Merito

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RESOLUCION N° 1/09

En Buenos Aires, a los 2 días del mes de febrero del año dos mil nueve, la Señora Presidenta de la Comisión, CONSIDERANDO: 1°) Que, en el plazo establecido por las Resoluciones números 502/08 y 557/08 de la Presidencia de esta Comisión, el Jurado interviniente en el Concurso N° 210, destinado a cubrir el cargo de juez de cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén (Provincia del mismo nombre), ha presentado el informe con la calificación de las pruebas de oposición de los postulantes, de acuerdo a lo establecido por el artículo 33 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación, aprobado por la Resolución N° 288/02 y sus modificatorias. 2°) Que en su reunión del día 25 de septiembre de 2008, esta Comisión designó por sorteo al doctor Oscar R. Aguad para formular una evaluación provisoria de los antecedentes de los concursantes que participaron de la prueba de oposición en el citado proceso de selección, quien ha elevado el informe correspondiente. Por ello, RESOLVIO: Tener presente el informe elaborado por el doctor Oscar R. Aguad, que debe agregarse como anexo de la presente resolución, a los efectos del artículo 36 del reglamento citado. Regístrese, cúmplase y hágase saber.

(Firmado). DIANA B. CONTI (Presidenta). PABLO A. VASSEL. (Secretario).

ACTA En la ciudad de Buenos Aires, a los 30 días del mes diciembre del año dos mil ocho, el doctor Oscar Aguad Consejero sorteado para realizar la evaluación preliminar de los antecedentes de los postulantes que han rendido la prueba de oposición en el Concurso N° 210 destinado a cubrir cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén, procede a registrar los puntajes asignados, en los términos de los artículos 34

y 35 del Reglamento de Concursos Públicos de

Oposición y Antecedentes para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación, aprobado por la Resolución N° 288/02 del Consejo de la Magistratura y sus modificatorias.----------------------------------------------------------------------I. CRITERIOS GENERALES. A los efectos de la evaluación se tienen en cuenta las pautas que surgen del artículo 34 del reglamento aplicable, con las consideraciones particulares que se indican a continuación siguiendo al efecto en su caso los criterios de precalificación consensuados por la Comisión de Selección. Asimismo se hace constar que los datos ponderados son los que la Comisión de Selección ha tenido por acreditados efectivamente al compulsar los legajos de los postulantes. Art. 34 I a), b) y c) del Reglamento de Concursos (trayectoria profesional). Se asigna un puntaje por cada año o fracción mayor a seis (6) meses en un cargo determinado en el Poder Judicial o Ministerio Público. Ese puntaje crece de acuerdo con su jerarquía y en algunos casos por el transcurso de cierto tiempo. A aquellos concursantes que provienen del ejercicio de la profesión se le otorga un puntaje por año o fracción mayor a seis (6) meses de antigüedad en la matrícula, en escalas crecientes según la cantidad de años, tal cual se refleja en las tablas respectivas. Con relación a los concursantes que provienen del Poder Judicial o del Ministerio Público se han conformado dos grupos con aquellos que tienen como antecedentes cargos

judiciales

anteriores

al

de

Secretario:

empleados

en

general

y

relatores/prosecretarios administrativos, los cuales computan puntaje a partir de la fecha en que obtuvieran el título de abogado. El puntaje total por estas categorías nunca podrá exceder los quince (15) puntos. Asimismo, es requisito para calificar en este rubro el haberse desempeñado en cargo que requiera título de abogado durante un plazo mínimo de dos años (art. 33 I) inc. a). Con relación a los Secretarios y Prosecretarios letrados se establece que el puntaje que le corresponde por año se incrementa cada 5 años de permanencia en el cargo, en forma similar a los abogados. Sólo se asignará puntaje diferenciado al Prosecretario Letrado de Cámara respecto de los Secretario de 1° Instancia cuando acredite haberse desempeñado como mínimo por dos (2) años como Secretario de 1° Instancia. Caso contrario recibirá el puntaje correspondiente a este último durante todo el tiempo que permanezca en el cargo. Aquellos postulantes que presenten

antecedentes en ambas categorías (judicial y ejercicio de la profesión), y que pasen de la función judicial a la profesión liberal, al puntaje obtenido por sus antecedentes judiciales le sumarán los puntos que les correspondan por ejercicio profesional contando su antigüedad a partir de la obtención del título. Si un abogado entra al Poder Judicial suma al puntaje que obtuviera por aquella condición, los puntos que le corresponda según el cargo que ocupe. La asignación de puntaje en un concurso como el que nos ocupa procede de la siguiente forma: a) Concursantes con antecedentes en el Poder Judicial o el Ministerio Público: Se otorgan cincuenta centésimos (0,50) de punto por cada año de desempeño como empleados administrativos una vez obtenido el título de abogado; y setenta y cinco centésimos (0,75) por cada año de desempeño como relator o prosecretario administrativo con título de abogado. Como se dijo el puntaje total por estos antecedentes nunca podrá exceder los quince (15) puntos. Se califica con un punto con veinticinco centésimos (1,25)

por cada uno de los primeros cinco años en el cargo de Secretario de

Primera Instancia

- y cargos equiparables. Con un punto con setenta y cinco

centésimos (1,75) por cada año en dicho cargo cuando se demuestre una antigüedad en el mismo de cinco a diez años, al igual que por los primeros cinco años en el cargo de Prosecretario Letrado de Cámara (siempre y cuando se acredite haber desempeñado como mínimo por dos (2) años el cargo de Secretario de 1° Instancia, recibiendo, en caso contrario el puntaje correspondiente a este último), - y cargos equiparables. Se conceden dos puntos (2) por año a los Secretarios de Primera Instancia con una antigüedad de diez a quince años y a los Prosecretario Letrados de Cámara con cinco a diez años de permanencia en el cargo. Dos puntos con cincuenta centésimos (2,50) por cada año se asignan a los Secretarios de Primera Instancia con más de quince años de antigüedad, a los Prosecretarios Letrados con más de diez años en el cargo y a los Secretarios de Cámara - y cargos equiparables. Tres (3) puntos por año a los Magistrados de Primera Instancia y cargos equiparables. Finalmente se califica con tres puntos con cincuenta centésimos (3,50) por cada año a los Magistrados de segunda o superior instancia. Cuando se habla de “cargos equiparables” se hace referencia a todos aquellos cargos con igual jerarquía que los detallados, a tenor del escalafón de magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación aprobado por la Acordada 40/95 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la ley 24.946 del Ministerio Público, el Artículo 102 bis del Reglamento de la Justicia Nacional, leyes de organización de las justicias provinciales o cualquier otra norma en este sentido.

