Cuadro único De Infracciones Y Sanciones De La Municipalidad Provincial De San Román.docx

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN

PROYECTO CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES (CUIS)

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)

CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMÁN-JULIACA GERENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y MEDIO AMBIENTE SUB GERENCIA DE CONTROL SANITARIO SANCION CÓDIGO

INFRACCIONES

PECUNIARIA (% DE LA UIT)

SANCION NO PECUNIARIA Y/O MEDIDA COMPLEMENTARIA

TIPO DE INFRACCION

101

Por no contar con elementos de higiene personal (antisépticos) en establecimientos comerciales y/o de servicios donde se preparan, manipulan o expenden alimentos y/o bebidas para el consumo humano.

2%

-

Leve

102

Por laborar sin la vestimenta adecuada (Elementos de Protección Personal - EPP - para Manipuladores de alimentos), según las normas sanitarias vigentes

15%

-

Leve

103

Por manipular alimentos o atender al público con heridas expuestas y/o incumpliendo las reglas básicas de higiene y aseo personal.

15%

-

leve

104

Por contar con personal sin capacitación sobre Buenas Prácticas de Manipulación de alimentos.

2%

-

Leve

Decomiso 105

Por Almacenar y/o comercializar alimentos o bebidas con deformaciones y/o roturas.

60%

(Aplicación inmediata)

grave

Decomiso 106

Por Almacenar y/o comercializar alimentos o bebidas con fecha de caducidad vencida, y/o sin registro sanitario y/o registro sanitario vencido y/o sin habilitación sanitaria.

60%

(Aplicación inmediata)

grave

Decomiso y Clausura Temporal (Aplicación inmediata)

107

Por almacenar y/o comercializar alimentos o bebidas en condiciones anti-higiénicas y/o incumpliendo el reglamento para su almacenamiento y Comercialización.

60%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

grave

Decomiso y Clausura Temporal (Aplicación inmediata)

108

Por almacenar y/o comercializar el autoservicio, alimentos o bebidas en condiciones antihigiénicas y/o incumpliendo el reglamento para su almacenamiento y Comercialización.

200%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad

muy grave

2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) competente Decomiso y Clausura Temporal (Aplicación inmediata)

109

Por almacenar y/o comercializar alimentos o bebidas expuestos a contaminación, y/o contaminados, y/o en estado de descomposición

60%

110

Por no tener los equipos y utensilios limpios, en un lugar aseado, seco y protegido del polvo e insectos.

2%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente -

grave

Leve

Clausura temporal (Aplicación inmediata)

111

No contar con la infraestructura adecuada para el almacenamiento y/o comercialización de alimentos y/o bebidas, según la normativa sanitaria vigente.

60%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

grave

Clausura Temporal (Aplicación inmediata)

112

Por estar la infraestructura de almacenamiento y/o comercialización de alimentos y bebidas en condiciones antihigiénicas

60%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

grave

Decomiso 113

Utilizar vajilla, utensilios, artefactos y/o equipos de cocina en mal estado de conservación (rajaduras, quiñes, etc.).

5%

(Aplicación inmediata)

leve

114

Lavar vajilla y utensilios incumpliendo la normatividad sanitaria.

5%

-

Leve

Decomiso 115

Por Transportar alimentos y/o bebidas en malas condiciones de conservación e higiene.

116

Por carecer de tachos de basura y/o tenerlos sin tapa.

100%

(Aplicación inmediata)

grave

5%

-

Leve

3

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) Clausura Temporal (Aplicación inmediata)

117

Carecer de agua o instalaciones de agua y/o desagüe en establecimientos que requieran para el desarrollo normal de sus actividades de almacenamiento y/o elaboración de alimentos o bebidas.

60%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

grave

Clausura temporal (Aplicación inmediata)

118

Por tener el establecimiento en situaciones antihigiénicas y/o no tener esterilizados los equipos o materiales de trabajo antes de cada servicio, en peluquerías, salones de belleza, casa de tatuajes y similares.

60%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

grave

Clausura temporal (Aplicación inmediata)

119

Tener el establecimiento en situaciones antihigiénicas y/o no contar o conservar la infraestructura adecuada para su higienización en baños turcos, saunas, duchas, servicios higiénicos públicos, piscinas y similares.

60%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

grave

Clausura temporal (Aplicación inmediata)

120

Tener el establecimiento comercial de servicio de hospedaje antihigiénico.

60%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

grave

Decomiso 121

Por usar sábanas, colchones y otros elementos, deteriorados o antihigiénicos en establecimiento de hospedaje.

60%

(Aplicación inmediata)

grave

122

Por no realizar la limpieza y desinfección de los reservorios de agua de establecimientos comerciales, industriales no alimentarios y de servicios.

10%

-

leve

4

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) Clausura temporal (Aplicación inmediata)

123

Por Tener en el establecimiento comercial o de servicios, presencia o evidencia de roedores y/o insectos

60%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

grave

Internamiento de animales y Clausura Definitiva 124

Por criar cerdos a campo abierto y/o dentro de la zona urbana

20%

(Aplicación inmediata)

leve

Clausura Temporal (Aplicación inmediata)

125

Por encontrarse mercados de abasto, plataformas comerciales y galerías comerciales en condiciones antihigiénicas.

100%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

grave

Clausura Temporal (Aplicación inmediata)

126

Por incumplir disposiciones en materia de saneamiento ambiental en mercados de abasto y/o autoservicios.

60%

127

Por impedir, evitar, imposibilitar, reprimir u obstaculizar las labores de erradicación de focos infecciosos que atenten contra la salud de la población.

60%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente -

grave

grave

Clausura Temporal (Aplicación inmediata)

128

Por crear condiciones que favorezcan la proliferación de vectores que puedan transmitir enfermedades a la población.

60%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por

Grave

5

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) la autoridad competente 129

Por no identificar y registrar al can a partir de los dos (02) meses de vida.

10 %

Por alimentarlos a su (s) can (es) con basura y/o alimentos contaminados,

10 %

Por no registrar y obtener la licencia correspondiente para crianza de canes considerados potencialmente peligrosos.

10 %

Por abandonar a canes enfermos o muertos en las vías y áreas de uso público.

10 %

Internamiento de animales (Aplicación inmediata)

leve

Por someter a canes a prácticas de crueldad o maltrato físico.

20 %

Internamiento de animales (Aplicación inmediata)

leve

Por vender canes y/o felinos en la vía pública.

