Manual De Convivencia - Colegio Colombo Frances

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COLEGIO COLOMBO FRANCÉS MANUAL DE CONVIVENCIA AÑO 2008 / 2009

REVISION MANUAL DE CONVIVENCIA ESTRUCTURA TEMATICA

INTRODUCCION CAPITULO PRIMERO: DIRECTRICES GENERALES 1. JUSTIFICACIÓN 2. PRINCIPIOS 3. OBJETIVOS CAPITULO SEGUNDO: MARCO INSTITUCIONAL DEL MANUAL GOBIERNO ESCOLAR 1234-

JUNTA DIRECTIVA RECTOR CONSEJO DIRECTIVO CONSEJO ACADÉMICO Y DE FORMACIÓN a. INSTANCIAS DE APOYO DEL GOBIERNO ESCOLAR i) LAS COORDINACIONES DE SECCIÓN ii) EL DEPARTAMENTO DE PSICOLOGIA iii) EL COMITÉ DE MEDIACIÓN DE CONFLICTOS iv) CONSEJO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN v) CONSEJO DE ESTUDIANTES Y PERSONERÍA vi) ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA 5- CONSEJO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 6- CONSEJO DE ESTUDIANTES Y PERSONERO 7- ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

CAPITULO TERCERO: DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCANDOS

1. DERECHOS DE LOS EDUCANDOS 2. DEBERES DE LOS EDUCANDOS CAPITULO CUARTO: DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCADORES CAPITULO QUINTO: EDUCANDOS 1. 2. 3. 4.

SISTEMA

DE

ADMISIÓN

Y

PERMANENCIA

DE

PROCESO DE ADMISION PROCESO DE MATRÍCULA PERMANENCIA EN LA INSTITUCIÓN CONTRATO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA

CAPITULO SEXTO: REGIMEN TARIFARIO 12345-

ADOPCIÓN DE TARIFAS PROCEDIMIENTO GENERAL PARA EL COBRO DE TARIFAS DERECHO A DEVOLUCIONES TRATAMIENTO DE SITUACIONES DE MORA BECAS

CAPITULO SÉPTIMO: DE LO ACADÉMICO, EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS 1234567-

LA EVALUACION CRITERIOS DE EVALUACIÓN: ACTIVIDADES PEDAGÓGICAS COMPLEMENTARIAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS ESPECIALES CRITERIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE RECUPERACIONES NIVELACIONES CRITERIOS DE PROMOCIÓN:

CAPITULO OCTAVO: MANEJO DEL CONFLICTO 1- EL CONDUCTO REGULAR 2- PROHIBICIONES 3- FALTAS DISCIPLINARIAS Y LA TIPIFICACIÓN DE LAS MISMAS 4- LAS INSTANCIAS DEL PROCEDIMIENTO 5- LAS SANCIONES 6- DEFINICION DE LAS SANCIONES 7- PROCESO DISCIPLINARIO 8- MEDIDAS CORRECTIVAS CAPITULO NOVENO: NORMAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL 1. UNIFORME DE DIARIO 2. UNIFORME DE DEPORTE

CAPITULO DÉCIMO: DE LA ASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES Y EL MANEJO DE LA AGENDA ESCOLAR 1. LA ASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES 2. LA AGENDA ESCOLAR CAPITULO DECIMO PRIMERO: PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL 1234-

CONSEJO DE ESTUDIANTES REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES PERSONERO ESTUDIANTIL REPRESENTANTE DE LOS EXALUMNOS DIRECTIVO

ANTE

EL

CONSEJO

CAPITULO DECIMO SEGUNDO: SERVICIOS DE BIENESTAR ESTUDIANTIL 12345678-

ESTÍMULOS E INCENTIVOS SERVICIO DE ORIENTACIÓN PSICOLÓGICA SEGURO ESTUDIANTIL PROYECTO DEL MANEJO DEL TIEMPO LIBRE SERVICIO DE TIENDA ESCOLAR COORDINACIÓN POR SECCIONES PREICFES SERVICIO DE COMUNICACIÓN , INFORMACIÓN E INTERNET

CAPITULO DECIMO TERCERO: RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES 1. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES 2. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

INTRODUCCION Conceptos Básicos La elaboración y puesta en ejecución de un reglamento estudiantil, como uno de los aspectos esenciales del Proyecto Educativo Institucional, es una obligación legal consagrada en el artículo 73 de la Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación. En concordancia, el artículo 87 de esta misma Ley, ordenó que en cada establecimiento educativo debe existir un REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA que defina “los derechos y obligaciones, de los estudiantes”. Por definición CONVIVIR significa vivir en compañía de otro u otros. La convivencia por tanto, lleva intrínsicamente, nociones como respeto, solidaridad, responsabilidad grupal y social, compromisos, valoración individual, ética, tolerancia. Es por eso que en su conjunto, este MANUAL DE CONVIVENCIA recoge una serie de orientaciones que buscan desarrollar una pedagogía de la convivencia, en donde las reglas y criterios, son ante todo, parámetros para el crecimiento individual en el marco de una colectividad sana y saludable. Si bien el Manual tiene como eje los derechos y obligaciones de los educandos, tanto en los criterios para su reconocimiento, promoción y protección como en las normas pedagógicas, disciplinares y sancionatorias, cuando se vulneran, recoge igualmente los derechos y obligaciones de los demás miembros de la comunidad educativa, según el rol que desempeñe en relación con el proceso educativo que impacta a los educandos.

Principios orientadores Los procesos de convivencia social, de formación académica y de disciplina que se desarrollan en el colegio, se harán atendiendo los principios de responsabilidad, autonomía, pertenencia, creatividad y, participación.

Marco jurídico General El Manual de Convivencia como instrumento que define los derechos y deberes de los estudiantes y de los integrantes de la comunidad educativa, en relación con éstos, tiene como marco jurídico general, la Constitución y la ley colombiana. De modo particular, la siguiente normatividad: -

Constitución Política de Colombia: Título II, de los derechos, las garantías y los deberes. Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, Títulos I, II, III, IV, V, VII, X Ley 375 de 1997 o Ley de la Juventud. Ley 1098 de 2006 o Código de Infancia y Adolescencia. Decreto 1860 de 1994, reglamentario de la Ley 115 en los aspectos pedagógicos y organizativos.

-

Decreto 230 de 2002, sobre normas en materia de currículo, evaluación y promoción de los educandos y evaluación institucional. Decreto 3055 de 2002, modificatorio del Decreto 230 de 2002, artículo 9. Decreto 1286 de 2005, normas sobre la participación de los padres de familia en los procesos educativos de las instituciones oficiales y privadas.

Conceptos jurisprudenciales orientadores. Con la aparición de la figura de la tutela, como instrumento de protección de los derechos fundamentales, a partir de la promulgación de la Constitución Política de Colombia en 1991, la Corte Constitucional, dentro de la función de revisión de los fallos proferidos por instancias judiciales competentes, ha emitido múltiples pronunciamientos en torno a la aplicación de los derechos fundamentales en la prestación del servicio educativo, por parte de las instituciones oficiales y privadas. Dada la trascendencia de estos pronunciamientos, ha considerado fundamental incorporar como parte del Manual de Convivencia, apartes de algunas sentencias producidas, como criterios de observancia, que orienten la debida comprensión y aplicación de los conceptos, procedimientos e instrumentos indicados en el Manual, por parte de los integrantes de la comunidad educativa. Derecho – deber de la educación. (Sentencia 002 de 1992) “Ahora bien, una característica de algunos de los derechos constitucionales fundamentales es la existencia de deberes correlativos. En el artículo 95 de la Constitución Política se encuentran los deberes y obligaciones de toda persona. La persona humana además de derechos tienen deberes; ello es como las dos caras de una moneda, pues es impensable la existencia de un derecho sin deber frente a si mismo y frente a los demás.” (Sentencia T-341 de 1993) “Considera la Corte que quien se matricula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si reclama protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel desconoce las garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso que el juez verifique tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro educativo como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento de los derechos constitucionales del educando pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de éste.” Alcances del manual de convivencia. (Sentencia T-386 de 1994) “Para la Corte es claro entonces, que la ley asignó a los establecimientos educativos, públicos y privados, un poder de reglamentación dentro del marco de su actividad. Los reglamentos generales de convivencia, como es de la esencia de los actos reglamentarios, obligan a la entidad que los ha expedido y a sus destinatarios, esto es, a quienes se les aplican, porque su fuerza jurídica vinculante deviene en forma inmediata de la propia ley y mediata de la Constitución Política.” (Sentencia T-524 de 1992) “En otros términos, los reglamentos de las instituciones educativas no podrán contener elementos, normas o principios que estén en contravía de la Constitución vigente como tampoco favorecer o permitir prácticas entre educadores y

educandos que se aparten de la consideración y el respeto debidos a la privilegiada condición de seres humanos tales como tratamientos que afecten el libre desarrollo de la personalidad de los educandos, su dignidad de personas nacidas en un país que hace hoy de la diversidad y el pluralismo étnico, cultural y social principio de práxis general. Por tanto, en la relación educativa que se establece entre los diversos sujetos, no podrá favorecerse la presencia de prácticas discriminatorias, los tratos humillantes, las sanciones que no consulten un propósito objetivamente educativo sino el mero capricho y la arbitrariedad.” (Sentencia T-015 de 1994) “Si bien es cierto que el Reglamento del plantel educativo es base fundamental orientadora de la disciplina del Colegio, pues sin él no sería posible mantener un nivel de organización, es cierto también que las normas allí contenidas deben ajustarse o mejor interpretarse acorde con las circunstancias particulares de los menores. No se trata de permitir una total libertad, pues esto no contribuye a la formación, pero sí comprender la situación y en la forma más razonable obrar sin perjudicar el futuro del educando.” (Sentencia T-1233 de 2003) “Por consiguiente, los reglamentos internos o manuales de convivencia elaborados por las comunidades de los planteles educativos tienen la obligación de observar las disposiciones constitucionales. En efecto, el respeto al núcleo esencial de los derechos fundamentales de los estudiantes no se disminuye como consecuencia de la facultad otorgada a los centros educativos para regular el comportamiento de sus alumnos. Por el contrario, las reglas que se establezcan deben reflejar el respeto a la dignidad humana y a la diversidad étnica, cultural y social de la población (artículo 1º), así como los derechos al libre desarrollo de la personalidad (artículo 16), libertad de conciencia (artículo 18), libertad de expresión (artículo 20), igualdad (artículo 13), debido proceso (artículo 29) y educación (artículo 67) superiores. Además de su consagración constitucional, la titularidad de estos derechos se encuentra en cabeza de niños y adolescentes en proceso de formación, lo que implica una protección reforzada. Ello, por supuesto, no significa que en el contexto de la comunidad educativa quienes tienen a su cargo la elaboración de los reglamentos de dichas instituciones, no puedan establecer limites razonables y proporcionales al ejercicio de los derechos. En la medida que los derechos fundamentales no son absolutos, y en ciertos aspectos se enfrentan a valores, principios y otros derechos fundamentales protegidos también por la Carta, la Corte ha sostenido que su alcance y efectividad pueden ser objeto de ponderación y armonización frente a otras disposiciones constitucionales a través de los reglamentos de convivencia.” Disciplina escolar. (Sentencia T-366 de 1992) “La aplicación de la disciplina en el establecimiento educativo no implica de suyo la violación de derechos fundamentales. Pero los profesores y directivas están obligados a respetar la dignidad del estudiante La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos que podría generarse si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos,

hiciera su absoluta voluntad, aun en contravía de los intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho al libre desarrollo de la personalidad.”. (Sentencia 037 de 1995) "La disciplina, que es indispensable en toda organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por una errónea concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad, las instituciones educativas renuncien a exigir de sus alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa que cumple la educación". Concurrencia de padres de familia. (Sentencia T-366 de 1997) “El proceso educativo exige no solamente el cabal y constante ejercicio de la función docente y formativa por parte del establecimiento, sino la colaboración del propio alumno y el concurso de sus padres o acudientes. Estos tienen la obligación, prevista en el artículo 67 de la Constitución, de concurrir a la formación moral, intelectual y física del menor y del adolescente, pues "el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación". No contribuye el padre de familia a la formación de la personalidad ni a la estructuración del carácter de su hijo cuando, so pretexto de una mal entendida protección paterna -que en realidad significa cohonestar sus faltas-, obstruye la labor que adelantan los educadores cuando lo corrigen, menos todavía si ello se refleja en una actitud agresiva e irrespetuosa.” Formación integral del educando (Sentencia T-386 de 1994) “El comportamiento del estudiante en su claustro de estudios, en su hogar y en la sociedad, es algo que obviamente resulta trascendente y vital para los intereses educativos del establecimiento de enseñanza, porque es necesario mantener una interacción enriquecedora y necesaria entre el medio educativo y el ámbito del mundo exterior, lo cual se infiere de la voluntad Constitucional cuando se establece a modo de principio que "el estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación". Nadie puede negar que las actividades que el estudiante cumple dentro y fuera de su centro de estudios, influyen definitivamente en el desarrollo de su personalidad, en cuanto contribuyen a su formación educativa, a saciar sus necesidades físicas, psíquicas e intelectuales, y a lograr su desarrollo moral, espiritual, social afectivo, ético y cívico, como es la filosofía que inspira la ley general de educación (Ley 115/94, art. 5o.). No obstante lo anterior, a juicio de la Corte los reglamentos de las instituciones educativas no pueden entrar a regular aspectos que de alguna manera puedan afectar los derechos constitucionales fundamentales de los educandos, pues si ello esta vedado a la ley con mayor razón a los reglamentos de la naturaleza indicada. En tal virtud, dichos reglamentos no pueden regular aspectos o conductas del estudiante ajenas al centro educativo que puedan afectar su libertad, su autonomía o su intimidad o cualquier otro derecho, salvo en el evento de que la conducta externa del estudiante tenga alguna proyección o injerencia grave, que directa o indirectamente afecte la institución educativa.”

Debido proceso (Sentencia T-1233 de 2003) “En diversas oportunidades, esta Corporación ha señalado que la garantía constitucional al debido proceso (artículo 29 Superior) tiene aplicación en los procesos disciplinarios adelantados por los centros educativos de naturaleza pública y privada. En virtud de ello, la imposición de una sanción disciplinaria debe estar precedida del agotamiento de un procedimiento justo y adecuado, en el cual el implicado haya podido participar, presentar su defensa y controvertir las pruebas presentadas en su contra.”

CAPITULO PRIMERO: DIRECTRICES GENERALES

1. JUSTIFICACIÓN Como desarrollo del Proyecto Educativo Institucional del Colegio Colombo Francés, el presente Manual de Convivencia es una herramienta de obligatoria adopción para quienes forman parte de esta comunidad escolar. El comportamiento en el Colegio es el instrumento que sustenta el respeto por si mismo y por los demás, que eleva la autoestima y se traduce en un ambiente amable y de responsabilidad, apto para conducir a compromisos de orden personal y comunitario. El presente Manual de Convivencia es la herramienta que permite alcanzar un mejor entendimiento entre los miembros de la Comunidad Educativa del Colegio Colombo Francés. Su aplicación y uso adecuado, conducirá a la formación de personas autónomas, responsables, creativas, participativas, íntegras, tolerantes, con una conciencia crítica y una alta capacidad de liderazgo que le permita desenvolverse en su comunidad, brindando a los estudiantes una formación sólida e integral que los prepare para su realización plena como buenos seres humanos. Para el Colegio Colombo Francés la educación es un proceso integral en el orden de perfeccionamiento del estudiante como persona en todas sus dimensiones, en relación con Dios, con sus semejantes y con el medio en el cual se desarrolla.

