COACHING
En todo el mundo no hay nadie como yo. Hay personas que tienen algo en común conmigo, pero nadie es exactamente como yo. Por lo tanto, todo lo que surge de mi es verdaderamente mío porque yo sola lo escogí. Soy dueña de todo lo que me concierne: De mi cuerpo, incluyendo todo lo que hace; mi mente, incluyendo todos sus pensamientos e ideas; mis ojos, incluyendo las imágenes de todo lo que contemplan; mis sentimientos, sean los que sean, ira, gozo, frustración, amor, desilusión, excitación; mi boca, y todas las palabras que de ella salen, corteses, tiernas o rudas, correctas o incorrectas; mi voz, fuerte o suave y todas mis acciones, ya sean para otros o para mi misma. Soy dueña de mis fantasías, mis sueños, mis esperanzas, mis temores. Soy dueña de todos mis triunfos y logros, de todos mis fracasos y errores. Como soy dueña de todo mi yo, puedo llegar a conocerme íntimamente. Al hacerlo, puedo amarme y ser afectuosa conmigo en todo lo que me forma. Puedo así hacer posible que todo lo que soy trabaje para mi mejor provecho. Se que hay aspectos de mi misma que me embrollan y otros aspectos que no conozco. Mas mientras siga siendo afectuosa y amorosa conmigo misma, valiente y esperanzada, puedo buscar las soluciones a los embrollos y los medios para llegar a conocerme mejor. Sea cual sea mi imagen visual y auditiva, diga lo que diga, haga lo que haga, piense lo que piense y sienta lo que sienta en un instante del tiempo, esa soy yo. Esto es real y refleja donde estoy en ese instante del tiempo. Más tarde, cuando reviso cual era mi imagen visual y auditiva, que dije y que hice, que pensé y que sentí, quizás resulte que algunas piezas no encajen. Puedo descartar lo que no encaja y conservar lo que demostró que si encaja. E inventar algo nuevo en vez de lo que descarte.
Puedo ver, oír, sentir, pensar, decir y hacer. Tengo las herramientas para sobrevivir, para estar cerca de otros, para ser productiva, y para encontrar el sentido y el orden del mundo formado por la gente y las cosas que me rodean. Soy dueña de mi misma, Y por ello puedo construirme. Yo soy yo y estoy bien.
Autora: Virginia Satir Yo puedo hacer la diferencia Su nombre era Mrs. Thompson. Mientras estuvo al frente de su clase de 5º grado, el primer día de clase lo iniciaba diciendo a los niños una mentira. Como la mayor parte de los profesores, ella miraba a sus alumnos y les decía que a todos los quería por igual. Pero eso no era posible, porque ahí en la primera fila, desparramado sobre su asiento, estaba un niño llamado Teddy Stoddard. Mrs. Thompson había observado a Teddy desde el año anterior y había notado que el no jugaba muy bien con otros niños, su ropa estaba muy descuidada y constantemente necesitaba darse un buen baño. Teddy comenzaba a ser un tanto desagradable. En la escuela donde Mrs. Thompson enseñaba, le era requerido revisar el historial de cada niño, ella dejó el expediente de Teddy para el final. Cuando ella revisó su expediente, se llevó una gran sorpresa. La profesora de primer grado escribió: "Teddy es un niño muy brillante con una sonrisa sin igual. Hace su trabajo de una manera limpia y tiene muy buenos modales... es un placer tenerlo cerca". Su profesora de segundo grado escribió: "Teddy es un excelente estudiante, se lleva muy bien con sus compañeros, pero se nota preocupado porque su madre tiene una enfermedad incurable y el ambiente en su casa debe ser muy difícil". La profesora de tercer grado escribió: "Su madre ha muerto, ha sido muy duro para él. El trata de hacer su mejor esfuerzo, pero su padre no muestra mucho interés y el ambiente en su casa le afectará pronto si no se toman ciertas medidas". Su profesora de cuarto grado escribió: "Teddy se encuentra atrasado con respecto a sus compañeros y no muestra mucho interés en la escuela. No tiene muchos amigos y en ocasiones se duerme en clase". Ahora Mrs. Thompson se había dado cuenta del problema y estaba apenada con ella misma. Ella comenzó a sentirse peor cuando sus alumnos le llevaron sus regalos de Navidad, envueltos con preciosos moños y papel brillante, excepto Teddy.
Si nunca Si nunca rompes un racimo de uva en el lagar, nunca tendrás un vaso de vino sobre tu mesa.
