B_marco Legal E Institucional.pdf

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GOBERNANZA EN ECOSISTEMAS, MEDIOS DE VIDA Y AGUA.

MODULO I MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL Con enfoque en Juntas Administradoras de Agua

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Contenido MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL ................................................................................................... 3 MARCO LEGAL ........................................................................................................................... 4 Constitución de la Republica ......................................................................................... 4 Ley de la Visión de País y Plan de Nación ....................................................................... 4 Ley de Municipalidades ................................................................................................. 4 Ley General de Aguas .................................................................................................... 5 Ley de Ordenamiento Territorial ................................................................................... 5 Ley Marco del Sector Agua y Saneamiento y su Reglamento ........................................ 6 Ley General de Ambiente .............................................................................................. 6 Código de Salud ............................................................................................................. 7 Estatutos y Reglamentos de las Juntas Administradoras de Agua ................................. 7 MARCO INSTITUCIONAL ............................................................................................................ 9 PERSONALIDAD JURÍDICA ............................................................................................................ 11 ATRIBUCIONES DE UNA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA CON PERSONALIDAD JURÍDICA .... 11 PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA ................................... 12 1.

Constitución o Ratificación de la JAA ............................................................................... 12

2.

Elaboración de Estatutos ................................................................................................. 12

3.

Discusión y Aprobación de Estatutos ............................................................................... 12

4.

Inscripción y Juramentación de la JD de la JAA ante la Municipalidad ............................. 12

5.

Preparación de documentos para trámite de Personalidad Jurídica ................................ 13

6.

Gestión o Contratación de los Servicios de un abogado o Consultorio Jurídico ................ 13

7.

Trámites del abogado o Consultorio Jurídico ante la URSAC ........................................... 13

8.

Publicación de Personalidad Jurídica en Diario Oficial La Gaceta .................................... 13

9.

Registro de Personalidad Jurídica en el Instituto de la Propiedad .................................... 14

OBLIGACIONES DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA DESPUÉS DE OBTENIDA SU PERSONALIDAD JURÍDICA ............................................................................................................ 16 ERSAPS ............................................................................................................................. 16 URSAC .............................................................................................................................. 16 SAR................................................................................................................................... 16 ANEXOS........................................................................................................................................ 16

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MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL INTRODUCCIÓN En toda actividad en la cual se desarrollan interacciones se requiere de normas que regulen el comportamiento de los sujetos que intervienen en ella. Estas normas interactúan permanentemente y regulan los deberes y derechos que toda sociedad organizada establece para sus miembros. Las Actividades de las Instituciones y los proyectos que de ella se derivan se encuentran incorporados a un determinado ordenamiento jurídico que regula el marco legal, el desarrollo de una acción debe asignar especial importancia al análisis y conocimiento del cuerpo normativo que regirá la acción del proyecto, tanto en su etapa de origen como en su implementación y ulterior puesta en marcha. Ninguna Actividad por muy rentable que sea, podrá llevarse a cabo si no se encuadra en el marco legal de referencia en el que se encuentran incorporadas las disposiciones particulares que establecen lo que legalmente está aceptado por la sociedad; es decir, lo que se manda, prohibe o permite a su respecto especifico. Para estos efectos, el sistema legal puede definirse como el conjunto normativo que rige a una sociedad, obedeciendo a principios y directrices definidos, tales como el sentido jerárquico de las normas. Así, la resolución se atiene al reglamento, éste a la ley y la ley a la constitución. Otros principios, como aquéllos que regulan el régimen de los bienes, la propiedad, etcétera, tienen indiscutible interés en la materia que se expone.

OBJETIVOS 1. Afianzar sus conocimientos en torno al marco legal e institucional para que los miembros de juntas de agua, comités de apoyo, y demás actores, cuenten con los contenidos de aplicación teórica-práctica, a fin de administrar y operar el sistema de agua conforme a ley. 2. Conocer el procedimiento para que las Juntas de agua puedan realizar los respectivos trámites para la obtención de las personalidades jurídicas.

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MARCO LEGAL Marco Legal es una serie de documentos en las que se basan las decisiones y líneas de trabajo de las instituciones. Honduras es un país con un gran asidero legal en el sector de Agua y Saneamiento, cuenta con un conjunto de Leyes, Normas y Reglamentos para atender la gestión de los servicios de agua y saneamiento, la salud y la protección ambiental de los recursos. Entre las principales leyes relacionadas con el sector se destacan: 

Constitución de la Republica

El Estado por medio de la Constitución de la República reconoce el derecho de protección a la salud de los ciudadanos, a su vez es deber de todos participar en la promoción de la salud personal y de las personal. Además el Estado bajo su carta magna manda a conservar el ambiente adecuado para proteger la salud de las personas  Ley de la Visión de País y Plan de Nación Esta ley fue promulgada mediante el decreto legislativo 286-2010 y se fundamentó en la reforma realizada en el año 2008 al artículo 329 de la Constitución de la República, para establecer que el desarrollo económico, social y político de la Nación debe realizarse con base en un proceso planificado para la continuidad en los gobiernos siguientes. La Ley Visión de País y Plan de Nación establece los siguientes enunciados relacionados con el Sector agua y el saneamiento: - Al año 2022: Reducir a la mitad, el porcentaje de personas que carezcan de acceso sostenible a agua potable. - Al año 2034: Reducir a menos del 10% el porcentaje de personas que carezcan de acceso sostenible a agua potable. Finalmente, el Plan de Nación cuenta con 58 indicadores de seguimiento para monitorear el avance del Plan. Entre estos indicadores están tres que se refieren al Sector: - Número de municipios administrando sistemas de agua y saneamiento de acuerdo a la Ley Marco del Sector (NMASA). - Porcentaje % de personas con acceso a un servicio adecuado de agua. - Porcentaje % de personas con acceso a un sistema adecuado de saneamiento básico.  Ley de Municipalidades La Ley de Municipalidades fue promulgada mediante decreto legislativo 134-90 del 29 de Octubre de 1990 y posteriormente reformada en los años 1991, 1995, 2000, y 2009. Esta ley establece la autonomía del gobierno municipal y desarrolla los principios establecidos en la Constitución de la República en lo relacionado al régimen departamental y municipal, a la división política territorial así como las funciones y atribuciones de los funcionarios de los gobiernos locales. Entre las atribuciones relacionadas al sector agua y saneamiento están las siguientes: 4

-

-

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La elaboración y ejecución de planes de desarrollo del municipio. Control y regulación del desarrollo urbano Ornato, aseo e higiene municipal Construcción de sistemas de abastecimiento de agua, alcantarillado sanitario y alcantarillado pluvial, así como su mantenimiento y administración. Decidir sobre el modelo de prestación de los servicios públicos. Celebración de contratos de construcción, mantenimiento o administración de los servicios públicos u obras locales con otras entidades públicas o privadas, según conveniencia, de conformidad con la ley. Coordinación e implantación de las medidas y acciones higiénicas que tiendan a asegurar y preservar la salud y bienestar general de la población. Protección de la ecología, del medio ambiente y promoción de la reforestación Fomento y regulación de la actividad comercial, industrial, de servicios y otros. Suscripción de convenios con el Gobierno Central y con otras entidades descentralizadas con las cuales concurra en la explotación de los recursos, como las áreas de explotación, sistemas de reforestación y protección del medio ambiente. Coordinación de sus programas de desarrollo con los planes de desarrollo nacionales.

 Ley General de Aguas Esta promulgó en el año 2009 a través del decreto legislativo 181-2009. Establece el marco institucional para el sector Hídrico, creando el Consejo Nacional de Recursos Hídricos, la Autoridad del Agua y los Consejos de Cuencas. La ley establece que, corresponde al Gobierno Central la titularidad de la administración de las aguas, sus bienes y derechos asociados. El uso, explotación, desarrollo, aplicaciones y cualquier otra forma de aprovechamientos del recurso hídrico, así como la explotación o aprovechamiento de los ecosistemas y recursos relacionados al mismo, serán administrados por el Estado a través de la Autoridad del Agua.El acceso al recurso hídrico se realizará mediante permisos y concesiones para su uso, estableciendo medidas para la protección de las fuentes de agua y disposiciones para regular las descargas de aguas residuales. La Ley apunta que: La gestión del recurso hídrico se ajustará a los principios siguientes: a) el agua es un recurso esencial para la vida, el desarrollo social y económico; b) el agua es un recurso social, su acceso será equitativo; c) la gestión integral del recurso vincula al ciclo hídrico y el entorno natural, se hará con la participación del Gobierno en todas sus instancias y del pueblo organizado; d) y la retribución por servicios estará vinculada a los aprovechamientos, la protección y la conservación del agua. 

Ley de Ordenamiento Territorial

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El Congreso Nacional de la República, mediante Decreto Legislativo N° 180-2003 de fecha 30 de octubre del 2003, aprobó la Ley de Ordenamiento Territorial, la cual entró en vigencia el 19 de enero del 2004. La Ley de Ordenamiento Territorial propicia el desarrollo del país como una responsabilidad del Estado y de la sociedad en su conjunto. El artículo 9 de la ley, crea el Consejo Nacional de Ordenamiento Territorial CONOT, el cual tiene la facultad de promover iniciativas, políticas y líneas de acción para su inclusión en los planes, programas e instrumentos de Planificación del Desarrollo, en lo relativo al Ordenamiento Territorial. El Plan Nacional de Ordenamiento Territorial es el instrumento técnico-político que contiene las políticas, estrategias, programas y proyectos de inversión y las normas que regulan el uso del suelo, la administración de los recursos naturales y la ocupación integral del territorio.  Ley Marco del Sector Agua y Saneamiento y su Reglamento La Ley Marco del Sector Agua y Saneamiento fue promulgada mediante Decreto Legislativo 118-2003 publicado el 8 de Octubre de 2003. Crea el Consejo Nacional de Agua Potable y Saneamiento (CONASA) y el Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento (ERSAPS). La Ley otorga la titularidad de los servicios en las municipalidades, y éstas deben identificar el tipo de prestador más propicio para su municipalidad desde un gama de diferentes modelos. En zonas rurales, la titularidad de los servicios recae en las propias comunidades y éstas ejercen esa titularidad a través de las Juntas de Agua. Adicionalmente, la Ley Marco pone gran énfasis en la participación de la ciudadanía en los procesos de desarrollo de los servicios y su gestión, señalando con especial atención los derechos y obligaciones de los usuarios y los prestadores. Entre los Objetivos de la Ley están: - Promover la ampliación de la cobertura de los servicios de agua y saneamiento; - Asegurar la calidad del agua y su potabilidad. - Establecer el marco de la gestión ambiental integrado, orientado a la protección y preservación de las fuentes de agua y el saneamiento y el manejo de descargas de efluentes. - Establecer criterios de valoración de los servicios, estructuras tarifarios, mecanismos de compensación y solidaridad social, garantizando el recurso a grupos familiares y comunitarios vulnerables. - Establecer mecanismos para la prestación de los servicios en el sector rural, para operar con eficiencia.  Ley General de Ambiente Esta Ley fue Creada mediante Decreto 104-93 del 27 Mayo de 1993. A través de esta Ley se crea la Secretaría de Ambiente y Establece la utilidad social de los recursos nacionales, además da plazos para corregir la contaminación ambiental. 6

 Código de Salud El Código de Salud fue creado mediante Decreto No. 65-91, Publicado en La Gaceta N° 26509 del 6 agosto de 1991. Con este documento se asigna atribuciones a la Secretaría de Salud con relación al manejo del agua para consumo humano, incluyendo medidas de protección y control.  Estatutos y Reglamentos de las Juntas Administradoras de Agua Los Estatutos y Reglamentos de las Juntas Administradoras de Agua tiene el propósito de normar y regular la creación, organización y Funcionamiento de las Juntas Administradoras de Agua, señaladas en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, como titulares de los servicios administrados por ellas y será aplicado a los sistemas de agua potable y de Saneamiento, únicos o múltiples, que funcionen por gravedad o por bombeo, ya sean de fuentes superficiales, subterráneas u otras fuentes.

