EL SISTEMA ADUANERO El Sistema Aduanero está constituido por el Servicio Aduanero y los auxiliares de la función pública aduanera.
SERVICIO ADUANERO
AUXILIARES
EL SISTEMA ADUANERO
SERVICIO ADUANERO
AUXILIARES DE LA FUNCION PUBLICA ADUANERA
SUJETO PASIVO DE LA OBLIGACION ADUANERA
LA UNION ADUANERA
La base jurídica de la Unión Aduanera Centroamericana se sustenta en el Tratado General de Integración Económica Centroamericana, que se presentó en 1960, y que ha sido suscrito y ratificado por todos los países del área, este tiene como objetivos: impulsar la economía, mejorar las condiciones de vida de los habitantes, establecer un Mercado Común Centroamericano, perfeccionar la zona de libre comercio, constituir una Unión Aduanera, contar con un arancel externo común y una unión económica.
BASE NORMATIVA Y LEGAL
Tratado General de Integración Económica Centroamericana, de fecha 13 de diciembre de 1960.
Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, donde se establece un servicio aduanero común que aplique procedimientos, sistemas administrativos y pautas uniformes. De fecha 29 de octubre de 1993.
Las uniones aduaneras están regidas dentro del marco de la OMC, en el artículo XXIV del GATT de 1994, el cual permite la agrupación de países con tratamiento especial, en sus relaciones comerciales (Proceso de integración).
BASE NORMATIVA Y LEGAL
Acuerdo de Libre Comercio e Integración Económica entre las repúblicas de Guatemala y El Salvador, donde los estados se comprometen a eliminar de inmediato toda medida que limite, restrinja o se oponga a cualquier forma de libre comercio entre ellos. De fecha 17-03-92.
Convenio marco para el Establecimiento de una Unión Aduanera entre los territorios de la República de El Salvador y la República de Guatemala. De fecha 13-012000.
Resolución 27-96 (COMRIEDRE-IV) del consejo de Ministros responsables de la Integración Económica y Desarrollo Regional, donde se reitera el interés de los países centroamericanos para avanzar hacia la unión aduanera.
BASE NORMATIVA Y LEGAL
Declaración conjunta de los presidentes de El Salvador y Guatemala, para el inicio del proceso tendiente a lograr la unión aduanera. De fecha 24/08/1999.
Resolución 56-2000 (COMIECO) donde se manifiesta el acuerdo por la decisión del Gobierno de Nicaragua de incorporarse formalmente al proceso de Unión Aduanera iniciado por El Salvador y Guatemala.
Resolución 57-2000 (COMIECO) donde se manifiesta el acuerdo por la decisión del Gobierno de Honduras de incorporarse formalmente al proceso de Unión Aduanera iniciado por El Salvador y Guatemala.
BASE NORMATIVA Y LEGAL
Resolución 66-2000 (COMIECO) donde se aprueba la consolidación de Derechos Arancelarios a la importación (DAI) para El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.
Resolución 80-2001 (COMIECO) donde se manifiesta el marco del proceso de la Unión Aduanera entre El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.
El Congreso de la República, por Decreto Número 99-2000, emitido el 19 de diciembre aprobó EL CONVENIO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA UNION ADUANERA ENTRE LOS TERRITORIOS DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y LA REPUBLICA DE GUATEMALA.
El Presidente de la República de Guatemala, en publicación realizada en el Diario Oficial el día 04 de marzo de 2003, acordó ratificar el Instrumento a que se refiere el Decreto Número 99-2000.
ADUANAS PERIFERICAS
Servicios Aduaneros localizados en la periferia del territorio aduanero común, de un territorio que forma parte de una unión aduanera y que aplica legislación y procedimientos aduaneros uniformes, quedando las mercancías, una vez despachadas en la misma, en libre circulación en el territorio aduanero común de los países que conforman la unión aduanera.
ADUANAS YUXTAPUESTAS
Servicios Aduaneros de dos países con fronteras comunes que operan en forma coordinada, mediante la atención de servicios en sus respectivas oficinas localizadas en sus correspondientes territorios y que aplican procedimientos armonizados, mediante la utilización de mecanismos de comunicación electrónica, preferentemente. Aplicando además el principio de ventanilla binacional.
ADUANAS BINACIONALES
• Parte del proceso de unión aduanera en Centroamérica. • Con el propósito de agilizar el tránsito de mercancías y personas en el Puesto Fronterizo Los trámites que correspondan al paso de turistas, tránsito de mercancías y exportaciones que procedan de los países parte, se realizarán en el territorio de cada país, pero serán supervisados por personal binacional de ambas aduanas.
ADUANAS INTRARREGIONALES GUA - HON 1)
Agua Caliente - Agua Caliente
1)
El Florido - El Florido
1)
Entre Ríos - Corinto
HON - NIC
7 5
GUA - SAL
1
2
3
1)
Pedro de Alvarado - La Hachadura
1)
Valle Nuevo - Las Chinamas
1)
San Cristóbal - San Cristóbal
1)
La Ermita - Anguiatú
4
1)
El Guasaule - El Guasaule
1)
La Fraternidad - El Espino
1)
Las Manos - Las Manos
6 8 12 11
9 10 SAL - HON 1)
El Poy - El Poy
2)
El Amatillo - El Amatillo
NIC - C. R. 13
1)
Peñas Blancas
ESQUEMA GLOBAL DE INTERCONECTIVIDAD DESDE LAS OFICINAS DE LOS USUARIOS
EDIFICIO DE LA SAT
RED LOCAL EN CADA ADUANA ADUANA 1 LAN
VALIDADOR CENTRALIZADO
Agentes Aduanales WAN
TRANSITOS
MODEM SERVIDOR LOCAL
Almacenadoras WAN
WAN EQUIPO DE COMUNICACIÓN SAT
MODEM
Zonas Francas
CONFIRMACION
SELECTIVO Y ALEATORIO
DICTAMENES
ROUTER MODE M
ADUANA 2 LAN
WAN TRANSITOS
MODEM
CONFIRMACION
RED INTERBANCARIA
Gremial de Exportadores WAN
SWITCH
SERVIDOR LOCAL
SELECTIVO Y ALEATORIO
ROUTER
MODE M
MODEM
RED INTERNA DE CADA BANCO DE CADA BANCO
BANCO 1 BANCO 2
BANCO N
DICTAMENES
Alto Grado de Discrecionalidad
Estabilidad Laboral
TRANSPARENCIA EN LA GESTION ADUANERA
Marco Legal
Procesos