Convenios Para La Seguiridad Y La Salud

  • October 2019
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Principales convenios de OIT relativos a la seguridad y la salud en el trabajo Juan Carlos Hiba Especialista en condiciones de trabajo, seguridad y salud en el trabajo OIT - Lima

Convenios más recientes de la OIT en materia de seguridad y salud en el trabajo C 184 C 176 C 174 C 170 C 167 C 162 C 161 C 155 C 152 C 148

Seguridad y salud en la agricultura Seguridad y salud en las minas Accidentes industriales mayores Productos químicos Seguridad y salud en la construcción Asbesto SERVICIOS DE SALUD EN EL TRABAJO SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Seguridad e higiene. Trabajos Portuarios Medio ambiente de trabajo. Contaminación

2001 1995 1993 1990 1988 1986 1985 1981 1979

Convenio N° 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo

Convenio N° 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo • Adoptado por la CIT de 1981. • Ratificado por 28 países. • Brasil, Cuba, México, Uruguay y Venezuela.

Estructura del Convenio N° 155 • • • • •

Parte I: Definiciones y campo de aplicación Parte II: Principios de una política nacional Parte III: Acciones a nivel nacional Parte IV: Acciones a nivel de las empresas Parte V: Ratificación y puesta en vigor del Convenio.

Parte I: definiciones Artículo 3 – Rama de actividad – Trabajadores – Lugar de trabajo – Reglamentos – Salud

Parte I: campo de aplicación Artículo 1 – Se aplica a todas las ramas. – Exclusión, previa consulta, de ciertas ramas con problemas. – Enumerar ramas excluidas, explicar motivos exclusión y describir medidas protección trabajadores.

Parte I: categorías de trabajadores Artículo 2 – Alcanza a todos los trabajadores de las ramas abarcadas. – Exclusión, parcial o total, de categorías limitadas de trabajadores con problemas de aplicación.

Parte II: principios de una política nacional Artículo 4 – Formular, practicar y reexaminar una política nacional coherente. – Prevenir los accidentes y los daños que: - sobrevengan durante el trabajo - sean consecuencia del trabajo; o - guarden relación con la actividad laboral.

– Reducir al mínimo las causas de los riesgos.

Parte II: principios de una política nacional (continuación) Artículo 5 • (a) Diseño, ensayo, elección, reemplazo, instalación, disposición, utilización y mantenimiento de: – – – –

Los lugares de trabajo Medio ambiente de trabajo Herramientas, maquinaria y equipo Sustancias y agentes químicos, biológicos y físicos, y operaciones y procesos.

Parte II: principios de una política nacional (cont.) Artículo 5 (cont.) • (b) Relaciones entre componentes y personas. • (c) Adaptación de la maquinaria, equipos, tiempo de trabajo, organización del trabajo, operaciones y procesos, a las capacidades físicas y mentales de trabajadores.

Parte II: principios de una política nacional (cont.) Artículo 5 (cont.) • (d) Formación, calificaciones y motivación de trabajadores para alcanzar niveles adecuados de seguridad e higiene. • (e) Comunicación y cooperación a niveles de grupo de trabajo, empresa y hasta nivel nacional inclusive.

Parte II: principios de una política nacional (cont.) • Artículo 5 (cont.) • (f) Protección de trabajadores y sus representantes frente a medidas disciplinarias contra ellos.

Parte II: principios de una política nacional (cont.) Artículo 6 – Funciones y responsabilidades de autoridades, empleadores y trabajadores. Artículo 7 – Examen periódico de la seguridad y salud en el trabajo y el medio ambiente.

Estructura del Convenio N° 155 • • • • •

Parte I: Definiciones y campo de aplicación Parte II: Principios de una política nacional Parte III: Acciones a nivel nacional Parte IV: Acciones a nivel de las empresas Parte V: Ratificación y puesta en vigor del Convenio.

Convenio 161 sobre los servicios de salud en el trabajo

Convenio 161 sobre los servicios de salud en el trabajo • Conferencia Internacional del Trabajo de 1985. • Ratificado por 18 países en el mundo. • América Latina: Brasil, Colombia, México y Uruguay.

Convenio 161 - Estructura • • • • •

Consta de cinco partes: 1. Principios de una política nacional 2. Funciones de los servicios de salud 3. Organización de los servicios de salud 4. Condiciones de funcionamiento de los servicios de salud • 5. Disposiciones generales

Convenio 161 - Parte 1: Principios de una política nacional • Artículo 1 - Definición de “servicios de salud” – Funciones esencialmente preventivas – Asesorar al empleador, trabajadores y sus representantes sobre: • Medio ambiente de trabajo seguro y sano • Adaptación del trabajo a trabajadores

Convenio 161 - Parte 1 • Artículo 2 – Formular, aplicar y reexaminar periódicamente una política nacional coherente sobre servicios de salud

Convenio 161 - Parte 1 • Artículo 3 – Establecer servicios de salud para todos trabajadores, sector público, cooperativas, ramas económicas, empresas. – Informar a OIT sobre el progreso en la materia

Convenio 161 - Parte 1 • Artículo 4 – Autoridad competente debe consultar con empleadores y trabajadores sobre medidas para ejecutar disposiciones del Convenio 161

Convenio 161 - Parte 2: Funciones de servicios de salud • Artículo 5 - Los servicios deberán asegurar: – Identificación y evaluación de riesgos – Vigilancia del medio ambiente y de prácticas de trabajo, incluidos sanitarios, comedores y alojamientos – Participación en planificación y organización del trabajo, diseño de lugares; selección, mantenimiento y estado de máquinas y equipos; y substancias utilizadas en el trabajo

Convenio 161 - Parte 2: Funciones de servicios de salud • Artículo 5 (cont.) - Los servicios deberán asegurar: – Programas de mejoramiento de prácticas de trabajo; evaluación de nuevos equipos – Asesoramiento en salud, seguridad, higiene y ergonomía; en uso de equipos de protección individual y colectiva

Convenio 161 - Parte 2: Funciones de servicios de salud • Artículo 5 (cont.) - Los servicios deberán asegurar: – Vigilancia de salud de trabajadores – Fomento de adaptación del trabajo a trabajadores – Asistencia para adopción medidas de rehabilitación profesional

Convenio 161 - Parte 2: Funciones de servicios de salud • Artículo 5 (cont.) - Los servicios deberán asegurar: – Colaboración en difusión de informaciones; en formación y educación en salud, higiene y ergonomía – Organización primeros auxilios y atención de urgencias – Participación en análisis de accidentes y enfermedades profesionales

Convenio 161 - Estructura • • • • •

Consta de cinco partes: 1. Principios de una política nacional 2. Funciones de los servicios de salud 3. Organización de los servicios de salud 4. Condiciones de funcionamiento de los servicios de salud • 5. Disposiciones generales

¿Cómo acceder a los textos completos de los convenios? • Los textos completos se pueden consultar en: http://www.ilo.org/ilolex/spanish/convdisp1.htm

www.oit.org.pe

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