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MARCO JURÍDICO E INSTITUCIONAL APLICABLE AL SECTOR AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO Marco Jurídico Aplicable

Constitución de la Republica

Instituciones Responsables por Ley

Funciones

Ley Constitutiva

del SANAA

SANAA

Protección de la Salud y el Medio Ambiente

Asistencia Técnica y Administr ativa

Código de Salud

Secretaría de Salud

Vigilar por la aplicación de la normativa de salud

Ley del Ambiente

Mi Ambiente

Protección del Medio Ambiente

Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento

Ley de la Visión de País y Plan de Nación

CONASA

SEPLAN

Municipalidades

ERSAPS

Consejos Regionales

Juntas Administradoras de Agua y Saneamiento

Planificar, coordinar, Políticas, estrategia, normativa del Sector

Planificación Nacional y Regional,

Ley de Municipalidades

Titulares de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento

Ley de Ordenamiento

Territorial

Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y descentralización

S O C I E D A D

C I V I L Promueve la Descentralizac ión hacia los gobiernos municipales

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MARCO INSTITUCIONAL Existen en el País diferentes instituciones encargadas de aplicar y hacer cumplir las disposiciones procedentes de cada una de las leyes, normas y reglamentos del Sector Agua, Las Principales Entes sectoriales son: Consejo Nacional de Agua Potable y Saneamiento (CONASA): Responsable de las Políticas, estrategias, planes, objetivos y programas de inversión nacional, cuya integración incluye un representante de las Juntas, electo en Asamblea Nacional de representantes departamentales, elegidos a su vez por el Gobernador de cada departamento. El CONASA, es responsable de elaborar la planificación del sector a nivel nacional y coordinar con los organismos competentes, en especial las municipalidades, los mecanismos y actividades financieras relacionados con los proyectos de agua potable y saneamiento. Secretaría de Salud: Responsable del control sanitario de los sistemas de tratamiento, conducción y suministro del agua para el consumo humano, lo mismo que de las aguas servidas. Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento (ERSAPS): Tiene las funciones de regulación y control de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento en el territorio nacional; establece los mecanismos de control sobre las condiciones de prestación de los servicios, los cuales son de carácter general y aplicación local y para lo que podrá contar con asistencia de instancias regionales, municipales y auditorias ciudadanas. El Ente Regulador, en cumplimiento de sus funciones y considerando las características físicas de los sistemas, las condiciones institucionales y la capacidad financiera de los municipios, debe establecer criterios diferenciales para la aplicación de las normas regulatorias, a través de resoluciones debidamente fundamentadas. Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA): Se desempeña como un Ente Técnico para apoyar al Ente Regulador, a las municipalidades y a las Juntas. Asimismo, realiza estudios, promoción y supervisión de instalaciones regionales para afianzar el logro de los objetivos de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. Municipalidades: La Ley Marco en su artículo 16 le da la titularidad de los servicio de agua y saneamiento a la municipalidad y será su atribución decidir sobre el modelo de gestión más adecuado. Corresponde a las municipalidades, disponer la forma y condiciones de prestación de los servicios en su respectiva jurisdicción, observando lo prescrito en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y demás normas aplicables. Asistir al Ente Regulador en la aplicación de los mecanismos de control sobre las condiciones de prestación de los servicios, mediante la Unidad de Supervisión y Control Local (USCL). Sociedad Civil: Ejerce acciones de auditoría y transparencia, su participación activa proporciona la dinámica en la toma de decisiones en la definición de modelos de gestión, organización y funcionamiento de las Comisiones Municipales de Agua y Saneamiento, fomenta la integración dentro de las estructuras administrativas prestadoras de servicios, y acciona en la gestión de financiamiento, propio, local y externo, en la realización de proyectos.

Juntas Administradoras de Agua: La Junta Administradora de Agua y Saneamiento es un mecanismo de participación ciudadana y de autogestión de los servicios públicos a nivel de los caseríos, aldeas y municipios. Corresponde a la Junta, la operación, mantenimiento y administración de los sistemas de agua y saneamiento. La Ley Marco en su artículo 17, le da preferencia a las Juntas Administradoras de Agua y organizaciones comunitarias, en el otorgamiento de la autoridad municipal para la operación total o parcial de los servicios de agua potable y saneamiento en su respectiva comunidad. El objeto de la Junta de Agua y saneamiento es:   

    

Operar y mantener el sistema de agua potable, brindando a la población el servicio de abastecimiento de agua. Administrar el sistema de agua como una empresa sostenible. Promover la participación de la comunidad en la construcción, operación, mantenimiento y administración de los sistemas de agua potable y saneamiento, así como la vigilancia de la calidad del agua. Promover el aumento de cobertura de los servicios de agua potable y saneamiento en su localidad. Coadyuvar a promover la educación en salud y correcto uso del agua. Promover y vigilar la conservación y protección de las cuencas que alimentan las fuentes de agua. Vigilar que el manejo de los desechos (líquidos, gaseosos y sólidos) sea el adecuado conforme a las leyes, normas y reglamentos. Vigilar la disposición sanitaria de las excretas.

Para que las Juntas Administradoras de Agua estén amparadas legalmente, es necesario que cuenten con Personalidad Jurídica. La personalidad Jurídica es el documento legal que acredita la autenticidad de la JAA como organización civil de desarrollo, cuya finalidad es resguardar sus acciones en el marco de la ley y poder recibir asistencia técnica-financiera, a la vez legaliza la celebración de convenios y acuerdos con organizaciones e instituciones.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBTENCIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE JUNTAS ADMINISTRADORAS DE AGUA

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PERSONALIDAD JURÍDICA La Personalidad Jurídica atribuye la Titularidad de deberes y obligaciones, es una figura legal que faculta a la comunidad al derecho de la propiedad y representación oficial del sistema de agua y saneamiento de una comunidad. La Personalidad jurídica es otorgada por la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización a través de una resolución o dictamen. Son características de las Juntas Administradoras de Agua con Personalidad Jurídica:  Gozan de representación legal que les permite gestionar y manejar su sistema de agua, según los Artículos No. 18 y 51 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. 

Las Juntas Administradoras de Agua, como personas jurídicas, gozan en general de los mismos derechos que las personas particulares, pueden adquirir bienes, tomar y conservar la posesión de ellos, constituir servidumbres, recibir beneficios, herencias, legados o donaciones e intentar las acciones civiles o criminales que les corresponde.



Además las Juntas Administradoras de Agua que posean Personalidad jurídica tienen más oportunidades de recibir ayuda del Estado para la ejecución de proyectos de diversa naturaleza.

ATRIBUCIONES DE UNA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA CON PERSONALIDAD JURÍDICA Las Juntas Administradoras de agua al obtener su Personalidad Jurídica, adquieren las siguientes atribuciones:        

Gestionar la obtención de fondos para la pre inversión e inversión en la ejecución de proyectos de agua y saneamiento con el sector público, privado y de cooperación. Aperturar cuentas de ahorro con el sector financiero. Realizar pagos mediante cheques. Poseer bienes de toda clase. Contraer obligaciones y realizar acciones judiciales. Eliminar la apertura de cuentas mancomunadas, asegurando depositar sus fondos en instituciones con alto nivel de credibilidad, a nombre de la JAA. Mayor transparencia en el manejo de los fondos de la organización. Preparar estados financieros de las actividades realizadas en el periodo fiscal a la dependencia de gobierno, municipalidad y usuarios de forma obligatoria.

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PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA ACTIVIDADES RESULTADO 1. Constitución o Ratificación de la JAA Se convoca a Asamblea de Usuarios para constituir o ratificar la JAA (Junta Directiva y Comités de Apoyo), además se autoriza al presidente para que gestione o contrate lo servicios de un abogado

Como resultado de las Asamblea de obtienen los siguientes documentos: •Certificación de Acta de Constitución de la JAA (Anexo 1) •Certificación de Listado de Participación en Asamblea (Anexo 2) •Certificación de Acta de autorización al Presidente(a) para otorgar Poder a Abogado, aprobado en Asamblea (Anexo 4) •Copia de Identidades de los siete (7) Miembros Directivos.

2. Elaboración de Estatutos Los miembros de JD de la JAA se reúnen y elaboran estatutos de la JAA, basados en el modelo de ERSAPS(Anexo 10)

Al desarrollarse esta actividad se obtendrá: •Propuesta de Estatuto basado en modelo de ERSAPS *Los Estatutos son reglas que establece la Asamblea de usuarios y prevalecen legalmente ante una denuncia o reclamo

3. Discusión y Aprobación de Estatutos La JD presenta a la Asamblea, la propuesta de estatutos para su discusión y aprobación. *Este proceso puede realizarse en la Asamblea para Constitución y Ratificación de la JAA y elaborar solo un listado de asistencia.

En esta Asamblea se elaboran los siguientes documentos: •Certificación de Acta de discusión y aprobación de los Estatutos de la JAA (Anexo 3) •Listado de Participación en Asamblea (Anexo 2) * El mismo procedimiento se seguirá para la elaboración, discusión y aprobación del Reglamento General (Anexo 11), y el Reglamento de Infracciones Sanciones y Reclamos (Anexo 12)

4. Inscripción y Juramentación de la JD de la JAA ante la Municipalidad El Secretario(a) de la JAA presenta a Corporación Municipal, solicitud de inscripción y Juramentación de la JAA acompañada de: •Certificación de Acta de Constitución de JD (Anexo 1) •Certificación de listado de participación en asamblea de constitución de la JAA (Anexo 2) •Los Estatutos Aprobados(Anexo 10) •Copia de las Identidades de los 7 Miembros Directivos.

Con el dictamen favorable la corporación municipal emitirá: •Certificación del punto de acta de dictamen favorable a la constitución de la JAA para que se realice el trámite de Personalidad Jurídica (Anexo 6) •Constancia de no existir lazos de familiares entre sí (Anexo 7)1 • Constancia de comunidad pequeña. (Anexo 8)2 1

Esta constancia se solicita cuando hay 2 o más miembros de la JD con apellidos iguales. Está constancia se solicita cuando la JD está integrada por familiares por ser una comunidad pequeña. 2

5. Preparación de documentos para trámite de Personalidad Jurídica El Presidente(a), con el apoyo del Secretario(a) y demás miembros de la JD, preparará la documentación necesaria para el trámite de Personalidad Jurídica y posteriormente los entregarán al abogado o Consultorio Jurídico.

Los documentos que deben ser preparados son los siguientes: •Certificación de Acta de Constitución de la JAA (Anexo 1) •Certificación de acta de autorización al Presidente(a) para contratación del abogado o consultorio jurídico.(Anexo 4) •Certificación de Acta de discusión y aprobación de los Estatutos (Anexo 3) •Certificación de Acta de Juramentación y Autorización de la Municipalidad para trámite de Personalidad Jurídica de la JAA. (Anexo 6) •Fotocopia de la identidad de los 7 directivos •Un ejemplar impreso de los Estatutos de la JAA. •una autentica para Copias y otra para firmas. •Disquete o CD para guardar la información digitalizada.

6. Gestión o Contratación de los Servicios de un abogado o Consultorio Jurídico Los servicios de un abogado o Consultorio jurídico pueden ser gestionados a través de mancomunidad, ONG’s, Alcaldía Municipal, Consultorio Jurídico Gratuito, etc. De no ser posible, deberá ser contratado por parte de la JAA.