2. PRINCIPIOS Conjunto de valores que determinan la misión formativa de la institución:  Sentido de Pertenencia: Identificarse con sus valores, propósitos, símbolos y recursos. Resaltarlos, respetarlos y sentir legítimo orgullo por ser parte de un patrimonio común.  Ética y Moral: La formación católica vivenciada promueve en la comunidad educativa de la Institución, los valores y las manifestaciones humanitarias en beneficio de la sociedad.

 Justicia: Es el reconocimiento de lo que le corresponde a cada uno de los integrantes de la comunidad a la que pertenece. Su práctica requiere ser equitativa en los criterios de exigencia para una formación integral y el cumplimiento de normas.  Liderazgo: Principio indispensable para fomentar espacios de participación democrática y sobresalir objetivamente en los diferentes contextos.  Responsabilidad: Es la respuesta positiva que se manifiesta en todos los actos del diario vivir y que brindan el enriquecimiento personal de los miembros de la comunidad del Colombo Francés.  Tolerancia: Reconocimiento y aceptación del otro en su individualidad y diferencia.  Autonomía: Manejo racional de la libertad.  Respeto: Promover un trato recíproco de aprecio y cortesía, como condición de una convivencia agradable.  Solidaridad: Adquirir conciencia social que lo convierta en una persona comprometida con el mejoramiento de la calidad de vida de sus semejantes.

3. OBJETIVOS Afianzar la formación integral en valores y el excelente desempeño académico del estudiante con miras al logro de una sana convivencia, al respeto del derecho individual y colectivo entre los miembros de la comunidad educativa con proyección a la comunidad.

CAPITULO SEGUNDO: MARCO INSTITUCIONAL DEL MANUAL GOBIERNO ESCOLAR De conformidad con la ley general de la educación y su decreto reglamentario 1860 de 1994, el proyecto educativo institucional estableció la estructura, organización y funcionamiento de su gobierno esco9lar, fundamento de la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa y eje de la seguridad administrativa y técnico pedagógica de la institución. El gobiernos escolar esta constituido por los siguientes órganos. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

JUNTA DIRECTIVA RECTORIA CONSEJO DIRECTIVO CONSEJO ACADÉMICO Y DE FORMACIÓN CONSEJO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN CONSEJO DE ESTUDIANTES Y PERSONERO ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA INSTANCIAS DE APOYO DEL GOBIERNO ESCOLAR

1- JUNTA DIRECTIVA: Composición: 7 miembros. Funciones: Las atribuidas por la Ley y demás normas que la reglamentan. 2- RECTOR: elegido por la junta directiva, tiene a su cargo las funciones de dirección del colegio y es el representante antes las autoridades educativas competentes. 3- CONSEJO DIRECTIVO : Composición: 8 miembros Es la máxima instancia ante el Ministerio de Educación Nacional (MEN). De acuerdo con los parámetros de ley: está conformado por el Rector quien lo preside, dos representantes de los Docentes, un representante de los Estudiantes elegido por votación en el Consejo de Estudiantes, dos representantes de los Padres de Familia elegidos por la Junta Directiva así: uno deberá ser miembro de la Junta Directiva y el otro miembro de la asociación de Padres de Familia, un

representante del Sector Productivo de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del Colegio y un representante de los exalumnos. Las funciones del Comité Académico se encuentran establecidas en el Proyecto Educativo Institucional.

4- CONSEJO ACADÉMICO Y DE FORMACIÓN: Es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica del Colegio y opera como órgano consultor del Consejo Directivo en los procesos de revisión del Proyecto Educativo Institucional. Este Comité está integrado por: a. El rector, quien lo preside Las funciones del Comité Académico se encuentran establecidas en el Proyecto Educativo Institucional.

INSTANCIAS DE APOYO DEL GOBIERNO ESCOLAR Estas instancias son las siguientes: i) ii) iii)

iv)

LAS COORDINACIONES DE SECCIÓN: cuya función principal es la de garantizar el cumplimiento del Reglamento o Manual de Convivencia EL DEPARTAMENTO DE PSICOLOGIA: que tiene funciones relativas a la orientación integral de los estudiantes tanto en su dimensión personal como familiar y social. . EL COMITÉ DE MEDIACIÓN DE CONFLICTOS cuya función es apoyar los procesos institucionales a través del diálogo, los compromisos y reflexiones sin tener que acudir a sanciones o procesos disciplinarios severos. Estará orientado por el departamento de Ética y Sociales y su finalidad es dar orientación para la sana convivencia. CONSEJO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN :

Conformado por el Rector quien lo cita y preside, el Consejo Académico, un representante de los Padres de Familia, el departamento de Psicología y los invitados que se requieran para desarrollar su labor. Sus funciones se fundamentan en la ejecución, el desarrollo, la valoración de las políticas de Evaluación y Promoción para los estudiantes del Colegio, orientadas por el Ministerio de Educación Nacional. Será el ente encargado de tomar las decisiones apropiadas para los casos académicos especiales, con las estrategias generadas para ello, de acuerdo con los parámetros establecidos por el presente Manual de Convivencia y lo estipulado por la ley.

.

v)

CONSEJO DE ESTUDIANTES Y PERSONERO :

Conformado por un representante de cada grado elegido por votación entre los estudiantes de cada curso que no hayan sido inhabilitados para ello. El Personero se designará por votación de acuerdo con los parámetros de ley. Sus funciones estarán orientadas por el Rector con la asesoría del Coordinador Académico y de Formación y el Personero, las cuales se fundamentan en la ejecución y el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional a escala de los estudiantes, en la aplicación del presente Manual de Convivencia, el participar con su representante en la solución de los conflictos que así lo requieran y las que de ley haya lugar. vi) ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA : Conformada por dos padres representantes de cada curso entre quienes se nombra la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia, regidos por sus Estatutos diseñados y aprobados por la ley y así cumplir con la misión de apoyo al proceso formativo de sus hijos. Es dirigida por el Presidente de la Asociación de padres de familia y está encargada de motivar el desarrollo y cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional, del Manual de Convivencia y de participar en los entes a los cuales tiene lugar.

CAPITULO TERCERO: DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCANDOS El Manual de Convivencia del colegio asume para todos sus efectos, los derechos y deberes que establecen para todos los colombianos, la Constitución Política de Colombia y las distintas normas que la ejecutan. De modo particular, para los educandos matriculados en el Colegio, incorpora a este Manual los derechos y deberes consagrados en las leyes y reglamentos que regulan la prestación del servicio educativo y los consagrados en las normas relativas a garantizar a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, su pleno y armonioso desarrollo integral

Responsabilidades especiales de la Institución Educativa. CODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA El Colegio como institución líder en el campo de la educación y en acatamiento a las normas que regulan la prestación del servicio educativo y las conductas sociales e institucionales frente a la población infantil y juvenil de Colombia, incorpora al presente Manual de Convivencia las obligaciones especiales exigidas a las instituciones educativas por el artículo 42 deL Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006), y que desarrolla en los apartes específicos de este Manual. Estas obligaciones son: 1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. 2. Brindar una educación pertinente y de calidad. 3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. 4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. 6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. 7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. 8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de lo niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. 9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales. 12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socioeconómica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. De igual manera, los directivos, docentes y comunidad educativa en general del COLEGIO asumen las obligaciones complementarias indicadas en el artículo 44 del

Código de la Infancia y la Adolescencia de los establecimientos académicos y la comunidad educativa, en coordinación y según los casos, con la participación de organismos estatales, coadyuvantes en el cumplimiento de estas responsabilidades. Estas responsabilidades se refieren a: 1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. 2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. 3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. 6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas. 8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. 9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja.

1- DERECHOS DE LOS EDUCANDOS: Los derechos de los Estudiantes se regirán por los consagrados en la Constitución Política, el Código de la infancia y el adolescente, en las normas y leyes vigentes, los estipulados en el Contrato de Cooperación Educativa y en el presente Manual de Convivencia. Se consideran como esenciales:  Recibir los procesos y actividades diseñadas en el currículo del Colegio para el desarrollo de sus competencias afectivas, intelectuales, físicas, ciudadanas y sociales que propendan por su formación integral. 

Participar en la construcción y/o modificación del Proyecto Educativo Institucional, incluyendo el Manual de Convivencia, de conformidad con los procedimientos e instrumentos determinados para tal fin.



Conocer oportunamente los criterios y reglas de evaluación y promoción académica, así como los resultados de las decisiones académicas, pedagógicas y administrativas, adoptadas como consecuencia de su aplicación.



Recibir asesoría pedagógica y académica en cada una de las áreas, asignaturas y proyectos pedagógicos por parte del personal docente de la Institución Educativa



Participar en las actividades pedagógicas, sociales, culturales y recreativas en los espacios y tiempos ofrecidos por el Colegio.



Recibir un trato cordial, respetuoso y digno de todos los miembros de la Comunidad Educativa, poder expresar libremente sus ideas y utilizar las formas y medios de participación establecidos por la institución.



Recibir orientación escolar y psicológica cuando sea solicitada personalmente o a través de los padres y/o acudientes, un profesor o directivo docente de la Institución Educativa. En caso de requerir un proceso de terapia individual, o especial, a ser remitido al profesional o institución pertinente.



Elegir y ser elegido en los órganos e instancias de la institución en donde los educandos tengan representación, sin más restricciones que las determinadas en los respectivos reglamentos.



Preservar su intimidad personal y familiar.



Desarrollar sus intereses, inclinaciones y habilidades intelectuales, artísticas, deportivas. Culturales, entre otras, en el marco de las definiciones establecidas en el currículo. Ser reconocidos sus esfuerzos, valores y aptitudes sobresalientes. Conocer de manera oportuna los programas académicos a desarrollar durante el año en cada asignatura, así como los resultados de sus evaluaciones periódicas. Disfrutar de los beneficios de bienestar estudiantil. Recibir el debido proceso en cualquier situación de la vida escolar que así lo amerite y apelar las decisiones ante la instancia inmediatamente superior. (ver Anexos: Manejo del Conflicto).

   

2- DEBERES DE LOS EDUCANDOS: Además de los deberes que se desprenden de la aplicación de las normas relativas a la prestación del servicio educativo, son deberes específicos de los educandos del COLEGIO los siguientes:

Dentro de los deberes fundamentales se consideran:



Cooperar en el cumplimiento de la misión, los objetivos y las estrategias establecidos en el Proyecto Educativo Institucional, mostrando una actitud de pertenencia e identificación con el Colegio.



Cumplir con diligencia y acatamiento las obligaciones académicas derivadas de la ejecución del plan de estudios adoptado por el Colegio, respondiendo con oportunidad y calidad con los requerimientos académicos, absteniéndose de realizar cualquier acto que cauce la suspensión o perturbación del servicio educativo ofrecido por la institución.



Asistir a las actividades académicas con los libros y elementos escolares exigidos en el momento de la matrícula y los requeridos en acuerdo con el docente de cada asignatura.



Cumplir con los horarios y las programaciones académicas, pedagógicas y culturales establecidas en el Colegio.



Participar activamente en su propia formación integral, aprovechando todos los espacios pedagógicos ofrecidos por el Colegio en el Proyecto Educativo Institucional y asumiendo compromisos permanentes de aprendizaje individual.



Actuar con respeto, rectitud y tolerancia frente a sus compañeros, profesores, directivos y demás personal del Colegio, garantizando el derecho de los demás, sin ningún tipo de discriminación.



Mantener el buen nombre del Colegio en el entorno familiar y social, actuando con respeto, urbanidad, civismo y buenas costumbres.



Garantizar su propio bienestar y el de los demás, practicando buenos modales, normas de cortesía y hábitos de higiene personal y aseo y evitando cualquier elemento que interfiera en su desarrollo afectivo, físico e intelectual o afecte y desestabilice a otros miembros de la comunidad educativa.



Proponer iniciativas que mejoren la prestación del servicio educativo y el bienestar de la comunidad educativa del Colegio.



Utilizar adecuadamente los bienes, servicios y recursos dispuestos por el Colegio para la prestación del servicio educativo y velar por su cuidado y conservación.



Ser interlocutor permanente y responsable entre docentes y directivos del Colegio con los padres de familia o acudientes.



Participar dinámica y responsablemente en el desarrollo de las clases y actividades complementarias presentando aportes y sugerencias para mejorar el desempeño individual o grupal que eleven el nivel académico.



Conocer y cumplir los reglamentos adoptados por el Colegio y las decisiones tomadas por profesores y directivos, en el marco de los mismos.



Informar oportunamente a profesores y directivos del Colegio sobre hechos que perjudican la convivencia institucional o colocan en graves riesgos el buen funcionamiento del Colegio.



Acatar y poner en práctica los mecanismos diseñados para la participación de la comunidad educativa. Poner en práctica las indicaciones del Manual de Convivencia.

 

Portar los uniformes de acuerdo a lo estipulado por el Colegio en el Manual de Convivencia.



Emplear adecuadamente el conducto regular dentro de la vida escolar y para los casos de comportamientos inadecuados.

.         

Cumplir con las actividades como tutorías y recuperaciones diseñadas para el alcance de los logros pendientes. Mantener un comportamiento y una actitud positiva, acorde con cada lugar y momento de la vida escolar, dentro y fuera del Colegio. Asumir con responsabilidad y respeto las decisiones tomadas por los directivos, docentes y administrativos. Mantener la presentación personal de acuerdo a lo estipulado en el presente manual de convivencia. Solucionar toda desavenencia con un compañero o superior, de manera respetuosa, pacífica y siempre dentro de los parámetros del respeto y la sana convivencia. Hacer buen uso de los canales de comunicación, de las expresiones para con los demás y del idioma. No traer al Colegio elementos ajenos e innecesarios con su labor como estudiantes. Responsabilizarse directamente de los enseres de uso personal como celulares, equipos de sonido, joyas, etc. Respetar la propiedad ajena y cuidar con esmero las instalaciones del colegio y los enseres encomendados a cada estudiante.



Conocer y cumplir los reglamentos adoptados por el Colegio y las decisiones tomadas por profesores y directivos, en el marco de los mismos.



Informar oportunamente a profesores y directivos del Colegio sobre hechos que perjudican la convivencia institucional o colocan en graves riesgos el buen funcionamiento del Colegio.



Acatar y poner en práctica los mecanismos diseñados para la participación de la comunidad educativa.



Utilizar adecuadamente los bienes, servicios y recursos dispuestos por el Colegio para la prestación del servicio educativo y velar por su cuidado y conservación.



Participar dinámica y responsablemente en el desarrollo de las clases y actividades complementarias presentando aportes y sugerencias para mejorar el desempeño individual o grupal que eleven el nivel académico.