Antecedentes judiciales

Cargos (3)

Puntaje por año

Empleados en general (1)

0,5

Relatores / Prosecretarios (1)

0,75

Secretarios de primera instancia (primeros 5 años)

1,25

Secretarios de primera instancia (de 5 a 10 años)

1,75

Prosecretarios letrados de Cámara (2) Secretarios de primera instancia (de 10 a 15 años)

2

Prosecretarios letrados de Cámara (de 5 a 10 años) Secretarios de primera instancia (más de 15 años) Prosecretarios letrados de Cámara (más de 10 años)

2,5

Secretarios de Cámara Magistrados de primera instancia Magistrados de segunda o superior instancia

3 3,5

(1) El puntaje de estas categorías nunca podrá exceder los 15 puntos. (2) Acreditando una antigüedad mínima de 2 años como secretario de primera instancia. En caso contrario, recibirá el puntaje correspondiente a esta categoría mientras permanezca en ese cargo. (3) Y equiparables. b) Concursantes que provienen del ejercicio de la profesión: Se le otorga setenta y cinco centésimos (0,75) por cada uno de los dos primeros años de ejercicio; un punto (1,00) por el tercer, cuarto y quinto año de matriculado, respectivamente. Con una antigüedad de cinco a diez años, se otorga un punto con veinticinco centésimos (1,25) por año; un punto con setenta y cinco centésimos (1,75) por año para quienes acrediten una antigüedad de diez a quince años; dos puntos (2,00) por cada año de los quince a los veinte de matriculado, tres (3) puntos por año de los veinte a los veinticinco años y, finalmente para aquellos con una antigüedad mayor a los veinticinco años, tres puntos con cincuenta centésimos (3,50) por año. Antecedentes en el ejercicio libre Antigüedad en la matrícula Primeros 2 años

Puntaje por año 0,75

De 3 a 5 años

1

De 5 a 10 años

1,25

De 10 a 15 años

1,75

De 15 a 20 años

2

De 20 a 25años

3

Más de 25 años

3,5

Cuando los puntajes finales otorgados según estas pautas, cualquiera que fuere el cargo

a

cubrir,

superen

el

máximo

de

treinta

puntos

(30)

establecido

reglamentariamente se obtendrá de los 5 o 10 primeros puntajes (según se trate de concursos de hasta 20 postulantes o más de dicha cantidad) un promedio que equivaldrá al máximo referido ( es decir 30 puntos). Este máximo se le concederá a quienes hayan obtenido un puntaje igual o superior a aquel promedio. A quienes tengan un puntaje inferior al promedio, pero superior a los 30 puntos máximos, se le descontará partiendo de los 30 puntos máximos un (1) punto por cada diez (10) puntos o fracción superior a seis (6) de diferencia que exista entre la calificación alcanzada y el promedio obtenido. A quienes se les asignara un puntaje inferior al promedio obtenido y a los 30 puntos máximos

se le disminuirá la calificación

proporcionalmente en un (1) punto por cada diez (10) de diferencia o fracción superior a 6 que exista entre la calificación de cada concursante y el promedio obtenido. El descuento no puede superar en ningún caso los tres (3) puntos (a excepción, obviamente, de aquellos casos en que esta regla importe asignar un puntaje superior al máximo permitido).- Art. 34 I d) del Reglamento de Concursos (Especialidad) La forma de precalificar la vinculación de los antecedentes profesionales con la especialidad del cargo en concurso ha sido elaborada por separado para quienes invocan antecedentes en funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público o en el ejercicio privado de la abogacía o en funciones públicas no judiciales. En virtud de que el reglamento prevé pautas distintas para la acreditación de la especialidad, la efectiva adjudicación de puntaje no será automática, sino que dependerá del cumplimiento de esos extremos. Así para acreditar la especialidad, quienes provengan del ejercicio de la profesión deberán acompañar los “... elementos de prueba - escritos presentados, otras actuaciones cumplidas en sede judicial o administrativa y el listado de causas judiciales en las que haya intervenido - que permitan determinar el ejercicio efectivo de labores vinculadas con la especialidad propia del cargo a cubrir, así como la calidad e intensidad del desempeño.... Los escritos presentados y las otras actuaciones cumplidas en sede judicial o administrativa. Será identificadas con el número de expediente y la denuncia del tribunal de radicación, pudiendo testarse en las copias acompañadas el nombre de las partes intervinientes. Serán también tenidos en