20 %

Internamiento de animales

leve

130

131

132

133

Leve Internamiento de animales (Aplicación inmediata)

Leve

Leve

(Aplicación inmediata)

134

Por criar canes en las aceras de sus inmuebles y/o acondicionar dormideros en la vía pública.

60 %

Internamiento de animales

Grave

(Aplicación inmediata)

135

Internamiento de animales (Aplicación inmediata) y 136

Por permitir el poseedor del can (es), que ocasione mordeduras, lesiones graves y/o muerte a animales doméstico,

120 %

Por permitir el poseedor del can (es), que ocasione mordeduras, lesiones graves y/o muerte a persona (as). 137

150 %

Pago de gastos de hospitalización, tratamiento, recuperación y otros del animal doméstico afectado

Internamiento de animales (Aplicación inmediata)

Muy Grave

Muy Grave

y el pago de gastos

6

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) de hospitalización, tratamiento y recuperación de la persona damnificada 138

Por no mantener limpio y desinfectado el ambiente en el que se crían los canes.

10 %

Leve

139

Por no permitir el control municipal sobre las condiciones de crianza de canes.

2%

Leve

140

Por no cumplir con el Registro Municipal obligatorio de canes

1%

Leve

141

Por no recoger las deposiciones del can (Excretas), de las vías y áreas de uso público.

2%

Leve

Por no reportar, el dueño o poseedor, comportamientos anormales del Can a la Autoridad sanitaria Municipal y/o al MINSA.

10 %

leve

Por Utilizar a un can como instrumentos de agresión contra personas y animales.

60 %

142

Por conducir en la vía pública un can considerado potencialmente peligroso sin identificación e implementos de seguridad para ejercer su control según la normativa vigente.

60 %

Ejecutar otras formas de sacrificio a canes y felinos diferentes a la eutanasia.

60 %

144

146

Grave

Grave Internamiento de animales (Aplicación inmediata)

Muy Grave

2%

Internamiento de animales

Leve

(Aplicación inmediata)

147

Por no contar con la regencia de un Médico Veterinario Colegiado, habilitado, en criaderos formales de canes

30 %

Por conducir un can potencialmente peligroso sin los debidos implementos de seguridad según las normas vigentes.

60 %

leve

Internamiento de animales

Grave

(Aplicación inmediata)

150

151

Internamiento de animales (Aplicación inmediata)

150 %

Por organizar o participar en peleas de canes en lugares públicos o privados

Por permitir la reproducción de canes en instalaciones no adecuadas para la salud del animal

148

Grave

(Aplicación inmediata)

143

145

Internamiento de animales

Por Ingresar con canes a colegios, establecimientos de salud, centros de acopio, distribución y comercialización de bienes y servicios, locales de espectáculos públicos, deportivos, culturales,

5%

Internamiento de

Leve

7

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) parques, jardines o cualquier otro donde exista asistencia masiva de personas; con las excepciones establecidas en la Ley.

animales (Aplicación inmediata)

Por permitir la circulación y permanencia de canes en áreas de uso Público, sin la compañía de la persona responsable o dedicada para su cuidado.

3%

5%

Internamiento de animales

Leve

(Aplicación inmediata)

Por adiestrar canes en la vía pública.

150 % 154

Leve

(Aplicación inmediata)

152

153

Internamiento de animales

En caso de incumplimiento de la Clausura Temporal

Clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

Muy Grave

GERENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y MEDIO AMBIENTE SUB GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL

CÓDIGO

INFRACCIONES

SANCION PECUNIARIA (% DE LA UIT)

SANCION NO PECUNIARIA Y/O MEDIDA COMPLEMENTARIA Internamiento del vehículo (Aplicación inmediata)

TIPO DE INFRACCION

201

Por lavar vehículos en cauce de los ríos, riachuelo, manantial, lagunas o fajas marginales

10% UIT

202

Por lavar ropas, vestuarios, cueros de animales domésticos u otros similares en el cauce del rio, riachuelo, manantial, lagunas o fajas marginales

3% UIT

203

Por lavar, recipientes plásticos o metálicos en los cauces de los ríos, lagunas, manantiales, riachuelos o fajas marginales

5% UIT

204

Por desechar y/o botar residuos sólidos en general en cauces de los ríos, riachuelos, manantiales, quebradas, o fajas marginales.

51% UIT

205

Por lavar y/o botar bidones contaminados con sustancias químicas sean plásticos o metálicos en el cauce de los ríos, riachuelos, manantiales o fajas marginales.

55% UIT

206

Por arrojar animales domésticos y/o silvestres muertos a los ríos, manantiales, riachuelos, quebradas o lagunas

2% UIT

leve

207

Por desechar y/o botar materiales peligrosos y /o radioactivos al cauce de los ríos, manantiales, riachuelos, lagunas o fajas marginales

105% UIT

muy grave

208

Por Transportar material de acarreo sin tener el visto bueno de la municipalidad en la Guía de remisión

209

Por transportar material de acarreo con datos adulterados y/o con enmendaduras de la guía de remisión respecto al visto bueno de la municipalidad

20%

210

Por negarse a la presentación de la Guía de remisión de material de acarreo a la autoridad Municipal para la verificación del visto bueno.

20%

20%

Retención (Aplicación inmediata)

Retención (Aplicación inmediata)

leve

leve

leve

grave Retención (Aplicación inmediata)

Retención (Aplicación inmediata)

Retención (Aplicación inmediata)

Retención (Aplicación inmediata)

grave

leve

leve

leve

8

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)

clausura temporal (Aplicación inmediata)

211

Por operar en horario distinto al autorizado en la extracción de material de acarreo

100%

212

Por dañar infraestructuras hidráulicas y/o el paisaje del cauce natural del Rio (pastos naturales, plantas, árboles, entre otros), durante la extracción de material de acarreo

150%

213

Realizar la extracción de material de acarreo sin contar con la autorización Municipal

150%

214

Producir ruidos nocivos o molestos, sea cual fuera el origen y lugar (Altoparlante, megáfonos, equipos de sirena, sirenas, silbatos, cohetes, petardos y otros similares), que atenten contra la tranquilidad pública y medio ambiente

5%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

grave

muy grave Retención (Aplicación inmediata)

Retiro de elementos antirreglamentarios (Aplicación inmediata)

muy grave

leve

Clausura Temporal (Aplicación inmediata)

215

Por ocasionar ruidos molestos y/o nocivos persistentes provenientes de los locales de eventos que superen a los estándares de calidad ambiental, según la normativa vigente

51%

216

Por producir ruidos que exceden los niveles sonoros de los estándares de la calidad ambiental en zonas comerciales, según la normativa vigente

50%

217

Por producir ruidos que exceden los niveles sonoros de los estándares de la calidad ambiental en zonas residenciales, según la normativa vigente.