CAPITULO CUARTO: DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCADORES Se llama Educador del Colegio Colombo Francés a todos los profesionales de la educación que se identifican con su Filosofía, que cumplen asertivamente con la labor formativa de los estudiantes y mantienen una relación contractual con la Institución. 1- DERECHOS DE LOS EDUCADORES: Los derechos de los Educadores se regirán por los consagrados en la Constitución Política, el Código Sustantivo del Trabajo, los contemplados en las normas y leyes vigentes, los estipulados en el Contrato de Trabajo y en el presente Manual de Convivencia. Se consideran como esenciales los Derechos a:             

Conocer y participar en la revisión anual del Manual de Convivencia y el Proyecto Educativo Institucional. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de toda la comunidad educativa. Recibir su salario en el tiempo establecido dentro del contrato laboral. Recibir la capacitación profesional impartida por el Colegio. Ser reconocidos sus esfuerzos, los valores y las aptitudes sobresalientes en el desempeño de su labor. Disfrutar de los estímulos que se establezcan. Elegir y/o ser elegido a los cuerpos del Gobierno Escolar. Participar en las deliberaciones y fijar puntos de vista acordes con la filosofía del Colegio. La autonomía en el desarrollo profesional de sus clases y a todas las demás establecidas en el Contrato de Trabajo. No ser discriminado por sus creencias políticas y religiosas. Adelantar el debido proceso en cualquier situación de su labor que así lo amerite. Tener acceso a los cursos de cualificación docente. Recreación y sano esparcimiento.

2- DEBERES DE LOS EDUCADORES: Dentro de los deberes fundamentales se consideran: 

Propender por la formación integral de los estudiantes.

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   

        

 

Proponer iniciativas y sugerencias que contribuyan a mejorar el Proyecto Educativo. Participar activamente en la vida democrática del Colegio por medio del Gobierno Escolar. Conocer el Manual de Convivencia y el Proyecto Educativo Institucional. Conocer, analizar e implementar el Proyecto Educativo Institucional y el Manual de Convivencia. Cumplir en forma responsable con todas las actividades diseñadas por el Colegio en beneficio de los estudiantes. Diligenciar y cumplir oportunamente con los requisitos y documentos exigidos por el Colegio. Cumplir con los horarios en forma puntual tanto al inicio como al final de cada actividad como las clases, los acompañamientos responsables en los descansos, en la llegada y salida del transporte escolar, salidas culturales y demás actividades programadas. Conservar y manejar en forma adecuada el conducto regular y las instancias necesarias para el buen desempeño de la vida escolar. Brindar un trato oportuno, respetuoso y cordial a toda la comunidad educativa. Conservar una presentación personal adecuada. Solicitar los permisos correspondientes en caso de ausencia y teniendo en cuenta los siguientes parámetros: - A Coordinación en casos eventuales - A Rectoría cuando el permiso amerita más de un día Avisar oportunamente en caso de una ausencia inesperada. Cumplir con todos los parámetros académicos y curriculares requeridos por el Colegio. Participar activamente en la vida democrática del Colegio por medio del Gobierno Escolar. Elegir y/o ser elegido a los cuerpos del gobierno escolar y en tal caso, cumplir con lo establecido en dicho nombramiento. Implementar estrategias novedosas que motiven a los estudiantes y optimicen los resultados en los procesos de enseñanza – aprendizaje. Manejo creativo de los conceptos requeridos en el proceso evaluativo. Implementar políticas de desarrollo académico en lo relacionado a los sistemas de evaluación de los estudiantes tendientes a familiarizarlos con las pruebas del ICFES. Planificar, evaluar y corregir las estrategias metodológicas desarrolladas en su asignatura. Dar a conocer oportunamente las estrategias metodológicas, los temas y los resultados obtenidos por el estudiante y brindar la orientación necesaria y la implementación de las actividades de recuperación requeridas para la promoción académica de los estudiantes. Utilizar óptimamente los medios disponibles para lograr la excelente formación, instrucción y preparación de los estudiantes. Responder por los elementos de trabajo encomendados.

    

Mantener en sus estudiantes la mejor actitud responsable, seria y objetiva ante las actividades diseñadas por el Colegio. Cumplir con la premisa que el mejor Maestro es aquel que enseña con su buen ejemplo. Aplicar las sanciones a que haya lugar dentro de los procesos formativos, respetando el conducto regular, para ello ver en los Anexos: Manejo del Conflicto. Cumplir con todo lo demás establecido en el Manual de funciones y el Contrato Laboral de Trabajo de la Institución Los demás consignados en el manual de funciones del docente.

CAPITULO QUINTO: EDUCANDOS

SISTEMA

DE

ADMISIÓN

Y

PERMANENCIA

DE

1- PROCESO DE ADMISION De conformidad en lo dispuesto en los artículos 95 y 96 de la ley 115 de 1994, se determina en este capitulo del manual de convivencia, los criterios y reglas para la formalización de la vinculación de educandos al colegio Colombo Francés y las condiciones de permanencia de los mismos en la institución educativa. La admisión es un proceso a través del cual el colegio determina la vinculación de educandos a cursar los grados de los niveles y ciclos educativos ofrecidos por el colegio. Este proceso se inicia con la inscripción voluntaria de los aspirantes que por primera vez quieren ingresar a la institución educativa, de acuerdo con el procedimiento e instrumento diseñados para tal efecto. REQUISITOS PARA EL INGRESO DE ESTUDIANTES NUEVOS AL COLEGIO 1. Asistencia de los padres o acudientes al proceso de inducción y conocimiento de la institución, que cubre entre otros aspectos el proyecto educativo institucional, manual de convivencia, organización administrativa y pedagógica, recursos institucionales e infraestructura física. 2. Adquisición y diligenciamiento del formulario de inscripción, anexando la totalidad de la documentación solicitada. 3. Asistencia de los padres y estudiantes a la entrevista psicológica 4. Presentación de evaluaciones académicos, si es remitido por psicología. 5. Estudio de la junta directiva de la corporación de la solicitud de admisión, previos informes de psicología, rectoría y académico si lo requiere. 6. carta de aceptación enviada por el colegio. EL COLEGIO SE RESERVA EL DERECHO DE ADMISION, PREVIO ESTUDIO Y VERIFICACION OBJETIVA DE LA INFORMACION PRESENTADA Y DISPONIBILIDAD DE CUPOS. 2- PROCESO DE MATRÍCULA La calidad de estudiante se adquiere una vez protocolizada la matrícula que consiste en la suscripción del contrato de matricula y del acta respectiva, por parte de los padres o acudientes y la rectora del colegio, la suscripción del pagare de costos educativos para el año lectivo correspondiente, la firma de la tarjeta acumulativa de matricula por padre o acudiente y estudiante (TAM) La diligencia de matrícula se realizará en los días y horas establecidos por el Colegio. De no realizarse, se podrá perder el cupo otorgado. Se concederá un plazo cuando el interesado así lo solicite mediante comunicación escrita dirigida a

la Rectoría de la institución, justificando la ampliación solicitada el colegio otorgará un nuevo plazo, con una sanción por mora. Los padres o acudientes y los educandos al firmar el Contrato de Matrícula correspondiente, están aceptando el Proyecto Educativo Institucional del Colegio y el Manual de Convivencia, pues estos instrumentos forman parte integral del Contrato, en virtud de lo dispuesto en el artículo 201 de la Ley 115 de 1994. El Colegio ofrece las disponibilidades para que estos documentos sean conocidos de manera previa, antes de protocolizar la matrícula. Cuando por recomendaciones médicas, pedagógicas , o como consecuencia de medidas disciplinarias, el estudiante y el padre de familia o acudiente, deban asumir compromisos especiales frente a la prestación del servicio educativo ofrecido por el Colegio, se hará constar con un anexo en el respectivo Contrato de Matrícula. Los documentos exigidos para el proceso de protocolización de la matrícula son los siguientes: 1. Registro Civil de Nacimiento original. 2. Fotocopia de la tarjeta de identidad 3. Certificados de estudios originales, en formatos oficiales, debidamente diligenciados y legalizados (Nombres y apellidos completos, número del documento de identidad, niveles, ciclos y grados educativos cursados, intensidad horaria completa y la valoración respectiva). 4. Certificado médico actualizado. 5. Fotocopia carné de vacunas, para los niños aspirantes al nivel de educación preescolar. 6. Dos fotografías tamaño 3 x 4 cms. 7. Constancias del grado que cursa y de buena conducta, expedidas por el funcionario competente de la institución educativa en donde cursó estudios anteriores. 8. Paz y salvo del establecimiento educativo o establecimientos educativos en donde cursó estudios anteriores. 9. Certificado de audiometría o agudeza visual en caso de ser solicitado por el colegio Para los estudiantes antiguos opera para cada año académico la renovación de la matrícula. Son requisitos para la renovación de la matrícula: 1. Haber aprobado el correspondiente año lectivo. 2. Realización de la renovación de la matrícula dentro de los plazos fijados por el Colegio.

3. Acreditar el Certificado de Paz y Salvo por todo Concepto, tal como se dispone en este Manual. 4. tener al dia la nivelación de logros pendientes de años anteriores. 3- PERMANENCIA EN LA INSTITUCIÓN La permanencia del estudiante en el Colegio está sujeta al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el contrato de matrícula y las consagradas en este Manual de Convivencia. La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte del estudiante, no será causal de pérdida de la calidad de estudiante, siempre y cuando no esté asociada a otra causal expresamente contemplada en este Manual de Convivencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Ley 115 de 1994. La calidad de estudiante se puede perder por una de las siguientes causales: 1. Por retiro voluntario del estudiante que implique terminación del contrato por mutuo consentimiento de las partes. 2. Por fuerza mayor que afecte al estudiante e implique la terminación del contrato por mutuo consentimiento. 3. Por cierre temporal del Colegio por más de sesenta (60) días o por clausura definitiva del mismo. 4. Por las causales determinadas en el presente Manual de Convivencia, inherentes a la aplicación de los regímenes tarifario y de sanciones. El padre de familia o acudiente que decida retirar voluntariamente al estudiante y por ende dar por terminado el contrato de matrícula debe: 1. Informar por escrito a la Rectoría del Colegio tal decisión, indicado los motivos y la fecha a partir del cual opera el retiro. 2. Suscribir el acta de terminación por mutuo consenso del contrato de matrícula y la correspondiente cancelación en el libro de matrículas. 3. Estar a paz y salvo por todo concepto. 4. Solicitar la entrega de los documentos y certificados correspondientes. El COLEGIO establece el Certificado de Paz y Salvo por todo Concepto como un instrumento fundamental para garantizar el cumplimiento de las obligaciones por parte del padre de familia o acudiente y del educando, pactadas en el Contrato de Matrícula, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Ley 115 de 1994 en cuanto a la fijación de condiciones para la permanencia del educando en el establecimiento educativo y en armonía con el artículo 25 del Decreto 2253 de 1995, en cuanto la fijación de normas generales para el cumplimiento oportuno de las obligaciones económicas derivadas del sistema de matrículas y pensiones.

El Certificado de Paz y Salvo por todo Concepto, será suscrito y expedido por el tesorero o por solicitud del padre de familia o acudiente. Este certificado será obligatorio en los siguientes casos: 1. Para el trámite de renovación de la matrícula. 2. Para la terminación del contrato de matrícula por mutuo consenso. 4- CONTRATO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA El Contrato de Cooperación Educativa hace parte del presente Manual de Convivencia y será enviado a cada padre de familia con los documentos de matrícula para su conocimiento y diligenciamiento

CAPITULO SEXTO: REGIMEN TARIFARIO 1- ADOPCIÓN DE TARIFAS La definición y cobro de tarifas de matrícula, pensiones y cobros periódicos originados en la prestación del servicio educativo, por parte del colegio, constituye un sistema que hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional. El régimen tarifario del Colegio se fundamenta en las disposiciones y los criterios definidos por la Ley General de Educación y desarrollados por reglamentos y orientaciones del Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación. La adopción de las tarifas para cada año lectivo por concepto de matrícula, pensiones y cobros periódicos, es realizada por el Consejo Directivo del Colegio, atendiendo el proceso de auto evaluación según los procedimientos y formularios establecidos por el Ministerio de Educación Nacional, la clasificación del Colegio en el Régimen de Liberad regulada y las reglas sobre incrementos de tarifas que para cada año fija el Gobierno Nacional. El régimen tarifarlo del Colegio adopta la definición de una TARIFA ANUAL que se paga de la siguiente manera, atendiendo la normatividad vigente: Valor de la Matrícula. Es la suma anticipada que se paga una vez al año en el momento de formalizar la vinculación del estudiante al servicio educativo o cuando se renueva el contrato correspondiente. Matricula extraordinaria Es el pago del valor de matricula, que se cancela posterior a las fechas establecidas por el colegio, este pago extemporáneo ocasionara una sanción por mora. Valor de la Pensión. Es la suma mensual que se paga al Colegio para que el estudiante participe en el proceso formativo según el Proyecto Educativo Institucional del Colegio. El valor total a pagar por concepto de pensiones está constituido por el valor resultante de restar la suma pagada por concepto de matrícula al valor total de la tarifa anual. El valor de las pensiones lo pagará el padre de familia o acudiente que suscriba el Contrato de Matrícula en diez (10) cuotas iguales y anticipadas. Cada cuota deberá ser cancelada dentro de los diez (10) primeros días de cada mes. Otros Cobros de matricula son las sumas que deben pagar los padre de familia o acudientes por seguro estudiantil, carne estudiantil y actividades extracurriculares. Otros cobros periódicos. . Es la suma que paga el padre de familia o acudiente que voluntariamente lo haya aceptado, por concepto de servicios de transporte escolar y

alimentación escolar. Estos cobros no constituyen elemento propio de la prestación del servicio educativo, pero se originan como consecuencia del mismo.

2- PROCEDIMIENTO GENERAL PARA EL COBRO DE TARIFAS Las obligaciones económicas por parte de los padres de familia o acudientes de los educandos, se encuentran consignadas en el pagaré de costos educativos para el año lectivo correspondiente que se suscribe junto con el Contrato de Matrícula y forma parte integral de éste. El tiempo máximo para pagar la cuota anticipada es el día diez (10) de cada mes. Los pagos que se efectúen después del día once (11) de cada mes vencido, causarán una sanción por mora, que se establece en el pagaré de costos educativos que se suscriba. 3- DERECHO A DEVOLUCIONES Cuando un padre de familia o acudiente habiendo cancelado el valor de la matrícula, y decida voluntariamente retirar al estudiante del Colegio, antes de la iniciación de clases, tienen derecho a una devolución equivalente al 80% del valor de la matrícula y a la totalidad de lo cancelado por otros conceptos. En caso de que el estudiante realice la cancelación de la matricula, una vez iniciado el año escolar, el colegio no realizara devolución, ni reintegro de dineros cancelados por concepto de matricula, ni otros cobros de matricula. Si el retiro de un estudiante sucede en los primeros nueve días de un determinado mes, el padre de familia o acudiente no estará en la obligación de pagar la pensión de dicho mes. No obstante, el contrato de matrícula mantendrá su vigencia hasta tanto no se haga la respectiva cancelación en la Secretaría del Colegio. El padre de familia o acudiente deberá pagar el mes o meses transcurridos hasta la formalización de la terminación del contrato de matrícula. 4- TRATAMIENTO DE SITUACIONES DE MORA El padre de familia o acudiente incurre en mora cuando vence la fecha indicada en el pagaré de costos educativos para el correspondiente pago de la pensión mensual y causará la sanción por mora que se indique en el pagaré, de conformidad con el Código de Comercio y el Código de Procedimiento Civil. Mientras el padre de familia o acudiente permanezca en situación de mora, el Colegio no hará entrega de constancias, certificados o boletines, sin detrimento del derecho que tiene el educando de recibir la prestación del servicio educativo. Si las situaciones de mora son reiterativas o al finalizar el año académico el padre de familia o acudiente no se encontrare a paz y salvo, será causal de no renovación del contrato de matrícula para el año lectivo inmediatamente siguiente.