cuenta para la acreditación de la especialidad los antecedentes a los que se refiere el apartado II, incisos k) l), m), n) y ñ) del artículo 9° (referidos a premios, distinciones académicas, menciones honoríficas u otros reconocimientos recibidos; pertenencia a instituciones científicas o profesionales, con individualización de su domicilio, cargos desempeñados o calidad obtenida; becas, pasantías o similares, en el país o en el extranjero; trabajos de investigación y todo otro antecedente que considere valioso)” - texto del artículo 34 apartado I, inciso d) 3er. Párrafo del Reglamento de Concursos de este Consejo. En el caso de quienes ejerzan la profesión de abogado se valorarán los elementos aportados pero considerando su desempeño profesional en forma global a fin de determinar fehacientemente cuál es la especialidad que ostentan, para lo cual resultará un elemento relevante el aporte de listados que indiquen detalladamente las causas judiciales en que tuvieren intervención al menos en los últimos diez años. La calificación por este apartado (especialidad) se ha diseñado teniendo en cuenta dos elementos, por un lado el tiempo de desempeño en cargos en el ámbito del Poder Judicial o Ministerio Público y en el ejercicio libre de la profesión; y por otro la vinculación de la especialidad de ese desempeño con la especialidad del cargo en concurso. Atendiendo a ello, se hace en primer lugar una cálculo de puntaje atendiendo al tiempo de desempeño en la función judicial o en la profesión según se explica a continuación. Luego se establece un porcentaje de esos puntos que se adjudicarán efectivamente a los candidatos de acuerdo del desempeño que acrediten (cumpliendo funciones o actuando ante) un tribunal con determinada competencia, de acuerdo a la del tribunal al que aspiran. Así, se tendrá en cuenta por un lado las competencias materiales ante las que puede justificarse haber cumplido funciones o haber actuado, y ello se cotejará con la especialidad del tribunales en concurso. La intersección de ambos factores indica el porcentaje de la cifra inicialmente obtenida a otorgar por este rubro al postulante. En el caso del concurso que nos ocupa se postula como principio general establecer una reducción del 10% para aquellos concursantes que tengan antecedentes en el fuero penal ordinario y no específicamente en el federal. Ello, sin perjuicio de las particularidades que puedan presentar algunos casos específicos que oportunamente se analizarán.

La

calificación inicial por el tiempo de desempeño en cargos en el ámbito del Poder Judicial o Ministerio Público y en el ejercicio de la profesión se hace asignando un puntaje fijo predeterminado por tiempo de ejercicio, que varía según aumenta la antigüedad, hasta llegar a determinada cantidad años, a partir de la cual se suma un punto por año. Así, la asignación de puntos para un concursante proveniente del Poder Judicial o Ministerio Público para la vacante en concurso es la siguiente: A todo funcionario judicial (sin diferenciar jerarquías) con dos años en cargo que

requiera título de abogado se le conceden quince (15) puntos; con 3 años recibe diecisiete (17) puntos; con 4 años, diecinueve (19) puntos; con 5 años de antigüedad se le conceden veintidós (22) puntos; con 6 años, veinticinco (25) puntos; con 7 años se le dan veintiséis (26) puntos; con 8 años de antigüedad obtiene veintisiete (27) puntos; con nueve años, veintiocho (28) puntos; y con diez años, veintinueve (29) puntos. A partir de allí se le suma un punto por año hasta otorgar el máximo reglamentario de cuarenta (40) puntos. Los magistrados - y categorías equivalentes, reciben un puntaje de treinta y cinco (35), sumando a partir de allí un punto por año hasta obtener el máximo posible (40 puntos). Aquí también procede la adición de los porcentajes antes mencionados en los casos de funcionarios judiciales que demuestren años en ejercicio con título de abogado en cargos dentro del Poder Judicial que no lo requieran (10% y 15% según los años). Para el postulante proveniente del ejercicio de la profesión se ha tomado como base una antigüedad en la matrícula de ocho (8) años, atendiendo al requisito establecido en el artículo 13 inciso b), 1er. Párrafo de la ley 24.937. Con dicha antigüedad se le otorgan veinticinco (25) puntos; con 9 años de ejercicio se le conceden veintisiete (27) puntos; y con 10 años, veintinueve (29) puntos. A partir de allí se le suma un punto por año hasta otorgar el máximo reglamentario de cuarenta (40) puntos. Debe señalarse que en los casos de los concursantes que presenten antecedentes en ambas categorías (Poder Judicial o Ministerio Público y ejercicio de la profesión), se les otorga como base el puntaje que le corresponda por el desempeño de la función judicial y un plus de un punto por año de ejercicio de la profesión acreditado en la forma exigida por el Reglamento.

Funcionarios Judiciales

Puntaje

Abogados de Ejercicio Libre

2 años

15 puntos

3 años

17 puntos

4 años

19 puntos

5 años

22 puntos

6 años

25 puntos

8 años (art. 13 inc. b, Ley 24937)

7 años

26 puntos

8 años

27 puntos

9 años

9 años

28 puntos

*10 años

29 puntos

*10 años

*A partir de aquí se le suma un punto por año hasta otorgar el máximo reglamentario de cuarenta (40) puntos.Se debe adicionar el 10% o el 15% según los años antes descriptos de ejercicio de cargos no letrados en el Poder Judicial, una vez obtenido el título de abogado. Los magistrados - y categorías equivalentes -, reciben un puntaje de treinta y cinco (35), sumando a partir de allí un punto por año hasta obtener el máximo posible (40 puntos)

Efectuado el cómputo de los antecedentes conforme a las pautas reseñadas, al concursante no se le asignará automaticamtne dicho puntaje, sino que deberá cotejarse la especialidad de sus antecedentes con la del cargo que se concrusa, otorgandosele solo un porcentaje de aquella con un tope que se establece según corresponda a la ámbito del derecho público o del derecho privado. Asi, a la calificacion obtenida según el mecanismo antes descripto se la aplicará un coheficiente que será de hasta el 100% o hasta el 80% según provenga del ámbito del derecho público o del derecho privado. Y la vacante del concurso esté comprendida o no dentro de dicha rama, sin perjuicio de lo que en cada caso se disponga respecto de los casos particulares y la valoracion que puede efectuarse en aquellos casos de concursantes que acrediten antecedentes en más de una especialidad. A los efectos de la valoracion del rubro publicaciones, docencia, posgrados y doctorado se tendrá en cuenta lo contemplado en el artículo 34 del reglamento de concursos. Sobre la base de dichas pautas, que son las consencuadas por la Comisión de Selección de este Consejo para un cargo como el que nos ocupa, se procedió a precañificar a todos los

postulantes,

por

sus

antecedentes

arrojando

los

siguientes

resultados.II.

