Informe-027 - Informe De Ampliacion De Plazo.docx

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL COTABAMBAS TAMBOBAMBA OFICINA DE SUPERVISION Y LIQUIDACION

“Año de la Lucha Contra la Corrupción y la Impunidad” INFORME N° 027-2019-LGSU-OSL/MPC-T. A

: ING. MARCO ANTONIO HANAMPA ROQUE. JEFE DE LA OFICINA DE SUPERVISION Y LIQUIDACION DE OBRAS – MPCT-T.

DE

: ING. LENIN G. SAAVEDRA URPE INSPECTOR DE ACTIVIDADES.

ASUNTO

: REVISION DE AMPLIACION DE PLAZO.

REF.

: a) INFORME N° 002-2019/AMT/OSL/MPC-T. del 01 de Abril del 2019.

FECHA

: TAMBOBAMBA, 01 DE ABRIL DEL 2019.

Previo un cordial saludo, mediante la presente me dirijo a usted con la finalidad de hacer llegar la evaluación del Contenido mínimo de la Documentación de la Ampliación de Plazo. En vista que no hay norma que rige las obras por ADMINISTRACIÓN DIRECTA en lo referente a adicionales de obra y AMPLIACIONES DE PLAZO, se tomará lo indicado en el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado según Decreto Supremo N° 344-2018-EF y la Directiva General para la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública por Ejecución Presupuestaria Directa (EPD) de la Municipalidad Provincial de Cotabambas – Tambobamba.

1.

ANTECEDENTES:  Con Informe N° 002-2019/AMT/OSL/MPC-T, de fecha 22 de Marzo del 2019, el Ingeniero Arturo Mamani Ttito Supervisor de Obra, indica que:

“() … Por tal motivo me dirijo a Ud. Para remitirle el expediente de la AMPLIACION DE PLAZO N° 04, de la Obra de referencia, para su trámite correspondiente ante las instancias respectivas…”

 Con Informe N° 050 – 2019 – RO – ING.RHR-MPC-T/. de fecha 22 de Marzo del 2019, el Ingeniero Renan Hanampa Roque Residente de Obra, indica que:

“() … Tengo el bien dirigirme a Ud. para saludarlo cordialmente y al mismo tiempo solicitar ampliación de plazo N° 04 de la Obra “Construcción de Trocha carrozable Asacasi – Añoccalla – Pocpoqueray Distrito de Tambobamba, Provincia Cotabambas - Apurímac…”

 Con Acuerdo Municipal N° 0369-2017-CM-MPCT/RA, de fecha 10 de Julio del 2017, se aprueba la Directiva General para la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública por Ejecución Presupuestaria Directa (EPD), en donde indica en ítem 22:

“22. Ampliación de Plazo de Ejecución. Se justificará una Ampliación o Reducción del Plazo de Ejecución de Proyectos, por las siguientes causales. a) Limitaciones o demoras en la disposición de los recursos financieros. b) Demoras por desabastecimientos de materiales, equipos o insumos u otros casos fortuitos o de fuerza mayor. c) Demoras en la absolución de consultas por el inspector que afecten el plazo de ejecución del Proyecto. d) Demoras en la Aprobación de los proyectos adicionales. e) Ejecución de Obras Adicionales. 1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL COTABAMBAS TAMBOBAMBA OFICINA DE SUPERVISION Y LIQUIDACION

“Año de la Lucha Contra la Corrupción y la Impunidad” f) Disminución de metas. g) Cualquier otra Variación y/o modificación del contenido del Expediente Técnico original del Proyecto, o condiciones pre establecidas en el mencionado Expediente Técnico, siempre que afecten realmente la RUTA CRÍTICA DEL PROYECTO y originen la postergación o antelación de su terminación, debidamente documentada, sustentada y calculada…”  En el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado según Decreto Supremo N° 344-2018-EF indica en el Artículo 197 y Artículo 198 lo siguiente:

