de etiqueta conforme a los requisitos establecidos en normativa vigente (hasta la fecha se han evaluado aproximadamente unos 1 300 modelos de etiqueta)
Capacitación a autoridades de diferentes Municipios del país para la fiscalización en el tramo del expendio.
Mecanismos de intercambio de información entre autoridades sanitarias competentes.
Fiscalización de las importaciones.
Difusión de información sobre el tema.
Aplicación de sanciones y apoyo en operativos municipales de fiscalización.
Sin embargo se requiere fortalecer la capacidad de control para lograr un mayor alcance en la fiscalización de la correcta utilización de las etiquetas para alimentos pre-envasados; destinados a consumo humano. Esta capacidad de control implica contar con más personal en las Jefaturas Distritales del SENASAG y el implementar sistemas de certificación acreditados para poder tercerizar el servicio y evitar sobrecarga en la autorización de las etiquetas; aspecto en el que se está trabajando en la presente gestión. Asimismo es de suma importancia incrementar las campañas de concientización de los consumidores en la importancia de este tema y en el derecho que tienen de exigir información confiable para la toma de decisiones.
Finalmente resaltar la importante labor del Comité Técnico de Normalización de Etiquetado de los Alimentos y del decidido apoyo del IBNORCA, en el Marco del Sistema Boliviano de Normalización, que han permitido la generación de Normas Bolivianas en base a las cuales se ha establecido una normativa que permite sustentar un Sistema de Control y Fiscalización de etiquetas; aspecto de fundamental importancia para el apoyo en la toma de decisiones del consumidor al momento de adquirir un alimento para su consumo y el de su familia. Según el catalogo de normas bolivianas, a continuación estas son las normas bolivianas de etiquetado: COMITE 3.14 ETIQUETADO DE PRODUCTOS ALIMENTARIOS NB 866-97 Directrices generales sobre declaraciones de propiedades NB 867-97 Etiquetado nutricional
NB 886-97 Etiquetado y declaración de propiedades de alimentos preenvasados para regímenes especiales NB 314001-01 Etiquetado de alimentos preenvasados
COMITÉ 9.5 ETIQUETADO DE TEXTILES NB 95001-07 Etiquetado para prendas de vestir y otros productos textiles ANALISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS PARA 5 ETIQUETAS
La obligatoriedad del etiquetado de los alimentos preenvasados que se comercialicen a nivel nacional, ya sean de producción nacional o importados.
El cumplimiento obligatorio de los puntos 4, 5 y 6 de la Norma Boliviana 314001. Figurando principalmente la exigencia en el nombre correcto del alimento, los datos del productor y/o importador, registro sanitario, vida útil (tiempo comprendido entre la fecha de elaboración y fecha de vencimiento), ingredientes; entre los más importantes.
Los procedimientos de control y coordinación a nivel interinstitucional por parte del SENASAG, y el régimen sancionatorio al incumplimiento de las disposiciones
ETIQUE
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5913 346 4656
√
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680 g
MINTY
Minty
Industria brasilera
ZC
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Importaci
04050309
15/11/2
0006
019
1163015
28/02/1
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17 g
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21 g
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256 g
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ones y Dsitribuci on MAGGI
Maggi
Nesttle.
Nestle
Tel.
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correo elctronic o ARCOR
Cofler
La
La
08050319
07/10/1
Serrana
Serrana
0006
9
Improal
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x
S.A. tel.corre o electróni co. ubicacio n LUPI
Manza nilla
x
S.R.L.
Lupi
CONCLUSIONES Al finalizar el presente trabajo se concluye que todas las marcas analizadas cumplen con las normas bolivianas de etiquetado, a excepción de la ultima, marca LUPI, es muy probable que los datos no encontrados en la etiqueta de este producto estuvieran impresos en la caja que los contenía.