51%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente Retención y Clausura Temporal (Aplicación inmediata) En caso de reincidencia se realizara la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente Retención (Aplicación inmediata)

grave

leve

grave

Retención y Clausura Temporal (Aplicación inmediata)

218

Por producir ruidos que exceden los niveles sonoros de los estándares de la calidad ambiental en zonas industriales, según la normativa vigente.

55%

219

Por producir ruidos que exceden los niveles sonoros de los estándares de la calidad ambiental, según la normativa vigente para zonas de protección especial (centro de salud, centros educativos, asilos y/o penales).

55% (viviendas)

En caso de reincidencia se realizara la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

Retención (Aplicación inmediata)

grave

grave

9

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) Retención y clausura temporal de establecimientos comerciales (Aplicación inmediata) 60% (establecimiento s comerciales)

220

En el caso de centros de diversión (discotecas, night club, snack, video pub, karaoke, bar, peña, cantina, tragamonedas y otros afines) que tengan licencia de funcionamiento que excedan los niveles sonoros máximos admisibles, según la normativa vigente

221

Por elevada concentración de emisión de humos o gases tóxicos (tipo neblina) de establecimientos comerciales y/o viviendas que superen los límites máximos permisibles según la normativa vigente

25%

222

Por no contar y/o incumplir con el cronograma de mantenimiento y limpieza de chimeneas y depuradores de humos de establecimientos comerciales.

10%

223

Por la quema de residuos sólidos que ocasionen daños al medio ambiente

51%

70%

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente Clausura temporal (Aplicación inmediata) En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente Clausura temporal (Aplicación inmediata) En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente Clausura temporal (Aplicación inmediata) En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

grave

grave

leve

leve

grave Clausura temporal (Aplicación inmediata)

224

Por la utilización de derivados de petróleo reciclado como combustible para la utilización en calderas, hornos de producción de ladrillos y/o yeso

100%

225

Por incinerar residuos peligrosos y/o sustancias toxicas volátiles o de otra índole en lugares no autorizados.

100%

226

Por exceder los límites máximos permisibles de CO % de Volumen, HC (ppm) (4), CO + CO2 % Mínimo de vehículos motorizados según la normativa vigente.

227

Por exceder los límites máximos permisibles OPACIDAD: K (m-1) (5), OPACIDAD EN %. De vehículos motorizados, según la normativa vigente

228

Por pegar, pintado de murales e instalar anuncios y propaganda publicidad comercial, artística, política u otros similares, en vía pública.

En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

grave

grave

51%

Internamiento del vehículo (Aplicación inmediata)

grave

51%

Internamiento del vehículo (Aplicación inmediata)

grave

110%

Retiro de elementos antirreglamentarios (Aplicación inmediata)

muy grave

10

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)

229

colocar posteros, paneles, paletas, bambalinas u otros afines, con publicidad comercial, artística, política u otros similares, en plazas, plazoletas, parques, óvalos, monumentos, puentes peatonales, infraestructura pública y/o privada.

110%

230

Talar, destruir, afectar o quemar plantas y/o arboles de áreas verdes, de administración y/o propiedad municipal

25%

Retiro de elementos antirreglamentarios (Aplicación inmediata)

muy grave

leve Retención (Aplicación inmediata)

231

Por pastar animales en parques y/o áreas verdes publicas

2%

leve

232

Por dañar enrejados, enmallados u otros similares, de áreas verdes y/o Parques Públicos

5%

leve

233

Por sustraer plantas y flores de áreas verdes y/o jardines públicos.

2%

leve

234

Por usar agua de las piletas de áreas verdes y/o parques Públicos.

10%

leve

235

Por incumplimiento de la clausura temporal

150%

Clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

Muy Grave

Clausura temporal (Aplicación inmediata) En caso de reincidencia se realizará la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento por la autoridad competente

236

Por depositar en la vía pública los residuos sólidos comerciales, industriales y/o de servicios fuera del horario establecido

60%

237

Por depositar en la vía pública residuos sólidos vivienda

15%

-

leve

238

Por no efectuar limpieza y recolección de los residuos sólidos, al concluir eventos de ferias, manifestaciones u otras actividades.

150%

-

muy grave

239

Por malograr o destruir los contenedores, tachos y papeleras ubicados e instaladas en la vía pública, áreas verdes y parques

80%

-

grave

240

Por realizar prácticas informales de segregación, recolección reaprovechamiento y reciclaje en puntos de disposición temporal (contenedores u otros similares)

5%

-

leve

241

Por realizar prácticas informales de segregación, recolección reaprovechamiento, reciclaje y comercialización de residuos sólidos por parte de organizaciones dedicadas a la actividad.

60%

-

grave

242

Por no contar con Autorización municipal los centros de acopio, plantas de reciclaje y tratamiento

100%

Retención y clausura definitiva (Aplicación inmediata)

grave

y/o maleza y/o desmonte procedentes de

grave

11

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) GERENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y MEDIO AMBIENTE SUB GERENCIA DE MERCADOS Y PLATAFORMAS CÓDIGO

INFRACCIONES

SANCION PECUNIARIA (% DE LA UIT)

301

Desarrollar actividades diferentes a lo autorizado en puestos de mercados de abasto plataformas comerciales

51%

302

Por ocupar mayor espacio del área autorizado del puesto de venta

10%

303

304

Por subarrendar u otro similar, del puesto de venta sin autorización municipal

Por tener el puesto abandonado por más de 30 días

SANCION NO PECUNIARIA Y/O MEDIDA COMPLEMENTARIA Clausura Temporal (Aplicación inmediata) En caso de reincidencia se realizará la revocatoria de la autorización de funcionamiento por la autoridad competente y vacancia de puesto de stands municipales Retención (Aplicación inmediata)

TIPO DE INFRACCION

Grave

Leve

110%

Revocación de la autorización de funcionamiento y vacancia de puesto de stands municipales

Muy grave

60%

Revocar la autorización de funcionamiento y vacancia de puesto de stands municipales

Grave

decomiso 305

Comercializar carnes de animales de abasto sin el sello de clasificación de camal autorizado o SENASA

60%

(Aplicación inmediata)

Grave

Decomiso y clausura temporal (Aplicación inmediata)

306

Por Vender productos con falta de peso y/o utilizar balanzas con medidas fraudulentas