Cuando los servicios del abogado han sido gestionados o contratados, este de encarga de los siguiente: •Elaborar Carta Poder a favor de sí mismo (Anexo 5) •Autentica de firmas y Fotocopias de las tarjetas de identidad de los siete miembros de la Junta Directiva •Revisión de información correcta y completa para el trámite de Personalidad jurídica.

7. Trámites del abogado o Consultorio Jurídico ante la URSAC El abogado presenta a la Secretaría de DHJGD “Solicitud otorgamiento de la Personalidad jurídica”, los documentos preparados en los numerales 5 y 6, y un disquete o CD conteniendo la información digitalizada. Después de recibir el oficio con el dictamen favorable de Personalidad Jurídica debe Inscribir la misma en la URSAC.

Los documentos que se obtienen, en este mismo orden, son los siguientes: •Constancia de recibido en copia de la solicitud de otorgamiento de Personalidad jurídica que el Abogado presente. •Certificación de Resolución Favorable •Constancia de URSAC, (para solicitarla se debe realizar en cualquier banco el pago de Lps. 200.00 con el recibo TGR-1 (Anexo 17), descargarlo en http://www.sefin.gob.hn/tgr1/

8. Publicación de Personalidad Jurídica en Diario Oficial La Gaceta Con la Resolución Favorable de la Secretaría de DHGJD se publicará su contenido en el Diario Oficial La Gaceta. El Presidente(a) de la JAA presentará ante la ENAG los siguientes documentos: •Solicitud de Publicación (Anexo 9) •Copia de la Personalidad Jurídica

En la recepción de la ENAG le entregarán •Comprobante de recepción con fecha de la Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. *La JAA deberá adquirir la cantidad de Gacetas que considere necesario, para garantizar que cuentan con un respaldo de la misma, podrán comprarlo en físico y en formato digital

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•Acta de Autorización y Juramentación de la Alcaldía Municipal. (Anexo 6) •Copias de las identidades del Presidente(a), Secretario(a) y Tesorero(a) de la J.D

9. Registro de Personalidad Jurídica en el Instituto de la Propiedad La JAA registrará la Personalidad Jurídica en el IP. El Presidente(a) de la JAA presentará ante IP los siguientes documentos, en original y copia: •La Resolución de Personalidad Jurídica •Certificación de la inscripción en la URSAC. •Publicación de la Personalidad jurídica en el Diario Oficial La Gaceta o el comprobante de recepción extendido por la ENAG, en donde se solicitó la publicación. •Boleta de “Servicios Registrales Cancelada (Anexo 18)

Al ingresar los documentos requeridos el IP extenderá •Recibo de presentación “varios”, con el número de registro y número de tomo para darle seguimiento al trámite y el cual especifica: -Nombre del Presidente(a) de la JAA) -Fecha y hora -Nombre de la persona del Instituto que recibió la documentación. En un período de 10 a 15 días, después del emitir dictamen favorable, el IP entregará al presidente(a) de la JAA •Oficio de resolución. •Los originales de los documentos presentados Con este paso, está completo el trámite de personalidad Jurídica y esta entra en vigencia.

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PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA

#1 Constitución o Ratificación de la JAA

#2 Elaboración de Estatutos

#3 Discusión y Aprobación de Estatutos

#6 Gestión o Contratación de los Servicios de un Abogado o Consultorio Jurídico

#5 Preparación de documentos para trámite de Personalidad Jurídica

#4 Inscripción y Juramentación de la Junta Directiva de la JAA ante la Municipalidad

#6 Trámites del Abogado ante la URSAC

#8 Publicación de la Personalidad Jurídica en el Diario Oficial La Gaceta

#9 Registro de la Personalidad Jurídica en Instituto de la Propiedad

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OBLIGACIONES DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA DESPUÉS DE OBTENIDA SU PERSONALIDAD JURÍDICA  ERSAPS Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento Si el Municipio tiene suscrito acuerdo de colaboración con ERSAPS para la constitución y funcionamiento de la USCL y COMAS, la JAA está obligada a la presentación de información correspondiente a su gestión semestral, (Anexo 13) y establecer con la municipalidad los acuerdos necesarios para garantizar la protección de la microcuenca, cantidad, cobertura, continuidad y calidad del agua, la rendición de cuentas y la adecuada operación y mantenimiento del sistema.  URSAC Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles La JAA está obligada a presentar a la URSAC más tardar el 28 de febrero de cada año: Carta de Presentación de Informes con sello y firma del Presidente(a) de JAA, y detalle narrativo de las Actividades desarrolladas durante el año. (Anexo 14)  Balance General, Estado de Resultado (ambos timbrados, firmados por Contador Colegiado). (Anexo 15) Para la elaboración de estos documentos, la JAA deberá llevar registro de los ingresos y egresos mensuales (Anexo 16)  Registro de cambios en la Junta Directiva. (Anexos 1 y 2) En este caso, será necesario contar con los servicios de un abogado o Consultorio Jurídico que en primera estancia serán gestionados, de no ser posible, la JAA asumirá los costos.  SAR Servicio de Administración de Rentas El Servicio de Administración de Rentas exige de las JAA lo siguiente:  Presentación de la Declaración Jurada de Impuesto sobre la Renta, aunque el valor a pagar sea de cero por estar exonerada (si los ingresos de la JAA provienen de las contribuciones de los usuarios, son para el bien común y sin fines de lucro, entonces están exentos del ISR).  Emisión de Documentos Fiscales (Recibos Facturas). Elaborar un Convenio entre la JAA y la Municipalidad en el cual se establece la delegación del servicio de agua a dicha JAA, obligaciones y responsabilidades de los firmantes. De manera que se visibilice la relación de control y regulación de la municipalidad y la de prestación de servicio de la JAA para que el Artículo 21 de La Gaceta No. 33,407 ampare el uso de otros Comprobantes de Venta, los cuales son documentos cuya impresión no requiere ser autorizada por la SAR. Los Recibos emitidos por las empresas de servicios públicos bajo control y regulación del Estado y las Municipalidades están en esta categoría de comprobantes. ANEXOS

Anexo 1 CERTIFICACION DE ACTA DE CONSTITUCIÓN El Suscrito Secretario(a) de la Junta Administradora de Agua por este medio CERTIFICA: Que en el libro de Actas y Acuerdos de la Junta de _______________________________, Municipio de ______________________________, Departamento de ___________________________ se encuentra inscrita el acta de constitución y elección de la Directiva de la Junta Administradora de Agua de la Comunidad de________________________electa el día_____ del mes de _______________________del año _______, y que literalmente dice: Reunidos en asamblea comunitaria y con el objeto de constituirnos como una organización de desarrollo comunal sin fines de lucro, política, para lo cual comparecen los señores que adjunto va el listado de los nombres, de los vecinos que asistieron a dicha reunión y en virtud de derecho de asociación que gozamos, el cual se contempla en la Constitución de la República, Código Civil y los Convenios Internacionales que sobre la materia han sido ratificados por el Estado De Honduras en forma libre y espontáneamente hemos decidido constituirnos bajo la denominación de Junta Administradora de Agua de la comunidad de ______________________________,Municipio de ______________________, Departamento de _____________________________, seguidamente se procedió a la elección de la Junta Directiva estableciéndose que la forma de elección es a través del voto directo de cada uno de los miembros presentes: Proponiendo y tomando por votación unánime de la asamblea comunal a cada uno de los directivos de la Junta Administradora de Agua y Saneamiento de La Comunidad, quedando la junta directiva de la siguiente manera: CARGO Presidente(a) VicePresidente(a) Secretario(a) Tesorera(a) Fiscal Vocal I Vocal II

NOMBRE

IDENTIDAD

No habiendo más de que tratar se cierra la sesión a las 6:00PM la cual fue firmada por todos los comparecientes. Se extiende la presente certificación en la comunidad de __________________________, Municipio de ______________________________, Departamento de ______________________, a los _____ (__) días del mes de _____________________ del año __________. _____________________________________ Nombre Firma y sello_ Secretario(a) de la Junta Administradora de Agua

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Anexo 2 CERTIFICACION DE LISTADO DE PARTICIPACIÓN EN ASAMBLEA La Suscrita Secretaria de la Junta Administradora de Agua de __________________________ Municipio de _______________________________ Departamento de ______________________ , por este medio CERTIFICA: Que en el libro de actas y acuerdos de la Junta Administradora de Agua de ________________________, Municipio de ____________________________, Departamento de ________________________, se encuentra el listado de asistencia de Abonados que participaron en la Asamblea de __________________________________ del día ___________ (___) del mes de ______________ del año _____, de la Junta de Administradora de Agua Potable y Saneamiento de _______________________, Municipio de ____________________, Departamento __________________________ , los que a continuación se detallan. Numero Nombre Identidad 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 Se extiende la presente certificación en el Municipio de ___________, Departamento de ______ a los _____ (XX) días del mes de ___________ del año _______________ (XXXX) ---------------------------------------------Nombre Firma y sello_ Secretario(a) de la Junta Administradora de Agua

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CERTIFICACION DE LISTADO DE PARTICIPACIÓN EN ASAMBLEA La Suscrita Secretaria de la Junta Administradora de Agua de __________________________ Municipio de _______________________________ Departamento de ______________________ , por este medio CERTIFICA: Que en el libro de actas y acuerdos de la Junta Administradora de Agua de ________________________, Municipio de ____________________________, Departamento de ________________________, se encuentra el listado de asistencia de Abonados que participaron en la Asamblea de __________________________________ del día ___________ (___) del mes de ______________ del año _____, de la Junta de Administradora de Agua Potable y Saneamiento de _______________________, Municipio de ____________________, Departamento __________________________ , los que a continuación se detallan. Numero Nombre Identidad 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 19

Numero

Nombre

Identidad

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Número

Nombre

Identidad

Se extiende la presente certificación en el Municipio de ___________, Departamento de ______ a los _____ (XX) días del mes de ___________ del año _______________ (XXXX) ---------------------------------------------Nombre Firma y sello_ Secretario(a) de la Junta Administradora de Agua 21

Anexo 3

CERTIFICACION DE ACTA DE DISCUSION Y APROBACION DE LOS ESTATUTOS La Suscrita Secretaria de la Junta Administradora de Agua de ______________________________ Municipio de ___________________________ Departamento de ________________________, por este medio CERTIFICA: Que en el Acta No. ___________ del libro de actas y acuerdos de la Junta Administradora de Agua de ____________________________, Municipio de _____________________________, Departamento de ____________________________, reunidos en el lugar en mención, siendo hora ____________con el objeto de discutir y aprobar la agenda siguiente: Comprobación del quórum, asunto a tratar la discusión y aprobación del proyecto de Estatutos elaborados por la Junta Directiva para su aprobación, se procedió a dar lectura de cada uno de los capítulos y artículos que contiene dicho proyecto, y por unanimidad de los miembros de la Asamblea se aprobó de la siguiente manera: “ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE DE LA COMUNIDAD DE ________________________ MUNICIPIO DE __________________________, DEPARTAMENTO DE _______________________. Nota: a renglón seguido se hace una relación de cada uno de los capítulos y artículos contenidos en los Estatutos. ---------------------------------------------Nombre Firma y sello_ Secretario(a) de la Junta Administradora de Agua

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Anexo 4 CERTIFICACIÓN DE ACTA DE AUTORIZACIÓN AL PRESIDENTE(A) PARA OTORGAR PODER A ABOGADO

Nosotros los miembros de Asamblea de la Junta Administradora de agua Potable y Saneamiento y miembros de la comunidad de _________________________________________, Municipio de _________________________________, Departamento de _______________________________, reunidos el día _________ (___) Del mes de _____________________del año________; estamos facultando al Presidente(a) de esta junta directiva; como representante de la Junta Administradora de Agua de nuestra comunidad, Señor ________________________________________________, con identidad No. ____________________________; para que otorgue poder a un profesional del derecho, para que gestione la personalidad jurídica ante la Secretaria de Estado en los Despachos De Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, por unanimidad de asistentes a la asamblea se APROBO: que el Señor ______________________________________________ en su condición antes indicada contratara los servicios del señor: _________________________________________________, mayor de edad, hondureño, Abogado de los Tribunales de la República inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras, con el Nº __________, de este domicilio, con Despacho Legal para recibir notificaciones en las Oficinas de ____________________________________________________________________ ubicado en _____________________________________________________________________________ teléfonos____________________________ email_____________________________________ a efecto de que a nombre de la organización se apersone ante las oficinas de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización a tramitar la personalidad jurídica de nuestra organización. Se extiende la presente Certificación en la comunidad ____________________________, Municipio _________________________, Departamento de ______________________ a los ____________ (___) días del mes de ___________________del año ________.