EVALUACIONES INDIVIDUALES. Se efectúa sobre la base de los antecedentes debidamente acreditados de los postulantes, que surgen de sus respectivas planillas que forman parte del presente informe. Se deja constancia que a los fines de la aplicación de la pauta correctiva correspondiente a la trayectoria profesional se computó el puntaje de los postulantes, NACUL, Juan Carlos; SESLER, Julio Osvaldo;

IRIBARREN, Pablo

Eduardo; IMAS, Luís Alberto; CESANO SAMAN DE CAUNEDO, María Julieta, lo que arrojó un promedio de 72,78 puntos. En mérito de ello se han calculado los antecedentes, y se ha aplicado dicho guarismo a todos los postulantes, conforme lo establecido en los criterios generales.

1) BELENGUER, Mónica Teresa: finalizó sus estudios el 26 de mayo de 1982 en la Universidad Nacional del Litoral. Trayectoria profesional: el 12 de diciembre de 1991 fue

Consejo de la Magistratura Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial nombrada Secretaria en el Juzgado Civil y Comercial IV Segunda Circunscripción de la Justicia de la Provincia de Río Negro, desempeñando este cargo hasta el 15 de diciembre de 1993 cuando fue nombrada Asesora de Menores e incapaces en la ciudad de General Roca. Ocupa este cargo hasta la actualidad. Por este rubro es calificada con 25 puntos que por la aplicación de la pauta correctiva arroja un total de 22 puntos . Especialidad: conforme lo señalado en los criterios generales, por dicho rubro se la califica con 34 puntos. Publicaciones: acredita la colaboración en el Código Procesal Penal de Río Negro, correspondiéndole por ello 0,25 puntos. Posgrado:. Finalizó una especialidad en Derecho Penal en la Universidad Nacional del Comahue, y un curso de posgrado sobre Procedimientos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, asimismo asistió a más de 20 cursos y jornadas. Correspondiéndole por ello 6 puntos. Por consiguiente obtiene un total en antecedentes de 62,25 puntos.

2) CABRAL, Alejandro: se recibió de abogado el 12 de diciembre de 1983 en la Universidad Católica Argentina. Trayectoria profesional: obtenido su título de abogado ejerció libremente la profesión, fue redactor y editorialista en la Revista Jurídica El Derecho, y trabajó como abogado en el Banco Central. El 3 de abril de 1992 es designado Secretario en el Juzgado de Instrucción Nro 4 de Neuquén, función que ejerce hasta el 10 de abril de 1996 cuando comienza a desempeñarse como Fiscal Adjunto en la Fiscalía Nro 6 de la misma ciudad. El 1 de octubre del mismo año es nombrado Fiscal Titular en la Fiscalía Nro 4 también de Neuquén. El 31 de julio de 2001 pasa a desempeñarse como Fiscal, en la Fiscalía de Delitos Complejos. Y el 4 de abril de 2005 es nombrado Juez en el Juzgado Correccional Nro 1 de Nequén. Por este rubro es calificado con 43,5 puntos que por la aplicación de la pauta correctiva arroja un total de 27 puntos . Especialidad: conforme lo señalado en los criterios generales, por dicho rubro se lo califica con 40 puntos. Docencia: en el año 1984 fue adscripto en la materia Derecho Político en la Universidad de Mendoza por designación directa, entre 1993 y 2008 es profesor titular en Dirección de Institutos de la Policía de Neuquén y en el Instituto Superior en Seguridad de la Policía de Neuquén en las materias Derecho Constitucional, Derecho Penal y Derecho Procesal Penal. Fue expositor en 9 oportunidades,

obteniendo por ello 5 puntos.

Publicaciones: ha publicado 3 artículos como coautor y 7 artículos como autor, sobre diferentes ramas del derecho, y uno de ellos sobre la materia que se concursa, obteniendo por ello 2,9 puntos. Posgrado:. Participó en carácter de asistente en más de 20 jornadas y congresos, obteniendo por ello 1 punto. Obtiene un total de antecedentes de 75,9 puntos.

3) CESANO SAMAN DE CAUNEDO, María Julieta: finalizó sus estudios de abogada en la Universidad Católica de Salta, el 25 de agosto de 1977. Trayectoria profesional: se desempeñó como empleada judicial la Justicia Civil y Comercial de Salta desde el 25 de agosto de 1977 hasta el 21 de noviembre de 1979. Posteriormente, el 2 de mayo de 1980 fue designada prosecretaria letrada en la Justicia Federal de Neuquén hasta el 1 de septiembre de 1992, año en que es designada secretaria penal, ejerciendo dicho cargo hasta el 23 de marzo de 1994. Finalmente, ha sido designada Secretaria de Cámara, ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal, el 24 de marzo de 1994, ejerciendo dicho cargo hasta la actualidad. Por este rubro es calificado con 48,5 puntos, que por aplicación de la pauta correctiva se fija en 28 puntos. Especialidad: conforme lo señalado en los criterios generales, por dicho rubro se lo califica con 40 puntos. Posgrado: acredita la participación a diversos seminarios, encuentros y otros cursos, correspondiéndole por ello 0,50 puntos Por consiguiente obtiene un total en antecedentes de 68,5 puntos.