51%

307

Por cambiar o ampliar el giro comercial sin autorización municipal

51%

308

Por no utilizar el uniforme completo según corresponda a cada actividad comercial

4%

309

Por la instalación de kioscos, carpas, módulos, toldos, triciclos, stands, vehículos motorizados y no motorizados y otros similares en la vía pública

110%

En caso de reincidencia se realizará la revocatoria de la autorización de funcionamiento por la autoridad competente y vacancia de puesto de stands municipales Clausura temporal (Aplicación inmediata) En caso de reincidencia se realizará la revocatoria de la autorización de funcionamiento por la autoridad competente y vacancia de puesto de stands municipales Retención (Aplicación inmediata)

Grave

Grave

Leve

Muy grave

12

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) Retención (Aplicación inmediata)

310

Por instalar juegos en general, talleres, carpintería, metal mecánicos, herreros, chatarreros, talleres mecánicos, ropavejeros, productos perecibles y no perecibles, y otros en la vía pública

110%

311

Por conducir un puesto de venta y/o comercializar bienes y servicios en la vía publica

60%

312

Por fomentar escándalo y generar ruidos que perturben la tranquilidad dentro del mercado de abasto, plataforma comercial y lugares de comercialización de bienes

6%

313

Por usar la acera, calzada y áreas adyacentes de uso público con fines comerciales

80%

314

Por agresión verbal al funcionario y/o servidor municipal durante el cumplimiento de sus funciones.

60%

grave

315

Por agresión física al funcionario y/o servidor municipal durante el cumplimiento de sus funciones.

100%

grave

316

Por utilizar las plazas, parques y áreas verdes como zona de comercialización.

317

Por dejar mercaderías, objetos y otros en la vía pública.

6%

100%

Retención (Aplicación inmediata)

Retención (Aplicación inmediata)

Retención (Aplicación inmediata)

Retención (Aplicación inmediata)

Decomiso (Aplicación inmediata)

Muy grave

grave

Leve

Grave

Leve

grave

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO SUB GERENCIA DE AUTORIZACIÓNES URBANAS CÓDIGO

401

INFRACCIONES

Por ejecutar construcción sin contar con licencia de obra.

SANCION PECUNIARIA (% de la UIT o valor de la Obra) 10 % del valor de la obra

SANCIÓN NO PECUNIARIA Y/O MEDIDA COMPLEMENTARIA

TIPO DE INFRACCIÓN

Paralización Muy Grave

402

Por adulterar planos aprobados del proyecto.

100 % UIT

Paralización hasta levantar las observaciones

403

Por realizar construcciones antirreglamentarias. (Ochavos, Voladizos, Desfogue de Aguas Pluviales)

60 % UIT

Demolición

Grave

404

Edificar o levantar estructuras en áreas públicas o servidumbre eléctrica, derechos de vía, rivera del rio o zonas intangibles.

110 % UIT.

Demolición y remoción (Aplicación inmediata)

Muy grave

405

Por no acatar la orden de paralización

110%

Demolición

Muy grave

406

Por no cercar terrenos sin construir (en el cercado)

10%

407

Por provocar daños en los inmuebles vecinos, fachadas de edificios públicos y privados, calzadas, pavimento, y similares.

60%

grave

leve Restitución

grave

13

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)

408 409 410

411

Por provocar daños en los inmuebles vecinos por fallas en las instalaciones sanitarias que afecten a otros o a la vía pública. Por no respetar las medidas básicas de seguridad en obra según lo dispuesto en Reglamento Nacional de Edificaciones. Por carecer de cuaderno de control de obras o no tenerlo actualizado

Por ejecución de trabajos, que modifiquen la vía pública sin autorización municipal.

110%

Restitución

Muy grave

60%

Regularización

Grave

60%

Regularización

grave

110%

Demolición, remoción y Restitución (Aplicación inmediata)

Muy grave

110 % UIT

Demolición, remoción y Restitución (Aplicación inmediata)

Muy grave

60 % UIT

Remoción y/o Retención (Aplicación inmediata)

Grave

110%

Remoción y/o Retención (Aplicación inmediata)

Muy Grave

Remoción y restitución (Aplicación inmediata)

Grave

412

Por ejecutar obras en área o vía pública

413

Por dejar materiales de construcción, y/o materiales excedentes en vía pública sin autorización.(arena, piedras, ladrillos, adobe, materiales contaminados, otros similares)

414

Por impedir el tránsito peatonal y/o vehicular, no mantener los espacios libres, exponer a los transeúntes a peligro.

415

Por construir reductor de velocidad, gibas antirreglamentarias u otros obstáculos en las pistas sin autorización municipal

60%

416

Por omitir o colocar deficientemente los carteles de señalización o dispositivos de seguridad sobre la vía pública o por no retirarlos una vez concluida la obra

60%

417

Por ejecutar, cableado aéreo y/o, subterráneo sin autorización municipal

110%

Retiro (Aplicación inmediata)

Retiro (Aplicación inmediata)

418

Por reparar deficientemente las pistas, veredas y sardineles que hayan sido deterioradas o rotas.

60 % UIT

Restitución y retención del fondo de garantía hasta que se cumpla con la reparación en el plazo otorgado.

419

Por demorar el trabajo de reparación de la vía pública, por día de retraso de acuerdo al plazo

150 % UIT. (Luego de vencido los 15 días del plazo para la reparación)

Restitución dentro del plazo otorgado y retención del fondo de garantía.

420

Por ejecutar trabajos que destruyan las pistas, veredas y/o sardineles sin autorización municipal.

110 % UIT

Paralización (Aplicación inmediata)

Grave

Muy Grave

Grave

Muy Grave

Muy grave

y Restitución 421

Por cercar o edificar en área de retiro y/o Alineamiento Municipal.

150 % UIT

422

Por apertura de puertas y ventanas hacia la vía pública sin Autorización Municipal.

60 % UIT

423

Por ejecutar cerco perimétrico sin autorización municipal.

5 % UIT

424

Por construir infraestructura (torres) para instalar antenas de radiodifusión sonora y televisiva sin autorización municipal

200 % UIT

425

Por no contar con autorización para la instalación de cabinas de telefonía en la vía pública.

110 % UIT

Demolición

Muy grave Grave

Paralización y regularización Desmontaje (Aplicación inmediata)

Leve

Muy grave

Muy grave Retiro

426

Por instalar infraestructura para la instalación de publicidad sin autorización.

80% UIT

427

Por ejecutar demolición sin autorización municipal.