Si nunca te arriesgas a perder, nunca te das la oportunidad de ganar. Si nunca afrontas la pena de partir, nunca conocerás la alegría del regreso. Si nunca sufres muriéndote en la siembra, nunca te gozarás renacido en la cosecha. Si nunca te dueles bajo el peso de tu culpa, nunca saborearás el alivio del perdón. Si nunca mueles los granos de tu trigo, nunca conocerás el sabor del pan. Si nunca afrontas el miedo de dejar de ser como eres, nunca descubrirás la alegría de ser como puedes ser. Si nunca estás dispuesto a dejar todo lo que tienes, nunca sentirás que lo tienes libremente. Si nunca estás dispuesto a morir por una causa, nunca sabrás para qué vives. Si nunca encaras tu pena y dejas de reír para llorar, nunca conocerás la dicha del que deja de llorar para reír. Si nunca te arriesgas a cruzar el río, nunca sabrás lo que te aguarda en la otra orilla... Autor: René Trossero
Elasticidad "El problema no es el problema. El problema es su actitud frente al problema." (Kelly Young)
Hoy, la tristeza me visitó. Tocó el timbre, subió las escaleras, golpeó la puerta y entró. No ofrecí resistencia. Hubo un tiempo en que yo hacía lo imposible para evitar que entrara en mis dominios. Y cuando eso ocurría, discutíamos por un tiempo largo. Era una experiencia desgastante. Aprendí que lo mejor es dejarla seguir su curso. Ahora, ni siquiera dialogamos. ¡Ella entra, se sienta en el living, le sirvo una bebida cualquiera, le presento la televisión y la olvido! Cuando me doy cuenta, el recinto está vacío. Ella partió, sin arrobos y sin dejar rastros. Cumplió su misión sin afectar mi vida.
Hoy, la enfermedad también me visitó. Pero ésta tiene otros métodos. Y otros propósitos. Llegó sin pedir permiso, invadiendo el ambiente. Se instaló en mi garganta y atacó mis amígdalas. La receta es siempre la misma: amoxicilina y paracetamol. Hago uso de estas medicinas y me siento absolutamente postrado. Creo que es por eso que los llaman antibióticos. Porque son contra la vida. No sólo la vida de las bacterias, sino también toda y cualquier tipo de vida...
Hoy, problemas del pasado también me visitaron. No vinieron por teléfono porque las palabras dichas activan las emociones apenas en el momento y después se pierden, difusas, llevadas por la brisa. Vinieron por correo, impresos en papel y letras de baja calidad, anunciando su perennidad, su condición de fantasmas eternos hasta que sean exorcizados.
Delante de este cuadro, no hay como dejar de sentirse disminuido en esos momentos. El mundo alrededor parece conspirar contra el bien, la estabilidad y el equilibrio que tanto se persiguen. El desanimo comparece estampado en hombros arqueados y ojos sin brillo, que piden para derramar lágrimas de alivio. Entonces, lloro. Y lo hago porque Maurice Druon me enseñó, por medio de su inocente Tistu, que si usted no llora, las lágrimas se endurecen en el pecho y el corazón queda duro.
Limón y Limonada
Las Ciencias Humanas están siempre tomando prestado de las Exactas, términos y conceptos. La última novedad viene de la Física y es llamada de elasticidad. Significa resistencia al choque o la propiedad que presenta un cuerpo sólido de poder recuperar su forma y su extensión cuando cesa la fuerza que lo comprimía o estiraba.
En término de las Ciencias Humanas, la elasticidad pasó a designar la capacidad de resistir flexiblemente la adversidad, utilizándola para el desarrollo personal, profesional y social. Traduciendo eso a través de un dicho popular, es hacer de cada limón, o sea, de cada contrariedad que la vida nos presenta, una limonada, sabrosa, refrescante y agradable.
Busca tu Razón de Ser ¿Estaremos en este mundo por casualidad?• ¿Acaso somos simplemente un accidente de la naturaleza? • ¿Tendrá algún sentido mi existir?• ¿Tendré acaso una misión que cumplir? • ¿Cómo podré justificar mi vida?• ¿Todos los alimentos que consume un ser humano a lo largo de su vida y el agua que utiliza se podrán justificar con algún fin? Buscar la razón de su existir y encontrar la respuesta es una grave responsabilidad que cada quien debe encontrar, pues nadie más nos la podrá decir; en nuestro interior y a través del conocimiento debo descubrir mi razón existencial, preguntas que debemos auto formularnos para encontrar la vocación de cada quien. • ¿Qué es lo que más disfruto realizar?• ¿Con qué actividad me siento más identificado?
• ¿Quién quiero llegar a ser? ¿Dónde deseo estar?• ¿Qué me gustaría hacer el resto de mi vida?
• ¿Cuánto deseo ganar para realizar mi ser?