4) DANTIAK, Edgar Juvenal: finalizó sus estudios de abogado en la Universidad Nacional del Nordeste, el 27 de abril de 1990. Trayectoria profesional: ejerció libremente la profesión entre el 6 de julio de 1990 y el 27 de abril de 1993, momento en que comienza a desempeñarse como prosecretario electoral hasta el 10 de diciembre de 2001. En esta fecha comienza a ejercer funciones como secretario en el juzgado federal N° 2 de Formosa, en el cargo de secretario penal, o cupando este cargo hasta la actualidad. Por este rubro es calificado con 19,75 puntos, que por aplicación de la pauta correctiva se fija en 16,75 puntos. Especialidad: conforme lo señalado en los criterios generales, por dicho rubro se lo califica con 26 puntos. Publicaciones: acredita la publicación de un artículo como autor. El artículo guarda estrecha vinculación con el cargo que se aspira. Por dicho rubro se la califica 0,8 puntos. Posgrado: acredita la realización de una especialización en Derecho Penal en la Universidad Nacional del Nordeste. Asimismo,

realizó

diversos

cursos

en

carácter

de

asistente

y otros

cursos,

correspondiéndole por ello 6 puntos. Por consiguiente obtiene un total en antecedentes de 49,55 puntos.

5) GROSSO, Marcelo Walter: finalizó sus estudios de abogado en la Universidad de Morón, el 27 de diciembre de 1990. Trayectoria profesional: se desempeñó como fiscal ante la Cámara Federal de Apelaciones de Río Negro desde el 23 de abril de 1991 hasta el 16 de julio de 2002, año en que es designado fiscal federal de primera instancia. El 1 de agosto de 2006 comienza a desempeñar funciones como fiscal general ante el Tribunal oral en lo criminal federal. Por este rubro es calificado con 40,5 puntos, que por aplicación de la pauta correctiva se fija en

27 puntos. Especialidad: conforme lo

señalado en los criterios generales, por dicho rubro se lo califica con 36 puntos.

Consejo de la Magistratura Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial Publicaciones: acredita la publicación de un libro como autor publicado en la Editorial F. H. Estrada. El libro guarda estrecha vinculación con el cargo que se aspira. Por dicho rubro se la califica 2 puntos. Docencia: acredita haberse desempeñado como docente en la Universidad Nacional del Comahue, en la materia Derecho Procesal I (Teoría General del Proceso y Derecho Procesal Penal), designada por concurso en el cargo de Ayudante de primera regular. Asimismo, acredita haber participado como disertante en cuatro conferencias y/o mesas redondas. Por dicho rubro le corresponde 4 puntos. Posgrado: realizó diversos cursos en carácter de asistente y otros cursos, correspondiéndole por ello 1 punto. Por consiguiente obtiene un total en antecedentes de 70 puntos.

6) IMAS, Luis Alberto: se recibió de abogado en la Universidad Nacional de Córdoba, el 30 de diciembre de 1969. Trayectoria profesional: se desempeñó en el ejercicio liberal de la profesión como desde el 10 de marzo de 1970 hasta el 28 de septiembre de 2006, año en que es designado Juez de Cámara Subrogante en el Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3 de la Capital Federal. Por este rubr o es calificado con 90 puntos, que por aplicación de la pauta correctiva se fija en 30 puntos. Especialidad: conforme lo señalado en los criterios generales, por dicho rubro se lo califica con 40 puntos. Por consiguiente obtiene un total en antecedentes de 70 puntos.

7) IRIBARREN, Pablo Eduardo: se recibió de abogado en la Universidad del Museo Social Argentino en diciembre de 1979. Trayectoria profesional: se desempeñó como Secretario de Juzgado y como Defensor General Penal en la ciudad de Gral. Roca, Provincia de Río Negro. Desde el 15 de septiembre de 1989 hasta la actualidad es Juez en el Juzgado de Instrucción Nro. 12. Entre el 9 de marzo de 1981 y el 30 de septiembre de 1987 ejerció libremente la profesión. Asimismo entre 1984 y 1987 fue asesor de cultura en la Municipalidad de Gral. Roca. Por este rubro es calificado con 66,5 puntos que por la aplicación de la pauta correctiva arroja un total de 29 puntos. Especialidad: conforme lo señalado en los criterios generales, por dicho rubro se lo califica con 40 puntos. Docencia: es Ayudante de Primera regular por concurso en la Universidad Nacional del Comahue en la materia Civil I desde 1991 hasta la actualidad, asimismo, fue expositor en seis oportunidades, por lo que obtiene 2 puntos. Publicaciones: acredita la publicación de más de cuarenta artículos, todos ellos sobre la especialidad que se concursa y en revistas especializadas, llegando a obtener por ello 10 puntos. Posgrado: es especialista en Derecho Penal y Ciencias Penales, posgrado realizado en la Universidad Nacional del Comahue, además realizó un posgrado en derecho informático y participó en carácter de

asistente en gran cantidad de cursos, jornadas y simposios, obteniendo así 6 puntos. Por consiguiente obtiene un total en antecedentes de 87 puntos.

8) NACUL, Juan Carlos: Se recibió de abogado el 2 de junio de 1980 en la Universidad Nacional de Tucumán. Trayectoria Profesional: ejerció libremente la profesión desde 1980 hasta la actualidad, asimismo, acredita el postulante, haberse desempeñado como Defensor Oficial Ad-Hoc desde el 9 de noviembre de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2006. Fue Fiscal General Ad Hoc ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero, y ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, En la actualidad es conjuez en el Juzgado Federal de Primera Instancia de Tucumán. Por este rubro es calificado con 54,95 puntos, que por la aplicación de la pauta correctiva arroja un total de 28 puntos. Especialidad: conforme lo señalado en los criterios generales, por dicho rubro se lo califica con 40 puntos. Docencia: acredita su desempeño como profesor por designación directa en la materia Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán, correspondiéndole en este rubro 1 punto. Publicaciones: acredita la publicación de tres artículos publicados de autoría propia, correspondiéndole por ello 1 punto. Posgrado: acredita estar cursando la especialización en derecho penal en la Universidad Nacional de Rosario en convenio con la Universidad Católica de Santiago del Estero. Asimismo esta cursando en forma simultánea la especialización en derecho procesal penal en la Universidad Nacional de Tucumán, y ha participado en varios Congresos, Jornadas y Eventos. Por todo ello le corresponden en este rubro 3 puntos. Obtiene así un total de antecedentes de 73 puntos.

