EVOLUCION HISTORICA DEL DERECHO PENAL LAS IDEAS PENALES HAN EVOLUCIONADO A LA PAR DE LA SOCIEDAD -
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TODAS LAS EXPRESIONES HUMANAS CON ALGUN SIGNIFICADO SOCIAL, SURGEN DE LA VIDA DE RELACION, EN LA CONVIVENCIA HUMANA, EN EL TRATO DIARIO DE UNOS CON OTROS. SON ACEPTADAS TODAS LAS ACCIONES CUANDO NO SON SOCIALMENTE RELEVANTES, Y PERMITIDAS POR EL ESTADO EN CUANTO QUE NO LESIONEN NI PONGAN EN PELIGRO EL BIEN JURIDICO TUTELADO. SIN EMBARGO, CUANDO ESTAS ACCIONES DAÑAN O PONEN EN PELIGRO UN INTERES JURIDICAMENTE TUTELADO, SON REPROBADAS Y REPRIMIDAS POR EL DERECHO PENAL EL DERECHO PENAL, FUNCIONA EN GENERAL, COMO SISTEMA TUTELAR DE LOS VALORES MAS ALTOS, ELLO ES, INTERVIENE SOLAMENTE ANTE LA VULNERACIN DE VALORES QUE UNA SOCIEDAD EN UN MOMENTO DADO REPUTA FUNDAMENTALES.
EPOCA DE LA VENGANZA PRIVADA EN ESTA EPOCA NO SE ENCONTRABA JURIDICAMENTE ORGANIZADA LA SOCIEDAD Y CUANDO LOS INDIVIDUOS SE SENTIAN OFENDIDOS EN SUS DERECHOS ACUDIAN A UNA DEFENSA INDIVIDUAL Y CADA QUIEN SE HACIA “JUSTICIA” POR SU PROPIA MANO LEY DE TALIÓN: SEGUN ESTA LEY NO PODIA DEVOLVERSE AL DELINCUENTE UN MAL MAYOR QUE EL INFERIDO A SU VICTIMA (OJO POR OJO, DIENTE POR DIENTE) -
EL OFENDIDO SOLO TENIA DERECHO A UNA VENGANZA DE IGUAL MAGNITUD AL MAL SUFRIDO
ADEMAS DE LA LEY DEL TAILON APARECE COMO OTRA LIMITACION DE LA VBENGANZA PRIVADA, TAMBIEN “LA COMPOSICION” A TRAVEZ DE LA CUAL EL OFENSOR O SU FAMILIA ENTREGABAN AL OFENDIDO Y LOS CUYOS CIERTA CANTIDAD PARA QUE ESTOS NO EJERCITARAN EL DERECHO DE VENGANZA. ÉPOCA DE LA VENGANZA DIVINA LA JUSTICIA PENAL SE EJERCITA EN EL NOMBRE DE DIOS, ERAN SACERDOTES LOS QUE REPRESENTANDO A LA VOLUNTAD DIVINA ADMINISTRABAN JUSTICIA. ÉPOCA DE LA VENGANZA PUBLICA EL PODER PUBLICO REPRESENTADO POR EL ESTADO EJERCE LA VENGANZA EN NOMBRE DE LA COLECTIVIDAD O DE LOS INDIVIDUOS CUYOS BIENES JURIDICOS HAN SIDO LESIONADO O PUESTOS EN PELIGRO. ESTA ÉPOCA SE CARACTERIZA POR LA APLICACIÓN DE PENAS INHUMANAS Y TOTALMENTE DESPROPORCIONADAS EN RELACION CON EL DAÑO CUASADO, LA PENA ERA SINONIMO DE TORMENTO Y SE CASTIBABA CON SEVERIDAD Y CRUELDAD -
ESTA ÉPOCA CONSTITUYE UNO DE LOS EPISODIOS MAS SANGRIENTOS DEL DERECHO PENAL EUROPEO
PERIODO HUMANITARIO (EDAD DE ORO DEL DERECHO PENAL) LA EXCESIVA CRUELDAD DE LA EPOCA DE LA VENGANZA PUBLICA DIO COMO RESULTADO UN MOVIMIENTO A FAVOR DE LA HUMANIZACION NO SOLO DE LAS PENAS SINO DEL PROCEDIMIENTO PENAL
ETAPA CIENTIFICA SE LLEGO A CONSIDERAR AL DERECHO PENAL COMO UNA DISCIPLINA UNICA, CUYO OBJETIVO ERA EL ESTUDIO DEL DELITO Y DE LA PENA GENERAL E INDEPENDIENTE DESDE EL PUNTO DE VISTA ESTRICTAMENTE JURIDICO -
EN ESTE PERIODO EL DERECHO PENAL SUFRE UNA PROFUNDA TRANSFORMACION A CAUSA DE LA IRRUPCION DE LAS CIENCIAS SOCIALES.
EPOCA MODERNA EL DERECHO PENAL ES UNA CIENCIA EMINENTEMENTE JURIDICA PARA TRATAR LOS PROBLEMAS RELATIVOS AL DELITO, AL DELINCUENTE, A LA PENA Y A LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD. -
DOGMATICA JURIDICA PENAL: CONSISTE EN LA RECONSTRUCCION DEL DERECHO PENAL VIGENTE CON BASE CIENTIFICA
CISIS DEL DERECHO PENAL GUATEMALTECO ES CONSECUENCIA DE SITUACIONES JURIDICAS PROPIAS QUE SE HAN RESUELTO INADECUADAMENTE Y QUE MUCHAS VECES NI SIQUIERA SE HAN INTENTGADO RESOLVER 5 CODIGOS PENALES EN LA HISTORIA DE GUATEMALA -
1) 1834 (Dr. MARIANO GÁLVEZ) 2) 1877 (JUSTO RUFINO BARRIOS) 3) 1889 (MANUEL LISANDRO BARRILLAS 4) 1936 (JORGE UBICO) 5) 1974 (NOS RIGE ACTUALMENTE)
NUESTRO CODIGO PENAL PRESENTA UN SIN NUMERO DE FIGURAS DELICTIVAS, QUE BIEN ES CIERTO SON VIGENTES, PERO NO SON POSITIVAS
ESTA CRISIS SE DA A MEDIDA DE QUE NUESTRO PAIS CARECE DE UN INSTITUTO DE CIENCIAS PENALES Y CRIMINOLOGICAS YA QUE CON ELLA PODRIAMOS CONSTRUIR NUESTRA PROPIA DOCTRINA, NUESTRA PROPIA TECNICA Y NUESTRO PROPIO SISTEMA JURIDICO- PENAL