En la obra de la vida no hay papeles malos, hay actores mediocres, no importa la naturaleza de la actividad que elijamos, si la desarrollamos con ética y pasión el triunfo es inevitable. El gran secreto para nunca trabajar es aprender a disfrutar lo que hacemos, entonces la rutina jamás nos alcanzará pues el secreto consiste en hacer de cada actividad ordinaria una experiencia extraordinaria. Así un trabajo tan repetitivo como ser telefonista o preparar la comida todos los días lo podremos convertir en excitante y lleno de retos si nos proponemos hacer de cada día una obra única y singular al intentar hacerlo; con pasión y con alegría alejaremos el fantasma del aburrimiento y el fastidio que causa hacer las cosas por obligación. Busque todos los días su realización, no solamente resultados. El resultado es únicamente la consecuencia positiva o negativa de un acto; la realización es una obra que trasciende, es la consecuencia de un sueño. El resultado es el fruto, la realización es una forma de vida.
Todos los días tenemos la opción de realizarnos, la realización no es una meta, es el camino. El resultado busca un objetivo; la realización es el proceso, uno es un efecto, la otra es la causa, el proceso es un fragmento, la realización es la obra completa.
Recuerde, la realización es cuando nos utilizamos a fondo, cuando todas nuestras potencialidades han sido aplicadas en su máxima intensidad no importando si ganamos, perdemos o empatamos; estamos ciertos de que en ese momento daremos lo mejor de nosotros mismos, los resultados son la consecuencia de nuestra entrega total y es usual que el resultado nos sea favorable.
Una vida llena de realizaciones es una vida colmada de satisfacciones, ¿cómo puede usted saber con certeza si su vida ha sido valiosa? Elabore una lista de realizaciones, qué ha hecho con gusto, con pasión, con deseo vehemente de hacer lo mejor posible. Le deseo que su lista esté colmada de realizaciones y no solamente la juzgue por los resultados obtenidos.
Rétese todos los días a encontrar la dimensión extraordinaria de lo ordinario y aléjese del síndrome de hacer "lo estrictamente necesario".
No se limite a cumplir con su tarea en forma normal, sino que hágase el hábito de dar siempre más, ese extra lo hará diferente y le cambiará su porvenir, será candidato al ascenso en su trabajo; dé mucho más de lo que recibe y seguramente que los roles trabajo, pareja, amigos y familia se verán enriquecidos con esta actitud que es el sello que distingue a los triunfadores. Autor: Miguel Ángel Cornejo
Siempre ten presente que: La piel se arruga, El pelo se vuelve blanco, Los días se convierten en años... Pero lo importante no cambia; tu fuerza y tu convicción no tienen edad. Tu espíritu es el plumero de cualquier tela de araña. Detrás de cada línea de llegada, hay una de partida. Detrás de cada logro, hay otro desafío.
Mientras estés vivo, siéntete vivo. Si extrañas lo que hacías vuelve a hacerlo. No vivas de fotos amarillas... Sigue aunque todos esperen que abandones. No dejes que se oxide el hierro que hay en ti. Haz que en vez de lástima, te tengan respeto. Cuando por los años no puedas correr, trota. Cuando no puedas trotar, camina. Cuando no puedas caminar, usa el bastón. Pero nunca te detengas!!!
Autora: Madre Teresa de Calcuta
APRENDÍ Y DECIDÍ y así después de esperar tanto, un día como otro decidí triunfar, decidí no esperar a las oportunidades sino yo mismo buscar, decidí ver cada problema como oportunidad de encontrar una solución, decidí ver cada noche como un misterio a resolver, decidí ver cada día como una nueva oportunidad de ser feliz.
Aquel día descubrí que mi único rival no era mas que mis propias debilidades, y que en estas, está la única y mejor forma de superarnos, aquel día deje de temer a perder y que no era yo el mejor y quizás nunca lo fui, me dejo de importar quien ganara o perdiera, ahora me importa simplemente saberme mejor que ayer.
Aprendí que lo difícil no es llegar a la cima ,sino jamás dejar de subir.
Aprendí que el mejor triunfo que se puede tener es el derecho de llamarle a alguien “hermano”.
Descubrí que el amor es más que un simple estado de sentimientos, “ El amor es la filosofía de la vida”.
Aquel día dejé de ser un reflejo de mis escasos triunfos pasados y empecé a ser mi propia tenue luz de este presente.
Aprendí que que nada sirve ser luz si no vas a iluminar el camino de los demás..
Aquel día decidí cambiar tantas cosas.
Aquel día aprendí que los sueños son solamente para hacerse realidad, desde aquel día ya no duermo para descansar .