9) MILEI, Luis Fernando Javier: se recibió de abogado en la Universidad Argentina John F. Kennedy, el 18 de diciembre de 1999. Trayectoria profesional: se desempeñó en el ejercicio libre de la profesión desde el 5 de septiembre de 2000 hasta la actualidad. Por este rubro es calificado con 8,25 puntos, que por aplicación de la pauta correctiva se fija en 5,25 puntos. Especialidad: conforme lo señalado en los criterios generales, por dicho rubro se lo califica con 26 puntos. Publicaciones: acredita la publicación de cuatro artículos como coautor y dos artículos como autor. Los artículos guardan estrecha vinculación con el cargo que se aspira. Por dicho rubro se la califica 1,80 puntos. Docencia: acredita haberse desempeñado como docente en la Universidad Argentina John F. kennedy, en varias materias y varios cargos, hasta llegar a ser designado Jefe de Trabajos Prácticos por contratación directa en la materia Derecho Penal Parte General. Por dicho rubro le corresponde 4 puntos. Posgrado: acredita la realización de una especialización en Derecho Penal y Ciencias Penales en la Universidad de El Salvador,

Consejo de la Magistratura Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial donde obtuvo un 9 como nota final, correspondiéndole por ello 6 puntos. Por consiguiente obtiene un total en antecedentes de 43,05 puntos.

10) SELSER, Julio Osvaldo: obtuvo el título de abogado el 29 de diciembre de 1965. Trayectoria profesional: Ejerció libremente la profesión desde la obtención de su título, y ejerce en la actualidad. Entre el año 1970 y 1974 fue Jefe de Delegación en el Registro Provincial de las Personas. En ese mismo año comenzó a desempeñarse en la Justicia Penal Provincial en el Departamento de San Martín, donde el 29 de octubre de 1994 fue designado Juez, ocupando este cargo hasta el 23 de mayo de 1995. Por este rubro es calificado con 103,95 puntos que por la aplicación de la pauta correctiva arroja un total de 30 puntos . Especialidad: conforme lo señalado en los criterios generales, por dicho rubro se lo califica con 36 puntos. Docencia: fue ayudante de segunda por concurso en la materia elementos de Derecho Penal y Procesal Penal dictada entre los años 1996 y 1999 en la UBA, asimismo fue profesor de titular por contrato en la Universidad Católica de Salta, en la materia Derecho Penal Especial y parte general desde el año 2001 hasta 2005 obteniendo 6 puntos. Publicaciones: publicó un artículo como coautor, y 8 como autor, todos ellos de la especialidad que se concursa. Asimismo publicó un libro de los módulos de la materia que dicta, correspondiéndole 4 puntos. Posgrado: acredita haber cursado y aprobado las materias correspondientes a la Especialización en Derecho Penal y Criminología dictada por la Universidad de Buenos Aires, quedando pendiente el examen final. Realizó dos cursos del doctorado también en la UBA, asimismo reaizó un posgrado en Defensa Nacional, y un curso especializado en Derechos Humanos para el Cono Sur, además de la realización de diferentes cursos aprobados, y otros en carácter de asistente. Correspondiéndole por ello 7 puntos. Por consiguiente obtiene un total en antecedentes de 83 puntos.

11) SILVA, Alejandro Adrián: obtuvo el título de abogado en la Universidad de Belgrano el 6 de agosto de 1987. Trayectoria: ejerce libremente la profesión hasta el 24 de octubre de 1990 cuando es designado Secretario en el Juzgado de Instrucción y correccional Nro.2 de la Provincia de Río Negro. El 21 de Octubre de 1993 comenzó a desempeñarse como Secretario de Cámara ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la ciudad de General Roca. El 7 de julio de 2004 es designado Defensor General en la ciudad de Cipolletti, cargo que ocupa hasta la actualidad. Por este rubro es calificado con 47,5 puntos, que por aplicación de la pauta correctiva se fija en 28 puntos. Especialidad: conforme lo señalado en los criterios generales, por dicho rubro se lo califica con 37 puntos. Posgrado: realizo con curso de especialización en administración privada en la

Universidad de Belgrano en el año 1987. Es especialista en Derecho Penal y Ciencias Penales, título de posgrado expedido por la Universidad Nacional del Comahue, por lo que le corresponden 6 puntos. Docencia: fue docente auxiliar en la Universidad de Belgrano en la materia Derecho Social y legislación laboral. En la Universidad Católica de Salta fue también auxiliar docente en la materia práctica forense II Practica Penal. Le corresponde por ello 2 puntos. Publicaciones: publicó un artículo de autoría propia obteniendo 0,8 puntos. Por consiguiente obtiene un total de antecedentes de

73.8

puntos.

