INSTRUCTIVO LISTADO PROVISORIO DE ASPIRANTES A INTERINATOS Y SUPLENCIAS
INSCRIPCIÓN ABRIL 2007 El presente es un “LISTADO PROVISORIO” de Interinatos y Suplencias, correspondientes a las Inscripciones 2007. Su exhibición es afectos que el docente tome conocimiento y pueda realizar los reclamos pertinentes, atento a lo normado en el Art. 50 del Estatuto del Docente Municipal. Para una mejor Interpretación del mismo, se formulan las siguientes aclaraciones: 1. Este Listado es exclusivamente válido para los agentes inscriptos como aspirantes a Interinatos y Suplencias de la Escuela Técnica Nº ...6. 2. Está ordenado por Orden Alfabético de Materias correspondientes a los Planes de Estudio del Establecimiento y a continuación por Orden de Cargos. 3. El Listado está separado en “Docentes con Cargo” (Titulares del escalafón en ese Establecimiento) y “Docentes sin Cargo” (Titulares en otro escalafón, Interinos, Suplentes o Docentes fuera del sistema). Dicha separación es obtenida directamente por Informática Educativa, de la base de datos de la D.G.P.D y N.D. ( Dirección General de Personal Docente y no Docente), Cualquier corrección al respecto deberá gestionarse ante ese organismo. 4. Los rubros que se encuentran bajo los rótulos “Títulos”, “Otros Títulos”, “Cursos”, “Antecedentes Culturales” y “Otros Antecedentes” ( con excepción de Miembro de Junta), corresponden a la clasificación realizada por este Cuerpo Colegiado. Las respuesta a los reclamos formulados se enviarán al establecimiento junto con el Listado Definitivo. A partir de la fecha de publicación regirán los plazos para la presentación de los recursos previstos en el Estatuto del Docente. 5. Los puntajes valorados en el rubro “Antigüedad” fueron certificados por la Dirección Administrativa Docente. Los reclamos correspondientes a dichos rubros deberán efectuarse ente ese organismo, sito en Paseo Colón 255, 1º Piso, División legajos. 6. Las respuesta a los reclamos formulados se enviarán al establecimiento junto con el Listado Definitivo. 7. Se aclara que las abreviaturas JB (Jubilable), TP (Tareas Pasivas), SP ( Situación Pasiva), SE (Supera Edad), IN (Inhabilitado), JR (Percibe Jubilación o Retiro), CS (Cesante), 27 (Art. 27), que figura en la columna “Observaciones” podrían impedir la designación del agente para cualquier asignatura o cargo, por lo tanto se sugiere realizar las consultas pertinentes para cada caso a la DAD previo a la designación. El reclamo – si correspondiera – deberá gestionarse ente el mismo organismo.
8. Las materias con el mismo nombre indicadas con distintos Niveles en los planes respectivos, han sido nucleadas y codificadas con el pertinente al nivel I (Ejemplo: Matemática I corresponde además a Matemática II y III). 9. En los Ciclos Básicos Nocturnos, la cobertura de la asignatura “Castellano y Literatura” deberá realizarse considerando el Orden de Mérito de la Materia “Castellano” (Cod.: 6022), 10. Los cargos de ATTP y MEP fueron separados en Ciclo Básico y Ciclo Superior de las Especialidades y planes de estudio de cada Establecimiento, con excepción: a) Para las Escuelas con Especialidad Electromecánica se elaboraron dos listados de MEP – Ciclo Superior. Uno para el Área Mecánica – Plan 117- y otro para el sector Eléctrica - Plan 120 -. b) Para las Escuelas con Especialidad Administración de Empresas (E.T. Nº 2, E.T. Nº 4 y E.T. Nº 5) se elaboró un solo listado de MEP con Plan 96. 11. Para los Establecimientos en que se efectúen rotaciones de “Computación” en los Talleres respectivos se confeccionó un Listado de “Maestro de Enseñanza Práctica y Ayudante Técnico de Trabajos Prácticos, con el rótulo ROTACIÓN COMPUTACIÓN, donde están consignados los docentes inscriptos para esa escuela y que el título que poseen los habilite para el desempeño del mismo. 12. En el caso particular de la cobertura de cargos correspondientes al Plan “Proyecto 13 “ ( Esc.Tec.Nº27 D.E. 18 y Esc. Tec. Nº 35 D.E.18), deberá recurrirse al listado de Orden de Mérito de la asignatura pertinente. 13. En el caso particular de la Esc. Tec. Nº 6 D.E.12, no se confeccionó un Orden de Mérito correspondiente al cargo “MEP” – Dibujo y Composición”. En consecuencia dichos docentes fueron incorporados a los listados del cargo de MEP “Artesanías Aplicadas”, “Diseño de Interiores” y “Diseño y Promoción Publicitaria”, según la competencia de sus títulos. 14. Cuando un docente no figura en el listado de la asignatura y/o cargo en la que se inscribió o no se consigno suma total de su clasificación, puede deberse a las siguientes circunstancias: a) Que su título no lo habilita para el dictado de la asignatura o cargo b) Que no posea documentación en esta Junta de Clasificación c)Que la materia o cargo no pertenezca al Plan de Estudios del Establecimiento. d) Que sea extranjero (no nacionalizado).