Ello en virtud, de los conceptos jurisprudenciales que establecen que “…De todos modos, el hecho de que los padres puedan escoger una educación privada, les impone correlativamente el cumplimiento de obligaciones a favor de la institución educativa que escojan y, por consiguiente, tienen la obligación de efectuar el pago de la matrícula y de las pensiones periódicas correspondientes a la educación de sus hijos…” y que por tanto “…la seriedad del compromiso que se exige de los padres morosos, no puede acreditarse con la presentación de fórmulas sujetas a su mera voluntad, sino que, por el contrario, deben sujetarse a verdaderas garantías que preserven los derechos de la institución educativa…” (Sentencia T295 de 2004) 5- BECAS EL colegio Colombo francés otorga beneficios a las familias con dos o más hijos así:  Familias con dos hijos se otorgara un descuento del 5% sobre el valor de la pensión del hijo de mayor grado.  Familias con tres hijos o más se otorgara un descuento del 50% sobre el valor de la pensión del hijo de mayor grado. NOTA: los dos descuentos no aplican de manera simultanea, uno excluye el otro. NOTA: Estos descuentos o / beneficios se encuentran condicionados a que los valores de pensión se cancelen en los plazos establecidos por el Colegio; de los contrarío, es decir si se encuentran en mora perderán todo beneficio.

CAPITULO SÉPTIMO: DE LO ACADÉMICO, EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS 1. LA EVALUACION El Sistema de evaluación y promoción consagrado en el Proyecto Educativo Institucional del Colegio, se fundamenta en los fines y objetivos educativos establecidos en la Ley General de Educación, las normas técnicas sobre currículo, evaluación y promoción dadas por el Gobierno Nacional a través de los decretos 230 y 3055 de 2002 y los estándares básicos de competencias, establecidos por el Ministerio de Educación Nacional. Para el cabal desarrollo de este Sistema el Colegio instituye la Comisión de Evaluación y Promoción para cada grado, de conformidad con lo indicado en el artículo 8 del Decreto 230 de 2002, cuyas funciones se encuentran el en PEI La evaluación es concebida en el Colegio como un sistema de seguimiento de los procesos madurativos, tanto a nivel cognitivo como socio afectivo, estructurado a través del seguimiento sobre el avance en la adquisición de conocimientos y el desarrollo de las capacidades de los educandos. La evaluación se realiza en forma continua, integral, cuantitativa y cualitativa y se expresa en informes estadísticos y descriptivos que respondan a estas características. Los logros e indicadores de logro propuestos para las diferentes asignaturas y proyectos, atendiendo los estándares básicos de competencias para las áreas que los tenga definidos, se dan a conocer al inicio del año escolar y, periódicamente se entregan informes que constituyen el soporte para determinar los avances en la formación del educando y, para que los padres, los docentes y los alumnos definan los planes de mejoramiento y las acciones necesarias para continuar adecuadamente el proceso educativo La evaluación de cada uno de los educandos será integral y brinda igualdad de oportunidades para todos, a fin de motivarlos en la búsqueda de la excelencia académica y a su desarrollo personal y social. La evaluación continua identifica las potencialidades del educando para crear oportunidades de aprendizaje acordes a los sus intereses y con mira a propiciar en el estudiante el desarrollo de todas su dimensiones. La evaluación incluye la valoración de desempeños, dominios y competencias en cada una de las asignaturas que componen la estructura académica. 2.CRITERIOS APLICABLES EN LA EVALUACIÓN. En el diseño curricular del Colegio se definen las competencias por asignaturas y los logros e indicadores de logro para cada grado que deberán ser apropiados, adquiridos y desarrollados por los estudiantes. Se fijan unos logros generales para ser alcanzados a lo largo del año lectivo e indicadores de logro por periodos que muestran los avances del estudiante para alcanzar los logros generales.

El comportamiento y las actitudes del estudiante, se evalúan durante cada período académico con los parámetros e indicadores que se darán a conocer previamente. El seguimiento del proceso se registra en actas, previa evaluación por parte del tutor de grupo, los docentes del nivel, coordinaciones y psicología. En caso de ser necesario la Comisión Disciplinaria será la encargada de evaluar dichas actitudes y comportamiento. En general, se consideran como aspectos evaluables, los conocimientos teóricos y prácticos, la adquisición de hábitos, valores, habilidades y destrezas en todas las áreas y asignaturas, de los ciclos y niveles educativos ofrecidos por el Colegio. ESTRUCTURA ACADÉMICA POR ASIGNATURAS El Colegio Colombo Francés ha estructurado dentro de su plan de estudios, el trabajo por asignaturas. El trabajo, resultados y avances en cada una de ellas, así como el desarrollo de toda actividad propuesta forman parte del quehacer del estudiante frente a los resultados obtenidos en la finalización del año, influyendo estos dentro de los procesos de promoción y evaluación. Las asignaturas cursadas por cada nivel son las siguientes:  Nivel preescolar: El trabajo está orientado dentro de las cinco dimensiones del desarrollo: Comunicativa, Cognitiva, Biofísica, Ética (Socio-afectiva) y Estética. 

Nivel básica: o Primero a quinto: Matemáticas, Español y Literatura, Ciencias Naturales, Ciencias Sociales, Inglés, Francés, Ética, Educación Física y Tecnología. o Sexto a Octavo: Matemáticas, Geometría, Español y Literatura, Ciencias Naturales, Ciencias Sociales, Inglés, Francés, Dibujo, Ética, Educación Física y Tecnología. o Noveno: Matemáticas, Estadística, Español y Literatura, Ciencias Naturales, Sociales, Inglés, Francés, Ética, Educación Física, Tecnología, Física y Filosofía.



Nivel Media o Décimo y once: Matemáticas, Probabilidad, Español y Literatura, Química, Física, Economía y Política, Biología, Filosofía, Inglés, Francés, Dibujo, Ética, Educación Física y Tecnología.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN E INFORMES DE EVALUACION Al finalizar cada uno de los cuatro periodos del año escolar, los padres de familia o acudientes reciben un informe escrito de evaluación en el que se da cuenta de los avances de los educandos en los diferentes procesos que conllevan la formación integral. No obstante, durante el año escolar se proporciona a estudiantes y padres de familia, de manera individual o grupal, información sobre la situación académica. . El colegio realizará la entrega de informes a padres de familia después de finalizar cada periodo académico, para este fin ha creado los DIAS ABIERTOS a los cuales deben los padres asistir en el horario asignado, dado que es un espacio donde todos los profesores están disponibles para hablar con ellos.

Es indispensable para la entrega de informes en la sección de secundaria la asistencia del estudiante en compañía del padre de familia. El informe de evaluación incluye datos detallados de la valoración evaluativa de cada una de las áreas del plan de estudios del respectivo grado, anotaciones sobre las fortalezas y dificultades que haya presentado el educando en cualquiera de las áreas, y recomendaciones y estrategias para optimizar procesos y superar las dificultades. De igual forma se realiza un informe del desarrollo y el estado socio-afectivo y actitudinal. Al finalizar el año escolar se entrega a los padres de familia o acudientes un informe final con los resultados definitivos del rendimiento académico del estudiante durante el año escolar. La escala de evaluación aplicable a cada una de las áreas del plan de estudios y para cada uno de los educandos del Colegio es la siguiente: En el diseño curricular del Colegio se definen las competencias por asignaturas y los logros e indicadores de logro para cada grado que deberán ser apropiados, adquiridos y desarrollados por los estudiantes. Se fijan unos logros generales para ser alcanzados a lo largo del año lectivo e indicadores de logro por periodos que muestran los avances del estudiante para alcanzar los logros generales. El comportamiento y las actitudes del estudiante, se evalúan durante cada período académico con los parámetros e indicadores que se darán a conocer previamente. El seguimiento del proceso se registra en actas, previa evaluación por parte del tutor de grupo, los docentes del nivel, coordinaciones y psicología. En caso de ser necesario la Comisión Disciplinaria será la encargada de evaluar dichas actitudes y comportamiento. En general, se consideran como aspectos evaluables, los conocimientos teóricos y prácticos, la adquisición de hábitos, valores, habilidades y destrezas en todas las áreas y asignaturas, de los ciclos y niveles educativos ofrecidos por el Colegio. Dentro de los procesos de evaluación, cada profesor manejará el criterio de aprobación de cada logro, teniendo en cuenta que el estudiante debe superar mínimo el 75% de cada uno y al finalizar el año académico, la totalidad de los logros de la asignatura. La evaluación se rige por el Decreto 230 del 11 de feb-2002 Art. 5 que contempla los criterios de valoración basados en los términos E = Excelente, S = sobresaliente, A = Aceptable, I = Insuficiente D = Deficiente; teniendo en cuenta para ello el desarrollo humano y académico del estudiante, lo cual se reflejará en los boletines de evaluación. El Colegio Colombo Francés, en búsqueda del mejoramiento de la calidad académica, incluye a la escala anterior la valoración B, que tiene como fin hacer que el estudiante se comprometa y se esfuerce por superar los logros. Lo anterior se resume en la siguiente tabla: D I A B

0.0 - 4.0 4.1 – 6.5 6.6 – 7.4 7.5 – 8.2

S E

8.3 – 9.2 10.0 – 9.3

Siguiendo los parámetros emitidos por el ministerio de educación se han definido las escalas anteriores de la siguiente manera: La escala de evaluación aplicable a cada una de las áreas del plan de estudios y para cada uno de los educandos del Colegio es la siguiente:  Excelente: Para el estudiante que supera todos los logros propuestos, superando las expectativas de la asignatura, destacándose por su alto desempeño y actitud.  Sobresaliente Para el estudiante que alcanza los logros propuestos sin mayores dificultades académicas, demostrando compromiso y responsabilidad.  Bueno: Para el estudiante que en el proceso alcanza los logros requeridos con algunas dificultades habiéndose apoyado en tutorías académicas y recuperaciones.  Aceptable: Para el estudiante que durante el año muestre dificultad para alcanzar algunos de los logros propuestos en cada período y presentando recuperaciones o asistiendo a apoyos pedagógicos no alcanza la totalidad de los mismos.  Insuficiente: Para el estudiante que durante el año presentan dificultades para alcanzar la mayoría de los logros propuestos por el área, realizando las tutorías académicas programadas, sin alcanzar los mínimos logros requeridos.  Deficiente: Para aquellos estudiantes que durante el año presentan dificultades para alcanzar la totalidad de los logros propuestos por el área, realizando actividades complementarias especiales, y no alcanza los logros requeridos Esta escala de valoración será conocida por los estudiantes el primer día de clase, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: 1. Se considera aprobada una asignatura cuando el estudiante obtiene una valoración de B, S, E de acuerdo a la escala numérica anterior. 2. No se aprueba la asignatura con valoración en A, I o D de a cuerdo a la escala numérica anterior. 3. El estudiante que no apruebe una o más de las asignaturas, tendrá derecho a presentar actividades de recuperación, siempre que cumpla con lo dispuesto en el numeral 12.4 del presente manual de convivencia. 4. Primaria se regirá por la escala cualitativa anterior sin la equivalencia numérica. 3.ACTIVIDADES PEDAGÓGICAS COMPLEMENTARIAS Atendiendo las disposiciones del Decreto 230 de 2002 en armonía con el artículo 42, numeral 6, de la Ley 1098 de 2006, si durante el año lectivo no se han alcanzado los logros fijados, el estudiante deberá seguir el proceso de las actividades pedagógicas complementarias. Ante la pérdida de logros en la finalización de cada periodo, se procederá a realizar las siguientes estrategias

1. Al identificar las causas por las cuales el estudiante ha perdido uno o más asignaturas, se procederá a diseñar un plan de mejoramiento personalizado, que el estudiante desarrollará en un tiempo no mayor a quince días y que será evaluado por el profesor: este plan consiste en un conjunto de tutorías, evaluaciones de recuperación designadas por La coordinación del Colegio, la cual establecerá los horarios finalizado cada periodo; estas serán citadas a través de la agenda o circular general, publicadas con antelación por la respectiva coordinación con conocimiento de los padres de familia. 2. Si el logro no ha sido superado con el plan de mejoramiento anterior se procederá a elaborar un acta de compromiso con los padres y se determinará las horas que el estudiante deberá tener con un docente externo. Este deberá entregar al colegio un informe del proceso que llevó a cabo con el estudiante, y una vez recibido este informe, se aplicará, en una sola ocasión, una nueva evaluación de recuperación durante el año lectivo. 3. Si después de las dos oportunidades anteriores el estudiante no alcanza a recuperar el o los indicadores, lo(s) perderá automáticamente y no tendrá otra oportunidad. 4. Para los indicadores perdidos del periodo cuarto, se fijará una fecha de recuperación una semana después de terminadas las clases. 4.ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS ESPECIALES Ante la pérdida de la asignatura al final del año lectivo los criterios y actividades a ser tenidos en cuenta serán los siguientes: 1. Al finalizar el cuarto período se determinará la pérdida de la asignatura a partir de los logros que la componen. 2. Un logro se pierde si el estudiante no ha alcanzado la nota aprobatoria en el 100% de sus indicadores durante el año. 3. La asignatura perdida podrá recuperarse, a partir de un compromiso del estudiante y apoyo familiar, en ocasiones con profesor externo y la evaluación se practicará, según las normas vigentes, ocho días antes de iniciar el siguiente año lectivo, siempre y cuando el estudiante no haya perdido el año. Se entiende que en este caso es la recuperación de la asignatura completa y no de algún logro o indicador específico. 4. Si en esta evaluación el estudiante no recupera la asignatura, ésta le quedará registrada como perdida y le aparecerá siempre como tal en los informes académicos. Ello repercutirá en que el estudiante tendrá un acumulado negativo para el siguiente año; y si se trata de español y matemáticas y vuelve a perder la asignatura, perderá el año, como lo establece el artículo 9 del Decreto 230 de 2002, modificado por el Decreto 3055 de 2002. De igual forma, cuando el estudiante llegue a grado 11º. deberá graduarse por ventanilla hasta tanto recupere la asignatura que reprobó en años anteriores. 5. CRITERIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE RECUPERACIONES EN LAS ACTIVIDADES PEDAGOGICAS COMPLEMENTARIAS El estudiante que no haya aprobado una asignatura debe: 1. Presentarse a las tutorías en las fechas fijadas por coordinación. 2. Presentarse a las recuperaciones en las fechas fijadas por coordinación, previa asistencia a las tutorías.