20% UIT

(Aplicación inmediata)

Grave

Leve

14

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)

428

Por no habilitar y/o adecuar rampas de acceso para discapacitados en establecimientos públicos, privados, comerciales, servicios, industriales y/o similares.

60% UIT

Grave

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO SUB GERENCIA CONTROL URBANO Y CATASTRO

CÓDIGO

SANCIÓN PECUNIARIA (% DE LA UIT)

INFRACCIONES

SANCIÓN NO PECUNIARIA Y/O MEDIDA COMPLEMENTARIA

TIPO DE INFRACCIÓN

DEMOLICION (En caso de edificación)

Grave

Por realizar la subdivisión de un predio sin autorización municipal Siguiente tabla: 501

Menores o igual a 180 m2 de acuerdo a área de lote normativo 181

m2

a 1000

m2

100% UIT 150% UIT

Muy Grave

1001 m2 a 9999 m2

200% UIT

Muy Grave

502

Por hacer uso de áreas de aporte público adyacentes a una habilitación urbana

200% UIT

503

Por lotizar áreas no compatibles en el Plan de Desarrollo Urbano (Vigente)

200% UIT

DEMOLICIÓN

MUY GRAVE MUY GRAVE

RETIRO de LA PLACA y/o borrado del # (Aplicación inmediata)

504

Por exhibir una numeración predial sin autorización municipal y/o distinta a la oficial

2% UIT

LEVE

505

Por carecer el predio de numeración predial

2% UIT

LEVE

506

Por lotizar y vender terrenos sin habilitación urbana (propietarios y/o herederos)

200% UIT

MUY GRAVE

GERENCIA DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO SUB GERENCIA DE FOMENTO A LA INVERSIÓN PRIVADA Y LICENCIAS CÓD IGO

INFRACCIONES

601

Por carecer de Licencia Municipal de Funcionamiento un establecimiento comercial, industrial y de servicio:

TIPO DE INFRACC IÓN

SANCION PECUNIARIA (% DE LA UIT)

SANCION NO PECUNIARIA Y/O MEDIDA COMPLEMENTARIA

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPAL Clausura Temporal hasta subsanación (Aplicación Inmediata)

a)

Área de hasta 100 m2.

Leve

10%

Clausura temporal hasta subsanación. (Aplicación Inmediata)

b)

Área de 100 m2 hasta 500 m2

Grave

60%

Clausura temporal hasta subsanación. (Aplicación Inmediata)

c)

Área de más de 500 m2.

100%

Clausura temporal hasta subsanación. (Aplicación Inmediata)

Grave

602

603

Por permitir el ingreso de escolares con uniforme a las cabinas de internet sin que se encuentren acompañados por su tutor o padres.

Grave

Por expender bebidas alcohólicas o permitir el consumo de estas dentro o fuera del establecimiento comercial, industrial y/o de servicio a menores de edad.

Muy Grave

604

60%

110%

Grave

60%

Grave

100%

CLAUSURA DEFINITIVA

Por no contar con licencia de funcionamiento temporal el desarrollo de ferias, exposiciones, campañas y/o promoción de actividades comerciales, industriales y de servicios. 605 Por dejar que se consuma bebidas alcohólicas en minimarkets y supermercados.

Clausura temporal de 10 días (Aplicación Inmediata). Clausura definitiva (continuidad o reincidencia)

15

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)

606 607 608

Por no exhibir en un lugar visible la Licencia de Funcionamiento Por alterar o modificar el texto de la Licencia de Funcionamiento. Por ejercer funciones profesionales en establecimientos públicos relacionados a la salud sin exhibir el título profesional correspondiente.

Leve

20%

Muy Grave Muy Grave

130%

Clausura definitiva

110%

Clausura Temporal (Aplicación Inmediata)

110% Por comercializar bebidas alcohólicas en los establecimientos que no se encuentren autorizados para tal fin.

Muy Grave

CLAUSURA DEFINITIVA (Aplicación Inmediata)

Grave

60%

Clausura temporal hasta subsanar. (Aplicación Inmediata)

Muy Grave

De 500% a 1000%

Revocación de la Licencia de Funcionamiento y poner en conocimiento de la Procuraduría Publica de la Municipalidad y el Ministerio Publico.

60%

Clausura temporal (Aplicación Inmediata)

609

610 Por ampliar reducir o modificar la estructura o acondicionamiento que generen un inadecuado funcionamiento, alterando con ello la situación inicial que dió merito a la emisión de licencia de funcionamiento.

611 Por haberse detectado fraude o falsedad en la declaración de información o en la documentación presentada por el solicitante en un trámite administrativo de licencia de funcionamiento. 612 Por permitir el ingreso de escolares en horario escolar a los establecimientos dedicados a los giros de alquiler y uso de juegos electrónicos y afines. 613

Grave

Clausura definitiva (reincidencia o continuidad) Grave

60%

Por brindar facilidades para consumir licores en los alrededores de los establecimientos donde se ha realizado la venta o en la vía pública. 664

CLAUSURA TEMPORAL DE 10 DIAS (Aplicación Inmediata). CLAUSURA DEFINITIVA (Continuidad o Reincidencia)

Grave

60%

Grave

60%

CLAUSURA TEMPORAL DE TRES DIAS. (Aplicación Inmediata)

Grave

60%

Clausura temporal 5 días (Aplicación Inmediata)

Por no contar con licencia de funcionamiento las sucursales y afines que funcionen dentro de la jurisdicción con excepción de aquellos establecimientos colindantes. 615 Por no contar con licencia de funcionamiento independiente los cesionarios de un predio matriz o principal. 616 Por expender bebidas alcohólicas para el consumo en el interior de bodegas, licorerías, heladerías, panaderías, dulcerías, establecimientos dedicados a la venta de abarrotes y artículos de primera necesidad, deposito, distribución de bebidas alcohólicas, en establecimiento no autorizado para consumo interno ni alrededores de los referidos establecimientos. 617

Clausura definitiva en caso de reincidencia.

Grave

60%

Por vender tragos preparados, no envasados en fábricas y adulterados en los establecimientos de bodegas, licorerías, heladerías, panaderías, dulcerías, establecimientos dedicados a la venta de abarrotes y artículos de primera necesidad.

Clausura temporal de 10 días. (Aplicación Inmediata) Clausura definitiva continuidad o reincidencia)

618

20% Por no contar con los carteles con las inscripciones de prohibido la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad, “Si has ingerido bebidas alcohólicas, no manejes”, “la venta de bebidas alcohólicas en este lugar es desde las…, hasta las …”, “tomar bebidas alcohólicas en exceso es dañino”.

