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FACULTAD DE DERECHO ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE DERECHO

ARTÍCULO DE OPINIÓN

“Tela de juicio en la excepción de medios probatorios”

Autor: MORALES CERNA, Yefri Leyter

Asesor: REYES COLQUICOCHA, Olinda Sabina

Lima – Perú 2017

1

“Tela de juicio en la excepción de medios probatorios”

I.

INTRODUCCIÓN El Estado de derecho y el reconocimiento internacional de los Derechos Humanos (1948)

implementado en aquellos países cuya firma está impregnada en dicho tratado, así como el nuestro, y ratificado como parte del derecho nacional (art.55 de la Constitución política), ha traído consigo la implementación de garantías nacionales e internacionales en el contexto de justicia. Entonces es de menester saber el motivo de las falencias en su implementación.

Las garantías internacionales sobre los derechos humanos, son resguardadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Ante ello, se puede discrepar que, los medios probatorios en el Perú, sobre la prueba de oficio, va en contra de la imparcialidad del Juez penal. Entonces, ¿Qué tanto influye la prueba de oficio en el Perú? Este artículo resolverá el impacto y consecuencia de los resultados de la aplicación de la prueba de oficio.

II.

OPINIÓN

De acuerdo a nuestro criterio, en las fuentes del derecho, como lo son la constitución y la jurisprudencia; nos muestra que para la existencia de un proceso penal dispersó de ilegalidades, ha de ser importante el cumplimiento del debido proceso y la tutela jurisdiccional, lo cual significa, que, el Juez debe ser imparcial, no apoyar a ninguna de las partes de ninguna manera, aunque sea la más mínima, ya que estaría favoreciendo a una de las partes del proceso penal.

Este punto nos demuestra que el Juez, al ser la máxima autoridad de un proceso penal, el cual está investido de poderes y funciones, también tiene restricciones que no le permite obtener pruebas que pueda favorecer a cualquier sujeto procesal. Por tal razón la constitución política y todos los tratados internacionales garantizan el principio de la imparcialidad en un proceso penal. Además, todo proceso penal debe cumplir con lo garantizado por la constitución.

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