3. Los estudiantes que no cumplan con los procesos anteriores y no aprueben la asignatura, quedarán pendientes para la semana de recuperación del siguiente periodo. 4. El estudiante que no apruebe los procesos de recuperación de un mismo periodo hasta dos veces será remitido al Comité de Evaluación quien definirá el proceso a seguir. 5. Si al finalizar el año escolar el estudiante no ha aprobado alguna asignatura, su promoción se regirá por el numeral 12.6 del presente manual de convivencia. 6. Se consideran casos especiales aquellos en los que el estudiante se haya ausentado por enfermedad o calamidad previamente justificadas, para los cuales el Comité de evaluación decidirá el proceso para recuperar según lo considere necesario. 6.NIVELACIONES Son espacios que se realizarán con los estudiantes nuevos o de traslado. Las nivelaciones incluyen planes de trabajo asignados por el comité de evaluación con el fin de lograr en el estudiante empalme en temáticas y actividades académicas manejadas en el curso al cual ingresa y así el alcance de los objetivos en todas las asignaturas que así lo requieran. Conocerán de este proceso los padres de familia, los cuales han tenido como condición al ingresar al Colegio facilitar espacios para que sus hijos alcancen los logros propuestos por la Institución. DEFINICIÓN: PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES Se entiende como promoción académica el hecho administrativo que permite que un educando pase de un grado escolar determinado al siguiente grado de un ciclo o nivel educativo, por satisfacer requerimientos evaluativos, administrativos y disciplinarios, según las normas educativas vigentes y el Proyecto Educativo Institucional. Para efectos de la promoción académica de los educandos, el Colegio se ciñe a las disposiciones vigentes consagradas en el artículo 9 del Decreto 230 de 2002, modificado por el artículo 1 del Decreto 3055 de 2002 y que textualmente establece: “Artículo 9°. Promoción de los educandos. Los establecimientos educativos tienen que garantizar un mínimo de promoción del 95% del total de los educandos que finalicen el año escolar en la institución educativa. Para el cabal desarrollo de este Sistema el Colegio instituye la Comisión de Evaluación y Promoción para cada grado, de conformidad con lo indicado en el artículo 8 del Decreto 230 de 2002. las responsabilidades de esta comisión se encuentran en el PEI. Será promovido al grado siguiente el estudiante que cumpla con las exigencias académicas para cada asignatura según lo dispuesto por la ley y lo desarrollado en nuestro Plan de Estudios del Proyecto Educativo Institucional del colegio Colombo Francés y que se encuentran consignados dentro del presente manual en el numeral 12.2. Al finalizar el año, la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado será la encargada de determinar cuáles educandos deberán repetir un grado determinado.

Es responsabilidad de la Comisión de Evaluación y Promoción estudiar el caso de cada uno de los educandos considerados para la repetición de un grado y decidir acerca de esta. El Colegio Colombo Francés se abstendrá de promover al estudiante que según las consideradas en el artículo 23 de la Ley General 115 de Educación, los Decretos 0230 de febrero del año 2002 y 3055 de diciembre 12 de 2002 y el numeral 12.2 del presente manual de convivencia: “a) Cuando haya obtenido una valoración final de Aceptable, Insuficiente o Deficiente en tres (3) o más de las asignaturas; b) Cuando haya obtenido una valoración final de Aceptable, Insuficiente o Deficiente en matemáticas y lenguaje durante dos o más grados consecutivos en la Educación Básica; y c) Cuando haya dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar. Los demás educandos serán promovidos al siguiente grado, pero sus evaluaciones finales no se podrán modificar. Estas valoraciones finales serán una vez cumplidos los procesos académicos del año lectivo, las actividades de recuperación y refuerzo durante el desarrollo de cada período y las diseñadas al finalizar el año escolar. En caso de no ser promovido, el estudiante podrá repetir el grado en el Colegio Colombo Francés solamente una vez, siempre que no haya presentado dificultades disciplinarias. Todos los estudiantes se pueden promover al grado siguiente antes de terminar el año lectivo normal. El criterio de promoción anticipada se fundamenta en la aprobación de todos los logros cursados, para poder dar inicio al siguiente. En dichos casos, el Colegio fijará los parámetros para ello, previa aprobación por parte de Comisiones de Evaluación y Promoción. 7. CRITERIOS DE LA PROMOCIÓN. De modo particular, la Comisión de Evaluación y Promoción del Colegio determina los estudiantes que serán promovidos al grado escolar siguiente, teniendo en cuenta, además, sus propias actas, que recogen los resultados y actividades en lo académico, convivencial y actitudinal, aplicando los siguientes criterios: 1. Resultados académicos de las distintas áreas y asignaturas. 2. Alcance de logros propuestos para el año académico que cursa. 3. Cumplimiento de las exigencias establecidas en los reglamentos internos de la institución tanto académico como convivencial. 4. Evaluación de asistencia de cada estudiante. 5. Evaluación en los procesos en las áreas de matemáticas y español con respecto al año anterior. 6. El nivel de desarrollo de pensamiento y maduración en directa relación con el grado que cursa, fundamentado en el seguimiento realizado por las diferentes instancias de intervención pedagógica. Los estudiantes del Grado 11 que aprueben todas las asignaturas, hayan cumplido con las exigencias establecidas en los reglamentos internos de la institución, que estén a paz y salvo y que cumplan con las normas legales, podrán recibir el título de bachiller académico, mediante el acta de graduación y el diploma en la ceremonia correspondiente o en la Secretaría Académica del Colegio. Estudiantes no promovidos. Atendiendo los criterios indicados en el artículo 9 del Decreto 230 de 2002, aquí citado, la Comisión de Evaluación y Promoción del Colegio determinará los estudiantes que no

podrán ser promovidos, comunicando de ello a la Rectoría y al Consejo Directivo. De modo específico, un estudiante no se promueve cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias: 1. Por no asistencia del estudiante a las actividades pedagógicas programadas en el plan de estudios para un determinado grado por períodos que, computados resulten superiores a la cuarta parte del tiempo total previsto, tiempo que se determinará de acuerdo con la intensidad horaria prevista para cada asignatura. 2. Cuando persista la insuficiencia en tres o más áreas de acuerdo con lo señalado en el Proyecto Educativo Institucional del Colegio, después de cumplidas las actividades pedagógicas complementarias. 3. Cuando persistan las insuficiencias en Matemáticas y Lengua Castellana, después de cumplidas las actividades pedagógicas complementarias, y se hubieran presentado dificultades en estas mismas áreas en el año anterior. 4. Cuando después de cumplidas las actividades complementarias especiales, persiste la insuficiencia en la satisfacción de los logros.

CAPITULO OCTAVO: MANEJO DEL CONFLICTO RÉGIMEN DISCIPLINARIO APLICABLE A LOS EDUCANDOS Los diversos comportamientos humanos son los que permiten hacer algunas consideraciones en torno a las consecuencias de sus actos, bien sean favorables y positivos o violenten algún derecho personal o social. Cuando dicho proceder agrede alguna instancia de la vida personal o comunitaria se le considera un conflicto, el cual debe solucionarse en beneficio de la excelente formación integral del estudiante y la protección del bien común, como principio universal de la convivencia. Como característica inherente al ser humano y su entorno, el conflicto es una forma de enriquecer el espíritu, una manera de formar las voluntades y un medio para velar por un mejor desarrollo de la personalidad y por ende, un camino para hacer ciudadanos más acordes con la vida y la paz. Las normas dispuestas en este régimen se expiden bajo el amparo del ordenamiento de la Ley General de Educación, especialmente en sus artículos 87 y 132; el Código de Infancia y Adolescencia y, de lo dispuesto en el Decreto 1860 de 1994, artículos 17, 23 y 25. Las disposiciones sancionatorias no imponen medidas que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes. El COLEGIO es respetuoso de las garantías constitucionales al debido proceso aplicadas en los procesos disciplinarios que adelante la institución educativa, tal como lo ha indicado la Corte Constitucional en diversas oportunidades.

1- EL CONDUCTO REGULAR : El siguiente es el Conducto Regular que orientará el manejo de los conflictos en la vida escolar, el cual respalda el derecho a la verdad, la defensa y el debido proceso, que en orden ascendente es: Estudiante – Docente – Director de Grupo – Coordinador – Consejo Académico y de Formación – Rector – Consejo Directivo – Junta Directiva de la Corporación. 2. PROHIBICIONES Son prohibiciones las siguientes: 1. Impedirle a los demás el cumplimiento de sus deberes, utilizando coacciones o subrepticios

2. Ocupar o tomar indebidamente bienes de la institución educativa. 3. Ejecutar actos de violencia contra compañeros o cualquier otra persona de la institución educativa. 4. Ejecutar dentro o fuera de la institución educativa actos que atenten contra la moral o las buenas costumbres, en su condición de estudiante. 5. Ocasionar daño a bienes, elementos, o documentos. 6. Ejercer cualquier clase de coacción sobre sus compañeros u otras personas de la institución educativa con el fin de conseguir provecho personal o para terceros, o para que proceda en determinado sentido. 7. Proferir en público expresiones injuriosas o calumniosas contra cualquier miembro de la comunidad educativa. 3. FALTAS DISCIPLINARIAS Y TIPIFICACIÓN DE LAS MISMAS: Se entiende por falta los comportamientos que por su defecto en el obrar contra la obligación de sí mismo o de otra persona, son la violación a lo reglamentado y atentan contra las normas que buscan salvaguardar los valores humanos y la integridad individual y colectiva. Estos comportamientos afectan la armonía y el ambiente propio de la sana convivencia, los procesos académicos, los principios morales, éticos, legales y reglamentarios. El Colegio considera que la comisión de una falta por parte de un estudiante está contextualizada, primero que todo, en el momento particular de formación, maduración y consolidación de su proyecto de vida. Existen entonces, una serie de atenuantes o agravantes que serán considerados en el momento de realizar los procedimientos frente a una falta tipificada en el presente Manual de Convivencia.

Las faltas disciplinarias se clasifican en académicas y disciplinarias, según la conducta atente contra el orden académico o de convivencia. De conformidad con el carácter y naturaleza, pueden ser: 1. muy Graves 2. moderadas 3. Graves. 4. Leves Las faltas gravísimas están expresamente indicadas en este Manual y atentan directamente el buen nombre del centro educativo, su institucionalidad y la integridad física y moral de la comunidad educativa. Son faltas graves o leves el incumplimiento de los deberes, el abuso de los derechos y la violación a las prohibiciones. Para calificar la gravedad o levedad de la falta se tendrán en cuenta los siguientes criterios: 1. El grado de culpabilidad. 2. La trascendencia de la falta o el perjuicio causado.

3. Las modalidades y circunstancias en que se cometió la falta, para lo cual se considerarán los atenuantes y agravantes aquí señalados. 4. Los motivos determinantes del comportamiento. 5. Cuando en la comisión de la falta intervengan varias personas. Se tendrán en cuenta igualmente circunstancias atenuantes en el momento de tipificar una falta, como las siguientes: 1. La edad cronológica, su desarrollo mental, motriz y afectivo. 2. Los antecedentes disciplinarios de buena conducta. 3. La actuación franca, clara transparente en la confesión y aclaración de los hechos que motivaron la falta. 4. El buen desempeño académico y un alto sentido de pertenencia a la Institución 5. Los conceptos favorables emitidos por el Departamento de Psicología, los docentes, el personero estudiantil u otra instancia de participación. En el momento de calificar una falta, se tendrán en cuenta circunstancias agravantes como las siguientes: 1. La manifiesta falta de compromiso del estudiante y de sus padres de familia o acudientes frente al cumplimiento de sus deberes. 2. La reiterada acumulación de observaciones negativas sobre su comportamiento y desempeño académico, consignadas en su registro académico. 3. La desatención reiterada a los compromisos adquiridos con el Departamento de Psicología, las coordinaciones psicopedagógicas y los docentes, ante las acciones preventivas y reeducativas desarrolladas. 4. El bajo desempeño y la evidencia de falta de compromiso y responsabilidad académica. 5. La comisión de una falta por negligencia o por inobservancia de elementales cuidados.

Faltas muy graves. Son consideradas faltas muy graves : 1. Realizar cualquiera acto que atente contra la integridad física o psicológica de los miembros de la comunidad educativa o de otras personas. 2. Portar o hacer uso de armas de cualquier clase o tipo, dentro o fuera del Colegio. 3. Propiciar, promover o participar en peleas, grescas o riñas dentro o fuera del Colegio 4. Amenazar, coaccionar, injuriar, intimidar, maltratar tanto física como psicológicamente, o acosar a un compañero, profesor o a cualquier miembro de la comunidad educativa que estén vinculadas o no con la institución; en forma directa, a través de terceros, mediante algunos medios de comunicación o por otros medios virtuales. 5. Realizar actividades dentro o fuera del Colegio que afecten gravemente el buen nombre y prestigio de la institución educativa. 6. Consumir o expender dentro del Colegio sustancias prohibidas que produzcan dependencia física o síquica o asistir al Colegio en dos o más ocasiones en estado de embriaguez o bajo el efecto de estupefacientes. 7. Ser actor, cómplice o encubridor en la apropiación de cualquier clase de objeto (útiles escolares, cuadernos, libros, dinero, loncheras, comestibles, etc.) de sus compañeros, profesores, directivas o cualquier otra persona, sin el consentimiento de su propietario.

8. Ser actor, cómplice o encubridor en la adulteración de documentos privados o firmas, asumiendo una conducta dolosa. 9. la mentira o suplantación en los documentos y demás instancias de la vida escolar. 10. el maltrato o daño a los enseres de las demás personas de la institución. 11. Entregar trabajos académicos como propios, constatándose que fueron hechos por otras personas. 12. Actuar de manera tumultuosa entorpeciendo el normal y libre funcionamiento de la institución educativa. 13. Incurrir en cualquier conducta que constituya contravención o infracción penal según la legislación colombiana. 14. Incitar o inducir a otros a cometer cualquiera de las faltas clasificadas en el Manual. 15. Reincidir en las faltas graves, sin atender las medidas correctivas impuestas, ni mucho menos cumplir los compromisos suscritos previamente Faltas graves Son faltas graves las conductas que infrinjan las normas necesarias para garantizar el respeto de los derechos individuales y colectivos y la convivencia pacífica al interior de la comunidad educativa, así como las conductas que demuestran una evidente o persistente omisión de las obligaciones relacionadas con los procesos académicos, en particular las que a continuación se relacionan: 1. Reincidir en la no presentación de tareas, trabajos, actividades especiales complementarias y demás actividades de una misma asignatura. 2. No asistir a exámenes o pruebas programadas sin causa justificada. 3. Evidenciar falta de participación, preparación, profundización, e investigación; así como poco interés y preocupación frente a la adquisición del conocimiento; en las actividades académicas, al interior de las clases o al desarrollar trabajo extracurricular. 4. No ingresar a clases estando en el Colegio. 5. No presentar justificación de acuerdo con las normas que regulan la inasistencia al Colegio. 6. Comercializar artículos de cualquier índole dentro del Colegio y/o en el bus escolar, sin autorización expresa de la Rectoría. 7. Haber sido cogido in fraganti cometiendo fraude en la evaluaciones de carácter individual, ya sea mirando las respuestas, preguntando o hablando a otro compañero durante la prueba o examen sobre cualquier tema; dar o recibir información no autorizada; así como tener y/o consultar textos, documentos o ayudas no permitidas. De igual forma salir del salón durante dicha evaluación sin previa autorización expresa del profesor. 8. Esconder, alterar, dañar o no devolver los materiales del bibliobanco o cualquier otro documento que se haya entregado en calidad de préstamo, o hacerlo después de la fecha pactada con las personas pertinentes.

9. El encubrimiento de faltas o el entorpecimiento de un proceso 10. Presentar reiterativamente trabajos que no cumplan con los lineamiento establecidos por los maestros o que no tenga la calidad esperada de acuerdo con el grado, nivel de pensamiento y exigencia según el área. 11. Traer al colegio, mirar o hacer circular dentro del mismo, revistas, libros, disquetes, videos, folletos o cualquier otro material con contenido clasificado legalmente como pornográfico. 12. Incumplir con la realización de actividades y trabajos programados para las fechas en que el estudiante sea semiescolarizado.