Leve

Por funcionar fuera del horario establecido de

Grave

619

60%

Clausura temporal (Aplicación Inmediata)

16

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) acuerdo al giro de negocio. Clausura definitiva (reincidencia o continuidad) 620 Realizar actividades que atenten contra la moral, las buenas costumbres, inciten a la violencia o pongan en riesgo la vida humana o animal.

Muy Grave

ESPECTACULO PUBLICO NO DEPORTIVO Suspensión del evento. (Aplicación Inmediata)

621 Por no contar con licencia de funcionamiento para realizar espectáculo público no deportivo. 622

624

625 626 627

Muy Grave

110%

Muy Grave

110%

Por negarse a devolver el valor de las entradas en caso de no efectuarse y/o suspenderse el espectáculo público no deportivo Por no exhibir en lugar visible al público la indicación referida a la capacidad de aforo del local, las tarifas y los horarios de las funciones. Cobrar o permitir precios distintos a los que figura en los boletos. Por incumplir el horario de inicio del espectáculo

Grave

60%

Leve

20%

Leve

20%

Grave

60%

Por permitir el ingreso de personas en estado de ebriedad o con alteraciones de la conciencia por efecto de cualquier droga, portando objeto contundente, arma blanca o de fuego a los espectáculos públicos no deportivos, ferias y actividades sociales.

Muy Grave

Por permitir que menores de edad realicen trabajos en espectáculos públicos no deportivos sin que cuenten con la autorización respectiva.

Muy Grave

Por efectuar comercialización y distribución de artículos pirotécnicos dentro o fuera del establecimiento donde se realiza el espectáculo público no deportivo, feria, exposición o actividad social.

Muy Grave

Por no contar con licencia de funcionamiento para el desarrollo de actividades sociales. 623

110%

628

Suspensión del evento. (Aplicación Inmediata)

110%

110%

629

110%

Decomiso (Aplicación Inmediata)

ANUNCIOS Y PUBLICIDAD EXTERIOR 630

Por instalación de anuncios publicitarios sin contar con la autorización: a) Anuncio simple. b) Anuncio luminoso

Retención (Aplicación Inmediata)

Grave Grave

70% 100%

Por instalación de toldos sin contar con la autorización.

Grave

100%

Retención (Aplicación Inmediata)

Por instalación de anuncio publicitario no adosado a la pared No retirar las bambalinas luego de culminado el plazo de autorización Por mantener en mal estado las estructuras e instalaciones de los elementos de publicidad exterior. Por no tener en un lugar visible la autorización de su elemento de publicidad. Por colocar carteles, anuncios u otros elementos de publicidad en los establecimientos abiertos al público, que consignen frases discriminatorias y figuras obscenas o utilizar imagen de la mujer desnuda o semidesnuda.

Muy Grave Grave

110%

Retiro y Decomiso (Aplicación Inmediata)

60%

Grave

60%

Retiro (Aplicación Inmediata) Retiro (Aplicación Inmediata)

Leve

20%

Muy Grave

110%

631

732 633 634 635 636

Retiro (Aplicación Inmediata)

17

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)

GERENCIA DE PREVENCIÓN, SEGURIDAD Y ORDENAMIENTO SUB GERENCIA DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD Y EDIFICACIONES SANCION PECUNIARIA (% de la U. I. T.) DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN

701

Por contar con una evaluación preliminar de riesgo alto o muy alto en el acta VISE y no haber subsanado en el plazo correspondiente en establecimientos públicos privados y viviendas multifamiliares

OBSERVACIÓN

*( 1)

*( 2)

*( 3)

*( 4)

*(5)

2%

10 %

1

4

8

De UIT

2% 702

703

704

705

706

707

708

709

De UIT 5%

De UIT

De UIT

Por no contar el establecimiento comercial dedicado a la elaboración y/o expendio de alimentos y bebidas con las condiciones de ventilación, iluminación, libre acceso que impidan o limiten una adecuada atención y seguridad de los usuarios (cruzar información)

1%

2%

De UIT

De UIT

1%

25 %

Por no contar con extintores contra incendios, tener la carga vencida o no tenerlos en número, capacidad, cantidad adecuada y por tener dificultad de acceso a los mismos.

Por no solicitar una inspección básica o de detalle, luego de expirar el plazo consignado en la notificación de regularización realizada por la municipalidad

Por superar la capacidad máxima autorizada del local (aforo) o por superar la capacidad máxima permitida para el espectáculo público no deportivo o actividad social en recintos cerrados.

Por no cumplir con las condiciones técnicas y/o medidas de seguridad establecidas por la autoridad competente para el funcionamiento del local, establecimiento donde se labore o concurra público.

Por mantener edificaciones ruinosas o en peligro de colapsar, creando peligro para la seguridad de los usuarios y concurrentes a dichas edificaciones.

De UIT

Clausura Temporal Preventiva

Por no contar o carecer el establecimiento del botiquín de primeros auxilios, medicamentos básicos y equipo de Cirugía menor.

Por no exhibir en forma visible el cartel especificando la capacidad máxima del local (aforo máximo autorizado)

UIT

UIT

UIT

50 %

1

2

(Aplicación Inmediata)

Clausura Temporal Preventiva

De UIT

UIT

UIT

20 %

50 %

2

(Aplicación Inmediata)

Clausura Temporal Preventiva

De UIT

De UIT

UIT

1

1

2

(Aplicación Inmediata)

Clausura Temporal Preventiva

De UIT

UIT

UIT

UIT

1

2

5 UIT

10 %

50 %

De UIT

De UIT

UIT

UIT

10 %

25 %

50 %

1

(Aplicación Inmediata)

Preventiva

De UIT

De UIT

De UIT

2%

20 %

25 %

De UIT 50 %

2% De UIT

Clausura Temporal

Clausura Temporal _

De UIT

MEDIDA COMPLEMENTARIA

Preventiva

UIT

(Aplicación Inmediata)

2

4

De UIT

UIT

UIT

2

4

Suspensión y/o cancelación del evento Multa

4

(Aplicación Inmediata)

Clausura Temporal Multa

De UIT

20 %

50 %

De UIT

De UIT

UIT

UIT

UIT

1

2

5

UIT

UIT

UIT

(Aplicación Inmediata)

Multa

Demolición

18

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)

710

711

712

713

714

715

716

717

718

719

720

Por incumplir las disposiciones emanadas por el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED, por el órgano ejecutante del distrito y/u otro órgano competente.

