DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO I Nombre: Melanie Campoverde Patricia Ghadiri Alejandra Fierro Valeria Morales Libertad Piedra Tania Rhea Carrera: Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales Paralelo: DER302-8 Control de lectura: Principios de DIP y Comunidad Jurídica Internacional 1. ¿Cuáles son los principios básicos sobre los cuales descansa el Derecho Internacional Público moderno? El Derecho Internacional se lo puede considerar como una creación de los tiempos modernos para de esta forma implementar un tipo de ordenamiento de derechos y deberes entre los Estados, siendo este esencial para la solución de controversias, delimitación, expansión de territorios y relaciones exteriores. Surgen así diferentes principios elementales que deben seguir todos los Estados, mismas que se encuentran en la Carta de Naciones Unidas. Estos principios son:
La prohibición del uso de la fuerza en contra de la integridad territorial o de la independencia política de un Estado.
La solución pacífica de las controversias.
La prohibición de intervenir en los asuntos internos de un Estado.
La obligación que tienen los estados de cooperar entre sí.
La igualdad y libre determinación de los pueblos.
La igualdad soberana de los estados
El cumplimiento de buena fe de las obligaciones contraídas de conformidad con la Carta de las Naciones unidas.
2. Compare las características del DIP con el Derecho nacional, a efectos de demostrar una supuesta carencia de validez del DIP:
El derecho internacional público es la totalidad de las reglas sobre las relaciones de los Estados, organizaciones internacionales y otros sujetos del derecho internacional entre sí, sin embargo, el dip regula principalmente sólo aquellas relaciones entre los Estados, que por su naturaleza soberana o que por voluntad de los Estados participantes se sustraen del derecho nacional, como casos en los que dos Estados celebran un tratado para la promoción y la protección de inversiones o para la extradición de delincuentes, es decir, no en todas las ocasiones el dip está sobre el Derecho nacional. Es ahí cuando se presenta una supuesta carencia de validez. Como en el texto se muestra un ejemplo: un contrato entre el Estado de Utopía y la República Federal de Alemania que desee vender un inmueble perteneciente a Alemania en Berlín, para la embajada de Utopía, caería igual que cualquier otro negocio inmobiliario, en el ámbito del derecho alemán. 3. ¿Por qué podemos afirmar que no es cierto que los Estados “no cumplen” con el DIP? Se afirma que no es cierto que los Estados “no cumplen” con el DIP basándonos desde el principio de soberanía de los Estados, aludiendo que para la cooperación internacional los Estados deben trabajar en conjunto para lograr determinada acción en concreto. A pesar de esto, la soberanía del Estado prepondera más que hay decisiones internacionales que no cuentan con el apoyo de ciertos estados por el mismo factor de la ‘soberanía ‘. Ahora bien, cuando un Estado firma un tratado, comprometiéndose a algo por cualquier agente de tipo de derecho, existe una obligación jurídica que debe cumplirse esa norma o compromiso. Cabe recalcar que las constituciones también señalan un entrelazamiento entre el derecho constitucional y el derecho internacional. Finalmente, la doctrina que se mantiene en el DIP se basa en una visión positivista, que se establece bajo el principio del consenso. Esto quiere decir que, el DIP se maneja bajo una dirección recíproca, es decir, por un lado, los Estados son los principales actores para que llegue a ejercerse el derecho internacional, y contraparte las normas establecidas en el DIP son dirigidas hacia los Estados. 4. Explique qué es un tratado internacional y que tipos de tratados hay: Los tratados internacionales son aquellos que se desarrollan con el fin de pautar acuerdos entre dos o más individuos, organizaciones, estados etc. Cabe destacar que los tratados se dividen en dos tipos, multilaterales y bilaterales, pero estos también en ciertas ocasiones tienen
intervención de la doctrina de derecho internacional la cual subdivide a los tratados en aquellos que crean derecho y acuerdos contractuales. En explicación a cada uno de estos: los acuerdos multilaterales se los puede clasificar como un tipo de tratado que crean derechos, tales derechos tienen que ver con la vida en común entre estados, un claro ejemplo de esto son los tratados sobre derechos humanos. Por otro lado, existen los acuerdos contractuales, que, a diferencia de lo anterior mencionado, estos solo se limitan a reglamentaciones de obligaciones bilaterales, un ejemplo de lo descrito son los acuerdos de derecho privado. Después de haber descrito tanto los tratados como los acuerdos contractuales, Es importante saber diferenciar la clasificación entre estos dos tipos para de esta manera obtener una interpretación objetiva.
5. Explique en qué consiste el principio pacta sunt servanda El principio pacta sunt servanda es un principio fundamental en el Derecho internacional, en el cual los tratados deben ser cumplidos bajo respeto y justicia. Este principio ayuda a desarrollar la cooperación pacífica entre las naciones, sin importar las diferencias políticas, territoriales, sociales o regímenes que estas tuviesen para que se cumplan su igualdad de derechos. Este principio fue contemplado en la Convención de Viena. Lo que en esta convección se trataba es de mediante este principio se contribuya a la obtención de los propósitos de las Naciones Unidas que consisten en mantener la paz y la seguridad internacionales, fomentar entre las naciones las relaciones de amistad y realizar la cooperación internacional.