Ahora simplemente duermo para soñar...... WALT DISNEY
sacudirse un día, el burro de una campesina se cayó en un pozo. El animal lloró fuertemente por horas, mientras la campesina trataba de averiguar qué hacer. Finalmente la campesina decidió que el animal ya estaba viejo,el pozo estaba seco, y necesitaba ser tapado de todas formas y que realmente no valía la pena sacar el burro. Invitó a todos sus vecinos para que vinieran a ayudarla. Todos cogieron una pala y empezaron a tirar tierra al pozo. El burro se dio cuenta de lo que estaba pasando y lloró horriblemente. Luego para a sorpresa de todos, se aquietó. Después de unas cuantas paladas de tierra, la campesina finalmente miró al fondo del pozo y se sorprendió de lo que vio: con cada palada de tierra, el burro estaba haciendo algo increíble.
Se sacudía la tierra y daba un paso hacia arriba…mientras los vecinos seguían echando tierra encima del animal, el se sacudía y daba un paso hacia arriba. Bien pronto todo el mundo vio sorprendido como el burro llegó hasta la boca del pozo, pasó por encima del borde del pozo y salió trotando.
La vida va a tirarte tierra, todos tipos de tierra… El truco para salirse del pozo es sacudírsela y dar un paso hacia arriba. Cada uno de nuestros problemas es un escalón hacia arriba. Nosotros podemos salir de los mas profundos huecos, si nunca damos nuestro brazo a torcer (querer Salir). Sacudirse y dar un paso hacia arriba.
Recordar las reglas para ser feliz
Liberar el corazón del odio. Liberar la mente de preocupaciones. Vivir sencillamente.
Dar mas. Esperar menos. Tener esperanza.. Y a sacudirse.
En esta vida hay que ser solución, no problema.
1ª. LEY: "LA POTENCIALIDAD PURA"
LA FUENTE DE TODA CREACIÓN ES LA CONSCIENCIA PURA... LA POTENCIALIDAD PURA QUE BUSCA EXPRESARSE PARA PASAR DE LO INMANIFIESTO A LO MANIFIESTO.
Y CUANDO NOS DAMOS CUENTA DE QUE NUESTRO VERDADERO YO ES LA POTENCIALIDAD PURA, NOS ALINEAMOS CON EL PODER QUE LO EXPRESA TODO EN EL UNIVERSO.
O sea que todo es posible... Pon el corazón en llegar a ser todo lo que puedes ser. Cualquier cosa es posible en el corazón. Tú sabes con el corazón que las cosas saldrán de la mejor manera posible. Si tu corazón es puro, podrás conseguir lo que desees. (¡y tú sabes que tu corazón es puro!)
Independientemente de lo que parezca estar sucediendo a tu alrededor, sabrás con el corazón que podrás lograr lo que te propongas. CÓMO APLICAR LA LEY DE LA POTENCIALIDAD PURA:
Meditar, poniendo en silencio mi Mente, retomando mi ser durante 30 minutos en la mañana y en la tarde.
Apreciaré la belleza y maravilla de la Naturaleza de manera agradecida.
Dejaré de juzgarme a mí mismo(a) y al otro reconociéndo que el juzgar me separa de mí y del otro.
REFLEXIONES SOBRE LA LEY DE LA POTENCIALIDAD PURA:
Todo fluye de la fuente infinita que es Dios... Dios es parte de todo niño y conecta a cada niño con la fuente (recuerda que en ti está tu niño interior) Puesto que Dios es el Creador de todo lo que existe, reconozcamos entonces, que todo es posible en la vida. Todos podemos entrar en contacto con la semilla de Dios que reside en nuestro interior... Cada día trae una oportunidad para regar esa semilla y verla crecer. Cuando tu niño interior se sienta pequeño y débil, recuérdale que es hijo del Universo.