_____________________________________________ Nombre Firma y sello_ Secretario(a) de la Junta Administradora de Agua

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CARTA DE PODER

Anexo 5

ABOGADO: __________________________________________________ Presente. Yo ____________________________________________________, mayor de edad hondureño, de oficio o profesión___________________________ con domicilio en la comunidad de______________________________ del Municipio de_______________________ Departamento de _________________________ , y en tránsito por esta ciudad, con tarjeta de identidad Nº ____________________________, actuando en mi condición de Presidente(a) de la Junta Administradora de Agua Potable de__________________________________ del Municipio_____________________________, Departamento de _______________________, estando en el pleno goce y ejercicio de mis derechos civiles, con facultades suficientes para este acto, mediante la presente, confiero poder amplio, bastante y suficiente, todo en cuanto a derecho fuere necesario al Abogado _____________________________________________, mayor de edad, hondureño, Abogado de los Tribunales de la República inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras, con el Nº ________, de este domicilio, con Despacho Legal para recibir notificaciones en las Oficinas de_________________________________________________ ubicado ________________________________________________________________________, teléfonos _________________________________email_______________________________ para que en nombre de la Junta Administradora de Agua de la Comunidad de________________________________________ que represento, comparezca ante las oficinas de la Secretaria de Estado en los Despachos De Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a realizar cuanta diligencia sea necesaria en el trámite de la Solicitud para el reconocimiento de la Personalidad Jurídica de la Junta Administradora de Agua de _________________________________________, y para que no tenga obstáculo alguno le otorgo las facultades estipuladas en el artículo 56 y 57 de la Ley de procedimiento administrativos como las especiales de desistir de peticiones y a Los recursos o los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, sustituir este poder, aprobar convenios y percibir, para que el Abogado _______________________________________________________, se tenga como representante de la Junta Administradora de Agua Potable de_______________________________ Ante las oficinas de la Secretaria Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización firmo la presente. ______________, Municipio de ______________ Departamento de___________________, ____de __________________del año ______.

____________________________________________ Nombre Firma y sello_ Secretario(a) de la Junta Administradora de Agua

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Anexo 6 ALCALDIA MUNICIPAL DE__________________________________________ CERTIFICACION DE ACTA DE AUTORIZACIÓN PARA TRÁMITE DE PERSONALIDAD JURÍDICA El suscrito Secretario(a) Municipal de este término. CERTIFICA. Que en uso de las facultades que la ley le confiere y de acuerdo a la resolución en el punto ____” del acta Nº.______ del año _____ folio_________, que actualmente dice. Acta Nº _______Sesión Ordinaria, celebrada por la honorable Corporación Municipal del Municipio de __________________, Departamento de _______________; el día________ de ________________ del año ________… SOLICITUDES VARIAS Junta Administradora de Agua de la Comunidad de ___________________________________ junto con los usuarios del mismo servicio solicitan a esta Corporación Municipal de ______________________________, se les Juramente y Autorice para hacer los trámites de la Personalidad Jurídica. Esta Corporación Municipal con respecto a la solicitud, Por unanimidad. ACUERDAN: Autorizar a la Junta Administradora de Agua de____________________________________ Municipio de ____________________________, Departamento de ____________________________________ proseguir con el trámite legal integrada su Junta directiva de la siguiente manera: CARGO NOMBRE IDENTIDAD Presidente(a) VicePresidente(a) Secretario(a) Tesorero(a) Fiscal Vocal I Vocal II No habiendo más de que tratar el señor Alcalde Municipal dio por cerrada la Sesión. Siendo la hora ___________. Firmando para constancia Sello y firma Secretario(a) Municipal ………………………...ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL……..………..………. Y para los fines legales convenientes se le extiende la presente CERTIFICACION en el municipio de ___________________________ Departamento de ___________________________ a los ______ días del mes de __________________________ del año _______

_______________________________________ Nombre Firma y sello_ Secretario(a) Municipal

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Anexo 7

ALCALDIA MUNICIPAL DE ________________________________________________

CONSTANCIA DE NO POSEER LAZOS FAMILIARES El suscrito Alcalde Municipal de este término por este medio HACE CONSTAR QUE: Los señores Miembros Directivos de la Junta Administradora de Agua de la Comunidad de_______________________________; _________________________, _____________________________, _________________________________ todos con apellido Pérez, NO TIENEN lazos de consanguinidad dentro del cuarto grado ni de afinidad dentro del segundo grado. Y para los fines que los interesados estimen conveniente se extiende la presente en el Municipio de__________________________, Departamento de______________________ a los ____ días del mes de________________________ del año ________.

---------------------------------------------Nombre Firma y sello_ Alcalde Municipal

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Anexo 8

ALCALDIA MUNICIPAL DE ________________________________________________

CONSTANCIA DE COMUNIDAD PEQUEÑA El suscrito Alcalde Municipal de este término por este medio HACE CONSTAR QUE: Que la Junta Administradora de Agua de la Comunidad de: ________________________________ de este Municipio, los miembros que integran la misma pueden tener lazos de consanguinidad dentro del cuarto grado y de afinidad dentro del segundo grado, en vista de que la comunidad es pequeña y no hay otra opción de integrar la Junta Directiva con miembros que no sean familias.- Por lo tanto doy fe de conocerle personalmente. Y para los fines que los interesados estimen conveniente se extiende la presente en el Municipio de__________________________, Departamento de______________________ a los ____ días del mes de________________________ del año ________.

__________________________________________ Nombre Firma y sello_ Alcalde Municipal

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Anexo 9 SOLICITUD DE PUBLICACION EN DIARIO OFICIAL LA GACETA

Nosotros: ________________________________________________ con identidad Nº ____________________________, mayor de edad, (Estado civil), hondureño, del domicilio de __________________________, Municipio de ____________________________, Departamento de __________________________, con teléfono ______________________, en tránsito por esta ciudad en mi condición de Presidente(a) y _______________________________, con identidad Nº _________________________, mayor de edad, (Estado civil), hondureño, Secretario(a), de la Junta Administradora de Agua de la comunidad de _______________________________, Municipio de _______________________________, Departamento de _______________________, con facultades suficientes de representación, electo en Asamblea de Usuarios el día ____________ (___) de ____________________ del año ______, en cumplimiento al artículo 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento que literalmente estipula “Las Juntas Administradoras de Agua tendrán Personalidad Jurídica que otorgará la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización por medio de la respectiva corporación Municipal, que constatará la legalidad de la misma.- El otorgamiento de dicha personalidad y su publicación en el diario Oficial la Gaceta será de forma gratuita”, mediante la presente solicitamos ante la Empresa Nacional de Artes Gráficas (ENAG) la publicación de la Personalidad Jurídica No.__________________ de la Junta Administradora de Agua de la comunidad ________________________, Municipio de _______________________, Departamento de ______________________. Se extiende la presente solicitud de Publicación en la comunidad ___________________, Municipio de _____________________, Departamento de _________________, A los ________ (__) días del mes de ___________________ del año ____________

_______________________________ (Nombre) Identidad Nº __________________ Presidente(a) Junta Administradora de Agua

_______________________________ (Nombre) Identidad Nº ___________________ Secretario(a) Junta Administradora de Agua

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Anexo 10 BORRADOR DE ESTATUTOS DE JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA CERTIFICACIÓN DE ACTA DE DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DE ESTATUTOS El suscrito Secretario(a) de la Junta Directiva Provisional de la Junta Administradora de Agua Potable de la Comunidad _____________________, Municipio de ____________________, Departamento de _______________________,a los __________(__) días del mes de _______________, del año dos mil ______________ , reunidos en Asamblea los miembros fundadores de la Junta Administradora de Agua de la Comunidad de __________________, siendo hora ____________ , con el objeto de discutir y aprobar los puntos siguientes: a) Comprobación del quórum, b) Discusión y aprobación del proyecto de Estatutos elaborado por la Junta Directiva; luego de comprobado el quórum, se procedió a dar lectura a cada uno de los Capítulos y Artículos que contiene dicho proyecto, y por unanimidad de los asambleístas se aprobó de la siguiente manera: ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD ___________________________ MUNICIPIO DE _______________________DEPARTAMENTO DE ___________________________. CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO ARTÍCULO 1.- Se constituye la organización cuya denominación será: JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD ________________________, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de la Comunidad _________________. ARTÍCULO 2.- El domicilio de la Junta de Agua y Saneamiento, será en la Comunidad ======== municipio de______________________ departamento de _______________y tendrá operación en dicha Comunidad, proporcionando el servicio de agua potable. ARTÍCULO 3.- Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS ARTÍCULO 4.- El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta de Administradora de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema. ARTÍCULO 5.- La organización tendrá los siguientes objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.Obtener Asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.-Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el 29

acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento. j.- Establecer un mecanismo de Compensación por servicios Ecosistémicos definiendo bajo reglamento el esquema de administración y financiamiento, el diseño y suscripción de contratos, convenios, formas de cobro y pago entre otras actividades. ARTÍCULO 6.- Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. i.- Suscribir contratos, acuerdos voluntarios y convenios de conservación y protección de la microcuenca. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS ARTÍCULO 7.- La Junta Administradora de Agua y Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros: a.- Fundadores; y, b.- Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el Acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios. ARTÍCULO 8.- Son derechos de los miembros: a.- Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe. ARTÍCULO 9.- Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO ARTÍCULO 10.- La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS ARTÍCULO 11.- La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados. ARTÍCULO 12.- Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA ARTÍCULO 13.- Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua Potable y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad-honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por

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siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a)(a). b.- Un VicePresidente(a). c.-Un Secretario(a). d.- Un Tesorera(a). e.- Un Fiscal. f.- Dos Vocales. ARTÍCULO 14.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados. ARTÍCULO 15.- Son atribuciones del PRESIDENTE(A): a.- Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario(a) la agenda. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario(a) las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorera(a) todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora. ARTÍCULO 16.-Son atribuciones del VICE-PRESIDENTE(A): a.- Sustituir al Presidente(a) en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General. ARTÍCULO 17.- Son atribuciones del SECRETARIO(A): a.- Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente(a) de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente(a). e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras. ARTÍCULO 18.- Son atribuciones del TESORERA(A): El Tesorera(a) es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente con el Presidente(a), del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente(a) toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad. ARTÍCULO 19.- Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización. 31

ARTÍCULO 20.- Son atribuciones de LOS VOCALES: a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico. c.- Los Vocales coordinarán el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo. ARTÍCULO 21.- Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a. Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO ARTÍCULO 22.- La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia. ARTÍCULO 23.- Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus Funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO ARTÍCULO 24.- Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas; así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas. ARTÍCULO 25.- Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN ARTÍCULO 26.- Causas de Disolución: a.- Por Sentencia Judicial. b.- Por resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó. d.- Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de Disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 27.- El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

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ARTÍCULO 28.- PRIMERO: Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE ___________________________________, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización , a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. TERCERO: LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD _____________________________________ se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación Y Descentralización, Indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD ___________________________________, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE _________________________________, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. Extendida en la Comunidad de ______________________________, Municipio de __________________, a los ______________ (___) días del mes de _________________ de dos mil __________ (______).

