CARLOS ANDRES ALOMIA QUINTERO Código 1.114.874.170 CEAD-PALMIRA
CENTRAL DE SACRIFICIO DE FLORIDA VALLE
La central de sacrificio de Florida (valle del cauca ) está ubicada en el casco urbano de esta localidad cuenta con una infraestructura de más de 50 años de funcionamiento la cual presenta gran deterioro, se rigen bajo la normatividad 2278 de 1982 ya que están catalogados como una planta de autoconsumo por lo tanto en esta planta solo se podrán realizar de 25 a 30 sacrificios diarios o en su defecto 80 semanales, lo cual es un valor muy pequeño considerando el tamaño de las instalación el cual es sobre dimensionado para este volumen de producción.
La central de sacrifico cuenta con un veterinario encargado de dictaminar la salud del ganado, cabe resaltar que el 99% de las reses llegan de Caquetá y en un 1% de otras zonas del país, además de lo anterior solo sacrifican bovino y búfalos estos preferiblemente que superen los 200kg. Cada corral de la planta tiene una capacidad de 30 animales y se les da agua 6 horas después de su llegada y si están 12 horas alimentación la cual corre por cuenta del propietario, además de ello todo animal que ingresa debe ser sacrificado. La central de sacrificio cuenta con la verificación periódica del INVIMA y el ICA, además de ello cuenta con PTAR, agua potable en toda la planta, realiza el protocolo de desinfección, control de roedores según la norma 2278 de 1982, para el manejo de las aguas residuales cuentan con una PTAR, poli sombra para control de carroñeros y los lodos y estiércol resultantes del procesos van para la planta de compostaje ubicada en el Pedregal zona veredal del municipio este se utiliza para abono orgánico.
Análisis de la normatividad La central de sacrificio cumple con la normatividad 2218 de 1982 en términos generales pero se encontraron algunas falencias en ya que la planta no cuenta digestor con capacidad suficiente para deshidratar la sangre que se produzca diariamente; con su sistema de condensación de olores, sistema para la recolección de sangre y su posterior almacenamiento este factor de gran incidencia ya que esta va a para al alcantarillado público, se evidencio personas heridas manipulando la carne sin elementos de protección personal, el almacenamiento de las vísceras no es el adecuado ya que dejan en el piso o en mesas que no son de acero inoxidable, las pieles son dejadas en condiciones antihigiénicas y se exponen al contacto con moscas. En el momento
Por otra parte la empresa afirma cumplir con el decreto 631 de 2015 de vertimientos ya que realizaron una caracterización en la fuente y arrojo resultados de optimo cumplimiento, pero al realizar una inspección a la PTAR se evidencia que esta funciona a cabalidad cuando solo cuando los sacrificios son altos más de 20 reses cuando es menor
los vertimientos van a para a una caja ubicada a la salida de la planta la cual es insuficiente para contener los lixiviados y lodos resultantes, estos van al alcantarillado . La PTAR está sobre dimensionada y tiene problemas de diseño ya que el control de los vertimientos solo será eficiente cuando aumente la tasa de sacrificios, por otro lado, los residuos de grasas, sobrantes de vísceras y contenido estomacal no son clasificados lo cual es un grave problema ya que estos son residuos peligrosos y su manejo debería ser diferente. A pesar que la empresa cuenta con programas de seguridad y salud en el trabajo se evidencia que la totalidad de los operarios no utilizan los elementos de protección personal lo cual genera un claro riesgo de accidentalidad, además de ello ponen en riesgo la inocuidad del proceso. Cabe destacar que cuentan con los utensilios adecuados para su trabajo, el programa de desinfección esta preestablecido es 3 veces por semana, el programa de control de roedores se realiza 2 veces por mes. Como se dijo en el aparte anterior el programa de SST está planteado y en proceso de implementación aún quedan muchas falencias a mejorar ya que la adaptación de los trabajadores a este tipo de normas ha sido lenta. Sumado a lo anterior la planta de producción está en proceso de certificación bajo el DECRETO 1500 DE 2007 por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el sistema oficial de Inspección, vigilancia y control de la carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos, destinados para el Consumo humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento ,almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o exportación. Este decreto es mucho más exigente que el 2278 de 1982 por lo tanto deberán realizar mayores esfuerzos en el cumplimiento de los requisitos.