ESTA ES LA MARAVILLA QUE NOS ENTREGA DEEPAK CHOPRA PARA CRECER, ESTAR Y LOGRAR EN ARMONÍA CON NOSOTROS, CON LOS QUE NOS RODEAN Y CON EL UNIVERSO
ENMIENDAS Las diez primeras enmiendas (Bill of Rights) fueron ratifiacadas efectivamente en Diciembre 15, 1791. ARTICULO UNO El Congreso no hará ley alguna por la que adopte una religión como oficial del Estado o se prohiba practicarla libremente, o que coarte la libertad de palabra o de imprenta, o el derecho del pueblo para reunirse pacíficamente y para pedir al gobierno la reparación de agravios. ARTICULO DOS Siendo necesaria una milicia bien ordenada para la seguridad de un Estado Libre, no se violará el derecho del pueblo a poseer y portar armas. ARTICULO TRES En tiempo de paz a ningún militar se le alojará en casa alguna sin el consentimiento del propietario; ni en tiempo de guerra, como no sea en la forma que prescriba la ley. ARTICULO CUATRO El derecho de los habitantes de que sus personas, domicilios, papeles y efectos se hallen a salvo de pesquisas y aprehensiones arbitrarias, será inviolable, y no se expedirán al efecto mandamientos que no se apoyen en un motivo verosimil, estén corroborados mediante juramento o protesta y describan con particularidad el lugar que deba ser registrado y las personas o cosas que han de ser detenidas o embargadas. ARTICULO CINCO Nadie estará obligado a responder de un delito castigado con la pena capital o con otra infamante si un grán jurado no lo denuncia o acusa, a excepción de los casos que se presenten en las fuerzas de mar o tierra o en la milicia nacional cuando se encuentre en servicio efectivo en tiempo de guerra o peligro público; tampoco se pondrá a persona alguna dos veces en peligro de perder la vida o algún miembro con motivo del mismo delito; ni se le compelera a declarar contra sí misma en ningún juicio criminal; ni se le privará de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal; ni se ocupará la propiedad privada para uso público sin una justa indemnización. ARTICULO SEIS En toda causa criminal, el acusado gozará del derecho de ser juzgado rápidamente y en público por un jurado imparcial del distrito y Estado en que el delito se haya cometido, Distrito que deberá haber sido determinado previamente por la ley; así como de que se le haga saber la naturaleza y causa de la acusación, de que se le caree con los testigos que depongan en su contra, de que se obligue a comparecer a los testigos que le favorezcan y de contar con la ayuda de un abogado que lo defienda. ARTICULO SIETE El derecho a que se ventilen ante un jurado los juicios de derecho consuetudinario en que el valor que se discuta exceda de veinte dólares, será garantizado, y ningún hecho de que haya conocido un jurado será objeto de nuevo exámen en tribunal alguno de los Estados Unidos, como no sea con arreglo a las normas del derecho consuetudinario.
ARTICULO OCHO No se exigirán fianzas excesivas, ni se impondrán multas excesivas, ni se infligirán penas crueles y desusadas. ARTICULO NUEVE No por el hecho de que la Constitución enumera ciertos derechos ha de entenderse que niega o menosprecia otros que retiene el pueblo. ARTICULO DIEZ Los poderes que la Constitución no delega a los Estados Unidos ni prohibe a los Estados, queda reservados a los Estados repectivamente o al pueblo. ARTICULO ONCE (febrero 7, 1795) El poder judicial de los Estados Unidos no debe interpretarse que se extiende a cualquier litigio de derecho estricto o de equidad que se inicie o prosiga contra uno de los Estados Unidos por ciudadanos de otro Estado o por ciudadanos o súbditos de cualquier Estado extranjero. ARTICULO DOCE (junio 15, 1804) Los electores se reunirán en sus respectivos Estados y votarán mediante cedulas para Presidente y Vicepresidente, uno de los cuales, cuando menos, no deberá ser habitante del mismo Estado que ellos; en sus cédulas indicarán la persona a favor de la cual votan para Presidente y en cedulas diferentes la persona que eligen para Vicepresidente, y formarán listas separadas de todas las personas que reciban votos para Presidente y de todas las personas a cuyo favor se vote para Vicepresidente y del número de votos que corresponda a cada una, y firmarán y certificarán las referidas listas y las remitirán selladas a la sede de gobierno de los Estados Unidos, dirigidas al presidente del Senado; el Presidente del Senado abrirá todos los certificados en presencia del Senado y de la Cámara de Representantes, después de lo cual se contarán los votos; la persona que tenga el mayor número de votos para Presidente será Presidente, siempre que dicho número represente la mayoría de todos los electores nombrados, y si ninguna persona tiene mayoría, entonces la Cámara de Representantes, votando por cedulas, escogerá inmediatamente el Presidente de entre las tres personas que figuren en la lista de quienes han recibido sufragio para Presidente y cuenten con más votos. Téngase presente que al elegir al Presidente la votación se hará por Estados y que la representación de cada Estado gozará de un voto; que para este objeto habrá quórum cuando estén presentes el miembro o los miembros que representen a los dos tercios de los Estados y que será necesaria mayoría de todos los Estados para que se tenga por hecha la elección. Y si la Cámara de Representantes no eligiere Presidente, en los casos en que pase a ella el derecho de escogerlo, antes del día cuatro de marzo inmediato siguiente, entonces el Vicepresidente actuará como Presidente, de la misma manera que en el caso de muerte o de otro impedimento constitucional del Presidente. La persona que obtenga el mayor número de votos para Vicepresidente será Vicepresidente, siempre que dicho número represente la mayoría de todos los electores nombrados, y si ninguna persona reune la mayoría, entonces el Senado escogerá al Vicepresidente entre las dos con mayor cantidad de votos que figurán en la lista; para este objeto habrá quórum con las dos terceras partes del número total de senadores y será necesaria la mayoría del número total para que la elección se tenga por hecha.