Por obstaculizar, construir y/o ocupar en áreas de seguridad interna y externa, rutas de escape, salidas de emergencia, etc.

Por mantener instalaciones que contengan o usen material inflamable, explosivos, gas licuado de petróleo o en otras formas mediante derivados, sin las medidas de previsión adecuadas para dichos casos especiales.

Por manipular sustancias peligrosas y contaminantes sin las medidas de seguridad adecuadas

Por no contar con la constancia y/o certificado de seguridad en edificaciones otorgado por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, (básica, de detalle o multidisciplinaria) en establecimientos públicos privados y viviendas multifamiliares (áreas comunes)

Por obstaculizar o negarse a prestar las facilidades necesarias para la adecuada realización de la inspección técnica de seguridad en edificaciones.

Por construir, instalar negocios y/o ocupar cualquier tipo de obras o instalaciones en áreas consideradas como críticas por Gestión del Riesgo de Desastres

2%

5%

1

1

4

Clausura Temporal Multa

De UIT

De UIT

UIT

UIT

UIT

(Aplicación Inmediata)

2%

25 %

50 %

75 %

2

Clausura Temporal, Retiro y/o demolición

De UIT

De UIT

De UIT

UIT

75 %

1

2

2

De UIT 10 %

Multa

(Aplicación Inmediata)

Clausura Temporal Multa

De UIT

De UIT

10 %

50 %

De UIT

De UIT

20 %

50 %

UIT

UIT

UIT

1

2

3

UIT

UIT

UIT

1

2

4

(Aplicación Inmediata)

Multa

Clausura Temporal

Clausura Temporal Multa

De UIT

De UIT

20 %

50 %

UIT

UIT

UIT

2

4

8

(Aplicación Inmediata)

Paralización de Obra Multa

De UIT

De UIT

20 %

25 %

UIT

UIT

UIT

2

4

8

(Aplicación Inmediata)

Retiro y/o demolición Multa

De UIT

Por no contar con el Informe Técnico de opinión favorable de Gestión del Riesgo de Desastres para la realización de espectáculos no deportivos y/o Acta de visita de Seguridad en Edificaciones VISE.

-

Por no contar con el ITF (Informe Técnico Favorable) de instalación y funcionamiento en Instalaciones operativas de GLP, de más de 0,45 m³ (118,8 gl.) otorgado por OSINERGMIN.

-

Por no contar con el ITF (Informe Técnico Favorable) en tanques de combustibles líquidos operativos de más de 1 m³ (264,17 gl.) otorgado por OSINERGMIN

-

Por no contar con el certificado IPEN de los equipos radiológicos y/o similares en establecimientos de salud operativos.

_

De UIT

-

UIT

-

UIT

UIT

(Aplicación Inmediata)

8

Suspensión y/o cancelación del evento

-

Multa UIT

2

4

-

Clausura Temporal -

UIT

UIT

2

4

UIT

UIT

2

4

-

Clausura Temporal Multa (Aplicación Inmediata) Clausura Temporal _

UIT

Multa (Aplicación Inmediata)

-

UIT

(Aplicación Inmediata)

Multa (Aplicación Inmediata)

19

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)

721

Por crear una situación de peligro inminente que puedan derivar en un desastre que afecte a la población.

1

2

4

4

8

UIT

UIT

UIT

UIT

UIT

Clausura Temporal Multa

(Aplicación Inmediata)

20

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)

GERENCIA DE TRANSPORTES TIPO DE INFRACCION CODIGO

INFRANCION CLASIFICACIÓN

SANCIÓN

MEDIDA PREVENTIVA

DESCUENTO 50% DENTRO DE LOS 5 DIAS

SANCIÓN NO PECUNIARIA Y/O MEDIDA COMPLEMENTARIA

TIPO DE INFRACCIÓN

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

REINCIDENCIA

801

Prestar el Servicio de Transporte público de Personas, sin haber obtenido la autorización emitida por la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, o no tener la Tarjeta Única de Circulación o este se encuentre Cancelado.

MUY GRAVE

101 % de la U.I.T.

Internamiento en Depósito Municipal

NO APLICA

PROPIETARIO CONDUCTOR EMPRESA

802

Prestar el servicio de transporte público de persona sin haber aprobado la Inspección Técnica Vehicular, cuando corresponda.

MUY GRAVE

101 % de la U.I.T.

Internamiento en Depósito Municipal

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR EMPRESA

NO APLICA

PROPIETARIO CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y la suspensión del permiso de operación de la empresa por 10 días calendarios El doble de la Multa al vehículo y la suspensión del permiso de operación de la empresa por 10 días calendarios Cancelación definitiva de la Tarjeta Única de Circulación. Cancelación definitiva de la Credencial del Conductor. (La sanción se aplica según persona que participa) El doble de la Multa al vehículo y la suspensión del permiso de operación de la empresa por 10 días calendarios El doble de la Multa al vehículo y la suspensión del permiso de operación de la empresa por 10 días calendarios

803

Utilizar la unidad vehicular autorizada, en actos delictivos de cualquier índole.

MUY GRAVE

101 % de la U.I.T.

Retención de tarjeta única de circulación. Retención de la credencial del conductor

804

Prestar el servicio de transporte público de personas, con una modalidad de servicio distinta a la autorizada por la Gerencia de Transporte.

MUY GRAVE

101 % de la U.I.T.

Internamiento en depósito municipal

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR EMPRESA

805

Prestar el servicio de transporte público de personas, llevando mayor número de pasajeros de lo indicado en la tarjeta de identificación vehicular (Tarjeta de Propiedad Vehicular).

MUY GRAVE

101 % de la U.I.T.

Interrupción del viaje.

SI

CONDUCTOR EMPRESA

MUY GRAVE

101 % de la U.I.T.

Internamiento en depósito municipal

si

PROPIETARIO CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

MUY GRAVE

101 % de la U.I.T.

Interrupción del viaje

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

808

Ejercer agresión física al inspector de transporte o autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones.

MUY GRAVE

101 % de la Internamiento U.I.T. en Depósito Suspensión Municipal de Retención de credencial la Credencial del de Conductor conductor Retención de por 1 año la TUC

NO APLICA

PROPIETARIO CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo

809

No permitir las acciones de control y fiscalización incumpliendo las indicaciones del inspector de transporte o funcionario dándose a la fuga o negarse a entregar la

MUY GRAVE

101 % de la U.I.T.