13. Causar daño a las instalaciones, muebles y enseres que el Colegio haya puesto a su servicio, sin perjuicio del pago que deben efectuar los padres o acudientes del estudiante en tesorería del valor del bien o artículo dañado. 14. Incurrir en conductas de abuso de confianza con algún miembro de la comunidad educativa. 15. Dar tratamiento irrespetuoso a algún miembro de la comunidad educativa o las personas que prestan servicios adicionales a la institución. 16. Salir del Colegio durante la jornada, sin previo conocimiento y autorización escrita de los padres y avalada por el coordinador de disciplina o por otra instancia competente. 17. Reincidir por cuarta ocasión en la comisión de en faltas leves. Faltas moderadas

1. 2. 3. 4.

Reincidir hasta en dos veces en las faltas leves Mentir para beneficio personal o de terceras personas No presentar excusa cuando falta al colegio No informar sobre las reuniones de los padres de familia, entregar circulares e información oportuna enviada por el colegio.

5. Bajarse de la ruta en un sitio diferente al establecido por los padres y/o acudientes, previo acuerdo con el colegio, sin autorización escrita de los mismos y avalada por el coordinador de disciplina o por otra instancia competente. 6. Cambiar de ruta y/o viajar en vehículo particular, sin la previa autorización escrita de los padres y avalada por el coordinador de disciplina o por otra instancia competente. 7. Incumplir con los deberes académicos asignados por los docentes de las diferentes áreas en las jornadas en las cuales ha estado ausente. 8. No informar y/o hacer firmar a sus acudientes o padres oportunamente los comunicados escritos (de cualquier asunto) que el Colegio envía a través del alumno.

Faltas leves Se enmarcan como faltas leves las conductas que infrinjan las normas necesarias para la garantizar la organización y desarrollo regular de la actividad escolar tanto en lo individual como en lo colectivo, y las normas que tratan de compromisos básicos con el proceso de aprendizaje, no obstante, las medidas pedagógicas adoptadas, en particular las que a continuación se enuncian: 1. Incumplir con la realización, entrega y sustentación de trabajos, tareas y otras actividades exigidas por los profesores de cada asignatura. 2. Llevar a las aulas de clase, talleres, aulas especializadas y restaurante, maletas o implementos deportivos. 3. Llevar a las aulas de clase, talleres, aulas especializadas y restaurante, aparatos electrónicos tales como: radios, walkman, beepers CD-players, celulares y similares. El uso de estos aparatos se restringe a las horas de descanso, únicamente bajo la responsabilidad del estudiante debido a que la institución no se hace responsable de la pérdida de estos elementos. 4. Hacer uso del celular durante las clases, interrumpiendo la concentración y atención personal y del grupo y en caso de contravenir esta norma, será decomisado y entregado personalmente a la familia.

5. Perturbar el ambiente de lugares como biblioteca, cafetería, salón de clases, aulas especializadas, hablando en voz alta, emitiendo ruidos o sonidos, o levantándose sin permiso del sitio o puesto que le ha sido asignado. 6. Esperar al profesor fuera del aula y/o generar desorden que interrumpa las actividades que se realizan en los diferentes espacios, salvo cuando el profesor previamente haya indicado o dispuesto un sitio diferente. 7. Llegar a clase después del horario establecido o ausentarse del salón sin autorización del docente a cargo o de la coordinación. 8. Mostrar actitudes irrespetuosas frente a los símbolos patrios y del Colegio, así como en los actos de comunidad. 9. Salir del salón a cualquier lugar o actividad en ausencia de algún profesor, excepto cuando se otorgue permiso previo por el profesor a cargo y/o alguna de las coordinaciones. 10. Vestir o traer prendas diferentes a las establecidas para el uniforme que corresponde a cada día. 11. Botar por fuera de los recipientes destinados para este servicio, papeles, empaques, plásticos, envases o cualquier otro producto y/o sustancia sea o no biodegradable y contaminantes o que deteriore la estética ambiental. 12. Comer en lugares no destinados para tal efecto (biblioteca, salón de clase, aulas especializadas, buses, etc.). 13. Tener sucio o desorganizado su sitio de trabajo. 14. Dejar la maleta u otras pertenencias en sitios distintos a los casilleros que para tal efecto están ubicados en los salones. 15. Mantener el casillero sin candado, desordenado, o desaseado, al igual que su escritorio. 16. Irrespetar el turno en las filas del restaurante o en la tienda escolar. 17. Ingresar a zonas restringidas, de forma permanente o temporal salvo que medie autorización del funcionario competente. 18. Presentarse en el aula de clase sin los textos y útiles necesarios, concertados con los profesores de cada asignatura y que fueron dados a conocer, tanto a estudiantes como a padres de familia, el día de la matrícula a través de la lista de textos y útiles escolares. 19. Participar en nombre del Colegio sin la debida autorización en cualquier clase de eventos.

20. No presentar excusa por su inasistencia al Colegio. 21. No darle el uso apropiado a la agenda escolar o no traerla firmada por sus padres o acudiente. 22. No portar el uniforme como está estipulado dentro del presente manual de convivencia. 23. incumplir con los demás deberes de los estudiantes citados en este manual Toda falta que recaiga sobre un estudiante del Colegio será manejada con la mayor discreción por parte de quienes tengan la responsabilidad de investigar y tomar las decisiones pertinentes. 4.LAS INSTANCIAS DEL PROCEDIMIENTO: Las instancias del procedimiento serán orientadas por el Conducto Regular.

La Psicología Educativa y la Personería del Colegio se harán presentes en las instancias del proceso a las cuales sean citadas para participar con sus opiniones y estrategias. En todos los casos y luego de la auto reflexión personal por parte del estudiante, se dialogará con la persona en conflicto para que por medio del diálogo, dé sus explicaciones y haga los descargos pertinentes. Se consignarán en el Observador del Estudiante los hechos, los compromisos adquiridos, el proceso llevado a cabo y la sanción si se hizo necesaria. Se informará a los padres del estudiante en forma escrita cuando se considere necesario. Si la falta lo justifica, se procederá a ser enviado a la siguiente instancia quien será la encargada de tomar las acciones a seguir. La instancia máxima a la cual llegue el caso será la encargada de colocar la sanción correspondiente. La mayor instancia del proceso es el consejo Directivo, quien en la mayor brevedad obrará en consecuencia. 5. LAS SANCIONES: Las sanciones poseen un carácter esencialmente formativo, ya que en los procesos educativos es necesario corregir, de común acuerdo con el estudiante, su familia y la instancia respectiva, comportamientos y actitudes que no se encuentran en consonancia con los objetivos que persigue la institución. Para una real eficacia de las sanciones disciplinarias, estos deben ser proporcionales a la falta cometida, contar con el debido proceso y la participación activa del estudiante, quien será en la medida de lo posible el encargado de solucionar sus dificultades. Las facultades otorgadas a las distintas instancias o recursos tendrán la responsabilidad de contribuir a la formación de la autonomía y el proyecto de vida del estudiante, razón por la cual la omisión o extralimitación de estas facultades serán consideradas como un incumplimiento al compromiso fundamental del docente o directivo como formadores de personas. Las sanciones disciplinarias, tal como se presentan en este documento, tendrán una escala ascendente de compromiso por parte del estudiante y su familia, toda vez que las consecuencias de los mismos suponen momentos formativos cada vez más exigentes y decisivos para que el estudiante reoriente su conducta y actitudes. La toma de decisión frente a la aplicación de determinada sanción, tendrá en cuenta la eficacia o no de la misma, las sanciones anteriormente aplicadas, el contexto de los hechos, la historia integral del estudiante involucrado en la comisión de la falta y la manera como ésta afecta a quien la cometió y a los otros miembros de la comunidad educativa.

Clasificacion I. En el caso de las faltas leves y moderadas el Docente, el Director de Curso o Coordinador, aplicarán las sanciones y estrategias que se consideren pertinentes: 1. Registro en el observador del estudiante (o de coordinación si así se requiere) por parte del docente, registrando firmas y compromisos por parte del estudiante. 2. Reporte al padre de familia. 3. Si su actitud persiste, la institución procederá a aplicar la sanción, que puede ir desde un llamado de atención hasta Suspensión de clases, con

asistencia al colegio a tareas formativas., para las faltas graves con atenuantes y las faltas leves con agravantes.

4. De no tener efecto formativo el proceso anterior, se considerará falta grave. II: Para el caso de las faltas graves se aplicarán las siguientes La amonestación verbal y/o por escrito. 1. Suspensión de clases con desarrollo de trabajo formativo y académico en casa, además es deber y compromiso del estudiante ponerse al día en sus actividades académicas. 2. La suspensión de clases con la asistencia al Colegio por los días a tareas formativas . 3. La pérdida de la nominación a cargos del Gobierno Escolar. 4. La Matrícula condicional. 5. No renovación de matrícula para el año inmediatamente siguiente, para las faltas graves, con circunstancias agravantes

Observación: para el caso del fraude en evaluaciones, se procede a la anulación del examen, consignando en el observador del alumno el evento sucedido.

IV. Para el caso de las faltas muy graves se aplicaran las 1. No renovación de matrícula para el año inmediatamente siguiente, para las faltas graves, con circunstancias agravantes

2. La Cancelación de la Matrícula y/o del Contrato de Cooperación Educativa. Nota aclaratoria: De todo lo anterior se hará reporte al padre de familia o acudiente, quien participará en el proceso y formación del educando. Cualquier sanción será apelable ante la instancia superior, siempre y cuando lo amerite y se tengan los argumentos suficientes para ello. Estas sanciones serán firmadas por las personas que intervienen y constarán en los documentos oficiales del Colegio. Cuando un estudiante termina su año lectivo con algunos problemas académicos y/o de comportamiento y el Colegio considera que se le puede dar la oportunidad para que continúe en el Colegio, éste deberá adquirir y firmar con los padres de familia para el siguiente año lectivo un "Compromiso" escrito en el cual se estipulan los requerimientos, el seguimiento y los conceptos finales sobre el mismo. En el caso de no ser cumplido, el Consejo Directivo analizará la situación del estudiante para aplicar la quinta sanción del numeral tres. Si es necesario estos compromisos pueden adquirirse durante el transcurso del año, con las mismas consecuencias.

6. DEFINICION DE LAS SANCIONES La cancelación de la matrícula, implica: a. b. c. d.

La terminación del contrato de matrícula, suscrito con el Colegio. La exclusión inmediata y definitiva del estudiante del Colegio. Pérdida del cupo en el Colegio. La anotación en el registro de faltas, que hará parte de la historia académica y disciplinaria del estudiante.

La no renovación de la matrícula del estudiante para el año inmediatamente siguiente, implica la no renovación del contrato de matrícula, suscrito con el Colegio, para el año lectivo inmediatamente siguiente. La suspensión por uno o más días hábiles, implica: a. La separación temporal del estudiante del grupo o por el día o días que dure la sanción. b. La asignación de actividades pedagógicas y de reflexión, de obligatorio cumplimiento, durante el período que dure la sanción, dentro del centro educativo. c. La anotación en el registro de faltas, que hará parte de la historia académica y disciplinaria del estudiante. La amonestación escrita, implica: a. Un llamado de atención formal que se registra en el observador del estudiante. b. La asignación de actividades pedagógicas y de reflexión, de obligatorio cumplimiento, durante el período que dure la sanción.

7. Procedimiento disciplinario. El procedimiento disciplinario dispuesto en este Manual de Convivencia, tiene como fuentes fundamentales: 1. Las facultades dadas al Rector de las instituciones educativas, por la Ley 115 de 1994, en su artículo 132, para imponer sanciones a los estudiantes, conforme lo disponga el Manual de Convivencia y reglamentada por el Decreto 1860 de 1994, en el literal g. del artículo 25. 2. El reiterado llamado de la Corte Constitucional para que los manuales de convivencia de las instituciones educativas se sujeten a los parámetros constitucionales del debido proceso, especialmente en su Sentencia T-1233 de 2003. El proceso disciplinario está orientado a determinar las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que tuvo ocurrencia alguna de las faltas previstas en el presente reglamento. No obstante, en virtud de los principios y fines de la educación y de la atención a la misión del

Colegio, previo al inicio de cualquier procedimiento sancionatorio, deberán agotarse todas las medidas pedagógicas y correctivas al alcance de los docentes, coordinadores y directivos La tipificación de cualquier falta, la gravedad de la misma, la determinación sobre la procedencia de la sanción y la correspondiente imposición, se adelantará mediante el procedimiento que a continuación se describe: 1. Conocida por parte de los profesores o directores de grupo, de modo directo o por queja de otra persona, de una situación que pudiere constituir falta disciplinaria por parte de un estudiante, procederán a evaluar los hechos y a determinar si existen méritos par iniciar un proceso disciplinario. En caso afirmativo comunicará por escrito a la Coordinación Académica, con remisión de los soportes correspondientes 2. La Rectora comunicará formalmente de manera escrita, de la apertura del proceso disciplinario al estudiante a quien se le imputan las conductas posibles de ser sancionadas, refiriendo los cargos imputados, las faltas disciplinarias a que esas conductas dan lugar, con indicación de las normas del Manual de Convivencia en donde se encuentran consagradas, y de la calificación provisional del tipo de falta a que da lugar las conductas. Igualmente la Rectora dará traslado al estudiante imputado de las pruebas que fundamentan los cargos formulados. Copia de la comunicación será entregada al padre de familia o acudiente. 3. El estudiante acusado dispondrá de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que se le entregue la comunicación, para formular sus descargos de manera oral u escrita, controvertir las pruebas en su contra y allegar los soportes documentales y testimoniales que considere necesarios para sustentar sus descargos. 4. La Rectora podrá delegar en la Comisión Disciplinaria el trámite de las diligencias con el objeto de esclarecer los hechos, incluyendo la etapa de descargos del estudiante imputado. En este caso, la Comisión Disciplinaria elaborará y presentará a la Rectora el informe correspondiente junto con las recomendaciones sobre las medidas a adoptar. 5. La Rectora procederá a calificar la falta e imponer la sanción a que haya lugar, si es del caso. Si no hallare mérito para continuar el procedimiento podrá ordenar archivar el asunto sin más trámites. La sanción se impondrá mediante acto administrativo motivado que será notificado por escrito al estudiante implicado. 6. Contra los actos que impongan las sanciones podrá interponerse el recurso de reposición, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación personal. Además del recurso de reposición podrá interponerse como subsidiario o principal el recurso de apelación ante el Consejo Directivo del Colegio. La interposición de los recursos deberá hacerse por escrito.

8. Medidas Correctivas En el marco de la misión y de los objetivos institucionales, las medidas correctivas indicadas en este Manual tienen como propósitos fundamentales:

1. Hacer consciente a los estudiantes de sus obligaciones, en relación con sus derechos y de las implicaciones de la inobservancia de sus deberes y compromisos. 2. Prevenir la realización de comportamientos contrarios a las normas de convivencia escolar. 3. Aleccionar a los estudiantes que cometen infracciones, mediante la aplicación de una sanción pedagógica por un comportamiento contrario a la convivencia. Las medidas correctivas que se pueden aplicar son: 1. Amonestación verbal en privado y compromiso de cumplir las reglas de convivencia ciudadana, comunicando a los padres de familia o acudientes de esta situación, por parte del profesor de la asignatura, el jefe de área o el director del curso, según la situación de ocurrencia del comportamiento. 2. Amonestación en audiencia pública por parte de la Rectora o por delegación, el Coordinador de Disciplina, con la presencia de los integrantes de la Comisión de Disciplina y los padres de familia o acudientes. Suscripción de un compromiso de cumplir las reglas de convivencia ciudadana, firmado por estudiante y padres de familia o acudientes y por los integrantes de la Comisión, como órgano testificativo. 3. Asistencia obligatoria a un taller pedagógico de convivencia escolar y suscripción de un compromiso de cumplir las reglas de convivencia ciudadana, firmado por estudiante y padres de familia o acudientes. 4. Asignación de trabajos de reflexión acerca de la falta cometida y otros trabajos de carácter pedagógico que puedan favorecer el proceso formativo de los estudiantes por parte del tutor (a) del grado. Cuando el estudiante utilice durante los espacios pedagógicos, elementos diferentes a los necesarios o establecidos por el Colegio (prendas de vestir diferentes a las estipuladas para el uniforme escolar, accesorios, aparatos electrónicos, entre otros), éstos serán retenidos y entregados por el Coordinador de Disciplina y Convivencia directamente al estudiante al final de la jornada, con un llamado de atención a no reincidir en este comportamiento. Si la situación es reiterativa se aplicarán las medidas correctivas aquí dispuestas. La no aceptación o reiteración de las conductas de inobservación, que dieron lugar a las medidas correctivas, darán lugar al inicio del proceso disciplinario dispuesto en este Manual.