12) TUPPO, HERNAN ALBERTO: se recibió de abogado en la Universidad de Lomas de Zamora el 13 de diciembre de 1993. Trayectoria profesional: se desempeña como empleado en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción desde 1991,

el 21 de noviembre de 1994 fue designado como Oficial Mayor en el

Tribunal Oral Federal Nro. 3 de San Martín, ocupando este cargo hasta el 31 de mayo de 1995, momento en el que se lo designó como Secretario en la Fiscalía Nacional en lo Correccional Nro 11 y . El 10 de mayo de 2004 fue designado como Juez de Primera Instancia en el juzgado criminal correccional y menores de la provincia de Santiago del Estero, ocupando esta función hasta el 22 de marzo de 2005. Entre el 31 de agosto y 31 de diciembre de 2005 se desempeño como Secretario de Fiscalía General de investigaciones de la causa AMIA. Por este rubro es calificado con 17,25 puntos que por la aplicación de la pauta correctiva arroja un total de 14,25 puntos . Especialidad: conforme lo señalado en los criterios generales, por dicho rubro se lo califica con 33 puntos. Docencia: ejerció la docencia en la Universidad Católica de Salta como adjunto contratado, y como titular también contratado en la misma Universidad en las materias derecho penal parte general y derecho procesal Penal respectivamente. Asimismo fue docente en la Procuración General de la Nación en la materia en derecho penal en las Jornadas de Perfeccionamiento de la investigación criminal. Correspondiéndole por todo ello 5 puntos. Posgrado: realizó una maestría en derecho penal en la Universidad de Salamanca, asimismo ha aprobado 3 materias de una especialización en derecho penal de la UCES y otras 4 materias correspondientes al doctorado en Derecho Penal de la USAL, obtiene en este rubro 7 puntos. Por consiguiente obtiene un total en antecedentes de 59,25 puntos.

III. ORDEN DE MÉRITO. Como consecuencia de lo expuesto, se formula el siguiente orden de mérito de los participantes en la evaluación de sus antecedentes: 1°) IRIBARREN, Pablo Eduardo con 87 puntos; 2°) SESLER, Julio Osvaldo con 83 puntos; 3°) CABRAL, Alejandro con 75,9 puntos 4°) SILVA, Alejandro Adrián con 73,8; 5°) NACUL, Juan Carlos con 73 puntos; 6°) IMAS, Luis Alberto con 70 puntos 6°) GROSSO,

Consejo de la Magistratura Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial Marcelo Walter con 70 puntos; 8°) CESANO SAMAN de CAUNEDO, María Julieta con 68,5 puntos 9°) BELENGER, María Teresa con 62,25 puntos; 10°) TUPPO, Hernán Alberto con 59,25 puntos; 11°) DANTIAK, Edgar Juvenal con 49,55 puntos; 12°) MILEI, Luís Fernando Javier con 43,05 puntos.

Oscar Aguad. Consejero.

Consejo de la Magistratura Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial CONCURSO N° 210 destinado a cubrir un cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén

POSTULANTE: BELENGUER, Mónica Teresa. LEGAJO: 2436

PUNTAJE: 62,25

Ítem

Desempeño de funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público (art. 34, ap. I), inc. a).

Puntos

22

Ejercicio libre de la profesión o desempeño de funciones públicas no judiciales (art. 34, ap. I), inc. b).

Desempeño de funciones incluidas en ambas categorías (art. 34, ap. I), inc. c).

Especialidad (art. 34, ap. I), inc. d).

Publicaciones científico-jurídicas (art. 34, ap. II), inc. a).

34

0,25

Docencia (art. 34, ap. I), inc. b).

Estudios de posgrado (art. 34, ap. I), inc. c).

Total

6

62,25

CONCURSO N° 210 destinado a cubrir un cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén

POSTULANTE: CABRAL, Alejandro LEGAJO: 2434

PUNTAJE: 75,9

Ítem

Puntos

Desempeño de funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público (art. 34, ap. I), inc. a).

Ejercicio libre de la profesión o desempeño de funciones públicas no judiciales (art. 34, ap. I), inc. b).

Desempeño de funciones incluidas en ambas categorías (art. 34, ap. I),

27

inc. c).

Especialidad (art. 34, ap. I), inc. d).

40

Publicaciones científico-jurídicas (art. 34, ap. II), inc. a).

Docencia (art. 34, ap. I), inc. b).

Estudios de posgrado (art. 34, ap. I), inc. c).

Total

5

1

75,9

Consejo de la Magistratura Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial CONCURSO N° 210 destinado a cubrir un cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén

POSTULANTE: CESANO SAMAN de CAUNEDO, María Julia. LEGAJO: 1343

PUNTAJE: 68,5

Ítem

Desempeño de funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público (art. 34, ap. I), inc. a).

Puntos

28

Ejercicio libre de la profesión o desempeño de funciones públicas no judiciales (art. 34, ap. I), inc. b).

Desempeño de funciones incluidas en ambas categorías (art. 34, ap. I), inc. c).

Especialidad (art. 34, ap. I), inc. d).

40

Publicaciones científico-jurídicas (art. 34, ap. II), inc. a).

Docencia (art. 34, ap. I), inc. b).

Estudios de posgrado (art. 34, ap. I), inc. c).

Total

0,5

68,5

CONCURSO N° 210 destinado a cubrir un cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén

POSTULANTE: DANTIAK, Edgar Juvenal LEGAJO: 1515

PUNTAJE: 49,55

Ítem

Puntos

Desempeño de funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público (art. 34, ap. I), inc. a).

Ejercicio libre de la profesión o desempeño de funciones públicas no judiciales (art. 34, ap. I), inc. b).

Desempeño de funciones incluidas en ambas categorías (art. 34, ap. I),

16,75

inc. c).

Especialidad (art. 34, ap. I), inc. d).

Publicaciones científico-jurídicas (art. 34, ap. II), inc. a).

26

0,8

Docencia (art. 34, ap. I), inc. b).

Estudios de posgrado (art. 34, ap. I), inc. c).

Total

6

49,55

Consejo de la Magistratura Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial CONCURSO N° 210 destinado a cubrir un cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén

POSTULANTE: GROSSO, Marcelo Walter LEGAJO: 2408

PUNTAJE: 70

Ítem

Desempeño de funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público (art. 34, ap. I), inc. a).

Puntos

27

Ejercicio libre de la profesión o desempeño de funciones públicas no judiciales (art. 34, ap. I), inc. b).

Desempeño de funciones incluidas en ambas categorías (art. 34, ap. I), inc. c).

