El Ocio Nocturno
Contaminación Acústica y Vandalismo Aurora García-Boente Carro. Arquitecto
INDICE
EL RUIDO EL VANDALISMO DERECHO Y RUIDO LEGISLACIÓN ACÚSTICA ZONAS SATURADAS COMPETENCIAS MEDIDAS CORRECTORAS INSTITUCIONES Y TRIBUNALES A LOS QUE ACUDIR EN LA LUCHA CONTRA EL RUIDO PÁGINAS WEB
1. EL RUIDO
Los términos Contaminación Acústica hacen referencia al RUIDO (entendido como sonido excesivo y molesto), provocado por las actividades humanas (tráfico, industrias, locales de ocio, etc), que producen efectos negativos sobre la salud auditiva, física y mental de las personas.
El ruido es una agresión física con efectos nocivos para la salud. Es un agente contaminante del mundo moderno, el agente contaminante “invisible”, y hoy día los individuos y las comunidades no aceptan que el ruido sea un producto “natural” del desarrollo tecnológico, y en consecuencia se debe regular y controlar.
El RUIDO Un serio problema
A partir de este valor en decibelios
Se empiezan a sentir estos efectos nocivos
30
Dificultad en conciliar el sueño Pérdida de calidad del sueño
40
Dificultad en la comunicación verbal
45
Probable interrupción del sueño
50
Malestar diurno moderado
55
Malestar diurno fuerte
65
Comunicación verbal extremadamente difícil
75
Pérdida de oído a largo plazo
110 - 140
Pérdida de oído a corto plazo
El Defensor del Pueblo Informe 2005 sobre Contaminación Acústica: El ruido en la vivienda y en su entorno figuran entre las principales preocupaciones de los ciudadanos a la hora de comprar una vivienda
EL RUIDO: UN PROBLEMA COMPLEJO
Derecho de los empresarios a organizar sus actividades con libertad y respeto a la Ley Derecho al ocio Derechos de los vecinos a disfrutar de la intimidad y el descanso
El Tribunal Constitucional jerarquizó estos derechos haciendo prevalecer los de los residentes
2. EL VANDALISMO
El vandalismo cuesta más de tres millones de Euros a las principales ciudades gallegas
Los costes del Vandalismo En Galicia, en apenas doce meses Se queman casi 2.500 contenedores de basura Se destrozan cientos de papeleras, decenas de marquesinas, cabinas, maceteros, farolas, árboles, parterres, señales de tráfico,… Rotura de lunas de locales comerciales Destrozos en portales de las viviendas Fenómeno emergente: la quema de coches
Madrid Gastó 6,7 millones de Euros en 2004, en reponer parte del mobiliario urbano
El Ayuntamiento tuvo que reponer 22.286 papeleras.
En Andalucía se gastaron en 2003 casi cuatro millones de Euros
En Sevilla fueron quemados o rotos 20.700 contenedores de basuras
Consecuencias
Devaluación de las viviendas Algunos de los residentes se ven obligados a llevar a cabo obras de insonorización de las viviendas Abandono y degradación de los inmuebles Degradación social Expulsión de actividades comerciales tradicionales Externalización de costes
3. DERECHO Y RUIDO El ruido es una agresión física con
efectos nocivos para la salud Es una intromisión en el ámbito privado de la persona a la que impide gozar en libertad de su domicilio.
La Constitución
Garantiza el derecho a la intimidad personal y familiar, y a la inviolabilidad del domicilio Reconoce el derecho a la protección de la salud Señala que “compete a los poderes públicos tutelar la salud pública a través de medidas preventivas necesarias” Sienta el principio de que “todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona” y que “se establecerán sanciones penales” para los que violen estos derechos
Código Penal
Castiga con penas desde 6 meses hasta 4 años a los que realicen emisiones de ruidos que ocasionen riesgo de grave perjuicio para la salud de las personas y con penas análogas a las autoridades o funcionarios que silenciaren las infracciones cometidas en esta materia.
Código Civil
Según El Art. 1902 se puede exigir responsabilidad por los daños y perjuicios que el ruido ocasione
Sentencias Comienza a haber sentencias que condenan en costas a los Ayuntamientos y que critican abiertamente la inoperancia municipal ante las quejas vecinales, así como la tolerancia respecto a las actividades clandestinas que se producen.