CAPITULO NOVENO: NORMAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL El Colegio Colombo Francés considera como parte importante de la buena presentación personal y la formación integral de sus estudiantes, el buen estado y cuidado, el respeto, el uso, el porte y buen manejo de todos los símbolos nacionales, regionales e institucionales, dentro de los cuales se encuentran los uniformes del Colegio. Todos los elementos de estos uniformes son los establecidos según los diseños y modelos institucionales, que recuerdan por medio de sus colores, la simbología del Colegio. Los Uniformes que caracterizan e identifican al estudiante del Colegio Colombo Francés son: PRESEN TACION DIARIA El estudiante debe presentarse a clase con el uniforme estipulado en el manual de convivencia. El colegio no permite como parte del uniforme:  El uso de percing  El cabello largo en los hombres  uso de tintes y mechones en colores extravagantes  El uso de collares, aretes y otros elementos voluminosos y extravagantes.  El exceso de maquillaje. 1. UNIFORME DE DIARIO: Para las mujeres: Falda azul turquí con prenses separados 5 cm uno del otro, cocidos 10 cm por debajo de la pretina. Botón y cierre lateral. La altura de la falda debe ser sobre la rodilla. La blusa es de dacrón blanco con rayas azules, cuello sport y abotonadura. Chaqueta azul con rojo, con el nombre y logotipo del colegio. Medias blancas, zapato colegial de color azul oscuro con cordón. Para los hombres: Jean azul turquí clásico sin prenses, rotos o desteñidos, Camisa en dacrón con rayas azules, cuello camisero y abotonadura. Chaqueta azul con rojo, con el nombre y logotipo del Colegio. Medias azul oscuro y zapato colegial azul oscuro con cordón. 2. UNIFORME DE DEPORTE El uniforme de Deporte para todos los(as) estudiantes consta de la sudadera (chaqueta y pantalón) de color azul turquí, según el diseño preestablecido, camiseta blanca tipo polo con el logotipo del Colegio sobrepuesto al lado izquierdo, tenis blancos, azules oscuros o combinación de los dos.

El uniforme de Educación Física para todos los(as) estudiantes consta de camiseta blanca, Pantaloneta azul turquí y opcional el bicicletero o licra azul oscuro para las mujeres. Medias y tenis blancos. Sin excepción se realizará seguimiento en el porte del uniforme, teniendo presente lo dispuesto en el numeral 6 y 10.4 del presente manual de convivencia.

CAPITULO DÉCIMO: DE LA ASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES Y EL MANEJO DE LA AGENDA ESCOLAR 1- LA ASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES Es un deber con carácter obligante de todos los estudiantes el asistir diariamente a clase, como consecuencia de un derecho adquirido al estar matriculado en el Colegio. La no asistencia, genera todas las consecuencias académicas y formativas estipuladas por la ley y el presente Manual de Convivencia. Todas las inasistencias deben ser registradas por el Docente en la hoja de control diario de asistencia a cada clase, para ser revisado y llevado el seguimiento estadístico por la Coordinación General del Colegio; las únicas faltas de asistencia que no se contabilizan son las causadas por representaciones culturales, deportivas, académicas, todas debidamente justificadas por escrito. Cuando las faltas sean originadas por razones de salud se registran y se contabilizan sin que el estudiante pierda el derecho a ser evaluado. Cuando un estudiante pierde una asignatura por inasistencia y con el fin de cumplir con los logros académicos pertinentes, debe realizar lo establecido por la ley y el Colegio. Las faltas injustificadas serán sancionadas como estipula este manual.

2- LA AGENDA ESCOLAR Con el fin de mantener una comunicación constante con la familia, el colegio ha implementado el uso de la agenda escolar como obligatoria para todos los estudiantes. Además de la comunicación, creemos que el estudiante fomentara a través de ella una cultura de organización frente a sus responsabilidades. El colegio exige que el padre de familia, le firme al estudiante diariamente los deberes y anotaciones que en ella van. El manejo de la agenda escolar es de carácter obligatorio y su manejo debido está dispuesto en los deberes de los estudiantes y padres de familia de los numerales 6 y 8 del presente manual de convivencia.

CAPITULO DECIMO PRIMERO: PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL El Colegio reconoce que el alumno es el centro del proceso educativo pero también que la participación activa del educando en su propia formación es un imperativo legal y moral. La educación ofrecida en el Colegio se ciñe a las orientaciones dadas en la Ley General de Educación, artículo 92, en tanto que favorece el pleno desarrollo de la personalidad del educando, al acceso a la cultura, al logro del conocimiento científico y técnico y a la formación de valores éticos, estéticos, morales, ciudadanos y religiosos, que le faciliten la realización de una actividad útil para el desarrollo socioeconómico del país. Conforme a lo dispuesto en esta Ley, en el Proyecto Educativo Institucional del Colegio se incorporan acciones pedagógicas para favorecer el desarrollo equilibrado y armónico de las habilidades de los educandos, en áreas como sus capacidades para la toma de decisiones, la adquisición de criterios, el trabajo en equipo, la administración eficiente del tiempo, la asunción de responsabilidades, la solución de conflictos y problemas y las habilidades para la comunicación, la negociación y la participación. Es en torno a estos principios fundamentales que el Colegio concibe la participación estudiantil, bajo las formas de órganos de participación reglados en la normatividad vigente. Estos órganos son los siguientes: 1- CONSEJO DE ESTUDIANTES El Consejo de Estudiantes es el órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Este Consejo está constituido por un representante de cada grado ofrecido por la Institución Educativa, elegido por los alumnos de los respectivos grados, mediante votación secreta. La convocatoria para esta elección la realiza la Rectoría en representación del Consejo Directivo del Colegio, en el primer mes de actividad académica. Todo aspirante debe presentar por escrito una propuesta de trabajo, ante la Rectoría y sustentada ante los alumnos del grado que pretende representar, atendiendo los parámetros dados por el Consejo Directivo. De acuerdo con lo ordenado por el artículo 29 del Decreto 1860 de 1994. los alumnos del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.

Una vez elegido los representantes éstos se reunirán y acordarán el reglamento interno de organización y funcionamiento y designarán sus propios dignatarios, con el acompañamiento de las coordinaciones pedagógicas. En todo caso, ante la renuncia o exclusión de un representante, asumirá la representación el alumno que le haya seguido en votación. Agotado este procedimiento se podrá proceder a una nueva elección. Una vez elegido, el representante puede perder su investidura por alguno de los siguientes motivos: 1. Incumplimiento manifiesto de sus deberes como estudiante, de acuerdo con lo señalado en el régimen disciplinario dispuesto en este Manual de Convivencia. 2. A solicitud suscrita por al menos la tercera parte de los estudiantes que integran el grado, acompañada de evidencias que demuestren las razones de la inconformidad, presentada al cuerpo de dirección del Consejo Estudiantil. Aceptada la solicitud, el Consejo tramitará ante la Rectoría la designación de un nuevo representante.. 2- REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES De conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley 115 de 1994 y su decreto reglamentario 1860 de 1994 (artículo 21), el Consejo de Estudiantes elegirá el Representante de los estudiantes en el Consejo Directivo del Colegio, que deberá acreditar estar cursando el grado 11, que es el último grado que ofrece la Institución Educativa. El procedimiento para la elección del Representante será el que indique el Consejo Directivo, incorporado en el reglamento interno del Consejo Estudiantil. Además de las funciones que cumpla el Representante de los estudiantes como miembro del Consejo Directivo, será el agente que motiva a los educandos a dar las iniciativas y sugerencias para el mejoramiento institucional. El Representante de los estudiantes debe mostrar excelente conducta, disciplina, buen rendimiento académico, capacidad de liderazgo, compromiso y alto sentido de pertenencia con el Colegio, solidaridad y conciencia humanitaria. Tener además, un pleno conocimiento del Proyecto Educativo Institucional y del Manual de Convivencia. 3- PERSONERO ESTUDIANTIL Atendiendo lo dispuesto por el artículo 94 de la Ley 115 de 1994, el Colegio incorpora como órgano de participación estudiantil el Personero de los Estudiantes, elegido por los alumnos de la Institución Educativa, quien será el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia y, de presentar ante la Rectoría del establecimiento las solicitudes que

considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. De modo particular, el personero tendrá las siguientes funciones (Decreto 1860 de 1994, artículo 28): 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, utilizando los medios de comunicación interna del Colegio, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación. 2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. 3. Presentar ante el Rector del Colegio las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. 4. Apelar ante el Consejo Directivo las decisiones del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. Podrán ser candidatos a Personero, estudiantes que se encuentren cursando el grado 11 de la educación media, último grado que ofrece el establecimiento educativo. Los postulantes a Personero de los Estudiantes deberán ser conocedores del Proyecto Educativo Institucional y del Manual de Convivencia, mostrar excelente conducta, disciplina, buen rendimiento académico, capacidad de liderazgo, compromiso y alto sentido de pertenencia con el Colegio, solidaridad y conciencia humanitaria. El ejercicio del cargo de Personero de los Estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. El Personero de los Estudiantes se elegirá en el primer mes de iniciado el año lectivo. La Rectoría hará la convocatoria a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. 4- REPRESENTANTE DIRECTIVO

DE

LOS

EXALUMNOS

ANTE

EL

CONSEJO

Los ex--alumnos del Colegio tienen derecho a elegir un representante ante el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.

CAPITULO DECIMO SEGUNDO: SERVICIOS DE BIENESTAR ESTUDIANTIL 1- ESTÍMULOS E INCENTIVOS De acuerdo con su misión y sus objetivos institucionales, el Colegio tiene una serie de estímulos e incentivos para aquellos estudiantes que tienen actuaciones sobresalientes y son ejemplos de estudio, consagración y ética. En el transcurso del año lectivo, el Consejo académico y de evaluación, podrá adoptar algunos estímulos diferentes a los aquí dispuestos, si a ello hubiere lugar. Para los Estudiantes de preescolar a grado once:  

Destacar en el cuadro de honor para estimular a los estudiantes que se distinguen en cada período en el aspecto académico y publicarlo en cartelera para toda la comunidad educativa. Reconocimiento en la finalización del año escolar en clausura general a estudiantes que durante este, se distinguieron en algún aspecto de la vida escolar como: deporte, valores, mérito (superación y esfuerzo), nivel artístico, excelencia académica y participación en los programas “fun activities”, mediante la entrega de diploma o medalla.

Para los estudiantes que obtienen su título como bachilleres:      

Diploma y medalla “Joaquín Arboleda Valencia” a la familia mas comprometida con el Colegio. Diploma, Medalla o Mención al mejor Deportista. Diploma, Medalla o Mención al mejor Bachiller. Diploma, Medalla o Mención mejor puntaje Icfes. Diploma, Medalla o Mención al Mérito. Medalla a la perseverancia

Para recibir cualquiera de los estímulos mencionados, es indispensable encontrarse a paz y salvo por todo concepto con la Institución.

2- SERVICIO DE ORIENTACIÓN PSICOLÓGICA Con el fin de apoyar el proceso educativo institucional, el Colegio cuenta con un equipo profesional de Psicología que presta los siguientes servicios: 1. Atención personalizada a los padres de familia, acudientes y estudiantes que soliciten el servicio con anterioridad y por escrito a través de la Agenda Escolar.

2. Asesoramiento profesional a la Institución en el proceso de selección y admisión de estudiantes, familias, docentes, personal administrativo, de servicios y de mantenimiento. 3. Prestación de asesorías de carácter especial en los casos que, previo estudio, ameriten intervención inmediata y/o urgente. 4. Remisión externa a un profesional especializado en los casos que ameriten una terapia especial. Dicha remisión se realizará según el criterio profesional de los psicólogos y debe cumplirse con acuerdo previo entre padres y psicólogo (a), para garantizar un desempeño óptimo y un seguimiento oportuno para el estudiante. 5. Recepción y análisis de los informes profesionales provenientes de las asesorías especializadas externas que los padres de familia hagan llegar al Departamento de Psicología para enriquecer el trabajo escolar, con el fin de coordinar dichas pautas con los docentes e implementar los debidos procedimientos con los alumnos. 6. Talleres y asesoría a los docentes, cuando las circunstancias lo ameriten. 7. Talleres y escuela de Padres de Familia sobre temáticas que enriquezcan su rol en la formación de los hijos. 8. Actividades preventivas en el desarrollo adecuado del aprendizaje y de la socialización individual o colectiva. 9. Talleres para Educación sexual, Prevención de adicciones, Proyecto de vida y formación de valores y actitudes. 10. Capacitación al personal docente y demás miembros de la comunidad educativa en temáticas que enriquezcan el clima institucional y la labor desempeñada. 11. Orientar en la construcción de estrategias que permitan una mayor realización personal a los miembros de la comunidad educativa que así lo requieran. Se anota que los procesos de psicología dirigidos a los estudiantes y sus familias deben estar respaldados por la iniciativa voluntaria de los usuarios. Si dicho proceso no es voluntario o el estudiante no colabora, ni presenta motivación al cambio, se dará por agotado el recurso de intervención psicológica. El personal de psicología del colegio, no realizará ningún tipo de terapia o tratamiento específico, pues la acción es preventiva y pedagógica. En caso de ser requerido, éste deberá ser realizado por un profesional externo a la Institución, elegido por los padres o acudientes, de acuerdo con la remisión del departamento de psicología. Siempre se exigirá el informe valorativo externo correspondiente, que debe ser entregado a la instancia respectiva en el tiempo oportuno. La atención psicológica operará mediante asignación de citas según horario de atención establecido por los (las) psicólogos(as) En el caso de atención a estudiantes, se organizará un horario dentro de los espacios de clase, registrando en ficha previa la hora de inicio y de culminación de la sesión y la firma del psicólogo correspondiente.

Orientación profesional. Los estudiantes del grado 11 reciben la asesoría de parte del equipo de psicología y/o con apoyo externo especializado, para llevar a cabo exitosamente su ingreso a la universidad y para identificar con claridad su inclinación vocacional que le permita tomar las mejores decisiones en búsqueda de la consolidación de su proyecto de vida, a través de las siguientes estrategias: 1. 2. 3. 4.

