2.4 Bases Legales Las bases legales que tienen relación directa con la temática son las siguientes: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000), Ley Orgánica del Trabajo (2001). Constitución Bolivariana de Venezuela 1999. Título I Principios Fundamentales Artículo 3: El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines. En este artículo se expresa que el Estado promueve el derecho que tienen todas las personas al respecto de su dignidad y garantizar el bienestar en el cumplimiento de sus labores.
Capítulo VIII De los Derechos Económicos Artículo 117. “Todas las personas tendrán derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, así como a una información adecuada y no engañosa sobre el contenido y características de los productos y servicios que consumen, a la libertad de elección y a un trato equitativo y digno. La ley establecerá los mecanismos necesarios para garantizar esos derechos, las normas de control de calidad y cantidad de bienes y servicios, los procedimientos de defensa del público consumidor, el resarcimiento de los daños ocasionados y las sanciones correspondientes por la violación de estos derechos”.
Título VI. Del sistema socioeconómico Capítulo I Del régimen socioeconómico y de la función del estado en la economía. Artículo 299:
El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de
Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democracia, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado, conjuntamente con la iniciativa privada, promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para lograr una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática, participativa y de consulta abierta. Este artículo expresa que el Estado garantiza junto a las empresas privadas el desarrollo integral de todos sus trabajadores, creando fuentes de trabajo en un clima armónico, de justicia y equidad. Ley Orgánica del Trabajo Título IV De las Condiciones de Trabajo CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 185: El trabajo deberá prestarse en condiciones que: a) Permitan a los trabajadores su desarrollo físico y psíquico normal; b) Les dejen tiempo libre suficiente para el descanso y cultivo intelectual y para la recreación y expansión lícita; c) Presten suficiente protección a la salud y a la vida contra enfermedades y accidentes; y d) Mantengan el ambiente en condiciones satisfactorias.
CAPITULO VI De la Higiene y Seguridad en el Trabajo Artículo 236: El patrono deberá tomar las medidas que fueren necesarias para que el servicio se preste en condiciones de higiene y seguridad que respondan a los requerimientos de la salud del trabajador, en un medio ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio de sus facultades físicas y mentales.