Pero ninguna persona inelegible para el cargo de Presidente con arreglo a la Constitución será elegible para el de Vicepresidente de los Estados Unidos. ARTICULO TRECE (diciembre 6, 1865) Ni en los Estados Unidos ni en ningún lugar sujeto a su jurisdicción habrá esclavitud ni trabajo forzado, excepto como castigo de un delito del que el responsable haya quedado debidamente convicto. El Congreso estará facultado para hacer cumplir este artículo por medio de leyes apropiadas. ARTICULO CATORCE (julio 9, 1868) Todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos y sometidas a su jurisdicción son ciudadanos de los Estados Unidos y de los Estados en que residen. Ningun Estado podrá dictar ni dar efecto a cualquier ley que limite los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; tampoco podrá Estado alguno privar a cualquier persona de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal; ni negar a cualquier persona que se encuentre dentro de sus limites jurisdiccionales la protección de las leyes, igual para todos. Los representantes se distribuirán proporcionalmente entre los diversos Estados de acuerdo con su población respectiva, en la que se tomará en cuenta el número total de personas que haya en cada Estado, con excepción de los indios que no paguen contribuciones. Pero cuando a los habitantes varones de un Estado que tengan veintiún años de edad y sean ciudadanos de los Estados Unidos se les niegue o se les coarte en la forma que sea el derecho de votar en cualquier elección en que se trate de escoger a los electores para Presidente y Vicepresidente de los Estados Unidos, a los representantes del Congreso, a los funcionarios ejecutivos y judiciales de un Estado o a los miembros de su legislatura, excepto con motivo de su participación en una rebelión o en algun otro delito, la base de la representación de dicho Estado se reducirá en la misma proporción en que se halle el número de los ciudadanos varones a que se hace referencia, con el número total de ciudadanos varones de veintiún años del repetido Estado. Las personas que habiendo prestado juramento previamente en calidad de miembros del Congreso, o de funcionarios de los Estados Unidos, o de miembros de cualquier legislatura local, o como funcionarios ejecutivos o judiciales de cualquier Estado, de que sostendrían la Constitución de los Estados Unidos, hubierán participado de una insurrección o rebelión en contra de ella o proporcionando ayuda o protección a sus enemigos no podrán ser senadores o representantes en el Congreso, ni electores del Presidente o Vicepresidente, ni ocupar ningún empleo civil o militar que dependa de los Estados Unidos o de alguno de los Estados. Pero el Congreso puede derogar tal interdicción por el voto de los dos tercios de cada Cámara. La validez de la deuda pública de los Estados Unidos que este autorizada por la ley, inclusive las deudas contraidas para el pago de pensiones y recompensas por servicios prestados al sofocar insurrecciones o rebeliones, será incuestionable. Pero ni los Estados Unidos ni ningún Estado asumirán ni pagarán deuda u obligación alguna contraidas para ayuda de insurrecciones o rebeliones contra los Estados Unidos, como tampoco
reclamación alguna con motivo de la pérdida o emancipación de esclavos, pues todas las deudas, obligaciones y reclamaciones de esa especie se considerarán ilegales y nulas. El Congreso tendrá facultades para hacer cumplir las disposiciones de este artículo por medio de leyes apropiadas. ARTICULO QUINCE (febrero 3, 1870) Ni los Estados Unidos, ni ningún otro Estado, podrán desconocer ni menoscabar el derecho de sufragio de los ciudadanos de los Estados Unidos por motivo de raza, color o de su condición anterior de esclavos. El Congreso estara facultado para hacer cumplir este artículo mediante leyes apropiadas. ARTICULO DIECISEIS (febrero 3, 1913) El Congreso tendrá facultades para establecer y recaudar impuestos sobre los ingresos, sea cual fuere la fuente de que provengan, sinprorratearlos entre los diferentes Estados y sin atender a ningún censo o recuento. ARTICULO DIECISIETE (abril 8, 1913) El Senado de los Estados Unidos se compondrá de dos senadores por cada Estado, elegidos por los habitantes del mismo por seis años, y cada senador dispondrá de un voto. Los electores de cada Estado deberán poseer las condiciones requeridas para los electores de la rama mas numerosa de la legislatura local. Cuando ocurrán vacantes en la representación de cualquier Estado en el Senado, la autoridad ejecutiva de aquel expedirá un decreto en que convocará a elecciones con el objeto de cubrir dichas vacantes, en la inteligencia de que la legislatura de cualquier Estado puede