Juzgado Penal nº 1 de Badajoz. 15/11/2004. Bar 'Estela'. Primera sentencia penal por prevaricación en relación con contaminación acústica. Un año de prisión para Alcalde de Villanueva del Fresno. Dos años para dueña de bar. Indemnización de 6.000 euros a cada afectado. Responsabilidad civil subsidiaria del ayuntamiento.
Sentencia 10.4.2003. Sala Contencioso Derechos fundamentales. Inviolabilidad del domicilio. Vulneración por la pasividad del Ayuntamiento de Boiro frente a una actividad de contaminación acústica (discoteca "Scream"). 2ª sentencia con la misma doctrina.
4. LEGISLACIÓN ACÚSTICA
Legislación Acústica
Europea
Estatal
Autonómica
Municipal Planes Generales Ordenanzas particulares
Normativas Europeas Directiva 2002/49/CE Objetivos a medio y largo plazo: la reducción del número de personas que sufren los efectos nocivos del ruido ambiental
Normativas Estatales- España
R.A.N.I.M.P.: Reglamento de Actividades Nocivas, Insalubres, Molestas y Peligrosas (1961) LEY DEL RUIDO - Ley 37/2003
Real Decreto 1367/2007, por el que se desarrolla la Ley del Ruido.
CÓDIGO TÉCNICO. DB-HR Protección Frente al Ruido. Real Decreto 1371/2007.
R.A.N.I.M.P. Reglamento de Actividades Nocivas, Insalubres, Molestas y Peligrosas (1961)
Derogado por el Decreto 133/2008, que entró en vigor el 21 julio de 2008. (DOG 01/07/2008)
Que regula a AVALIACIÓN AMBIENTAL EN GALICIA
R.A.N.I.M.P. Reglamento de Actividades Nocivas, Insalubres, Molestas y Peligrosas (1961)
Art.30. 2.c) El Ayuntamiento antes de conceder una licencia de actividad informará si en la misma zona o en sus proximidades, existen ya otras actividades análogas que puedan producir Efectos Aditivos.
Art. 11: las actividades que produzcan ruidos deberán dotarse de los elementos correctores necesarios para evitar molestias al vecindario
Ley del Ruido-Ley 37/2003 Artículo 3. Definiciones:
Objetivo de calidad acústica: conjunto de requisitos que, en relación con la contaminación acústica, deben cumplirse en un momento dado en un espacio determinado.
Planes de acción: los planes encaminados a afrontar las cuestiones relativas a ruido y a sus efectos, incluida la reducción del ruido si fuere necesario.
Artículo 6. Ordenanzas Municipales y Planeamiento Urbanístico
Corresponde a los Ayuntamientos aprobar ordenanzas en relación con las materias objeto de esta Ley.
Asimismo, los Ayuntamientos deberán adaptar las ordenanzas existentes y el planeamiento urbanístico a las disposiciones de esta Ley y de sus normas de desarrollo.
CAPÍTULO II. CALIDAD ACÚSTICA SECCIÓN I. ÁREAS ACÚSTICAS
Sectores del territorio con predominio de suelo de
uso residencial. uso industrial. uso recreativo y de espectáculos. otros usos terciarios uso sanitario, docente y cultural que requiera de especial protección contra la contaminación acústica. afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte, u otros equipamientos públicos que los reclamen. espacios naturales que requieran una especial protección contra la contaminación acústica.
SECCIÓN III. MAPAS DE RUIDO Artículo 14. Identificación de los mapas de ruido. Las Administraciones competentes habrán de aprobar, por un período mínimo de un mes, mapas de ruido correspondientes a las áreas acústicas en las que se compruebe el incumplimiento de los correspondientes objetivos de calidad acústica.
Artículo 15. Fines y contenido de los mapas
Evalúan la exposición a la contaminación acústica de una determinada zona. Permiten la realización de predicciones globales para dicha zona. Posibilitan la adopción de planes de acción en materia de contaminación acústica y ejecución de medidas correctoras.
