NOTARIA JAIME CAPURRO, MOSCOSO AVENIDA. LOS SUEÑOS 6416
COMPRA VENTA
Entre CORDOVA Y LOBOS SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES, REPRESENTADAS POR: Maximiliano Córdova en adelante Vendedor Domiciliado en: Esperanza dos mil ochocientos cuarenta, Comuna de LOS SUEÑOS # 2840 Cédula de identidad Nº 78.596.695-8 Y don: T-AGACHO.SpA, Representado por –MACARENA………………………………en adelante comprador Cédula de identidad Nº MM.MMM.MMM-M se ha convenido lo siguiente PRIMERO: Don Maximiliano Córdova Vende y transfiere a dona Macarena……………… SEGUNDO: El Minibús, marca Peugeot Bóxer, color Blanco año 2009 motor 1,6 diesel equipado de la siguiente forma: Cierre centralizado, Alza vidrios eléctricos delantero, Radio con CD - MP3, Espejos exteriores eléctricos, Tapizado Tela, Airbag conductor Techo Duro, 3 Puertas, Asistida Quién compra y acepta dicho vehículo para uso de la sociedad, para el transporte de pasajeros, En el estado que se encuentra actualmente vehículo nuevo 0 km, que es conocido del comprador quien declara haberse recibido materialmente de lo comprado a su entera satisfacción y conformidad.TERCERO: El vendedor declara bajo juramento, que el vehículo que vende le pertenece exclusivamente y que no tiene prenda embargo o gravamen alguno y el comprador, por su parte, declara que ha estudiado debidamente los documentos que acreditan el dominio del vehículo que compra. CUARTO: El valor es de $ 13.975.000 (trece millones novecientos setenta y cinco millones de pesos.)Los cuales se entera en moneda de circulación nacional de la siguiente forma:$ 5.000.000 en dinero efectivo y el restante en un cheque del B.C.I. N° de serie: 125495 por la cantidad de: $8. 975.000 lo que hace un total de:
el precio antes indicado el que se realiza en este acto, con la entrega del vehículo en cuestión. QUINTO: El vendedor será responsable de los vicios redhibitorios y de evicción en un plazo de 2 años o de 100 mil km. Cualesquiera de los dos plazos se cumpla primero. SEXTO: Durante este periodo el vehículo solo deberá ingresar a los servicios técnicos autorizados para su respectiva mantención, en caso de no cumplirse con esta clausula no se hará efectiva esta garantía. SEPTIMO: Para todos los efectos legales, las partes se domicilian en la Ciudad de los Sueños del país de Nunca Jamás. El comprador queda facultado para requerir por sí solo de la oficina correspondiente la anotación de esta transferencia. OCTAVO: Se faculta al portador de copia de requerir de Notaria la corrección de cualquier error de este contrato.-
Las partes en acuerdo firman:
CORDOVA Y LOBOS CPA
TE.-AGACHOSpA
OTORGADO EN SANTIAGO DE CHILE, a 23 de septiembre de 2008
FIRMA DEL VENDEDOR
FIRMA DELCOMPRADOR
RUT:Nº 78.596.695-8
RUT: Nº
LOS IMPUESTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE ENTERARON EN BANCO DE NUNCA JAMAS, SEGÚN FORMULARIO Nº FECHA __________________. -
IMPUESTO
FISCAL
0,5%
IMPUESTO MUNICIPAL 1,0 %
$ _________________________-
$_________________________. -
PAGADOS LOS IMPUESTOS AUTORIZO EL PRESENTE CONTRATO
NOTARIO PÚBLICO