Bioseguridad En Cosmetologia 2019.docx

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BIOSEGURIDAD APLICADA A LA ESTETICA Y BELLEZA ACTIVIDAD 1 EVIDENCIA 2 Estudio de caso: “Riesgos ocupacionales en estética y belleza”. “Actividad 1 – evidencia 2” Yesica, es una esteticista que labora en su propio Spa 12 horas diarias de lunes a domingo descansando un día alterno a la semana, ella se encarga de diferentes labores como son: atención asistencial a los usuarios de estética facial y corporal, organización del puesto de trabajo, llamado telefónico a usuarios, asignación de citas en la plataforma virtual del spa, entre otras. Yesica tiene 42 años y lleva 16 años laborando en el spa, un día durante un procedimiento estético manifiesta dolor lumbar incapacitante y queda inmóvil, por lo cual es llevada al servicio de urgencias. No se encontraba afiliada a una ARL (Administradora de riesgos laborales) y tampoco cotizaba a salud ni a pensión. Analice el caso de Yesica y determine: 1. ¿Yesica tiene derecho a que la atiendan en la clínica a donde fue dirigida? Argumente su respuesta.

Ninguna persona debe dejar de ser atendida con oportunidad y calidad en los servicios de urgencias, sin importar su estado o tipo de afiliación al Sistema de Seguridad Social en Salud, o si existe o no relación contractual entre el asegurador y el prestador, según lo establece la Ley Estatutaria de Salud en su artículo 14”, El artículo 14 de la Ley Estatutaria de Salud prohibió la negación de prestación de servicios y estableció que, cuando se trate de una atención de urgencia, no debe solicitarse ninguna autorización previa. Prácticas de esta índole y, en términos generales, las barreras de acceso han sido fuertemente sancionadas por la Superintendencia Nacional de Salud, con mayor énfasis desde la expedición de la Ley Estatutaria de Salud.

2. ¿Por qué es necesario estar afiliado a una EPS y a un ARL, así el trabajo sea como independiente? Argumente su respuesta.

Aunque estar afiliado a riesgos laborales es parte de la seguridad social obligatoria para los empleados, los trabajadores independientes también deben tener protección en cualquier tipo de actividad. Este seguro cubre cualquier tipo de accidente e incidente al que está expuesto el colaborador mientras está trabajando, ya sea en oficina o en campo. Para las empresas es fundamental, no solo en el cumplimiento de las leyes, sino para proteger, conservar y preservar la salud y

seguridad de todos sus empleados, esto “Garantiza que la gente no esté desamparada frente a un accidente o una enfermedad de origen laboral, que ponga en riesgo su salud o su vida. También, atiende emergencias médicas, casos de invalidez o muerte y rehabilitación integral en caso que se requiera”. El 100% del costo de cotización al Sistema de Riesgos Laborales está a cargo de la empresa, a través de pagos realizados a la ARL, si la persona trabaja por cuenta propia, esta debe cotizar de manera independiente. El valor del seguro es proporcional al ingreso. Es un valor económico para el beneficio que se obtiene, porque el cubrimiento de accidentes no necesariamente es única y exclusivamente de lunes a viernes, si la persona tiene que hacer un trabajo en horas adicionales o el fin de semana también está cubierta. La mayoría de los seguros ofrece: -Servicios asistenciales: asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica, hospitalización, diagnóstico y tratamiento, suministro de medicamentos y gastos de traslado necesarios para la prestación de estos servicios. -Prestaciones económicas: indemnizaciones por la pérdida de capacidad laboral, reparación en dinero por los daños causados en lesiones permanentes o a las familias en caso de muerte del empleado. Las ARL pagan pensión de invalidez, pensión de sobrevivientes, incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial y auxilio funerario. Es necesario recordar que en el momento de cualquier vinculación laboral, el trabajador debe contar con la cobertura del Sistema, por eso es importante que esté afiliado al Sistema inmediatamente inicie la ejecución del contrato, porque cuando no se cumple esta obligación desde el primer momento, el empleador se expone a unos riesgos muy altos. Es indispensable tener presente que la cobertura de la ARL inicia al día siguiente de la afiliación, por lo que este trámite debe realizarse con anticipación”

3. Muy seguramente, Yesica recibirá una incapacidad médica, ¿Quién le va remunerar los días que no asistirá al trabajo? Argumente su respuesta.

El pago de incapacidades laborales sustituye al salario durante el tiempo en que el trabajador permanece retirado de sus labores por enfermedad debidamente certificada. No solo se constituye como una forma de remuneración del trabajo, sino como garantía para la salud del trabajador, quien podrá recuperarse satisfactoriamente sin tener que preocuparse por una reincorporación anticipada a

sus actividades habituales con el objeto de ganar, por días laborados, su sustento y el de su familia. El trabajador por cuenta propia se ve seriamente afectado por el tiempo que dure la incapacidad, debido a que los dos primeros días no recibirá el auxilio de incapacidad y solo a partir del tercer día podrá replicar el cobro de la incapacidad a la EPS. Asi mismo se debe tener presente. 1. No se puede descontar de su aporte a salud los días de la incapacidad. Debe aportar el mes completo y será la EPS la que le pague las prestaciones. 2. Para poder cobrar la incapacidad debe haber efectuado sus aportes por mínimo cuatro semanas continuas previas a la incapacidad, cuando se trata de una enfermedad general. 3. Para reclamar debe radicar ante su EPS la solicitud escrita de las prestaciones económicas en los cinco días hábiles siguientes a la expedición de la incapacidad. 4. Desde ese momento la EPS tendrá 15 días hábiles para revisar y liquidar su solicitud. Si la entidad incumple este plazo deberá pagar adicionalmente con intereses de mora. 5. No podrá cobrar una incapacidad cuando fue causada por tratamientos estéticos o excluidos del plan de beneficios, ni por sus complicaciones.

4. Según las actividades de Yesica, ¿a qué riesgos ocupacionales estaba expuesta? Explique y argumente. En este caso y debido a que es un centro de estética ella se enfrentan cada día a numerosos riesgos derivados del trabajo: contacto con productos químicos, el uso de aparatos eléctricos, herramientas afiladas o posturas forzadas entre otros, son algunos de los principales focos de riesgo. De este modo, la lista de riesgos a tener en cuenta en el sector estética es realmente extensa pudiéndose clasificar en las siguientes categorías: 1. Riesgos Físicos: Su origen está en los distintos elementos del entorno de los lugares de trabajo. La humedad, el calor, el frío, el ruido, la iluminación, las presiones, las vibraciones, etc. pueden producir daños a los trabajadores 2. Riesgos Químicos: Son aquellos cuyo origen está en la presencia y manipulación de agentes químicos, los cuales pueden producir alergias, asfixias, etc. 3. Riesgos Biológicos: Se pueden dar cuando se trabaja con agentes infecciosos.

4. Riesgos Ergonómicos: Se refiere a la postura que mantenemos mientras trabajamos. 5. Factores psicosociales: Es todo aquel que se produce por exceso de trabajo, un clima social negativo, etc., pudiendo provocar una depresión, fatiga profesional, etc

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