---------------------------------------------Nombre Firma y sello_ Secretario(a) Junta Administradora de Agua 33

Anexo 11 REGLAMENTO GENERAL DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA DE __________________________________ CAPITULO I. OBJETIVOS Artículo 1. Propósito del Reglamento. El presente Reglamento tiene el propósito de normar y regular la creación, organización y funcionamiento de La Junta Administradora de Agua de la comunidad de ______________________________________ del Municipio de ______________________________Departamento de _________________________, de aquí en adelante denominada Junta, señalada en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, como titular de los servicios administrados por esta y será aplicado al sistema de agua de la comunidad, para asegurar el mantenimiento y la sostenibilidad. Artículo 2. Objetivos del Reglamento Son objetivos del presente Reglamento: 1. Aplicar la regulación y control de la prestación de los servicios por parte de las Junta; 2. Propiciar el entendimiento y aplicación de los principios sobre calidad de prestación, tarifas, participación ciudadana, protección ambiental, derechos y obligaciones de usuarios, y, derechos y obligaciones de la Junta. 3. Orientar la constitución y organización de la Junta y la eventual reestructuración, para facilitar el cumplimiento de la Ley Marco y de su Reglamento General así como de las Disposiciones derivadas de su personalidad jurídica y las que emanen de la Secretaria de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CAPITULO II. DE LAS DEFINICIONES Artículo 3. Definiciones. En el presente Reglamento, los términos que a continuación se expresan, tendrán el siguiente significado: Abonado o Usuario Doméstico: Es la persona natural o jurídica que es propietaria, o poseedora de inmuebles receptores del suministro del servicio de agua. Asamblea de Usuarios: Reunión de los usuarios de una Junta, convocada para tratar asuntos relacionados con la gestión, operación y el mantenimiento del sistema. Conexión Clandestina: Instalación no autorizada por la Junta, que se hace para beneficiarse del servicio con la intención de no pagar las tarifas correspondientes. Conexión Domiciliaria de Agua: Conjunto de tuberías y accesorios que permiten el ingreso de agua potable desde la red de distribución hacia las instalaciones internas del inmueble. Contrato de Servicio: Documento contractual de suministro del servicio en cuestión, que suscribe la Junta con cada uno de los usuarios. Recibo por Servicio: Es el comprobante de pago emitido por la Junta que entrega al usuario, por razón del suministro de agua. Junta Administradora de Agua: Organización social por cuyo conducto las comunidades propietarias de los sistemas de agua potable, ejercen sus derechos y/o relacionado a la operación y mantenimiento de los mismos. Junta Directiva: Órgano ejecutivo de la Junta Administradora de Agua. Mecanismo de Compensación por Servicios Ecosistémicos: es la modalidad adoptada para financiar, ejecutar y coordinar acciones con el propósito de solucionar la presión social y el deterioro en la microcuenca proveedora de agua. Microcuenca: El área de captación de agua lluvia que abastece a las boca toma o represas del sistema de agua. Tarifa. Pago o monto realizado por los abonados o usuarios de manera por el suministro de agua el cual fue aprobado por la Asamblea de usuarios, y será utilizado para costos administrativos. CAPITULO III. DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Artículo 4. Del Propósito de la Junta. La Junta, es un mecanismo de participación ciudadana y de autogestión de los servicios públicos a nivel de Comunidad de Bonilla, Corresponde fundamentalmente a la Junta, la operación, mantenimiento y administración de los sistemas de abastecimiento de agua y saneamiento de las comunidad de Bonilla 34

Artículo 5. Del Objeto de la Junta. a. Elaborar y someter a la asamblea general para su aprobación el plan de trabajo, plan de acción y presupuesto anual. b. Operar, mantener y administrar el sistema de agua para el adecuado abastecimiento a la población. c. Promover la participación de la comunidad en todas las actividades que requiera la sostenibilidad del sistema. d. Promover el aumento de cobertura del servicio de agua en su localidad; e. Coadyuvar a promover la educación en salud y correcto uso del agua; f. Promover y vigilar la conservación y protección comunitaria de las microcuencas que alimentan de agua al sistema a través de un mecanismo de compensación por servicios ecosistémicos que facilite el manejo ordenado (gobernanza hídrica) de las fuentes de agua en el territorio. Artículo 6. De los Estatutos. La Junta posee sus propios Estatutos para ajustarse a las condiciones locales. Artículo 7. De los Órganos. Las Juntas tienen los órganos siguientes: a. Asamblea de Usuarios; b. Junta Directiva y; c. Comités de Apoyo: -Saneamiento Básico -Microcuenca -Operación y Mantenimiento -Vigilancia Artículo 8. De la Asamblea de Usuarios. La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la Junta, expresa la voluntad de sus miembros y tendrá las atribuciones y funciones indicadas en sus estatutos. En particular le corresponde: a. Elegir a los miembros de la Junta Directiva y de los Comités de Apoyo; b. Aprobar las tarifas, cobros por servicios, multas por infracciones, y, derechos de conexión; c. Aprobar la propuesta de la Junta Directiva sobre los planes de trabajo y acción, presupuesto anual y conocer de la ejecución presupuestaria del año vigente; d. Conocer del informe anual de rendición de cuentas de la Junta Directiva; e. Autorizar la gestión de fondos para ampliaciones y mejoras por parte de la Junta Directiva; f. Autorizar los proyectos y obras para ampliaciones y mejoras; g. Velar por el cumplimiento de las Normas de Calidad del Agua y; Artículo 9. Del Mandato de los Miembros de la Junta Directiva. El período de los miembros de la Junta Directiva será de dos (2) años, y podrán ser reelectos por una sola vez en periodos sucesivos, además podrán ser reelectos nuevamente en periodos alternos y desempeñarán sus cargos, ad honórem. Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere: a. Ser hondureño (a), en el pleno goce de sus derechos civiles; b. Ser residente en la comunidad, usuario (a) de los servicios y estar al día con sus pagos; c. Saber leer y escribir; d. Ser de reconocida solvencia moral; e. Que sea mayor de 18 Años o menor legalmente representado, y; f. Estar físicamente presente en la elección. Artículo 10. De las Atribuciones de los Miembros de la Junta Directiva. Las atribuciones de los miembros directivos están descritas y detalladas en los Estatutos de la Junta, y son aplicables conforme su pertinencia y responsabilidad. Artículo 11. De los Comités de Apoyo. La junta tendrán los siguientes Comités de Apoyo: 35

a. Comité de Saneamiento Básico; b. Comité de Microcuencas; c. Comité de Operación y Mantenimiento, y; d. Comité de Vigilancia. Los comités apoyaran la gestión de la Junta Directiva en los espacios de concertación existentes al nivel comunitario, municipal, regional y de cuenca. Los coordinadores y las funciones específicas de cada comité están establecidos en los estatutos. Los comités se complementarán con otros directivos o miembros de la comunidad según lo amerite el Plan de Trabajo Anual, dichos miembros serán nombrados en reunión de Asamblea. CAPITULO IV .DE LAS CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Artículo 12. Calidad del Agua. La Junta ejecutará de manera directa o a través de terceros (UMA Municipal) un control de calidad del agua de manera periódica a efecto de facilitar el suministro apropiado de agua. En caso de producirse una falla en la calidad del agua, fuera de los límites establecidos por las normas, la Junta deberá informar de inmediato a los usuarios las medidas a adoptar e informar y gestionar apoyo ante la Municipalidad y la Secretaría de Salud, para resolver el problema. Artículo 13. Conexiones Domiciliarias. Las conexiones para el abastecimiento de agua, serán realizadas únicamente por el personal de la Junta o personas autorizadas por ella. El costo de las conexiones será pagado por el solicitante. Artículo 14. Red Interna. El diseño, construcción, operación y mantenimiento de la red interna en el inmueble, será responsabilidad del usuario. La Junta podrá asistir al usuario en la identificación de fugas internas y reparaciones menores de grifos y aparatos sanitarios, como parte de la ejecución del control de fugas y reducción del desperdicio de agua. Artículo 15. Solicitud de Servicio. El solicitante de servicio, o el usuario con conexión existente, debe presentar a la Junta, una solicitud de servicio, en los casos siguientes: a. Nuevas conexiones de abastecimiento de agua, en inmuebles que no cuentan con tales servicios; b. Cuando en un inmueble se subdivida la propiedad; c. Cuando se produzca un cambio en el uso del inmueble o unidad de consumo; d. Cuando se produzca un cambio en la propiedad del inmueble; y, e. En cualquier otra situación donde a juicio de la Junta amerite que la persona interesada presente una solicitud. Artículo 16. Suspensión de Servicio. La Junta podrá suspender el servicio como sanción al usuario. En este caso, se procederá a rehabilitar el servicio, una vez que se pague lo adeudado, los recargos correspondientes, el costo de la reconexión y cumplidas las sanciones que dieron lugar a la suspensión. La Junta restaurará el servicio dentro de las siguientes veinticuatro (24) horas posteriores a la presentación de la solicitud y la copia del comprobante de pago. También son causas que justifican la no continuidad de un abonado en el sistema: a) La Muerte b) Por Cambio de Domicilio c) Por Amenaza a Muerte d) Por Voluntad Propia del Socio e) Por Incumplimiento del Reglamento CAPÍTULO V. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS Artículo 17. Derechos de los Usuarios.

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Todo propietario cuyo inmueble esté localizado dentro de los límites del área servida por el sistema de agua, tiene derecho a suscribir con el Presidente de la Junta Directiva un contrato de servicio, el que deberá contemplar por lo menos: i) las condiciones de la prestación de servicio; y, ii) los procedimientos administrativos para presentar reclamos y otros trámites. Una vez suscrito el contrato de servicio, el usuario tiene derecho a: a. Gozar del servicio de agua cuando esté disponible, de acuerdo a las condiciones establecidas en los estatutos aprobados por la Asamblea y en la forma más eficiente posible; b. Recibir aviso oportuno de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe; c. Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios y; d. Participar en la Asamblea de Usuarios y ser candidato a cargos de la Junta Directiva. e. Cada usuario tendrá derecho a uno y hasta dos pegues (Topes) de agua de acuerdo a la cantidad de días trabajados y no podrán ser vendido a otras personas. Artículo 18. Obligaciones de los Usuarios. Son obligaciones del Usuario las siguientes: a. Cumplir con los requisitos de acceso a los servicios, con las especificaciones técnicas y demás requerimientos señalados para las conexiones, al sistema de agua; pagando el derecho de conexión y cubriendo los costos de la red interna; b. Utilizar el agua y las instalaciones para el destino exclusivamente autorizado; c. Acatar estrictamente las disposiciones relacionadas con comportamientos que contravengan el uso autorizado o el goce adecuado de los servicios de agua. d. Pagar puntualmente el valor de la factura por el servicio de agua dentro de los diez primeros días del mes siguiente. El usuario que adeudare dos meses será considerado en situación de mora; e. Mantener la red interna del inmueble en condiciones adecuadas y notificar al fontanero o a un miembro de la Junta Directiva problemas relacionados con fugas internas y externas; f. Pagar las multas a que se haga acreedor por infracciones cometidas en el uso del servicio; g. Adoptar las medidas de saneamiento básico promovidas por la Junta; h. Colaborar en actividades y proyectos aprobados por la Asamblea de Usuarios; i. Aceptar y desempeñar los cargos para los que fueron electo; j. Asistir Puntualmente a las reuniones ordinarias y Extraordinarias; k. Construir su propia pila de almacenamiento de agua para evitar derrames; l. Contar con su letrina, y garantizar el uso y mantenimiento adecuado; m. Cumplir con toda las disposiciones del Reglamento Interno. CAPÍTULO VI. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA JUNTA Artículo 19. Derechos de la Junta: a. Cobrar de acuerdo a la modalidad del servicio prestado y a las tarifas establecidas; b. Cobrar por conexiones, reposiciones del servicio, y otros servicios operativos similares, de acuerdo a las tarifas establecidas; c. Ejercer el control y custodia de las instalaciones y las redes externas destinadas a la prestación del servicio; d. Suspender el servicio a usuarios morosos, con dos facturas consecutivas sin pago; previo aviso de corte por escrito, avisándole que se procederá a la suspensión del servicio si no efectúa el pago o establece un arreglo de pago en los próximos 10 días después de recibido el aviso de cobro. e. Desactivar conexiones de servicio no autorizadas o fraudulentas, así como, el derecho a recibir compensación por daños causados; sin perjuicio de las acciones legales que se puedan interponer. f. Gestionar apoyo de la Municipalidad, en las acciones necesarias para trámites legales y Administrativos, la ejecución de obras y mejoras de los servicios; g. Aplicar, cuando se comprobare violación de las obligaciones de los usuarios previo descargo las sanciones correspondientes, sin perjuicio de formular las denuncias pertinentes ante las Autoridades respectivas, en el 37

