SPANISH LAW IBML Spanish Second Year Antonio Javier Montoro Moreno
CLASE 4. Derecho de las obligaciones
¿Qué aprendimos la semana pasada?
1.
El derecho de la persona y las personas a. Concepto de Derecho Civil y b. La persona física. c. La persona jurídica. 2. La capacidad de las personas a. La capacidad jurídica b. La capacidad de obrar 3.El Estado Civil 4.El registro civil
Derecho de la person
CLASE 4. Derecho de las obligaciones
¿Qué aprenderemos hoy
gaciones como causantes de relaciones jurídicas. cepto en y fuentes. os. ción de las obligaciones a de las obligaciones. miento, pago, consignación, incumplimiento, Indemnización, Caso fortuito y n n, pago, pérdida de la cosa debida, condonación, compensación, novación
1. Las obligaciones como causantes de obligaciones jurídicas A. Concepto
varias de ellas (deudor o deudores) quedan sujetos respecto de otras (acreedor
b. Origen y fuentes de las obligaciones
ART 1089 CC:
Ley, de los contratos y cuasi contratos y de los actos u omisiones ilícitos o en que
Por tanto, las fuentes de las obligaciones son: 1.La ley 2.Los contratos 3.Los cuasicontratos 4.Los actos u omisiones ilícitos en los que intervenga cualquier género de culp
2. Elementos de las obligaciones
eedor que es el que tiene la facultad 2. deSujeto exigir pasivo: la prestación deudor o obligado que es quien tiene el deber de
n: El objeto consiste en la prestación o sea “un acto del deudor” que puede ser de dar, hacer o no hac
3. Clasificación de las obligaciones
iendo un concepto tan genérico, que va desde la entrega de una suma de dinero, o actividad por parte del deudor que permita al acreedor la satisfacción de su int or una conducta negativa, una omisión.
ciones genéricas o específicas: a. Genéricas: Siendo aquellas en las que la obligación de dar o entregar está indeterminad b. Especificas en las que la prestación del deudor está perfectamente individualizada.
4. Dinámica de las obligaciones
que de cualquier modo contravinieren al tenor de las obligaciones”
ento por haberse producido este a causa de circunstancias insuperables para el deudor: caso fortuito o
5. Extinción de las obligaciones
del c.civil, dice que “Siempre que la cosa se hubiere perdido en poder del deudor, se presumirá que la
, en el artículo 870 del c.civil, se refiere el código a la posibilidad de que el testador libere de la obliga
ugar la compensación cuando dos personas por derecho propio, sean recíprocamente acreedoras y deu
a de renovación o modificación.
FIN CLASE 4: Derecho de las obligaciones. RECAPITULACIÓN
s como causantes de relaciones jurídicas.
entes.
A T
? S
las obligaciones obligaciones. nsignación, incumplimiento,indemnización, Caso fortuito y fuerza mayor.
G E
N U
a de la cosa debida, condonación, compensación, novación
¿
R P