Internamiento en depósito municipal

NO APLICA

CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

806

807

Prestar el servicio de transporte público utilizando la vía pública como paradero no autorizado; o como zona de estacionamiento, paradero temporal o estacionarse en zonas establecidas como rígidas o prohibidas de estacionar; o estacionarse en las salidas o entradas de los centros de salud o emergencias. Dejar o recoger a los pasajeros al lado izquierdo o centro de la calzada; o cuando el vehículo se encuentra en movimiento; o en lugares donde se atente contra su Seguridad; o fuera de los paraderos urbano e interurbano, cuando existan o estén autorizados.

21

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) documentación solicitada.

810

811

812

813

814

815

816

817

818

819

820

821

822

823

824

825

Agredir verbal o físicamente a los usuarios del vehículo o a los peatones. Detenerse en una intersección semaforizada y usarlo como paradero estando está en luz verde. Prestar el servicio de transporte público de personas sin indicar la razón social, nombre comercial, los colores y diseños distintivos, logotipo característico de la empresa y/o el código de ruta otorgada en concesión o autorización o no contar con los casquetes de identificación según la modalidad del servicio autorizado. Prestar el servicio de transporte público especial inobservado las señales reguladoras Verticales del sentido de tránsito. Negarse a recoger personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres gestantes, niñas o niños, estudiantes, teniendo capacidad en el vehículo. Permitir que el vehículo de transporte público circule con las puertas de acceso abiertas o permitir que sobresalga parte del cuerpo de una persona de la estructura del vehículo. No contar o no tener identificada las salidas de emergencia en los vehículos que prestan servicio de transporte público Usar como paradero publico la frentera de cualquier institución pública o privada. Prestar el Servicio de Transporte público de Personas, con la Autorización de servicio y/o La Tarjeta Única de Circulación, vencida, suspendida o retenida. Prestar el servicio de transporte público de personas, sin portar la Tarjeta Única de Circulación. Prestar el Servicio de Transporte Público de Personas, sin portar la Licencia de Conducir. Prestar el Servicio de Transporte público de personas, sin portar la Credencial de Conductor, o teniendo la misma vencida o suspendida o retenida. Prestar el servicio de transporte público de personas sin portar el SOAT o AFOCAT según sea el caso. Prestar el servicio de transporte público de personas sin portar el Certificado de Inspección Técnica Vehicular, cuando corresponda. Prestar el servicio de transporte público de personas con conductores y/o cobradores que no tengan o no estén correctamente uniformados. Prestar el servicio de transporte público de personas o conducir llevando Objetos impresos o carteles en las lunas del vehículo que impidan la visibilidad del conductor y/o pasajero, o conducir el vehículo con

MUY GRAVE

101 % de la U.I.T.

Retención de la tarjeta única de circulación Retención de la Credencial del conductor

MUY GRAVE

101 % de la U.I.T.

-

SI

CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

MUY GRAVE

101 % de la U.I.T.

Internamiento en depósito municipal

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% 100% de la U.I.T.

-

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

Internamiento en depósito Municipal

SI

CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

-

SI

CONDUCTOR EMPRESA

-

SI

CONDUCTOR

GRAVE

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T. 51% - 100 % de la U.I.T.

NO APLICA

CONDUCTOR EMPRESA

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

22

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) lunas oscuras o polarizadas.

826

827

828

829

830

831

932

833

834

835

836

837

838

839

840

841

Prestar el servicio de transporte público de personas con vehículos que no cuenten con extintores habilitados de acuerdo a su tipología, o con fecha vencida; carecer de conos o triángulos de seguridad, así como de un botiquín de primeros auxilios. Prestar el servicio con vehículos en malas condiciones técnicas o mecánicas o que estas se encuentren inmovilizadas en la vía pública como consecuencias de las mismas. Lavar las unidades vehiculares en vías públicas, que afecten la calzada. No contar con el número de asientos reglamentados para el uso preferente de personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres gestantes o con bebes en brazos, debidamente señalizados (para vehículos M2 Y M3) Prestar el servicio de transporte público de personas sin tener en un lugar visible al interior del vehículo, la identificación debida del transportador autorizado, el número de placa y padrón, identificación del conductor, dirección y números de teléfono de la MPH, para presentación de quejas, por parte de los usuarios. No presentar dentro de las 24 horas a la Gerencia de Transporte los informes por la ocurrencia de accidentes de tránsito. Prestar el servicio de Transporte público con conductores que sobrepasan la edad de 68 años, para conducir vehículos destinados al transporte público, salvo disposición legal en contrario a la fecha de la fiscalización. Detenerse en la vía pública esperando recoger pasajeros generando obstrucción a la circulación de vehículos. Prestar el servicio de transporte público, con vehículos que presentan lunas rajadas o trisadas. Prestar el servicio de taxi con vehículos habilitados que no tengan la carrocería pintada según el color de la modalidad de servicio autorizada. No contar con un indicador sonoro intermitente dispuesto en la parte posterior del vehículo, que advierta que el vehículo ésta retrocediendo. Prestar el servicio de transporte público especial sin el uniforme que identifique al transportador autorizado. Circular estando fuera de servicio sin exhibir en la luna delantera el letrero “FUERA DE SERVICIO" Abandonar el vehículo con pasajeros en la vía publica Por Utilizar la bocina o claxon, atentando contra la tranquilidad pública y/o lugares no autorizados. Prestar el servicio de transporte público con vehículos sin las condiciones de higiene adecuadas para la prestación del servicio.

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

Remoción del vehículo

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

-

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

Suspensión precautoria de habilitación vehicular

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

SI

CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

SI

CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

GRAVE

51% - 100 % de la U.I.T.

Internamiento en Depósito Municipal

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

LEVE

50 % de la U.I.T.

-

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

LEVE

50 % de la U.I.T.

-

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

LEVE

50 % de la U.I.T.

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

LEVE

50 % de la U.I.T.

SI

CONDUCTOR

LEVE

50 % de la U.I.T.

-

SI

CONDUCTOR

LEVE

50 % de la U.I.T.

-

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

Internamiento en depósito Municipal Internamiento en depósito Municipal

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa El doble de la Multa al vehículo y a la empresa El doble de la Multa al vehículo y a la empresa El doble de la Multa al vehículo y a la empresa El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

23

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)

842

Llamar a los pasajeros a viva voz durante la prestación del servicio de transporte público.

LEVE

50 % de la U.I.T.

-

SI

CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

843

No Tener el croquis de recorrido de la ruta autorizada dentro del interior del vehículo

LEVE

50 % de la U.I.T.

-

SI

PROPIETARIO CONDUCTOR

El doble de la Multa al vehículo y a la empresa

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