caso de comprobarse el incumplimiento a las normas de protección y conservación del medio ambiente (como tala y quema del bosque, contaminación de aguas superficiales, provocar incendio, caza y tráfico ilegal de especies) de la microcuenca o daño a las instalaciones; h. Aprobar arreglos de pago con los usuarios en mora, cuando se considere que el caso en particular lo amerite. La Junta podrá autorizar el pago de la deuda contraída en especie o mano de obra para operación y mantenimiento del sistema, y/o protección y conservación de la microcuenca. i. Aplicar las multas por infracciones cometidas por los usuarios. Artículo 20. Obligaciones de la Junta: a. Facilitar la mejor calidad en la prestación del servicio. b. Administrar los recursos económicos de forma transparente y con las mejores prácticas aceptadas por la asamblea, llevando los registros respectivos de control interno, de manera ordenada y segura. c. Suscribir con cada nuevo usuario un contrato de servicio de acuerdo a las disposiciones aprobadas en Asamblea. d. Informar, amplia y oportunamente a los usuarios, los cortes y racionamientos programados del servicio y sobre las variaciones de calidad y continuidad, con indicación de las causales de tales eventos, el tiempo estimado de persistencia, los correctivos que se aplicarán y las medidas a adoptar. e. Comunicar a los usuarios, toda propuesta de modificación de la tarifa, que posteriormente será sometida para aprobación por la Asamblea de usuarios. f. Llevar un registro de peticiones, quejas y recursos presentados por el usuario o por sus representantes; g. Atender la solicitud de los usuarios, para la detección de fugas no visibles en la red interna de los inmuebles, sin obligación de reparar o reconstruir a costo de la junta las instalaciones intervenidas (paredes, piso, techos u otras), realizadas para la localización de la fuga. La Junta Directiva, efectuara el cobro del servicio brindado. CAPÍTULO VII. DEL MECANISMO DE COMPENSACION POR SERVICIOS ECOSISTEMICOS Artículo 21. Objetivo del Mecanismo de Compensación. El objetivo del mecanismo es que la Junta implemente a través del comité de microcuenca las actividades legales y técnicas que contribuyan a la conservación y protección de la microcuenca que suministra el agua a la comunidad en cantidad y calidad. Artículo 22. Actividades a Compensar La Junta a través del comité de microcuenca podrá gestionar, acordar y compensar entre otras las siguientes actividades para la protección y conservación de la microcuenca: a. Incentivos para mejores prácticas comunitarias tales como agroforestería, agricultura y ganadería ambientalmente amigable, regeneración natural, recuperación de tierras degradadas. b. Construcción de obras para reducir la contaminación ambiental: cercos, aguaderos, muros de protección, pozos de infiltración, pozos para residuos sólidos, composteras, entre otros. c. Participación en la vigilancia de las áreas de conservación. d. Actividades de combate y control de incendios, participación en cuadrillas contra incendios, podas, rondas corta fuego, etc. e. Inversiones en compra de tierras. f. Gestionar la declaratoria de microcuenca. g. Promover la capacitación comunitaria en temas de conservación. Artículo 23. Medio de Financiamiento de las actividades a compensar Las actividades serán financiadas conforme el Plan de Acción y Plan de Trabajo específico y con base en las prioridades establecidas por la Asamblea de Usuarios. Se creará el Fondo Ambiental con las aportaciones del (15%) de la tarifa, establecido en el artículo 30 de este Reglamento. Artículo 24. Exclusividad de Los Fondos Los aportes que se reciban al Fondo Ambiental del porcentaje de la tarifa como de otras fuentes destinadas para el mismo, serán de uso exclusivo para los objetivos y las actividades listadas en los artículos precedentes. El 38

miembro o miembros de la Junta que autoricen su uso y destino diferente serán sujeto de las sanciones establecidas para las faltas graves señaladas en el reglamento de Infracciones, sanciones y reclamos. Artículo 25. Otras Fuentes de Financiamiento El Fondo Ambiental del mecanismo podrá tener otras fuentes de financiamiento, como son las donaciones particulares, de organismos internacionales, nacionales, herencias, legados, contribuciones personales, de patronatos, escuelas y colegios de educación, préstamos con la banca local siempre y cuando el monto e intereses no ponga en riesgo el patrimonio de la Junta. Todas las fuentes deberán ser aprobadas por la Asamblea de Usuarios. Artículo 26. Aportaciones en especie al Fondo Ambiental Podrán ser contabilizadas como aporte al Fondo Ambiental del mecanismo aquellas actividades en especie y no solo en el orden monetario que contribuyan a la protección y conservación de la microcuenca. Entre otras se pueden listar las siguientes. a. Aportaciones de materiales y suministros para construcción y protección de las fuentes de agua en la microcuenca. a. Mano de obra en actividades de protección, conservación y vigilancia, como compensación y/o arreglo de pago de situación de mora. Ello será contabilizado como jornal diario en base a los precios de la zona. Artículo 27. Aportaciones en especie a la microcuenca provenientes de otras fuentes b. Actividades de sensibilización ambiental dirigidas al empoderamiento comunitario sobre el uso sostenible de los recursos naturales en la microcuenca. c. Inversiones provenientes de organizaciones con acciones dentro y en las áreas de influencia de la microcuenca. Artículo 28. Medios y Acuerdos Legales La Junta, previo la aprobación de la Asamblea de Usuarios podrá establecer y suscribir acuerdos orientados a la sostenibilidad y financiamiento del Fondo Ambiental, la protección y conservación de la microcuenca, con particulares personas naturales, jurídicas o miembros de la Junta. Los mismos se formalizaran a través de la suscripción de cartas de entendimiento, convenios, acuerdo o contratos, siempre y cuando no representen riesgo para el patrimonio de la Junta. No podrán contener clausulas ni estipulaciones que contravengan el objetivo y formas de financiamiento del fondo. Artículo 29. Integración a Formaciones Institucionales La Junta previo aprobación de la Asamblea de Usuarios, podrá suscribir acuerdos de coordinación e integración a formaciones institucionales como Asociaciones de Juntas de Agua a nivel comunitario, microcuenca, municipal, departamental y nacional. Sus intereses y objetivos deberán ser compartidos y orientados a la protección de los recursos naturales del área de interés. CAPÍTULO VIII. DE LA TARIFA Artículo 30. Tipos de Usuarios y Tarifas Diferenciadas Existen los siguientes tipos de usuarios. a) Usuario Doméstico, es todo usuario o abonado cuya conexión domiciliaria de su inmueble es para abastecimiento de las necesidades diarias domésticas, el cual tendrá una tarifa de Lps._____________mensuales. b) Usuario Comercial, es el usuario o abonado persona natural o jurídica cuyo inmueble hace uso o abastecimiento adicional al uso doméstico y está ligado a una actividad comercial, (hoteles, restaurantes, comedores, glorietas, pensiones, alquiler de habitaciones en un mismo inmueble, servicio de lavado de carros, entre otros) el cual tendrá una tarifa de Lps._________mensuales. c) Usuario Agro industrial, es todo usuario cuyo bien inmueble hace uso del agua para fines agrícolas o de agro industria, procesamiento o industrial. (Riego, ganadería, construcción, fabricación de bienes y/o productos, el cual tendrá una tarifa de Lps._________mensuales. Por llave adicional que sea para otros servicios como ser: Hoteles, Restaurantes, Comedores, Talleres u otros para uso Comercial pagaran el 50% del costo de la tarifa actual. 39

Artículo 31. Costos de la Tarifa El régimen tarifario está compuesto en sus diferentes tipos de usuarios por los siguientes costos diferenciados. a. Costos administrativos como son: (personal, papelería, gastos de viaje. alquiler, pagos servicios públicos, teléfono energía, agua). b. Costos de operación y mantenimiento como son: (materiales, equipo y herramientas, suministros, fontanero). c. Costos de Protección y conservación de la microcuenca como son: (actividades de educación ambiental y sanitaria, reducción de contaminación, control de incendios y vigilancia entre otras). d. En forma particular a los usuarios también se les incluirá las multas y recargos que les aplicara la junta directiva. Artículo 32. Vigencia de las Tarifas. Las tarifas aprobadas por la Asamblea podrán tener como mínimo una vigencia de un año. Vencido este término se deberá proceder a su revisión. Artículo 33. Cargos Adicionales. La Junta cobrará por todas las tareas y trabajos que realice en el desempeño de sus funciones y que se relacionen con el Usuario. Los cargos colaterales o tasas por servicios especiales correspondientes, incluyen: a. Instalación y reubicación de conexiones; Lps ___________ b. Desinstalación de conexiones; Lps ________ c. Derecho de conexión; Lps ________ d. Detección y reparación de fugas intra-domiciliarias; Lps ________ e. Conexiones para los Nuevos socios que quieran ingresar al sistema pagaran una cantidad de Lps.___________ f. Todo socio Ingresado que sea de la Comunidad al sistema de agua pagara una aportación de Lps __________ más el Trabajo en el Proyecto. g. Todo aquel Socio ingresado que no sea de la Comunidad pagara una aportación de Lps ___________ más el trabajo en el proyecto Artículo 34. Derechos de Conexión. a. Toda persona que solicite la prestación del servicio pagará un derecho de conexión, así: b. En caso que el solicitante hubiere participado con el aporte comunitario destinado a financiar en parte el costo de la obra, dicha contribución será considerada como pago del derecho de conexión; c. Cuando el solicitante fuese un vecino que no haya participado en la construcción de la obra, pagará un derecho de conexión, que será por lo menos el equivalente al doble de la participación que le hubiere correspondido; y, d. En caso que el solicitante se haya incorporado a la comunidad con posterioridad a la realización de la obra o construya una nueva vivienda, al solicitar la conexión deberá pagar el equivalente del monto de la participación que le hubiere correspondido, al costo actual. Artículo 35. Divulgación y conocimiento del Pliego Tarifario. La Junta tendrá a la vista de los usuarios, el pliego tarifario de los servicios que presta. Artículo 36. Estado de Cuenta del Usuario. La Junta tiene la obligación de brindar información oportuna y veraz del estado de cuenta de los pagos y/o deudas al usuario que lo solicite. Artículo 37. Destino de los Ingresos. Los ingresos derivados de los servicios de agua se invertirán en actividades relacionadas con esos servicios conforme la siguiente distribución y porcentajes: a) Costos administrativos: 35%, b) costos de operación y mantenimiento: 50%. c) Costos de Protección y conservación de la microcuenca: 15%. Queda terminantemente prohibido el uso de los fondos de la Junta para financiar directa o indirectamente otras actividades o campañas políticas. Queda a criterio de la Junta proponer y sujeto a aprobación de la Asamblea modificar o reasignar recursos de manera temporal de los costos administrativos y costos de operación y mantenimiento. 40