autorizar a su Ejecutivo a hacer un nombramiento provisional hasta tanto que las vacantes se cubrán mediante elecciones populares en la forma que disponga la legislatura. No deberá entenderse que esta enmienda influye sobre la elección o período de cualquier senador elegido antes de que adquiera validez como parte integrante de la Constitución. ARTICULO DIECIOCHO (enero 16, 1919) Un año después de la ratificación de este artículo quedará prohibida por el presente la fabricación, venta o transporte de licores embriagantes dentro de los Estados Unidos y de todos los territorios sometidos a su jurisdicción, así como su importación a los mismos o su exportación de ellos, con el proposito de usarlos como bebidas. El Congreso y los diversos Estados poseerán facultades concurrentes para hacer cumplir este artículo mediante leyes apropiadas. Este artículo no entrara en vigor a menos de que sea ratificado con el carácter de enmienda a la Constitución por las legislaturas de los distintos Estados en la forma prevista por la Constitución y dentro de los siete años siguientes a la fecha en que el Congreso lo someta a los Estados. ARTICULO DIECINUEVE (agosto 18, 1920)
El derecho de sufragio de los ciudadanos de los Estados Unidos no será desconocido ni limitado por los Estados Unidos o por Estado alguno por razón de sexo. El Congreso estará facultado para hacer cumplir este artículo por medio de leyes apropiadas. ARTICULO VEINTE (enero 23, 1933) Los períodos del Presidente y el Vicepresidente terminarán al medio día del veinte de enero y los períodos de los senadores y representantes al medio día del tres de enero, de los años en que dichos períodos habrían terminado si este artículo no hubiera sido ratificado, y en ese momento principiarán los períodos de sus sucesores. El Congreso se reunirá, cuando menos, una vez cada año y dicho período de sesiones se iniciará al mediodía del tres de enero, a no ser que por medio de una ley fije una fecha diferente. Si el Presidente electo hubiera muerto en el momento fijado para el comienzo del período presidencial, el Vicepresidente electo será Presidente. Si antes del momento fijado para el comienzo de su período no se hubiere elegido Presidente o si el Presidente electo no llenare los requisitos exigidos, entonces el Vicepresidente electo fungirá como Presidente electo hasta que haya un Presidente idóneo, y el Congreso podrá prever por medio de una ley el caso de que ni el Presidente electo ni el Vicepresidente electo satisfagan los requisitos constitucionales, declarando quien hará las veces de Presidente en ese supuesto o la forma en que se escogerá a la persona que habrá de actuar como tal, y la referida persona actuará con ese carácter hasta que se cuente con un Presidente o un Vicepresidente que reuna las condiciones legales. El Congreso podrá preveer mediante una ley el caso de que muera cualquiera de las personas de las cuales la Cámara de Representantes está facultada para elegir Presidente cuando le corresponda el derecho de elección, así como el caso de que muera alguna de las personas entre las cuales el Senado está facultado para escoger Vicepresidente cuando pasa a el el derecho de elegir. Las secciones 1 y 2 entrarán en vigor el día quince de octubre siguiente a la ratificación de este artículo. Este artículo quedará sin efecto a menos de que sea ratificado como enmienda a la Constitución por las legislaturas de las tres cuartas partes de los distintos Estados, dentro de los siete años posteriores a la fecha en que se les someta. ARTICULO VEINTIUNO (diciembre 5, 1933) Queda derogado por el presente el decimoctavo de los artículos de enmienda a la Constitución de los Estados Unidos. Se prohibe por el presente que se transporte o importen licores embriagantes a cualquier Estado, Territorio o posesión de los Estados Unidos, para ser entregados o utilizados en su interior con violación de sus respectivas leyes. Este artículo quedará sin efecto a menos de que sea ratificado como enmienda a la Constitución por convenciones que se celebrarán en los diversos Estados, en la forma