Aplicación de pruebas psicológicas. Visitas a las universidades. Información sobre programas académicos en general. Talleres de reflexión y proyección de sus intereses y expectativas con la psicóloga. 5. Talleres con padres de familia para que orienten y apoyen a sus hijos. 6. Informe integral de las habilidades, intereses, proyecciones, con la interpretación, contextualización y sugerencias que colaboran en la toma de decisiones de su proyecto personal. Educación Sexual. Los estudiantes del Colegio, además de contar con un apoyo individualizado por parte de los psicólogos, reciben asesoría y talleres por niveles para desarrollar y fundamentar su dimensión socio-afectiva de acuerdo con los ejes transversales del respectivo proyecto que son la base de una sexualidad sana. La intencionalidad del periódico escolar es el desarrollo de las habilidades comunicativas, el pensamiento crítico, divergente; el interés por el conocimiento, la motivación y la autonomía, así como fundamentar el espíritu investigativo y los diferentes lenguajes artísticos. Tendrá una reglamentación propia para el desarrollo de sus actividades de acuerdo con la filosofía y normas institucionales. Estará orientado por un Comité Editorial conformado por estudiantes representantes de cada nivel del bachillerato que deseen pertenecer a este proyecto. Su organización y funcionamiento estará supervisado por un Comité de Acompañamiento conformado por el director de área y/o los docentes encargados, cuya función será motivar, dirigir, apoyar y orientar, así como avalar las propuestas del Comité Editorial, de acuerdo con las políticas Institucionales. Contará con la colaboración de las diferentes instancias. Su edición, circulación y costos serán acordados con el departamento de administración y finanzas.

3- SEGURO ESTUDIANTIL Todo estudiante del Colegio Colombo Francés está afiliado a una aseguradora que cubre y protege contra accidentes o riesgos que este pueda correr dentro de los espacios o eventos de la vida escolar.

4- PROYECTO DEL MANEJO DEL TIEMPO LIBRE El Colegio Colombo Francés, apoyándose especialmente en la Constitución Nacional y en la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), se ha propuesto como objetivo básico en sus políticas de formación integral, orientar a sus estudiantes en un ambiente lúdico, competitivo y aprovechamiento adecuado del tiempo libre; conducirlos en disciplinas individuales y colectivas, tanto en el ámbito deportivo como en el artístico Dentro del cumplimiento de este objetivo el colegio implemento las actividades extracurriculares, las cuales desarrollaran los estudiantes de grado 2º a grado 10º en la hora adicional, al horario normal de clases. En estas actividades se matriculan de forma obligatoria todos los estudiantes, los cuales cancelan un cobro anual en el momento de la matricula, costo que cubre el pago del instructor que orienta las extracurriculares. Estas actividades tendrán seguimiento y valoración dentro de los informes por período y los horarios y clasificación de las actividades serán estipulados por la coordinación del Colegio. Este proyecto está ligado a la filosofía y a las políticas institucionales antes descritas, apuntando a crear en los estudiantes el gusto, el placer, el amor y el interés por la recreación, el deporte y la cultura en general, mediante la programación y posterior desarrollo de actividades destinadas a tales fines, con el propósito de fortalecer los lazos de amistad e integración entre los miembros de la comunidad educativa, sus objetivos y fines se encuentran consignados en el PEI del Colegio. 5- SERVICIO DE TIENDA ESCOLAR El Colegio Colombo Francés ofrece a sus estudiantes el servicio de tienda escolar, la cual tiene como función proporcionar a los estudiantes en los descansos y en horarios extracurriculares espacios de alimentación balanceada y ajustada a los gustos de los educandos. Para ello la administradora de la tienda ofrece un variado y balanceado menú el cual está integrado por frutas, cereales, lácteos, dulces y demás alimentos que requieren los estudiantes. 6- COORDINACIÓN POR SECCIONES El colegio Colombo Francés, con el ánimo de hacer un mejor seguimiento a nuestros estudiantes ha organizado una nueva división administrativa; las coordinaciones están organizadas por secciones. La sección pre-escolar y primaria estará a cargo de un (a) coordinador, la sección secundaria tendrá la supervisión y seguimiento de un coordinador diferente al de primaria.

Esta nueva división administrativa prestará un mejor apoyo tanto a docentes como estudiantes y sus funciones se encuentran reglamentadas en el manual de funciones contenido en el PEI. 7- PREICFES En búsqueda de mejorar los resultados, el colegio ha organizado el trabajo de pre icfes para los estudiantes de grado 10º y grado 11º. El colegio se encargará de organizar con los docentes de la institución este trabajo o contratará con una prestigiosa empresa este servicio. La preparación de los estudiantes en el manejo de los diferentes tipos de pregunta, así como el repaso de las diversas áreas permitirá mejorar su desempeño académico en estas pruebas. El trabajo de preicfes se fundamenta dentro de los principios institucionales en búsqueda de la calidad y excelencia educativa, por lo cual cada año busca y adapta las nuevas tendencias al sistema implementado por el Colegio con el fin de fortalecer los procesos iniciados por el colegio. 8- SERVICIO DE COMUNICACIÓN , INFORMACIÓN E INTERNET Agenda escolar. La agenda es el principal medio oficial de comunicación e información al interior de la institución. Permite mantener a los padres de familia informados asertiva y oportunamente de las actividades de sus hijos en el colegio, de las observaciones y comentarios de los profesores, evidenciando este acompañamiento con la firma diaria, de acuerdo con el nivel cursado por sus hijos. Así mismo, sirve como un instrumento de trabajo para los estudiantes, quienes registran organizadamente sus horarios, cronogramas, compromisos y controles de actividades académicas, culturales, recreativas, deportivas y de convivencia. Circulares Institucionales. Son los documentos de comunicación interna o externa que permiten dar a conocer a los miembros de la comunidad educativa las diferentes decisiones y actividades realizadas por la institución. Siempre estarán firmadas por las personas cuya competencia esté determinada por el contenido de la misma circular. Pueden ser de convocatoria (colectiva o individual) o de información. Es responsabilidad y obligación de los estudiantes entregarlas a los padres o acudientes oportunamente y devolver la confirmación de recibo de la misma por parte de las familias a través de los desprendibles.

De igual forma los padres o acudientes están comprometidos y obligados a leerlas, tener la están contenidas en las mismas, así como devolver en las fechas señaladas debidamente firmados, los desprendibles. COMUNICACIÓN POR CORREO ELECTRÓNICO Durante el año lectivo, el colegio Colombo Francés, iniciará las comunicaciones vía Internet, planes de estudio, manual de convivencia, escuela para padres y otras informaciones que considere importantes. Para el funcionamiento de este medio de comunicación es indispensable que los padres de familia creen un correo electrónico y actualicen su dirección al colegio, así mismo que lo revisen semanalmente. ACCESO A INTERNET El Colegio Colombo Francés ofrece servicio de Internet para todos sus estudiantes y los horarios serán establecidos por el docente encargado de la sala de cómputo, así mismo facilitará el acceso al mismo en horario extracurricular siempre que el estudiante requiera de su uso, teniendo presente lo dispuesto a continuación: POLITICAS PARA EL USO APROPIADO DEL CENTRO INFORMATICO DEL COLEGIO COLOMBO FRANCES. Los computadores del Colegio Colombo Francés están disponibles con fines educativos. Los estudiantes serán los responsables del uso ético de sus cuentas de correo y/ o cualquier otro forma de establecer contacto virtual. El propósito de estas políticas es orientar a los estudiantes en el uso correcto de estos recursos. El colegio puede restringir o cancelar el acceso a dichos recursos, en cualquier momento si considera necesario para resguardar la seguridad y disponibilidad de los sistemas. Otras disposiciones disciplinarias pueden ser impuestas como indica el manual de convivencia. Los estudiantes deben hacer uso respetuoso de los computadores y regirse por las instrucciones del personal del Centro Informático, de los profesores y/o asistentes de tecnología. Esto incluye seguir los siguientes lineamientos:  No ingresar alimentos ni bebidas al Centro Informático.  Siempre solicitar permiso al profesor para hacer ajustes al equipo, iconos e informar de cualquier problema inmediatamente se presente dentro del Centro Informático.  No ejecutar juegos violentos, ya que estos atentan contra la moral y el buen estado de los equipos de cómputo.

           

Utilice únicamente su cuenta y clave y proteja su clave. Utilice únicamente los programas software autorizado por el colegio. Reporte inmediatamente al profesor de sistemas cualquier perdida, robo o daño a su cuenta o clave. Guarde todos sus archivos únicamente en su directorio y bórrelos o trasfiéralos a un CD, memoria y/o disquete si ya no los necesita en el colegio. Utilizar el acceso a Internet como un recurso educativo y acepte la responsabilidad respecto a toda la información que reciba en su cuenta de correo y/o otra forma de contacto virtual. Acójase a los reglamentos de las leyes nacionales y del colegio con respeto a cualquier tipo de plagio al utilizar los recursos de información. Trabaje de manera que no incurra en ningún tipo de violación de la privacidad de otros, ni interfiera con la productividad de otros usuarios. El uso personal de los computadores y del correo electrónico no debe interferir con el uso de los computadores por alumnos que lo necesitan para llevar a cabo tareas escolares. Ahorre y conserve los recursos consumibles como papel y tinta. No revele información personal: clave, nombre y apellidos , direcciones, tarjetas de crédito. Informe al profesor y/o encargado del Centro Informático de cualquier comportamiento sospechoso o violación a la privacidad. Desconecte su usuario de la red una vez halla terminado y deje su sitio de trabajo organizado.

Los alumnos no deben utilizar los computadores del colegio de forma inapropiada de manera que:  Interfieran con la operación normal del sistema del colegio inciten al uso de drogas  Distraigan o intenten causar problemas a otros usuarios sean ilegales o difamadores  Pongan en juego la seguridad o bienestar de otros inciten al odio o la violencia.  Inciten a la pornografía o material obsceno que puedan dañar la reputación del colegio y/o atenten contra la moral.  Sean amenazantes u ofensivos inciten a un comportamiento peligrosos o antisocial. El colegio considera actividades inapropiadas las siguientes. Y serán sancionadas de manera inmediata. Las actividades que se incluyen a continuación se consideran graves ya que interfieren con la operación normal de nuestro buen funcionamiento y pueden dañar a miembros de nuestra comunidad. Hacking. Bajo ningún motivo los estudiantes deben intentar modificar los recursos de la red sin autorización. El alumno que este comprometido en una actividad sospechosa tales como adulterar el software de seguridad del colegio, husmear,

falsificar su identidad, ocultar archivos será considerado como una amenaza a la seguridad del colegio. Archivos: los alumnos no deben guardar archivos inapropiados en sus directorios ni en ninguno de los computadores del colegio. Privacidad: los alumnos no pueden intentar utilizar Internet o inferir con los recursos privados de otros tales como su cuenta, clave de acceso, correos electrónicos o archivos. Juegos: los alumnos NO pueden instalar juegos no autorizados o jugar con ellos. Correo electrónico: los alumnos no deben enviar mensajes inapropiados por correo electrónico. Internet: los alumnos no deben ingresar a páginas de Internet no autorizadas ni crear páginas que amenacen la integridad de la comunidad Colombo Francés ni que promuevan actitudes antisociales. Deshonestidad: los alumnos no deben involucrarse en actividades que promuevan la deshonestidad, lo cual incluye el plagio, compartir archivos para hacer trampa o robar el trabajo electrónico de otros. Derechos de autor: Los alumnos no deben copiar y pegar textos, graficas, ni fotos de paginas de Internet protegidas por derechos de autor sin el reconocimiento adecuado o el peridoto del autor intelectual. Licencias: los alumnos no deben utilizar programas software para los cuales el colegio no tiene una licencia valida. Seguridad: los alumno no deben colocar o enviar información de otras personas que pueden poner en riesgo la seguridad.

CAPITULO DECIMO CUARTO: RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Se llaman Padres de Familia del Colegio Colombo Francés a todos los que participan en la formación de sus hijos e hijas y cumplen con las disposiciones de la Institución. 1- DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES: Los derechos de los Padres de Familia se regirán por los consagrados en la Constitución Nacional, los contemplados en las normas y leyes vigentes y los estipulados en el Contrato de Cooperación Educativa y el presente Manual de Convivencia. Se consideran como esenciales:        

  

Conocer y participar en la revisión anual del Manual de Convivencia y el Proyecto Educativo Institucional. Pertenecer a la Corporación Colegio Colombo Francés una vez cumplidas las pautas para ello. ( pendiente con la Junta) Proponer iniciativas y sugerencias que contribuyan a mejorar el Proyecto Educativo. Participar activamente en la vida democrática del Colegio por medio del Gobierno Escolar. Pertenecer a la Asociación de Padres de Familia. Elegir y/o ser elegido a los cuerpos del Gobierno Escolar. Participar en las deliberaciones y fijar puntos de vista acordes con la filosofía del Colegio. Ser atendidos oportuna y amablemente por las diversas instancias del Colegio según sus inquietudes y las necesidades de formación de sus hijos por medio del conducto regular y los horarios establecidos para dicho fin, para ello ver Anexos: Manejo del Conflicto. Conocer oportunamente sobre las dificultades, procedimientos y sanciones aplicables a sus hijos para hacer las correcciones del caso y garantizar el debido proceso. Conocer las diversas actividades académicas a través de la agenda Participar de los proyectos pedagógicos adelantados en beneficio de la formación integral de los estudiantes y el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional.

2- DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES: Dentro de los deberes fundamentales se consideran:

  

             



 

Poner en práctica las indicaciones del Proyecto Educativo Institucional y el Manual de Convivencia. Velar por la formación integral de sus hijos. Cumplir dentro de los tiempos establecidos con todas las obligaciones económicas exigidas en el Contrato de Cooperación Educativa y las que solicite expresamente el Colegio, en beneficio del desarrollo integral del estudiante y de la Institución. Cumplir con los parámetros establecidos por los Estatutos de la Asociación de Padres de Familia. Cumplir en forma responsable con todas las actividades diseñadas por el Colegio en beneficio de sus hijos. Respetar, dar buen trato y valorar a quienes forman parte de la comunidad educativa. Mantener contacto permanente con el Colegio para informarse del desarrollo académico, disciplinario y formativo de sus hijos. Cumplir con todas las citaciones requeridas por el Colegio. Informar a los Directivos cualquier ajuste o cambio en los datos consignados en los documentos oficiales. Utilizar el conducto regular establecidos. Informar y justificar por escrito el motivo de ausencia del estudiante. Solicitar por escrito los permisos correspondientes para retirar del Colegio al estudiante. Firmar diariamente la agenda escolar, la cual garantiza una permanente comunicación entre la Institución y padre de familia, acerca de actividades y procesos seguidos en cada asignatura. Responder por los daños causados por su hijo. Proveer oportunamente al estudiante de los elementos, materiales y útiles solicitados por el Colegio. Elegir a sus representantes del Gobierno Escolar y cumplir con las obligaciones al ser elegido. Acompañar y guiar permanentemente a sus hijos en la formación integral inculcando valores y cumplir con lo establecido en el Contrato de Cooperación Educativa y con los compromisos adquiridos al firmar la matrícula. Participar de la capacitación y asesoría de la Escuela de Padres y demás proyectos pedagógicos que se adelanten para perfeccionar el Proyecto Educativo Institucional, el cual forma parte del presente Manual de Convivencia, requisitos indispensables para pertenecer a esta comunidad educativa. Colaborar activamente en las jornadas culturales, deportivas y académicas lideradas por el Colegio, en beneficio de una grata convivencia. Crear y facilitar al colegio un correo electrónico con el fin de recibir la continua información que envía la institución.

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