Especialidad (art. 34, ap. I), inc. d).

Publicaciones científico-jurídicas (art. 34, ap. II), inc. a).

Docencia (art. 34, ap. I), inc. b).

Estudios de posgrado (art. 34, ap. I), inc. c).

Total

36

2

4

1

70

CONCURSO N° 210 destinado a cubrir un cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén

POSTULANTE: IMAS, Luís Alberto LEGAJO: 2050

PUNTAJE: 70

Ítem

Puntos

Desempeño de funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público (art. 34, ap. I), inc. a).

Ejercicio libre de la profesión o desempeño de funciones públicas no judiciales (art. 34, ap. I), inc. b).

Desempeño de funciones incluidas en ambas categorías (art. 34, ap. I),

30

inc. c).

Especialidad (art. 34, ap. I), inc. d).

40

Publicaciones científico-jurídicas (art. 34, ap. II), inc. a).

Docencia (art. 34, ap. I), inc. b).

Estudios de posgrado (art. 34, ap. I), inc. c).

Total

70

Consejo de la Magistratura Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial CONCURSO N° 210 destinado a cubrir un cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén

POSTULANTE: IRIBARREN, Pablo Eduardo LEGAJO: 1580

PUNTAJE: 87

Ítem

Puntos

Desempeño de funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público (art. 34, ap. I), inc. a).

Ejercicio libre de la profesión o desempeño de funciones públicas no judiciales (art. 34, ap. I), inc. b).

Desempeño de funciones incluidas en ambas categorías (art. 34, ap. I),

29

inc. c).

Especialidad (art. 34, ap. I), inc. d).

Publicaciones científico-jurídicas (art. 34, ap. II), inc. a).

Docencia (art. 34, ap. I), inc. b).

Estudios de posgrado (art. 34, ap. I), inc. c).

Total

40

10

2

6

87

CONCURSO N° 210 destinado a cubrir un cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén

POSTULANTE: NACUL, Juan Carlos LEGAJO: 1908

PUNTAJE: 73

Ítem

Puntos

Desempeño de funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público (art. 34, ap. I), inc. a).

Ejercicio libre de la profesión o desempeño de funciones públicas no judiciales (art. 34, ap. I), inc. b).

Desempeño de funciones incluidas en ambas categorías (art. 34, ap. I),

28

inc. c).

Especialidad (art. 34, ap. I), inc. d).

Publicaciones científico-jurídicas (art. 34, ap. II), inc. a).

Docencia (art. 34, ap. I), inc. b).

Estudios de posgrado (art. 34, ap. I), inc. c).

Total

40

1

1

3

73

Consejo de la Magistratura Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial CONCURSO N° 210 destinado a cubrir un cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén

POSTULANTE: MILEI, Luís Fernando Javier LEGAJO: 2027

PUNTAJE: 43,05

Ítem

Puntos

Desempeño de funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público (art. 34, ap. I), inc. a).

Ejercicio libre de la profesión o desempeño de funciones públicas no

5,25

judiciales (art. 34, ap. I), inc. b).

Desempeño de funciones incluidas en ambas categorías (art. 34, ap. I), inc. c).

Especialidad (art. 34, ap. I), inc. d).

Publicaciones científico-jurídicas (art. 34, ap. II), inc. a).

Docencia (art. 34, ap. I), inc. b).

Estudios de posgrado (art. 34, ap. I), inc. c).

Total

26

1,8

4

6

43,05

CONCURSO N° 210 destinado a cubrir un cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén

POSTULANTE: SELSER, Julio Osvaldo LEGAJO: 60

PUNTAJE: 83

Ítem

Puntos

Desempeño de funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público (art. 34, ap. I), inc. a).

Ejercicio libre de la profesión o desempeño de funciones públicas no judiciales (art. 34, ap. I), inc. b).

Desempeño de funciones incluidas en ambas categorías (art. 34, ap. I),

30

inc. c).

Especialidad (art. 34, ap. I), inc. d).

Publicaciones científico-jurídicas (art. 34, ap. II), inc. a).

Docencia (art. 34, ap. I), inc. b).

Estudios de posgrado (art. 34, ap. I), inc. c).

Total

36

4

6

7

83

Consejo de la Magistratura Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial CONCURSO N° 210 destinado a cubrir un cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén

POSTULANTE: SILVA, Alejandro Adrián LEGAJO: 1569

PUNTAJE: 73,8

Ítem

Puntos

Desempeño de funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público (art. 34, ap. I), inc. a).

Ejercicio libre de la profesión o desempeño de funciones públicas no judiciales (art. 34, ap. I), inc. b).

Desempeño de funciones incluidas en ambas categorías (art. 34, ap. I),

28

inc. c).

Especialidad (art. 34, ap. I), inc. d).

Publicaciones científico-jurídicas (art. 34, ap. II), inc. a).

Docencia (art. 34, ap. I), inc. b).

Estudios de posgrado (art. 34, ap. I), inc. c).

Total

37

0,8

2

6

73,8

CONCURSO N° 210 destinado a cubrir un cargo de Juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén

POSTULANTE: TUPPO, Hernán Alberto LEGAJO: 1187

PUNTAJE: 59,25

Ítem

Desempeño de funciones en el Poder Judicial o en el Ministerio Público (art. 34, ap. I), inc. a).

Puntos

14,25

Ejercicio libre de la profesión o desempeño de funciones públicas no judiciales (art. 34, ap. I), inc. b).

Desempeño de funciones incluidas en ambas categorías (art. 34, ap. I), inc. c).

Especialidad (art. 34, ap. I), inc. d).

33

Publicaciones científico-jurídicas (art. 34, ap. II), inc. a).

Docencia (art. 34, ap. I), inc. b).

Estudios de posgrado (art. 34, ap. I), inc. c).

Total

5

7

59,25

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