prevista por la Constitución, dentro de los siete años siguientes a la fecha en que el Congreso lo someta a los Estados. ARTICULO VEINTIDOS (febrero 27, 1951) No se elegirá a la misma persona para el cargo de Presidente más de dos veces, ni más de una vez a la persona que haya desempeñado dicho cargo o que haya actuado como Presidente durante más de dos años de un período para el que se haya elegido como Presidente a otra persona. El presente artículo no se aplicará a la persona que ocupaba el puesto de Presidente cuando el mismo se propuso por el Congreso, ni impedirá que la persona que desempeñe dicho cargo o que actúe como Presidente durante el período en que el repetido artículo entre en vigor, desempeñe el puesto de Presidente o actúe como tal durante el resto del referido período. Este artículo quedará sin efecto a menos de que las legislaturas de tres cuartas partes de los diversos Estados lo ratifiquen como enmienda a la Constitución dentro de los siete años siguientes a la fecha en que el Congreso los someta a los Estados. ARTICULO VEINTITRES (marzo 29, 1961) El distrito que constituye la Sede del Gobierno de los Estados Unidos nombrará, según disponga el Congreso: Un número de electores para elegir al Presidente y al Vicepresidente, igual al número total de Senadores y Representantes ante el Congreso al que el Distrito tendría derecho si fuere un Estado, pero en ningún caso será dicho número mayor que el del Estado de menos población; estos electores se sumarán al número de aquellos electores nombrados por los Estados, pero para fines de la elección del Presidente y del Vicepresidente, serán considerados como electores nombrados por un Estado; celebrarán sus reuniones en el Distrito y cumplirán con los deberes que se estipulan en la Enmienda XII. El Congreso queda facultado para poner en vigor este artículo por medio de legislación adecuada. ARTICULO VEINTICUATRO (enero 23, 1964) Ni los Estados Unidos ni ningún Estado podrán denegar o coartar a los ciudadanos de los Estados Unidos el derecho al sufragio en cualquier elección primaria o de otra clase para Presidente o Vicepresidente, para electores para elegir al Presidente o al Vicepresidente o para Senador o Representante ante el Congreso, por motivo de no haber pagado un impuesto electoral o cualquier otro impuesto. El Congreso queda facultado para poner en vigor este artículo por medio de legislación adecuada. ARTICULO VEINTICINCO (febrero 10, 1967) En caso de que el Presidente sea despuesto de su cargo, o en caso de su muerte o renuncia, el Vicepresidente será nombrado Presidente. Cuando el puesto de Vicepresidente estuviera vacante, el Presidente nombrará un Vicepresidente que tomará posesión de su cargo al ser confirmado por voto mayoritario de ambas Cámaras del Congreso.
Cuando el Presidente transmitiera al Presidente pro tempore del Senado y al Presidente de Debates de la Cámara de Diputados su declaración escrita de que está imposibilitado de desempeñar los derechos y deberes de su cargo, y mientras no transmitiere a ellos una declaración escrita en sentido contrario, tales derechos y deberes serán desempeñados por el Vicepresidente como Presidente en funciones. Cuando el Vicepresidente y la mayoría de los principales funcionarios de los departamentos ejecutivos o de cualquier otro cuerpo que el Congreso autorizara por ley trasmitieran al Presidente pro tempore del Senado y al Presidente de Debates de la Cámara de Diputados su declaración escrita de que el Presidente esta imposibilitado de ejercer los derechos y deberes de su cargo, el Vicepresidente inmediatamente asumirá los derechos y deberes del cargo como Presidente en funciones. Por consiguiente, cuando el Presidente transmitiera al Presidente pro tempore del Senado y al Presidente de Debates de la Cámara de Diputados su declaración escrita de que no existe imposibilidad alguna, asumirá de nuevo los derechos y deberes de su cargo, a menos que el Vicepresidente y la mayoría de los funcionarios principales de los departamentos ejecutivos o de cualquier otro cuerpo que el Congreso haya autorizado por ley transmitieran en el término de cuatro días al Presidente pro tempore del Senado y al Presidente de Debates de la Cámara de Diputados su declaración escrita de que el Presidente está imposibilitado de ejercer los derechos y deberes de su cargo. Luego entonces, el Congreso decidirá que solución debe adoptarse, para lo cual se reunirá en el término de cuarenta y ocho horas, si no estuviera en sesión. Si el Congreso, en el término de veintiún dias de recibida la ulterior declaración escrita o, de no estar en sesión, dentro de los veintiún días de haber sido convocado a reunirse, determinará por voto de las dos terceras partes de ambas Cámaras que el Presidente está imposibilitado de ejercer los derechos y deberes de su cargo, el Vicepresidente continuará desempeñando el cargo como Presidente Actuante; de lo contrario, el Presidente asumirá de nuevo los derechos y deberes de su cargo. ARTICULO VEINTISEIS (julio 1, 1971) El derecho a votar de los ciudadanos de los Estado Unidos, de dieciocho años de edad o más, no será negado o menguado ni por los Estados Unidos ni por ningún Estado a causa de la edad. El Congreso tendrá poder para hacer valer este artículo mediante la legislación adecuada