Artículo 38. Gastos de Viaje. La Junta hará el pago correspondiente cuando un miembro de la Junta Directa u otro abonado por asignación, realice tareas y funciones relacionadas a la administración y gestión de la misma. En el caso de viajes para trámites relacionados a la gestión de la Junta, se dará un estipendio para pago de transporte, alimentación comunicaciones, y estadía cuando corresponda bajo los siguientes términos. La ciudad de _________________ no incluye estadía Lps___________. En las siguientes ciudades el estipendio y monto es diario. La ciudad de Tegucigalpa Lps. ________La ciudad de Santa Rosa de Copan Lps_______ y San Pedro Sula__________ CAPÍTULO IX. DISPOSICIONES FINALES Artículo 39. Generalidades Todo lo no previsto en el presente Reglamento, estará regido por la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, su Reglamento General y demás Reglamentos; por el Código de Salud; la Ley General del Ambiente; la Ley de Municipalidades; y, demás Leyes aplicables, así como sus Estatutos. Artículo 40. Otros Reglamentos Lo pertinente a Infracciones, Sanciones y Reclamos estará regulado en el Reglamento específico, de conformidad con los objetivos, principios y alcance de los Estatutos y el presente reglamento de la Junta. Comunidad de ___________________________, ______ de ____________________________ del 20_____

Firma Presidente(a)

Firma Secretario(a)

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Anexo 12 REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES Y RECLAMOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA DE COMUNIDAD ________________________________________________________________________________ CAPITULO I. OBJETIVOS Artículo 1. Propósito del Reglamento. El presente Reglamento tiene el propósito de normar y regular los procedimiento de establecimiento de infracciones, sanciones y reclamos de los usuarios y/o abonados de La Junta Administradora de Agua de la comunidad de Bonilla del Municipio de –Gracias Departamento de Lempira de aquí en adelante denominada Junta, señalada en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, como titular de los servicios administrados por esta y será aplicado al sistema de agua de la comunidad. Artículo 2. Objetivos del Reglamento Son objetivos del presente Reglamento: 1. 1. Establecer el tipo de infracciones y régimen sancionatorio de las mismas , para los usuarios de la Junta de Agua Comunidad de Bonilla como incumplimiento de sus derechos y obligaciones ; 2. 2. Establecer el tipo de infracciones y régimen sancionatorio de las mismas, para los la Junta de Agua como incumplimiento de sus derechos y obligaciones; 3. Disponer e procedimiento de atención de reclamos ante la Junta Directiva de la Junta. CAPÍTULO III. DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES A LOS USUARIOS Artículo 3. Infracciones Leves. Son aquellas acciones del Usuario que contravienen las disposiciones de este Reglamento en cuanto al uso adecuado y autorizado de los servicios, pero que no representan perjuicio serio a los derechos o a la propiedad de la Junta, ni al buen funcionamiento de la infraestructura y los servicios. Artículo 4. Infracciones Graves. a. Incurrir en mora en dos (2) pagos vencidos consecutivos de los servicios. b. Comercializar el agua sin autorización expresa de la Junta; b. Extender el servicio a terceros sin autorización de la Junta; c. Manipular las instalaciones hidráulicas del sistema de agua d. Manipular, alterar o dañar la conexión, de la red al inmueble e. Impedir a los trabajadores de la Junta, el acceso al interior de la propiedad con el previamente notificado y con justificación a propósito de efectuar inspecciones de rutina, evaluaciones y pruebas o la actualización del catastro; f. Hacer uso del agua en una categoría de usuario o abonado diferente a la contratada. g. Hacer derivaciones o conexiones de las tuberías de un inmueble a otro, aunque los inmuebles pertenezcan a un solo propietario; h. Rehabilitar un servicio suspendido por la Junta; i. Dejar de informar oportunamente del cambio del tipo de actividad en el inmueble, que signifique un cambio en la categoría del servicio y un cambio de la tarifa; j. Emplear cualquier mecanismo para forzar la extracción de agua de la conexión de abastecimiento de agua con cualquier propósito; k. Hacer uso irracional e inadecuado del servicio de agua, que signifique desperdicio del mismo; l. Utilizar los servicios contratados por el propietario anterior del inmueble, sin informar a la Junta; m. Desatender las indicaciones de la Junta para adecuar las instalaciones internas; n. Cometer cualquier acto doloso o culposo que de alguna manera obstruye, interrumpe o destruye tuberías o instalaciones de agua, o que vaya en detrimento de los derechos de la Junta u otros usuarios de los servicios; y, 42

o. Derrochar el agua por mal funcionamiento de las instalaciones internas. Artículo 5. Infracciones muy Graves. Corresponden a esta clase, las siguientes infracciones: a. Reconectar en forma reincidente, un servicio suspendido por la Junta; b. Realizar conexión clandestina a las redes del servicio; c. Producir daños intencionales a las instalaciones del servicio o de sucesivas reincidencias en las demás infracciones, en este caso perderá los derechos de usuario; y, e. Amenazar la integridad física de cualquier miembro o representante autorizado de la Junta, derivada de la aplicación de este Reglamento, De toda infracción grave y muy grave debidamente comprobada, se hará la anotación marginal de la misma, en el Libro de Registro de Usuarios. Artículo 6. Sanciones. La Junta podrá imponer las siguientes sanciones a los usuarios por infracciones al presente Reglamento: a. Amonestación. En caso de infracciones leves y por primera vez. No se aplicará ningún cargo o multa; b. Suspensión Temporal de los Servicios. Será aplicable en el caso de infracciones graves. Adicionalmente se impondrán las multas establecidas en la resolución anual de la Asamblea de Usuarios sobre tarifas; y, que consiste en Lps_________ c. Clausura del Servicio. El Servicio será clausurado cuando ocurran infracciones muy graves. La Junta impondrá las multas establecidas oficialmente. El servicio también podrá ser clausurado si la suspensión temporal, continúa por espacio de cinco (5) meses continuos, sin que la causa que originó la sanción haya sido eliminada por el Usuario y/o los adeudos hayan sido pagados. Sin perjuicio de lo establecido en este Artículo, la Junta Directiva está facultada para: a. Proceder al desmantelamiento por cuenta del infractor, de las conexiones e instalaciones clandestinas y al decomiso de los materiales usados en las mismas; b. Realizar por cuenta del infractor, las obras necesarias para colocar las instalaciones en condiciones reglamentarias; y, c. Realizar las acciones legales pertinentes para el cobro de las deudas contraídas por los infractores y obtener la reparación de los daños y perjuicios. Artículo 7. Recurso del Usuario. Cuando ocurran infracciones graves y muy graves, la Junta oirá previamente al infractor, antes de imponer la sanción. La Junta realizará dos (2) intentos por escrito para requerir al infractor a que se haga presente en el lugar y hora señalada en el citatorio. Si los intentos por localizar al Usuario resultaran infructuosos o si este no se hiciera presente, se procederá con la clausura temporal del servicio. Artículo 8. Reparaciones por cuenta del Usuario. La imposición de la multa, no exime al Usuario de la obligación de efectuar las reparaciones que correspondan por su cuenta o de restituir los perjuicios ocasionados y el pago de los saldos en mora, multas y cualquier otro cargo que se origine a causa de la infracción. Artículo 9. Rehabilitación del Servicio. La rehabilitación de un servicio suspendido, solo procederá cuando el Usuario haya enmendado los daños ocasionados y las obligaciones generadas hayan sido pagadas. CAPÍTULO IV. DE LAS INFRACCIONES COMETIDAS POR LA JUNTA DIRECTIVA Y SUS SANCIONES Artículo 10. Infracciones de la Junta Son infracciones de la Junta Directiva: a. c. Interrupciones injustificadas en la prestación del servicio; b. Incumplimiento del régimen tarifario establecido en el presente reglamento; c. Negativa a proporcionar información a los usuarios en los términos de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 43

Artículo 11. Sanciones y Multas por Infracciones de la Junta. Las infracciones cometidas por la Junta, serán sancionadas con multas que impondrá la Asamblea de Usuarios a consideración de la gravedad de la infracción, CAPÍTULO V. DEL PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A RECLAMOS DE USUARIOS Artículo 12. Procedimiento para Reclamos. El procedimiento para evacuar los reclamos es: a. Presentación por parte del usuario, del reclamo ante la junta directiva; b. Tramitación del reclamo; c. Resolución; y, d. Notificación al usuario de la resolución Artículo 13. Registro de Reclamos. La Junta Directiva, llevará un Registro detallado de todos los reclamos y solicitudes presentadas, así como de las gestiones y resultados en cada caso. El asiento del Registro debe contener la siguiente información: i) motivo del reclamo, petición o recurso; ii) fecha de presentación y medio utilizado; iii) el tiempo que le tomó a la Junta resolver lo solicitado; y, iv) la respuesta dada al peticionario. Esta información debe estar disponible para consulta de cualquier persona natural o jurídica que tenga un interés legítimo. Artículo 14. Otras Disposiciones en atención de Reclamos. La Junta Directiva, adicional al registro anterior deberá atender los lineamientos siguientes: deberá a. Llevar un registro de anomalías del servicio e informar a las autoridades competentes, inmediatamente después de una situación anormal que afecte o pueda poner en riesgo la salud pública; b. Establecer mecanismos eficientes para la solución de los conflictos que puedan surgir con los usuarios, quienes deberán recibir un trato respetuoso y sin discriminaciones; c. Atender a los usuarios con referencia a las consultas y reclamos que formule, sobre deficiencias observadas en la construcción, ampliación o reparación del sistema por cobros injustificados o mala atención, por conducta abusiva, inapropiada o negligente de cualquier representante, dependientes o contratistas de la Junta o cuando incurrieren en cualquier conducta irregular u omisión que afecte o menoscabe sus derechos; y, cuando la calidad del agua y de los servicios sea inferior a la establecida; CAPÍTULO V. DISPOSICIONES FINALES Artículo 15. Generalidades Todo lo no previsto en el presente Reglamento, estará regido por la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, su Reglamento General y demás Reglamentos; por el Código de Salud; la Ley General del Ambiente; la Ley de Municipalidades; y, demás Leyes aplicables, así como los Estatutos y respectivo Reglamento General de la Junta de Agua de la Comunidad de Bonilla. Comunidad de ___________________________, ____de ______________ de 20___

_____________________________

____________________________

Firma Presidente(a)

Firma Secretario(a)

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Anexo 13

Información sobre Gestión de la Junta Administradora de Agua 1. Datos Generales Nombre de la Junta Administradora de Agua

Fecha:

/

/

Comunidades abastecidas por el sistema Municipio

Departamento

Microcuenca: 2. Personalidad Jurídica Número de Personalidad Jurídica Fecha en que obtuvo la Personalidad Jurídica Número de Registro de URSAC 3. Población y Vivienda Población total de la comunidad Total de viviendas en la comunidad