Deben revisarse cada 5 años, ya que la ciudad cambia
Cap. III. Prevención y corrección de la Contaminación acústica
I. PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA
Planificación territorial Intervención administrativa sobre los emisores acústicos
II. PLANES DE ACCIÓN EN MATERIA DE CONTAMINACIÓN ACÚSTICA
III. CORRECCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA
Zonas de Protección Acústica Especial Zonas de Situación Acústica Especial
CORRECCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA MEDIDAS DE LOS PLANES ZONALES: Señalan zonas en las que: Se apliquen restricciones horarias Se limite el tráfico: en función del tipo de vehículo, o con restricciones horarias o de velocidad. No autorizar la nuevas actividades que incrementen los valores de los índices de inmisión existentes.
Artículo 26. Zonas de Situación Acústica Especial. ZONA DE SITUACIÓN ACÚSTICA ESPECIAL : aquella en la que no se pueden cumplir los objetivos de calidad acústica Se aplicarán medidas correctoras específicas dirigidas a que, a largo plazo, se mejore la calidad acústica y a que no se incumplan los objetivos de calidad acústica correspondientes al espacio interior.
Real Decreto 1367/2007 Desarrolla la Ley del Ruido
Zonificación acústica Objetivos de calidad Emisiones acústicas
CÓDIGO TÉCNICO C.T.E. DB-HR «DB-HR Protección frente al ruido» del CTE, aprobado por Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre" Regula la Protección Frente al Ruido: Del espacio exterior Procedente de otro espacio cerrado De Impacto Reverberante excesivo El producido en el interior de las obras o asociado a ellas “Hasta el 1 de enero de 2010, podrá continuar aplicándose la NBE CA-88,
Aislamiento de Fachadas
Debe calcularse en función del ruido exterior (Ld: Valor índice de ruido día). El Ayuntamiento debe facilitar mapas estratégicos de ruido.
Si no existen mapas acústicos, se aplica la Ley del Ruido: en zonas residenciales debe considerarse 60 dB (no es real en Zonas de “movida”)
Rehabilitación
El C.T.E. DB-HR. es de aplicación en Rehabilitación integral de edificios. De momento no contempla la madera. Para alcanzar un aislamiento de 65 dB entre un local de hostelería tipo “pub” y una vivienda, es necesario falso techo y suelo flotante (ojo al arrastre de sillas).
Tanto a ruido aéreo como de impacto, somos el país de la UE con menos protección contra el ruido
Normativas Autonómicas
Ley 7/1997- Galicia
se promulgó por ser necesaria una regulación específica que compatibilice el derecho de los ciudadanos a organizar sus actividades económicas, productivas y recreativas con libertad y respeto a la Ley, y el derecho de todos a disfrutar de la intimidad y el descanso sin ser perturbadas y a vivir en un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la personalidad.
Art. 7 de la Ley7/1997
son “zonas saturadas” aquellas que han alcanzado los máximos niveles de ruido en el exterior,…
Normativas Municipales
Planes Generales
Ordenanzas particulares
Planes Generales
Delimitarán las zonas de sensibilidad acústica
Las “Ordenanzas de Zona” definen los usos permitidos
Deberán contemplar su incidencia en cuanto a ruidos y vibraciones para que proporcionen el nivel más elevado de calidad de vida.
Evitar la creación de nuevas “zonas saturadas”.
Ordenanzas particulares
Declaración de Zonas Saturadas Definición detallada de las actividades que se ubican en los locales
Medidas correctoras
Vigilancia e Inspecciones Sanciones
5. ZONAS SATURADAS
INCUMPLIMIENTOS DE NORMATIVAS PROBLEMAS EN LA VÍA PÚBLICA
ZONAS SATURADAS Incumplimientos de normativas por parte de los locales de ocio nocturno
Ruido superior al permitido Deficientes aislamientos acústicos Incumplimiento de horarios de cierre Se excede el aforo permitido Mantenimiento de las puertas abiertas Equipos musicales sin licencia o sin equipo limitadorcontrolador En muchos casos incumplimiento de las Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios (NBE CPI-96).
ZONAS SATURADAS problemas nocturnos en la vía pública
Masiva concentración de gente en las calles Circulación y aparcamiento de vehículos en calles peatonales, con obstaculización de accesos a garajes. Venta y consumo de bebidas, Botellón Suciedad, orines y cristales Llamadas de madrugada en los porteros automáticos de las viviendas. Vandalismo Alteraciones del orden público: peleas, etc...
