CUADRO COMPARATIVO SOBRE EL CONCEPTO LEGAL DE QUIEN ES COMERCIANTE APLICABLE PARA PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS
PROFESOR: OCTAVIO AREVALO TRIGOS LEGISLACION COMERCIAL NRC: 9361 ESTUDIANTE: FABIAN MONTAÑA ENDO ID: 662011
CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS ADMINISTRACION DEL EMPRESAS-DISTANCIA VILLAVICENCIO-META 12 de abr. de 19
CUADRO COMPARATIVO
Artículo 10 del código del comercio: Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles. La calidad de comerciante se adquiere, aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona. PERSONA NATURAL 1.Se debe matricular toda personas naturales que realicen en forma permanente o habitual actividades mercantiles. 2.La matrícula debe efectuarse dentro del mes siguiente a la fecha en el cual empezó a ejercer el comercio. REGISTRO
3.Requicitos:
MERCANTIL
-Diligenciar formulario, -
PERSONA JURIDICA 1.Se registra la sociedad en un formulario especial. 2. Podrá solicitar su solicitud de
matrícula en la Cámara de Comercio de su jurisdicción donde se encuentre. 3.Requicitos: -Formulario de inscripción, Preinscripción DIAN, -RUT, Cancelar los derechos de inscripción escritura publica. 4.Se renueva entre enero a marzo de cada año
Preinscripción en el RUT, Fotocopia de la cedula ampliada al 150%, -Anexo CAE (solo para Villavicencio).
VENTAJAS
La constitución de la empresa es
Tiene responsabilidad limitada, es
sencilla y rápida, no presenta
decir, el dueño o los dueños de la
mayores trámites, la
empresa asumen solo de forma
documentación requerida es
limitada la responsabilidad por las
mínima.
deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, las cuales solo se garantizan con los bienes, capital o patrimonio que pueda tener la empresa.
Tiene responsabilidad ilimitada, es
Mayor dificultad al momento de
decir, el dueño asume de forma
constituirla, presenta una mayor
ilimitada toda la responsabilidad
cantidad de trámites y requisitos.
por las deudas u obligaciones que DESVENTAJAS
pueda contraer la empresa, lo que significa que deberá garantizar dichas deudas u obligaciones con su patrimonio o bienes personales.
DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS
Una persona natural puede ejercer
Mientras que una persona jurídica, la
todos los derechos y obligaciones
empresa asume todos los derechos y
de una empresa a su nombre.
obligaciones de la misma.
Una persona natural es responsable
Una persona jurídica, las deudas u
personalmente de las deudas y
obligaciones se limitan a los bienes
obligaciones de una empresa.
de la empresa.
Una persona natural está formada
Una persona jurídica puede ser
por una sola persona.
constituida por una o más personas.
Una persona natural puede
Una persona jurídica puede
funcionar como empresa individual funcionar como sociedad anónima, o microempresa familiar,
sociedad de responsabilidad
se puede usar esta figura en
limitada, sociedad colectiva,
negocios comerciales (bodegas,
sociedad comanditaria o empresa
restaurantes, librerías, etc.).
individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L), entre otras.
ACTOS MERCANTILES
ACTOS NO MERCANTILES
1. La adquisición de bienes a título oneroso
1. La adquisición de bienes con destino al
con destino a enajenarlos en igual forma, y la
consumo doméstico o al uso del adquirente, y
enajenación de los mismos.
la adquisición de los mismos o de los
2. La adquisición a título oneroso de bienes
sobrantes.
muebles con destino a arrendarlos; el arrendamiento de los mismos; el
arrendamiento de toda clase de bienes para
2. La adquisición de bienes para producir
subarrendarlos, y el subarrendamiento de los
obras artísticas y la enajenación de éstas por
mismos.
su autor.
3. El recibo de dinero en mutuo a interés, con
3. Las adquisiciones hechas por funcionarios
garantía o sin ella, para darlo en préstamo, y
o empleados para fines de servicio público.
los prestamos subsiguientes, así como dar
4. Las enajenaciones que hagan directamente
habitualmente dinero en mutuo a interés.
los agricultores o ganaderos de los frutos de
4. La adquisición o enajenación, a título
sus cosechas o ganados, en su estado natural.
oneroso, de establecimientos de comercio, y
Tampoco serán mercantiles las actividades de
la prenda, arrendamiento, administración y
transformación de tales frutos que efectúen
demás operaciones análogas relacionadas con
los agricultores o ganaderos, siempre y
los mismos
cuando no constituya por sí misma una
5. La intervención como asociado en la
empresa.
constitución de sociedades comerciales, los
5.La prestación de servicios inherentes a
actos de administración de las mismas o la
profesiones liberales.
negociación a título oneroso de las partes de interés, cuotas o acciones.
REFLEXION ¿Cuál fue el aprendizaje generado a partir del concepto legal de quien es comerciante? ¿Cuál es la importancia de diferenciar los actos que son considerados mercantiles y los que no? Vemos que la definición legal de comerciante no es igual que la dicha urbanamente (personas que compra y vende producto), está claro que el comerciante es aquel que se dedica habitualmente a un trabajo de manera profesional a cualquier actividad que la ley considere mercantil, son personas que pueden actuar individualmente o en conjunto o sea sociedad y dependiendo como corresponda pueden ser naturales o jurídica. Por otro lado, es bueno saber cuáles actos mercantiles y no mercantiles ya que estas son realizadas por personas participan en el mercado para ofrecer bienes y servicios valorados con dinero con el fin de obtener ganancia o lucro y podemos diferenciar el campo de la actuación del derecho mercantil, al poder diferenciar estos actos podemos saber si al realizar alguna actividad es necesario inscribirla a Cámara de Comercio o no, puedo saber si estoy obligado a actuar bajo la ley o no.