Habitantes: Viviendas:

4. Establecimientos Públicos o Comunitarios Establecimiento Cantidad Kínder

Establecimiento Iglesia, Ermita o Centro de Oración

Escuela

Salón Comunal

Colegio

Centro de Salud

Centro Básico

Oficinas de Gobierno

5. Miembros de la Junta Administradora de Agua Cargo Nombre Presidente(a)

Identidad

Cantidad

Teléfonos

VicePresidente(a) Secretario(a) Tesorera(a) Fiscal Vocal I Vocal II Fontanero Fecha Elección de la JAA

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6. Miembros de los Comités de apoyo Cargo Comité de Saneamiento Básico Coordinado por Vocal I Comité de Microcuenca

Nombre

Identidad

Teléfono

Coordinado por Vocal II Comité de Operación y Mantenimiento Coordinado por Fontanero 7. Cuanto se invirtió en la construcción del sistema de agua Aporte para construcción de obras Obra Costo Fecha de Comunidad Municipalidad Otros Construcción (Monto) (Monto) Monto Nombre Represa Tanques Línea de Conducción Red de Distribución

Vida útil esperada del diseño:

20 años

25 años

8. Costo por Servicio de Agua Potable Tarifa que Pagan Actualmente Tarifa que la directiva de JAA debería proponer a la asamblea para cubrir costos para mejorar el funcionamiento sistema

30 años

Lps/mes Lps/mes

Saldo en caja: Lps. ___________ Saldo en cuenta bancaria: Lps._________ Fecha:____________

9. Conexiones del Sistema de Agua Total de abonados Número de abonados con pagos al día Número de abonados exentos de pago Número de abonados morosos Número de conexiones clandestinas detectadas

Abonados: Abonados: Abonados: Abonados: Conexiones:

46

10. Aplicación de Métodos de Tratamiento de Agua para Consumo Humano Método Cloración en el tanque Cloración en la vivienda Filtrado en la vivienda

No. de casas Ninguno Otro______________________________

11. Continuidad del servicio de agua Sector/Barrio del Sistema

Días a la semana que se da el agua

Horas al día que se da el agua

Número de conexiones

Total de conexiones 12. Sistema de Alcantarillado Comunitario No. de Viviendas conectadas al sistema de Alcantarillado Sanitario No. de Viviendas con letrina de fosa simple No. de Viviendas con letrina lavable Total 13. Captación y Distribución Cantidad total de agua en la fuente Cantidad de agua extraída en la toma para el sistema de agua Cantidad de agua en la salida de tanque de distribución

Viviendas: Viviendas: Viviendas: Viviendas:

Pulg. Pulg.

Gln/seg.: Gln/seg.:

Pulg.

Gln/seg.:

14. Protección y conservación de microcuenca Descripción Se cuentan con un plan anual para protección y conservación de microcuenca

SI

NO

Se cuentan con la Declaratoria de microcuenca El comité de microcuenca está organizado y funcionando Los abonados aportan para mantener un fondo de protección y conservación de la microcuenca. Este año se compró parcelas para protección del agua. Área comprada: _______mz. La JAA promueve la compensación por servicios ecosistémicos en la microcuenca. Este año, la JAA firmó convenios para protección de la microcuenca. Número de convenios:_____

47

Las actividades realizadas en la microcuenca incluyen al menos: ____Incendios controlados

Control de Plagas en ____ mz

____km de rondas

Reforestación de _______ mz

____km de Cercado y su reparación

____Giras de vigilancia

Otro:_______________________________

Estado de conservación de la microcuenca

Excelente

Bueno

Regular

Malo

Problemas de contaminación del agua en la toma

Mucho

Regular

Poco

Nada

Otros:

________________________________________ Presidente (a) JAA

48

Anexo 14 SE PRESENTAN ESTADOS FINANCIEROS E INFORME DE ACTIVIDADES AÑO _______

Señor Director URSAC Unidad de Registro y Seguimiento de las Asociaciones Civiles Secretaria de Derechos H, Justicia, Gobernación y Descentralización. Su Oficina - Tegucigalpa MDC

Estimado Director URSAC Yo, _____________________________________________, hondureño, mayor de edad, con tarjeta de Identidad No.________________________________, en mi condición de Presidente(a) de la Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la comunidad de ________________________, Municipio de _________________________, Departamento de __________________________, con Personalidad Jurídica No.________________, Registro URSAC No._____________________,

Por medio de la presente remito a Ustedes el Informe de Actividades y Estados Financieros correspondientes al año ______, para dar cumplimiento a las acciones de trasparencia y rendición de cuentas de la Junta Administradora de Agua, según lo ordena el Acuerdo Ejecutivo 770-A-2003 emitido por el Presidente(a) de la Republica en Consejo de Ministros.

Mucho agradeceré tener por recibidos los informes mencionados.

Firmada el día ________ del mes de ____________________del año _________

_________________________ Presidente(a) JAA

49

Junta Administradora de Agua y Saneamiento (JAA) Informe de Actividades realizadas Año ______ Comunidad: __________________

Municipio: _______________ Departamento: _____________ Viviendas: ___________________ Habitantes: _________________ Abonados: _________________ No. Personalidad Jurídica: _________________ No. de Registro URSAC: __________________ A continuación se presentan las actividades realizadas por la Junta Administradora de Agua y Saneamiento: I.

Administración del Sistema

1.

Se realizaron _______ reuniones ordinarias de Junta Directiva durante el año.

2.

La Asamblea General realizó ______ reuniones de planificación y rendición de cuentas.

3.

Se participó en ____ reuniones con organizaciones comunitarias para tratar los temas marcados abajo: Protección de los recursos naturales Mejoramiento del sistema de agua Fortalecimiento de JAA Organización comunitaria

4.

Se participó en _______ reuniones con la municipalidad para tratar los temas marcados abajo: Regulación del agua Gestión de proyectos Capacitación a JAA Transparencia y rendición de cuentas Conflictos por agua Apoyo entre comunidad y municipalidad

II.

Operación y Mantenimiento

5.

Se efectuó la chapea de ______ km a lo largo de la línea de conducción.

6.

Se realizaron ______ jornadas de supervisión de la tubería de conducción para control de fugas.

7.

Se realizaron _______ jornadas de limpieza de la bocatoma.

8.

Los métodos de tratamiento de agua marcados abajo fueron promovidos y se utilizan en la comunidad. Método Cloración en el tanque Cloración en la vivienda

No. de casas Ninguno Otro:________________________________

Filtrado en la vivienda

50

9. III.

Se realizaron _______ campañas de limpieza de basura en el centro de la comunidad. Fortalecimiento de Capacidades

10. Se recibieron _____ capacitaciones en los temas marcados abajo: Protección Ambiental Mantenimiento y Operación Organización Administración y finanzas Planificación Otro:_____________________________________ Legislación Otro:_____________________________________ 11. Instituciones Locales que apoyaron la gestión de la JAA durante el año: Mancomunidad: ____________________________________________________________ Alcaldía Municipal de: ______________________________________________________ ONG:___________________ ONG:___________________ Instituciones del Gobierno Central: ICF Mi Ambiente Otras Instituciones o Empresas: _________________________________ _________________________________

IV.

Proyecto: __________________ Proyecto: __________________

SAG

SALUD

Educación

_________________________________ _________________________________

Protección de Microcuenca

12. Las actividades marcadas abajo se efectuaron para la protección de la microcuenca: Operación de ______ cuadrillas para control de incendio. Vigilancia contra tala y caza ilegal en la microcuenca. Construcción de _______ km de rondas en la microcuenca para protección de incendios. Cercado de ______ km alrededor de la boca toma. Compra de terrenos de _______ mz para protección del agua de la microcuenca. Colocación de ______ rótulos en la zona de microcuenca. Control de plagas en ________ mz de bosque en la microcuenca. Reforestación de ________ mz degradas en la microcuenca. Proceso de Declaratoria de protección de la microcuenca. Prácticas de conservación de suelo. Organización y funcionamiento de mecanismo de compensación por servicios ecosistémicos 51

Firma de _______ convenios con instituciones para apoyar la protección de la microcuenca.

Otro: ______________________________________________________________ Otro: ______________________________________________________________

V.

Junta Directiva de la JAA Cargo

Nombre

Identidad

Teléfono

Presidente(a) VicePresidente(a) Secretario(a) Tesorera(a) Fiscal Vocal I Vocal II Fecha de Elección

Fecha de Presentación de este informe a la Asamblea General _______________________________

_____________________________ Presidente(a) JAA

____________________________ Secretario(a) JAA

52

Anexo 15-A Junta Administradora de Agua de la Comunidad de __________________________

ESTADO DE RESULTADOS

Período : AÑO 2016 1. INFORME DE ABONADOS _ Total de abonados : _ No. de Abonados con pagos al día :

2.

_ No. de exentos de pago : _Morosos :

ESTADO FINANCIERO Ingresos del Año 2016: Tarifa de Agua Conexiones Multas

L. L. L. L.

Egresos del año 2016 Sueldos y Salarios

L. L. L. L.

Materiales para el sistema Gastos de Oficina S A L D O D E L AÑO

(Total Ingresos del año - Total Egresos del año)

Saldo Acumulado a la Fecha Saldo año anterior (2015) Saldo del año actual (2016) Saldo Acumulado Actual

L. L. L.

Conformación del Saldo Acumulado Actual _Saldo en Caja L. _Saldo Cuenta de Banco L. L.

Presidente(a)

Contador Tesorera(a)

53

Anexo 15-B JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE __________________________________ BALANCE GENERAL- 1 DE ENERO, 2017 ACTIVO Activo Circulante Caja Bancos Inventario

PATRIMONIO L. L. L. L.

Activo Fijo Total del Sistema de Agua L. (Obra Toma, Tanques; Tubería) Depreciación acumulada del sistema de agua (vida útil L. de 20 años) Terrenos L.

L.

SUMA DEL ACTIVO

L.

Pasivo Circulante Saldo por Compra de Terrenos Saldo por Prestamos obtenidos Otras Deuda de la Junta de Agua

L. L. L. L.

Capital Contable

L.

Capital social Invertido

L.

Donaciones

L.

Amortización acumulada de las inversiones realizadas Resultado del ejercicio

L. L.

TOTAL PATRIMONIO

(Pasivo + Capital Contable)

L.

Presidente(a) Contador - colegiación No.

Tesorero(a) 54

Anexo 16-A

Junta Administradora de Agua de la Comunidad de _____________________________________________ LIBRO

Fecha

Descripción

DIARIO DE AÑO :______

Comprobante No.

INGRESOS

Tarifas

Folio # :

Conexiones

Otros

Total

55

Anexo 16-B LIBRO

Fecha

Descripción

Comprobante No.

DIARIO DE AÑO :______

Sueldos y Salarios

GRESOS

Gastos de Oficina

Folio # :

Materiales para el sistema

Otros

Total

56

RECIBO DE PAGO TGR-1

Anexo 17

57

RECIBO DE PAGO POR SERVICIOS REGISTRALES

Anexo 18

58

BIBLIOGRAFÍA



Modulo I- Marco Legal e Institucional-Plan de Capacitación de las Comisiones Municipales de Agua y Saneamiento (COMAS), CONASA-2013



Marco Legal e Institucional del Sector Agua Potable y Saneamiento. MANUAL DE CAPACITACION JAAPS-SANAA-2016



Procedimiento para la obtención de Personalidad Jurídica a Juntas Administradoras de Agua, Manual 21 Servicios Públicos. USAID NEXOS-2016.



Manual de Procedimiento para la obtención de la Personería Jurídica de Juntas Administradoras de Agua. ERSAPS-2014

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