ZONAS SATURADAS
Objetivo último a alcanzar en estas zonas: disminuir progresivamente la concentración de focos ruidosos disminuir el nivel sonoro exterior hasta situarlo dentro de los límites correctos
Efectos de la declaración de zona ZAS Limitación de horarios Restricciones para el tráfico rodado Aumento de las exigencias de aislamiento acústico a las actividades Limitación de actividades en la vía pública.
Iniciativas municipales contra el RUIDO y el VANDALISMO
Nuevas Ordenanzas
En Barcelona: se establecen nuevos mecanismos legales para cobrar en el acto las sanciones a locales y particulares
En Ourense
El Concello se convierte en el denunciante de los actos de vandalismo. La Policía Local presenta ante el juez el atestado y la tasación de daños hecha por un técnico municipal y se exige el pago. Si los denunciados son menores la responsabilidad pasa a los padres o tutores
6. COMPETENCIAS
Administraciones responsables y sus actuaciones
COMPETENCIAS (En Galicia)
HORARIOS
XUNTA Consellería Presidenc. Admones. Públicas e Xustiza
CONTROL DEL RUIDO Y DE LA ORDENANZA
AYUNTAMIENTOS
ORDEN PÚBLICO
SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO Y AYUNTAMIENTOS
Horarios actuales de cierre de algunos establecimientos Consellería de Presidencia, Administracions Públicas e Xustixa. Dirección Xeral de Interior (D.O.G.A. 18 febrero 2005) Tipo de establecimiento
Verano
Jueves, viernes y Sábado
Tiempo de desalojo
HORARIO MÁXIMO LEGAL
Cafeterías
4,00
+ 30 min + 30 min.
5,00
Bares Restaurantes café-bar
3.30
+ 30 min + 30 min.
4.30
pubs
5,00
+ 30 min + 30 min.
6,00
HORARIOS Situación especial:
“Zonas Saturadas” “Cascos Históricos” “Zonas Residenciales”
LOS AYUNTAMIENTOS Con frecuencia: Pasividad Dejación municipal Se obliga a la ciudadanía a: Reiteradas denuncias Pleitos de particulares, (tanto en los órdenes jurisdiccional civil como contencioso-administrativo). Código Penal: penas desde 6 meses hasta 4 años a las autoridades o funcionarios que silenciaren las infracciones cometidas sobre ruidos
ORDEN PÚBLICO
Aumento vigilancia policial: (potenciar turnos noche) Control de horarios de cierre Prevención del Vandalismo
Fomentar patrullas conjuntas de policía local y nacional
9. MEDIDAS CORRECTORAS Ordenanzas Reguladoras de la Contaminación Acústica
Declaración de Zonas Saturadas Establecimiento de distancias mínimas entre las distintas actividades Disminución de los niveles sonoros máximos permitidos Instalación de Sonómetros Reducción de horarios de los locales de ocio nocturno Aumento de las sanciones Cierre de locales
sin licencia que incumplan normativa que acumulen denuncias
Concienciación ciudadana El ejemplo de Malta: “Por favor, respete a los residentes locales, siendo silencioso si sale por la ciudad durante la noche. Gracias”
9. LOS RESIDENTES INSTITUCIONES Y TRIBUNALES A LOS QUE ACUDIR
Vía Administrativa: escrito ante el Ayuntamiento Defensor del Pueblo-Defensores Autonómicos Contencioso – Administrativa Vía Civil Vía Penal Recurso de Amparo, ante Tribunal constitucional
10. Páginas Web sobre Contaminación Acústica “La lucha contra el ruido”.
http://www.ruidos.org
“Plataforma Estatal de Asociaciones Contra el Ruido y las Actividades Molestas”. http://www.peacram.com/
“Asociación Española contra la contaminación por ruido”: http://www.aecor.es
“Noise Center of the League for the Hard of Hearing”.
http://www.lhh.org/noise
“SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ACÚSTICA”
http://www.sea-acustica.es/
“Federación de Asociaciones Galegas contra o Ruido” (FAGACOR)
[email protected]
Asociaciones vecinales contra el Ruido
[email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] http://santiagosinruido.wordpress.com/
[email protected]