“Artículo 197. Causales de ampliación de plazo. El contratista puede solicitar la ampliación de plazo pactado por cualquiera de las siguientes causales ajenas a su voluntad, siempre que modifiquen la RUTA CRÍTICA del programa de ejecución de obra vigente al momento de la solicitud de ampliación: a) Atraso y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista. b) Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de la prestación adicional de obra. En este caso, el contratista amplía el plazo de las garantías que hubiere otorgado. c) Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de los mayores metrados, en contratos a precios unitarios.” “Artículo 198. Procedimientos de ampliación de plazo. 198.1. Para que proceda una ampliación de plazo de conformidad con lo establecido en el artículo precedente, el contratista, por intermedio de su residente anota en el cuaderno de obra, el inicio y el final de las circunstancias que a su criterio determinen ampliación de plazo y de ser el caso, el detalle del riesgo no previsto, señalando su efecto y los hitos afectados o no cumplidos. Tratándose de mayores metrados en contratos a precios unitarios, el residente anota en el cuaderno de obra el inicio de la causal, luego de la conformidad emitida por el supervisor, y el final de esta a la culminación de los trabajos. Dentro de los quince (15) días siguientes de concluida la circunstancia invocada, el contratista o su representante legal solicita, cuantifica y sustenta su solicitud de ampliación de plazo ante el inspector o supervisor, según corresponda, con copia a la Entidad, siempre que la demora afecte la RUTA CRÍTICA DEL PROGRAMA DE EJECUCIÓN de obra vigente. 198.2 El inspector o supervisor emite un informe que sustenta técnicamente su opinión sobre la solicitud de ampliación de plazo y lo remite a la Entidad y al contratista en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de presentada la solicitud. La Entidad resuelve sobre dicha ampliación y notifica su decisión al contratista en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, contados desde el día siguiente de la recepción del indicado informe o del vencimiento del plazo…”

2. ANALISIS:  De la revisión del Expediente de Ampliación de Plazo N° 04 – 2019 se tiene el siguiente contenido: 1. Datos Generales, 2. Datos del Expediente Técnico, 3. Antecedentes y 4 Ejecución Financiera. 2

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“Año de la Lucha Contra la Corrupción y la Impunidad”     

La condición fundamental que debe cumplir una causal válida para que se dé el derecho de la ampliación de plazo, debe modificar la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente. Cualquier retraso en un elemento de la ruta crítica afecta a la fecha de término planeada del proyecto, y se dice que no hay holgura en la ruta crítica. La ruta crítica de una obra se va MOVIENDO conforme la obra va avanzando en su ejecución. Corresponde al Inspector y/o Supervisor, así como a los profesionales de la Entidad (Administradores del Contrato), ANALISIZAR DETENIDAMENTE SI LA CAUSAL INVOCADA por el Ejecutor efectivamente afecta o no la ruta crítica de la obra. El contenido de un Informe de Ampliación de Plazo debe contener como mínimo: 1. Solicitud expresa de la prórroga (causal, fecha de inicio y término, etc.). 2. Sustentación de las causales (fotografías, recortes de diarios, resoluciones, actas, etc.) 3. Cuantificación de la causal (determinación analítica de la cantidad de días de ampliación de plazo) 4. Cronograma inicial y Cronograma con modificación de la ruta crítica donde se pueda observar la modificación de la ruta crítica del proyecto.

3. RECOMENDACIONES:  Considerar lo indicado en el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado según Decreto Supremo N° 344-2018-EF indica en el Artículo 197 y Artículo 198.  Tomar en consideración el Acuerdo Municipal N° 0369-2017-CM-MPCT/RA, de fecha 10 de Julio del 2017, donde se aprueba la Directiva General para la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública por Ejecución Presupuestaria Directa (EPD), en el ítem 22: 4. CONCLUSIONES: DEVOLVER el documento al SUPERVISOR DE OBRA, para mejorar el SUSTENTO TECNICO LEGAL DE LA AMPLIACION DE PLAZO N° 04, SOLICITADO. DOCUMENTOS ADJUNTOS.



Expediente de Ampliación Presupuestal con 10 folios.

Es cuanto informo a usted, para el levantamiento de observaciones correspondiente. Atentamente,

C.C. ARCHIVO LGSU/OSL

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